CONTRATO POR ADHESIÓN
CONTRATO POR ADHESIÓN
A LA MODALIDAD PEX PREPAGO
Conste por el presente documento el Contrato por Adhesión a la Modalidad Pex Prepago (en adelante, el CONTRATO), que celebran PEX PERÚ S.A.C., con RUC No. 20600046153, con domicilio en Av. Xx Xxxxx Xx. 000, xxxxxxx 0000-X, Xxx. El Derby de Monterrico, Santiago de Surco, Lima (en adelante, PEX PERÚ), y el USUARIO, conforme a los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA.- DEFINICIONES
Los términos utilizados en mayúscula en el presente CONTRATO tendrán, tanto en singular como en plural, los siguientes significados:
1.1. AFILIACIÓN: Es el registro en PEX, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, de: (i) los datos generales del USUARIO (los que podrán ser actualizados); (ii) la(s) placa(s) y categoría(s) del (de los) VEHÍCULO(S) que el USUARIO afilie a su CUENTA PEX, y (iii) la modalidad de RECARGA y PLAN PREPAGO, de ser el caso. La AFILIACIÓN permite la activación del TAG vinculado a la placa de cada VEHÍCULO.
1.2. CANALES DE ATENCIÓN: Son los medios de comunicación que PEX PERÚ pone a disposición del USUARIO para que este pueda acceder a la información respecto de su CUENTA PEX y sus respectivas SUBCUENTAS PEX, las TRANSACCIONES y/o realice consultas sobre los servicios comprendidos en la RED AUTORIZADA. Los CANALES DE ATENCIÓN podrán ser, sin limitarse a, medios telefónicos o electrónicos, centros de atención presenciales, la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx), entre otros que PEX PERÚ determine.
1.3. CÓDIGO DE USUARIO: Es el código personal, intransferible e inmodificable, relacionado a la CUENTA PEX, y necesario para acceder, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, a la información sobre las TRANSACCIONES y PLANES PREPAGO afiliados.
1.4. CONTRASEÑA: Es la clave secreta inicialmente atribuida a la CUENTA PEX y que deberá ser modificada por EL USUARIO cuando realice su AFILIACIÓN. La CONTRASEÑA es personal e intransferible, y conjuntamente con el CÓDIGO DE USUARIO permite el acceso del USUARIO a la información referida a su CUENTA PEX.
1.5. COSTO DEL TAG: Es el precio que el USUARIO paga por la adquisición y/o reposición del TAG, el cual podrá variar dependiendo de la operación de que se trate (adquisición o reposición) y del PUNTO DE VENTA en el que se lleve a cabo, en razón a los costos que para PEX PERÚ representa cada operación. El COSTO DEL TAG aplicable a cada operación (adquisición o reposición) y a cada PUNTO DE VENTA se encuentra publicado en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.6. CUENTA PEX: Es la cuenta administrativa gestionada por PEX PERÚ, en nombre del USUARIO, con la finalidad de administrar el consumo de los servicios comprendidos en la RED AUTORIZADA, así como las TASAS Y COMISIONES que resultaran aplicables a
PEX PREPAGO. Cada CUENTA PEX estará dividida en tantas subcuentas (en adelante, la SUBCUENTA PEX) como número de VEHÍCULOS afiliados tenga el USUARIO. En la CUENTA PEX, y en la SUBCUENTA
PEX respectiva, se registran todas las TRANSACCIONES realizadas por el USUARIO mediante el uso de TAG(S) registrado(s) a su nombre.
1.7. MANTENIMIENTO MENSUAL: Es el monto mensual que el USUARIO deberá pagar a PEX PERÚ según el PLAN PREPAGO escogido por él por su adhesión al sistema PEX PREPAGO. El MANTENIMIENTO MENSUAL vigente se encuentra publicado en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.8. MANUAL DEL USUARIO: Es el documento en el que se describen las políticas de funcionamiento de PEX PREPAGO. Ello incluye, entre otros, la descripción del funcionamiento del TAG, las instrucciones para su correcta instalación, activación y uso, así como las políticas para la verificación y registro de las TRANSACCIONES.
1.9. PEX PREPAGO: Corresponde al servicio de identificación electrónica de vehículos e intermediación para el pago de TRANSACCIONES realizadas por el USUARIO en la RED AUTORIZADA, mediante el uso del TAG. El pago de cada transacción se realiza con cargo al saldo existente en la SUBCUENTA PEX a la cual se encuentra vinculada la placa del VEHÍCULO en el cual ha sido adherido el TAG utilizado en la TRANSACCIÓN.
1.10. PLAN PREPAGO: Es el conjunto de parámetros, obligaciones y beneficios particulares aplicables al USUARIO según el tipo de RECARGA y modalidad de pago escogida por el USUARIO en la AFILIACIÓN. Los PLANES PREPAGO vigentes se encuentran publicados en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.11. PUNTOS DE VENTA: Son los establecimientos físicos o virtuales, propios y/o de terceros en los cuales el USUARIO puede adquirir el TAG y/o realizar RECARGAS. La lista de PUNTOS DE VENTA vigente se encuentra publicada en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.12. RECARGA: Es el pago por adelantado realizado por el USUARIO, con el fin de dotar de saldo suficiente a cada VEHÍCULO afiliado a una determinada SUBCUENTA PEX, para la realización de TRANSACCIONES en la RED AUTORIZADA. Las modalidades de recarga vigentes se encuentran publicadas en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.13. RED AUTORIZADA: Es el conjunto de empresas en las cuales el USUARIO puede realizar TRANSACCIONES, según el PLAN PREPAGO adquirido. El listado de empresas que conforman la RED AUTORIZADA vigente se encuentra publicado en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
1.14. TAG: Es la etiqueta electrónica fijada en el parabrisas delantero del VEHÍCULO, o en otro lugar autorizado por PEX PERÚ (según se indica en el MANUAL DEL USUARIO), que utiliza radiofrecuencia como método de comunicación para la identificación y el registro de las TRANSACCIONES.
1.15. TASAS Y COMISIONES: Son, conjuntamente, el
MANTENIMIENTO MENSUAL y
cualquier tasa que en el futuro pudiera crear PEX PERÚ con relación a PEX PREPAGO, la cual será previamente informada al USUARIO.
1.16. TRANSACCIÓN: Es toda y cualquier operación generada por el USUARIO cada vez que un TAG vinculado a uno de los VEHÍCULOS afiliados a su CUENTA PEX es utilizado para la adquisición y/o prestación de los servicios comprendidas en la RED AUTORIZADA.
1.17. USUARIO: Es la persona natural o jurídica, del sector público o privado, que adquiere uno o más TAGS en los PUNTOS DE VENTA y realiza su activación a través de los CANALES DE ATENCIÓN, vinculando cada uno de los TAGS adquiridos a un determinado VEHÍCULO; siendo el responsable por el cumplimiento de los términos y condiciones del presente CONTRATO.
1.18. VEHÍCULO: Es el vehículo automotor en cuyo parabrisas, u otro lugar autorizado por PEX PERÚ (según se indica en el MANUAL DEL USUARIO), se ha adherido el TAG y que ha sido registrado en la AFILIACIÓN.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO
El presente CONTRATO tiene por objeto regular la relación jurídica establecida entre PEX PERÚ y el USUARIO como consecuencia de la AFILIACIÓN a PEX PREPAGO por parte de este último. Mediante la AFILIACIÓN a PEX PREPAGO, el USUARIO se adhiere expresa e incondicionalmente a los términos y condiciones del presente CONTRATO; manifiesta, de manera indubitable, su aceptación y conformidad con ellos; y se obliga al cumplimiento de los mismos.
CLÁUSULA TERCERA.- DECLARACIONES DEL USUARIO
El USUARIO declara y/o reconoce que:
3.1. La AFILIACIÓN a PEX PREPAGO es constancia suficiente de que conoce y acepta los términos del presente CONTRATO y la forma de uso de PEX PREPAGO.
3.2. Mediante su AFILIACIÓN a PEX PREPAGO, el USUARIO acepta recibir mails promocionales y otro tipo de comunicaciones (orales o escritas) relacionados con el servicio PEX PREPAGO y/o actividades de la RED AUTORIZADA, estén estos relacionados o no a PEX PREPAGO. A estos efectos, PEX PERÚ almacenará en una base de datos de su titularidad la información relacionada a las cuentas de correo electrónico de cada USUARIO, así como otros datos registrados en su AFILIACIÓN durante el plazo de vigencia del presente CONTRATO y con posterioridad a ello, mientras el USUARIO no solicite expresamente la supresión de su información personal de dicha base de datos. El USUARIO autoriza a PEX PERÚ a compartir dicha información con las empresas de la RED AUTORIZADA y declara haber sido informado que tiene derecho a la actualización, inclusión, rectificación y supresión de sus datos personales, a impedir su suministro, a oponerse a su tratamiento, a solicitar que se le dé un tratamiento objetivo y a ser indemnizado por daños.
3.3. En caso el USUARIO escogiera y se afiliara a una de las modalidades de recarga recurrente, este declara por
el presente CONTRATO y reafirma haber brindado su autorización previa a PEX PERÚ para que tales RECARGAS sean debitadas/cargadas automáticamente en su cuenta bancaria o tarjeta de crédito/débito, respectivamente, indicada en la AFILIACIÓN.
3.4. Las empresas de la RED AUTORIZADA podrán rechazar el uso del TAG como medio de pago de TRANSACCIONES en caso el TAG no se encuentre activado al momento de su uso o la SUBCUENTA PEX a la que se encuentra vinculada la placa del VEHÍCULO en el que está adherido el TAG no cuente con saldo suficiente para el pago de TRANSACCIONES; sin que esto genere responsabilidad alguna para PEX PERÚ.
CLÁUSULA CUARTA.- REQUISITOS PARA EL USO DE PEX PREPAGO
El uso de PEX PREPAGO está condicionado a: (i) la adquisición de un TAG, (ii) el registro del VEHÍCULO y activación del TAG mediante la AFILIACIÓN; (iii) la instalación del TAG en el parabrisas del VEHÍCULO u otro lugar autorizado por PEX PERÚ (de acuerdo a las instrucciones del MANUAL DEL USUARIO); y (iv) la existencia de saldo suficiente en la respectiva SUBCUENTA PEX para la realización de TRANSACCIONES.
4.1. Adquisición del TAG: El TAG podrá ser adquirido en los PUNTOS DE VENTA, previo pago del COSTO DEL TAG. El TAG irá acompañado del presente CONTRATO y del MANUAL DEL USUARIO.
4.2. Registro del VEHÍCULO y activación del TAG: El VEHÍCULO deberá ser inscrito y la activación del TAG deberá realizarse a través de la AFILIACIÓN. Al respecto, el USUARIO declara conocer que cada TAG estará asociado exclusivamente al VEHÍCULO y placa registrados en la AFILIACIÓN.
4.3. Instalación del TAG: El TAG deberá ser adherido al parabrisas del VEHÍCULO u otro lugar autorizado por PEX PERÚ (según se indica en el MANUAL DEL USUARIO); el cual no deberá contar con blindaje o película reflectora.
4.4. Recarga de saldo: La CUENTA PEX del USUARIO deberá ser dotada de saldo a través de RECARGAS, las cuales podrán ser realizadas por el USUARIO en los PUNTOS DE VENTA y conforme a los PLANES PREPAGO. Al momento de efectuar la RECARGA, el USUARIO deberá precisar a qué SUBCUENTA(S) PEX se imputa la RECARGA y el monto que se asigna a cada una de ellas.
El USUARIO declara conocer que toda RECARGA se hará efectiva en un máximo de 24 (veinticuatro) horas después de su realización, siendo este el tiempo que requiere PEX PERÚ para recibir la confirmación de pago de instituciones bancarias y/o financieras y enviar la actualización de datos a las empresas de la RED AUTORIZADA. Los tiempos de actualización pueden variar de acuerdo con cada empresa de la RED AUTORIZADA, lo cual será comunicado a los USUARIOS a través de los CANALES DE ATENCIÓN. Transcurrido el plazo antes indicado, el USUARIO se encontrará habilitado para realizar TRANSACCIONES con el TAG vinculado a la SUBCUENTA PEX que ha sido dotada de saldo a través de la RECARGA.
Como constancia de la RECARGA efectuada por el
USUARIO, PEX PERÚ emitirá un ticket de recarga, el cual no tiene efectos tributarios. Los comprobantes de pago (boletas y/o facturas), que sí tienen efectos tributarios, serán emitidos por la empresa de la RED AUTORIZADA al momento en que el USUARIO realice una TRANSACCIÓN, o por PEX PERÚ cuando realice el cobro de TASAS Y COMISIONES vinculadas a PEX PREPAGO, según corresponda; y podrán ser visualizados por el USUARIO en el portal de su CUENTA PEX.
4.5. Transferencia de saldo: El USUARIO podrá solicitar el traslado del saldo que tuviera en una SUBCUENTA PEX a otra de sus SUBCUENTAS PEX, siempre que se confirme el cargo de todas sus TRANSACCIONES y/o el pago de TASAS Y COMISIONES aplicables al PLAN PREPAGO elegido por el USUARIO (en adelante, el “Saldo Disponible”).
CLÁUSULA QUINTA. - USO DEL TAG
5.1. El USUARIO podrá utilizar el TAG solo después de que haya cumplido con todos los requisitos indicados en la cláusula cuarta del presente CONTRATO.
5.2. El valor de las TRANSACCIONES que realice el USUARIO con el TAG será el que se encuentre vigente en la fecha de ocurrencia de la misma según la tabla de precios de cada empresa de la RED AUTORIZADA.
5.3. El USUARIO pagará el MANTENIMIENTO MENSUAL, por cada VEHÍCULO afiliado al sistema PEX PREPAGO, el cual será debitado mensualmente del saldo existente en cada SUBCUENTA PEX.
5.4. Se considerará un uso irregular del TAG: (i) si este es utilizado para un VEHÍCULO distinto al registrado en la AFILIACIÓN; o (ii) si es utilizado por el USUARIO sin haber sido instalado conforme al numeral 4.3 de la cláusula cuarta. El USUARIO será responsable y deberá asumir el costo que genere todo uso irregular del TAG.
5.5. PEX PERÚ, según corresponda, podrá bloquear y/o bloqueará el TAG, en cualquier momento, ante la ocurrencia de alguno de los siguientes supuestos:
(i) En caso el TAG fuera removido del parabrisas del VEHÍCULO o del lugar autorizado por PEX PERÚ (de acuerdo al MANUAL DEL USUARIO) para su instalación.
(ii) En caso el TAG fuera instalado en otro lugar que no sea el parabrisas del VEHÍCULO o aquel autorizado por PEX PERÚ para su uso (según lo indicado en el MANUAL DEL USUARIO) o fuera utilizado en la forma irregular que se describe en el numeral 5.5 (ii).
(iii) En caso de pérdida, robo o hurto del TAG, siempre y cuando esto haya sido oportunamente comunicado a PEX PERÚ por el USUARIO.
(iv) En caso PEX PERÚ detecte el uso irregular del TAG
que se describe en el numeral 5.5 (i) anterior.
(v) En caso así lo solicite el USUARIO a través de los
CANALES DE ATENCIÓN.
(vi) En caso así lo determine PEX PERÚ, por razones
de seguridad o uso indebido del TAG o de PEX PREPAGO por parte del USUARIO.
El bloqueo del TAG por parte de PEX PERÚ impedirá la realización de TRANSACCIONES.
5.6. En el supuesto del numeral 5.6 (ii), para que el TAG sea desbloqueado, el USUARIO deberá: (i) en tanto el TAG no se hubiera dañado, fijarlo en el parabrisas del VEHÍCULO o el lugar autorizado por PEX PERÚ (de acuerdo al MANUAL DEL USUARIO) para su instalación, o, de lo contrario, adquirir un nuevo TAG, pagando el COSTO DEL TAG.
El desbloqueo del TAG se producirá, como máximo, a los dos (2) días calendario de solicitado por el USUARIO.
5.7. En el supuesto de los numerales 5.6 (i) y 5.6 (iii), el USUARIO deberá adquirir un nuevo TAG, pagando el COSTO DEL TAG, a efectos de sustituir el TAG bloqueado. Todo nuevo TAG deberá ser afiliado, instalado y activado conforme a lo dispuesto en la cláusula cuarta del CONTRATO.
Adicionalmente, el USUARIO deberá adquirir un nuevo TAG, pagando el COSTO DEL TAG, en caso: (a) cambie de VEHÍCULO; (b) cambie la categoría del VEHÍCULO; o
(c) cambie el parabrisas del VEHÍCULO o el lugar en donde, bajo autorización de PEX PERÚ (según lo indicado en el MANUAL DEL USUARIO), hubiera fijado el TAG.
5.8. En el supuesto del numeral 5.6 (vi), corresponderá a PEX PERÚ determinar si desbloquea o no el TAG, lo cual le será comunicado al USUARIO. Para ello, el USUARIO deberá presentar a PEX PERÚ, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, una solicitud de desbloqueo.
5.9. Queda convenido que PEX PERÚ no tendrá obligación alguna de compensar bajo ningún título al USUARIO durante el lapso que el TAG se encuentra bloqueado debido a la ocurrencia de cualquiera de los eventos descritos en la presente cláusula.
CLÁUSULA SEXTA. - OBLIGACIONES DEL USUARIO
Sin perjuicio de otras obligaciones asumidas por el USUARIO
en el presente CONTRATO, este deberá:
6.1. Instalar el TAG en el parabrisas del VEHÍCULO o en otro lugar que hubiera sido autorizado por PEX PERÚ (de acuerdo a lo indicado en el MANUAL DEL USUARIO), y mantenerlo en perfecto estado de uso y conservación; responsabilizándose por cualquier daño producido por la omisión de esta obligación.
6.2. Comunicar inmediatamente a PEX PERÚ, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, cualquier defecto o daño que pudiera sufrir el TAG.
6.3. Comunicar inmediatamente a PEX PERÚ la pérdida, robo o hurto del TAG, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, a fin de que PEX PERÚ proceda a bloquearlo. Si el USUARIO incumpliese con esta obligación, cualquier TRANSACCIÓN que pudiera realizarse desde la ocurrencia de la pérdida, robo o hurto, y hasta que el bloqueo se haga efectivo será asumida por el USUARIO y debitada del saldo que pudiera tener en la SUBCUENTA PEX a la cual se encuentra vinculada dicho TAG.
6.4. En caso de problemas técnicos del TAG, permitir que este sea analizado por personal especializado de PEX PERÚ.
6.5. Asumir entera responsabilidad por las obligaciones que deriven del uso del (de los) TAG(S) que tenga afiliado(s) a su CUENTA PEX.
6.6. Obedecer las normas de seguridad indicadas por las empresas de la RED AUTORIZADA para efectos de la realización de las TRANSACCIONES en sus instalaciones.
6.7. No utilizar el TAG mientras este se encuentre bloqueado o cuando no cuente con saldo suficiente en la SUBCUENTA PEX correspondiente a dicho TAG, para realizar TRANSACCIONES.
6.8. Averiguar y asegurarse, bajo su entera y exclusiva responsabilidad y utilizando todas las herramientas tecnológicas que PEX PREPAGO pone a su disposición, antes de usar PEX PREPAGO como medio de pago de TRANSACCIONES, que dispone de crédito suficiente en la SUBCUENTA PEX vinculada al TAG que utilizará para el pago de la TRANSACCIÓN.
6.9. Comunicar, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, cualquier modificación de la información registrada en la AFILIACIÓN, tales como, y sin que la siguiente lista sea taxativa, la desafiliación de algún VEHÍCULO a su CUENTA PEX, el traslado de saldo (total o parcial) de una SUBCUENTA PEX a otra, etc.
6.10. Responder por la veracidad de la información registrada en la AFILIACIÓN y sus respectivas actualizaciones, efectuadas mediante el uso del CÓDIGO DE USUARIO y la CONTRASEÑA.
6.11. No utilizar otro TAG u otra etiqueta electrónica de similares características emitida por otra empresa prestadora de servicios de identificación electrónica de vehículos, para realizar las TRANSACCIONES.
6.12. Pagar a PEX PERÚ las TASAS Y COMISIONES, así como el monto de las TRANSACCIONES que realice, de conformidad con las leyes aplicables.
6.13. En caso el USUARIO escogiera una de las modalidades de recarga recurrente, mantener vigente, con saldo, y/o actualizar, cuando corresponda, los datos de la cuenta bancaria y/o de la tarjeta de crédito/débito que hubiera registrado en la AFILIACIÓN para el pago de las RECARGAS.
6.14. Xxxxx, bajo su entera responsabilidad, las medidas de seguridad necesarias para mantener la confidencialidad de su CONTRASEÑA. La CONTRASEÑA atribuida inicialmente por PEX PREPAGO deberá ser modificada por el USUARIO al momento de su AFILIACIÓN, y luego, en cualquier momento, a través de los CANALES DE ATENCIÓN.
6.15. Informar inmediatamente a PEX PERÚ en caso alguna de las empresas de la RED AUTORIZADA se niegue de manera inmotivada a aceptar el TAG como medio de pago de TRANSACCIONES, para que PEX PERÚ, a su solo criterio, tome las medidas que considere
necesarias para la solución del problema y para garantizar el uso de PEX PREPAGO.
6.16. En caso utilice el TAG para el pago de TRANSACCIONES vinculadas al pago de peaje, estacionamientos y/u otros servicios que se presten dentro de las instalaciones de las empresas de la RED AUTORIZADA deberá:
(i) Respetar la señalización vial y de estacionamientos, y, en general, de las instalaciones de la empresa de la RED AUTORIZADA, así como atender las orientaciones de los operadores de las empresas de la RED AUTORIZADA, en lo que respecta a normas de seguridad y forma de conducir vehículos dentro de o con motivo de la realización de dichas TRANSACCIONES.
(ii) Utilizar PEX PREPAGO exclusivamente en los carriles de peaje, o estacionamientos y/o área señaladas y equipados para tal fin, respetando el límite de velocidad indicado por la señalización y el manteniendo una distancia mínima de seguridad del vehículo, de acuerdo con las instrucciones contenidas en el MANUAL DEL USUARIO o aquellas que le brinden los operadores de la empresa de la RED AUTORIZADA en la que esté realizando la TRANSACCIÓN.
(iii) Responder por la conducción del VEHÍCULO, así como por los actos y consecuencia de su conducción, teniendo especial cuidado con el frenado, a fin de evitar colisiones con otros vehículos, con las casetas y/o equipamiento de peaje y de estacionamiento o de cualquier otra zona ubicada dentro de la instalación donde se realiza la TRANSACCIÓN.
(iv) Xxxxxx entera responsabilidad por cualquier accidente y/o daño a personas o bienes que pudiera ocasionar como consecuencia de la conducción del VEHÍCULO en las inmediaciones de la plaza de peaje o dentro del estacionamiento o instalación donde se realiza la TRANSACCIÓN.
(v) Consultar la web PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx) periódicamente para conocer sobre las modificaciones y/o creaciones de los servicios brindados por PEX PERÚ, así como las nuevas TASAS y COMISIONES.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - OBLIGACIONES DE PEX PERÚ
Sin perjuicio de otras obligaciones asumidas por PEX PERÚ en el presente CONTRATO, esta deberá:
7.1. Informar y orientar al USUARIO sobre el uso adecuado del TAG y de PEX PREPAGO, a través del MANUAL DEL USUARIO y los CANALES DE ATENCIÓN. Cualquier modificación que estos pudieran sufrir serán comunicadas al USUARIO a través de la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
7.2. Poner a disposición del USUARIO los CANALES DE ATENCIÓN, que en caso de sufrir cualquier alteración y/o modificación por razones técnicas o comerciales de PEX PERÚ será comunicado a los USUARIOS a través de la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx).
7.3. Mantener actualizada en la página web de PEX
PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx) la lista de servicios que son brindados por la RED AUTORIZADA y que pueden ser adquiridos mediante el uso del TAG, así como los PUNTOS DE VENTA; e informar periódicamente al USUARIO sobre nuevos servicios y/o empresas de la RED AUTORIZADA, así como nuevos PLANES PREPAGO. Los servicios que brinde la RED AUTORIZADA y que puedan ser adquiridos mediante el uso del TAG y/o los PUNTOS DE VENTA podrán ser modificados a sola discreción de PEX PERÚ y/o de la misma empresa de la RED AUTORIZADA, sin que el USUARIO tenga derecho a presentar reclamo alguno o solicitar el pago de ninguna indemnización por dicho evento. En el caso que PEX PERÚ deje de brindar un servicio o efectuara modificación que implique la disminución de los servicios que brinda al USUARIO, este puede optar por resolver el presente contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 8.2 del CONTRATO.
7.4. Mantener actualizados en la página web de PEX PREPAGO (xxx.xxx.xxx.xx) todos los PLANES PREPAGO, TASAS Y COMISIONES que cobre al USUARIO por el uso de PEX PREPAGO.
7.5. Proteger la información del USUARIO registrada en PEX PREPAGO (datos de la AFILIACIÓN, sobre su CUENTA PEX y las TRANSACCIONES realizadas) contra la divulgación y acceso a la misma por parte de personas no autorizadas, conforme a la normativa de protección de datos personales.
CLÁUSULA O C T A V A . - VIGENCIA Y R E S O L U C I Ó N D E L CONTRATO
8.1. El presente CONTRATO es de duración indeterminada, siendo vinculante para el USUARIO desde su AFILIACIÓN y/o activación del TAG.
8.2. Salvo por lo dispuesto en el numeral 8.3 y las leyes aplicables, el CONTRATO podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, sin necesidad de motivación alguna, mediante aviso escrito a la otra, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendario, de conformidad con lo establecido por el artículo 1365 del Código Civil.
En caso la resolución del CONTRATO por parte del USUARIO no revistiera de alguna causa imputable a él, PEX revisará si hay TRANSACCIONES o TASAS Y COMISIONES pendientes de pago, de ser el caso, PEX hará el débito correspondiente e informará al USUARIO el saldo final disponible. Para la devolución de este saldo, el USUARIO deberá informar una cuenta bancaria u otro medio donde PEX realizará la devolución al USUARIO, quedando éste desafiliado del SISTEMA PEX
8.3. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del USUARIO, establecidas en la cláusula sexta, facultará a PEX PERÚ a resolver el presente CONTRATO de pleno derecho, para lo cual bastará que curse una comunicación escrita al USUARIO, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1430° del Código Civil.
La resolución del presente CONTRATO por incumplimiento del USUARIO conllevará el bloqueo del (de los) TAG(S) de manera automática e impedirá al
USUARIO realizar TRANSACCIONES. PEX evaluará si existe eventuales daños que implique retener al cliente el saldo para cobrar parte del monto relacionado con ello. Si hubiese saldo restante y luego de que el cliente informe una cuenta bancaria u otro medio de devolución, PEX realizará la devolución del saldo correspondiente al USUARIO, de acuerdo a lo señalado en la cláusula 8.2 del presente CONTRATO.
8.4. El USUARIO será responsable por cualquier TRANSACCIÓN realizada con el(los) TAG(S), conforme a los términos del presente CONTRATO, hasta la fecha efectiva de resolución del CONTRATO.
CLÁUSULA NOVENA. - CESIÓN DEL CONTRATO
9.1. El USUARIO no podrá ceder su posición en el presente CONTRATO, ni cualquiera de los derechos u obligaciones derivados de este, sin el consentimiento previo y por escrito de PEX PERÚ.
9.2. PEX PERÚ podrá ceder a terceros su posición contractual en el presente CONTRATO, así como cualquier derecho derivado del mismo; para lo cual el USUARIO, mediante su afiliación a PEX PREPAGO y/o la utilización del TAG, manifiesta su consentimiento por adelantado.
CLÁUSULA DÉCIMA. - DOMICILIO DE LAS PARTES
El domicilio de PEX PERÚ es aquel que se indica en la parte introductoria del CONTRATO, mientras que el del USUARIO es el que ha registrado en la AFILIACIÓN. Cualquier cambio del domicilio del USUARIO, para que sea válido, deberá ser comunicado a PEX PERÚ, a través de los CANALES DE ATENCIÓN, mediante una actualización de la AFILIACIÓN.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia que pudiera derivarse de la celebración del presente CONTRATO, incluidas las relativas a su validez, eficacia, interpretación, ejecución o terminación, será resuelta conforme a los procedimientos y procesos que disponen las leyes aplicables y por la autoridad competente en temas de protección al consumidor.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. - LEY APLICABLE
El presente CONTRATO se rige por las normas vigentes aplicables en la República del Perú.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- DISPOSICIONES GENERALES
13.1.Renuncia de derechos: La omisión o la falta de ejercicio de cualquiera de los derechos, facultades y/o prerrogativas derivadas del presente CONTRATO, así como la tolerancia de cualquier infracción y/o incumplimiento de sus cláusulas, términos o condiciones, no serán consideradas un precedente, renuncia, modificación tácita o novación del CONTRATO.
13.2.Separabilidad: Cada disposición de este instrumento se considerará como un acuerdo separado entre las partes, a fin de que, si cualquiera de las disposiciones contenidas en él es considerada judicialmente inválida, ilegal o inexistente, la validez, legalidad y viabilidad de las restantes disposiciones no se verán afectadas en modo alguno.
13.3.Indemnidad: El USUARIO reconoce que en el marco de la ejecución del CONTRATO, PEX PERÚ no será responsable por el nivel de servicio ni las condiciones en
las que son prestados los servicios comprendidos en la RED AUTORIZADA o las obligaciones que deriven de ellos, así como tampoco se responsabiliza por los daños o perjuicios que pueda sufrir el USUARIO y/o terceros en el marco de la prestación de dichos servicios prestados por terceros.
Asimismo, el USUARIO reconoce que PEX PERÚ no será responsable en caso alguna de las empresas de la RED AUTORIZADA, sea de manera motivada o arbitraria, se niegue a aceptar el TAG como medio de pago de TRANSACCIONES.
13.4.Modificación del CONTRATO: PEX PERÚ podrá, en cualquier momento, modificar los términos y condiciones de este CONTRATO, obligándose a comunicar dicha modificación al USUARIO a través de los canales más adecuados y brindando un plazo para su entrada en vigencia. Transcurrido dicho plazo o si el USUARIO utiliza el TAG con posterioridad a la comunicación de tales modificaciones se considerará indubitablemente como una aceptación del USUARIO a los nuevos términos del CONTRATO.
13.5.Ajuste y creación de TASAS Y COMISIONES: Las TASAS Y COMISIONES podrán ser ajustadas por PEX PERÚ, en cualquier momento y de manera unilateral, así como PEX PERÚ podrá crear nuevas tasas y/o comisiones, debiendo comunicarlas al USUARIO a través de los CANALES DE ATENCIÓN. En caso el USUARIO no esté de acuerdo con los ajustes y/o creaciones efectuados por PEX PERÚ, este podrá resolver el contrato siguiendo para tal efecto con el procedimiento descrito en la cláusula 8.2 del CONTRATO.
13.6.Medios electrónicos: Atendiendo a la naturaleza de la operación y/o servicio contenida en este CONTRATO, para la ejecución de este se utilizarán medios telemáticos, electrónicos u otros análogos, por lo que el USUARIO declara que: (i) entiende, reconoce y acepta los riesgos; y
(ii) PEX PERÚ no será responsable frente al USUARIO por errores de transmisión, deficiencias técnicas o interferencias de los medios de comunicación que no le sean directamente imputables.