ACUERDO MARCO AM 26/2015
INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SEGUNDAS LICITACIONES EN EL
ACUERDO MARCO AM 26/2015
La adjudicación de los contratos basados en el AM 26/2015 se realizará convocando a las partes a una segunda licitación, de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 198.4 del TRLCSP, y en los pliegos que sirvieron de base a la adjudicación del citado acuerdo xxxxx.
REVISIÓN PREVIA EN CONTRATOS XXXX
Con carácter previo al inicio del expediente y para los contratos sujetos a regulación armonizada (aquéllos cuyo valor estimado sea igual o superior a 135.000€ IVA no incluido) el organismo interesado remitirá a la DGRCC el documento de licitación a la dirección de correo electrónico XX00.xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, que deberá contener, al menos, la información indicada en el apartado “DOCUMENTO DE LICITACIÓN” de las presentes instrucciones.
El documento de licitación para la adjudicación del contrato basado referenciado se analizará para verificar su conformidad con lo indicado en los pliegos reguladores del acuerdo marco y con las instrucciones dictadas por la DGRCC.
SOLICITUD DE OFERTAS
En función del valor estimado del contrato, los organismos interesados deberán invitar a presentar oferta como mínimo al número de adjudicatarios del acuerdo marco y para que lo hagan en el plazo mínimo que indica el siguiente cuadro:
VALOR ESTIMADO IVA NO INCLUIDO | NÚMERO MÍNIMO DE ADJUDICATARIOS DEL AM A CONVOCAR | PLAZO MÍNIMO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Inferior a 18.000 € | TRES (justificando debidamente la no extensión a la totalidad de adjudicatarios) | CINCO DÍAS HÁBILES |
Entre 18.000 € y 75.000 € | CINCO (justificando debidamente la no extensión a la totalidad de adjudicatarios) | OCHO DÍAS HÁBILES |
Entre 75.000,01 y 134.999,99 | OCHO (justificando debidamente la no extensión a la totalidad de adjudicatarios) | DIEZ DÍAS HÁBILES |
Entre 135.000 y 499.999,99 € (XXXX) | TODOS | QUINCE DÍAS HÁBILES |
Igual o superior a 500.000 € (XXXX) | TODOS | DIECISIETE DÍAS HÁBILES |
No se deberá solicitar oferta a los adjudicatarios que se encuentren suspendidos cautelarmente en la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN.
La petición de ofertas se realizará mediante la remisión del documento de licitación a las direcciones de correo electrónico comunicadas por los adjudicatarios y que figuran en la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN como “Listado de contactos de empresas”. En el caso de Uniones Temporales de Empresas la oferta se solicitará a la UTE y no a las empresas que la
componen. El organismo deberá conservar la documentación acreditativa de la solicitud de ofertas.
DOCUMENTO DE LICITACIÓN
El documento de licitación deberá estar firmado por el gestor del proyecto del organismo interesado, e incluirá la siguiente información:
▪ Organismo interesado.
▪ Definición del objeto del contrato.
▪ Descripción del entorno tecnológico.
▪ Detalle de las especificaciones técnicas del servicio. Descripción detallada del servicio a realizar, concretando lo máximo posible los objetivos a alcanzar así como de las características y del estado actual del sistema sobre el que recaerá el servicio contratado. Se especificarán todas las condiciones de ejecución del contrato que resulten necesarias para la elaboración de ofertas por los licitadores. Este documento de licitación será el que regule la relación entre el organismo interesado en el contrato y el adjudicatario del contrato basado, por lo que deberá estar redactado con el suficiente detalle. En ningún caso puede tener como objeto la contratación de horas de disponibilidad de profesionales.
▪ En el caso del mantenimiento correctivo de aplicaciones, cuando no se incorporen nuevas prestaciones al sistema que se va a mantener (aseguramiento de la continuidad), se completará el alcance del objeto del contrato mediante el establecimiento de un Acuerdo de Nivel de Servicio que deberán ser respetado (cabe el compromiso de mejora de este ANS en las ofertas) por el contratista, fijándose unas penalidades por su incumplimiento. Han de detallarse los antecedentes (esfuerzo realizado, número de incidencias y su complejidad en años anteriores) necesarios para la elaboración de las ofertas por todos los licitadores.
▪ En el caso de mantenimientos adaptativos, el documento de licitación deberá informar del entorno, los cambios para los que se necesita la adaptación y los objetivos que se persiguen con ella.
▪ En el caso de mantenimientos evolutivos, el documento de licitación deberá detallar las entregas y el objeto que persigue la evolución, de manera que permita su recepción o comprobación de la entrega a la finalización del contrato y de sus hitos de relevancia.
▪ Productos resultantes del contrato, incluyendo los requisitos de documentación.
▪ Importe máximo de licitación.
▪ Plazo máximo de ejecución del contrato así como para los hitos en que se llevarán a cabo entregas parciales, y, en su caso, programa de trabajo a cumplir.
▪ Equipo mínimo para la ejecución del contrato, así como requisitos del mismo, en su caso.
▪ Árbol de valoración: conformado con los criterios de adjudicación, conformes a lo establecido en el pliego con el que se llevó a cabo la licitación del acuerdo marco, afectándoles el peso que merezcan, en función de su relevancia en el proyecto, a los efectos de seleccionar la oferta más ventajosa para la Administración.
▪ Condiciones de ejecución, de recepción, de pago y entrega del servicio.
▪ Régimen de penalidades específicas.
▪ Admisibilidad o no de la subcontratación y en su caso condiciones para la misma adicionales a las establecidas en el artículo 227 del TRLCSP, conforme a la cláusula XIV xxx xxxxxx que rige el acuerdo xxxxx.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
A los efectos de establecer los criterios de adjudicación de los contratos basados, los organismos peticionarios deberán aplicar las siguientes directrices:
▪ Podrán establecerse tanto criterios no evaluables mediante fórmulas como criterios evaluables mediante fórmulas, no pudiendo fijar en ningún caso umbrales mínimos de puntuación.
En todo caso, la valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas se efectuará siempre con posterioridad a la de los criterios no evaluables mediante fórmulas, dejándose constancia documental de ello.
▪ El criterio precio tendrá necesariamente un peso mínimo del 51 por ciento del total de la puntación.
▪ Conforme a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP y 67.2 k) del RGLCAP, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas económicas se apreciará de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 del RGLCAP.
▪ Además del criterio precio podrán considerarse todos o alguno/s de los siguientes criterios para la adjudicación de los contratos basados:
✓ Criterios no evaluables mediante fórmulas
1. Solución técnica ofertada. A estos efectos se considerarán la arquitectura, funcionamiento, comprensión de los requerimientos, viabilidad, metodología o rendimiento previsible de la solución ofertada, así como el grado de respuesta o satisfacción a los requisitos planteados.
2. Planificación del servicio. A estos efectos se considerarán el calendario de trabajos, el horario de las actuaciones, el análisis técnico de riesgos, plan de contingencias y plan de calidad.
3. Plan de transferencia del servicio. A estos efectos se considerarán las medidas encaminadas a asegurar una adecuada transición entre los equipos de desarrollo y producción.
✓ Criterios evaluables mediante fórmulas
1. Equipo de trabajo. Para la ejecución de los contratos basados se podrá exigir un equipo mínimo de trabajo con unos determinados perfiles, el cual en ningún caso será objeto de valoración, siendo de aplicación la fórmula maximizar.
A estos efectos se valorará la adecuación, experiencia y formación de los perfiles del equipo de trabajo que se oferte para la ejecución del servicio, por encima del mínimo exigido, en su caso.
2. Reducción del plazo de ejecución máximo propuesto en la licitación, siendo de aplicación la fórmula minimizar.
3. Mejora de los acuerdos de nivel de servicio definidos, en su caso.
4. Resto de criterios utilizados en el acuerdo marco con las fórmulas previstas en este documento, manteniendo en todo caso en la segunda licitación, como mínimo, los valores ofertados por los licitadores en la licitación del acuerdo marco. En caso contrario, será causa de exclusión de la oferta.
La utilización de todos o algunos de los criterios de adjudicación previstos se hará en función de las específicas características de cada contrato basado.
Las fórmulas de aplicación en los criterios evaluables mediante fórmulas serán las siguientes, según el sentido de la función:
Función Maximizar: Ci=P*xi/Xmax dónde:
Ci, es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i P, es la ponderación del criterio C
xi, es el valor ofertado por el licitador i, en el criterio C
Xmax, es el valor máximo ofertado por los licitadores, en el criterio C o el umbral de saciedad si éste fuese inferior y se hubiese definido
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente mayor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Minimizar aplicable al criterio precio: Ci=P*((OL-Oi)/(OL-OB)) dónde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 51 puntos Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
OB, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
OL, es el presupuesto máximo de licitación (IVA excluido)
Función Minimizar aplicable al resto de criterios: Ci=P*(1-((xi-Xmin)/(Xmax))) dónde:
Ci, es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i P, es la ponderación del criterio C
xi, es el valor ofertado por el licitador i, en el criterio C
Xmin, es el valor mínimo ofertado por los licitadores, en el criterio C Xmax, es el valor máximo ofertado por los licitadores, en el criterio C
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
La consulta a los licitadores, recepción y examen de las proposiciones serán responsabilidad del organismo interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden EHA/1049/2008.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Conforme establece el artículo 198.4 c) del TRLCSP, las ofertas deberán presentarse por escrito, firmadas por el representante legal del licitador que la presenta, en soporte papel, en sobre cerrado y su contenido será confidencial hasta el momento fijado para su apertura. Adicionalmente podrá solicitarse su presentación en soporte electrónico, prevaleciendo en caso de contradicción el contenido del soporte papel. Cuando se utilicen para la valoración tanto criterios evaluables mediante fórmulas como criterios no evaluables mediante fórmulas, la oferta deberá presentarse en dos sobres distintos, identificando en el exterior de cada uno claramente su contenido (Sobre 1: Oferta no evaluable mediante fórmulas; Sobre 2: Oferta evaluable mediante fórmulas).
La apertura del Sobre 2 solo podrá realizarse por el organismo interesado una vez se haya valorado el contenido de los Sobres 1.
En caso de contratos cuyo valor estimado sea igual o superior a 75.000€, la apertura de los Sobres 2 se realizará en acto público. La fecha, hora y lugar de celebración de dicho acto
público se comunicará por correo electrónico, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración del mismo, a todos los adjudicatarios del acuerdo marco invitados a la licitación.
El concepto de consulta por escrito, presentación de sobres cerrados y acto público de apertura podrá revisarse mediante instrucciones de la DGRCC a la vista del despliegue de sistemas de licitación electrónica que cumplan adecuadamente con los requisitos de formalidad, transparencia y seguridad jurídica.
En el acto público se dará a conocer la valoración del contenido de los Sobres 1 de las ofertas y se leerá el contenido de los Sobres 2.
PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Una vez valoradas las ofertas por el organismo y seleccionada, conforme a los criterios de valoración establecidos en el documento de licitación, la más ventajosa para la administración, se remitirá a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, a través de la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN:
1. El documento de propuesta de adjudicación.
2. El documento de licitación firmado por el responsable del proyecto que se licita.
3. El informe de la licitación realizada, firmado por el mismo gestor del proyecto, en el que se indicará:
a. Título del contrato (Denominación del proyecto a contratar, que será el mismo incluido en la propuesta de adjudicación).
b. Fecha de remisión del documento de licitación a las empresas y plazo ofrecido para la presentación de ofertas.
c. Lista de adjudicatarios del acuerdo marco consultados. En caso de no haber consultado a todas los adjudicatarios del acuerdo marco (contratos no XXXX), se justificará la no extensión de la consulta a todos ellos y la selección realizada.
d. Lista de adjudicatarios que han presentado oferta, así como la de aquéllos que han comunicado que no lo harían y las razones que han alegado para no hacerlo.
e. Se especificará la fecha de apertura de los Sobres 1, el resultado de su valoración, así como la fecha de apertura de los Sobres 2 acreditando que la apertura de estos últimos se ha realizado después de haber finalizado la valoración de los primeros.
f. En contratos de valor estimado igual o superior a 75.000€, resumen del acto público de apertura de los Sobres 2, que incluirá:
i. Fecha de realización del acto público
ii. Asistentes por parte del organismo, que deberán ser, como mínimo, tres personas
iii. Puntuaciones de las ofertas incluidas en los Sobres 1, leídas en el acto
iv. Incidencias habidas en el acto público
g. Informe de valoración, conforme al árbol de valoración contenido en el documento de licitación y que justifique la propuesta de adjudicación que se realice.
4. Oferta que se propone como adjudicataria del contrato, debidamente firmada por su representante legal.
5. Para el sector público estatal, Informe favorable de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.