PAUTAS GENERALES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE
PAUTAS GENERALES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE
Elaborado por: Xxxxxxx Valencia Xxxxxxxxx y Xxxxx Xxxxx Xxxxxx A.1
Un contrato de transporte de “cosas” es un contrato mercantil que se rige bajo las normas del código de comercio.
Partes del contrato:
❖ El transportador (quien ejecuta el contrato)
❖ El remitente (quien envía la carga)
❖ El destinatario (Quien recibe la carga. Muchas veces puede ser el mismo remitente).
Obligaciones del Remitente
Siempre debe haber acuerdo entre las partes. El remitente será el responsable de determinar la carga, u objetos que se transportan, cuánto pesan, los cuidados que se deben tener, las características de almacenamiento y las características del empaque o embalaje. Entregar la carga empacada y rotulada. También es su responsabilidad entregar al transportador los documentos inherentes a la carga, como facturas, documentos de importación o exportación, etc. Determinar la dirección del destinatario de la carga, toda vez que contará con un término legal de 5 días para reclamarla, fecha a partir de la cual el transportador, podrá disponer de la carga, exonerándose de responsabilidades frente a la misma.
Obligaciones del transportador
Recibir la carga debidamente pesada e identificada. Seguir de manera correcta las instrucciones sobre el empaque o embalaje. En los casos pertinentes elaborar “carta deporte” entregando el original al remitente de la carga y el transportador se queda con una copia.
Carta deporte: tendrá el carácter de títulos representativos de las mercancías objeto del transporte. Es como un cheque que dice cuánta mercancía lleva, y en caso de perderse, se puede embargar por el valor contenido en la carta.
Cumplir con el horario contratado para el transporte. Declarar en el momento de recibo de la mercancía, las condiciones en que la esté recibiendo. Avisar al destinatario de que la carga ha llegado a su lugar de destino. Transportar las cosas y entregarlas en las condiciones en que las recibió. Tomar todas las medidas necesarias para que el contrato de transporte se ejecute de manera satisfactoria. Cuando el transportador es propietario de los vehículos, tiene la responsabilidad de mantener en buenas condiciones mecánicas los vehículos y la selección de los conductores más idóneos. El transportador de acuerdo con las directrices del Ministerio de Transporte, siempre deberá estar amparado por una póliza de seguro, nunca se permitirá que el mismo transportador sea quien asuma la
1 Abogada, docente universitaria y asesora empresarial.
Psicóloga, tecnóloga en salud ocupacional, especialista en promoción y comunicación en salud. Analista de capacitación de SURATEP S.A
responsabilidad de manera directa. El transportador responderá por la pérdida total o parcial de la mercancía, de su avería y del retardo de la entrega, desde el momento en que la recibe o desde el momento en que se hace responsable de ella.
Cuando las cosas a transportar consisten en contenedores o en unidades cerradas, estas se considerarán como unidad de carga, por ello el destinatario no le podrá exigir al transportador que en el momento de la entrega la mercancía sea contada por unidades.
Obligaciones del destinatario
Reclamar la carga dentro de los 5 días siguientes a la llegada de la misma. Cancelar el valor de la factura de transporte cuando el remitente no lo haya hecho. Declarar mediante su firma la aceptación de recibimiento de la carga.
Contrato para el transporte de personas
El pasajero está obligado a pagar el pasaje. También está obligado a observar las condiciones de seguridad que establezca el transportador. El transportador debe fijar en un lugar visible los reglamentos de seguridad para que el usuario lo conozca. El boleto o billete que expida el transportador debe contener las especificaciones que exijan los reglamentos oficiales. El transportador responderá de los daños que se le ocasionen al pasajero desde el momento en que el transportador se haga cargo de este.
El pasajero deberá entregar la mercancía o equipaje y el transportador se obliga a conducir el equipaje como parte del contrato de transporte.
El transportador que acepta transportar enfermos, dementes, o menores de edad, deberá prestarle, dentro de sus posibilidades, los cuidados ordinarios que exija su estado o condición, además responderá por los perjuicios que se ocasionen debido a esos cuidados. Y también responderá por los daños que estos pasajeros ocasionen a terceros.
El transportador podrá retener total o parcialmente el equipaje y demás cosas de pasajero, mientras no le sea cancelado el valor del pasaje.
Transporte de cosas
Existen las mismas partes del contrato. Que exista acuerdo entre las partes
Debe existir el pago xxx xxxxx de transporte a cargo del remitente de manera solidaria con el destinatario desde el momento en que reciba a satisfacción la carga.
El remitente debe dejar clara la dirección del destinatario, el lugar de la entrega, el valor, el volumen, las características de las cosas y señalar las condiciones específicas para el cargue.
Tratándose de cosas corruptibles que empiecen a dañarse en el curso del transporte, el transportador podrá disponer de ellas con licencia de la autoridad policiva del lugar si por el estado de la mercancía no es posible esperar las instrucciones del remitente o del destinatario sin que se produzca un mayor perjuicio.
Cuando se trate de cosas que por su condición se reduzca el peso o el volumen, el transportador no responderá por la reducción o merma normal. Las divergencias sobre el estado de las cosas o de su embalaje, peso, naturaleza, se decidirán por peritación.
Cuando el reglamento dictado por el Gobierno Nacional, así lo exija, el transportador estará obligado a expedir carta deporte, conocimiento o póliza de embarque o remesa terrestre de carga.
Cuando exista cambio en el destinatario y esto implique cambio en la ruta, el remitente será responsable de los mayores gastos que se ocasionen en la ejecución del contrato.
El transportador deberá avisar al destinatario la llegada de la mercancía. Cuando el remitente no indique la dirección del destinatario, la mercancía se entregará en las oficinas o bodegas que el transportador determine.
Cuando no sea posible realizar la entrega en el sitio y fecha convenida, el transportador deberá avisar al destinatario acerca del día y lugar donde puede reclamar la carga.
Recibidas las cosas transportadas sin observaciones, se presumirá cumplido en su totalidad el contrato de transporte. Cuando por circunstancias especiales que impidan el reconocimiento inmediato de la cosa, sea imposible apreciar su estado en el momento de la entrega, podrá el destinatario recibirla bajo la condición de que se haga su reconocimiento. La revisión se hará en presencia del transportador o de la persona por él designada, dentro de los tres días siguientes al recibo de la mercancía.