CONTRATO Nº 48/2012
Presidencia
Corte Suprema de Justicia
CONTRATO Nº 48/2012
Xxxxxxxx, XXXX XXXXXXXXX XXXXX, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número [...], actuando en nombre y representación, en carácter de Presidente del Órgano Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, con Número de Identificación Tributaria de la Institución: [...]; y que en el transcurso de este instrumento me denominaré “EL CONTRATANTE”, y [...], mayor de edad, Empleado, del domicilio de Panchimalco, Departamento de San Xxxxxxxx, con Documento Único de Identidad número [...], y Número de Identificación Tributaria [...], actuando en calidad de Apoderado Especial Administrativo de la Sociedad LA CASA DEL REPUESTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia LA CASA DEL REPUESTO, S.A. DE C.V., de este
domicilio, con Número de Identificación Tributaria de la Sociedad [...], que en lo sucesivo del presente instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA”, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá bajo las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: De acuerdo con las condiciones determinadas en el presente contrato, “LA CONTRATISTA” debe brindar el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE
LA FLOTA VEHICULAR DEL ÓRGANO JUDICIAL”, de la manera siguiente:
ZONA | CATEGORIAS | CANTIDAD DE VEHICULOS |
CENTRAL | 2.1,4.1,4.2,4.3,8.1,12.1,14.1,15.1,19.1 Y 19.2 | 32 |
ORIENTAL | 2.1,4.1,9.1,9.2,9.3,9.4,9.5,9.6,9.7 Y 22.1 | 23 |
No | PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | AÑO | MOTOR | CHASIS |
0 | X - 00000 | Automóvil | Toyota | 4 Runner DLX | 1992 | 22R3430066 | RN1300010559 |
4 Runner XXX | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Camión | Isuzu | Camión 3.5 | 1988 | 6BD1-462130 | JJ3201564 |
Camión 3.5 | 1 |
MONTO TOTAL DEL CONTRATO (INCLUYE IVA) $42,016.70 LISTADO DE LA FLOTA VEHICULAR DE LA ZONA CENTRAL
No | PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | AÑO | MOTOR | CHASIS |
00 | X - 00000 | Camión | Mitsubishi | Canter | 1999 | 4D32G80511 | FE515BAO6533 |
Canter | 1 | ||||||
000 | X - 00000 | Camión | Isuzu | Furgón | 1998 | 608885 | XXXXXX00XX0000000 |
000 | X - 0000 | Camión | Isuzu | Furgón | 1998 | 608874 | XXXXXX00XX0000000 |
000 | X - 00000 | Camión | Isuzu | Furgón | 1999 | 626884 | XXXXXX00XX0000000 |
000 | X - 00000 | Camión | Isuzu | Furgón | 1999 | 6HH1276716 | XXXXXX00XX0000000 |
Furgón | 0 | ||||||
000 | X - 000000 | Automóvil | Toyota | Land Cruiser | 0000 | 0000000 | HDJ80 0001233 |
000 | X - 000000 | Rústico | Toyota | Land Cruiser | 2006 | 1KZ1458200 | XXXXX00X000000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Toyota | Land Cruiser | 2001 | 194856 | XX000XXX000000000 |
000 | X - 0000 | Automóvil | Toyota | Land Cruiser | 1996 | 1HD-0110139 | HDJ80-0004187 |
Land Cruiser | 0 | ||||||
000 | X - 00000 | Microbús | Xxxxxxxx Xxxx | MB140D 2.9 | 2000 | 66291110078423 | XXX000000XX000000 |
Cuenta MB140D 2.9 | 1 | ||||||
274 | P - 133700 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3052 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3053 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2007 | 4M40HH3050 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3492 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3562 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3141 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3729 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3565 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH2943 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3140 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH3138 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH2947 | XXXXXX0000X000000 |
000 | X - 000000 | Rústico | Mitsubishi | Nativa 4x4 | 2008 | 4M40HH2269 | JMYONK9708J000101 |
Nativa 4x4 | 13 | ||||||
000 | X - 00000 | Automóvil | Nissan | Pathfinder 4X4 | 1994 | Z24469983W | XXXX00000000 |
Pathfinder 4X4 | 0 | ||||||
000 | X - 00000 | Pick Up | Chevrolet | S-10 | 2005 | 6Y0008603 | 0XX000XX00X000000 |
Cuenta X-00 | 0 | ||||||
000 | X - 00000 | Automóvil | Suzuki | Vitara | 0000 | X00X000000 | XX00X000000 |
000 | X - 000000 | Automóvil | Suzuki | Vitara | 0000 | X00X000000 | XX00X000000 |
000 | X - 00000 | Automóvil | Suzuki | Vitara | 0000 | X00X000000 | XX00X000000 |
000 | X - 000000 | Automóvil | Suzuki | Vitara | 0000 | X00X000000 | XX00X000000 |
000 | X - 0000 | Automóvil | Suzuki | Vitara | 1997 | G16A415115 | TAO1V151643 |
No | PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | AÑO | MOTOR | CHASIS |
Vitara | 5 | ||||||
Cuenta general | 32 |
LISTADO DE LA FLOTA VEHICULAR DE LA ZONA ORIENTAL
No | PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | AÑO | MOTOR | CHASIS |
13 | N - 6021 | Pick Up | Isuzu | Pick Up Doble Cab 4X4 | 1997 | 518965 | XXXXXX00XX0000000 |
Pick Up Doble Cab 4X4 | 1 | ||||||
15 | N - 7094 | Pick Up | Nissan | Frontier | 2011 | TD27890227 | XX0XXXX00X0000000 |
Frontier | 1 | ||||||
16 | N - 7207 | Pick Up | Toyota | Hilux | 2010 | 2KD5025332 | MROFR22G000565548 |
Hilux | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Nissan | Pick Up Doble Cabina | 2006 | QD32223787 | XX0XXXX00X0000000 |
Doble Cabina | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Camión | Isuzu | Furgón | 1998 | 609079 | XXXXXX00XX0000000 |
Furgón | 1 | ||||||
00 | X - -00000 | Pick Up | Nissan | Pick Up Doble Cabina 4x2 | 2007 | TD27815766 | XX0XXXX00X0000000 |
Doble Cabina 4x2 | 1 | ||||||
31 | N - 12538 | Pick Up | Nissan | Pick Up Doble Cabina 4x4 | 2007 | QD32241384 | XX0XXXX00X0000000 |
Doble Cabina 4x4 | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Chevrolet | S10 | 2005 | 0X0000000 | 0XX000XX00X000000 |
S10 | 1 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Isuzu | Doble cabina | 2002 | 840856 | XXXXXX00X00000000 |
Doble cabina | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Mitsubishi | L200 4X4 DC | 1999 | 4D56JN8501 | XXXXXX000XX000000 |
L200 4X4 DC | 0 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Toyota | Hilux | 2004 | 2L5360695 | XXXXX000000000000 |
00 | X - 0000* | Pick Up | Toyota | Hilux | 2004 | 2L5340384 | XXXXX000000000000 |
00 | X - 00000 | Pick Up | Toyota | Hilux | 2004 | 2L5330542 | XXXXX000000000000 |
00 | X - 00000* | Pick Up | Toyota | Hilux | 2004 | 2L5346645 | XXXXX000000000000 |
Hilux | 4 | ||||||
00 | X - 00000 | Pick Up | Toyota | Hilux Doble C | 2004 | 0X0000000 | XXXXX000000000000 |
00 | X - 00000 | Pick Up | Toyota | Hilux Doble C | 2004 | 3L5466127 | XXXXX000X00000000 |
Hilux Doble X | 0 | ||||||
00 | X - 0000 | Pick Up | Toyota | Hilux 4X2 Dob | 2007 | 2KD7297203 | 0XXXX00X000000000 |
68 | N - 2109 | Pick Up | Toyota | Hilux 4X2 Dob | 2007 | 2KD7304099 | 0XXXX00X000000000 |
69 | N - 2131 | Pick Up | Toyota | Hilux 4X2 Dob | 2007 | 2KD7275824 | 0XXXX00X000000000 |
Hilux 4X2 Xxx | 0 | ||||||
00 | X - 0000 | Microbús | Toyota | Coaster | 0000 | 0000000 | HZB50-0008605 |
Coaster | 1 | ||||||
000 | X - 000000 | Pick Up | Nissan | Doble Cab 4x4 | 2007 | QD32241491 | XX0XXXX00X0000000 |
000 | X - 000000 | Pick Up | Nissan | Doble Cab 4x4 | 2007 | QD32239764 | XX0XXXX00X0000000 |
000 | X - 000000 | Pick Up | Nissan | Doble Cab 4x4 | 2007 | QD32240005 | XX0XXXX00X0000000 |
Doble Cab 4x4 | 3 |
No | PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | AÑO | MOTOR | CHASIS |
Cuenta general | 23 |
1- PLAN I: MANTENIMIENTO PREVENTIVO:
Comprende una revisión del vehículo en la cual se solicitan diversas operaciones, las que se realizaran según rutinas presentadas por “LA CONTRATISTA” y descritas en el Anexo 11 de las Bases de Licitación. Se requiere que los materiales y repuestos descritos en cada una de las rutinas los proporcione “LA CONTRATISTA”.
Se harán revisiones preventivas cada 5000 kilómetros (5,000; 10,000; 15,000 y 20,000 kms). “LA CONTRATISTA” deberá presentar las rutinas en base a la cantidad, marca y tipo de vehículo y de acuerdo a los kilometrajes antes mencionados, además deberán anotar los precios respectivos en cada rutina y el valor total.
2- PLAN II: MANTENIMIENTO CORRECTIVO:
El mantenimiento correctivo consiste en realizar todas aquellas operaciones necesarias para reparación, cambio, limpieza, ajuste, regulación, sondeo, soldadura y montaje, según se requiera en los sistemas de motor, combustible, enfriamiento, embrague, suspensión, dirección, frenos, transmisión, diferencial, electromecánico y escape. De acuerdo a lo establecido en el Anexo 12 de las Bases de Licitación.
El servicio a contratarse es la reparación correctiva, el cual consiste en elaboración del diagnóstico y presupuesto por parte de “LA CONTRATISTA”, para la aprobación por parte de “EL CONTRATANTE”, y posteriormente la copia de factura de compra de repuestos que fueron adquiridos para la reparación.
Se trabajará con un Presupuesto previo el cual deberá ser presentado al Jefe Operativo del Taller para su aprobación.
COBERTURA:
[...]
REPUESTOS:
Deberán incluir en las rutinas de mantenimiento preventivo la marca de los siguientes repuestos y lubricantes: filtro para aceite, filtro para combustible, filtro para aire, bujías, aceite para motor y refrigerantes.
En el caso de que los repuestos no se encuentren en plaza, se deberá informar a “EL CONTRATANTE” el tiempo estimado de la reparación.
El Mantenimiento Preventivo quedará pactado a través de la rutina correspondiente, apegándose a lo que en ella está descrito; si por cualquier motivo no se encuentra el repuesto o lubricantes pactado, deberá ser sustituido por uno de igual o mejor calidad a lo ofertado.
Para el Mantenimiento Correctivo deberán presentarse 3 cotizaciones de repuestos para la aprobación del presupuesto, excepto “LA CONTRATISTA” que además de brindar el servicio de taller, son importadores y distribuidores de repuestos, aplicando el descuento que proporcionan a los talleres mayoritarios.
Los repuestos sustituidos en las reparaciones deberán ser entregados al taller de “EL CONTRATANTE”.
En caso de que exista alguna reparación que por su nivel de detalle no estuviere en la oferta, esta se incorporará en el presupuesto para su aprobación. Si este excediere de $1,500.00 dólares incluyendo IVA, deberá anexar al presupuesto en referencia 3 cotizaciones de las partes o repuestos, si fuere el caso.
INFORMES:
“LA CONTRATISTA” deberá presentar semanalmente un informe, el cual deberá contener la siguiente información mínima: No. de placas, fechas de ingreso, el trabajo realizado y/o su estado, fecha de salida y costo.
SERVICIOS ADICIONALES:
“LA CONTRATISTA” deberá proporcionar el servicio xx xxxx a nivel nacional, cuando “EL CONTRATANTE” lo solicite, sin importar la zona en la cual se encuentre el vehículo que presenta fallas, siempre y cuando éste corresponda a los vehículos asignados en el presente contrato.
“LA CONTRATISTA” deberá designar una persona enlace que se comunique con “EL CONTRATANTE” para informar el estado de las reparaciones.
PRESUPUESTO:
En caso de mantenimiento correctivo “LA CONTRATISTA” elaborará previamente un Presupuesto, el cual deberá contener descripción del costo de mano de obra, repuestos, materiales, lubricantes, descuentos, garantía y tiempo de entrega del vehículo, debiendo
adjuntarle las tres cotizaciones para su autorización, excepto las que además de brindar servicio de taller son importadores y distribuidores, quienes deberán apegarse a los precios de ventas xxx xxxxxxx y presentar la respectiva salida de bodega; posteriormente al presentar la facturación de la reparación realizada, deberá anexar a estas la copia de facturas de compra de repuestos utilizados en dicha reparación (cuando estos no sean importadores y distribuidores de repuestos). Los precios en concepto de montaje, desmontaje o cambio de los repuestos se incluyen en el valor de la mano de obra, considerándose como una sola actividad u operación.
PLAZOS DE ENTREGA DE PRESUPUESTOS:
“LA CONTRATISTA” deberá entregar los presupuestos para mantenimientos correctivos personalmente en las instalaciones de los Talleres Automotrices de “EL CONTRATANTE” (Zona Central y Zona Oriental) los cuales deberán ser presentados en un plazo no mayor de 48 horas posteriores a la recepción del vehículo.
PLAZOS PARA LA REALIZACION DE LAS REPARACIONES:
Mantenimiento Preventivo: Máximo 48 horas posterior a la recepción del vehículo. Mantenimiento Correctivo: máximo 5 días hábiles posteriores a la recepción del presupuesto aprobado. Si el mantenimiento correctivo necesitara más de 5 días para su realización, “LA CONTRATISTA” deberá presentar en el presupuesto la justificación del incremento del plazo, estableciendo claramente el tiempo que la reparación tardará. No serán causas justificadas para el incremento del plazo de la reparación aquellas que sean imputables a “LA CONTRATISTA”.
LUGAR DE ENTREGA Y RECEPCION DE LOS VEHICULOS:
Zona Central: “LA CONTRATISTA” deberá retirar de las instalaciones del Taller Automotriz de “EL CONTRATANTE” los vehículos para su reparación.
Zona Oriental: “LA CONTRATISTA” deberá retirar de las instalaciones del Centro Judicial de San Xxxxxx con el Supervisor de Talleres Privados de la zona los vehículos para su reparación. “LA CONTRATISTA” deberá realizar la recepción de los vehículos en un período máximo de seis horas hábiles posterior a la notificación vía telefónica efectuada de los respectivos Talleres de “EL CONTRATANTE”, debiendo dejar constancia por escrito la recepción de la unidad.
Si “LA CONTRATISTA” incumpliera los plazos contractuales, se aplicará la ley LACAP.
LIMPIEZA DE LOS VEHICULOS:
Todo vehículo que sea sujeto de Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo, deberá ser entregado debidamente limpio interna y externamente, de lo contrario el supervisor no lo recibirá sino hasta que se haya realizado la limpieza del mismo.
Tal servicio será prestado durante el plazo y en la forma establecida en el presente contrato. Además “EL CONTRATANTE” podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos Material, Técnico, Financiero, Legal y Contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO: El importe del servicio de mantenimiento será hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MIL DIECISEIS DOLARES CON SETENTA CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA ($42,016.70), que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), Que será cancelado siempre que esté recibido a satisfacción por “EL CONTRATANTE” y presentando el documento de cobro legalmente autorizado; el pago podrá hacerse también a la persona legalmente designada por “LA CONTRATISTA”, para hacer efectivo el pago “LA CONTRATISTA” deberá presentar a “EL CONTRATANTE” las facturas y el acta de recepción firmada y sellada por el Administrador del Contrato. No se dará trámite a ningún pago, si falta la firma y sello correspondiente. “EL CONTRATANTE”, retendrá el uno por ciento en concepto de anticipo al Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), en toda factura igual o mayor a Cien Dólares de los Estados Unidos de América, que se presenten para cobro; en cumplimiento a la Resolución Número 12301-NEX-2196-2007, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, mediante la cual “EL CONTRATANTE” ha sido designado Agente de Retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), en aplicación al Art. 162 del Código Tributario. TERCERA. PLAZO: “LA CONTRATISTA” se compromete a prestar el servicio detallado en la Cláusula Primera de este Contrato, a partir de la recepción de la copia del contrato debidamente legalizado, hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce, pudiendo prorrogarse tal plazo de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y a este contrato. CUARTA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: LA CONTRATISTA” garantiza la calidad del servicio relacionado en la Cláusula Primera, durante el período en que se preste dicho servicio; comprometiéndose a mantener los vehículos indicados en buen estado de funcionamiento y a responder por cualquier
desperfecto de los mismos, y el gasto que ocasionare correrá por su cuenta. QUINTA. GARANTÍA: “LA CONTRATISTA” deberá presentar Garantía de Cumplimiento de Contrato por el valor de SEIS MIL TRESCIENTOS DOS DÓLARES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS XX
XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($6,302.51), equivalente al quince por ciento del total del contrato, con validez de un año, la que deberá renovarse en caso de prórroga o modificación de condiciones. Dicho documento deberá presentarse simultáneamente a la firma del contrato, mediante Fianza emitida a satisfacción de “EL CONTRATANTE” por Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR), Instituciones Bancarias, Sociedades de Seguros y Afianzadoras, así mismo se aceptarán como garantías, las establecidas en la Ley del Sistema de Garantías Recíprocas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Rural y Urbana. Las instituciones que emitan las referidas garantías, deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y ser aceptadas por “EL CONTRATANTE”. SEXTA. INCUMPLIMIENTO: “LA CONTRATISTA” garantiza el cumplimiento de todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, comprometiéndose en caso de incurrir en xxxx, no prestar el servicio de la forma contratada o incumplir cualquiera de las estipulaciones contractuales, a pagar una multa o hacer efectiva proporcionalmente la garantía, cuyo monto se determinará según los Artículos 36 y 85 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, con observancia a lo establecido en el Articulo 35 del Reglamento de la citada Ley, en sus respectivos casos, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, tal como lo establece el inciso segundo del Artículo 83-A, y Artículo 86 ambos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. SÉPTIMA. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral de este contrato los documentos siguientes: a) Las Bases de Licitación Pública N° LP 17/2012, b) Adendas, si las hubiere; c) La oferta y sus documentos; d) Las garantías; e) La Resolución Razonada de Adjudicación de la Licitación Pública N° LP 17/2012; y f) Las Resoluciones Modificativas si las hubiere. OCTAVA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Además de las causales de formas de extinción establecidas en el Articulo 93, específicamente el Literal e) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, el presente contrato podrá darse por terminado o revocarse con el solo acuerdo de “EL CONTRATANTE”, y se tendrá como de plazo vencido en los casos siguientes: a) Cuando la calidad de los bienes adquiridos no corresponda a lo contratado según informe técnico, y b) Por
cualquier incumplimiento de lo estipulado en este contrato o de otro contrato celebrado con el Estado o se incumpla lo establecido en la ley. NOVENA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente Contrato, se estará a lo dispuesto en el Título VIII, Capítulo I, Secciones I y II de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), en particular el Arreglo Directo y el Arbitraje en Derecho, con sujeción a las disposiciones que le fueren aplicables de conformidad a las leyes pertinentes. DÉCIMA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO: Por acuerdo entre las partes, el presente Contrato podrá sufrir modificaciones, siempre que estas no contraríen lo establecido en los Artículos 83-A y 83-B ambos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, y para que surta efecto tal modificación será indispensable: contar con la respectiva autorización del Presidente del Órgano Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, mediante Resolución Modificativa firmada por “EL CONTRATANTE” y “LA CONTRATISTA”, sobre las circunstancias o motivos que la ocasionen. DÉCIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES: Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican: para “EL CONTRATANTE”: DACI, EDIFICIO DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y JURÍDICAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FINAL 00 XXXXX XXXXXXXX X XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXXXX, XXX XXXXXXXX, y para “LA CONTRATISTA”: 25 XXXXXXX XXX X 0x. XXXXX XXXXXXXX, # 000, XXX XXXXXXXX. En dado caso las partes
contratantes cambien de dirección quedan cada una de ellas con obligación de notificarlo por escrito a la otra. DÉCIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO. La
administración del presente contrato estará a cargo del Ingeniero Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe del Taller Automotriz de la Corte Suprema de Justicia, quien será el responsable de verificar la buena marcha y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en base a lo establecido en el Artículo 82 Bis de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública; Artículo 17 inciso 2º y 20 literal o) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública; y al Instructivo UNAC No. 02/2009 “Normas para el Seguimiento de los Contratos”, expedido por el Ministerio de Hacienda. DÉCIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y LEYES APLICABLES: “LA CONTRATISTA” se somete para el
cumplimiento del presente contrato, a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones
de la Administración Pública, su Reglamento y demás Leyes afines; efectuando cualquier reclamo únicamente por las vías que establecen las leyes del país, y se somete a la jurisdicción especial de los Tribunales de esta ciudad. San Xxxxxxxx, a los veintiocho días del mes xx xxxxx de dos mil doce.
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NOTA: La Dirección de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, ha modificado el documento original, elaborando esta versión pública con base al Artículo 30, relacionado con el Artículo 24, literal “x” xx xx Xxx xx Xxxxxx x xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx (XXXX).