En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de de 20 entre:
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de de 20 entre:
(a) IRAM Instituto Argentino de Normalización y Certificación (en adelante denominado como el “Instituto”), con domicilio en la xxxxx Xxxx Xx 000/000 (XX 0000XXX), xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, representado por sus apoderados el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI N° 00.000.000 y el Xx. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx, DNI N°
00.000.000 por una parte; y
(b) (en adelante denominado inicialmente como el “Solicitante” y en su caso luego como el “Organización Certificada” según este último término se define más adelante), con domicilio en la calle N° (CP ), de la Ciudad , Provincia de , , (por derecho propio /representado por su apoderado /o en calidad de representante legal) [tachar lo que no corresponda] por la otra parte y junto con el Instituto denominados como las “Partes”;
Y CONSIDERANDO:
(i) Que el Instituto ofrece un servicio de certificación de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en tanto el Solicitante cumpla con las normas, documentos normativos y, si aplica, exigencias establecidas por las autoridades locales.
(ii) Que el sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de una organización que cumpla con dichos requerimientos permitirá al Solicitante, según lo previsto en esta adenda al acuerdo marco para la certificación DC-R 010 vigente (en adelante el “Acuerdo Marco”), presentar al Instituto una solicitud específica y por escrito con el objeto de requerir que se le otorgue la certificación IRAM de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante la “Certificación IRAM de sistemas de gestión”);
(iii) Que esta adenda al Acuerdo Xxxxx busca agregar condiciones y requisitos necesarios para el otorgamiento de la Certificación IRAM fijando, asimismo, los derechos y obligaciones a las que se someten las Partes;
(iv) Que esta adenda al Acuerdo Marco DC-R 010 será aplicable para las solicitudes de certificación de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo;
EN VIRTUD DE LO CUAL las Partes convienen en celebrar la presente adenda en el Acuerdo Xxxxx que quedará regido por las siguientes cláusulas y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA. Definiciones
Documento de Certificación: Es el documento escrito y firmado emitido por el Instituto que indica que el sistema de gestión de una Organización Certificada está en conformidad con una Norma o Documento Normativo (según se los define más adelante) reconocido por el Instituto. El Documento de Certificación refleja y expresa el alcance de la Certificación IRAM de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Consejo Directivo: Es el consejo directivo del Instituto.
Comité de Salvaguarda de la Imparcialidad: Es el comité, independiente y honorario, creado por el Consejo Directivo para asegurar la imparcialidad y la transparencia de las actividades del Instituto como organismo de certificación. Actuará además específicamente como comité de apelación ante el supuesto en que el Instituto decida la cancelación, por cualquier motivo, de una Certificación IRAM de Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en cuyo caso será el responsable de revisar tal decisión y de dictar la resolución definitiva respecto de la decisión que dispuso la referida cancelación.
Dirección de Certificación del Instituto: Es la dirección responsable del cumplimiento del presente Acuerdo Marco y es la que dentro del Instituto está facultada para otorgar, mantener, renovar, ampliar, reducir, suspender y cancelar la Certificación IRAM del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a lo previsto por la norma ISO/IEC 17021-1 vigente.
Sistema de Gestión: Conjunto de elementos interrelacionados de una organización, que interactúan para establecer las políticas, objetivos y los procesos para lograr estos objetivos.
Norma: Es el documento estudiado y publicado por un organismo de normalización de acuerdo con su reglamento para el estudio de normas. Bajo esta denominación se incluyen también las normas con sigla mixta.
Documento Normativo: Es un documento elaborado por partes interesadas, disponible al público, que establece requisitos, reglas, directivas, especificaciones o características para un sistema de gestión, que se utiliza como criterio de evaluación a los fines de la certificación. Se deja aclarado a los fines de este Acuerdo Marco que el término Documento Normativo es un término genérico que cubre documentos tales como especificaciones técnicas, códigos de práctica y/o reglamentos.
IRAM: Es una marca registrada y propiedad exclusiva del Instituto.
Organización Certificada: Es la persona a la cual el Instituto le ha otorgado la Certificación IRAM de Sistemas de Gestión solicitada.
Riesgo de Desarrollo: Este concepto comprende a aquel defecto en el Producto (bienes y servicios), que surge del sistema gestión certificado, que a la fecha en que se emitió el Documento de Certificación y el Producto (bienes y servicios) fue ofrecido al mercado, no pudo ser descubierto o detectado en las instancias de evaluación del sistema de gestión.
Incidente: Suceso que surge del trabajo o en el transcurso del trabajo que podría tener o tiene como resultado lesiones y deterioro de la salud.
Sistema de gestión de SST: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
CLÁUSULA SEGUNDA. Objeto
1. El objeto de esta adenda al Acuerdo Xxxxx es fijar las condiciones que a las que se sujetan libre y voluntariamente las Partes y que regula los requisitos, derechos y obligaciones de las Partes en orden a la prestación del servicio de certificación,
la presentación de la solicitud por parte del Solicitante, el eventual otorgamiento por parte del Instituto y alcance de la utilización, por parte de la Organización Certificada, de la Certificación IRAM de sistema de gestión. Asimismo, este Acuerdo Marco regula el otorgamiento por parte del Instituto del Documento de Certificación y de los requisitos y condiciones de utilización de ese Documento de Certificación y de la forma de publicar la certificación por parte de la Organización Certificada.
CLÁUSULA TERCERA. Obligaciones del Solicitante/Organización Certificada
El Solicitante / Organización Certificada se obliga por el presente a informar a IRAM, sin demora, cuando ocurra un incidente grave o incumplimiento de la regulación que requiera participación de la autoridad regulatoria competente. Se requiere solamente informar sobre los daños a las Personas o a la Propiedad.
En prueba de conformidad las Partes del Presente celebran esta adenda al Acuerdo Marco en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del presente.
Por el Solicitante | Por el Instituto | |
Nombre: | Nombre: Xxxxxxxxx Xxxx | Nombre: Xxxxxxx |
Apellido: | Apellido: Xxxx | Apellido: Eliςabe |
Carácter del firmante: | Carácter del firmante: Apoderado | Carácter del firmante: Apoderado |
DNI N° | DNI N° 00.000.000 | DNI N° 00.000.000 |