FE DE ERRATAS
EN EL TÍTULO III NUMERAL 7) DE LA PUBLICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES MEDIANTE CONTRATO POR REEMPLAZO Y SUPLENCIA DE PERSONAL, SE HA CONSIGNADO ERRONEAMENTE COMO SECRETARIO DE LA INDICADA COMISIÓN AL XX. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX; CUANDO LO CORRECTO DEBE SER INTEGRADO POR ES EL XX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, QUIÉN ACTUARÁ COMO SECRETARIO. EN CONSCECUENCIA LA COMISIÓN QUEDA CONFORMADA DE LA SIGUIENTE MANERA:
PRESIDENTE : ING° XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO : XX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
MIEMBRO : ING° XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
POR LO QUE PARA LA PROSECUSIÓN DEL PRESENTE PROCESO TÉNGASE EN CUENTA DICHA MODIFICATORIA, PARA LOS FINES QUE EL CASO AMERITA.
HUANCAVELICA, 04 XX XXXXXX DEL 2014.
CONTRATO A PLAZO FIJO Nº -2013/GOB- REG-HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de Contrato de Servicios Personales a plazo fijo, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, con RUC Nº 20443618415, debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, que en adelante se denominará EL CONTRANTE y por la otra parte el Ing. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 23260210, con domicilio en la Avenida San Xxxxxxxxx Nº 370 de esta ciudad, a quien en adelante se denominará EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes.
ANTECEDENTES:
El Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276 señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal o accidental.
En mención al Decreto N° 004 de la Oficina de Personal de fecha 03 de Enero del 2014, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, se proyecta el contrato del Ingeniero XXXXXX XXXXXXXX, Xxxxxxx por la modalidad de servicios personales a plazo fijo, por espacio de Doce (12) meses a partir del 02-01-2014 al 31-12-2014, en la plaza Nº 60, en el cargo de Ingeniero III, con nivel remunerativa SP-A, perteneciente a la Dirección de Caminos acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
A fin de garantizar la continuidad de trabajos en la supervisión de obras de la Dirección de Caminos es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de contrato a plazo fijo y por necesidad de servicios en la Plaza Nº 60, de la Dirección de Caminos; a quien se le asigna el cargo de Supervisor de Obras y las funciones que a continuación se detalla:
Planificar, dirigir, coordinar, supervisar obras y/o proyectos en ejecución
Programar e investigar relacionado a obras civiles
Participar en la elaboración del Plan Anual de Inversiones de la Dirección Regional.
Inspeccionar y evaluar periódicamente el desarrollo del programa y proyectos, formulando recomendaciones técnicas.
Elaborar Proyectos de Ingeniería para el mejoramiento de la infraestructura departamental.
Asesorar en asuntos de su competencia
Otras funciones que le asigne el Director Regional.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se sujetará al horario de trabajo establecido para el personal Nombrado de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público “
CLAUSULA TERCERA.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, y tendrá una vigencia comprendida entre 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral debiendo de efectuar su acta de Entrega de Cargo a su Jefe inmediato o a la persona que éste designe de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 016-2008/GOB-REG- HVCA/ORA.OPER/OREI.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por necesidad de servicio podrá ser reubicado de puesto para el cumplimiento de los fines y objetivos Institucionales.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO Percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa SP-A, de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuento xx Xxx, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de extinción de la relación laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contrato.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios, Mnemónico: 013, Genérica y Especifica de Gastos: 21.11.13 Personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público).
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente Contrato, en uso de sus Facultades y Enterados ambas partes del contenido del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del Mes de Enero del Año Dos Mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
.....................................................
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
D.N.I. 23260210
CONTRATO A PLAZO FIJO Nº 2014/GOB-REG- HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de contrato de servicios de personal eventual que celebra por una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica con RUC Nº 20443618415 debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Nº 410 de Huancavelica, a quien en adelante se le denominara EL CONTRATANTE y por la otra parte el Señor XXXXX XXXXXX XXXXXXX identificado con D.N.I. Nº 40398892, con domicilio en el Xxxxx Pachacutec S/N del Barrio de Yananaco de esta ciudad, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
El Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276, señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal.
En merito al Decreto N° 049 de la Oficina de Personal de fecha 03 de Enero del 2014, se proyecta el Contrato del Señor XXXXX XXXXXX XXXXXXX, por la modalidad de servicios personales a plazo fijo, por espacio de Doce (12) meses, a partir del 02-01-2014 al 31-12-2014, en la Xxxxx Xx 000 en el Cargo xx Xxxxxxx II categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
A fin de garantizar la continuidad de trabajos asignados en mantenimiento rutinario y conservación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo N° 38 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- EL CONTRATANTE, toma los servicios del
CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato a Plazo Fijo y por necesidad de
servicios en la Xxxxx Xx 000, cargo Bracero II con Categoría Remunerativa ST- D , de acuerdo al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se compromete a realizar las siguientes funciones:
Cumplir con las órdenes del capataz para que los trabajos programados se ejecuten conforme a normas técnicas.
x Ejecutar trabajos de Xxxxxx y lastrado
x Ejecutar trabajos xx xxxxxx , roce
x Ejecutar trabajos de explanación
x Ejecutar trabajos de limpieza, derrumbes huaycos, muros y cunetas
Ejecución de trabajos carguío y descargo de materiales
Otras funciones que le asigne el jefe inmediato Superior.
CLAUSULA TERCERA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el Personal Nombrado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, para lo cual el residente remitirá la planilla de campo debidamente tareado.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por el desempeño del cargo percibirá un sueldo mensual equivalente a la categoría Remunerativa de ST-D de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuentos xx Xxx, más el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
XXXXXXXX XXXXXX.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014.
CLAUSULA SEXTA.- El presente contrato tendrá una vigencia comprendida entre el 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de extinción laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contratado.
CLAUSULA OCTAVA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA NOVENA- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no genera derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA DECIMA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El Egreso que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios Mnemónico: 006, Específica de Gastos: 21.18.21; Obrero con contrato a Plazo Fijo.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- EL CONTRATANTE, resolverá el presente contrato, en caso de incumplimiento de funciones, deficiencias demostradas, faltas de carácter disciplinario por parte del CONTRATADO, y/o por limitaciones presupuestales.
Enterados ambas partes del tenor del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del mes de Enero del año Dos mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
…………………………………………
CESAR APARCO XXXXXXX
D.N.I. Nº 40398892
CONTRATO DE TRABAJO POR LA MODALIDAD DE REEMPLAZO Nro.
-2013-GOB-REG - HVCA/GRI-DRTC.
Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo de Servicios Personales Bajo la Modalidad de Reemplazo, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing° EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000 con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se denominará EL CONTRATANTE y por la otra parte el Xx. XXXX XXXXXXX XXXXXX DE LA XXXX identificado con DNI N°00000000 con domicilio en la Av. Los Incas S/N del Barrio de Santa Xxx de la Localidad, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes.
ANTECEDENTES:
Que, en merito al Decreto N° 2335-2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC, de fecha 20 xx Xxxxx del 2013 el Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el Contrato respectivo para los ganadores del concurso público de meritos que se llevo en esta Dirección, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013.
Por lo que a fin de Garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato por Reemplazo de manera excepcional y por necesidad de servicio en tanto designe al titular mediante concurso público de méritos en la Plaza N° 136,en el Cargo xx Xxxxxxx III con Categoría Remunerativa ST-C, perteneciente a la Residencia Carretera Huachocolpa - Uchcupampa, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica. Y la funciones que desarrollara el contratado son las siguientes:
Cumplir con las órdenes del capataz para que los trabajos programados se ejecuten conforme a normas técnicas.
x Ejecutar trabajos de xxxxxx y traslado
x Ejecutar trabajos xx xxxxxx, roce
x Ejecutar trabajos de explanación
x Ejecutar trabajos de limpieza, derrumbes, huaycos, muros y cunetas
Ejecución de trabajos carguío y descargo de materiales
Otras funciones que le asigne el Jefe inmediato Superior.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el personal Nombrado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, para lo cual el Residente de la Obra remitirá la planilla de campo debidamente tareado.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es por espacio de Seis (06) Meses, a partir del 01 xx Xxxxx al 30 de Setiembre del 2013, fecha en el cual vencerá indefectiblemente el contrato, debiendo de efectuar su Acta de Entrega de Cargo a su Jefe Inmediato conforme lo establece la Directiva N° 016-2008/GOB-REG-HVCA/ORA-OPER/OREJ “Normas y Procedimientos para la Entrega-recepción de cargo de los trabajadores de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, siendo pasible a las Sanciones Administrativas Civiles y/o Penales a que hubiera lugar.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por necesidad de servicio podrá ser reubicado de puesto para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de ST-C, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causales de resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-pcm.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la CLAUSULA PRIMERA no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fu, 15, Programa: 9002, PROD/PROY: 3999999, ACT/AI/OBR: 5000594,
FU: 15, DIV. F: 033, GRPF: 0065, META: 005, Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Especifica de Gastos: 5.1.11.10.623-01 y 51.60.40 Retribución y Complementos Contratos a Plazo Fijo del Presupuesto vigente.
CLAUSULA DECIMA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos los suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Veintidós días del Mes xx Xxxx del Dos mil Trece, en vías de regularización.
................................ .................................
FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DELTRABAJADOR
DNI N°…………………………… DNI. N°........................
CONTRATO A PLAZO FIJO Nº -2014/GOB- REG-HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de contrato de servicios personales a plazo fijo, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, con RUC Nº 20443618415, debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, que en adelante se denominará EL CONTRANTE y por la otra parte el Señor XXXXXXXX XXXXXX, Xxxxx, identificado con D.N.I. Nº 23206917, con domicilio en el Jr. Carabaya Nº 120 xxx xxxxxxx de esta ciudad, a quien en adelante se denominará EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato de acuerdo a los siguientes términos:
ANTECEDENTES:
El Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276, señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal o accidental.
Con Decreto Nº 4643, de fecha 02 de Enero del 2014, el Jefe de la Oficina de Personal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el contrato del Señor XXXXXXXX XXXXXX, Xxxxx por la modalidad de servicios personales a plazo fijo comprendido entre 02-01-2014 al 31-12-2014, en la plaza Nº 71, en el cargo de Chofer I, con nivel remunerativa ST-D, perteneciente a la Sub Dirección de Equipo Mecánico acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
A fin de garantizar la continuidad de Chofer I de la Sub Dirección de Equipo Mecánico es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO, bajo
la modalidad de contrato a plazo fijo y por necesidad de servicios, en la Plaza Nº 71, a quien se le asigna el cargo de Chofer I y las funciones que a continuación se detalla:
Conducción y reparación de vehículos motorizados asignados a funcionarios
Efectuar mantenimiento y reparación mecánica complejos del vehículo a su cargo.
Puede corresponderle impartir enseñanza teórico, practico para la conducción y mantenimiento de vehículos motorizados.
Otras funciones que le asigne el Jefe inmediato Superior
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el personal Nombrado de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”
CLAUSULA TERCERA.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, y tendrá una vigencia comprendida entre 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral debiendo de efectuar su acta de Entrega de Cargo a su Jefe inmediato o a la persona que éste designe de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 016-2008/GOB-REG- HVCA/ORA.OPER/OREI.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por necesidad de servicio podrá ser reubicado de puesto para el cumplimiento de los fines y objetivos Institucionales.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO Percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa ST-D de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuento xx Xxx, más el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de extinción de la relación laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contrato.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento:01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios, Mnemónico: 010, Genérica y Especifica de Gastos: 21.11.13 Personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público).
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enteradas del contenido del presente Contrato, en uso de sus Facultades y Enterados ambas partes del tenor del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del Mes de Enero del Año Dos Mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
. ..........................................
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX
D.N.I. 23206917
CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS PERSONALES BAJO LA
MODALIDAD DE SUPLENCIA N° -2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DTRC
Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo de Servicios Personales Bajo la Modalidad de suplencia, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing. EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000 con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se denominará EL CONTRATANTE y por la otra parte la Sta.XXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX identificado con DNI N°00000000 con domicilio en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx x quien en adelante se denominara La CONTRATADA, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra Libertad contractual según las cláusulas y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Con informe N° 002-2013/GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC-OGA-COMISION, de fecha
12 xx Xxxxx del 2013, la Comisión de la Segunda convocatoria del segundo Concurso Público, solicita al Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, la Aprobación del Concurso Público de Méritos que se llevo en la Institución para cubrir plazas vacantes, y la formulación de los respectivos Contratos del personal por la modalidad de suplencia que han sido ganadores, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013,
Por lo que a fin de Garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios de la CONTRATADA, bajo la modalidad de Contrato por Suplencia de manera excepcional y por necesidad de servicio en tanto dure la designación del titular de la Plaza N° 39, quién actualmente viene ejerciendo la Función de Jefe de Administración General, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA SEGUNDA.- La CONTRATADA, desarrollara las funciones estrictamente establecidas por su Jefe Inmediato Superior, de acorde al Manual de Organización y Funciones (M. O. F ), para la plaza materia de Contrato, de lunes a viernes y en el horario establecido para los Servidores Nombrados de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de Carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es a partir del 15 xx Xxxxx del 2013, hasta que concluya la designación del titular de la plaza N° 39, debiendo de efectuar su Acta de Entrega de Cargo a su Jefe Inmediato conforme lo establece la Directiva N° 016-2008/GOB-REG-HVCA/ORA-OPER/OREJ, Normas y Procedimientos para la Entrega – Recepción de cargo de los trabajadores de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, siendo pasible a las Sanciones Administrativas Civiles y/o Penales a que hubiera lugar.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por necesidad de servicio podrá ser reubicado de puesto para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de ST-C, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causales de resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-pcm.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la CLAUSULA PRIMERA no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA NOVENA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Programa: 9001, PROD/PROY: 3999999, ACT/AI/OBR: 5000003, FU:
15, DIV. F: 006, GRPF: 0008, META: 003, Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Especifica de Gastos: 2.1.11.13 del personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público)
CLAUSULA DECIMA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enterados del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos lo suscriben en vías de regularización en la ciudad de Huancavelica a los Catorce días del Mes xx Xxxx del Dos Mil Trece.
FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DEL TRABAJADOR
D.N.I. N°...................... X.X.XX°.........................
CONTRATO A PLAZO FIJO N° 2014/GOB-REG- HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de contrato de servicios de personal eventual que celebra por una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica con RUC Nº 20443618415 debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Nº 410 de Huancavelica, a quien en adelante se le denominara EL CONTRATANTE y por la otra parte el Señor XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX identificado con D.N.I. Nº 42584564, con domicilio en el Xxx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 de esta ciudad, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
El Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276, señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal.
En merito al Decreto N° 050 de la Oficina de Personal de fecha 05 de Enero del 2014, se proyecta el Contrato del Señor XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, por la modalidad de servicios personales a plazo fijo, por espacio de Doce (12) meses, a partir del 02-01-2014 al 31-12-2014, en la Xxxxx Xx 000 en el Cargo xx Xxxxxxx II categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
A fin de garantizar la continuidad de trabajos asignados en mantenimiento rutinario y conservación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo N° 38 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- EL CONTRATANTE, toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato a Plazo Fijo y por necesidad de servicios en la Xxxxx Xx 000, cargo Bracero II con Categoría Remunerativa ST- D, de acuerdo al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se compromete a realizar las siguientes funciones:
Cumplir con las órdenes del capataz para que los trabajos programados se ejecuten conforme a normas técnicas.
x Ejecutar trabajos de Xxxxxx y lastrado
x Ejecutar trabajos xx xxxxxx , roce
x Ejecutar trabajos de explanación
x Ejecutar trabajos de limpieza, derrumbes huaycos, muros y cunetas
Ejecución de trabajos carguío y descargo de materiales
Otras funciones que le asigne el jefe inmediato Superior.
CLAUSULA TERCERA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el Personal Nombrado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, para lo cual el residente remitirá la planilla de campo debidamente tareado.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por el desempeño del cargo percibirá un sueldo mensual equivalente a la categoría Remunerativa de ST-D de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuentos xx Xxx, más el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
XXXXXXXX XXXXXX.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014.
CLAUSULA SEXTA.- El presente contrato tendrá una vigencia comprendida entre el 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de extinción laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contratado.
CLAUSULA OCTAVA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA NOVENA- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no genera derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA DECIMA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El Egreso que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios Mnemónico: 005, Especifica de Gastos: 21.18.21; Obrero con contrato a Plazo Fijo.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- EL CONTRATANTE, resolverá el presente contrato, en caso de incumplimiento de funciones, deficiencias demostradas, faltas de carácter disciplinario por parte del CONTRATADO, y/o por limitaciones presupuestales.
Enterados ambas partes del tenor del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del mes de Enero del año dos mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
…………………………………….
Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxx
D.N.I. Nº 42584564
CONTRATO A PLAZO FIJO Nº 2014/GOB
REG-HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de contrato de servicios de personal eventual que celebra por una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica con RUC Nº 20443618415 debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Nº 410 de Huancavelica, a quien en adelante se le denominara EL CONTRATANTE y por la otra parte el Señor XXXXXXX XXXXXX XXXXXX identificado con D.N.I. Nº 44650345, con domicilio en el Centro Poblado de Antaccocha Distrito, Provincia y Departamento de Huancavelica, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
El Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276, señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal.
En merito al Decreto N° 048 de la Oficina de Personal de fecha 03 de Enero del 2014, se proyecta el Contrato del Señor XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, por la modalidad de servicios personales a plazo fijo, por espacio de Doce (12) meses, a partir del 02-01-2014 al 31-12-2014, en la Xxxxx Xx 000 en el Cargo xx Xxxxxxx II categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
A fin de garantizar la continuidad de trabajos asignados en mantenimiento rutinario y conservación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo N° 38 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- EL CONTRATANTE, toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato a Plazo Fijo y por necesidad de servicios en la Xxxxx Xx 000, cargo Bracero II con Categoría Remunerativa ST- D, de acuerdo al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se compromete a realizar las siguientes funciones:
Cumplir con las órdenes del capataz para que los trabajos programados se ejecuten conforme a normas técnicas.
x Ejecutar trabajos de Xxxxxx y lastrado
x Ejecutar trabajos xx xxxxxx , roce
x Ejecutar trabajos de explanación
x Ejecutar trabajos de limpieza, derrumbes, huaycos, muros y cunetas
Ejecución de trabajos carguío y descargo de materiales
Otras funciones que le asigne el jefe inmediato Superior.
CLAUSULA TERCERA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el Personal Nombrado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, para lo cual el residente remitirá la planilla de campo debidamente tareado.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por el desempeño del cargo percibirá un sueldo mensual equivalente a la categoría Remunerativa de ST-D de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuentos xx Xxx, más el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
XXXXXXXX XXXXXX.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014.
CLAUSULA SEXTA.- El presente contrato tendrá una vigencia comprendida entre el 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de extinción laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contratado.
CLAUSULA OCTAVA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA NOVENA- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no genera derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA DECIMA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El Egreso que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro:00 Recursos Ordinarios Mnemónico: 007, Específica de Gastos: 21.18.21; Obrero con contrato a Plazo Fijo.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- EL CONTRATANTE, resolverá el presente contrato, en caso de incumplimiento de funciones, deficiencias demostradas, faltas de carácter disciplinario por parte del CONTRATADO, y/o por limitaciones presupuestales.
Enterados ambas partes del tenor del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del mes de Enero del año dos mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
…………………………………….
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
D.N.I. Nº 44650345
CONTRATO A PLAZO FIJO Nº 2014/GOB-REG- HVCA/GRI-DRTC
Conste por el presente documento de contrato de servicios de personal eventual que celebra por una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica con RUC Nº 20443618415 debidamente representado por el Ingeniero EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 19943813, con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Nº 410 de Huancavelica, a quien en adelante se le denominara EL CONTRATANTE y por la otra parte el Señor FILDER XXXXXX JURADO identificado con D.N.I. Nº 42448826, con domicilio en el Anexo Huayllaraccra Distrito, Provincia y Departamento de Huancavelica, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato con las formalidades legales según las condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
El Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa dispuesta por el Decreto Legislativo 276, señala que las Entidades de la Administración Pública solo podrán contratar personal para realizar funciones de carácter temporal.
En merito al Decreto N° 051 de la Oficina de Personal de fecha 03 de Enero del 2014, se proyecta el Contrato del Señor FILDER XXXXXX JURADO, por la modalidad de servicios personales a plazo fijo, por espacio de Doce (12) meses, a partir del 02-01-2014 al 31-12-2014, en la Xxxxx Xx 000 en el Cargo xx Xxxxxxx II categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
A fin de garantizar la continuidad de trabajos asignados en mantenimiento rutinario y conservación de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, es necesario suscribir el presente contrato temporal, el cual se sujeta a las expresiones establecidas en el Artículo N° 38 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, cuyo contrato establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa, y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- EL CONTRATANTE, toma los servicios del
CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato a Plazo Fijo y por necesidad de
servicios en la Xxxxx Xx 000, cargo Xxxxxxx XX con Categoría Remunerativa ST- D, de acuerdo al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, se compromete a realizar las siguientes funciones:
Cumplir con las órdenes del capataz para que los trabajos programados se ejecuten conforme a normas técnicas.
x Ejecutar trabajos de Xxxxxx y lastrado
x Ejecutar trabajos xx xxxxxx , roce
x Ejecutar trabajos de explanación
x Ejecutar trabajos de limpieza, derrumbes huaycos, muros y cunetas
Ejecución de trabajos carguío y descargo de materiales
Otras funciones que le asigne el jefe inmediato Superior.
CLAUSULA TERCERA.- EL CONTRATADO, se sujetara al horario de trabajo establecido para el Personal Nombrado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, para lo cual el residente remitirá la planilla de campo debidamente tareado.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, por el desempeño del cargo percibirá un sueldo mensual equivalente a la categoría Remunerativa de ST-D de acuerdo a la escala de remuneraciones, afectos a descuentos xx Xxx, más el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
XXXXXXXX XXXXXX.- El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014.
CLAUSULA SEXTA.- El presente contrato tendrá una vigencia comprendida entre el 02-01-2014 al 31-12-2014, fecha en la cual indefectiblemente termina el vinculo laboral.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causal de extinción laboral, las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes
La incorporación (retorno) del titular a su plaza xx xxxxxxx antes de la fecha de vencimiento del presente contratado.
CLAUSULA OCTAVA.- Son causal de Resolución del presente Contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA NOVENA- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Clausula Primera no genera derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA DECIMA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El Egreso que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios Mnemónico: 005, Específica de Gastos: 21.18.21; Obrero con contrato a Plazo Fijo.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- EL CONTRATANTE, resolverá el presente contrato, en caso de incumplimiento de funciones, deficiencias demostradas, faltas de carácter disciplinario por parte del CONTRATADO, y/o por limitaciones presupuestales.
Enterados ambas partes del tenor del presente contrato y en señal de conformidad, en vías de regularización, suscriben en la ciudad de Huancavelica a los Ocho Días del mes de Enero del año dos mil Catorce.
EL CONTRATANTE CONTRATADO
………………………………..
Filder Xxxxxx Jurado
D.N.I. Nº 42448826
CONTRATO DETRABAJO DE SERVICIOS PERSONALES BAJO LA
MODALIDAD DE SUPLENCIA N° -2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DTRC
Conste por el presente documento de Contrato de trabajo de Servicios Personales bajo la modalidad de Suplencia, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing. EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000 con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se denominará EL CONTRATANTE y por la otra parte el Xx. XXXXXXX XXXXXXX, Xxxxx Xxxxx identificado con DNI N°00000000 con domicilio en Xx. Xxxxx Xxxxx Xx 000 xxx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx a quien en adelante se denominara el CONTRATADO, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra Libertad contractual según las cláusulas y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Con Memorándum N° 235-2013/GOB-REG-HVCA/GRIDRTC-OGA-OP, de fecha 21 xx Xxxx del 2013, el Jefe Personal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el Contrato del Xx. XXXXXXX XXXXXXX, Xxxxx Xxxxx, a partir del 28-05-2013 al 30-06-2013 , en la Xxxxx Xx 00 en el cargo presupuestal de Abogado III, con categoría remunerativa SP-B, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013,
Por lo que a fin de Garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato por Suplencia de manera excepcional y por necesidad de servicio en la Xxxxx Xx 00, cargo Presupuestal de Abogado III con categoría remunerativa SP-B, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA SEGUNDA.- El CONTRATADO, desarrollara las funciones estrictamente establecidas por su Jefe Inmediato Superior, de acorde al Manual de Organización y Funciones (M. O. F ), para la plaza materia de Contrato, de lunes a viernes y en el horario establecido para los Servidores Nombrados de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de Carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es a partir del 28-05-2013 al 30-06-2013, fecha en la cual vencerá indefectiblemente su relación laboral, debiendo de efectuar su Acta de Entrega de Cargo a su Jefe Inmediato conforme lo establece la Directiva N° 016-2008/GOB-REG-HVCA/ORA-OPER/OREJ, Normas y Procedimientos para la Entrega – Recepción de cargo de los trabajadores de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, siendo pasible a las Sanciones Administrativas Civiles y/o Penales a que hubiera lugar.
XXXXXXXX XXXXXX.- EL CONTRATADO, percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de SP-B, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA QUINTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEXTA.- Son causales de resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-pcm.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la CLAUSULA PRIMERA no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA NOVENA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Programa: 9001, PROD/PROY: 3999999, ACT/AI/OBR: 5000001, FU:
15, DIV. F: 004, GRPF: 0005, META: 002, Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Especifica de Gastos: 2.1.11.13 del personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público)
CLAUSULA DECIMA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enterados del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos lo suscriben en vías de regularización en la ciudad de Huancavelica a los Veinte y ocho días del Mes xx Xxxx del Dos Mil Trece.
FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DEL TRABAJADOR
D.N.I. N°...................... X.X.XX°.........................
CONTRATO DETRABAJO DE SERVICIOS PERSONALES BAJO LA
MODALIDAD DE SUPLENCIA N° -2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DTRC
Conste por el presente documento de Contrato de trabajo de Servicios Personales bajo la modalidad de Suplencia, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing. EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000 con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx
000 xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se denominará EL CONTRATANTE y por la otra parte la Señorita XXXXX DE LA XXXX, Xxxxx Xxx identificada con DNI N° 00000000 con domicilio en Xx. Xxxxxxxxxx X/X Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, a quien en adelante se denominara la CONTRATADA, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra Libertad contractual según las cláusulas y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Con Memorándum N° 166-2013/GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC, de fecha 11 xx Xxxxx del 2013, el Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el Contrato de la Señorita: XXXXX DE LA XXXX, Xxxxx Xxx a partir del 14-06- 2013 , en la Xxxxx Xx 00 en el cargo presupuestal de Operador PAD III, con categoría remunerativa ST-B, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013,
Por lo que a fin de Garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios de la CONTRATADA, bajo la modalidad de Contrato por Suplencia de manera excepcional y por necesidad de servicio en la Xxxxx Xx 00, cargo Presupuestal de Operador PAD III con categoría remunerativa ST-B, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA SEGUNDA.- La CONTRATADA, desarrollara las funciones estrictamente establecidas por su Jefe Inmediato Superior, de acorde al Manual de Organización y Funciones (M. O. F ), para la plaza materia de Contrato, de lunes a viernes y en el horario establecido para los Servidores Nombrados de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de Carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es a partir del 14 xx Xxxxx del 2013, hasta que concluya la designación del titular de la plaza N° 87, debiendo de efectuar su Acta de Entrega de Cargo a su Jefe Inmediato conforme lo establece la Directiva N° 016-2008/GOB-REG-HVCA/ORA-OPER/OREJ, Normas y Procedimientos para la Entrega – Recepción de cargo de los trabajadores de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, siendo pasible a las Sanciones Administrativas Civiles y/o Penales a que hubiera lugar.
CLAUSULA CUARTA.- La CONTRATADA, percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de ST-B, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA QUINTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento de la Contratada
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEXTA.- Son causales de Resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-pcm.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA SEPTIMA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la CLAUSULA PRIMERA no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA OCTAVA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA NOVENA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Programa: 9001, PROD/PROY: 3999999, ACT/AI/OBR: 5000001, FU:
15, DIV. F: 004, GRPF: 0005, META: 002, Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Especifica de Gastos: 2.1.11.13 del personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público)
CLAUSULA DECIMA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enterados del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos lo suscriben en vías de regularización en la ciudad de Huancavelica a los Catorce días del Mes xx Xxxxx del Dos Mil Trece.
................................. ............................... FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DEL TRABAJADOR
D.N.I. N°...................... D.N.I N°.......................
CONTRATO DETRABAJO DE SERVICIOS PERSONALES BAJO LA
MODALIDAD DE SUPLENCIA N° -2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DTRC
Conste por el presente documento de Contrato de trabajo de Servicios Personales bajo la modalidad de Suplencia, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing. EVER XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000 con domicilio en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se denominará EL CONTRATANTE y por la otra parte el Xx. XXXXX XXXXXXXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx identificada con DNI N° 00000000 con domicilio en la Av. Xxxxxxx X. Xxxxxx S/N Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, a quien en adelante se denominara el CONTRATADO, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra Libertad contractual según las cláusulas y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Con Memorándum N° 185-2013/GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC, de fecha 24 xx Xxxxx del 2013, el Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el Contrato del Sr.: XXXXX XXXXXXXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx a partir del 01-07- 2013 , en la Xxxxx Xx 000 en el cargo presupuestal xx Xxxxxxx II, con categoría remunerativa ST-D, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013,
Por lo que a fin de Garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO,en vías de regularización bajo la modalidad de Contrato por Suplencia de manera excepcional y por necesidad de servicio en la Xxxxx Xx 000, cargo Presupuestal xx Xxxxxxx II con categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA SEGUNDA.- El CONTRATADO, desarrollara las funciones estrictamente establecidas por su Jefe Inmediato Superior, de acorde al Manual de Organización y Funciones (M. O. F ), para la plaza materia de Contrato, de lunes a viernes y en el horario establecido para los Servidores Nombrados de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de Carácter Disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es a partir del 01 al 31 de Julio del 2013, en la plaza N° 237.
XXXXXXXX XXXXXX.- El CONTRATADO, por necesidad de servicio podrá ser reubicado de puesto para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales.
XXXXXXXX XXXXXX.- El CONTRATADO percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de ST-D, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento de la Contratada
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEPTIMA.- Son causales de Resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la CLAUSULA PRIMERA no generan derecho de ninguna clase para los efectos de la carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA.- EL EGRESO que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Programa: 9001, PROD/PROY: 3999999, ACT/AI/OBR: 5000001, FU:
15, DIV. F: 004, GRPF: 0005, META: 002, Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Especifica de Gastos: 2.1.11.12 del personal con Contrato a Plazo Fijo (Régimen Laboral Público)
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El presente Contrato se suscribe por quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enterados del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos lo suscriben en vías de regularización en la ciudad de Huancavelica a los Veinte y Nueve días del Mes xx Xxxxxx del Dos Mil Trece.
................................. .............................. FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DEL TRABAJADOR
D.N.I. N°...................... D.N.I N°.......................
CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS PERSONALES BAJO LA MODALIDAD DE SUPLENCIA N° -2013-GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC-
Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo de Servicios Personales bajo la Modalidad de Suplencia, que celebra de una parte la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica representado legalmente por el Ing° XXXXX XXXXXX, Ever Xxxxxxx, identificado con D.N.I. N° 19943813 con domicilio legal en el Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 xxx xxxxxxx, en adelante se denominará el CONTRATANTE y por la otra parte el Señor XXXXXXX XXXXXX, Xxxxx Xxxxxxx identificado con D.N.I. N° 41169008 con domicilio en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xx 0000-0000 Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxx a quien en adelante se denominará el CONTRATADO; contrato que observando las formalidades legales suscribimos en el ejercicio de nuestra Libertad contractual según las clausulas y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Con Memorándum N°206-2013/GOB-REG-HVCA/GRI-DRTC-OGPP, de fecha 17 de Diciembre de 2013, la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, solicita proyectar el Contrato del Xx. XXXXXXX XXXXXX, Xxxxx Xxxxxxx, a partir del 16 al 31 de Diciembre de 2013, en la Xxxxx Xx 00 en el cargo presupuestal de Secretaria I, con categoría Remunerativa ST-D, en cumplimiento al inciso f) del Artículo 8° de la Ley N° 29951 Ley del Presupuesto Público para el 2013.
Por lo que a fin de garantizar la continuidad Técnico Administrativo de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huancavelica, es necesario suscribir el presente Contrato temporal o accidental, el cual se sujeta a las excepciones establecidas en el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Contrato que establece una relación contractual que debe concluir necesariamente al término establecido en el presente contrato, el cual no genera derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa y se celebra bajo los términos y clausulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica toma los servicios del CONTRATADO, bajo la modalidad de Contrato por Suplencia de manera excepcional y por necesidad de servicio en la Xxxxx Xx 00, cargo presupuestal de Secretaria I con categoría remunerativa ST-D, acorde al Cuadro Nominativo de Personal (CNP) vigente.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL CONTRATADO, desarrollara las funciones estrictamente establecidas por su Jefe inmediato Superior, de acorde al Manual de Organización y Funciones (M.O.F.), para la plaza materia de Contrato, de lunes a viernes y en el horario establecido para los servidores Nombrados de la Institución, debiendo observar y dar estricto cumplimiento el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo sujeto a Proceso Administrativo Disciplinario en caso de incurrir en faltas de carácter disciplinario establecido en el Decreto Legislativo N° 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.
CLAUSULA TERCERO.- Las partes acuerdan que el plazo de duración del presente Contrato es a partir del 16 al 31 de Diciembre del 2013, fecha en la cual vencerá indefectiblemente su relación laboral, debiendo de efectuar su Acta de entrega de Cargo a su Jefe Inmediato conforme lo establece la Directiva N° 016-2008/GOB-REG-HVCA/ORA-OPER/OREJ, Normas y Procedimientos para la entrega – recepción de cargo de los trabajadores de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica, siendo pasible a las sanciones Administrativas civiles y/o Penales a que hubiera lugar.
XXXXXXXX XXXXXX.- El CONTRATADO, percibirá un sueldo mensual equivalente a la Categoría Remunerativa de ST-D, mas el incentivo laboral que corresponde a su grupo ocupacional, y otros beneficios que por norma expresa dicte el Gobierno Central.
CLAUSULA QUINTA.- Son causal de extinción de la relación laboral las siguientes:
Fallecimiento del Contratado
La renuncia o retiro voluntario del contratado, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa por la autoridad competente.
El vencimiento del plazo de contrato
El mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEXTA.- Son causal de resolución del presente contrato:
El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 Y SU Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
La ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo
La inobservancia de lo establecido en el código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada.
CLAUSULA OCTAVA.- Los servicios prestados en las condiciones señaladas en la Cláusula Primera no genera derecho de ninguna clase para los efectos de la Carrera Administrativa.
CLAUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huancavelica.
CLAUSULA DECIMA.- El Egreso que origine el presente contrato será afectado a la Cadena Presupuestal siguiente: Fuente de Financiamiento: 01 Recursos Ordinarios, Rubro: 00 Recursos Ordinarios, Programa: 9002, Función 15, Meta Presupuestal: 0013, Especifica de Gastos:
2.1.11.13 del personal Administrativo .
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- El presente Contrato se suscribe por Quintuplicado, con el mismo tenor y para un solo efecto.
Las partes debidamente enterados del tenor del presente documento, en uso de sus facultades y derechos lo suscriben en vías de regularización en la ciudad de Huancavelica a los Veinte y Cuatro días del mes de Diciembre del Dos Mil Trece.
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FIRMA DEL EMPLEADOR FIRMA DEL TRABAJADOR
D.N.I. N°..................... D.N.I N°.......................