CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA COLECTIVO UNIVERSIDAD DE JAEN APARTAMENTO DOBLE CON RESERVA DE UN 2º INQUILINO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA COLECTIVO UNIVERSIDAD XX XXXX APARTAMENTO DOBLE CON RESERVA DE UN 2º INQUILINO
En Jaén, x xx xxxx de 2024
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, mayor de edad, con DNI. nº 00000000-X, y Xx.Xxxxxx Xxxx Xxxxx, mayor de edad, con DNI 00000000-X, con domicilio en la ciudad de Málaga, X/ Xxxxxx xx 0, X.X. 29001.
De otra parte, D. , mayor de edad, con DNI nº . y con domicilio a efecto de notificaciones en la ciudad de
, C/ C.P.
INTERVIENEN
D. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx Y y Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, en representación de la sociedad Itelymp, S.L., domiciliada en la ciudad de Málaga, X/ Xxxxxx xx 0, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, bajo el tomo 1340, libro 253, folio 56, hoja nº MA-10014, quienes comparecen en calidad de administradores, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Málaga
D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, otorgada en fecha 28 xx xxxxx de 2019, como parte arrendadora.
D. , en su propio nombre y derecho / en calidad de tutor legal y en representación de X. , como parte arrendataria.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda
EXPONEN
PRIMERO.- Que la parte arrendadora es la adjudicataria para la explotación del apartamento , ubicado en un edificio de cinco plantas sobre rasante, con un gran patio central y una planta sótano, dentro xxx xxxxxxx universitario denominado “Xxxxxxx Xxxxx”, próximo al Campus Las Lagunillas xx Xxxx, de la ciudad xx Xxxx, para alquiler exclusivo al colectivo vinculado a la Universidad xx Xxxx, y consta de una habitación, un cuarto de baño y cocina, con capacidad para dos personas.
Se adjunta como anexo I al presente contrato, relación del inventario del mobiliario y contenido del inmueble, incluyendo los electrodomésticos; y como anexo II se adjunta fotocopia del Certificado de eficiencia energética del inmueble.
SEGUNDO.- Que D/Dña. conoce el
apartamento,la superficie y la composición para habitarla por dos personas, así como demás características, y expresa su interés en habitar en él en calidad de arrendatario, y el ARRENDADOR en arrendarlo, por lo que ambas partes acuerdan la celebración del presente contrato, y ello conforme a las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO Y DESTINO.
Por medio del presente contrato, la parte arrendadora contrata con la parte arrendataria el alquiler del inmueble descrito anteriormente, quien lo acepta en las condiciones pactadas en este documento.
La parte arrendataria acepta y conoce que el apartamento tiene capacidad para dos personas, y por tanto concede autorización al Arrendador para que unilateralmente pueda incorporar un segundo arrendatario para completar la capacidad del apartamento, mediante un anexo a este contrato.
El incumplimiento de lo anterior por el arrendatario seria causa de resolución de contrato, salvo que el arrendatario acepte modificar la renta pasando a ser la correspondiente a apartamento doble de uso individual.
El inmueble se arrienda como cuerpo cierto, por lo que la posible discrepancia entre la superficie real y la descrita en este contrato no afectará en más o en menos a la renta fijada en este documento.
La parte arrendataria se obliga a utilizar el inmueble arrendado como vivienda temporal, durante el plazo de duración pactado, siempre persista la vinculación con la Universidad xx Xxxx, no pudiéndose variar dicho uso sin consentimiento escrito de la parte arrendadora o de la Universidad xx Xxxx. El incumplimiento de este precepto será motivo de resolución del contrato. Por tanto, la vivienda objeto de este contrato no tendrá en ningún caso la finalidad de vivienda permanente del arrendatario, por lo que el destino del contrato es para uso distinto a vivienda.
SEGUNDA.- ESTADO. El arrendatario declara recibir el inmueble en un buen estado de uso y conservación. A la finalización del contrato se compromete a entregarlo en idénticas condiciones en las que lo recibe, corriendo a su cargo todos los posibles daños que se pudieran ocasionar por un mal uso, tanto a la vivienda como a su mobiliario (detallado en un inventario adjunto). El arrendatario autoriza el acceso al apartamento al arrendador, y a las personas por esta designadas, para que puedan inspeccionar el estado de conservación del inmueble arrendado y su contenido y enseres, así como el de las obras, de todo tipo, que pudieran realizarse en el mismo.
TERCERA.- DURACIÓN. El presente contrato se acuerda por la temporada comprendida entre el 1/09/2024 y el 30/08/2025.
El arrendatario deberá abonar al arrendador una indemnización igual a dos meses xx xxxxx en caso de que pretenda o ejerza unilateralmente la finalización del contrato, independientemente de otras responsabilidades en que incurra por estas acciones.
CUARTA.- RENTA. El arrendatario abonará al arrendador en concepto xx xxxxx la cantidad de _ 1440_€, a razón de 120 € mensuales, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante transferencia a la cuenta XX00 0000 0000 0000 0000 0000, de la que es titular Itelymp, S.L.
El incumplimiento de la obligación de pago o notificación del justificante del pago en el periodo fijado será motivo de resolución del contrato, dando derecho al arrendador a solicitar el desahucio, siendo por cuenta del arrendatario los gastos que estas acciones originen.
El arrendatario hace entrega en este acto del justificante o resguardo de haber efectuado el pago del primer mes xx xxxxx ( 120
€), sirviendo este documento como eficaz carta de pago.
QUINTA. - CESIÓN Y SUBARRIENDO. El arrendatario se obliga a no subarrendar, en todo o en parte, ni ceder o traspasar el inmueble arrendado sin el consentimiento expreso y escrito del arrendador o de la Universidad xx Xxxx. El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del contrato.
SEXTA.- OBRAS. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario del inmueble serán de cargo del arrendatario. No podrá realizar la parte arrendataria ningún otro tipo de obra o modificación en el inmueble o edificio al que pertenece sin el consentimiento expreso de la parte arrendadora.
A pesar de no tener la consideración de obra, se prohíbe expresamente al arrendatario la realización de agujeros o perforaciones en las paredes del inmueble, descontándose de la fianza el importe que sea necesario para que las paredes recuperen su estado original en su caso.
SÉPTIMA.- GASTOS GENERALES. Los gastos de comunidad serán de cuenta de la parte arrendadora.
Los gastos por servicios con que cuente el inmueble arrendado que se individualicen mediante aparatos contadores (luz, clima, agua fría y agua caliente) serán de cuenta del arrendatario.
OCTAVA.- CLAUSULA DE PENALIZACIÓN EXPRESA. La parte arrendataria hará entrega de las llaves del inmueble en la fecha de finalización del presente contrato. De realizar la entrega más tarde, el arrendatario abonará al arrendador la cantidad de 30,00 Euros porcada día de retraso en la puesta a disposición de las llaves de la vivienda, en concepto de cláusula penal, además de todos los gastos que directos e indirectos que dicho retraso generen de cara a la recuperación de la vivienda.
NOVENA.- NORMAS DE CONVIVENCIA. La parte arrendataria se someterá durante toda la vigencia del contrato al Reglamento de Régimen Interno aprobado por la Universidad, especialmente las normas relativas a la convivencia. Se prohíbe expresamente la estancia de cualquier tipo de animal en el inmueble.
DÉCIMA. - FIANZA. Previo a la firma del presente contrato, el arrendatario debe realizar un ingreso en concepto de fianza por la cantidad de _240 euros, equivalente a dos mensualidades xx xxxxx, en el número de cuenta XX00 0000 0000 0000 0000 0000, de la que es titular Itelymp, S.L.
DÉCIMO PRIMERA. - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
b) La falta de pago del importe de la fianza
c) La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
d) Cuando en el inmueble tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
e) No pertenecer al Colectivo de la Universidad xx Xxxx
DÉCIMO SEGUNDA.- DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES. Las partes fijan como domicilio a efectos de notificaciones derivadas de la relación contractual el que figura para cada uno de ellos en el encabezamiento del contrato. Deberán notificarse mutuamente una parte a la otra cualquier cambio que se produzca en este sentido.
DÉCIMO TERCERA. - LEGISLACIÓN APLICABLE. Este arrendamiento de vivienda está excluido de la XXX, de acuerdo con el art. 5 apartado d), por tratarse de vivienda universitaria, rigiéndose por el presente contrato y subsidiariamente por lo dispuesto en el Código Civil.
DÉCIMO CUARTA.- SUMISIÓN. Los contratantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxx para todas aquellas cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del mismo.
Y con el carácter expresado en la intervención, firman el presente contrato por duplicado en el lugar y fecha indicados.