CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre el MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA (SPPDP) DE LA PROVINCIA DE
SANTA FE, representado en este acto por la Señora Administradora General, C.P.N. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, DNI N° 00.000.000, con domicilio en xxxxx Xx Xxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, conforme a facultades otorgadas por la Resolución SPPDP N° 0094/16, por una parte, y SOL SERVICIOS S.A. CUIT N° 30-68196691-5 con domicilio en xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe en Contratos Libro 11, Folio 195, bajo Razón N° 1474, representada en este acto por el Xx. XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, DNI Nº 7.891.536, en su carácter de Vicepresidente de dicha sociedad, por la otra parte, convienen celebrar el presente contrato de locación de servicios regido por las siguientes cláusulas y condiciones:-----------------------
Primera: SOL SERVICIOS S.A. se compromete a prestar un servicio de limpieza con destino a oficinas del inmueble de la Defensoría Regional del MINISTERIO PÚBLICO DE DEFENSA situado en calle San Xxxxxx N° 915, de la localidad de Reconquista de la Provincia de Santa Fe .-------------------------------------------------------------------------------------------------
Segunda: El detalle de las tareas, derechos y obligaciones a realizar por parte de SOL SERVICIOS S.A se describen en su oferta, que forma parte del presente contrato y se da aquí por reproducido en su totalidad.--------------------------------------------------------------------------
Tercera: El Precio del servicio se establece en la suma mensual de Pesos Once Mil Ochocientos Ochenta ($ 11.880,00) IVA incluido, pagadero por mes vencido, dentro de los veinte (20) días del mes siguiente a la prestación del servicio, previa presentación de la factura respectiva y conformidad definitiva del organismo receptor del servicio. Los montos correspondientes al primer y último mes se determinarán en forma proporcional a la cantidad de días de efectiva prestación del servicio. Cuarta: El plazo de contratación se establece por un período de Doce (12) Meses, contados a partir del 01 xx Xxxxxx de 2016, finalizando dicho período el 31 de Julio de 2017.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Quinta: La prórroga del presente se efectuará con sujeción a lo establecido en las cláusulas 8.3 y 8.4 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N°07/16.-----------------------
Sexta: El MPD podrá rescindir el contrato sin expresión de causa, en cualquier momento, notificándolo en forma fehaciente con una antelación no inferior a Treinta (30) días corridos, sin que ello otorgue a la otra parte derecho a reclamar indemnización por daños, perjuicios y/o lucro cesante. Sin perjuicio de ello, la firma deberá continuar prestando los servicios, hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador que designe la Provincia.------------------------------------
Séptima: Las partes han tenido en cuenta a efectos de la celebración del presente convenio que: a) No es intención de las mismas, ni se deriva del contrato, establecer o crear entre ellas una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre la contratante y la contratada y/o su personal de servicio, quedando entendido que la empresa y sus agentes de cumplimiento son personas independientes y autónomas en su relación con el MPD. b) La empresa será única responsable por los reclamos que pudieran originarse como consecuencia de las acciones de su personal en cumplimiento de las funciones, frente a los terceros involucrados. c) La empresa deberá velar en todo momento por proteger los intereses del
SPPDP y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas las medidas que fueran razonables para la concreción de los servicios.--------------------------------------------
Octava: Sin perjuicio de la aplicación de penalidades por incumplimiento contractual previstas por la legislación provincial, cada observación al servicio no subsanada dentro de los dos (2) días hábiles de su notificación dará lugar a la aplicación de una multa del uno por ciento (l %) diario calculado sobre el total mensual de facturación. A partir de la tercera observación mensual inclusive, subsanada o no dentro del tiempo fijado, se aplicará adicionalmente una multa del medio por ciento (0,5%) por cada una de las mismas sobre el total mensual de la facturación. La falta de prestación del servicio por medidas de fuerza de su personal u otra causa y/o la reiteración de deficiencias facultará a la Provincia a contratar a un tercero por cuenta del adjudicatario, a cargo de quien estará el pago de la eventual diferencia de precios que resultare. Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades por incumplimiento del servicio, la falta de prestación del mismo de conformidad a las condiciones establecidas dará lugar a la aplicación de lo previsto por los artículos 46° y 69° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones - Decreto N° 2.809/79.-----------------------------------
Novena: Se acompaña al presente la Garantía de Adjudicación definitiva, constituida mediante un Pagaré a la vista con el sellado correspondiente, por valor de Pesos Siete Mil Ciento Veintiocho con 00/100 ($ 7128,00.-), a favor del Ministerio Público de la Defensa .-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Décima: Forman parte del presente contrato el Decreto N° 2.809/79 (t.o.), la Resolución Nº 0094/16, el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios Nº 07/16, la oferta adjudicada y el Pagaré constituido a tales afectos.-----------------------------------------------------
Décimo Primera: Las partes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, inclusive el Federal. No siendo para más, previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, haciéndolo el Xx. XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX DNI Nº 7.891.536, en su carácter de Vicepresidente del Directorio de SOL SERVICIOS S.A., y la Señora Administradora General, C.P.N. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, DNI N° 00.000.000, en la ciudad de Santa Fe a los días del mes de del año 2016.----------------------------------------------------------------------------------------------------------