ÍNDICE
OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD CONSULTA Y DICTAMINACIÓN DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL NORMATIVO GUÍA NORMATIVA PARA LA FORMULACIÓN, COTEJO, REVISIÓN, APROBACIÓN, REGISTRO Y RESGUARDO DE CONVENIOS Y CONTRATOS | |
Abogada General Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | |
Dirección de Normatividad Consulta y Dictaminación Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Director | División de Análisis y Control Normativo Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Encargado de la División |
ÍNDICE
I. OBJETIVO: | 1 |
II. XXXXX XXXXXXXX: | 1 |
III. ATRIBUCIONES DE LA OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL: | 2 |
IV. RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS: | 3 |
V. DEFINICIONES | 4 |
A) DE LOS CONVENIOS. Convenios Procedimiento Diagrama de Flujo Anexo 1. Guías de Convenios 1.a.- Convenio General de Colaboración. 1.b.- Convenio de Colaboración. 1.c.- Convenio de Colaboración Académica. 1.d.- Convenio de Colaboración en Materia de Servicio Social. 1.e.- Convenio de Colaboración en Materia de Internado Médico. Convenio de Colaboración de Proyectos Vinculados Procedimiento Diagrama de Flujo Anexo 2. Guía de Convenio 2.a.- Convenio Específico de Colaboración de Proyectos Vinculados. Anexo 3. 3.a.- Documentación soporte que acredite la naturaleza y personalidad jurídica e identificación fiscal para Convenios u órdenes de servicios. | 8 11 12 43 45 46 52 |
B) DE LAS ÓRDENES DE SERVICIO. Procedimiento Diagrama de Flujo Anexo 4. Guía 4.a.- Orden de Servicio. | 53 55 56 |
C) DE LOS CONTRATOS. Procedimientos 1. Escuelas Centros y Unidades Académicas. Diagrama de Flujo 2. Direcciones de Coordinación, Coordinaciones y Áreas dependientes de la Administración Central. Diagrama de Flujo 3. Contratos para Servicios Consolidados o Partidas de Manejo Restringido o Exclusivo de Área Central. Diagrama de Flujo Anexo 5. Formatos de Contratos 5.a.- Contrato de Prestación de Servicios Generales ECUS Académicas. 5.b.- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales ECUS Académicas. 5.c.- Contrato de Prestación de Servicios Generales ECUS Académicas (Autogenerados que ingresen al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN). 5.d.- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales ECUS Académicas (Autogenerados que ingresen al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN). 5.e.- Contrato de Prestación de Servicios Generales para Áreas Centrales. 5.f.- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales para Áreas Centrales. 5.g.- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales por Honorarios (SFP). Anexo 6. Documentación soporte. Anexo 7. Documentación de procedimientos de contratación | 58 61 62 65 66 69 71 139 140 |
I. OBJETIVO:
Proporcionar a las diversas Escuelas, Centros, Unidades Académicas y Administrativas del IPN una Guía Metodológica para la Formulación, Cotejo, Revisión, Aprobación, Registro y Resguardo de Convenios y Contratos, con la finalidad de brindar certeza jurídica, que tengan plena validez y surtan sus efectos.
II. XXXXX XXXXXXXX:
Las referencias normativas de este procedimiento son:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código Civil Federal.
Código de Comercio.
Código Fiscal de la Federación.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ley General de Educación.
Ley de Ciencia y Tecnología. Ley Orgánica del IPN.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley de Ingresos de la Federación.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma.
Ley General de Bienes Nacionales. Ley de Planeación.
Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos.
Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Ley Federal de Derechos de Autor.
Ley Federal de Propiedad Industrial. Ley del Impuesto al Valor Agregado. Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Ley General de Normalización y Certificación. Ley General sobre la Celebración de Tratados. Ley General de Sociedades Mercantiles.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Ley que Regula el Artículo 5º Constitucional.
Ley General de Población.
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Entidades Paraestatales.
Reglamento Interno del IPN.
Reglamento Orgánico del IPN.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma. Reglamento de Integración Social.
Reglamento de la Ley Federal de Derechos de Autor. Reglamento de la Ley Federal de Propiedad Industrial. Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Reglamento de Servicio Social del IPN.
Reglamento de Prácticas Profesionales del IPN. Reglamento de Titulación del IPN.
Reglamento de la Ley de Entidades Paraestatales. Presupuesto de Egresos de la Federación.
Normas para la Alta, Baja y Disposición de los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal Centralizada.
Lineamientos que regulan la Programación, Captación, Ejercicio, Registro y Reporte de los Recursos Autogenerados que Ingresan al Presupuesto Federal o al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN.
Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Programa Institucional de Austeridad.
Reglas de Operación del Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN.
Políticas Bases y Lineamientos del IPN.
III. ATRIBUCIONES DE LA OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL:
La Oficina de la Abogada General formulará, cotejará, revisará y aprobará los convenios y/o contratos y en general cualquier otro instrumento jurídico del que deriven derechos y obligaciones para el IPN, previo a que surtan sus efectos legales.
Atenderá con eficacia y eficiencia las necesidades que las Escuelas, Centros, Unidades Académicas y Administrativas manifiesten de manera formal en materia de convenios, contratos.
Por lo anterior, la necesidad de contar con una Guía Normativa para que las Escuelas, Centros, Unidades Académicas y Administrativas del IPN tengan las herramientas idóneas y conforme a sus atribuciones lleven a cabo la celebración de convenios y contratos, garantizando el debido cumplimiento del orden normativo interno.
Integrándose a esta Guía Normativa las diversas guías y formatos que cumplen con los requisitos de validez y existencia necesarios de los actos jurídicos que realiza esta Casa de Estudios, mismos que se encuentran en el Sistema de Información Jurídica de la página web de la Oficina de la Abogada General. (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
Los instrumentos jurídicos celebrados por el Instituto con personas y organismos de los sectores público, social o privado, nacionales e internacionales formalizados de acuerdo a esta Guía Normativa serán registrados y resguardados por la Oficina de la Abogada General.
IV. RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS:
A) DE LOS CONVENIOS
1. Convenios.
2. Convenio de Colaboración de Proyectos Vinculados.
B) DE LAS ÓRDENES DE SERVICIO.
C) DE LOS CONTRATOS.
1. Escuelas Centros y Unidades Académicas.
2. Direcciones de Coordinación, Coordinaciones y Áreas dependientes de la Administración Central del IPN.
3. Contratos para Servicios Consolidados o Partidas de Manejo Restringido o Exclusivo de Área Central.
V. DEFINICIONES.
Anexo Técnico: Descripción técnica de los servicios solicitados en los procedimientos de contratación.
Anexo Único: Descripción de los servicios prestados.
Área requirente: Es la Escuela, Centro o Unidad que solicita los servicios a contratar o convenir.
CCA: Coordinación de Cooperación Académica.
Contrato: Acuerdo de voluntades de dos o más personas, que produce consecuencias jurídicas (creación o transmisión de derechos y obligaciones).
Convenio: Acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
Convenio de Colaboración: Este tipo de instrumento jurídico contiene términos y condiciones específicas entre las partes y se refiere a acciones concretas, donde puede existir o no recurso y no será necesaria la suscripción previa de un Convenio General de Colaboración. Debe ser firmado por el Secretario de Extensión e Integración Social, Secretario de Administración o el Secretario de Investigación y Posgrado, dependiendo del objeto y en el ámbito de competencia de cada uno, con la participación de la Dependencia Politécnica que requiere la celebración, con la revisión y aprobación jurídica del Director de Normatividad, Consulta y Dictaminación.
Convenio de Cooperación Académica: Este tipo de instrumento jurídico formaliza actividades que tienen por objeto el intercambio académico con instituciones nacionales e internacionales; impulsar la participación recíproca de personal académico y alumnos en programas educativos y proyectos de investigación científica y tecnológica, así como en conferencias, seminarios, cursos, congresos, simposios y otros similares que permitan el desarrollo de los participantes; el apoyo a los procesos educativos, de investigación, extensión y difusión y de gestión para fortalecer las funciones institucionales y atender las necesidades de los miembros de la comunidad politécnica; la inclusión y fortalecimiento de la perspectiva internacional en los procesos educativos, de investigación, extensión y de gestión institucional; la creación e integración de redes académicas y tecnológicas internas y externas para impulsar la generación y aplicación de conocimiento y el intercambio de experiencias para mejorar la calidad de los servicios institucionales; el establecimiento de programas biculturales o multiculturales con instituciones nacionales o del extranjero; y la percepción y administración de becas para realizar estudios o estancias en otras instituciones educativas. Debe ser firmado por el Secretario de Extensión e Integración
Social, con la participación de la Dependencia Politécnica que requiere la celebración, con la revisión y aprobación jurídica del Director de Normatividad, Consulta y Dictaminación.
Convenio de Investigación Financiado: Este tipo de instrumento jurídico formaliza actividades que tienen por objeto llevar a cabo investigación científica y tecnológica que realiza el Instituto y el cual deberá generar conocimientos que contribuyan al avance de la ciencia y tecnología, a la formación de recursos humanos de alto nivel, a mejorar la calidad de vida de la población y a la conservación y uso sustentable de los recursos naturales de la Nación. Debe ser firmado por el Secretario de Investigación y Posgrado, siempre que esté directamente relacionado con actividades derivadas de Programas que tiene establecido el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para el fomento de la ciencia y la tecnología y el desarrollo y consolidación de científicos y tecnólogos, así como aquellos con organismos y fundaciones nacionales e internacionales que financien los proyectos de investigación científica y tecnológica, con la participación de la Dependencia Politécnica que requiere la celebración, con la revisión y aprobación jurídica del Director de Normatividad, Consulta y Dictaminación.
Convenio Específico de Colaboración: Este tipo de instrumento jurídico deriva de un Convenio General de Colaboración, contiene términos y condiciones específicas entre las partes y se refiere a acciones concretas, puede existir o no recurso. Debe ser firmado por el Secretario de Extensión e Integración Social, Secretario de Administración o el Secretario de Investigación y Posgrado, dependiendo del objeto y en el ámbito de competencia de cada uno, con la participación de la Dependencia Politécnica que requiere la celebración, con la revisión y aprobación jurídica del Director de Normatividad, Consulta y Dictaminación.
Convenio General de Colaboración: Este tipo de instrumento jurídico contiene términos y condiciones generales de colaboración entre las partes, no se refiere a acciones concretas y no compromete recursos. Es firmado de forma indelegable por la Directora General del IPN y aprobado jurídicamente por la Abogada General, con la participación del Secretario de Extensión e Integración Social (únicamente en la hoja de firmas).
Convenio Vinculado: Este tipo de instrumento jurídico contiene términos y condiciones que tienen por objeto ofrecer investigación aplicada y desarrollos tecnológicos que contribuyan a la solución de problemas nacionales, a la atención de proyectos estratégicos y al establecimiento de mecanismos para fomentar la relación del Instituto con los sectores productivos. Dichas actividades incluyen la prestación de servicios y la realización de proyectos de investigación, estudios técnicos, asesoría, normalización y certificación de calidad así como la transferencia de tecnología y otros servicios que favorezcan la competitividad de las empresas. Debe ser firmado por el Secretario de Extensión e Integración Social, con la participación de la Dependencia Politécnica que requiere la
celebración, con la revisión y aprobación jurídica de los Abogados Delegados de la UPDCE.
Comprobante de capacidad técnica o profesional: Aquella que prueba el grado académico del prestador de servicios o su capacidad técnica.
DI: Dirección de Investigación.
Documentación Soporte: Documentos que acrediten la información que se establecen en las declaraciones de la contraparte.
Instancia de Validación: Área Central, Escuela, Centro o Unidad, que en el ámbito de su competencia, valida los aspectos técnicos, operativos y presupuestales de los convenios y contratos.
Orden de Servicio: Es el instrumento jurídico por medio del cual se formalizan los servicios externos o educativos que conforman los recursos autogenerados que ingresan al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
Revisión Cualitativa: Es aquella revisión en el cual se entra al estudio jurídico del documento.
Revisión Cuantitativa: Es aquella revisión material del documento.
SA: Secretaría Académica.
SEIS: Secretaría de Extensión e Integración Social.
Servicios Educativos. Son aquellos servicios proporcionados por el IPN a personas físicas x xxxxxxx a nivel nacional e internacional, que abarcan entre otras actividades: cursos, diplomados, exámenes, posgrado, publicaciones, productos diversos, seminarios, servicios escolares, talleres, y otros como captura de textos, escaneo, enmicado, impresiones, copiado, diseño gráfico, internet por hora, de acuerdo a la clasificación autorizada de los productos, derechos y aprovechamientos establecidos en los Lineamientos que regulan la Programación, Captación, Ejercicio, Registro y Reporte de los Recursos Autogenerados que Ingresan al Presupuesto Federal o al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN.
Servicios Externos. Son aquellos servicios proporcionados por el IPN a personas físicas x xxxxxxx a nivel nacional e internacional, que abarcan entre otras actividades: alquiler y renta de espacios técnicos y culturales, análisis y asesorías, material didáctico, material médico, de acuerdo a la clasificación autorizada de los productos, derechos y
aprovechamientos establecidos en los Lineamientos que regulan la Programación, Captación, Ejercicio, Registro y Reporte de los Recursos Autogenerados que Ingresan al Presupuesto Federal o al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN.
Servicios Generales: Son aquellos por los cuales se contratan con personas xxxxxxx, para el suministro de bienes o servicios necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de las actividades del IPN, incluye entre otros servicios: postal, telegráfico, telefónico, energía eléctrica, agua y conducción de señales, arrendamientos; asesorías, capacitación, estudios e investigaciones, comercial y bancario, mantenimiento, conservación e instalación, difusión e información, así como otros servicios oficiales y especiales para el desempeño de actividades vinculadas con las funciones públicas.
Servicios Profesionales: Son aquellos en los cuales se contrata a las personas físicas que se dedican a prestar servicios profesionales de manera independiente, y no subordinados o bajo el régimen de honorarios.
SIP: Secretaría de Investigación y Posgrado.
UPDCE: Unidad Politécnica para el Desarrollo y Competitividad Empresarial.
A) DE LOS CONVENIOS
1. CONVENIOS.
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Área Solicitante Instancia de Validación (SEIS, CCA, UPDCE, SIP DI, SA) | 1.Genera el convenio (Generales, marco, específicos y de colaboración en materia académica, de investigación, investigación financiada, de vinculación, servicio externo y educativo) tomando en cuenta las guías de formato emitidas por la Oficina de la Abogada General contenidas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 2.Recaba documentación soporte de la contraparte que acredite la naturaleza y personalidad jurídica e identificación fiscal. 3.Remite instrumento jurídico definitivo con anticipación al inicio de su vigencia (debidamente gestionado con la contraparte) con la documentación soporte y versión electrónica a instancia de Validación (SEIS, CCA, UPDCE, SIP, DI, SA). 4.Recibe convenio y revisa si cumple con la documentación soporte y versión electrónica. ¿Cumple con la documentación necesaria? 5.Sí. Analiza los términos y condiciones del instrumento jurídico y su documentación soporte. (Pasa a la actividad 7) 0.Xx. Devuelve la documentación al área solicitante y solicita se complemente. (Pasa a la actividad 2) ¿Cumple con los aspectos técnicos operativos y presupuestales de acuerdo a la normatividad politécnica? 7.Sí. Valida los aspectos técnicos operativos y presupuestales correspondientes en el ámbito de su | Anexo 1 Anexo 3 |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
competencia. | ||
0.Xx. Devuelve la documentación al área solicitante y hace valer observaciones en materia de su competencia. (Pase a la actividad 2) | ||
9.Remite a la Oficina de la Abogada General (Oficialía de partes), con anticipación al inicio de su vigencia, el convenio previamente validado en sus aspectos técnicos, operativos y presupuestales, acompañado de la documentación soporte y versión electrónica. | ||
Oficina de la Abogada General | 10.Recibe el convenio definitivo, previamente validado en sus aspectos técnicos, operativos y presupuestales así como la documentación soporte y versión electrónica del mismo. | |
11.Dirige la revisión y aprobación del convenio y su documentación. | ||
12.Analiza el instrumento jurídico y su documentación soporte. | ||
¿Cumple con los requisitos mínimos de existencia y validez de acuerdo a la legislación y normatividad aplicable? | ||
13.Sí. Revisa y Aprueba o Aprueba jurídicamente el convenio. (Pasa actividad 17) | ||
00.Xx. Realiza observaciones y solicita información y datos vía electrónica o por el medio idóneo al Área Solicitante y se hace del conocimiento de la Instancia de Validación; las cuales deberán subsanarse a la brevedad posible. | ||
¿Cumple con la solicitud y subsana las observaciones y/o proporciona la información requerida? | ||
15.Sí. (Pasa a la actividad número 13) |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
00.Xx. Emite dictamen de NO PROCEDENCIA y devuelve el instrumento jurídico. | ||
17.Imprime (en el caso procedente) el convenio en los ejemplares correspondientes. | ||
18.Remite convenio Revisado y Aprobado o Aprobado mediante dictamen de PROCEDENCIA, a la Instancia de Validación, para que recabe las firmas faltantes. | ||
Instancia de Validación. | 19.Recibe el dictamen y el documento. | |
20.Recaba las firmas faltantes. | ||
21.Envía un ejemplar autógrafo a la Oficina de la Abogada General para su registro y resguardo institucional. | ||
Oficina de la Abogada General | 22.Recibe el documento para registro y resguardo Institucional. | |
23.Registra y resguarda. | ||
FIN DEL PROCEDIMIENTO. |
ANEXO 1
Guías de Convenios
1.a.- Convenio General de Colaboración.
1.b.- Convenio de Colaboración. (Específico). 1.c.- Convenio de Colaboración Académica.
1.d.- Convenio de Colaboración en Materia de Servicio Social. 1.e.- Convenio de Colaboración en Materia de Internado Médico.
ANEXO 1
1.a.- Convenio General de Colaboración.
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN
CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR LA DIRECTORA GENERAL, LA DRA. XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX, Y POR LA OTRA, (COLOCAR EL NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA CONTRAPARTE) REPRESENTADO POR EL (COLOCAR EL NOMBRE DE QUIEN REPRESENTA) PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EL “IPN” Y (”SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”), RESPECTIVAMENTE Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2, y 6 de la Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen de acuerdo con la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de conformidad con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones está el promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. La representación legal la tiene la Directora General del Instituto Politécnico Nacional, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien se encuentra facultada para la celebración del presente Convenio General de Colaboración, según lo dispuesto por los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, acreditando su personalidad jurídica mediante el nombramiento de fecha 12 de diciembre de 2009 que le fue conferido por el Licenciado Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.
I.5. Es interés del Instituto Politécnico Nacional celebrar el presente Convenio General de Colaboración, con el propósito de contribuir al desarrollo de proyectos, programas, acuerdos y otras acciones en las áreas académicas científicas y tecnológicas de interés para “LAS PARTES”.
I.6. Señala como su domicilio legal el edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, en la Unidad Profesional “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx”, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
II. Declara el (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA) .
II.2. Tiene entre como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
III. Declaran “LAS PARTES” que:
ÚNICA. De conformidad con las anteriores declaraciones, “LAS PARTES” reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, así como el alcance y contenido de este Convenio General de Colaboración y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: OBJETO.
Establecer las bases y mecanismos de colaboración entre “LAS PARTES”, para lograr el máximo aprovechamiento de sus recursos humanos, materiales y financieros en el desarrollo de acciones de interés y beneficio mutuo. (TEXTO SUGERIDO).
SEGUNDA: OBLIGACIONES CONJUNTAS.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” se comprometen a llevar a cabo las siguientes acciones:
a) ....
(NOTA: LAS PARTES PODRÁN, DE CONFORMIDAD CON SUS NECESIDADES INSERTAR, OBLIGACIONES CONJUNTAS O POR SEPARADO, O AMBAS, EN CASO DE SER NECESARIO.)
TERCERA: CONVENIOS ESPECÍFICOS.
Para la ejecución de las actividades descritas en la cláusula que antecede, se elaborarán programas y proyectos que de ser aprobados por “LAS PARTES”, serán elevados a la categoría de Convenios Específicos y pasarán a formar parte del presente Convenio.
Los Convenios Específicos deberán constar por escrito y describirán con precisión sus objetivos, las actividades a realizar, calendarios y lugares de trabajo, personal involucrado, enlaces y coordinadores o responsables, recursos técnicos y materiales, publicación de resultados y actividades de difusión, controles de evaluación y seguimiento,
aportaciones económicas de cada una, así como aquellos aspectos y elementos necesarios para determinar sus propósitos y alcances.
CUARTA: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, se deberán dirigir a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
QUINTA: OBTENCIÓN DE RECURSOS.
Para el desarrollo de los Convenios Específicos aprobados, “LAS PARTES” acuerdan buscar en forma conjunta o separada, ante otras instituciones y dependencias gubernamentales u organismos de carácter nacional o internacional, la obtención de los recursos necesarios, para el caso de que dichos recursos no puedan ser aportados total o parcialmente por “LAS PARTES”.
SEXTA: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento y Evaluación del cumplimiento del presente instrumento, la cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituida dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este Convenio General de Colaboración.
El funcionamiento de la Comisión se ajustará a las reglas de operación que para tal efecto acuerden “LAS PARTES”, que tendrá por objeto principal coadyuvar en la instrumentación técnica y evaluación de los alcances del presente instrumento, así como resolver las dudas que se originen con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo.
SÉPTIMA: RELACIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” convienen que el personal comisionado por cada una de ellas para la realización del objeto materia de este Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó. Por ende, asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.
Si en la realización de un programa interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a “LAS PARTES”, éste continuará siempre bajo la dirección y dependencia de la institución o persona para la cual trabaja, por lo que su participación no originará relación de carácter laboral con el “IPN”, ni con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), ni de ninguna otra naturaleza ya sea civil, mercantil o administrativa.
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio, en los casos que se considere necesario o que expresamente se comuniquen.
NOVENA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que las publicaciones, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, estipulando que gozarán de cada uno de los derechos que otorgan tanto las leyes en materia de derechos de autor y propiedad industrial en la República Mexicana, y en materia de propiedad intelectual en el extranjero.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen de manera expresa que los trabajos que se deriven de la ejecución del presente Convenio que sean susceptibles de protección intelectual, corresponderán a la parte cuyo personal haya
realizado el trabajo objeto de protección, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
En caso de trabajos generados y de los cuales no sea posible determinar el grado de participación del “IPN” y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), la titularidad de los derechos xxxxxxx y patrimoniales corresponderán a los dos en partes iguales, otorgando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su desarrollo.
Queda expresamente entendido, que el “IPN” (EN CASO DE QUE LA CONTRAPARTE SEA UNA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA SERÁN: “LAS PARTES”) podrá(n) utilizar en sus tareas académicas, los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento.
DÉCIMA: VIGENCIA.
“LAS PARTES” convienen que la vigencia del presente Convenio será de (COLOCAR EL TIEMPO DE VIGENCIA), contados a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA PRIMERA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente Convenio se podrá dar por terminado mediante aviso que por escrito y (DETERMINAR PLAZO EN DÍAS NATURALES O HÁBILES) de anticipación, presente una de “LAS PARTES” a la otra, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total terminación salvo mutuo acuerdo en contrario, para lo cual deberá realizarse una conciliación de actividades y procediendo a formalizar el Convenio correspondiente.
DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA CUARTA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio General de Colaboración es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversias deberán solucionarse por la Comisión de Seguimiento y Evaluación a que se refiere la cláusula sexta o las personas que para ello “LAS PARTES” designen; en caso de no llegar a un acuerdo se someterán a las formas previstas en el orden legal.
Leído que fue el presente Convenio y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de , a los días del mes de del año dos mil once.
POR EL | POR EL |
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | (ASENTAR LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA CONTRAPARTE) |
DRA. XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX DIRECTORA GENERAL | (ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y LA CALIDAD QUE OSTENTA EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE) |
ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL | |
APROBACIÓN JURÍDICA | |
LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXX | |
ABOGADA GENERAL |
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE EL “IPN” Y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
1.b.- Convenio de Colaboración. (Específico)
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN.
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE Y/O QUE TENGA ORIGEN EN OTRO INSTRUMENTO JURÍDICO CELEBRADOENTRE LAS PARTES, SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO)
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “IPN”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR (ASENTAR EL NOMBRE DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA COMPETENTE QUE TENGA LAS FACULTADES PARA CELEBRAR EL CONVENIO DE ACUERDO AL OBJETO DEL MISMO), EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE (ASENTAR DE LA SECRETARÍA), CON LA PARTICIPACIÓN DEL (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), Y POR LA OTRA (ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA OTRA PARTE), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES (SOLO EN CASO DE EXISTIR EL CONVENIO GENERAL VIGENTE), DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Con fecha , el “IPN” y “ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”
suscribieron un Convenio General de Colaboración, cuyo objeto consiste en (ASENTAR EL OBJETO DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN), con una vigencia de años, contados a partir de la
fecha de su firma.
SEGUNDO.- En la Cláusula (ASENTAR EL NÚMERO DE LA CLÁUSULA QUE HACE REFERENCIA A
CONVENIOS ESPECÍFICOS) se estableció que “LAS PARTES” podrán celebrar Convenios Específicos de Colaboración, por cada uno de los proyectos que sean aprobados derivados de la ejecución de las actividades descritas en dicho Convenio.
TERCERO.- En consecuencia, el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte del Convenio General de Colaboración antes mencionado.
(NOTA: EN CASO DE NO DERIVAR DE UN CONVENIO GENERAL, NO DEBERÁ INCLUIRSE EL APARTADO DE ANTECEDENTES).
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras: realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación, se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con sus instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales de acuerdo con lo señalado en el artículo 4 fracción XVII, de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14 fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. El (ASENTAR EL NOMBRE DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA COMPETENTE QUE TENGA LAS FACULTADES PARA CELEBRAR EL CONVENIO DE ACUERDO AL OBJETO DEL MISMO), en su carácter de Secretario de (ASENTAR DE LA SECRETARÍA), se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en términos del nombramiento de fecha , otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número de fecha , otorgado ante la fe del Licenciado , Notario No. del , del Patrimonio del Inmueble Federal.
I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE, CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL SE DEBERÁ ESPECIFICAR), en adelante referida como (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS) el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
I.7. El (la) C. (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICARLA), de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto. (EN CASO DE QUE EL NOMBRAMIENTO HAYA SIDO EXPEDIDO POR EL ENTONCES DIRECTOR GENERAL, DEBERÁ ASENTARSE DE ESTA FORMA).
I.8. Señala como su domicilio legal el Edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx" Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
II. Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA).
II.2. Tiene entre otros, como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. El C. es su Representante, como lo acredita con . (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
II.6. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
III. Declaran “LAS PARTES” que:
ÚNICA. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan, mismas que al momento de suscribir el presente Convenio, no les han sido revocadas, modificadas, ni limitadas en forma alguna, por lo que están conformes en comprometer a sus representadas en términos de las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: OBJETO.
“LAS PARTES”, se comprometen de manera conjunta a llevar a cabo (ESCRIBIR EL OBJETO), de conformidad con lo establecido en el presente instrumento y su (s) respectivo (s) Anexo (s) (EN EL CASO DE CONTAR CON UN SOLO ANEXO, SE DEBERÁ DENOMINAR COMO ANEXO ÚNICO), que debidamente firmado (s) por “LAS PARTES” forma (n) parte integrante del presente Convenio.
SEGUNDA: ALCANCES.
(ASENTAR LOS EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN Y LA MANERA DE CUMPLIR EL OBJETO).
TERCERA: COMPROMISOS DEL “IPN”.
Para dar cumplimiento al objeto establecido en la Cláusula Primera, el “IPN” se compromete a realizar las siguientes actividades:
(DETALLAR A MANERA DE INCISOS CADA COMPROMISO).
CUARTA: COMPROMISOS DE (ASENTAR CON COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
Para dar cumplimiento al objeto establecido en la Cláusula Primera, el/la (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) se compromete a realizar las siguientes actividades:
(DETALLAR A MANERA DE INCISOS CADA COMPROMISO).
QUINTA: APORTACIONES.
Por su parte, (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) aportará en tiempo y forma al “IPN” por las actividades descritas en el presente Convenio y en su Anexo (ÚNICO Ó ENUMERARLO EN CASO DE EXISTIR MÁS DE
UNO), por la cantidad de $ (ASENTAR LA CANTIDAD EN NÚMERO) (ASENTAR LA CANTIDAD EN
LETRA /100 M.N.), en ministraciones (una ministración por mes o por el tiempo pactado, por la cantidad de
$ (ASENTAR LA CANTIDAD EN NÚMERO) (ASENTAR LA CANTIDAD EN LETRA / M.N.), más el
Impuesto al Valor Agregado (SI PROCEDE), DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL IVA Y CON LA
NORMATIVIDAD FISCAL VIGENTE, previa entrega oportuna que realice el “IPN” de los recibos correspondientes con los elementos fiscales necesarios. (NOTA, LA CLÁUSULA QUINTA QUEDA INSERTA SIEMPRE Y CUANDO EL OBJETO IMPLIQUE RECURSOS)
SEXTA: COMITÉ TÉCNICO.
“LAS PARTES” acuerdan constituir un Comité Técnico, el cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituido dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este documento.
Dicho Comité será presidido por la persona que de común acuerdo designen “LAS PARTES”, se reunirá por lo menos cada (ASENTAR EL PLAZO EN DÍAS HÁBILES O NATURALES) en el lugar que al efecto se determine y sólo podrá sesionar estando cuando menos un representante de cada parte, debiendo rendir sus informes después de cada sesión.
SÉPTIMA: ATRIBUCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO.
Además de las funciones que se especifican en la cláusula que antecede, el Comité Técnico tendrá las siguientes atribuciones: (DETALLAR A MANERA DE INCISOS CADA OBLIGACIÓN).
OCTAVA: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
NOVENA: RELACIÓN LABORAL.
“LAS PARTES” convienen que el personal participante por cada una de ellas para la realización del objeto materia del Convenio, se entenderá relacionado con aquella que lo empleó. Por ende, asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.
Si en la realización de alguna actividad derivada de este Convenio interviene personal que preste sus servicios a otras instituciones o personas distintas a “LAS PARTES”, éste continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral, ni de ninguna otra naturaleza con “LAS PARTES”.
DÉCIMA: RESPONSABLES.
El “IPN” nombra al (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL RESPONSABLE) como responsable de la ejecución de las actividades objeto de este Convenio y (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) nombra a (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL RESPONSABLE), para los mismos efectos.
DÉCIMA PRIMERA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que las publicaciones, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, estipulando que gozarán de cada uno de los derechos que otorgan tanto las leyes en materia de derechos de autor y propiedad industrial en la República Mexicana, y en materia de propiedad intelectual en el extranjero.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen de manera expresa que los trabajos que se deriven de la ejecución del presente Convenio que sean susceptibles de protección intelectual, corresponderán a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo objeto de protección, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
En caso de trabajos generados y de los cuales no sea posible determinar el grado de participación del “IPN” y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), la titularidad de los derechos xxxxxxx y patrimoniales corresponderán a los dos en partes iguales, otorgando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su desarrollo.
Queda expresamente entendido, que el “IPN” (EN CASO DE QUE LA CONTRAPARTE SEA UNA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA SERÁN: “LAS PARTES”) podrá (n) utilizar en sus tareas académicas, los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio en los casos en que se considere necesario, o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA TERCERA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado, mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA QUINTA: VIGENCIA.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (SEÑALAR CON LETRA EL TIEMPO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DEL CONVENIO).
DÉCIMA SEXTA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Se podrá dar por terminado el presente instrumento mediante aviso que por escrito y con treinta días naturales de anticipación, que presente una de “LAS PARTES” a la otra, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total terminación, salvo mutuo acuerdo en contrario, para lo cual deberá realizarse una conciliación de actividades y procediendo a formalizar el Convenio correspondiente.
DÉCIMA SÉPTIMA: RESCISIÓN.
El presente Xxxxxxxx se podrá rescindir sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por cada una de “LAS PARTES”.
La parte afectada podrá optar por exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la contraparte, o bien, declarar la rescisión del Convenio, de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Comité Técnico al que se refiere la Cláusula Sexta del presente Convenio.
DÉCIMA OCTAVA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA NOVENA: INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversias que no llegaren a solucionarse, aún por el Comité Técnico a que alude la Cláusula Sexta del presente instrumento, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo dispuesto en las leyes federales y a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de del año dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | POR (ASENTAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA CONTRAPARTE) |
(ASENTAR EL NOMBRE DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA COMPETENTE QUE TENGA LAS FACULTADES PARA CELEBRAR EL CONVENIO DE ACUERDO AL OBJETO DEL MISMO) SECRETARIO DE (ASENTAR LA SECRETARÍA) | (ASENTAR NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE) |
(ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA ECU RESPONSABLE) | |
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA. |
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE EL “IPN” POR CONDUCTO DE (SEÑALAR LA ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE).
1.c.- Convenio de Colaboración Académica.
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA.
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE, SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO)
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR EL ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), AL QUE EN LO SUCESIVO DE DENOMINARÁ “IPN” Y POR LA OTRA (ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA OTRA PARTE), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII del al Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. El Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en términos del nombramiento de fecha 16 de enero de 2010, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 22,801 de fecha 00 xx xxxxxxx
xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario No. 21 del Estado de México, y del Patrimonio del Inmueble Federal.
I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE, CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL SE DEBERÁ ESPECIFICAR), en adelante referida como (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS) el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
I.7. El (la) C. (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICARLA), de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto. (EN CASO DE QUE EL NOMBRAMIENTO HAYA SIDO EXPEDIDO POR EL ENTONCES DIRECTOR GENERAL, DEBERÁ ASENTARSE DE ESTA FORMA).
I.8. Señala como su domicilio legal el Edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx" Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
I.9. Señala como domicilio operativo el ubicado en (ASENTAR EL DOMICILO DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE).
II. Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA).
II.2. Tiene entre otros, como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. El C. es su Representante, como lo acredita con . (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
II.6. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
III. Declaran “LAS PARTES” que:
ÚNICA. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan, mismas que al momento de suscribir el presente Convenio, no les han sido revocadas, modificadas, ni limitadas en forma alguna, por lo que están conformes en comprometer a sus representadas en términos de las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: OBJETO.
“LAS PARTES” convienen que el objeto del presente documento es .
SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL “IPN”.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el “IPN” tendrá como obligaciones las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DEL “IPN” DE ACUERDO A SUS ATRIBUCIONES Y FINALIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO).
TERCERA: OBLIGACIONES DE (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE).
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) tendrá como obligaciones las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DE LA CONTRAPARTE).
CUARTA: OBLIGACIONES DE “LAS PARTES”.
Serán obligaciones conjuntas las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DE “LAS PARTES”).
QUINTA: APORTACIÓN.
“LAS PARTES” convienen que la aportación total que (ASENTAR EL NOMBRE O SIGLAS DE LA OTRA PARTE) realizará al “IPN” para llevar a cabo el cumplimiento del objeto del presente Convenio será por la cantidad total de $ (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA / ), incluyendo el impuesto al valor agregado. (NOTA: EN CASO DE NO SER APLICABLE LA LEY DEL IVA, SE DEBERÁ ESTABLECER EL FUNDAMENTO DEL NO PAGO O EXCEPCIÓN).
SEXTA: FORMA DE LA APORTACIÓN.
“LAS PARTES” convienen que la aportación se realizará en (MENSUALIDADES, QUINCENAS, BIMESTRES, ETC., SEGÚN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO) por la cantidad de $ (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA / )
IVA incluido (SI ES APLICABLE SEGÚN EL CASO) contra la emisión del comprobante fiscal correspondiente. (NOTA: LAS CLÁUSULAS QUINTA Y SEXTA QUEDAN INSERTAS SIEMPRE Y CUANDO EL OBJETO IMPLIQUE RECURSOS).
SÉPTIMA: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
OCTAVA: COMITÉ TÉCNICO.
“LAS PARTES” acuerdan constituir un Comité Técnico, el cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituido dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O
HÁBILES) posteriores a la suscripción de este documento.
El Comité se reunirá por lo menos cada (ESPECIFICAR EL TIEMPO) de manera alternada en sus instalaciones y sólo podrá sesionar estando cuando menos un representante de cada parte, rindiendo sus informes cada (ESPECIFICAR EL TIEMPO), debiendo revisar y evaluar el cumplimiento del presente instrumento, y en su caso de los Anexos, así como hacer las recomendaciones que se requieran.
NOVENA: RELACIÓN LABORAL.
El personal comisionado por cada una de “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente instrumento, continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se considere a la otra como patrón solidario o sustituto.
Si en la ejecución total o parcial del objeto del presente Convenio interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a “LAS PARTES”, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con el “IPN”, ni con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), ni de ninguna otra naturaleza ya sea civil, mercantil o administrativa.
DÉCIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que las publicaciones, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, estipulando que gozarán de cada uno de los derechos que otorgan tanto las leyes en materia de derechos de autor y propiedad industrial en la República Mexicana, y en materia de propiedad intelectual en el extranjero.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen de manera expresa que los trabajos que se deriven de la ejecución del presente Convenio que sean susceptibles de protección intelectual, corresponderán a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo objeto de protección, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
En caso de trabajos generados y de los cuales no sea posible determinar el grado de participación del “IPN” y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), la titularidad de los derechos xxxxxxx y patrimoniales corresponderán a los dos en partes iguales, otorgando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su desarrollo.
Queda expresamente entendido, que el “IPN” (EN CASO DE QUE LA CONTRAPARTE SEA UNA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA SERÁN: “LAS PARTES”) podrá (n) utilizar en sus tareas académicas, los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio en los casos en que se considere necesario, o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor,
entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.
En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación anticipada, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA CUARTA: VIGENCIA.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (SEÑALAR CON LETRA EL TIEMPO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DEL CONVENIO).
DÉCIMA QUINTA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Se podrá dar por terminado el presente instrumento mediante aviso que por escrito y con treinta días naturales de anticipación, presente una de “LAS PARTES” a la otra, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha, salvo mutuo acuerdo en contrario, para lo cual deberá realizarse una conciliación de actividades y procediendo a formalizar el Convenio correspondiente.
DÉCIMA SEXTA: RESCISIÓN.
El presente Xxxxxxxx se podrá rescindir sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por cada una de “LAS PARTES”.
La parte afectada podrá optar por exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la parte responsable, o bien, declarar la rescisión del Convenio, de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Comité Técnico al que se refiere la Cláusula Octava del presente Convenio.
DÉCIMA SÉPTIMA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA OCTAVA: INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio de Colaboración es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversias que no llegaren a solucionarse, aún por el Comité Técnico a que se refiere la Cláusula Octava anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo dispuesto en las leyes federales y a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de del año dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | POR (ASENTAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA CONTRAPARTE) |
ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL | (ASENTAR NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE) |
(ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL DIRECTOR DE LA ECU) | |
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA. |
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CELEBRADO ENTRE EL “IPN” POR CONDUCTO DE (SEÑALAR LA ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE).
1.d.- Convenio de Colaboración en Materia de Servicio Social.
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL.
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE, SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO)
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR EL ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL DIRECTOR DE EGRESADOS Y SERVICIO SOCIAL, (ASENTAR NOMBRE DEL TITULAR DE LA DIRECCIÓN), Y POR LA OTRA (ASENTAR EL NOMBRE DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA POR (ASENTAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE Y SU CARGO), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL "IPN" Y "(ASENTAR SIGLAS O NOMBRE DE LA CONTRAPARTE)" RESPECTIVAMENTE Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen de acuerdo con la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones, se encuentra organizar el servicio social que deben prestar sus alumnos y pasantes, mediante el establecimiento de un sistema integral y permanente, con programas unidisciplinarios y multidisciplinarios, así como contribuir por medio del servicio social al mejoramiento de los ejidos, comunidades agrarias y zonas marginadas, y mantener en forma permanente una brigada interdisciplinaria de servicio social, que le permita coadyuvar en el auxilio a la población de las regiones declaradas zonas de desastre de acuerdo a la dispuesto por el artículo 4 fracciones XIX y XX de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14 fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. El Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en términos del nombramiento de fecha 16 de enero de 2010, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 22,801 de fecha 00
xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario No. 21 del Estado de México, y del Patrimonio del Inmueble Federal.
I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra la Dirección de Egresados y Servicio Social, la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, a cargo del Instituto.
I.7. El , es el Director de Egresados y Servicio Social, de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto.
I.8. Señala como su domicilio el edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx", Colonia Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
II. Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA).
II.2. Tiene entre otros, como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. El C. es su Representante, como lo acredita con . (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
II.6. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
III. Declaran “LAS PARTES” que:
III.1. La prestación del servicio social a que se refiere el presente Convenio, se rige por lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal y su Reglamento, (EN EL SUPUESTO DE PRESTAR EL SERVICIO EN OTRA ENTIDAD QUE NO SEA EL DISTRITO FEDERAL SE DEBERÁ AJUSTAR A LA LEGISLACIÓN APLICABLE YA SEA ESTATAL O MUNICIPAL) así como el artículo 24 de la Ley General de Educación, artículo 4, fracciones XIX y XX de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, y los artículos 1, 2 fracción IX, 3, 7,10, 16 fracción III, 23 y demás relativos del Reglamento de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional.
III.2. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: OBJETO.
El presente Convenio establece las bases y mecanismos operativos de colaboración entre el "IPN" y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), respecto a la organización y desarrollo de programas para la prestación del servicio social de alumnos del "IPN".
SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL "IPN".
El "IPN" se obliga a:
a) Revisar y en su caso aprobar los programas de servicio social que le presente para tal efecto (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), otorgando vigencia de un año para su desarrollo.
b) Proporcionar la información que por escrito le solicite (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), respecto de los aspirantes aptos para realizar el servicio social que cumplan con los perfiles profesionales que la (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) defina.
c) Promover entre la comunidad estudiantil del "IPN" que esté en posibilidad de realizar su servicio social, su incorporación a los programas convenidos con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
d) Establecer comunicación con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), a efecto de dar a conocer las regulaciones institucionales a que deberá sujetarse el ejercicio del servicio social, mismas que no afectarán los intereses, necesidades o estructuras de la misma.
e) Supervisar y evaluar periódicamente el desarrollo del servicio social.
f) Abstenerse de divulgar institucionalmente o por conducto de su personal o alumnos del "IPN", cualquier información que sea de su conocimiento relacionada con las operaciones u organización de (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), sin contar para ello con autorización escrita de la misma.
g) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Convenio.
TERCERA: OBLIGACIONES DE (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
Serán obligaciones de (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), las siguientes:
a) Presentar por escrito a la Dirección de Egresados y Servicio Social del "IPN", las propuestas de programas de servicio social a realizar por los alumnos.
b) Establecer el calendario y programa de actividades para el cumplimiento de las acciones objeto de este Convenio.
c) Definir el número de alumnos del "IPN" que prestarán su servicio social estableciendo los perfiles con los que deberán cumplir, de acuerdo con las necesidades de los programas a desarrollar.
d) Determinar el monto de la beca económica que otorgará a los alumnos del "IPN", durante su servicio
social, en los términos de los artículos 53 y 59 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones.
e) Dar facilidades así como proporcionar la información necesaria a los supervisores de servicio social del "IPN".
f) Solicitar por escrito a la Dirección de Egresados y Servicio Social prórroga de vigencia del programa, si el caso lo amerita, anexando el avance del mismo.
g) Determinar el área responsable para la captación de alumnos del "IPN", dentro de la cual se llevarán a cabo las acciones referentes al servicio social.
h) Las demás que sean necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente instrumento.
CUARTA: OBLIGACIONES CONJUNTAS.
Serán obligaciones de “LAS PARTES”, las siguientes:
a) Presentar por escrito a la otra parte los programas de trabajo que se propongan en los que se describirán las actividades a desarrollar, el personal y presupuesto requeridos, los procedimientos de evaluación y seguimiento de las actividades programadas, así como todos los datos necesarios para establecer los fines y alcances de cada uno de los programas.
b) Considerar como anexos del presente Convenio los programas y proyectos de servicio social, que se generen. Para la ejecución de esta cláusula, será necesaria la designación de un responsable por cada programa de que se trate.
c) Otorgar las constancias a los alumnos del "IPN", que acrediten su servicio social al amparo de este Convenio.
QUINTA: COMITÉ COORDINADOR.
“LAS PARTES” acuerdan constituir un Comité Coordinador, el cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituido dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este documento.
Dicho Comité, será presidido por la persona que designen las partes, y se reunirá por lo menos cada (ASENTAR EL PLAZO EN DÍAS HÁBILES O NATURALES PARA LAS REUNIONES) en el lugar que al efecto se determine y sólo podrá sesionar estando por lo menos un representante de cada parte.
SEXTA: SEGURIDAD Y USO DE EQUIPO.
Los alumnos del "IPN" que deseen prestar su servicio social, participando en cualesquiera de los programas amparados por este Convenio, deberán asumir por escrito el compromiso de respetar las condiciones que las partes establezcan para el desarrollo de los trabajos, así como cumplir con las normas vigentes en materia de seguridad y uso de equipo, acatando en todo momento las indicaciones del personal de (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) a cargo del área en la que se lleve a cabo el programa.
SÉPTIMA: RELACIÓN LABORAL.
El "IPN" y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), establecen que el servicio
social que presten los alumnos del "IPN" no originará relación de carácter laboral ni con el “IPN” ni con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE, en virtud de tratarse de un requisito de titulación de acuerdo a la Ley General de Educación, mediante retribución en interés de la sociedad y del Estado.
OCTAVA: VIGENCIA.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (ASENTAR LA VIGENCIA DE ACUERDO AL PERÍODO CONVENIDO ENTRE LAS PARTES).
NOVENA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente Xxxxxxxx sólo podrá darse por terminado de manera anticipada, mediante aviso escrito que proporcione a la contraparte con (ASENTAR EL PLAZO EN DÍAS HÁBILES O NATURALES) de anticipación, sin perjuicio de los programas amparados por este Convenio que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total terminación salvo mutuo acuerdo en contrario, buscando en todo momento no afectar los programas que se encuentran operando, para lo que se debe suscribir el Convenio que corresponda.
DÉCIMA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por ello todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que este fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse, o que siendo previsible no se pueda evitar, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas y administrativas.
En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación anticipada, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA SEGUNDA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que la propiedad intelectual derivada de la ejecución del trabajo conjunto que sea susceptible de protección, corresponderá a la parte cuyo personal lo haya realizado, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
Asimismo, las publicaciones resultantes del trabajo conjunto, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, independientemente de quien sea el titular de los derechos patrimoniales.
DÉCIMA TERCERA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio en los casos en que se considere necesario, o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA CUARTA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados o definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverá de mutuo acuerdo y por escrito el Comité Coordinador establecido en la Cláusula Quinta del presente instrumento o las personas que para ello “LAS PARTES” designen; en caso de no llegar a un acuerdo se someterán a las formas previstas en el orden legal.
Leído que fue el presente Convenio y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de del dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL ASENTAR EL NOMBRE DIRECTOR DE EGRESADOS Y SERVICIO SOCIAL REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA. | POR ASENTAR LA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA CONTRAPARTE ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE |
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL, CELEBRADO ENTRE “EL IPN” POR CONDUCTO DE (SEÑALAR EL ÁREA O ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
1.e.- Convenio de Colaboración en Materia de Internado Médico.
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE INTERNADO MÉDICO.
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE, SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE INTERNADO MÉDICO Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO)
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE INTERNADO MÉDICO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR EL ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “IPN” Y POR LA OTRA (ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA OTRA PARTE), AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. El Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en términos del nombramiento de fecha 16 de enero de 2010, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 22,801 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario No. 21 del Estado de México, y del Patrimonio del Inmueble Federal.
I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE, CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL SE DEBERÁ ESPECIFICAR), en adelante referida como (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS) el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
I.7. El (la) C. (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICARLA), de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto. (EN CASO DE QUE EL NOMBRAMIENTO HAYA SIDO EXPEDIDO POR EL ENTONCES DIRECTOR GENERAL, DEBERÁ ASENTARSE DE ESTA FORMA).
I.8. Señala como su domicilio legal el Edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx" Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
I.9. Señala como domicilio operativo el ubicado en (ASENTAR EL DOMICILO DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE).
II. Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA).
II.2. Tiene entre otros, como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. El C. es su Representante, como lo acredita con . (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
II.6. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
III. Declaran “LAS PARTES” que:
III.1. Tienen interés recíproco en mejorar la educación teórica-práctica de los estudiantes de las disciplinas relacionadas con la salud, a fin de que los estudiosos de la salud, alumnos de la (el) “(ASENTAR
DENOMINACIÓN DE LA ECU”) coadyuven al desarrollo social del país y por lo tanto, hacen suyas las recomendaciones que la Normatividad vigente emite en materia de educación en estudios de pregrado.
III.2. Con la finalidad de elevar el nivel de desarrollo de ambas instituciones mediante la formación de personal en salud, “LAS PARTES” acuerdan celebrar el presente Convenio, de acuerdo a las necesidades propias
del “IPN“, a través de la (el) ( “ASENTAR DENOMINACIÓN DE LA ECU”) y los recursos disponibles médico asistenciales de ( “ASENTAR DENOMINACIÓN DE LA CONTRAPARTE”).
III.3. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo, conocen el alcance y contenido del presente Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: OBJETO.
El objeto del presente Convenio, es establecer las bases de colaboración entre el (la) “(ASENTAR SIGLAS DE LA
CONTRAPARTE”) y el “IPN”, por conducto de la (“ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE” ) a fin de:
a) Acordar la estructura académico-administrativa para el desarrollo del internado de pregrado y contribuir a la capacitación profesional de los educandos.
b) Adoptar en forma conjunta las recomendaciones que la normatividad vigente emita en relación al desarrollo del internado de pregrado.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE (“ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”).
Serán obligaciones de (“ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”).
1. Dar a conocer al “IPN” a través de la (el) (“ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”), las diferentes áreas y servicios, así como recursos y apoyos didácticos que tendrá a su disposición para el desarrollo de los programas académicos y operativo de internado de pregrado.
2. Aceptar a los alumnos pertenecientes a la (el) ( “ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”) del “IPN” en el (la) (“ ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”) en calidad de internos de pregrado, cuyo número variará de acuerdo a la capacidad docente, contemplando sus derechos y obligaciones de acuerdo a la normatividad vigente.
3. Acordar con el “IPN” la adecuacion y aplicación de los contenidos del programa operativo de internado de pregrado que se juzgue conveniente implementar.
4. Apoyar las actividades educativas de los alumnos con la designacion de personal, según Cláusula Tercera numeral siete del presente Convenio, que se responsabilice de organizar, coordinar, supervisar y evaluar la enseñanza de los alumnos pertenecientes a la (el) (“ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”), de acuerdo con el programa académico del “IPN” y el programa operativo de el (la) (“ASENTAR SIGLAS
DE LA CONTRAPARTE”) que con tal fin se elabore de manera conjunta.
5. Cumplir con el Reglamento por el que se establecen las bases para la realización del Internado de Pregrado de la Licenciatura de Medicina, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 1983, así como a la normatividad vigente.
6. Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Convenio.
TERCERA: OBLIGACIONES DEL “IPN”.
Serán obligaciones del “IPN” las siguientes:
1. Cumplir con los procedimientos en materia de enseñanza de pregrado establecidos por el (la) (“ASENTAR
SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”.)
2. Proponer a el (la) (“ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE” ) para su adecuación y aplicación los contenidos temáticos del programa académico de internado de preagrado que se requiera instrumentar por necesidades educativas.
3. Enviar a el (la) ( “ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”) con noventa dias naturales de anticipacion a la fecha de inicio del internado de pregrado, la lista nominal de los estudiantes pertenecientes a la (el) ( “ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”), que posiblemente lo realizarán.
4. Publicar para conocimiento de los alumnos de la (el) (“ASENTAR SIGLAS DE LA ECU
RESPONSABLE”), en sitio visible del "IPN" un mes antes de la fecha de inicio del internado de pregrado, el catálogo de plazas autorizadas por el Comité de Pregrado y Servicio Social de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud.
5. Realizar en el mes previo al inicio del Internado de pregrado y antes de que se efectúe la asignación de plazas, un ciclo de conferencias para los estudiantes inscritos, a fin de que se les informe de las características del internado de pregrado, dentro de cada una de las instituciones de salud.
6. Organizar la ceremonia pública en la que se asignarán las plazas de internado de pregrado en las instalaciones de la (el) ( “ASENTAR SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”) del “IPN”.
7. Aprobar al personal academico que proponga el (la) (“ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”) con base al perfil del docente requerido para el desarrollo de los programas educativos durante el periodo correspondiente, otorgándole el nombramiento establecido por su legislación vigente, prorrogándolo según los resultados de la evaluación académica periódica del docente.
8. Otorgar al personal académico las prestaciones, capacitación o cualquier otro tipo de estímulo de acuerdo a la legislación vigente.
9. Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Convenio.
CUARTA. OBLIGACIONES DE “LAS PARTES”.
Para la realización del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” en forma conjunta se comprometen a:
1. Organizar el proceso educativo de los médicos internos de acuerdo al plan de estudios del “IPN”, dentro del marco de la legislación nacional vigente al respecto y a la normatividad que en este campo emitan de manera conjunta, “LAS PARTES” involucradas.
2. Corresponsabilizarse respecto de la adecuación, operación, desarrollo y evaluación de los cursos de internado de pregrado, así como de las actividades que se desarrollen con motivo de su ejecución.
3. Acordar las medidas conducentes de carácter disciplinario aplicable a los alumnos de la (el) ( “ASENTAR
SIGLAS DE LA ECU RESPONSABLE”), cuando el caso lo amerite en estricto apego a la reglamentación y normas establecidas al respecto de manera conjunta por ambas instituciones.
4. Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Convenio
QUINTA: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
SEXTA: COMITÉ TÉCNICO.
“LAS PARTES” acuerdan constituir un Comité Técnico, el cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituido dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este documento.
El Comité se reunirá por lo menos cada (ASENTAR PERIORICIDAD) de manera alternada en sus instalaciones para revisar y evaluar el cumplimiento de las actividades señaladas en el presente documento y decidir o recomendar las soluciones pertinentes, según el caso.
SÉPTIMA: RELACIÓN LABORAL.
Las partes convienen en que el personal aportado por cada una de ellas para el cumplimiento del presente instrumento, se entenderá relacionado exclusivamente con la parte que lo emplea, por lo que en ningún caso podrán ser consideradas recíprocamente como patrón sustituto o solidario, asumiendo cada una de las responsabilidades que de tal relación les corresponda.
Si en el desarrollo del objeto del presente Convenio interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a “LAS PARTES”, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución, por lo que su participación no originará relación de carácter laboral con el “IPN”, ni con el (la) (“ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”.), ni de carácter civil, mercantil o administrativa.
OCTAVA: VIGENCIA.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (ASENTAR LA VIGENCIA DE ACUERDO AL PERIODO CONVENIDO ENTRE LAS PARTES).
NOVENA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente Xxxxxxxx sólo podrá darse por terminado de manera anticipada, mediante aviso escrito que proporcione a la contraparte con (ASENTAR EL PLAZO EN DÍAS HÁBILES O NATURALES) de anticipación, sin perjuicio de los programas amparados por este Convenio que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total terminación salvo mutuo acuerdo en contrario, buscando en todo momento no afectar los programas que se encuentran operando, para lo que cual se debe suscribir el Convenio que corresponda.
DÉCIMA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA: CESIÓN DE DERECHOS.
Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder bajo ningún concepto o forma a terceras personas, físicas x xxxxxxx los derechos y obligaciones derivados de este instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor,
entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.
En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación anticipada, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA TERCERA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que la propiedad intelectual derivada de la ejecución del trabajo conjunto que sea susceptible de protección, corresponderá a la parte cuyo personal lo haya realizado, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
Asimismo, las publicaciones resultantes del trabajo conjunto, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, independientemente de quien sea el titular de los derechos patrimoniales.
DÉCIMA CUARTA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto a las actividades materia de este Convenio en los casos que lo consideren necesario o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA QUINTA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA SEXTA: INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverá de mutuo acuerdo y por escrito el Comité Técnico establecido en la Cláusula Sexta del presente instrumento o las personas que para ello “LAS PARTES” designen; en caso de no llegar a un acuerdo se someterán a las formas previstas en el orden legal.
Leído que fue el presente Convenio y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de de dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | POR (ASENTAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA CONTRAPARTE) |
ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL | (ASENTAR NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE) |
(ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA ECU RESPONSABLE) | 41 |
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA
LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN
EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA.
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE INTERNADO MÉDICO, CELEBRADO ENTRE EL “IPN” POR CONDUCTO DE (SEÑALAR EL ÁREA O ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE).
2. CONVENIO DE COLABORACIÓN DE PROYECTOS VINCULADOS.
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
UPDCE Abogados Delegados | 1.Remite a los Abogados Delegados de la Oficina de la Abogada General el Convenio Vinculado debidamente validado tomando en cuenta la guía de formato emitido por la Oficina de la Abogada General contenida en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, así como la documentación soporte (Anexo 3). Lo anterior no excluye la posibilidad de utilizar formatos o propuestas de la contraparte siempre que se garantice el interés y la seguridad jurídica del Instituto. 2.Reciben el Convenio Vinculado y revisa si cumple con la documentación soporte (Anexo 3) y versión electrónica. ¿Cumple con la documentación necesaria? 3. Si. Analiza los términos y condiciones del instrumento jurídico y su documentación soporte de acuerdo a los criterios establecidos por la Oficina de la Abogada General. (Pasa a la actividad 5) 0.Xx. Emiten un pliego de observaciones para los efectos legales conducentes y dejan en suspenso la revisión y aprobación jurídica, teniendo para ello un plazo de 48 horas hábiles. ¿Cumple con los criterios jurídicos y normatividad politécnica y demás legislación aplicable? 0.Xx. Revisa y aprueba el documento. (Pasa a la actividad 7). 0.Xx. Emiten un pliego de observaciones con el efecto de que sean subsanados por la UPDCE, mismas que deberán subsanarse a la brevedad posible. (Pasa a la actividad 1). 7.Emite dictamen positivo, devuelve a la UPDCE el Convenio en los ejemplares correspondientes debidamente revisado y aprobado para que recabe las firmas faltantes. | Anexo 2 Anexo 3 |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
UPDCE | 8.Recaba las firmas faltantes y remite un ejemplar autógrafo, a la Oficina de la Abogada General para registro y resguardo. FIN DEL PROCEDIMIENTO. |
ANEXO 2
2.a.- Convenio de Colaboración de Proyectos Vinculados.
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN DE PROYECTOS VINCULADOS.
(NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE DERIVE DE UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN VIGENTE SE LE DENOMINARÁ EN TODO EL DOCUMENTO CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y SE DEBERÁ INCLUIR UN APARTADO DE ANTECEDENTES QUE HAGA REFERENCIA AL MISMO)
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR EL ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CÁRACTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL O LA (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), REPRESENTADA (O) POR (EL/LA) (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR DE LA NOMBRE DE LA ESCUELA CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), Y POR LA OTRA, EL Ó LA (ASENTAR EL NOMBRE DE LA OTRA PARTE), REPRESENTADO POR EL Ó LA (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA CONTRAPARTE), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL “IPN” Y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), RESPECTIVAMENTE Y EN SU CONJUNTO COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Cuenta con un Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico creado en términos de lo establecido por el artículo 50 de la Ley de Ciencia y Tecnología cuyos fines son, entre otros, los de regular la aplicación y destino de los recursos que se obtienen por los proyectos vinculados que realiza el “IPN”, el cual para efectos del presente Convenio señala como R.F.C. FIC000330LK9.
I.5. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.6. El Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en
términos del nombramiento de fecha 16 de enero de 2010, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 22,801 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario No. 21 del Estado de México, y del Patrimonio del Inmueble Federal.
I.7. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra (ASENTAR EL NOMBRE DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE, CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL SE DEBERÁ ESPECIFICAR), en adelante referida como (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS) el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.
I.8. El (la) C. (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICARLA), de conformidad con su nombramiento de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto. (EN CASO DE QUE EL NOMBRAMIENTO HAYA SIDO EXPEDIDO POR EL ENTONCES DIRECTOR GENERAL, DEBERÁ ASENTARSE DE ESTA FORMA).
I.9. Señala como su domicilio legal el edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx”, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, Código Postal 07738, México, Distrito Federal.
I.10. Señala como domicilio operativo el ubicado en (ASENTAR EL DOMICILO DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE).
II. Declara (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA).
II.2. Tiene entre otros, como objeto (SEÑALAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRAPARTE).
II.3. Entre sus (SEÑALAR SI ES EL CASO, FUNCIONES, ATRIBUCIONES, ETC.) está
.
II.4. El C. es su Representante, como lo acredita con . (ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE EL RESPECTIVO INSTRUMENTO JURÍDICO E INTEGRAR UNA COPIA DE DICHO DOCUMENTO).
II.5. Tiene como Registro Federal de Contribuyentes .
II.6. Señala como su domicilio legal el ubicado en .
II.7. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
IV. Declaran “LAS PARTES” que:
ÚNICA. De conformidad con los antecedentes y declaraciones anteriores, “LAS PARTES” reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: OBJETO.
“LAS PARTES” convienen que el objeto del presente documento es .
SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL “IPN”.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el “IPN” tendrá como obligaciones las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DEL “IPN” DE ACUERDO A SUS ATRIBUCIONES Y FINALIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO).
TERCERA: OBLIGACIONES DE (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE).
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) tendrá como obligaciones las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DE LA CONTRAPARTE).
CUARTA: OBLIGACIONES DE “LAS PARTES”.
Serán obligaciones conjuntas las siguientes:
(DETALLAR EN INCISOS LAS OBLIGACIONES DE “LAS PARTES”).
QUINTA: APORTACIÓN.
“LAS PARTES” convienen que la aportación total que (ASENTAR EL NOMBRE O SIGLAS DE LA OTRA PARTE) realizará al “IPN” por el cumplimiento del objeto del presente Convenio será por la cantidad total de $ (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA / ) más IVA (EN CASO DE NO SER APLICABLE LEY DEL IVA, ESTABLECER EL FUNDAMENTO DEL NO PAGO O EXCEPCIÓN).
SEXTA: FORMA DE LA APORTACIÓN.
“LAS PARTES” convienen que la aportación se realizará en (MENSUALIDADES, QUINCENAS, BIMESTRES, ETC, SEGÚN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO) por la cantidad de $ (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA ___/ )
más IVA (SI ES APLICABLE SEGÚN EL CASO) contra la emisión del comprobante fiscal correspondiente, en el domicilio ubicado en (ASENTAR EL LUGAR DE PAGO).
SÉPTIMA: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.
OCTAVA: COMITÉ TÉCNICO.
“LAS PARTES” acuerdan constituir un Comité Técnico, el cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituido dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este documento.
El Comité se reunirá por lo menos cada (ESPECIFICAR EL TIEMPO) de manera alternada en sus instalaciones y sólo podrá sesionar estando cuando menos un representante de cada parte, rindiendo sus informes cada (ESPECIFICAR EL TIEMPO), debiendo revisar y evaluar el cumplimiento del presente instrumento, y en su caso de los Anexos, así como hacer las recomendaciones que se requieran.
NOVENA: RELACIÓN LABORAL.
El personal comisionado por cada una de “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente instrumento, continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se considere a la otra como patrón solidario o sustituto.
Si en la ejecución total o parcial del objeto del presente Convenio interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a “LAS PARTES”, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con el “IPN”, ni con (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), ni de ninguna otra naturaleza ya sea civil, mercantil o administrativa.
DÉCIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL.
“LAS PARTES” convienen que las publicaciones, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, estipulando que gozarán de cada uno de los derechos que otorgan tanto las leyes en materia de derechos de autor y propiedad industrial en la República Mexicana, y en materia de propiedad intelectual en el extranjero.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen de manera expresa que los trabajos que se deriven de la ejecución del presente Convenio que sean susceptibles de protección intelectual, corresponderán a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo objeto de protección, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
En caso de trabajos generados y de los cuales no sea posible determinar el grado de participación del “IPN” y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) la titularidad de los derechos xxxxxxx y patrimoniales corresponderán a los dos en partes iguales, otorgando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su desarrollo.
Queda expresamente entendido, que el “IPN” (EN CASO DE QUE LA CONTRAPARTE SEA UNA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA SERÁN: “LAS PARTES”) podrá (n) utilizar en sus tareas académicas, los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA: CONFIDENCIALIDAD.
“LAS PARTES” guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio en los casos en que se considere necesario, o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES.
El presente Convenio sólo podrá ser modificado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA: RESPONSABILIDAD CIVIL.
“LAS PARTES” estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.
En tales supuestos “LAS PARTES” revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación, buscando en todo momento salvaguardar los intereses de “LAS PARTES” y en su caso, celebrar el instrumento respectivo.
DÉCIMA CUARTA: VIGENCIA.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (SEÑALAR CON LETRA EL TIEMPO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DEL CONVENIO).
DÉCIMA QUINTA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Se podrá dar por terminado el presente instrumento mediante aviso que por escrito y con treinta días naturales de anticipación, presente una de “LAS PARTES” a la otra, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha, salvo mutuo acuerdo en contrario, para lo cual deberá realizarse una conciliación de actividades y procediendo a formalizar el Convenio correspondiente.
DÉCIMA SEXTA: RESCISIÓN.
El presente Xxxxxxxx se podrá rescindir sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por cada una de “LAS PARTES”.
La parte afectada podrá optar por exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la parte responsable, o bien, declarar la rescisión del Convenio, de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Comité Técnico al que se refiere la Cláusula Octava del presente Convenio.
DÉCIMA SÉPTIMA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.
Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de “LAS PARTES” contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA OCTAVA: INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversias que no llegaren a solucionarse, aún por el Comité Técnico a que se refiere la Cláusula Octava anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo dispuesto en las leyes federales y a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de del año dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | POR (ASENTAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA CONTRAPARTE) |
ING. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL | (ASENTAR NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CONTRAPARTE) |
(ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL DIRECTOR DE LA ECU) | |
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA (ASENTAR NOMBRE DEL ABOGADO DELEGADO) ABOGADO DELEGADO EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA. |
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE EL “IPN” POR CONDUCTO DE (SEÑALAR LA ECU RESPONSABLE) Y (ASENTAR EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA CONTRAPARTE).
ANEXO 3
3.a.- Documentación soporte que acredite la naturaleza y personalidad jurídica e identificación fiscal para Convenios u órdenes de servicios.
1.- Persona física.
Identificación Oficial (Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral, Cartilla del Servicio Militar Nacional o Cédula Profesional).
Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal. Comprobante de Domicilio (Recibo de luz, teléfono, agua, predial).
Extranjeros: Identificación de calidad migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación.
2.- Persona moral.
Escritura o Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
Poderes, en donde conste la personalidad del representante legal.
Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal. Comprobante de Domicilio (Recibo de Luz, Teléfono, Agua, Predial).
Extranjeros: Reconocimiento de la naturaleza de la empresa y documento que acredite la representación, en ambos casos con su respectivo apostillamiento, los documentos deberán ser acompañados de la traducción hecha por perito autorizado y en su caso, contar con la opinión previa de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
3.- Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o del Distrito Federal.
Ley o Decreto de Creación.
Fundamentos de Representación y/o Poder en donde conste la Personalidad del Representante Legal.
Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal.
B) DE LAS ÓRDENES DE SERVICIO
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Área Solicitante Instancia de Validación (Secretaría Académica) | 1.Genera la orden de servicio tomando en cuenta el formato emitido por la Oficina de la Abogada General contenida en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 2.Recaba documentación soporte de la contraparte que acredite la naturaleza y personalidad jurídica e identificación fiscal. 3.Remite orden de servicio con anticipación al inicio de su vigencia (debidamente gestionado con la contraparte) con la documentación soporte y versión electrónica a instancia de Validación (Secretaría Académica). 4.Recibe orden de servicio y revisa si cumple con la documentación soporte y versión electrónica. ¿Cumple con la documentación necesaria? 5.Sí. Analiza los términos y condiciones del instrumento jurídico y su documentación soporte. (Pasa a la actividad 7) 0.Xx. Devuelve la documentación al área solicitante y solicita se complemente. (Pasa a la actividad 2) ¿Cumple con los aspectos técnicos operativos y presupuestales de acuerdo x.xx normatividad politécnica? 7.Sí. Valida los aspectos técnicos operativos y presupuestales con fundamento en los Lineamientos que regulan la Programación, Captación, Ejercicio, Registro y Reporte de los Recursos Autogenerados que Ingresan al Presupuesto Federal o al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN, dichas órdenes de servicio no requieren de la aprobación jurídica, revisión y aprobación jurídica o del Cotejo Jurídico. (Pasa a la actividad 9) | Anexo 4 Anexo 3 |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
0.Xx. Devuelve la documentación al área solicitante y hace valer observaciones en materia de su competencia. (Pase a la actividad 2) 9.Recaba las firmas faltantes. FIN DEL PROCEDIMIENTO. |
ANEXO 4
4.a.- Orden de Servicio.
ORDEN DE SERVICIO | ||||||||
N x. XXXX O | ESCUELA, CENTRO O UNIDAD PARTICIPANTE | |||||||
F E C H A | ||||||||
DIA | MES | AÑO | ||||||
I P N | ||||||||
ESCUELA, CENTRO O UNIDAD PARTICIPANTE | ||||||||
S E R V I C I O R E Q U E R I D O Señalar si se trata de SERVICIOS EXTERNO: Análisis Químicos, físicos, biológicos, Estudios, Ensayos, Normalización, Metrología y Control de Calidad, Asesorías y Consultorías relacionadas con la Investigación y el desarrollo experimental que contribuyan a la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos, o de SERVICIOS EDUCATIVOS: Actividades de Extensión, Actividades Deportivas, Culturales, de Servicios Bibliotecarios, Obra Editorial, Educación Continua, Educación a Distancia, Educación Virtual, Enseñanza de Idiomas, Cursos varios, Seminarios, Diplomados, así como aquellos dirigidos a la sociedad por medio de programas de difusión y preservación de la cultura científica y tecnológica | ||||||||
DESCRIPCIÓN: VIGENCIA: | ||||||||
U S U A R I O (PERSONA FÍSICA O PERSONA MORAL, ASENTAR DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL) | ||||||||
NOMBRE: | ||||||||
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO EN CASO DE SER PERSONA MORAL) _ R. F. C.: | ||||||||
DOMICILIO: _ | ||||||||
FIRMA DE RECIBIDO | F O R M A D E P A G O | COSTO UNITARIO | I. V. A. | I M P O R T E T O T A L | ||||
% | IMPORTE | |||||||
LOS SERVICIOS SE SUJETARAN A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL REVERSO DE ESTA ORDEN DE SERVICIO | ||||||||
USUARIO DEL SERVICIO | P O R EL IPN | |||||||
RESPONSABLE DEL SERVICIO (PARTICIPANTE) | REPRESENTANTE LEGAL DEL IPN | |||||||
ASENTAR CARGO (EN SU CASO) | ASENTAR CARGO | ÁREA QUE CUENTA CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN | ||||||
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA | ||||||
FECHA DE VALIDACIÓN |
D E C L A R A C I O N E S I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2, y 6 de la Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio. I.2. Tiene como finalidades, entre otras: formar profesionales e investigadores en los diversos campos de la ciencia y la tecnología, de acuerdo a los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país, así como realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación, se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología. I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto. I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla. I.5. El (ASENTAR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA AUTORIDAD DE VALIDACIÓN TÉCNICA Y OPERATIVA), en su carácter de (ASENTAR CARGO), se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación del “IPN”, como lo acredita en términos del nombramiento de fecha de de 201_, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número de fecha de febrero de 201_, otorgado ante la fe del Licenciado , Notario No. de . I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra la (ASENTAR EL NOMBRE DE LA UNIDAD RESPONSABLE (U.R.)), quien cuenta con los recursos materiales y humanos para dar cumplimiento a la presente orden de servicio. I.7. El (la) C. (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR (A) DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD DE QUE SE TRATE), es el (la) Director (a) de (ASENTAR LAS SIGLAS DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE Y CUANDO SE TRATE DE DIRECCIONES ADSCRITAS AL ÁREA CENTRAL ESPECIFICAR LA RAMA CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN), de conformidad con su nombramientoto de fecha (ASENTAR LA FECHA DEL NOMBRAMIENTO), expedido a su favor por la Directora General del propio Instituto. I.8. Señala como su domicilio legal el edificio de la Dirección General, ubicado en Av. Xxxx Xxxxxxx Xxxx s/n, en la Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx", Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07738, México Distrito Federal. II.-Declara (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que: EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO. II.1. Es . II.2. Tiene como objeto . II.3. Entre sus funciones están . II.4 El C. es su Representante, como lo acredita con . II.5. Es su voluntad celebrar la presente Orden de Servicios, y se adhiere a cada uno de sus términos y condiciones establecidos en la misma. II.6. Señala como su domicilio legal el ubicado en . III. Declaran las partes que: ÚNICA. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de ésta Orden y están de acuerdo en someterse a las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO. El (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) solicita al “IPN” (ASENTAR LA DECRIPCIÓN DEL SERVICIO EXTERNO O EL SERVICIO EDUCATIVO, EN CASO DE NO SER POSIBLE SU DESCRIPCIÓN INTEGRAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO). Mismos que se detallan en el Anexo Único que debidamente firmado por las partes forma parte integral de la presente Orden de Servicios. SEGUNDA. COMPROMISOS DEL “IPN”. Para dar cumplimiento al objeto establecido en la Cláusula Primera, el “IPN” se compromete a realizar las siguientes actividades: (DETALLAR A MANERA DE INCISOS CADA OBLIGACIÓN O ESPECIFICACIÓN DEL SERVICIO) TERCERA. COMPROMISOS DE “ASENTAR CON COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE”. Para dar cumplimiento al objeto establecido en la Cláusula Primera, el/la (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) se compromete a realizar las siguientes actividades: CUARTA. APORTACIONES. Por su parte, (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) aportará en tiempo y forma al “IPN” por las actividades descritas en la presente Orden de Servicios y en su Anexo ( Único ó ENUMERARLO EN CASO DE EXISTIR MÀS DE UNO) , por la cantidad de $(ASENTAR LA CANTIDAD EN NÚMERO) (ASENTAR LA CANTIDAD EN LETRA /100 M.N.), en ministraciones (una ministración por mes o por el tiempo pactado, por la cantidad de $(ASENTAR LA CANTIDAD EN NÚMERO) (ASENTAR LA CANTIDAD EN LETRA 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (SI PROCEDE), DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL IVA Y CON LA NORMATIVIDAD FISCAL VIGENTE, previa entrega oportuna que realice el “IPN” de los recibos correspondientes con los elementos fiscales necesarios. | QUINTA. LUGAR DE PAGO. Las partes señalan como lugar de pago, las oficinas de (LA ESCUELA, CENTRO, O UNIDAD RESPONSABLE, ASENTAR EL ÁREA CORRESPONDIENTE), ubicadas en (ASENTAR EL DOMICILIO). SEXTA. INFORMES. (Solo en caso de que los servicios no se ejecuten en un solo momento y lleven consigo un plazo de tiempo considerable)* El “IPN” entregará al (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE, por conducto de (ASENTAR LA ECU CORRESPONDIENTE), Un informe (ASENTAR LA PERIODICIDAD DE LA PRESENTACIÓN DEL AVANCE O INFORME), mismo que contendrá todas las acciones realizadas en ese lapso, orientadas al cumplimiento de los objetivos de la Orden de Servicio, a fin de soportar el pago o pagos que corresponda realizar a el “IPN” como contraprestación de los servicios prestados, mismo que deberá ser autorizado por el responsable técnico de los servicios (Educativos o Externos) Lo anterior, sin demérito de obligarse a realizar los ajustes o modificaciones que para el mejor cumplimiento del objeto de este instrumento sean acordadas entre las partes y sin que constituyan una sustitución de las obligaciones originalmente pactadas. SÉPTIMA. ENTREGA DE LOS SERVICIOS. El “IPN” entregará al (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) por conducto de (ASENTAR LA ECU CORRESPONDIENTE), “ASENTAR LOS SERVICIOS” objeto de la presente orden, en (ASENTAR LUGAR DEL SERVICIO). OCTAVA. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. El “IPN” podrá en todo tiempo, dar seguimiento al presente instrumento a fin de supervisar y vigilar que los servicios objeto de ésta Orden se estén brindando en los términos convenidos a través del (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL FUNCIONARIO PUBLICO RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DE LOS SERVICIOS). Asimismo, podrá dar las instrucciones que estime convenientes para una mejor ejecución, sin que esto implique modificaciones a las obligaciones a cargo del “IPN”. NOVENA. MODIFICACIONES. El presente documento solo podrá ser modificado en cuanto al tiempo de ejecución y entrega de los servicios o en su caso la cantidad, mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente. En caso de solicitar especificaciones distintas a las originalmente pactadas, las partes procederán a la terminación del presente documento, liquidando los costos que al respecto resultaren, con el objeto de evitar daños y perjuicios, en cuyo caso el “IPN”, se reserva a emprender las acciones legales que correspondan. DÉCIMA. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Las partes convienen que las publicaciones, así como las coproducciones y la difusión del objeto de la presente Orden, se realizarán de común acuerdo, estipulando que gozarán de cada uno de los derechos que otorgan tanto las leyes en materia de derechos de autor y propiedad industrial en la República Mexicana, y en materia de propiedad intelectual en el extranjero. Así mismo, las partes convienen de manera expresa que los trabajos que se deriven de la ejecución del presente instrumento que sean susceptibles de protección intelectual, corresponderán a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo objeto de protección, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo. En caso de trabajos generados y de los cuales no sea posible determinar el grado de participación del “IPN” y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA CONTRAPARTE) la titularidad de los derechos xxxxxxx y patrimoniales corresponderán a los dos en partes iguales, otorgando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo. Queda expresamente entendido, que el “IPN” (en caso de que la contraparte sea una i nstitución educativa serán: “Las partes”) podrán utilizar en sus tareas académicas, los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento. DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA. La presente Orden de Servicios, tendrá una vigencia de (ASENTAR EL PERIODO O EL DÍA), a partir de la fecha de su firma. Concluida la vigencia de la presente Orden, no podrá haber prórroga automática por el simple transcurso del tiempo y terminará sin necesidad de darse aviso entre las partes. DÉCIMA SEGUNDA. COMUNICACIONES. Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de ésta Orden, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones. DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL. Las partes convienen que el personal participante por cada una de ellas para la realización de los servicios, se entenderá relacionado con aquella que lo empleó. Por ende, asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos. Si en la realización de alguna actividad derivada de ésta Orden interviene personal que preste sus servicios a otras instituciones o personas distintas a las partes, éste continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral, ni de ninguna otra naturaleza con las partes firmantes. DÉCIMA CUARTA. COMUNICACIONES. Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de ésta Orden, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones. DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD CIVIL. Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial de la presente Orden, debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos las partes revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación. DÉCIMA SEXTA. RESCISIÓN. El presente Instrumento se podrá rescindir sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por cada una de las partes. En caso de daños y perjuicios en contra del IPN, por el incumplimiento a sus obligaciones por parte de (ASENTAR SIGLAS DE LA CONTRAPARTE), se reserva las acciones legales que correspondan. | DECIMA SÉPTIMA. JURISDICCIÓN. Las partes manifiestan que la presente Orden es producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o cumplimiento se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio, presente o futuro, les pudiera corresponder. Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcance legal lo firman por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los días del mes de del año dos mil . POR EL IPN (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL) (ASENTAR EL NOMBRE COMPLETO Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA ECU RESPONSABLE.) |
D) DE LOS CONTRATOS
1. Escuelas Centros y Unidades Académicas.
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Área Requirente | 1.Genera el contrato y su anexo único (de prestación de servicios profesionales y/o servicios generales a pagarse con recursos presupuestales (capítulo 3000); recursos autogenerados que ingresan al presupuesto; recursos de proyectos vinculados, educativos o servicios externos (contrataciones que no se rigen por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público) de acuerdo a las guías de formato emitidas por la Oficina de la Abogada General contenidas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx (Anexo 5). 2.Recaba documentación soporte de los prestadores de servicios que acredite sus generales y capacidad técnica y legal para contratar con el IPN. (Anexo 6) 3.Remite instrumento jurídico con anexo único, previamente validado en sus aspectos técnicos, operativos y presupuestales, por cuadruplicado debidamente firmado por las partes con anticipación al inicio de su vigencia, acompañado de la documentación soporte y en su caso versión electrónica (contratos de servicios generales) a la Oficina de la Abogada General. | Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. a) Identificación Oficial (Credencial de Elector, Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional; b) Cédula de identificación fiscal; c) Documento migratorio (sólo prestadores de servicios extranjeros); d) Suficiencia presupuestal (recursos federales y/o autogenerados; e) Comprobante de capacidad técnica o profesional; f) Comprobante de domicilio; y g) Versión electrónica (cuando sea procedente). Oficio |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) Área requirente Oficina de la Abogada General | 4.Revisa cuantitativamente el contrato, anexo único, documentación soporte y en su caso versión electrónica. ¿Cumple con la documentación necesaria? 5.Sí. Recibe contrato con anexo único y documentación soporte para dar trámite a su cotejo jurídico. (Pase a la actividad 7) 0.Xx. Devuelve documentación al área requirente antes de su recepción. (Pase a la actividad 2) 7.Revisa cualitativamente en materia jurídica los términos y condiciones del contrato así como la documentación soporte. ¿Cumple con los elementos de existencia y validez así como la forma jurídica predeterminada en términos de la legislación aplicable y la normatividad politécnica? 8.Sí. Coteja o Revisa y Aprueba el contrato y emite dictamen PROCEDENTE dejando un ejemplar autógrafo para su registro y resguardo institucional. (Pasa a la actividad 18) 0.Xx. Realiza observaciones y solicita al área requirente mediante correo electrónico o por el medio de comunicación idóneo se subsanen las mismas a la brevedad posible. 10.Recibe notificación de las observaciones. ¿Cumple en tiempo y forma con la solicitud, subsana las observaciones y/o proporciona la información requerida? 11.Sí. Coteja o Revisa y Aprueba el contrato y emite dictamen PROCEDENTE, devolviendo el mismo en los ejemplares correspondientes con el objeto de que el Área Requirente recabe las firmas y rúbricas faltantes y una vez hecho esto envíe a la Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad Consulta y Dictaminación) un | Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. Oficio Contrato (4 ejemplares) Documentación Soporte |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Área Requirente Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) | ejemplar autógrafo para su registro y resguardo institucional. (Pase a la actividad 13) 00.Xx. Emite dictamen de NO PROCEDENCIA y devuelve el instrumento jurídico en todos sus ejemplares al área requirente, con el objeto de que subsane las observaciones realizadas. (Pase actividad 3) 13.Recaba las firmas faltantes. 14.Envía un ejemplar autógrafo a la Oficina de la Abogada General para su registro y resguardo institucional. 15.Revisa la totalidad de las firmas y rúbricas del documento. ¿El contrato que el Área Requirente envía para registro y resguardo institucional, se encuentra debidamente firmado? 16.Sí recibe documento para registro y resguardo. (Pasa actividad 18) 00.Xx. Devuelve el documento al área requirente antes de su recepción. (Pase a la actividad 13) 18.Proporciona número de registro y resguarda en archivo. FIN DEL PROCEDIMIENTO. | Oficio Contrato (4 ejemplares) Documentación Soporte Oficio Contrato (1 ejemplar autógrafo) Oficio Contrato (1 ejemplar autógrafo) |
2. Direcciones de Coordinación, Coordinaciones y Áreas dependientes de la Administración Central del IPN.
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Área Requirente | 1.Genera el contrato y su anexo único (de prestación de servicios profesionales y/o servicios generales a pagarse con recursos presupuestales (capitulo 1000 y 3000); recursos autogenerados que ingresan al presupuesto; así como con recursos de proyectos vinculados, educativos o servicios externos (estos últimos recursos no se rigen por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público) de acuerdo a las guías de formato emitidas por la Oficina de la Abogada General así como las autorizadas por la Secretaría de la Función Pública, contenidas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx (Anexo 5) 2.Recaba documentación soporte de los prestadores de servicios que acredite sus generales y capacidad técnica y legal para contratar con el IPN. (Anexo 6) 3.Remite instrumento jurídico con su anexo único, previamente validado en sus aspectos técnicos, operativos y presupuestales, por cuadruplicado debidamente firmado por el responsable de la supervisión y vigilancia de los servicios y el prestador con anticipación | Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. a) Identificación Oficial (Credencial de Elector, Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional; b) Cédula de identificación fiscal; c) Documento migratorio (sólo prestadores de servicios extranjeros); d) Suficiencia presupuestal o autorización de autoridad competente (recursos federales y/o autogenerados, así como recursos para servicios personales); e) Comprobante de capacidad técnica o profesional; f) Comprobante de domicilio; y g) Versión electrónica Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) Área requirente | al inicio de su vigencia y con la documentación soporte y en su caso versión electrónica (contratos de servicios generales) a la Oficina de la Abogada General. 4.Revisa cuantitativamente el contrato, anexo único y su documentación soporte y en su caso versión electrónica. ¿Cumple con la documentación necesaria? 5.Sí. Recibe contrato, anexo único y documentación soporte para dar trámite a su cotejo jurídico. (Pase a la actividad 7) 0.Xx. Devuelve el documento al área requirente antes de su recepción. (Pase a la actividad 2) 7.Revisa cualitativamente en materia jurídica los términos y condiciones del contrato así como la documentación soporte. ¿Cumple con los elementos de existencia y validez así como la forma jurídica predeterminada en términos de la legislación aplicable y la normatividad politécnica? 8.Sí. Coteja o Revisa y Aprueba el contrato y emite dictamen PROCEDENTE dirigido al Área Central para que recabe firma del Apoderado Legal del Instituto y envíe a la Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) un ejemplar autógrafo del mismo una vez formalizado (Pasa a la actividad 13) 0.Xx. Realiza observaciones y solicita al área requirente mediante correo electrónico o por el medio de comunicación idóneo se subsanen las mismas a la brevedad posible. 10.Recibe notificación de las observaciones. ¿Cumple el Área Requirente en tiempo y forma con la solicitud, subsana las observaciones y/o proporciona la información requerida? | Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. Oficio Contrato y Anexo Único (4 ejemplares) Documentación Soporte. Oficio Contrato (4 ejemplares) Documentación Soporte |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Oficina de la Abogada General Área Central Área Requirente Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad) | 11.Sí. Coteja o Revisa y Aprueba el contrato y emite dictamen PROCEDENTE, dirigido al Área Requirente, devolviendo el mismo en los ejemplares correspondientes con el objeto de que ésta recabe las firmas y/o rúbricas faltantes en el contrato y/o sus anexos una vez hecho esto envíe a la Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad Consulta y Dictaminación) un ejemplar autógrafo para su registro y resguardo institucional. (Pase a la actividad 14) 00.Xx. Emite dictamen de NO PROCEDENCIA al Área Requirente y devuelve el instrumento jurídico en todos sus ejemplares, con el objeto de que subsane las observaciones realizadas. (Pase a la actividad 3) 13.Recaba firma del Apoderado Legal. (Pase a la actividad 15) 14.Recaba firmas y/o rúbricas faltantes. 15.Envía un ejemplar autógrafo a la Oficina de la Abogada General para su registro y resguardo institucional. 16.Revisa la totalidad de las firmas y rubricas del documento. ¿El contrato que el Área Requirente o Área Central envía para registro y resguardo institucional, se encuentra debidamente firmado? 17.Sí. Recibe documento para registro y resguardo. (Pasa actividad 19) 18. No. Devuelve el documento al Área Requirente o Área Central antes de su recepción. (Pase a la actividad 14) 19. Proporciona número de registro y resguarda en archivo. FIN DEL PROCEDIMIENTO. | Oficio Contrato (4 ejemplares) Documentación Soporte. Oficio Contrato (4 ejemplares) Documentación Soporte Oficio Contrato (1 ejemplar autógrafo) Oficio Contrato (1 ejemplar autógrafo) |
3. Contratos para Servicios Consolidados o Partidas de Manejo Restringido o Exclusivo de Área Central.
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) Oficina de la Abogada General | 1.Genera el contrato y su anexo único/técnico de prestación de servicios profesionales y/o servicios generales cuya afectación del recurso se deriva de partidas de manejo restringido o exclusivo de la Secretaría de Administración así como la contratación de servicios consolidados, de acuerdo a las guías de formato emitidas por la Oficina de la Abogada General contenidas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en términos de la normatividad presupuestaria correspondiente (Anexo 5). 2.Recaba documentación soporte de los prestadores/proveedores de bienes/servicios que acredite sus generales y capacidad técnica y legal para contratar con el IPN, así como la documentación del procedimiento de contratación. (Anexos 6 y 7) 3.Remite instrumento jurídico y su anexo único/técnico, previamente validado en sus aspectos técnicos, operativos y presupuestales, por cuadruplicado, con anticipación al inicio de su vigencia y con la documentación soporte y su versión electrónica a la Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación). 4.Revisa cuantitativamente el contrato, anexo único/técnico, documentación soporte y versión electrónica. | Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación Soporte. a) Identificación Oficial (Credencial de Elector, Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional; b) Cédula de identificación fiscal; c) Documento migratorio (sólo prestadores de servicios extranjeros); d) Suficiencia presupuestal (recursos federales); e) Comprobante de capacidad técnica o profesional; f) Comprobante de domicilio; g) Versión electrónica; h) Acta Constitutiva; i) Poder Notarial; j) Anexo Único/Técnico; k) Propuesta Económica; l) Documentación del procedimiento de adjudicación. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación Soporte y versión electrónica. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación |
66 |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
(Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) Oficina de la Abogada General | ¿Cumple con la documentación necesaria? 5.Sí. Recibe contrato, anexo único/técnico y documentación soporte para dar trámite a su revisión y aprobación jurídica. (Pase a la actividad 7) 0.Xx. Devuelve el documento al área requirente antes de su recepción. (Pase a la actividad 2) 7.Revisa cualitativamente en materia jurídica los términos y condiciones del contrato, así como la documentación soporte. ¿Cumple con los elementos de existencia y validez así como la forma jurídica predeterminada en términos de la legislación aplicable y la normatividad politécnica? 8.Sí. Revisa y Aprueba el contrato y emite dictamen PROCEDENTE dirigido a la Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) para que culmine el trámite de formalización del contrato, recabando las firmas correspondientes. (Pasa a la actividad 13 ) 0.Xx. Realiza observaciones y solicita a la Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) mediante correo electrónico o por el medio de comunicación idóneo se subsanen las mismas a la brevedad posible. 10.Recibe notificación de las observaciones. ¿Cumple en tiempo y forma con la solicitud, subsana las observaciones y/o proporciona la información requerida? 11.Sí. (Pase a la actividad 8) 00.Xx. Emite dictamen de NO PROCEDENCIA a la Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) y devuelve el instrumento jurídico | Soporte y versión electrónica. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación Soporte, versión electrónica. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación Soporte, versión electrónica. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (4 ejemplares) Documentación |
67 |
RESPONSABLE | DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | FORMATO Y/O DOCUMENTO |
(Dirección de Normatividad Consulta y Dictaminación) Secretaría de Administración (Dirección de Recursos Materiales y Servicios) Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) | en todos sus ejemplares, con el objeto de que subsane las observaciones realizadas. (Pase actividad 3) 13. Recaba las firmas y rúbricas faltantes. (Pase a la actividad 14) 14. Envía un ejemplar autógrafo a la Oficina de la Abogada General (Dirección de Normatividad, Consulta y Dictaminación) para su registro y resguardo institucional. 15. Revisa la totalidad de las firmas y rubricas del documento. ¿El contrato que se encuentra debidamente firmado, para proceder al registro y resguardo institucional? 16.Sí recibe documento para registro y resguardo. (Pasa actividad 18) 00.Xx. Devuelve el documento a la Secretaría de Administración antes de su recepción. (Pasa a la actividad 13) 18.Proporciona número de registro y resguarda en archivo. FIN DEL PROCEDIMIENTO. | Soporte, versión electrónica. Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (1 ejemplar autógrafo). Oficio Contrato y Anexo Único/Técnico (1 ejemplar autógrafo) |
ANEXOS 5, 0 X 0
XXXXX 0
Formatos de Contratos
ANEXO 6
Documentación soporte que acredite la naturaleza y personalidad jurídica e identificación fiscal para Contratos.
1.- Persona física.
2.- Persona moral.
3.- Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o del Distrito Federal.
ANEXO 7
Documentación soporte que acredite el procedimiento dirigido por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios, mediante el cual se llevó a cabo la contratación de los bienes o servicios como son:
1.- Licitación Pública.
2.- Invitación a Cuando Menos Tres Personas. 3.- Adjudicación Directa.
ANEXO 5
5.a.- FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
PARA LAS ESCUELAS, CENTROS Y UNIDADES ACADEMICAS
CONTRATO No.: | ÁREA SOLICITANTE: |
PARTIDA: | |
REQUISICIÓN No.: |
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE 1, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, POR CONDUCTO DEL(A) 2, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR 3, Y POR LA OTRA, 4, REPRESENTADO (A) EN ESTE ACTO POR 5, PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL “IPN” Y EL “PROVEEDOR”, RESPECTIVAMENTE, SUJETÁNDOSE A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de “ 2 “ que:
I.1. Es 6, quien requiere y se responsabiliza de los servicios profesionales del “PROVEEDOR”.
7 .
I.2. Tiene como objetivos, entre otros:
I.3. Entre sus funciones está la de: 8 .
I.4. El 9, según consta en el nombramiento de fecha 10 , otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del Instituto Politécnico Nacional (NOTA. En caso de haber sido otorgado dicho nombramiento por el ex - director del IPN, asentar la redacción siguiente
“... otorgado a su favor por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, entonces Director General…”) y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado con fundamento en el artículo 173 fracción
11 ,
XVI del Reglamento Interno y en los términos del Poder Notarial número 11 de fecha _11_ de
11 de
11 .
_11__ del
11 , otorgado ante la fe del Lic.
Notario Público número
I.5. Cuenta con la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato, como consta en la Partida Presupuestal No 12 . (Anexar suficiencia presupuestal correspondiente o en su caso el documento donde se acredite la autorización del recurso)
14 .
I.6. Señala como su domicilio operativo el ubicado en
I.7. Señala como legal el ubicado en Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxx x/x Xxxxxx Xxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx X.X. X.X. 00000.
II. Declara el “PROVEEDOR” que:
15 ,
II.1. Es una persona moral, debidamente constituida por las leyes mexicanas, según consta en la Escritura Pública número 15 de fecha _15__ de 15 del
15 ,
otorgada ante la fe del Lic. Notario Público Número 15
en el 15 e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo el folio
15 en fecha _15 . Asimismo declara que se encuentra registrada ante el Registro Federal
de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número
15 . (Se anexa copia de la escritura y registros señalados).
16 ,
16 ,
II.2. El _16 cuenta con las facultades suficientes y el poder amplio para contratar y obligar a su representada en los términos del presente contrato, de conformidad con el Poder
16 ,
Notarial número
_16 de fecha Notario Público número 16 del
otorgado ante la fe del manifestando bajo protesta
de decir verdad que este mandato no le ha sido modificado, revocado ni restringido, a la fecha de suscripción del presente contrato. (Anexar la fotocopia correspondiente).
II.3. Tiene como objeto social, 17 .
II.4 Protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
.
II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en términos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
(Anexar la fotocopia
( 18 )
II.6. Señala como su domicilio el ubicado en . de comprobante de domicilio)
III. De las “PARTES”
III.1. La adjudicación del presente contrato se llevo a cabo mediante el procedimiento de 19 , de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 constitucional y 19 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (PARA EL CASO DE INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O LICITACION PUBLICA ES NECESARIO ASENTAR LOS DATOS DEL FALLO CORRESPONDIENTE.)
III.2. El presente contrato se celebra sin vicios en el consentimiento de las partes y licitud en el objeto, sin embargo en el supuesto de no cumplir con lo establecido en la declaración II.4., las partes se sujetarán a lo establecido en el artículo 2224, 2225 y 2230 del Código Civil Federal.
III.3. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este Contrato y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.
El “IPN” por conducto de 2 encomienda a “EL PROVEEDOR”, los servicios de 1 conforme a la oferta técnica y económica que presentó al Instituto Politécnico Nacional y que se estipula en el Anexo Único del presente contrato, que debidamente firmado por las partes, forma parte integrante del presente contrato. (Se deberá anexar al presente como parte integral del contrato).
El lugar donde se llevarán a cabo los servicios contratados es el ubicado en _ 20 para lo cual el representante referido en la declaración I.4. (Verificar el número de declaración que corresponda a la autoridad responsable), se compromete a facilitar el acceso al o los inmuebles descritos y a proporcionarle los oficios para su ingreso que en su caso se requieran.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR”
Para el cumplimiento del presente Contrato el “PROVEEDOR” se obliga con el “IPN” a llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Cumplir con las normas establecidas por el “IPN” en relación con los servicios que se obliga a prestar o bienes a entregar.
b) Desarrollar los servicios o entregar los bienes que se establecen en la cláusula que antecede, a entera satisfacción del “IPN”, aportando toda su experiencia y capacidad, dedicándole todo el tiempo que sea necesario, garantizando la prestación de los mismos de forma óptima y de manera ininterrumpida en el caso de bienes garantizará su calidad así como el tiempo de entrega.
c) Guardar absoluta confidencialidad con respecto a los datos y documentos que el “IPN” le proporcione para las actividades que desarrolle, ni dar informes a personas distintas a las autorizadas por el “IPN”, y
d) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Contrato.
TERCERA. MONTO DE LOS SERVICIOS.
21 (ESTABLECER EL MONTO DE LOS BIENES O SERVICIOS CORRESPONDIENTES TOMANDO EN CUENTA LA FORMA DE PAGO.)
Este precio quedará firme durante la vigencia del presente contrato y hasta la conclusión total del servicio contratado.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.
El “IPN” se compromete a efectuar el pago de los servicios objeto del presente contrato de la siguiente forma:
*ESPECIFICAR A DETALLE LA FORMA DE LOS PAGOS Y SUS RESPECTIVAS CANTIDADES CON NÚMERO Y LETRA, SUS RETENCIONES, ASÍ COMO LAS FECHAS O LA PERIODICIDAD DEL PAGO.
22 .
Dichos pagos se realizarán contra la prestación del servicio objeto del presente contrato a entera satisfacción del “IPN”, previa presentación de la factura que cumpla con los requisitos fiscales vigentes para este tipo de pago, en la
QUINTA.- PÓLIZA DE SEGURO.
“EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir el costo de los empaques y la póliza de seguro de los bienes que se utilicen en la prestación de los servicios objeto de este contrato, hasta la prestación total de los mismos, por lo que el “IPN” no tendrá ningún tipo de responsabilidad sobre el equipo y medios que el “EL PROVEEDOR” emplee para la prestación del servicio que se realizará dentro de sus instalaciones.
SEXTA. GARANTÍA.
El (LA) “PROVEEDOR” (A)” para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones presentará fianza, cheque certificado o de caja, conforme el “IPN”, le establezca por un 23 % (asentar porcentaje con letra) del monto total de este contrato. Esta garantía deberá ser presentada a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del mismo. Para estos efectos se tiene contemplada como fecha límite
23 .
La fianza deberá incluir la cláusula de sometimiento de la afianzadora al procedimiento de ejecución de la misma, establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y el correspondiente del Código Fiscal de la Federación.
*NOTA. EN EL CASO DE QUE EL DIRECTOR DE LA UNIDAD, ESCUELA O CENTRO, DECIDA EXCEPTUAR DE GARANTÍA AL PROVEEDOR, QUEDA BAJO SU MAS ESTRICTA RESPONSABILIDAD, SUGIRIENDO, ASENTAR EN EL CONTRATO EL TEXTO DE LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
*SEXTA. GARANTÍA.
Con fundamento en los artículos 42 y 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico la 2 , por conducto de su Director (o quien por suplencia corresponda) bajo su más estricta responsabilidad, exceptúa al “PROVEEDOR” de presentar garantía de cumplimiento para el presente contrato.
SÉPTIMA.- PENA CONVENCIONAL.
El “IPN”, conviene con el “PROVEEDOR” en pactar, por atraso en el cumplimiento de las fechas acordadas para prestar el servicio, o por incumplimiento parcial de los bienes o servicios objeto del contrato, una pena del
_24 % del valor total de los servicios dejados de prestar oportunamente, por cada día natural de atraso y su tope máximo será del 24 %, del importe total de los bienes o servicios dejados de prestar o entregados con atraso, mediante el procedimiento que la normatividad politécnica y legislación aplicable determine, en cuyo caso al vencer el término para dar cumplimiento el “IPN”, procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento establecida en la cláusula anterior, y empezará con el proceso de rescisión correspondiente. (NOTA: Lo referente a ejercer la garantía, solo aplicará en el caso de que se otorgue dicha garantía, por lo que en caso contrario se deberá eliminar dicho supuesto y empezar con el proceso de rescisión.)
OCTAVA.- VICIOS OCULTOS.
“El PROVEEDOR” se obliga a responder ante el “IPN” por los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios objeto del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en este contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El “IPN” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien cuando de acuerdo a sus necesidades no requiera los bienes o servicios originalmente pactados, asimismo podrá darlo por terminado cuando se demuestre que de continuar con el cumplimiento del contrato, se ocasionaría un daño o perjuicio o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al mismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, previa notificación por escrito al “PROVEEDOR”, dentro de un término no mayor xx xxxx días naturales a la fecha que el
“IPN” determine para tal terminación.
Derivado de lo anterior se realizarán los ajustes que correspondan, a fin de que el “IPN” pague al “PROVEEDOR” aquellos servicios efectivamente prestados siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del Contrato y previa presentación del recibo o factura que reúna los requisitos xx Xxx.
En cuyo caso el “IPN”, se reserva el derecho de ejecutar las acciones conducentes en el caso de que los servicios proporcionados antes de la terminación, presenten vicios o por su incorrecta ejecución cause a sus intereses daños y/o perjuicios.
DÉCIMA.-MODIFICACIONES
El presente Contrato podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo, de conformidad con los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sólo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito, y firmadas por las partes.
DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN.
Si se dan una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula siguiente, el “IPN” podrá ejercer su derecho de rescisión administrativa, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de que se lleven a cabo las demás acciones legales a que tenga derecho para salvaguarda de sus intereses.
En caso de que el “IPN” determine la rescisión de este Contrato, el “IPN” podrá en función del interés público y de evitar mayores quebrantos patrimoniales, el contratar con un tercero la prestación de servicios objeto del mismo, y conforme a la Ley arriba mencionada.
La firma del presente Contrato implica la aceptación y sometimiento expreso de las partes al procedimiento establecido en esta cláusula.
DÉCIMA SEGUNDA. CAUSAS DE RESCISIÓN
El “IPN” podrá rescindir el presente Contrato, sin responsabilidad para él en los siguientes casos que de manera enunciativa mas no limitativa se señalan:
a) Si el “PROVEEDOR” incumple con cualquiera de los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato y su Anexo Único.
b) Si el “PROVEEDOR” no realiza los servicios con la calidad, eficiencia y especificaciones solicitadas, en las fechas convenidas y conforme al programa de trabajo estipulado en el Anexo Único.
c) Si el “PROVEEDOR” suspende injustificadamente los servicios o no les otorgue la debida atención conforme las instrucciones del “IPN”.
d) Si el “PROVEEDOR” cede total o parcialmente, bajo cualquier titulo, los derechos y obligaciones a que se refiera el Contrato.
e) Si el “PROVEEDOR” no sustituye los servicios que le hubieren sido rechazados.
f) Si el “PROVEEDOR”, no cumpliere con la pena convencional al que fuere obligado para el cumplimiento del presente contrato.
g) Si el “PROVEEDOR”, no otorga la garantía en el tiempo establecido en el presente contrato (NOTA: SI SE EXCEPTUA DE PRESENTAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, SE DEBERÁ ELIMINAR ESTE INSCISO)
h) Cuando las diversas disposiciones aplicables así lo señalen.
DÉCIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN.
El “IPN” en cualquier tiempo podrá suspender temporalmente todo o en parte los servicios contratados por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil, en caso de retraso, xxxx e incumplimiento total o parcial del presente Contrato, debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose por esto a todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse y que aún previéndolo no se pueda evitar, tales como la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. Pero la parte que se le presente cualquiera de las causas arriba citadas, en cuanto le sea posible debe notificar por escrito a la otra, o al término de dicha causa en forma fehaciente.
En tales casos, deberán revisar de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases del convenio de terminación anticipada.
DÉCIMA QUINTA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en favor de “EL PROVEEDOR” no podrán cederse ni subrogarse parcial o totalmente en favor de cualquier otra persona física o moral. La contravención a esta disposición será causa de rescisión.
DÉCIMA SEXTA.- EXCLUSIÓN LABORAL.
El personal designado o contratado por “EL PROVEEDOR” para la prestación de los servicios, estará bajo su dependencia directa y en ningún caso se considerará al “IPN” como patrón sustituto o solidario, quedando liberado de cualquier responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos y/o que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado “B” del artículo 123 Constitucional, Ley del Seguro Social, Ley del INFONAVIT, Ley del ISSSTE y/o cualesquiera otra aplicable, derivada de la prestación de los servicios materia de este contrato
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.
“El PROVEEDOR” mantendrá absoluta confidencialidad con respecto a la información a que tenga acceso derivada del presente contrato, durante su vigencia y aún con posterioridad a la terminación del mismo. Será su responsabilidad exigir a su personal acatar este compromiso de confidencialidad.
DÉCIMA OCTAVA. PLAZO DE EJECUCIÓN.
“El PROVEEDOR” se obliga a iniciar la prestación de sus servicios, el día _25__ y terminarlos el día _25 , de conformidad con lo establecido en el Anexo Único.
**NOTA: LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA NO DEBERÁ SER ANTERIOR A LA FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO, ASIMISMO, LA FECHA DE TÉRMINO DEBERÁ SER COMO MÁXIMO AL 31 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, A MENOS QUE SE CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE POR PARTE DE LA SHCP.
ASIMISMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 148 DEL REGLAMENTO INTERNO, Y 29 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO ORGÁNICO, SE SOLICITA SE ENVÍEN A ESTA INSTANCIA JURÍDICA TODOS LOS CONTRATOS CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE SU VIGENCIA.
DÉCIMA NOVENA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DE LOS SERVICIOS.
El “IPN” acuerda con el “PROVEEDOR” que el seguimiento y verificación de los servicios de su parte, estará a cargo de la 26 la cual designará a una persona quien será responsable de coordinar el libre acceso al personal técnico del “PROVEEDOR” para la prestación de los servicios, siempre y cuando no interrumpa el procedimiento de operación normal y se respeten los sistemas de control y de administración que la misma tenga vigentes para tales efectos.
VIGÉSIMA.- ASUNTOS NO PREVISTOS.
Las partes convienen en que para todo lo no previsto en el presente contrato se sujetarán a lo dispuesto en las Políticas, Bases y Lineamientos del IPN en materia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
VIGÉSIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN.
Para la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato, ambas partes convienen someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros les llegara a corresponder.
Previa lectura y con pleno conocimiento del alcance legal del contenido del presente contrato, las partes lo suscriben, por cuadruplicado en el Distrito Federal a los 27 días del mes de 27 del año dos mil once.
POR EL “IPN” ASENTAR CARGO Y NOMBRE DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA (ASENTAR NOMBRE DEL RESPONSABLE) | POR El “PROVEEDOR” ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL |
REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA
LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX
DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN
EN EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 1 SOLO SE PROCEDE A SU REVISIÓN EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA,
POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS Y PRESUPUESTALES SON RESPONSABLIDAD EXCLUSIVA DEL ARÉA CONTRATANTE.
ESTA ES LA HOJA Y ÚLTIMA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO ENTRE ASENTAR NOMBRE DE LA ECU RESPONSABLE Y REQUIRENTE DEL SERVICIO Y (ASENTAR EL NOMBRE DEL PROVEEDOR)
( 1 ) Asentar el tipo de servicio o nombre del contrato
( 2 ) Asentar nombre de la Escuela, Centro o Unidad requirente del IPN .
( 3 ) Señalar el cargo y nombre completo (sin abreviaturas) del servidor público que representa a la Escuela, Centro o Unidad requirente del IPN.
( 4 ) Asentar nombre de la empresa proveedora con la que se celebra el contrato.
( 5 ) Señalar el nombre completo (sin abreviaturas) del representante legal de la empresa proveedora con quien se celebra el contrato. ( 6 ) Asentar la personalidad de la Escuela, Centro o Unidad requirente, su naturaleza jurídica, forma y fecha de creación.
( 7 ) Señalar los objetivos de la Escuela, Centro o Unidad, conforme a su creación. ( 8 ) Asentar las funciones de la Escuela, Centro o Unidad, conforme a su creación.
( 9 ) Asentar si es Director, Encargado o Interino y el nombre de la Escuela, Centro o Unidad a la que pertenece. ( 10 ) Establecer la fecha (día, mes y año) en que se otorgó el nombramiento por parte de la Directora General.
( 11 ) Establecer los datos del poder notarial.
( 12 ) Asentar la partida correspondiente del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, del ejercicio fiscal correspondiente, armonizando para ello la partida.
( 13 ) Indicar el nombre y cargo de la persona autorizada por área central para la celebración del contrato. ( 14 ) Indicar el domicilio operativo de la unidad requirente.
( 15 ) Asentar datos de los instrumentos de constitución y de registro de la empresa proveedora.
(16) Señalar datos completos del instrumento notarial, a través del cual el representante legal se encuentra autorizado para celebrar contratos. ( 17 ) Referir al objeto social de la empresa, conforme a la documentación soporte.
( 18 ) Asentar el domicilio legal de la empresa.
( 19 ) Asentar el fundamento legal de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios, de acuerdo al tipo de procedimiento de contratación realizado, para el caso de ADJUDICACIÓN DIRECTA: 26 fracción III, 40 y 42; LICITACIÓN PÚBLICA: 26 fracción I, 26 Bis, 28 y 29; PARA EL CASO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS 26 fracción II, 26 Bis, 28,29 y 43)
(20) Indicar el domicilio de la escuela, unidad o instituto donde se prestarán los servicios.
( 21 ) Señalar el monto convenido para pagar a la empresa proveedora de servicios y/o bienes con número y letra, desglosando el IVA que corresponda a la localidad o domicilio y el monto neto total acordados.
( 22 ) Indicar nombre del lugar y ubicación donde se hará el pago.
( 23 ) Asentar el porcentaje que cubrirá la garantía en relación al monto total del contrato, así como la fecha límite para su presentación. ( 24 ) Asentar el porcentaje que cubrirá la pena convencional en relación al monto total del contrato.
( 25 )Indicar fecha (día, mes y año) del inicio y término de la vigencia del contrato.
( 26 ) Asentar el nombre y cargo de la autoridad encargada de la vigilancia y supervisión. ( 27) Asentar fecha de suscripción del contrato.
Llenado.
Notas relevantes. Documentos soporte
5.b.- FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA LAS ESCUELAS, CENTROS Y UNIDADES ACADEMICAS DEL IPN
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, POR CONDUCTO DE ( 1 ), REPRESENTADO(A) EN
( 2 ),
ESTE ACTO POR Y POR LA OTRA, EL C. ( 3 ), PARTES A LAS
QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EL “IPN” Y EL “PRESTADOR”, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
“( 1 )”
I. Declara el “IPN” por conducto de que:
I.1. Es ( 4_ ), quien requiere y se responsabiliza de los servicios
profesionales del “PRESTADOR”.
I.2. Tiene como objetivos, entre otros ( 5 ).
I.3. Entre sus funciones está la de ( 6 ).
I.4. El ( 2 ), es el ( 7 ) de ( 1 ), según consta en el nombramiento de fecha ( 8 ), otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del Instituto Politécnico Nacional (NOTA. En caso de haber sido otorgado dicho nombramiento por el ex - director del IPN, asentar la redacción siguiente “... otorgado a su favor
por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, entonces Director General…”) y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado con fundamento en el artículo 173 fracción XVI del Reglamento Interno y en los términos del Poder Notarial número ( 9 _), de fecha ( 9___) de (__9___) de ( 9___), otorgado ante la fe del Lic. ( 9 _), Notario Público número ( 9 _) del ( 9 ).
*NOTA: LA PARTIDA PRESUPUESTAL AUTORIZADA DEBERÁ DE ESTABLECERSE ACORDE AL NUEVO CLASIFICADOR DEL OBJETO POR EL GASTO 2011).
I.5. Cuenta con la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato, como consta en la Partida Presupuestal No.( 10 ) *(ASENTAR LA PARTIDA AUTORIZADA DE SU PRESUPUESTO O EN SU CASO EL ORIGEN DEL RECURSO PARA CUBRIR ESTA PRESTACIÓN).
I.6. Señala como su domicilio operativo el ubicado en
( 11 _).
I.7. El domicilio legal del Instituto Politécnico Nacional es el ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Colonia Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, en la Ciudad de México Distrito Federal, C. P. 07738.
II. Declara el “PRESTADOR” que:
II.1. Cuenta con la experiencia, conocimientos y recursos necesarios para realizar los servicios objeto de este Contrato, lo cual se corrobora con los documentos que exhibe al representante, responsable de la presente contratación. (Anexar fotocopia de los documentos que avalen su experiencia).
II.2. Tiene capacidad jurídica para contratar y acepta en todos sus términos, los lineamientos, normatividad y políticas conforme a las cuales deberá de prestar los servicios profesionales materia de este Contrato.
II.3. Es de nacionalidad mexicana, estado civil ( 12 ), cuenta con ( 13 ) años de edad y se
encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con el número ( ___14___ ) y para acreditarlo exhibe copia de la cédula de identificación fiscal y aviso de alta como contribuyente. (Anexar la fotocopia correspondiente de la Alta y Cédula Fiscal, así como de su identificación oficial).
*(NOTA.- ESTA DECLARACIÓN ÚNICAMENTE PROCEDERÁ EN EL CASO DE EXTRANJEROS, SUPLIENDO LA ANTERIOR).
*II.3. Es de nacionalidad _(establecer de que nacionalidad es proveniente)__ estado civil ( 12 ), cuenta
con ( 13 ) años de edad y se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con el número ( 14 ) y para acreditarlo exhibe copia de la cédula de identificación fiscal y aviso de alta como contribuyente. Que cuenta con el permiso correspondiente y acredita su estancia legal para prestar los servicios materia de este Contrato al “IPN”, como lo acredita con ( 15 ) expedida por la Secretaría de Gobernación con fecha
( 15 ), de la cual exhibe original y anexa copia fotostática al presente Contrato.
II.4. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en términos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
(Anexar la fotocopia
( 16 ).
II.6. Señala como su domicilio el ubicado en de comprobante de domicilio).
III. Declaran las partes que:
III.1. La adjudicación del presente Contrato se llevo a cabo mediante el Procedimiento de ( 17 ) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 Constitucional, y ( 18 ) de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (PARA EL CASO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O LICITACION ES NECESARIO ASENTAR LOS DATOS DEL FALLO CORRESPONDIENTE).
III.2. El presente contrato se celebra sin vicios en el consentimiento de las partes y licitud en el objeto, sin embargo en el supuesto de no cumplir con lo establecido en la declaración II.4., las partes se sujetarán a lo
establecido en el artículo 2224, 2225 y 2230 del Código Civil Federal.
III.3. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este Contrato y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO.
El “PRESTADOR” se obliga a prestar sus servicios profesionales al “IPN”, los cuales se describen en el Anexo Único que debidamente firmado por ambas partes, formará parte integral del presente Contrato. Estos servicios se prestarán en el Distrito Federal o en el lugar que el “IPN” le indique, mediante las comunicaciones de movilización y
( 2 )
de radicación de ingresos que se le giren, por conducto de DENOMINACIÓN DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD).
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL “PRESTADOR”.
de la (ASENTAR
Para el cumplimiento del presente Contrato el “PRESTADOR” se obliga con el “IPN” a llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Cumplir con las normas establecidas por el “IPN” en relación con los servicios que se obliga a prestar;
b) Desarrollar los servicios que se establecen en la cláusula que antecede, a entera satisfacción del “IPN”, aportando toda su experiencia y capacidad, dedicándole todo el tiempo que sea necesario, garantizando que la prestación de sus servicios se realice en forma óptima y de manera ininterrumpida;
c) Guardar absoluta confidencialidad con respecto a los datos y documentos que el “IPN” le proporcione para las actividades que desarrolle, absteniéndose de dar informes a personas distintas a las autorizadas por el “IPN”; y
d) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Contrato.
TERCERA. MONTO DEL CONTRATO.
Por la prestación de los servicios a que se refiere la Cláusula Primera del presente Contrato, el “PRESTADOR” recibirá como ingresos la cantidad neta de $(ASENTAR LA CANTIDAD NETA A PAGAR CON NÚMERO Y LETRA 00/100, M.N.) (*NOTA: LA CANTIDAD NETA ES EL RESULTADO DE LA APLICACIÓN DE IMPUESTOS Y RETENCIONES A LA CANTIDAD BRUTA, LOS CUALES SON DIFERENTES SEGÚN SEA EL CASO DE
PERSONA FÍSICA, O FÍSICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL) misma que el “IPN” se obliga a cubrir de la siguiente manera:
( PESOS /100 M.N.)
$ ( PESOS /100 M.N.)
La cantidad de
más la cantidad de $ _
, por concepto del __% de IVA,(Se deberá establecer y retener el IVA
$ ( PESOS /100 M.N.)
$ ( PESOS /100 M.N.),
de acuerdo a la normatividad fiscal vigente, considerando las zonas fronterizas y el resto de la República)
reteniéndosele las cantidades concepto del % de ISR y de
de,
por
, por concepto del %
(Asentar la retención de acuerdo a la miscelánea fiscal del ejercicio fiscal correspondiente) de IVA, prorrateada en mensualidades (quincenas) vencidas (*NOTA: PARA EL CASO DE QUE LOS PAGOS SE LLEVEN EN FECHAS DETERMINADAS SE RECOMIENDA ESTABLECER LA FECHA EXACTA EN QUE SE
REALIZARÁN LOS MISMOS) a razón de $ ( /100 M.N.) cada una.
*NOTA: (PARA EL CASO DE PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEBERÁ ESTABLECER LA SIGUIENTE REDACCIÓN)
*Las partes convienen que el precio del servicio, objeto del presente contrato, será de $(SEÑALAR LA CANTIDAD CON LETRA Y NÚMERO /100 M.N.) más la cantidad de $(SEÑALAR LA CANTIDAD CON LETRA Y NÚMERO
/100 M.N.) por concepto del % de Impuesto al Valor Agregado, (Se deberá establecer y retener el IVA de acuerdo a la normatividad fiscal vigente, considerando las zonas fronterizas y el resto de la República) lo que hace la cantidad total de $(SEÑALAR LA CANTIDAD CON LETRA Y NÚMERO /100 M.N.) (ESPECIFICAR LAS RETENCIONES PROCEDENTES ACUERDO A LA NORMATIVIDAD FISCAL VIGENTE) prorrateada en
mensualidades (quincenas) vencidas (para el caso de que los pagos se lleven en fechas determinadas se recomienda establecer la fecha exacta en que se realizarán los mismos) a razón de $ ( /100 M.N.) cada una.
Dicha cantidad no podrá ser modificada durante la vigencia del presente Contrato y será pagada previa presentación del(os) recibo(s) de honorarios o factura(s) que reúna(n) los requisitos fiscales que las leyes vigentes determinen. En caso de que el “PRESTADOR” no presente en tiempo y forma dicha documentación el “IPN” podrá posponer los pagos sin responsabilidad para éste, hasta en tanto no se subsanen dichas omisiones.
( 19 )
Para que proceda el pago, se presentará ante encargada de realizar el pago, el
recibo de honorarios o factura de los ingresos del “PRESTADOR”, anexando una copia del avance al que se refiere la Cláusula Quinta de este Contrato, debidamente autorizado.
En caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CUARTA. LUGAR DE PAGO.
Las partes señalan como lugar de pago, las oficinas de ( 1 ), ubicadas en
( 11 ).
QUINTA. PRESENTACIÓN DEL TRABAJO
El “PRESTADOR” deberá entregar a el “IPN”, por conducto de ( 20 ), el avance del trabajo objeto del presente contrato ( 21 ), mismo que contendrá todas las acciones realizadas en ese lapso, orientadas al cumplimiento de los objetivos del Contrato, o su culminación, en su caso, de las obligaciones a cargo del “PRESTADOR”, a fin de soportar el pago o pagos que corresponda realizar al “IPN” como contraprestación de los servicios prestados, mismo que deberá ser autorizado por el representante del “IPN”, referido en la declaración I.4.
Lo anterior, sin demérito de obligarse a realizar los ajustes o modificaciones que para el mejor cumplimiento del objeto de este instrumento sean acordadas entre las partes y sin que constituyan una sustitución de las obligaciones originalmente pactadas.
SEXTA. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DE LOS SERVICIOS.
El “IPN” podrá en todo tiempo, dar seguimiento al presente instrumento a fin de supervisar y vigilar el cumplimiento de los servicios objeto de este Contrato que se estén brindando en los términos convenidos, a través del
( 20 ), quien podrá dar las instrucciones que estime convenientes para una mejor ejecución, sin que esto implique modificaciones a las obligaciones a cargo del “PRESTADOR”.
De no ajustarse a las características y especificaciones dadas, el “IPN” procederá a aplicar la pena convencional establecida en el presente Contrato y, en su caso, a la rescisión del contrato.
El “IPN” sólo recibirá los servicios objeto de este Contrato, si los mismos hubiesen sido realizados en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en el presente instrumento y su respectivo anexo.
*(NOTA: ASENTAR ESTA CLÁUSULA SOLO EN CASO DE QUE LA NATURALEZA DEL SERVICIO LO EXIJA).
*SÉPTIMA. VIÁTICOS.
Cuando por necesidad de los servicios, el “IPN” requiera que el “PRESTADOR” se traslade en forma transitoria a
un lugar distinto a los señalados en la Cláusula Primera del presente Contrato, el “IPN”, previa comprobación y autorización, le cubrirá los viáticos de conformidad con las tarifas y zonificación correspondiente.
OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL.
Las partes convienen en que el "IPN" no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con el “PRESTADOR”, por lo cual no se le podrá considerar como patrón solidario ni sustituto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, el “PRESTADOR”, exime expresamente al “IPN” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse.
Por lo anterior, las partes reconocen expresamente en este acto que el “IPN” no tiene nexo laboral alguno con el “PRESTADOR”, por lo que éste último libera a el “IPN” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos; así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado “B” del artículo 123 Constitucional, Ley del Seguro Social, Ley del INFONAVIT, Ley del ISSSTE y/o cualesquiera otra aplicable, derivada de la prestación de los servicios materia de este contrato
NOVENA. SERVICIOS NO ESPECIFICADOS.
Si el “PRESTADOR” realiza trabajos que no se encuentren especificados en el presente Contrato o su anexo, o que no hayan sido expresamente ordenados por el “IPN”, independientemente de las responsabilidades en que incurra por su ejecución, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. Los trabajos realizados en este contexto, quedarán en beneficio del “IPN”.
DÉCIMA. MODIFICACIONES.
El presente Contrato podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo, de conformidad con los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sólo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas por las partes.
DÉCIMA PRIMERA. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
El “PRESTADOR” está de acuerdo y reconoce que al “IPN” le corresponde toda propiedad y dominio de los derechos patrimoniales que pudieran resultar en virtud de la prestación de los servicios objeto del presente Contrato, sin embargo el Instituto Politécnico Nacional reconocerá al “PRESTADOR” su calidad de autor o inventor, quedando el “PRESTADOR” obligado a celebrar con el Instituto Politécnico Nacional los instrumentos que conforme a derecho sean necesarios para este propósito.
DÉCIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD.
El “PRESTADOR”, se obliga a no divulgar por cualquier medio impreso, electrónico, conferencias o publicidad la información, datos, informes o documentos a que tenga acceso derivados de la prestación objeto del presente Contrato por ser propiedad exclusiva del Instituto Politécnico Nacional; esta obligación subsistirá aún después de haber terminado sus servicios.
En caso de contravenir el “PRESTADOR” esta disposición, el Instituto Politécnico Nacional se reserva el derecho de rescindir el presente Contrato y aplicar la pena correspondiente, por incumplimiento con independencia de las demás acciones judiciales que pueda ejercitar en su contra.
DÉCIMA TERCERA. CASO FORTUITO.
Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil, en caso de retraso, xxxx e incumplimiento total o parcial del presente Contrato, debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose por esto a todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse y que aún previéndolo no se pueda evitar, tales como la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.
En tales casos, deberán revisar de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación anticipada.
DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA.
al (
22 ).
( 22 )
El presente Contrato empezará a surtir sus efectos a partir del
*NOTA: LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA NO DEBERÁ SER ANTERIOR A LA FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO, DE IGUAL MANERA, LA FECHA DE TÉRMINO DEBERÁ SER COMO MÁXIMO AL 31 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, A MENOS QUE SE CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE POR PARTE DE LA SHCP.
ASIMISMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 148 DEL REGLAMENTO INTERNO, Y 29 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO ORGÁNICO, SE SOLICITA SE ENVÍEN A ESTA INSTANCIA JURÍDICA TODOS LOS CONTRATOS CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE SU VIGENCIA.
Concluida la vigencia del presente Contrato, no podrá haber prórroga automática por el simple transcurso del tiempo y terminará sin necesidad de darse aviso entre las partes.
DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El “IPN” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien cuando de acuerdo a sus necesidades no requiera los bienes o servicios originalmente pactados, asimismo podrá darlo por terminado cuando se demuestre que continuar con el cumplimiento del contrato se ocasionaría un daño o perjuicio o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al mismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, previa
notificación por escrito al “PRESTADOR”, dentro de un término no mayor xx xxxx días naturales a la fecha que el
“IPN” determine para tal terminación.
Derivado de lo anterior se realizarán los ajustes que correspondan, a fin de que el “IPN” pague al “PRESTADOR” aquellos servicios efectivamente prestados siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del Contrato y previa presentación del recibo o factura que reúna los requisitos xx Xxx.
En cuyo caso el “IPN”, se reserva el derecho de ejecutar las acciones conducentes en el caso de que los servicios proporcionados antes de la terminación, presenten vicios o por su incorrecta ejecución cause a sus intereses daños y/o perjuicios.
DÉCIMA SEXTA. CESIÓN DE DERECHOS.
El “PRESTADOR” no podrá ceder total o parcialmente, temporal o definitivamente los derechos y obligaciones derivadas del presente Contrato, ni hacer ejecutar parcial o totalmente los servicios contratados por tercera persona.
En caso de contravenir lo anterior, será causa de rescisión del presente Contrato, sin necesidad de declaración judicial, ejecutando las medidas necesarias que se deriven del presente contrato y la legislación aplicable.
DÉCIMA SÉPTIMA. GARANTÍA.
El “PRESTADOR” para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones presentará fianza, cheque cruzado, certificado o de caja, a favor de la Tesorería de la Federación, por un 22 % (ASENTAR DICHO PORCENTAJE CON LETRA) del monto total de este contrato. Esta garantía deberá ser presentada a más tardar dentro de los diez (10) días naturales posteriores a la firma del mismo. Para estos efectos se tiene contemplada como fecha límite , de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La fianza deberá incluir la cláusula de sometimiento de la afianzadora al procedimiento de ejecución de la misma, establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y el correspondiente del Código Fiscal de la Federación.
*(ESTA CLÁUSULA SOLO PROCEDE PARA EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS Y EN CASO DE QUE EL TITULAR DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD ASÍ LO DETERMINE BAJO SU RESPONSABILIDAD, LA EXCEPCIÓN A LA GARANTÍA PROCEDERÁ MEDIANTE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA DE ACUERDO AL 41, FRACCIONES IV, XI y XIV Y DE CONFORMIDAD A LOS MONTOS SEGÚN EL ARTÍCULO 42 AMBOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
*DÉCIMA SÉPTIMA. GARANTÍA.
Con fundamento en el artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el titular del ( 1 ) exceptúa al “PRESTADOR” de presentar fianza para garantizar el cumplimiento del
presente contrato.
DÉCIMA OCTAVA. PENA CONVENCIONAL.
El “IPN”, conviene con el “PRESTADOR” en pactar, por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para prestar el servicio, o por incumplimiento parcial de los bienes o servicios objeto del contrato, una pena del % (ASENTAR CON LETRA EL PORCENTAJE) del valor total de los servicios dejados de prestar oportunamente, por cada día natural de atraso y su tope máximo será del 23 % (ASENTAR CON LETRA EL PORCENTAJE), del importe total de los bienes o servicios dejados de prestar o entregados con atraso, mediante el procedimiento que la normatividad politécnica y legislación aplicable determine, en cuyo caso al vencer el término para dar cumplimiento el IPN, procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento establecida en la cláusula anterior
*(NOTA: EN CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA SE DEBERÁ SUPRIMIR ESTA PARTE), y empezará con el
proceso de rescisión correspondiente.
DÉCIMA NOVENA. VICIOS OCULTOS
Asimismo, el “PRESTADOR” queda obligado ante el “IPN” a responder de los defectos y vicios ocultos de bienes y/o de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos de la legislación aplicable.
VIGÉSIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN.
El “IPN” podrá rescindir el presente Contrato, sin responsabilidad para ella en los siguientes casos que de manera enunciativa mas no limitativa se señalan:
a) Si el “PRESTADOR” incumple con cualquiera de los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato y su Anexo Único.
b) Si el “PRESTADOR” no realiza los servicios con la calidad, eficiencia y especificaciones solicitadas, en las fechas convenidas y conforme al programa de trabajo estipulado en el Anexo Único.
c) Si el “PRESTADOR” suspende injustificadamente los servicios o no les otorgue la debida atención conforme las instrucciones del “IPN”.
d) Si el “PRESTADOR” cede total o parcialmente, bajo cualquier titulo, los derechos y obligaciones a que se refiera el Contrato.
e) Si el “PRESTADOR” no sustituye los servicios que le hubieren sido rechazados.
f) Si el “PRESTADOR”, no cumpliere con la pena convencional al que fuere obligado para el cumplimiento del presente contrato.
i) Si el “PROVEEDOR”, no otorga la garantía en el tiempo establecido en el presente contrato (NOTA: SI SE EXCEPTUA DE PRESENTAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, SE DEBERÁ ELIMINAR ESTE INSCISO)
g) Cuando las diversas disposiciones aplicables así lo señalen.
VIGÉSIMA PRIMERA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.
Si se dan una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula que antecede, el “IPN” podrá ejercer su derecho de
rescisión administrativa, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de que se lleven a cabo las demás acciones legales a que tenga derecho para salvaguarda de sus intereses.
En caso de que el “IPN” determine la rescisión de este Contrato, el “IPN” podrá en función del interés público y de evitar mayores quebrantos patrimoniales, el contratar con un tercero la prestación de servicios objeto del mismo, y conforme a la Ley arriba mencionada.
La firma del presente Contrato implica la aceptación y sometimiento expreso de las partes al procedimiento establecido en esta cláusula.
VIGÉSIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN.
Las partes manifiestan que el presente Contrato es producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su cumplimiento, pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o cumplimiento se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio, presente o futuro, les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcance legal lo firman por cuadruplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 24__ días del mes de 24 del año dos mil once.
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL (ASENTAR EL NOMBRE DEL DIRECTOR Y DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD RESPONSABLE QUE REQUIERE DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES) RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE) | POR EL PRESTADOR (ASENTAR NOMBRE COMPLETO DEL PRESTADOR, EMPEZANDO POR EL NOMBRE) |
COTEJO JURÍDICO
LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
ENCARGADO DE LA DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL NORMATIVO
EN EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES SOLO SE PROCEDE A SU COTEJO EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, ASÍ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS Y PRESUPUESTALES SON RESPONSABLIDAD EXCLUSIVA DEL ARÉA CONTRATANTE.
ESTA ES LA HOJA Y
( 1
ÚLTIMA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE
) Y ( 3 )
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES
( 1 ) Asentar nombre de la unidad requirente del IPN .
( 2 ) Señalar el cargo y nombre completo (sin abreviaturas) del servidor público que representa a la unidad requirente del IPN.
( 3 ) Señalar el nombre completo (sin abreviaturas) de la persona física con quien se celebra el contrato y a quien se otorgará el carácter de “Prestador”.
( 4 ) Asentar la personalidad de la unidad requirente, su naturaleza jurídica, forma y fecha de creación. ( 5 ) Señalar los objetivos de la unidad, conforme a su creación.
( 6 ) Asentar las funciones de la unidad, conforme a su creación. ( 7 ) Asentar si es Director, Encargado o Interino.
( 8 ) Establecer la fecha (día, mes y año) en que se otorgó el nombramiento por parte de la Directora General. ( 9 ) Establecer los datos del poder notarial.
( 10 ) Asentar la partida correspondiente del capítulo de servicios personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, armonizando para ello la partida. Si se trata de recursos propios u obtenidos a través de créditos externos, asentar los datos del oficio en que conste la disponibilidad presupuestaria.
( 11 ) Asentar el domicilio operativo de la unidad requirente.
( 12 ) Asentar el estado civil del “Prestador” con quien se celebra el contrato. ( 13 ) Asentar la edad del “Prestador” con quien se celebra el contrato.
( 14 ) Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del “Prestador ”, incluyendo su homonimia.
( 15 ) Indicar el documento con el que acredita su estancia y actividades a desarrollar dentro del país, estableciendo la fecha en que le fue emitida (día, mes y año). La unidad deberá asegurarse que reúne los requisitos y condiciones establecidas en la Ley General de Población y, en su caso, en la Ley de Nacionalidad
( 16 ) Asentar el domicilio del “Prestador”.
( 17 ) Indicar mediante que procedimiento se está llevando a cabo la contratación: adjudicación directa, licitación pública ó invitación a cuando menos tres personas.
(18) Asentar el fundamento legal de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios, de acuerdo al tipo de procedimiento de contratación realizado. para el caso de ADJUDICACIÓN DIRECTA: 26 fracción III, 40 y 42; LICITACIÓN PÚBLICA: 26 fracción I, 26 Bis, 28 y 29; PARA EL CASO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS 26 fracción II, 26 Bis, 28,29 y 43)
( 19 ) Asentar la Autoridad correspondiente encargada de realizar el pago.
( 20) Asentar el cargo y nombre del Responsable de la supervisión y vigilancia.
( 21 ) Asentar la periodicidad de la presentación del avance. El periodo que se establezca deberá de homologarse con los plazos de pago (mensual, quincenal, etc.).
( 22 ) Asentar el porcentaje de la garantía establecida para el cumplimiento del contrato. ( 23 ) Asentar el porcentaje de la pena convencional establecida.
( 24 ) Indicar fecha (día, mes y año) del inicio y término de la vigencia del contrato.
Llenado.
Notas relevantes.
Documentación que deberá anexarse al contrato
5.c.- FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
PARA LAS ESCUELAS, CENTROS Y UNIDADES ACEDEMICAS
QUE PRETENDAN PAGAR CON RECURSOS AUTOGENERADOS QUE INGRESEN AL FONDO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL IPN.
CONTRATO No.: | ÁREA SOLICITANTE: |
REQUISICIÓN No.: |
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ( 1 ), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, POR CONDUCTO DEL(A) ( 2 ) REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ( 3 ), Y POR LA OTRA, ( 4 ) REPRESENTADO (A) EN ESTE ACTO POR ( 5 ), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL “IPN” Y “EL PROVEEDOR”, RESPECTIVAMENTE, SUJETÁNDOSE A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
“( 2 )”
I. Declara el “IPN” por conducto de que:
I.1. Es ( 6 ), quien requiere y se responsabiliza de los servicios
profesionales del “PROVEEDOR”.
I.2. Tiene como objetivos, entre otros ( 7 ).
I.3. Entre sus funciones está la de ( 8 ).
( 10 )
( 9 )
( 3 )
I.4. El
nombramiento de fecha
, es el
de ( 2 ), según consta en el
, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx
Xxxx, Directora General del Instituto Politécnico Nacional (NOTA. En caso de haber sido otorgado dicho nombramiento por el ex - director del IPN, asentar la redacción siguiente “... otorgado a su favor
por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, entonces Director General…”) y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado con fundamento en el artículo 173 fracción XVI del Reglamento Interno y en los términos del Poder Notarial número ( 11 ), de fecha (__11 ) de (__11 ) de ( 11 ), otorgado ante la fe del Lic. (__11 ), Notario Público número ( 11 ) del (__11 ).
I.5. Cuenta con un Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico creado en términos de lo establecido por el artículo 50 de la Ley de Ciencia y Tecnología cuyos fines son, entre otros, los de regular la aplicación y destino de los recursos que se obtienen por los proyectos vinculados que realiza el “IPN”, el cual para efectos del presente Contrato señala como R.F.C. FIC000330LK9.
( 12 )
I.6. Cuenta con los recursos necesarios para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato, como consta en
( 13 )
I.7. Señala como su domicilio operativo el ubicado en
I.8. El domicilio legal del Instituto Politécnico Nacional es el ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Colonia Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, en la ciudad de Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000.
II. Declara el “PROVEEDOR” que:
II.1. Es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como se desprende de la copia fotostática de la escritura pública ( 14 )
II.2. Comparece representado en este acto a través del ( 5 ), en su carácter de ( 5 ), como lo acredita con copia fotostática de la escritura pública ( 15 ) quien declara “bajo protesta de decir verdad” que las facultades conferidas no le han sido modificadas ni revocadas en forma alguna.
II.3. Tiene por objeto entre otros: ( 16 )
II.4. Su RFC es ( 17 ) y declara que se obliga a cubrir bajo su más estricta responsabilidad los impuestos que se generen con motivo del presente contrato, conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
II.5. Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra inhabilitado (a) para la celebración de Contratos con la Administración Pública Federal.
II.6. Declara bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o cargas fiscales.
II.7. Cuenta con los recursos materiales y humanos para cumplir en forma debida con las obligaciones contraídas con motivo del presente contrato.
II.8. Se obliga a prestar los servicios contratados con todos los medios técnicos, manuales, de personal, capacitación y equipo a su alcance, siguiendo las técnicas más adelantadas aplicables y las instrucciones que con relación a ellos le gire el “IPN”.
II.9. Para los efectos legales del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en ( 18 )
(Es necesario adjuntar la documentación soporte que acredite la información establecida en las declaraciones, II.1, II.2 , II.3; II.4 y II.7)
III. Declaran las partes que:
III.1. El presente contrato se celebra sin vicios en el consentimiento y licitud en el objeto, sin embargo en el supuesto de no cumplir con lo establecido en la declaración II.4., las partes se sujetarán a lo establecido en el artículo 10, 1795, 2228 y 2230 del Código Civil Federal.
III.2. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este Contrato y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.
El “IPN” por conducto de ( 2 ) encomienda a EL “PROVEEDOR””, los servicios de ( 1 ), conforme a la oferta técnica y económica que presentó al Instituto Politécnico Nacional y que se estipula en el Anexo Único del presente contrato, que debidamente firmado por las partes se agrega como parte integral del mismo.
El lugar donde se llevarán a cabo los servicios contratados es el ubicado en ( 13 ) para lo cual el representante referido en la declaración I.4., se compromete a facilitar el acceso al o los inmuebles descritos y a proporcionarle los oficios para su ingreso que en su caso se requieran.
El “PROVEEDOR” se obliga a prestar sus servicios profesionales al “IPN”, los cuales se describen en el Anexo Único que debidamente firmado por ambas partes, formará parte integral del presente Contrato. Estos servicios se prestarán en el Distrito Federal o en el lugar que el “IPN” le indique, mediante la comunicación de movilización y de radicación de ingresos que se le giren, por conducto de ( 3 ) de la “( 2 )”.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Para el cumplimiento del presente Contrato el “PROVEEDOR” se obliga con el “IPN” a llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Cumplir con las normas establecidas por el “IPN” en relación con los servicios que se obliga a prestar o bienes a entregar.
b) Desarrollar los servicios o entregar los bienes que se establecen en la cláusula que antecede, a entera satisfacción del “IPN”, aportando toda su experiencia y capacidad, dedicándole todo el tiempo que sea necesario, garantizando la prestación de los mismos de forma óptima y de manera ininterrumpida en el caso de bienes garantizará su calidad así como el tiempo de entrega.
c) Guardar absoluta confidencialidad con respecto a los datos y documentos que el “IPN” le proporcione para las actividades que desarrolle, ni dar informes a personas distintas a las autorizadas por el “IPN”, y
d) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Contrato.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO.
(ESTABLECER EL MONTO DE LOS BIENES O SERVICIOS CORRESPONDIENTES TOMANDO EN CUENTA LA FORMA DE PAGO.)
Este precio quedará firme durante la vigencia del presente contrato y hasta la conclusión total del servicio contratado.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.
El “IPN” se compromete a efectuar el pago de los servicios objeto del presente contrato de la siguiente forma:
ESPECIFICAR A DETALLE LA FORMA DE LOS PAGOS Y SUS RESPECTIVAS CANTIDADES CON NÚMERO Y LETRA, SUS RETENCIONES, ASÍ COMO LAS FECHAS O LA PERIODICIDAD DEL PAGO.
Dichos pagos se realizarán contra la prestación del servicio objeto del presente contrato, previa presentación de la factura que cumpla con los requisitos fiscales vigentes para este tipo de pago, en la ( 19 )
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE INFORME (S)
El PROVEEDOR deberá entregar al “IPN”, por conducto de( 19 )), el informe con el avance del trabajo objeto del presente contrato ( 20 ) (NOTA: DEBERA COINCIDIR CON LA VIGENCIA) mismo que contendrá todas
las acciones realizadas en ese lapso, orientadas al cumplimiento de los objetivos del Contrato, o su culminación, en su caso, de las obligaciones a cargo del PROVEEDOR a fin de soportar el pago o pagos que corresponda realizar al “IPN” como contraprestación de los servicios prestados, mismo que deberá ser autorizado por el representante del “IPN”, referido en la declaración I.4.
Lo anterior, sin demérito de obligarse a realizar los ajustes o modificaciones que para el mejor cumplimiento del objeto de este instrumento sean acordadas entre las partes y sin que constituyan una sustitución de las obligaciones originalmente pactadas.
SEXTA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DE LOS SERVICIOS.
( 19 ),
El “IPN” podrá en todo tiempo, dar seguimiento al presente instrumento a fin de supervisar y vigilar el cumplimiento de los servicios objeto de este Contrato que se estén brindando en los términos convenidos, a través del
quien podrá dar las instrucciones que estime convenientes para una mejor ejecución, sin que esto implique modificaciones a las obligaciones a cargo del PROVEEDOR
De no ajustarse a las características y especificaciones dadas, el “IPN” procederá a aplicar la pena convencional establecida en el presente Contrato y, en su caso, a la rescisión del mismo.
El “IPN” sólo recibirá los servicios objeto de este Contrato, si los mismos hubiesen sido realizados en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en el presente instrumento y su respectivo anexo.
SEPTIMA.- PÓLIZA DE SEGURO.
“EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir el costo de los empaques y la póliza de seguro de los bienes que se utilicen en la prestación de los servicios objeto de este contrato, hasta la prestación total de los mismos, por lo que el “IPN” no tendrá ningún tipo de responsabilidad sobre el equipo y medios que el “EL PROVEEDOR” emplee para la prestación del servicio que se realizará dentro de sus instalaciones.
OCTAVA.- GARANTÍA.
El PROVEEDOR para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones presentará fianza, cheque certificado o de
caja, a favor del (IPN / FONDO) por un total de este contrato. Esta garantía
22 % (ASENTAR DICHO PORCENTAJE CON LETRA)
deberá ser presentada a más tardar dentro de los diez días
del monto naturales
posteriores a la firma del mismo. Para estos efectos se tiene contemplada como fecha límite
.
La fianza deberá incluir la cláusula de sometimiento de la afianzadora al procedimiento de ejecución de la misma, establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y el correspondiente del Código Fiscal de la Federación.
NOTA. EN EL CASO DE QUE EL DIRECTOR DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD, DECIDA EXCEPTUAR DE GARANTÍA AL PROVEEDOR, QUEDA BAJO SU MAS ESTRICTA RESPONSABILIDAD, SUGIRIENDO, ASENTAR EN EL CONTRATO EL TEXTO DE LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
*OCTAVA.- GARANTÍA.
La ( 2 ), por conducto del ( 3 ), bajo su más estricta responsabilidad, exceptúa al “PROVEEDOR” de presentar garantía de cumplimiento para el presente contrato.
NOVENA.- PENA CONVENCIONAL.
En caso de incumplimiento de las obligaciones que contrae el “PROVEEDOR” en virtud de este Contrato, el “IPN” podrá optar por exigir la rescisión o el cumplimiento del mismo, más el pago en ambos casos de la pena convencional que aquí se pacta, sin necesidad de previa interpelación judicial.
La pena convencional podrá ser compensatoria o moratoria y en ningún caso podrá exceder cada una del importe de la obligación principal. La primera se pagará al “IPN” por el incumplimiento total de la obligación que conlleve a la rescisión legal del Contrato; la segunda, es consecuencia del retraso o del indebido cumplimiento, de acuerdo a lo que dispone el Código Civil Federal en vigor, en sus artículos 1840, 1844 y 1846.
En lo que se refiere a las penas convencionales moratorias, si “PROVEEDOR” cumple con retraso o cumple en forma indebida cualquiera de las obligaciones pactadas, el “IPN” notificará a “PROVEEDOR” con efectos de requerimiento, para que atienda y resuelva la falla u omisión de que se trate; si “PROVEEDOR” persistiere en la xxxx o no reparara su indebido cumplimiento, se generará entonces automáticamente a cargo de “PROVEEDOR”, una pena equivalente al 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) sobre el monto total del Contrato.
Si continuare el incumplimiento por “PROVEEDOR” en forma total o parcial, o en forma indebida, el “IPN” podrá rescindir el presente Contrato, aplicando una pena compensatoria igual al 5% (CINCO POR CIENTO) del monto total del Contrato.
En el supuesto de que el “IPN” tuviera algún adeudo pendiente con “PROVEEDOR” en virtud de este Contrato, las partes están de acuerdo en que el importe de la pena convencional correspondiente se compensará con el adeudo.
DÉCIMA.- VICIOS OCULTOS.
Asimismo, El “PROVEEDOR” queda obligado ante el “IPN” a responder de los defectos y vicios ocultos de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA PRIMERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El presente Contrato empezará a surtir sus efectos a partir del ( 21 )
**NOTA: LA FECHA DE FIRMA NO DEBERÁ SER POSTERIOR A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA, ASIMISMO SE SOLICITA VERIFICAR LAS FACULTADES DEL DIRECTOR DE LA ESCUELAS, CENTROS Y UNIDADES EN CONCORDANCIA CON LA FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO Y SU VIGENCIA.
ASIMISMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 148 DEL REGLAMENTO INTERNO, Y 29 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO ORGÁNICO, SE SOLICITA SE ENVÍEN A ESTA INSTANCIA JURÍDICA TODOS LOS CONTRATOS CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE SU VIGENCIA.
DÉCIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El “IPN” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato cuando concurran razones de interés general, o bien cuando de acuerdo a sus necesidades no requiera los bienes o servicios originalmente pactados, asimismo podrá darlo por terminado cuando se demuestre que continuar con el cumplimiento del contrato se ocasionaría un daño o perjuicio o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al mismo, previa notificación por escrito al “PROVEEDOR”, dentro de un término no mayor xx xxxx días naturales a la fecha que el “IPN” determine para tal terminación.
Derivado de lo anterior se realizarán los ajustes que correspondan, a fin de que el “IPN” pague al “PROVEEDOR” aquellos servicios efectivamente prestados siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del Contrato y previa presentación del recibo o factura que reúna los requisitos xx Xxx.
En cuyo caso el “IPN”, se reserva el derecho de ejecutar las acciones conducentes en el caso de que los servicios proporcionados antes de la terminación, presenten vicios o por su incorrecta ejecución cause a sus intereses daños y/o perjuicios.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES
El presente Contrato podrá ser modificado de común acuerdo dichas modificaciones sólo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y debidamente firmadas por las partes.
DÉCIMA CUARTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.
El “IPN” podrá rescindir el presente Contrato, sin responsabilidad para él en los siguientes casos que de manera enunciativa más no limitativa se señalan:
a) Si El “PROVEEDOR” incumple con cualquiera de los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato y su Anexo Único.
b) Si El “PROVEEDOR” no realiza los servicios en las fechas convenidas y conforme al programa de trabajo estipulado en el Anexo Único.
c) Si El “PROVEEDOR” suspende injustificadamente los servicios.
d) Si El “PROVEEDOR” cede total o parcialmente, por cualquier título los derechos y obligaciones a que se refiere el contrate.
e) Si El “PROVEEDOR” no sustituye los servicios que le hubieren sido rechazados.
f) Si El “PROVEEDOR”, no cumpliere con la (s) pena (s) convencional (es) a los que fuere obligado para el cumplimiento del presente contrato.
g) Si El “PROVEEDOR”, no otorga la garantía en el tiempo establecido en el presente contrato. (NOTA: SI SE EXCEPTÚA DE PRESENTAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, SE DEBERÁ ELIMINAR ESTE INCISO.)
h) Cuando las diversas disposiciones aplicables así lo señalen.
DÉCIMA QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.
Si se dan una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula que antecede, el “IPN” podrá ejercer su derecho de rescisión por incumplimiento de las obligaciones del “PROVEEDOR” a través del siguiente procedimiento:
A. Se iniciará a partir de que el “PROVEEDOR” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de tres días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
B. Transcurrido el término a que se refiere párrafo que antecede, el titular de la ( 2 )
resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer; el “PROVEEDOR”.
C. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al “PROVEEDOR” dentro de los ocho días hábiles.
D. Cuando se rescinda el contrato el (LA) ( 2 ) realizara los ajustes que correspondan a efecto de que pague al “PROVEEDOR” aquellos servicios efectivamente prestados siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto, previa presentación del recibo o factura que corresponda, descontando en todo caso el porcentaje de la pena convencional correspondiente.
X. Xx de manera previa a la determinación de dar por rescindido el contrato, se diera cumplimiento a las obligaciones incumplidas, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación del (la) titular del (la) ( _2 ) de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
En caso de que el “IPN” determine la rescisión de este Contrato, el “IPN” podrá en función del interés público y de evitar mayores quebrantos patrimoniales, el contratar con un tercero la prestación de servicios objeto del mismo.
La firma del presente Contrato implica la aceptación y sometimiento expreso de las partes al Procedimiento establecido en esta cláusula.
DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN.
El “IPN” en cualquier tiempo podrá suspender temporalmente todo o en parte los servicios contratados por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA SEPTIMA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil, en caso de retraso, xxxx e incumplimiento total o parcial del presente Contrato, debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose por esto a todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse y que aún previéndolo no se pueda evitar, tales como la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. Pero la parte que se le presente cualquiera de las causas arriba citadas, en cuanto le sea posible debe notificar por escrito a la otra, o al término de dicha causa en forma fehaciente.
En tales casos, deberán revisar de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases del convenio de terminación anticipada.
DÉCIMA OCTAVA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
El “PROVEEDOR” está de acuerdo y reconoce que al “IPN” le corresponde toda propiedad y dominio de los derechos patrimoniales que pudieran resultar en virtud de la prestación de los servicios objeto del presente