CONDICIONES ESPECIALES
Anejo #13
CONDICIONES ESPECIALES
SUBASTA NÚM. 2022-048
Mejora Pública-Servicios de Escarificado y Aplicación de Asfalto en Calles, Caminos y
Carreteras del Municipio Autónomo de San Xxxx-Fase II Gobierno de Puerto Rico
(1) Los materiales, artículos, equipos y/o servicios serán entregados o realizados en el sitio o sitios especificados en el contrato en su totalidad o por entregas parciales.
(2) Las especificaciones de esta subasta son descriptivas y no restrictivas. Nuestro propósito es indicar la calidad de los materiales, artículos, equipos y/o servicios que serán aceptados.
(3) Las cantidades en este contrato (a no ser que se especifique cantidades indeterminadas) han sido determinadas a base de un estudio de los distintos organismos municipales para el período que ha de cubrir esta subasta. Por lo tanto, no deben considerarse exactas. El Municipio de San Xxxx (Municipio), se reserva el derecho de ordenar cantidades adicionales. El licitador agraciado tendrá la obligación de proveer las cantidades adicionales al precio pactado en esta subasta hasta finalizar el período de vigencia contractual.
(4) El licitador agraciado será responsable del pago de las contribuciones, los derechos, las licencias, los arbitrios de construcción y otros que imponga el Municipio de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 107-2020, según enmendada, Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020).
(5) El Municipio se reserva el derecho de acogerse a cualquier descuento por pronto pago. Los descuentos por puntualidad en el proceso en el pago no se utilizarán para fines de la evaluación de las ofertas en el proceso de adjudicación de la subasta. Solamente se tomarán en consideración en el proceso de pago.
(6) Muestras: Se requerirán muestras de calidad y compactación durante los trabajos. La compañía contratada deberá mantener los estándares vigentes para este tipo de proyecto. Igualmente podrán solicitarse muestras para otros renglones en los cuales el licitador haya cotizado, según aplique. El Municipio se reserva el derecho de rechazar cualquier proposición para la cual el licitador no pueda presentarlas al momento de ser requerida. Las muestras serán sometidas libre de gastos para el Municipio.
(7) Garantía y Servicio Ofrecido: La garantía será de un (1) año, a partir de la fecha de terminación de cada Orden de Trabajo. Si el Contratista no cumple con la responsabilidad de reparar los trabajos realizados bajo la garantía establecida, el Municipio podrá proceder con la reparación de los trabajos a su costo y podrá deducir el costo correspondiente de cualquier deuda que tuviera con el contratista o proceder con los remedios legales pertinentes. Igualmente, la fianza que garantiza la ejecución del contrato podrá responder por la mencionada suma de dinero.
(8) El licitador o licitadores contratados ofrecerán los servicios por obra o fase de trabajo, según solicite el Municipio, conforme a los precios unitarios licitados. Las obras o fases de trabajo objeto del proyecto se realizarán previa presentación de una Orden de Trabajo (Work Order), emitida por el Municipio. La Orden de Trabajo estará firmada por el funcionario delegado y detallará el trabajo a realizarse, las dimensiones físicas del área de trabajo, el tiempo para completarlo, daños líquidos y un desglose
del costo total del trabajo conforme a los precios unitarios licitados. El lugar de trabajo se identificará por nombre y coordenadas.
Previo al curso de la Orden de Trabajo, el Municipio y el licitador o licitadores contratados visitarán el lugar donde se llevará a cabo el proyecto, cotizarán los trabajos de acuerdo con los precios unitarios licitados y acordarán el tiempo para completarlos.
Una vez emitida la Orden de Trabajo, el licitador o licitadores contratados tendrán un periodo xxxxxx xx xxxx (10) para comenzar la obra, sujeto a la imposición de multas o penalidades por el retraso o incumplimiento.
El Municipio retendrá un diez por ciento (10%) de cada pago parcial hasta que se termine la obra según autorizada en la Orden de Trabajo y esta sea inspeccionada y aceptada por el MASJ. El licitador o licitadores contratados evidenciarán el pago de suplidores de material y obreros, pólizas de la Corporación del Fondos del Seguro del Estado, patentes y arbitrios municipales.
(9) Danos Líquidos: Para efectos de la aplicación de multas o penalidades por retraso o incumplimiento de los trabajos contratados, y de acuerdo con lo establecido en los pliegos de esta subasta, los daños líquidos se establecen a razón de mil dólares ($1,000) por cada día calendario, hasta que el proyecto esté sustancialmente completado de conformidad con los términos y condiciones del contrato. Los daños líquidos serán computados por cada obra o fase de trabajo, según la Orden de Trabajo emitida por el Municipio.
(10) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA AL LICITADOR AGRACIADO PARA FORMALIZAR SU CONTRATO: El licitador al que se le otorgue la buena pro deberá entregar los siguientes documentos dentro de los próximos cinco (5) días contados a partir de la fecha de la Notificación del Aviso de Adjudicación (Queda entendido que la adjudicación de esta subasta, estará condicionada a la entrega de los documentos solicitados dentro del tiempo establecido, ENTENDIÉNDOSE que si no cumple con esta condición quedará sin efecto la adjudicación y se procederá a la confiscación de la Fianza de Licitación):
(10.1) Fianza de Cumplimiento o Ejecución (“Performance Bond”): (En original)
El licitador agraciado con la buena pro proveerá una fianza de cumplimiento o ejecución por una suma equivalente al cien por ciento (100%) del monto del contrato, para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y obtendrá un “Certificate of Continuance” de la póliza con por lo menos treinta
(30) días de antelación a la fecha de expiración. Esta fianza puede ser suministrada en cheque certificado, giro o garantía de una compañía aseguradora "Bid Bond" pagadero al Municipio de San Xxxx. Incluso el pago de la fianza puede efectuarse en efectivo, Visa, Master Card o Tarjeta de Débito (ATH); en la Oficina Municipal de Recaudaciones, localizada en el Primer Piso de la Torre de Gobierno Municipal en la Calle Xxxxxx X. Xxxxxxx, Hato Rey, entre las 8:00 a.m. y 4:00 p.m. La devolución de la fianza de ejecución de contrato prestada en efectivo, cheque o giro será devuelta luego de certificarse que favorablemente ha entregado todo el material, artículo, equipo y/o servicio contratado a través de subasta o RFP. Los licitadores agraciados deberán gestionar sus fianzas a través de una Compañía Aseguradora autorizada para hacer negocios en Puerto Rico, de excelente solvencia económica, con una clasificación de “A-” o mejor y categoría “V” o mejor, en el “Best Insurance Report” a los fines de aceptación por el Municipio.
(10.2) Fianza de Pago (“Payment Bond”) (En original):
Se le requerirá a todo licitador o proponente agraciado con la buena pro la prestación de una Fianza de Pago (“Payment Bond”) por una suma equivalente al cien por ciento (100%) del monto del contrato, con el propósito de garantizar el pago de jornales y materiales que se utilicen en la obra. Esta fianza deberá prestarse no más tarde de la fecha en que se formalicen los documentos contractuales en cheque certificado, oficial o de gerente, emitido por una institución financiera autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, a nombre del Municipio de San Xxxx, o mediante garantía de una compañía de fianzas autorizada a hacer negocios en Puerto Rico.
(10.3) Certificación de Póliza de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.
Esta debe ser endosada para esta subasta en original.
(10.4) Certificación Activa del Registro de Licitadores del Municipio de San Xxxx.
(10.5) Patente Municipal de San Xxxx:
Todo licitador que resulte agraciado con la buena pro, deberá cumplir con el pago de Patente Municipal de San Xxxx, por la cantidad del volumen del negocio que genere esta subasta o RFP.
Esta disposición aplica a todo licitador que sus oficinas radiquen fuera de la jurisdicción del Municipio de San Xxxx. Si las oficinas del licitador agraciado están localizadas en San Xxxx, entonces presentará evidencia de la Certificación de Patente Municipal de San Xxxx para el año fiscal en que firma. Además, deberá presentar la Certificación de No Deuda por concepto de Patente que emite la Oficina de Finanzas Municipales de San Xxxx.
(10.6) Póliza Responsabilidad Pública: (En original)
“Comprehensive General Liability” con endosos de “Products Liability & Completed Operations”, con los siguientes límites:
General Aggregate for Bodily Injury, Personal Injury and Property Damage ... $1,000,000.00
Products & Completed Operations $500,000.00 Per Ocurrence $500,000.00
Fire Damage $100,000.00
Medical Expense $5,000.00
(10.7) Póliza de Seguro de Automóvil:
“Automobile Comprehensive Liability Insurance- Business Auto Policy” con los siguientes límites de responsabilidad pública:
Combined Single Limit Per Accident for Bodily Injury and Property Damage $500,000.00
Medical Payments $5,000.00
(10.8) Estas pólizas incluirán lo siguiente:
• Al Municipio de San Xxxx como Asegurado Adicional (“Additional Insured”);
• El licitador agraciado entregará un Certificado de Xxxxxx (“Certificate of Insurance”) ;
• Las pólizas tendrán un endoso de “Save & Hold Harmless Agreement” donde se le exima de toda responsabilidad al Municipio de San Xxxx por culpa o negligencia del contratista o la Compañía de Seguros.
De vencer sus pólizas de seguro dentro del plazo en que se firma el contrato, tendrá que suplir dichas copias de renovación antes de firmar el contrato; si el vencimiento de las pólizas ocurriese dentro de la vigencia del contrato ó durante el periodo de extensión de la vigencia de este, el licitador contratado tendrá que suplir la renovación de dichas pólizas, por lo menos treinta (30) días antes de la expiración de estas. Además, antes de la firma del contrato, el licitador deberá presentar evidencia del pago de las primas de todos los seguros y de las fianzas o endosos adicionales que haya tenido que hacer a las pólizas de seguros. Esta evidencia se hará mediante una certificación de la compañía de seguros y fianzas donde estipule que dichas primas no han sido financiadas en parte o en su totalidad.
Todas las pólizas de seguros serán radicadas en la Oficina de Subastas en original y tres (3) copias. La compañía de seguros (y así lo hará constar) notificará al Municipio de San Xxxx, con noventa (90) días de antelación a la fecha de cualquier cancelación, cambio o enmienda a las pólizas y fianzas indicadas para garantizar este contrato. Disponiéndose que no se hará ninguna cancelación por falta de pago xx xxxxxx, ya que se le exige certificación de pago xx xxxxxx en su totalidad para la firma del contrato.
(10.9) Al momento de la firma del contrato, el licitador agraciado se obliga a proveer al Municipio, el Certificado de Antecedentes Penales y Certificado del Registro de Ofensores Sexuales, de todos y cada uno de los empleados que prestarán servicio al Municipio. Deberá cumplir, además, con toda Ordenanza Municipal emitida en relación con el COVID-19. El personal del licitador que brinde servicio, tanto al público en general, como al personal municipal, deberá cumplir con toda la reglamentación que exige el Departamento de Salud de Puerto Rico, así como con todos los reglamentos del Departamento del Trabajo, Administración del Seguro Social y todas las demás leyes y reglamentos, tanto federales como estatales, que apliquen al tipo de negocio contratado.
(11) Precio: El precio aceptado para cada partida de este contrato será firme durante el período de vigencia de este contrato y cualquier extensión. Los precios de este contrato incluyen costo de arbitrios, flete o acarreo hasta el sitio o sitios especificados por el Municipio, gastos administrativos directos e indirectos, ganancia, y cualquier otro costo de actividades incidentales necesarias para la ejecución de los trabajos a ser contratados.
(12) Constituye elemento esencial para la adjudicación de esta subasta el análisis de solidez económica y moral del licitador por lo que se prohíbe expresamente al licitador agraciado traspasar, transferir, conceder, vender, asignar o de otra forma disponer de los derechos y deberes incluyendo los créditos que el suplidor o contratista adquiera a su favor por este contrato, entendiéndose cesiones de crédito, contrato de refracción industrial y comercial entre otros, a ninguna persona natural o jurídica sin el consentimiento previo y por escrito de la Junta de Subastas.
(13) El Municipio Autónomo de San Xxxx se reserva el derecho de anular y/o resolver la adjudicación de cualquier subasta en la eventualidad de que el licitador agraciado se acoja a cualquier procedimiento de quiebra bajo el código de Quiebra de los Estados Unidos de América. En este caso la fianza de ejecución de contrato responderá por cualquier daño o gasto que incurra el Municipio Autónomo de San Xxxx.
(14) En caso de que el (los) postor (es) favorecido (s) no aceptase (n) la buena pro de la subasta, se le confiscará la Fianza de Licitación prestada por éste, reservándose la Junta de Subastas el derecho de adjudicar la buena pro al segundo o próximo licitador que cumpla con las especificaciones y condiciones de la subasta.
(15) Vigencia o Período Contractual: La vigencia del contrato será a partir del otorgamiento del contrato hasta el 30 xx xxxxx de 2023. Este contrato podrá extenderse por un año adicional siempre y cuando existan los recursos fiscales en el presupuesto del año fiscal correspondiente y sea aprobado por la Junta de Subastas del Municipio. Cualquier extensión de la vigencia de este contrato conlleva que el suplidor se comprometa a honrar las condiciones de su contrato original por el nuevo periodo de extensión. La misma será mediante la formalización de Contrato de Extensión y Certificación de Registro en la Oficina del Contralor.
Además, deberá tener actualizados todos los documentos requeridos en el Registro de Licitadores del Municipio Autónomo de San Xxxx y mantener las pólizas, seguros y cualquier otro documento requerido en su Aviso de Adjudicación.