AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA CONTRATACION
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LAS PARCELAS DE TERRENO RESULTANTES (5.1, 5.2, 5.3, 5.4), DENOMINADAS EN EL PRESENTE PLIEGO COMO MANZANAS 1, 2, 3 Y 4. DE ACUERDO CON LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº13: “REORDENACIÓN DE XXXXXXX 0, XXXXXX XXX-00 (XXX/XX-0) XX XXXXX XXXXXX”.
X.- XXXXXX.
X) Xx objeto del presente procedimiento la enajenación, por procedimiento abierto, de los bienes Inmuebles que se describen: Parcelas de terreno denominadas 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4, de uso comercial, e industrial como uso compatible, ubicadas en el Sector de Suelo Urbano Consolidado SUC-02 (API/ED-2) de Punta Umbría, todo ello, de acuerdo con los parámetros urbanísticos recogidos en la Modificación Puntual nº 13 del PGOU-Adaptación Parcial, relativa a la reordenación de la Manzana 5 del sector de referencia.
B) Las parcelas objeto del presente pliego, pertenecen, con carácter de bien Patrimonial, a la propiedad del Ayuntamiento de Punta Umbría, y se hallan libres de cargas, gravámenes e inquilinos y ocupantes
C) De igual forma, el Adjudicatario de la Parcela 5.1 (manzana 1), por el hecho de serlo, y formando parte inescindible del Contrato, en las condiciones y con los requisitos establecidos en este Pliego de Cláusulas Administrativas y en el de Prescripciones Técnicas, asume la obligación, a su xxxxx, de ejecutar las obras de Urbanización de todo el ámbito (Tres estapas establecidas en el Proyecto) de acuerdo con las condiciones recogidas en el citado Pliego, documento de Modificación Puntual nº 13 y proyecto de urbanización aprobado. El coste de ejecución de las Obras de urbanización será sufragado por el adjudicatario, con aportación económica del mismo (ya sea con medios propios o mediante financiación ajena).
D) En todo caso, la ejecución de las Obras de Urbanización y de las restantes, deberá realizarse por Empresa que acredite su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia establecido en los art. 74 a 79 del RDLEg 3/2011 de 14 de Noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El adjudicatario de la Parcela 5.1, como obligado a la ejecución de la urbanización, asume, frente a la Administración actuante, la responsabilidad de urbanizar todo el ámbito (Tres estapas establecidas en el Proyecto). A dchos efectos, y en cumplimiento de la legislación contractual, los licitadores deberán aportar obligatoriamente en su oferta (en caso de no ejecutar directamente la Urbanización), la declaración y compromiso firmado de Contratación con la Empresa Urbanizadora encargada de la ejecución directa de las obras, ello al objeto del cumplimiento de los principios de pública concurrencia, y verificación por el Ayuntamiento de los requisitos legales necesarios, asumiendo la totalidad de la responsabilidad de la ejecución frente a esta Administración el adjudicatario, sin perjuicio de las relaciones jurídicas de éste con la empresa urbanizadora/constructora.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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En el caso de no ejecutarse la Urbanización por la empresa propuesta en la oferta y previamente verificada por el Ayuntamiento, el Adjudicatario, para contratar la ejecución de los trabajos con otra empresa distinta, deberá realizar la contratación con cumplimiento de los principios de pública concurrencia y demás establecidos en la normativa de contratación pública que le sea de aplicación, con el control del cumplimiento de dichos requisitos por el Ayuntamiento.
Conforme con todo lo anterir, el adjudicatario de cada parcela será el propietario de la misma y nacerá el derecho a realizar la edificación en las condiciones fijadas por la ordenación urbanística, una vez ejecutada la urbanización y la misma tenga la condición de solar.
E) Las acometidas para el suministro de Saneamiento y Abastecimiento de Agua, Electricidad y Alumbrado Público, Telecomunicaciones, Telefonía y Gas Natural, necesarias para dar servicio a cada una de las Parcelas, quedan definidas en el Proyecto de Urbanización aprobado. En el caso de pretender el adjudicatario efectuar modificaciones o alteraciones en el proyecto, éstas deberán ser autorizadas expresamente por el Ayuntamiento, y correrán por cuenta del adjudicatario en caso que supongan un mayor coste, sin que el Ayuntamiento abone cuantía alguna al respecto. Por otra parte, los centros o armarios de seccionamiento se podrán colocar durante las obras, de manera provisional, en la vía pública, aunque formará parte, como carga de cada parcela, el alojamiento definitivo de los mismos integrados en la planta baja de las fachadas de los edificios.
La demanda de potencia total máxima para la nueva ordenación, se detalla en el cuadro siguiente:
DEMANDA DE POTENCIA REORDENACIÓN MANZANA 5, SUC 02 (API/ED-2) MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 13 PGOU (ADAPT. PARCIAL NNSS A LOUA)
USO COMERCIAL Y TERCIARIO
EDIFICABILIDAD MÁXIMA (m2 techo) DEMANDA DE POTENCIA (W)
PARCELA 5.1 2.000,00 2.000,00 m2t x 125 W/m2t = 250.000,00 W PARCELA 5.2 1.409,90 1.409,90 m2t x 125 W/m2t = 176.237,50 W PARCELA 5.3 1.089,62 1.089,62 m2t x 125 W/m2t = 136.202,50 W PARCELA 5.4 769,34 769,34 m2t x 125 W/m2t = 96.167,50 W Total: 5.268,86 658.607,50 W
En caso de necesitar o demandar el adjudicatario una mayor potencia a la señalada en el cuadro anterior para su parcela, o en caso de proponer el adjudicatario cualquier modificación y que supusiera por parte de la compañías suministradoras un cambio en relación a la conexión o punto de entronque o cualesquiera otro, el coste integro que ello conlleve será en todo caso asumido por el adjudicatario.
F) Las distintas Parcelas podrán adjudicarse separadamente y a distinto empresario, debiendo reflejar los licitadores en sus ofertas de forma separada la referida a cada una de las Parcelas objeto del procedimiento. De este modo, podrán los licitadores presentar oferta a todas o sólo alguna de las Parcelas, no siendo causa de exclusión del procedimiento la no presentación de oferta a todas ellas.
II.- CARACTERÍSTICAS FÍSICAS, JURÍDICAS Y URBANÍSTICAS. NORMATIVA DE APLICACIÓN,
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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Las determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Normativa que resulte de aplicación aún no expresamente señalada.
III.- PRECIO.
Precio de Licitación/Importe de enajenación (Excluido IVA que devengue la operación):
Manzana 1 (5.1): 298.813,04 € Manzana 2 (5.2): 429.390,04 € Manzana 3 (5.1): 331.847,63 € Manzana 4 (5.1): 234.305,22 €
Dada la obligación que se establece para el adjudicatario/propietario de la Parcela 5.1. (manzana 1) de ejecutar las obras de Urbanización del ámbito de acuerdo con las condiciones técnicas recogidas tanto en el documento de Modificación Puntual nº 13 como en el proyecto de urbanización y considerando los requisitos que se establecen en el pliego de condiciones técnicas, en el precio de dicha parcela no se incluyen los costes de urbanización. Todo ello conforme a lo detallado en el cuadro siguiente, estando incluido en el precio determinado al resto de parcelas la repercusión de Urbanización correspondiente a las mismas.
El precio de licitación se considera mínimo, debiendo licitarse al Alza por los licitadores.
La ejecución del Proyecto de Urbanización es a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario señalado, sin que esta Administración abone cantidad alguna sobre el presupuesto señalado en la documentación técnica, así como las conexiones a las redes generales, que serán ejecutadas por el adjudicatario del concurso, conforme a las especificaciones y directrices de las Compañías Suministradoras, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 1, Letra E.
Serán automáticamente rechazadas las ofertas que no reúnan todos los compromisos a asumir por el adjudicatario según se determine en el Presente Pliego.
Todos los Precios indicados, se entienden en todo caso, excluido el IVA que devengue la operación.
Así, se redactó y aprobó proyecto de urbanización del ámbito de referencia, estableciendo tres etapas de actuación, valoradas económicamente, cuyo importe total de
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
Manzana 1 Valor del suelo urbanizado costes de urbanización % Repercusión urbanización valor del suelo sin urbanizar Manzana 1 609.107,08 117.784,13 37,96 491.322,95 Manzana 2 429.390,04 83.031,92 26,76 346.358,12 Manzana 3 331.847,63 64.169,97 20,68 267.677,66 Manzana 4 234.305,22 45.308,02 14,60 188.997,20
TOTAL 1.604.649,96 310.294,04 100,00 1.294.355,92
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contrata asciende a la cantidad de 310.294,04 € (Excluido el IVA que devengue la operación), de acuerdo con el siguiente desglose:
IV.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El presente contrato será adjudicado, a través de Procedimiento Abierto, en base a los criterios de Adjudicación establecidos en el presente pliego.
V.- REQUISITOS FORMALES, CRITERIOS DE SELECCIÓN. PLAZOS, CONTENIDO Y LUGAR DE PRESENTACION DE LAS PLICAS Y CELEBRACION DEL ACTO LICITATORIO
A) CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán concurrir como ofertantes todas aquellas personas naturales y jurídicas que reúnan las condiciones establecidas en el RDLeg 3/2011 de 14 de Noviembre, y no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias que prohiben contratar con la Administración, conforme con el artículo 60 del citado Texto legal.
B) PRESENTACION DE PLICAS.
El expediente de contratación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación del Ayuntamiento sito en Plaza de la Constitución s/n de Punta Umbría (Huelva), de Lunes a Viernes en horario de 9 a 14 horas, a partir del día hábil siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio y hasta el vencimiento del plazo de presentación de las ofertas.
Asimismo, en el perfil del contratante del Ayuntamiento, alojado en xxx.xxxxxxxxxxx.xx, figurará toda información relativa a la convocatoria, pudiendo obtenerse toda la documentación relativa a la presente adjudicación.
Las ofertas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Punta Umbría (Servicio de Atención al ciudadano) dentro de los 20 días naturales siguientes al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y en horario de 9’00 a 14,00 horas. Si el último día de presentación de ofertas coincidiese en sábado o día inhábil, se entenderá que el plazo finaliza el primer día hábil siguiente.
Las ofertas presentadas por correo, deben ajustarse a lo preceptuado por el Art. 80 RD 1098/2001, de 12 de Octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), excluyéndose expresamente el correo electrónico como forma de anuncio de la presentación de la oferta por correo.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
ETAPA URBANIZACIÓN PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL (PEM) PRESUPUESTO DE CONTRATA (PC) ETAPA 01 136.859,75 € 162.863,11 € ETAPA 02 77.539,26 € 92.271,72 € ETAPA 03 46.352,27 € 55.159,21 €
TOTAL 260.751,28 € 310.294,04 €
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Los ofertantes presentarán dos sobres cerrados, (sobre nº 1 bajo el título de DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA y sobre nº 2, bajo el título PROPOSICION ECONÓMICA) en los que figurará el nombre del/los ofertante/s, su domicilio, y el título del procedimiento. Ambos sobres irán firmados por el ofertante o persona que lo represente.
Se rechazarán las ofertas presentadas, cuando se incluyan distintas proposiciones en el mismo sobre de DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA, o la presentada difiera sustancialmente del modelo de oferta económica que se encuentra en el presente pliego.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente a modo de índice.
I. SOBRE Nº 1. Bajo la rúbrica DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
Documentación acreditativa de la personalidad del licitador.
La acreditación se realizará mediante la presentación del original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación, según los casos:
- La capacidad de obrar de las personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, asimismo, deberá aportar CIF de la empresa.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, en los términos del artículo 54 del TRLCSP.
- Las personas físicas acreditarán la personalidad mediante la presentación del DNI, o en su caso del documento que haga sus veces.
- Los que firmen proposiciones en representación de otras personas físicas o jurídicas acreditarán la misma mediante escritura de poder que reúna los requisitos legales necesarios para su validez, así mismo acompañarán fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad u otro documento que legalmente lo sustituya. Los poderes otorgados por empresarios de nacionalidad española deberán ser bastanteados con carácter previo por el Secretario General del Ilmo.
Si se tratase de empresarios extranjeros la Mesa de Contratación apreciará la suficiencia de dichos poderes.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar conforme al artículo 60 del TRLCSP.
Declaración responsable, o documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, Ayuntamiento de Punta Umbría, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social. En el primer supuesto, el licitante deberá aportar la documentación acreditativa con anterioridad a la adjudicación del contrato.
Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo en los términos establecidos en el artículo 86.1 del Reglamento General de la LCAP y relación de los socios del artículo 86.2, con indicación de los que se presentan a la licitación. La relación incluirá, al menos, el nombre y apellidos para las personas naturales o la denominación social para las jurídicas, con su correspondiente número de identificación fiscal.
Dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones, cualquier notificación efectuada en la dirección de correo, se considerará válida a todos los efectos en relación con cualquier actuación de este procedimiento.
Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Si más de una persona o entidad, concurre a la licitación, presentando oferta conjunta (UTE), Declaración Responsable en el que se contemple el compromiso de obligarse solidariamente frente al Ayuntamiento de Punta Umbría, en cuantos derechos y obligaciones, resulten de adjudicárseles, en su caso, el contrato.
Certificado de no ser deudor por ningún concepto del Ayuntamiento de Punta Umbría.
Justificante (carta de pago emitida por la Tesorería Municipal) de haber constituido garantía provisional por importe correspondiente al 3% del precio de licitación de la parcela ofertada.
Declaración y Compromiso de contratación con empresa urbanizadora, conforme a lo establecido en la Clásula 1. Letra D
Relación numerada y por su orden de toda la documentación anteriormente exigida.
La documentación obrante en el sobre "A" se presentará con claridad, separando adecuadamente los documentos que acrediten cada uno de los apartados señalados. La inclusión en el sobre de cualquier documento o información que permita directa o indirectamente conocer el precio ofertado determinará la inmediata exclusión de la oferta.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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La documentación administrativa que debe presentarse, en el caso de que no pueda despacharse dentro del plazo concedido para presentar las proposiciones, se suplicará mediante la presentación de justificante de tenerla solicitada y declaración jurada en la que el solicitante, bajo su responsabilidad, haga constar los extremos que en cada caso correspondan, que la Administración podrá comprobar de oficio en cualquier momento.
II. SOBRE Nº 2 bajo la rúbrica PROPOSICIÓN ECONÓMICA, contendrá la proposición conforme al siguiente modelo:
Dº. vecino de con domicilio en , que señala a efectos de notificación y D.N.I. nº _____,en (nombre propio o en representación de) _____________________________________________________con D.N.I. nº o C.I.F. nº y domicilio en ,(según poder que debidamente bastanteado acompaña) enterado del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº_____ de fecha _ __ relativo a la enajenación mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO de Parcelas de Terreno denominadas 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4, ubicadas en el Sector de Suelo Urbano Consolidado SUC-02 (API/ED-2) de Punta Umbría, descritas en el presente Pliego, manifiesto expresamente conocer y aceptar en su integridad los Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas de dicho procedimiento, y declaro bajo mi responsabilidad que reúno todas las condiciones y requisitos especificados y, adjuntando la documentación establecida, comprometiéndome a cumplir todas y cada una de las condiciones xxx Xxxxxx.
Ofrezco como precio la cantidad de:
Parcela______________________________________________________________________ ______________________Euros. Parcela______________________________________________________________________ ______________________Euros. Parcela______________________________________________________________________ ______________________Euros. Parcela______________________________________________________________________ ______________________Euros.
Lugar, fecha y firma.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición en la misma parcela, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, bien entendido, que ésta limitación se hará efectiva por cada uno de los lotes independientemente considerados. La infracción de estas normas dará lugar a declarar la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia del Órgano de Contratación, hasta el momento señalado para el acto de apertura de plicas.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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Una vez presentada la oferta no podrá el licitador retirarla antes de la adjudicación, quedando obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que será inalterable a partir de su perfeccionamiento y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirvan de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse en base a las admitidas en el presente pliego y en la legislación aplicable.
La falta de presentación de las proposiciones en la forma indicada en la presente cláusula podrá dar lugar a la inadmisión de la oferta.
C) GARANTIAS
1.- Los licitadores deberán constituir, para poder participar en el procedimiento, Garantía Provisional por importe correspondiente al 3% del precio de Licitación de cada Parcela ofertada. La Garantía Provisional en metálico deberá ser ingresada directamente en la Cuenta que a tal efecto será señalada por la Tesorería Municipal a quien lo solicite. En el Caso de Aval Bancario o seguro de crédito caución deberán ser constituidos y depositados en la Tesorería Municipal con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de Ofertas. En todos los casos, el licitador deberá incluir en el Sobre de Documentación la correspondiente Carta de Pago emitida por la Tesorería Municipal.
2.- Garantía Definitiva. El Adjudicatario, deberá constituir Garantía (por cada parcela adjudicada) por importe del cinco por ciento (5 %) del precio de adjudicación (excluido IVA), entendiendo por éste el Precio Total ofertado. Deberá constituirse en la Tesorería Municipal, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de notificación del Acuerdo de Adjudicación. La Garantía podrá ser prestada en cualquiera de las formas establecidas por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En caso de ser en metálico, será ingresada directamente en la Cuenta que a tal efecto será señalada. En el Caso de Aval Bancario o seguro de crédito caución deberán ser constituidos y depositados en la Tesorería Municipal. En todo caso, la Garantía prestada será devuelta, como máximo, en el plazo de tres días contados a partir del siguiente al otorgamiento de la Escritura Pública de Venta.
3º El Adjudicatario de la Parcela 5.1 (Manzana 1), en atención a su obligación de ejecución de las Obras de Urbanización, deberá constituir Garantía por el importe correspondiente al valor de repercusión de su parcela ( 117.784,13 €), por lo que caso de no cumplir su obligación el Adjudicatario, el Ayuntamiento procederá a la ejecución de la garantía constituida para su aplicación (conjuntamente con la cantidad repercutida en el precio al resto de parcelas) a la realización de las obras de Urbanización, ello sin perjuicio de las responsabilidades e indemnizaciones que procedan.
La garantía deberá constituirse en la Tesorería Municipal, en el plazo de Un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación del Acuerdo de Adjudicación, y en todo caso con anterioridad a la firma de la Escritura Pública de venta, debiendo instrumentarse en metálico o mediante aval bancario. Asimismo, podrá ser constituida la Garantía en cualquiera
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 CIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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de las formas establecidas por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En caso de no formalización del contrato por causas imputables al contratista, le será incautada la garantía definitiva prestada. Si no comparece en el plazo otorgado para la formalización de la compraventa en escritura Pública, se procederá la incautación de la garantía y a la reclamación de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
D) CRITERIOS DE SELECCIÓN.
Dado que los licitadores podrán ofertar de forma individual a cada una de las parcelas, las puntuaciones señaladas y obtenidas se referirán en todo caso a cada una de las mismas, de forma individual, no considerándose en modo alguno la suma de puntuación entre todas las parcelas ofertadas, ello en la forma y modo siguiente:
1.- Oferta Económica. Con un máximo de 94 puntos en cada Parcela. La puntuación obtenida por cada licitador en la parcela ofertada, será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación = Ol x 94_ Mo
Siendo Mo el importe correspondiente a la oferta más alta de entre las presentadas y Ol, el Importe de la oferta del Licitador objeto de valoración.
2.- Fomento de la Licitación. Considerando el objeto del procedimiento, enejanación de 4 parcelas de terreno, y para fomentar las licitaciones a las mismas, se puntuará con 1,50 puntos extras por cada parcela, al licitador que presente oferta a más de una parcela, puntuándose en la forma siguiente:
- Al licitador que oferte 1 Parcela....................................................................0 puntos - Al licitador que oferte 2 Parcelas.........................................1,50 puntos por cada una - Al licitador que oferte 3 Parcelas.........................................1,50 puntos por cada una - Al licitador que oferte 4 Parcelas.........................................1,50 puntos por cada una
La puntuación resultante de la aplicación del presente apartado se sumará de forma individual a la puntuación obtenida en la oferta económica de cada parcela. Así, por ejemplo: Un licitador que hubiera ofertado dos parcelas, y obtenido 94 puntos en la oferta económica de la Parcela 1 y 90 puntos en la oferta económica de la Parcela 2, tendrá un total de 97 puntos en la Parcela 1 y un total de 93 puntos en la parcela 2.
E) MESA DE CONTRATACION.
La mesa de contratación estará compuesta por los siguientes:
- Presidente: Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue. - Secretaria: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx o funcionario en quien delegue.
Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 XIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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- Vocales : Concejal Delegada responsable. Un representante del Grupo Socialista, Un representante del Grupo Popular. Un Concejal no adscrito X. Xxxxxx X. Xxxxx Xxxxx o funcionario en quien delegue. Dña. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o funcionario en quien delegue. X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx o personal técnico municipal en quien delegue. D. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue.
F) APERTURA DE PROPOSICIONES.
1.- Las apertura de Ofertas tendrá lugar el Tercer día hábil siguiente a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y se celebrará a las 12,00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Punta Umbría.
No obstante, si se hubieran presentado ofertas por correo, con respecto a lo establecido en el artículo 80 de RD 1098/2002, RGCAP, hasta tanto no tengan entrada éstas no se procederá a la constitución de la Mesa de Contratación.
2.- La Mesa, en acto Público, se limitará a examinar las proposiciones y documentación presentadas resolviendo sobre su admisión o rechazo. A tal efecto, la Mesa podrá calificar previamente al Acto Público, los documentos presentados y, en el supuesto de que se apreciare algún defecto material, discrecionalmente podrá otorgar un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error, quedando condicionado a ello el resultado de la licitación, en su caso.
Las solicitudes admitidas, juntamente con su documentación, pasarán a estudio y calificación por parte de la Mesa, que realizará la misma en Acto que no será público.
La Mesa clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación del presente pliego, a cuyo efecto se podrán solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes y una vez otorgada la puntuación correspondiente a cada solicitante, propondrá la adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la que resulte más ventajosa, sometiéndose el expediente a la resolución del Organo de Contratación, que deberá Adjudicar el Contrato en el plazo máximo de 2 meses contados a partir de la Apertura de Proposiciones.
Se podrán desechar las plicas que no adjunten toda la documentación cuya aportación sea exigida en este Pliego y sus anexos, y asimismo, si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido, o existiese reconocimiento por parte del ofertante de que la proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, el órgano competente desechará la proposición, en resolución motivada.
3.- En caso de producirse un empate, a igualdad de puntos entre dos o más solicitantes, este se dirimirá de la siguiente forma:
Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 XIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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A. Se adjudicará al solicitante que mayor puntuación haya obtenido en el apartado de OFERTA ECONÓMICA.
B. De persistir el empate, se adjudicará al solicitante que haya ofertado un mayor número de Parcelas.
C. De no poder dirimir el empate con la aplicación de las reglas anteriores, se adjudicará a aquel cuya fecha de entrada de la oferta en el Registro General del Ayuntamiento sea anterior.
D. Si aún aplicando las reglas anteriores persistiera el empate, se adjudicará por sorteo, el cual se celebrará en presencia de todos los licitadores que así lo deseen.
4.- La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del ofertante propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado Definitivamente el contrato por acuerdo del órgano de contratación
De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
El órgano de contratación determinará un orden preferencial entre varias ofertas de manera que si el contrato no llegara a formalizarse con la primera, por causas a ella imputables, se entenderá automáticamente adjudicado a la segunda y así sucesivamente, sin necesidad de un nuevo acuerdo al respecto.
VI.- ADJUDICACIÓN. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
1º. En mérito al art. 151 de la TRLCSP, el órgano de contratación requerirá al licitador para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridad Social y constituya la Garantía definitiva establecida, así como justificante del pago de los gastos de publicación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
2º La adjudicación se acordará en resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil del contratante del órgano de contratación.
3º Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese resultado propuesto por no cumplir con las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, se efectuará una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que
Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 X.Xxxxxx 00000 XIF X0000000X Tlf. 000 000000 Fax 000 000000
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xxxxx quedado clasificadas, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en los párrafos anteriores.
4º La Adjudicación, dada la transmisión de dominio que supone, deberá formalizarse necesariamente en Escritura Pública, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de notificación del Acuerdo de Adjudicación del Contrato. En el mismo Acto se otorgará escritura de segregación de la Parcela objeto de enajenación de su finca matriz (si no se hubiera realizado con anterioridad). En el mismo plazo deberá ser abonado por el Adjudicatario el precio de Adjudicación, así como todos los gastos e Impuestos que se devenguen como consecuencia de la enajenación y del otorgamiento de la escritura.
Una vez formalizado el contrato en escritura pública, se devolverá al adjudicatario la garantía Definitiva prestada, que si lo ha sido en metálico podrá descontarse del precio de venta.
VII.- FORMA DE PAGO.
Los importes correspondientes al presente procedimiento, teniendo en cuenta la naturaleza del mismo, y que conforme a lo establecido en la Cláusula III del presente Pliego, se establece como obligatorio el otorgamiento de Escritura Pública, serán abonados en la siguiente forma:
- 100% del precio Total de la Parcela + IVA que devengue la operación, dentro del plazo de UN MES contado a partir del siguiente al de notificación de la Adjudicación del Contrato y, en todo caso, con carácter previo o simultáneo al otorgamiento de la correspondiente escritura pública. .
El incumplimiento de dicho plazo, dará lugar a la pérdida de la adjudicación, en consecuencia a la resolución de contrato y la perdida de la garantía definitiva constituida.
VIII.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO-COMPRADOR.
Primera.- Además del pago del precio en la cuantía señalada en su oferta y en la forma y plazo fijados en el presente Pliego, el comprador, en virtud de la adjudicación, está obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen como motivo de los trámites preparatorios del contrato; los de formalización del contrato y su inscripción en el Registro de la Propiedad, segregación en su caso, y cualesquiera Impuestos, Tasas, etc, exigibles por cualquier Administración Pública.
Segunda.- El Adjudicatario se obliga a entregar en este Ayuntamiento copia simple de la Escritura de Elevación a Público de la Adjudicación, en el plazo de 15 días contados a partir de la fecha de su otorgamiento.
IX.- LEGISLACION APLICABLE.
El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza privada y se regirá, en cuanto a su preparación, competencia y adjudicación por el presente pliego de cláusulas, a las
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Instrucciones Interna del Organo de Contratación, al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx y RD Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública. En cuanto a sus efectos y extinción por la Legislación civil común.
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