CONVOCATORIA Y BASES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS OPERARIOS DE SERVICIOS MULTIPLES EN REGIMEN LABORAL TEMPORAL Y CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO. PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
CONVOCATORIA Y BASES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS OPERARIOS DE SERVICIOS MULTIPLES EN REGIMEN LABORAL TEMPORAL Y CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO.
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de las presentes bases la contratación de DOS OPERARIOS DE SERVICIOS MULTIPLES, y la constitución de una bolsa de empleo, con diez candidatos más, para la cobertura de necesidades de carácter temporal.
Las plazas referidas estarán adscritas a Servicios Generales y las funciones que tendrán encomendadas serán entre otras las de conservación, mantenimiento, limpieza, cerrajería, reparación y reposición de infraestructuras, pintura, jardinería, zonas verdes y de equipamiento general o de servicios municipales, apertura y cierre de edificios municipales y demás servicios que se le asignen por el Concejal responsable.
La intención de la Corporación Municipal es proceder a la cobertura de estas plazas prevista en la plantilla de personal mediante la correspondiente oferta de empleo público y provisión de las mismas mediante procedimiento selectivo. Como quiera que las leyes de presupuestos anuales en vigor hasta la fecha no permiten la incorporación de nuevo personal al servicio de las Administraciones Públicas, art. 21 Ley 22/2013 de 27 de Diciembre, LPGE, y considerando la Corporación Municipal que los servicios a prestar arriba descritos, son servicios públicos de carácter esencial, art. 23.2 LPGE, es necesaria y urgente la cobertura de dichos puestos con carácter temporal hasta que las leyes de presupuestos anuales nos permitan la cobertura de las plazas.
La presente convocatoria se efectúa por el procedimiento de urgencia- reduciéndose los plazos de los trámites a la mitad- de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imperiosa necesidad de proceder a su cobertura, por jubilación de las personas titulares.
SEGUNDA. Modalidad de los Contratos
La modalidad del contrato será de duración temporal, por periodo de un año, salvo que por necesidades del servicio deban formalizarse contratos de menor duración para cubrir vacantes por baja, ausencias, enfermedad, excesos de trabajo. etc.
La jornada será completa, salvo que por necesidades del servicio deban formalizarse contratos a tiempo parcial.
Se establece un periodo de prueba de dos meses
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público:
— Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la citada norma.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
— Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas
--Estar en posesión del carnet de conducir clase B
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección y mientras dure la contratación.
CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de instancias
Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para el puesto al que se opta, se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento Almagro, y se presentarán, conforme al MODELO ANEXO I, en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal xxx.xxxxxxx.xx .
Las bases se publicarán íntegramente en los mismos medios.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
— Fotocopia del DNI, NIE, o en su caso, pasaporte.
— Documentos que acrediten los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y en la web municipal, y se señalará un plazo de cinco días naturales para subsanaciones.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos y pagina web del Ayuntamiento. La convocatoria y llamamiento a los ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos y página web de la Corporación
SEXTA. Tribunal Calificador
El Tribunal calificador estará constituido de conformidad con el Art. 60 del Estatuto Básico del Empleado Público.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
— Concurso.
— Oposición
La fase de oposición será previa a la de concurso.
FASE OPOSICIÓN Máximo 60 puntos:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Cada ejercicio será eliminatorio, calificándose hasta un máximo de sesenta puntos cada uno, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de treinta puntos en cada una de ellas.
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “A”, según resolución de 6 de Febrero de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas por la que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante este año. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “A”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “B”, y así sucesivamente.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
PRIMER EJERCICIO: Cuestionario tipo test de treinta preguntas, sobre materias específicas relativas al contenido de las funciones y tareas a desempeñar en el puesto conforme al programa que abajo se indica (Conocimientos generales del municipio, albañilería y limpieza, electricidad, jardinería, fontanería, pintura, cerrajería, etc) con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, a resolver en un tiempo máximo de 45 minutos.
Podrá establecerse por el Tribunal un sistema de penalizaciones, del que se informará a los aspirantes con carácter previo al inicio del examen.
El presente ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para aprobar, y por consiguiente, para pasar al segundo ejercicio, obtener una calificación mínima de 30 puntos.
PROGRAMA:
1.- El municipio xx Xxxxxxx. Término Municipal. Población. Historia y Cultura. Datos de Interés
2.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de albañilería. Descripción de herramientas de trabajo. Usos y riesgos. Mantenimiento.
3.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de electricidad y alumbrado Público.
4.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de pintura. Tipos, características.
5.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de limpieza. 6.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de fontanería. 7.- Materiales, útiles y herramientas utilizadas en el área de cerrajería. 8.- Electricidad. Protección y riesgos.
9.- Ideas generales sobre redes de saneamiento. Conservación y mantenimiento 10.- Ideas generales sobre redes de agua potable. Conservación y mantenimiento 11.- Seguridad y salud en el trabajo
SEGUNDO EJERCICIO: Consistentes en realizar seis pruebas no escritas, de carácter práctico, relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo a desempeñar (albañilería y limpieza, electricidad, jardinería, fontanería, pintura y cerrajería), que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo que se estime necesario.
Se valorará de 0 a 10 puntos cada una de las seis pruebas, considerando los conocimientos técnicos, y la capacidad de resolución en relación con los diferentes supuestos que se derivan del cotidiano desempeño del puesto por el que se opta.
La puntuación final vendrá determinada por la suma obtenida del resultado de las seis pruebas, debiendo obtener una calificación mínima de 30 puntos para superar el ejercicio, y pasar a la fase de concurso.
La calificación total de la fase de oposición será la media de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
FASE DE CONCURSO. Máximo 40 puntos
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se les valorará en la fase de concurso los siguientes méritos:
Méritos computables:
1) Empadronamiento en Almagro con una antigüedad superior a 24 meses: 2 puntos
No siendo necesaria su acreditación ya que se realizará de oficio desde esta Administración.
2) Experiencia: Máximo 15 puntos.
— Por cada mes completo de servicio en puestos similares en cualquier entidad pública: 0,1 puntos. (Máximo 10 Puntos)
— Por cada mes completo de servicio en puestos similares en cualquier entidad privada: 0,05 puntos. (Máximo 5 Puntos)
*La experiencia profesional se justificará mediante contratos de trabajo y certificado de vida laboral actualizado.
En el caso de autónomos se adjuntará vida laboral y modelo censal correspondiente.
Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada en las copias que se aporten junto con la solicitud.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación, no siendo valorados aquellos méritos que se presenten en momento posterior.
3) Formación: Máximo 15 puntos:
- Por disponer de titulaciones en ramas profesionales relacionadas con las funciones a desarrollar:
Puntuación | |
Técnico Superior | 5 |
Técnico | 3,5 |
Título Profesional Básico | 2 |
- Por haber participado como alumno en cursos o jornadas sobre materias directamente relacionadas con las funciones a desempeñar:
Nº horas | Puntuación |
20 a 39 | 0.10 |
40 a 60 | 0.25 |
61 a 80 | 0.50 |
81 a 100 | 0.75 |
101 a 200 | 1,00 |
201 a 300 | 1,50 |
Más de 300 | 1,75 |
4) Entrevista. Máximo 8 puntos
Se realizará una entrevista personal que versará sobre las aptitudes profesionales del aspirante en el desempeño del puesto al que opta. Se efectuará llamamiento para la entrevista en los medios establecidos anteriormente, con una antelación de al menos 5 días naturales.
OCTAVA. Calificación
La puntuación de todos los ejercicios de la oposición será de 0 a 60 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 30 puntos.
La puntuación del concurso será de 0 a 40 puntos
La calificación final será la siguiente:
— Sistema concurso-oposición: será la suma de los puntos obtenidos en la fase de Oposición y la obtenida en la fase de concurso.
NOVENA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y contratación.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación por orden de puntuación en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento
La propuesta para la contratación laboral se efectuará a favor de los dos aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación final.
No obstante, si estos no formalizaren el contrato por causas imputables al mismo (no acreditación de los méritos alegados o falsedad en los mismos, entre otros..) o no superare el período de prueba, se emitirá nueva propuesta de resolución a favor del siguiente candidato con mayor puntuación y así sucesivamente.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de cinco días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web municipal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
DÉCIMA.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA.
Con aquellos diez siguientes aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación se confeccionará una bolsa de trabajo para contrataciones de carácter temporal que se formalizarán en el momento en que sea necesario y únicamente por el tiempo preciso, previo llamamiento de los integrantes de la lista conforme a los siguientes criterios:
a. Se procederá al llamamiento según el orden establecido en la propia bolsa en función de las puntuaciones obtenidas. Comenzando para cada sustitución que proceda por la puntuación más alta.
b. Cuando la persona contratada temporalmente fuere dada de baja volverá a la bolsa en el lugar que ocupaba antes de la contratación en función de su puntuación.
c. Si el candidato fuere llamado por primera vez y renunciara a ella sin causa justificada, pasará automáticamente al último lugar de la bolsa.
La segunda renuncia sin causa justificada supondrá la expulsión de la bolsa.
d. La renuncia por causa justificada supondrá el mantenimiento del candidato en el lugar de la bolsa que le corresponde por orden de puntuación, pero permanecerá en suspenso hasta que el propio interesado comunique a la Corporación su disponibilidad para futuros llamamientos.
e. Se entiende por causa justificada aquélla que no deriva de la voluntad del interesado (enfermedad, maternidad,…) así como la existencia de un contrato con una Administración Pública o con una empresa privada. Dicha causa debe ser debidamente acreditada por cualquier medio permitido en Derecho (parte de baja médica, contrato de trabajo,…).
La presente bolsa de trabajo podrá ser utilizada por el Ayuntamiento al objeto de cubrir las bajas de personal laboral operario de servicios múltiples, así como cubrir necesidades puntuales de personal. En este caso los contratos serán laborales temporales a jornada completa o tiempo parcial según las necesidades del Ayuntamiento.
Serán causa de baja en dicha bolsa las siguientes circunstancias:
1. En el supuesto de que un aspirante rechazara una oferta de empleo sin causa justificada por segunda vez.
2. Se considerará rechazo a la oferta la no comparecencia del/a aspirante en el plazo de 24 horas tras su notificación.
3. Quienes renuncien sin causa justificada a una contratación después de haberse comprometido a realizarlo; o dejen su puesto de trabajo una vez haya sido contratado
4. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
5. La no presentación de la documentación necesaria para la formalización de su contrato.
6. La demostración de falsedad sobre los datos reflejados en la solicitud.
Se establece una vigencia de la bolsa de dos años, a contar desde la finalización del presente proceso de selección, una vez publicadas el orden de puntuaciones obtenidas.
Undécima. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Almagro, a 29 xx Xxxx de 2014.
EL ALCALDE
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx
SOLICITUD ANEXO I
D/Dña: ,
con DNI nº ........................................, con domicilio en
...................................................................., calle ,
provincia de ......................................................., y teléfonos de contacto
......................................, ............................................, ......................................, y mail de
contacto.
EXPONE:
1. Que cumple con los requisitos especificados en las bases de la convocatoria para la contratación y constitución de bolsa de OPERARIOS DE SERVICIOS MÚLTIPLES, aprobada por Resolución de Alcaldía nº 218/2014, de fecha 29 xx Xxxx.
2. Que presenta la documentación conforme las bases de la convocatoria:
— Fotocopia del DNI, NIE, o en su caso, pasaporte.
— Documentos que acrediten los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados.
Otros
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SOLICITA:
Sea tenido/a en cuenta como aspirante para participar en el proceso de selección para la contratación convocada.
En ..................................................., a .............. de de 2014
(Firma)