CONTRATO DE SUMINISTRO N° 14-00191
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CONTRATO DE SUMINISTRO N° 14-00191
CONTRATANTE | EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA |
NIT | 829.001.846-6 |
CONTRATISTA | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX |
CC | 91.203.251 |
OBJETO CONTRACTUAL | ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICO QUIRURGICOS DESTINADOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Y ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE BAJA COMPLEJIDAD DE LA ESE BARRANCABERMEJA. |
VALOR DEL CONTRATO | NOVENTA MILLONES DE PESOS ($ 90.000.000) MCTE |
Entre los suscritos a saber: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA, creada por medio de Acuerdo Municipal 072 de 1999, Representada Legalmente por XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX, identificado con CC 79.314.687 expedida en la ciudad de Bogotá, en calidad de Gerente, por lo tanto Representante legal de la Empresa Social del Estado de Barrancabermeja de conformidad con el Decreto 056 xx Xxxxx 09 de 2012 con acta de posesión 0049 xx Xxxxx 09 de 2012, quién para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTEpor una parte, y por la otra, XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 91.203.251 expedida en Bucaramanga, quien actúa en nombre y representación legal del establecimiento de comercio denominado REPREFARCOS, con NIT 91.203.251-5, con dirección comercial en la Carrera 21 Nº 24-24 barrio Alarcón, según Matricula Mercantil No. 00-000000-00 de fecha 1998/04/21, otorgado por la Cámara de Comercio de Bucaramanga, y quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido suscribir el presente contrato de Suministro teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a) Que se hace necesario adquirir los productos farmacéuticos destinados a la prestación de servicios de salud y atención a los usuarios de baja complejidad de la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, con el ánimo de cumplir con los parámetros establecidos en la ley. b) Que se emitió la Disponibilidad No. 0042 de 2014, para el cumplimiento presupuestal del contrato. c) Que el servicio a contratar, no se trata de aquellos que se prestan en forma continúa como asuntos propios de la entidad, sino del ejercicio de una actividad específica teniendo en cuenta lo anterior, El presente contrato se regirá por las siguientes clausulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICO QUIRURGICOS DESTINADOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Y ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE
BAJA COMPLEJIDAD DE LA ESE BARRANCABERMEJA, teniendo en cuenta las siguientes características y cantidades fijadas en la propuesta, la cual hace parte integral del presente contrato:
ITEMS | PRODUCTO | PRESENTACION | V/U IVA INCLUIDO |
1 | agua destilada bolsa 500 cc | bolsa x 500 ml | $ 1.760 |
2 | aguja hipodermica nº20 caja x100 | caja x 100 unds | $ 7.700 |
3 | alcohol anticeptico botella x 700 ml | frasco x 700ml | $ 2.592 |
4 | alcohol anticeptico x galon | galon x 3600 ml | $ 13.959 |
5 | algodon x rollo | rollo | $ 7.365 |
6 | bajalenguas | unidad | $ 43 |
7 | bolsa drenaje urinario (cystoflo) | unidad | $ 4.474 |
8 | branula # 20 1 1/4 x caja x 50 | caja x 50 | $ 40.000 |
9 | branulas # 18 caja x50 | caja x 50 | $ 40.000 |
10 | branulas # 22 caja x 50 | caja x 50 | $ 40.000 |
11 | branulas # 24 3/4 caja x 50 | caja x 50 | $ 40.000 |
12 | buretrol x unidad 150 ml | unidad | $ 2.200 |
13 | canula xx xxxxxx nº 3 | unidad | $ 1.574 |
14 | canula xx xxxxxx nº 5 | unidad | $ 1.574 |
15 | canulas nasal adulto x unidad | unidad | $ 1.200 |
16 | canulas nasal pediatricas x unidad | unidad | $ 1.200 |
17 | catgut cromado, de calibre 2-0, aguja 1/2 circulo redonda 35-43 mm, de longitud de hebra de 75 cm, | cajaX24unidades | $ 107.000 |
18 | catgut cromado, de calibre 3-0, aguja 1/2 circulo redonda 35-37 mm, de longitud de hebra de 70-75 cm, | cajaX24unidades | $ 107.000 |
19 | catgut cromado, de calibre 4-0, aguja 1/2 circulo redonda 20-27 mm, de longitud de hebra de 70-75 cm, | cajaX24unidades | $ 107.000 |
20 | cinta para esterilizar x rollo | unidad | $ 17.400 |
21 | citofijador en spray frasco x 150 ml | fco x 160 ml | $ 9.943 |
22 | clamp umbilical | unidad | $ 497 |
23 | dextrosa en agua destilada de concentracion 5%, en solucion inyectable, liquidos y electrolitos x unidad | bolsa x 500 ml | $ 1.600 |
24 | electrodos adultos | unidad | $ 389 |
25 | electrodos pediatrico | unidad | $ 425 |
26 | equipo macrogoteo x unidad | unidad | $ 640 |
27 | equipo microgoteo x unidad | unidad | $ 1.000 |
28 | esparadrapo antialergico MICROPORE COLOR PIEL | tubo x 5 unds | $ 27.200 |
29 | esparadrapo tela | tubo x 5 unds | $ 34.667 |
30 | formol | galon x 3650cc | $ 38.893 |
31 | gasa x 100 yardas x rollo | rollo | $ 41.333 |
32 | gel conductor de ultrasonido | galon x 3,75 lts | $ 18.857 |
33 | glicerina galon | galon | $ 76.701 |
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34 | gorros desechables | unidad | $ 124 |
35 | guante quirurgicos talla 7 | caja x 50 pares | $ 38.650 |
36 | guante quirurgicos talla 7 1/2 | caja x 50 pares | $ 38.650 |
37 | guante quirurgicos talla 8 | caja x 50 pares | $ 38.650 |
38 | guante talla L | caja x 100 unds | $ 10.827 |
39 | guante talla M | caja x 100 unds | $ 10.827 |
40 | guante talla S | caja x 100 unds | $ 10.827 |
41 | guantes de nitrilo talla M | caja x 100 unds | $ 18.000 |
42 | guantes de nitrilo talla S | caja x 100 unds | $ 18.000 |
43 | hoja de bisturi nº 20 en acero inoxidable | unidad | $ 170 |
44 | hoja de bisturi nº 22 en acero inoxidable | unidad | $ 170 |
45 | hoja de bisturi nº10 en acero inoxidable | unidad | $ 170 |
46 | hoja de bisturi nº12 en acero inoxidable | unidad | $ 170 |
47 | hojas de bisturi nº 15 en acero inoxidable | unidad | $ 170 |
48 | humificador de oxigeno | unidad | $ 5.400 |
49 | jeringa 1 cc con aguja #23 G x 1 | unidad | $ 208 |
50 | jeringa 1 cc con aguja #25 G x 1 | unidad | $ 208 |
51 | jeringa 1 cc con aguja #27 x 1/2 unidad | unidad | $ 200 |
52 | jeringa 1 cc con aguja n 22 G x 1 1/2 | unidad | $ 208 |
53 | jeringa 10 cc x 21 x 1 1/2 | unidad | $ 155 |
54 | jeringas 20ml 21g nº21 x1/2 caja x 50 | CAJA X 50 | $ 13.150 |
55 | jeringas 3cc x 21x 1 1/2 | unidad | $ 108 |
56 | jeringas 3cc x 23 G x 1 | unidad | $ 155 |
57 | jeringas 5 cc x 21gx1 1/2 | unidad | $ 119 |
58 | kit de micronebulizacion, de tamano adulto x unidad | unidad | $ 2.600 |
59 | kit de micronebulizacion, de tamano pediatrico x unidad * | unidad | $ 2.600 |
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60 | lactaro xx xxxxxx bolsa 500 cc | bolsa x 500 ml | $ 1.600 |
61 | mascara ventury adulto | unidad | $ 4.949 |
62 | mascara ventury pediatrica | unidad | $ 4.949 |
63 | nitrofurazona | pote x 500 grs | $ 44.000 |
64 | papel de monitoreo fetal | unidad ref: acc15 | $ 37.988 |
65 | papel e.k.g. libreta xxxxxxx at1 | unidad | $ 28.040 |
66 | papel para electrocardiograma rollo smart se3 | rollo | $ 7.236 |
67 | peroxido de hidrogeno, galon | 3750 ml | $ 35.867 |
68 | prolene (prolipropileno monofilamento) con aguja - 4-0 | unidad | $ 5.848 |
69 | prolene (prolipropileno monofilamento) con aguja - 5-0 | unidad | $ 5.848 |
70 | prolene (prolipropileno monofilamento) con aguja - 6-0 | unidad | $ 5.848 |
71 | seda negtra trenzada no adsorbible con aguja, 2-0 x 45 cm | unidad | $ 3.800 |
72 | seda negtra trenzada no adsorbible con aguja, 3-0 x 45 cm | unidad | $ 3.800 |
73 | seda negtra trenzada no adsorbible con aguja, 4-0 x 45 cm | unidad | $ 3.800 |
74 | solucion salina, concentracion de 0.9%, en bolsa x 500 ml. | bolsa x 500 ml | $ 1.600 |
75 | xxxxx xxxxx # 12 | unidad | $ 1.714 |
76 | xxxxx xxxxx # 14 | unidad | $ 1.714 |
77 | xxxxx xxxxx # 16 | unidad | $ 1.714 |
78 | xxxxx xxxxx # 18 | unidad | $ 1.714 |
79 | sonda nasogastrica # 10 | unidad | $ 543 |
80 | sonda nasogastrica # 12 | unidad | $ 543 |
81 | sonda nasogastrica # 14 | unidad | $ 543 |
82 | sonda nasogastrica # 18 | unidad | $ 657 |
83 | sonda nasogastrica # 6 | unidad | $ 543 |
84 | sonda nasogastrica # 8 | unidad | $ 543 |
85 | sonda nelaton nº 10 | unidad | $ 457 |
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86 | sonda nelaton nº 12 | unidad | $ 457 |
87 | sonda nelaton nº 14 | unidad | $ 457 |
88 | sonda nelaton nº 16 | unidad | $ 514 |
89 | sonda nelaton nº 18 | unidad | $ 514 |
90 | sonda nelaton nº 8 | unidad | $ 457 |
91 | sonda nelaton nº6 | unidad | $ 486 |
92 | tapabocas x caja de 50 | caja x 50 unds | $ 4.640 |
93 | tapon hepanerizado cajax100 | caja x 100 unds | $ 41.400 |
94 | termometros orales | unidad | $ 1.114 |
95 | tirillas para glucometria one touch xxxxxxx- xxxxxxx | xxx x 50 tiras | $ 93.000 |
96 | torniquete | caja x 30 mtrs | $ 86.400 |
97 | tubo endotraqueal 7.0 sin balon desechable | unidad | $ 1.972 |
98 | tubo endotraqueal 7.5 con balon desechable | unidad | $ 2.651 |
99 | tubo endotraqueal 7.5 sin balon desechable | unidad | $ 1.972 |
100 | tubo endotraqueal 8 con balon desechable | unidad | $ 2.651 |
101 | tubo endotraqueal 8 sin balon desechable | unidad | $ 1.972 |
102 | tubo endotraqueal 5.0 con balon desechable | unidad | $ 2.651 |
103 | tubo endotraqueal 5.0 sin balon desechable | unidad | $ 1.972 |
104 | tubo endotraqueal 7.0 con balon desechable | unidad | $ 2.651 |
105 | tubo endotraquial de 2,5, con balon, desechable | unidad | $ 2.651 |
106 | tubo endotraquial de 2,5, sin balon, desechable | unidad | $ 1.972 |
107 | tubo endotraquial de 3,0, con balon, desechable | unidad | $ 2.651 |
108 | tubo endotraquial de 3,0, sin balon, desechable | unidad | $ 1.972 |
109 | tubo endotraquial de 3,5, con balon, desechable | unidad | $ 2.651 |
110 | tubo endotraquial de 3,5, sin balon, desechable | unidad | $ 1.972 |
111 | tubo endotraquial de 4,0, sin balon, desechable | unidad | $ 1.972 |
112 | tubo endotraquial de 4,5, con balon, desechable | unidad | $ 2.651 |
113 | tubo endotraquial de 4,5, sin balon, desechable | unidad | $ 1.972 |
114 | vaselina x 500 gr tarro | x 500 grs | $ 7.166 |
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115 | venda algodón laminado 6x5 yardas | unidad | $ 1.307 |
116 | venda de yeso 4x5 yardas | unidad | $ 6.240 |
117 | venda de yeso 6x5 yardas | unidad | $ 9.194 |
118 | venda elastica 4"x 5" yardas | unidad | $ 1.147 |
119 | venda elastica 6x5 yardas | unidad | $ 1.600 |
120 | yodopovidona espuma | galon x 3.5 lts | $ 40.000 |
121 | yodopovidona solucion | galon x 3.5 lts | $ 40.000 |
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SEGUNDA OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo de lo pactado en la cláusula precedente, el contratista desarrollara el objeto con plena autonomía técnica y administrativa y manifiesta conocer perfectamente la naturaleza de las actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherente, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad y se compromete con la ESE BARRANCABERMEJA a cumplir con las obligaciones emanadas del presente contrato, con un alto grado de profesionalismo, eficiencia y responsabilidad. De acuerdo a las prioridades establecidas por la Gerencia de la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, el contratista se obliga: 1) Realizar la entrega de los productos medico quirúrgicos que la ESE Barrancabermeja vaya necesitando previo requiriendo hecho por la entidad. 2) Enviar remisión de cada entrega de los productos a la farmacia de la entidad, en la cual deberá estipularse el producto, la presentación, cantidad, registro sanitario, lote y laboratorio. Valor unitario, IVA discriminado y valor total; de lo contrario, la ESE BARRANCABERMEJA a través del regente de farmacia de la entidad se abstendrá de elaborar el Acta de Entrada al Servicio Farmacéutico. 3) Entregar los productos con fechas de vencimiento superior a 3 años; y en perfectas condiciones de higiene y de empaque. 4) Cada uno de los productos que vayan a ser entregados por parte del contratista deberán ser máximo de 2 lotes. 5) Presentar los soportes requeridos para el pago como: a) Copia del Contrato suscrito con la ESE BARRANCABERMEJA, Certificado de Disponibilidad Presupuestal, Registro Presupuestal, copia acta de inicio y Paz y Salvo o copia de pago a la presentación de la factura por Aportes Parafiscales y Seguridad Social; b) Factura original y copia firmada por la persona que recibe el suministro; además especificar el producto, la presentación, cantidad, registro sanitario, lote y laboratorio. Valor unitario, IVA discriminado y valor total. 6) Se compromete a realizar la entrega de los productos medico quirúrgicos en las cantidades requeridas por la subdirección científica, en las instalaciones de la farmacia de ESE Barrancabermeja ubicada en la Cra. 42 No. 56 esquina puesto de xxxxx Xxxxxxxxx, garantizando el transporte y entrega en perfecto estado. 7) Cumplir con todas y cada una de las obligaciones emanadas del presente contrato y lo ofertado en la propuesta presentada y adjudicada. 8) Que los productos medico quirúrgicos se encuentren dentro del PLAN OBLIGATORIO DE SALUD-POS y vigentes en el mercado. 9) Cumplir frente a la obligación de pago a la seguridad social integral y parafiscal. 10) El contratista deberá asumir el pago de las estampillas departamentales, y anexarlas a la cuenta de cobro y/o factura. TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1) La Entidad Contratante se obliga a efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. 2) Solicitar los informes de la gestión adelantada con ocasión del objeto contractual. 3) Pagar en forma oportuna de conformidad a la cláusula Quinta del presente contrato. 4) Suministrar toda la información y documentación que requiera el contratista. CUARTA: TERMINO DE DURACION: El presente Contrato de Prestación de Servicios tendrá una duración de Seis (6) Meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio la cual debe ser posterior a la aprobación de las garantías exigidas. QUINTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a NOVENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($90.000.000), pagaderos de acuerdo al avance y ejecución del contrato, mediante la presentación de actas parciales de cumplimiento, y una última acta de recibo final y liquidación, cuenta de cobro y/o factura. La facturación correspondiente a los servicios de vigilancia prestados por parte del CONTRATISTA, previamente aprobadas por la ESE BARRANCABERMEJA. SEXTA. SUPERVISION Y VIGILANCIA: la Supervisión del presente contrato, estará a cargo del Subdirector Científico. Obligación del supervisor: 1. Velar por el adecuado cumplimiento del objeto contractual dentro del plazo y en las condiciones pactadas por las partes. 2. La vigilancia y control de la ejecución del contrato. 3. Hacer recomendaciones y sugerencias al contratista con respecto a la ejecución del contrato. 4. Expedir actas parciales, final y liquidación del servicio prestado. 5. Ser intermediario entre las partes contratantes. SEPTIMA: SUJECCION PRESUPUESTAL: El valor del presente Contrato se cancelará con cargo al rubro presupuestal GO 4100100-01 para la vigencia fiscal de 2014 contemplados en la Disponibilidad Presupuestal Nº 0043-14. OCTAVA: GARANTIA UNICA: EL CONTRATISTA, prestará garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato en una Compañía de seguros legalmente autorizada por la Superintendencia Bancaria a la suscripción del contrato, contra los siguientes eventos y cuantías: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por el Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato y seis (06) meses más. CALIDAD DEL BIEN: Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato con una vigencia igual al tiempo de su ejecución del y seis (6) meses más, tiempo previsto para la liquidación del contrato. NOVENA CLAUSULAS EXCEPCIONALES: De acuerdo en lo previsto en el inciso 3, numeral 2, del artículo 14 de la ley 80 de 1993, EL CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de dicha Ley. Así mismo, LA ESE BARRANCABERMEJA podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente
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NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 00-000-00000
contrato, si se dan las
circunstancias previstas en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA.- PENA PECUNIARIA: En caso de incumplimiento parcial o definitivo de EL CONTRATISTA, este pagará al CONTRATANTE a titulo xx xxxx, una suma equivalente xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato que se imputará al de indemnización por los perjuicios que reciba LA ESE BARRANCABERMEJA por el incumplimiento. DECIMA PRIMERA.- CESION: El Contratista no podrá ceder en todo o en parte el contrato sin previa autorización escrita del CONTRATANTE. DECIMA SEGUNDA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES El Contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley y específicamente en los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 y el artículo 18 de la ley 1150 de 2007. DECIMA TERCERA.- EXENCION DEL PAGO DE LAS ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES. Aplicación Ordenanza 060 de 2012, por
medio del cual se modifica la Ordenanza 01 xx Xxxxx 22 de 2010, Estatuto Tributario Departamental, “Artículo Primero: Adiciónese los siguientes literales al artículo 220 de la Ordenanza 01 de 2012, así: (…) Parágrafo: Los hechos generadores que no pueden ser gravados con ningún título Departamental, previstos en la presente Ordenanza, son aquello en los cuales el origen de los recursos es el proveniente del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), Sistema General de Participación (SGP) en el componente de salud y las transferencias al sector salud y cuyo fin sea el de atender a la población del régimen subsidiado o adelantar acciones de salud pública o la atención a la población pobre no asegurada”. Por lo anterior, queda claro y establecido que la Empresa Social del Estado Barrancabermeja determina dentro de su contratación cuales son los bienes y servicios que se encuentran dentro de lo misional, por lo cual este contrato se encuentra en la exención establecida mediante la Ordenanza 060 de 2012. DECIMA CUARTA-LIQUIDACION. La liquidación del presente contrato se realizará de acuerdo con lo previsto en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11º de la ley 1150 de 2007, y 54 del manual de contratación de la entidad y el artículo 136 del CCA y dentro de los cuatro (4) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. DECIMA QUINTA- SOLUCION A CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. En caso de presentarse controversias o diferencia, se recurrirá a los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en la Ley 80 de 1993 y a los siguientes mecanismos alternativos de solución de conflictos: a) Acuerdos b) Transacción c) Conciliación d) Amigable Composición, de acuerdo con los procedimientos legales establecidos para tal efecto. DECIMA SEXTA.- PERFECCIONAMIENTO. EJECUCIÓN Y LIQUIDACION: El presente Contrato requiere para su perfeccionamiento: a) Acta de Comité de Contratación. b) La firma de los contratantes. c) Certificado de Disponibilidad Presupuestal. d) Certificado de existencia y representación legal del CONTRATISTA. e) Copia del NIT del CONTRATISTA. Para su ejecución requerirá: a) Registro Presupuestal. b) Aprobación de garantía. c) acta de inicio. Para su liquidación: a) Acta de Recibido final a Satisfacción por parte del supervisor del contrato. En constancia de todo lo anterior, se firma por las partes en Barrancabermeja a los Treinta y uno (31) días del mes de Enero de 2014.
CONTRATANTE CONTRATISTA
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Gerente CC N° 91.203.251 expedida en Bucaramanga
REPREFARCOS
Proyecto: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Abogado Asesor Externo Revisó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Subdirector Adtivo y Financiero