Tabla de contenido
Tabla de contenido
CAPÍTULO I. Términos 3
CAPÍTULO II. Disposiciones generales 3
CAPÍTULO III. De Los Participantes 7
CAPÍTULO IV. De Las Inscripciones y Registros 12
CAPÍTULO V. De Las Sedes 14
CAPÍTULO VI. De Los Contratos 19
CAPÍTULO VII. Desarrollo de la Competencia 20
CAPÍTULO VIII. Desarrollo de los Partidos 24
CAPÍTULO IX. De Los Uniformes 33
CAPÍTULO X. Del Arbitraje 36
CAPÍTULO XI. De Los Derechos y Facultades de ANCF 38
CAPÍTULO XII. De Las Comisiones 41
CAPÍTULO XIII. Vigencia 44
CAPÍTULO I. Términos ANCF: Asociación Nicaragüense de Clubes de Fútbol.
Federación: Asociación de fútbol afiliada a la FIFA. Hace referencia a una asociación miembros de la FIFA, a menos que se deduzca un significado diferente por el contexto.
FENIFUT: Federación Nicaragüense de Fútbol.
FIFA: Federación Internacional de Fútbol Asociado.
FIFA ID: identificación única en el ámbito mundial que asigna el Servicio FIFA Connect ID a cada club, asociación y jugador.
International Football Association Board (IFAB): Es una asociación internacional conformada por las cuatro asociaciones de fútbol del Reino Unido y la FIFA. Es la encargada de definir las reglas del fútbol a nivel mundial y sus futuras modificaciones.
Jugador: Los jugadores que forman parte del fútbol organizado ya sean aficionados o profesionales. Un jugador profesional es uno que tiene un contrato escrito con un club y percibe un monto superior a los gastos que realmente efectúa por su actividad futbolística. Cualquier otro jugador se considera aficionado.
Liga Primera: Es la máxima categoría del fútbol nicaragüense, formada por los 10 Clubes participantes, gestionada por ANCF y avalada por FENIFUT.
Liguilla: Se refiere a las etapas disputadas tras la finalización de la etapa regular (18 jornadas), es decir los partidos de repechaje, semifinal ida, semifinal vuelta, final ida y final vuelta.
Tabla de Posiciones: Se refiere a la tabla de posiciones del torneo en disputa.
Tabla General: Es la sumatoria de puntos acumulados entre Torneo Apertura y Torneo Clausura.
Temporada: Periodo de doce meses que comienza el primer día del primer periodo de inscripciones.
Transfer Matching System (TMS): El sistema de correlación de transferencias, denominado Transfer Matching System (TMS), es un sistema para el almacenamiento de datos basado en la web, cuyo objetivo principal es simplificar el proceso de las transferencias internacionales de jugadores, así como mejorar la transparencia y el flujo de información.
CAPÍTULO II. Disposiciones generales Artículo 1. Clubes Participantes.
Son las organizaciones deportivas o equipos que integrarán Liga Primera para la Temporada 2021–2022. Quienes participarán en cada uno de los torneos, actualmente denominados: Torneo Apertura y Clausura.
Integrarán Liga Primera los siguientes Clubes en orden estrictamente alfabético:
• ART Jalapa (JAL)
• CD Ocotal (OCT)
• CD Xxxxxx Xxxxxxxx (CWF)
• Cacique Diriangén FC (DIR)
• H&H Export Sébaco FC (H&H)
• Juventus FC (JUV)
• Managua FC (MAN)
• Real Estelí FC (EST)
• Real Xxxxxx FC (RMZ)
• UNAN Managua (UNAN)
Artículo 2. Alcance de las Bases de Competencia.
El presente ordenamiento será de observancia obligatoria para todos los miembros de FENIFUT y participantes de Liga Primera, de manera enunciativa más no limitativa: Jugadores, Cuerpo Técnico, Oficiales de los Clubes, Directivos, Órganos Directivos, Asambleas, Clubes, Delegados de Liga Primera y público que asiste a los partidos.
Las presentes Bases de Competencia regirán el desarrollo de la VI Temporada de Primera División de Fútbol de Liga Primera y Categoría Juvenil Temporada 2021– 2022, la cual está dividida en Torneo Apertura y Torneo Clausura.
Dichas Bases de Competencia, tendrán normatividad complementaria con otros ordenamientos que serán presentados ante FENIFUT para su revisión, aprobación y aplicación, tales como:
• Libreta de Sanciones
• Manual Operativo
• Reglamento de uniformes
• Y demás reglamentaciones o manuales que emita Liga Primera.
Artículo 3. Conformación de la Asamblea.
La Asamblea Directiva de ANCF estará conformada por los representantes debidamente acreditados de los diez equipos que integrarán Liga Primera y tendrá una Junta Directiva integrada por:
NOMBRE | CARGO |
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx | Presidente |
Ing. Xxxxxx Xxxxxxx | Vicepresidente |
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx | Secretario General |
Com. Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxx | Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxx | Vocal |
Xxxx Xxxxxxxx | Vocal |
MAS. Xxxx Xxxxx | Director General - Invitado Permanente |
Artículo 4. Casos no previstos.
Para la resolución de todos los casos no previstos en las presentes Bases de Competencia y ante situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, cualquier ente que sea sujeto de las mismas, acudirá forzosamente a las comisiones establecidas de FENIFUT y Liga Primera, quienes tendrán la facultad exclusiva de dirimir cualquier situación internamente, con resultado inapelable o ante cualquier órgano avalado por FENIFUT, CONCACAF o FIFA según corresponda.
Siendo la Comisión del Estatuto del Jugador de FENIFUT, la primera instancia en Nicaragua para dirimir controversia con jugadores y cuerpos técnicos. En caso de apelación, tanto clubes como jugadores reconocen al Tribunal Arbitral del Deporte, en Lausana, Suiza, como la instancia competente.
Artículo 5. Responsabilidades de los Clubes.
1) Cumplir con los requisitos de licenciamiento de Clubes que emite CONCACAF y faculta a FENIFUT para su vigilancia y otorgamientos.
2) Atender al llamado, otorgar permisos a técnicos y jugadores cuando la FENIFUT lo requiera para su incorporación en las selecciones nacionales, siendo obligatorio en fechas FIFA. FENIFUT deberá notificar a Liga Primera en convocatoria oficial y esta a su vez a los Clubes, para que ellos otorguen el permiso requerido a los jugadores, con un mínimo de 10 días de anticipación.
3) Acreditar ante Liga Primera dos representantes, quienes deberán acudir obligatoriamente a las reuniones que convoque Liga Primera, siendo los enlace y responsables de comunicar a sus dirigentes sobre directrices e información relevante.
4) Atender las convocatorias para capacitación, cursos y reuniones de trabajo de áreas deportiva, mercadotecnia, finanzas o de cualquier tema que beneficie el crecimiento y profesionalización.
5) Solicitar con antelación (5 días como mínimo) la autorización de FENIFUT y Liga Primera para realizar partidos oficiales, de preparación nacional o internacional. En el caso de partidos locales, la comisión de nombramiento de árbitros de FENIFUT designará una cuarteta arbitral local para disminuir los costos en este tipo de cotejos.
6) Los Clubes pertenecientes a Liga Primera deberán facilitar y gestionar la presencia de integrantes (Jugadores o Miembros del Cuerpo Técnico) que se soliciten con al menos 48 horas de anticipación a los encuentros correspondientes por parte del Departamento de Comunicaciones de Liga Primera, ya sea para actividades con patrocinadores, dinámicas o conferencias de Prensa organizadas por Liga Primera. Deberán cumplir con la fecha y hora, previamente notificada por el Departamento de Comunicación de Liga Primera. En caso de incumplir con esto, el equipo será acreedor de una multa de C$ 5,000 córdobas.
Artículo 6. Deudas vencidas.
Los Clubes no podrán tener adeudos pendientes de pago con jugadores, Cuerpo Técnico u otros Clubes ante FENIFUT y/o ANCF, de acuerdo con condiciones estipuladas en los contratos firmados o acuerdos de transferencia, siempre y cuando dichos adeudos estén reconocidos y hayan sido declarados firmes y exigibles por parte de FENIFUT y/o ANCF, o se haya seguido el procedimiento que establece el quinto párrafo de este artículo.
Los Clubes no podrán iniciar el próximo torneo hasta no haber liquidado dichos adeudos. (REJ)
Misma condición aplica con adeudos de pago por más de 30 días, ya sea en caso de sanciones, multas o cuotas que los Clubes deben pagar a FENIFUT, Liga Primera y/o arbitraje. Será de carácter inapelable realizar los pagos, en los tiempos que FENIFUT y Liga Primera determinen.
De continuar dicha deuda y duplicarse en el sentido de los días (60 días), FENIFUT y Liga Primera tendrán la potestad de evaluar la desafiliación del club en cuestión.
Para considerar que un club tiene deudas vencidas en el sentido recogido en el presente artículo, el acreedor (jugador, miembro del Cuerpo Técnico u otro Club) deberá haber puesto en xxxx al club deudor por escrito y haberle otorgado un plazo de 30 días como mínimo para cumplir con sus obligaciones económicas y se llamará a la directiva en cuestión para que den las explicaciones correspondientes y las posibles fechas de cancelación.
En el ámbito de sus competencias, la Comisión del Estatuto del Jugador, Comisión Disciplinaria o Comisión de Apelaciones podrán imponer las siguientes sanciones:
a) Advertencia.
b) Apercibimiento.
c) Multa.
d) Prohibición de inscribir nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como internacional, durante uno o dos periodos de inscripción completos y consecutivos.
Las sanciones se podrán imponer de manera acumulativa.
La reincidencia en una infracción se considerará como agravante y conllevará una pena más severa (deducción de puntos, pérdida de juego, multa económica, descenso de categoría).
La prohibición de inscribir nuevos jugadores contemplada en el apartado anterior podrá suspenderse. En este supuesto, FENIFUT someterá al club sancionado a un período de prueba cuya duración podrá ser de seis meses a dos años.
Si durante el transcurso del período de prueba fijado, el club favorecido por la suspensión cometiera una nueva infracción, la suspensión será automáticamente revocada y la sanción por la que se le prohíbe inscribir nuevos jugadores volverá a aplicarse, sin perjuicio de que se añada a la sanción impuesta por la nueva infracción. (Son facultades de órgano jurisdiccional de la Comisión Disciplinaria de FENIFUT)
En caso de rescisión unilateral de la relación contractual, los términos del presente artículo se entienden sin perjuicio de la aplicación de otras medidas recogidas en el art. 17 del REJ.
El club como parte social de su comunidad no deberá tener deudas con personal, empresas proveedoras de servicios, persona o empresa que trabaje en el estadio, instalaciones, medios de comunicación o con cualquier ente. FENIFUT y ANCF, tendrán el derecho de advertir y en su caso sancionar adeudos legalmente justificados.
CAPÍTULO III. De Los Participantes Artículo 7. Jugadores.
a.) Categoría Mayor
Jugadores profesionales, nacionales, nacionalizados o extranjeros de la máxima categoría del fútbol nacional, cuya actividad principal es la práctica del deporte y representar a los Clubes debidamente inscritos.
Los jugadores serán elegibles para participar en los partidos organizados, siempre que se encuentre debidamente registrados por su club ante FENIFUT y Liga Primera. Cada Club deberá registrar un mínimo de dieciocho jugadores y máximo de veinticinco jugadores previo al inicio de cada uno de los torneos.
b.) Categoría Juvenil (U20)
Obligatoriamente los equipos integrantes deben participar con la Categoría Juvenil U20 (jugadores nicaragüenses, nacidos del 1 de Enero del año 2002 en adelante), cuya edad es determinada mediante Asamblea de ANCF e informada a FENIFUT.
Los jugadores serán elegibles para participar en los partidos organizados, siempre que se encuentren debidamente registrados por su Club ante FENIFUT y Liga Primera. Cada club deberá registrar un mínimo de dieciocho jugadores y máximo de 25 veinticinco jugadores previo al inicio de cada uno de los torneos.
Artículo 8. Protección de menores.
Las transferencias internacionales de jugadores se permiten solo cuando el jugador alcanza la edad de 18 años.
Se permiten las siguientes dos excepciones:
1) Si los padres del jugador cambian su domicilio al país donde el nuevo club tiene su sede por razones no relacionadas con el fútbol.
2) El jugador vive en su hogar a una distancia menor de 50 km de la frontera nacional, y el club de la asociación vecina está también a una distancia menor de 50 km de la misma frontera en el país vecino. La distancia máxima entre el domicilio del jugador y el del club será de 100 km. En tal caso, el jugador deberá seguir viviendo en su hogar y las dos asociaciones en cuestión deberán otorgar su consentimiento.
El nuevo club debe cumplir las siguientes obligaciones mínimas:
1) Garantizar la formación o capacitación futbolística además de una formación académica, escolar o capacitación conforme a su vocación, que le
permita iniciar una carrera que no sea futbolística en caso de que cese en su actividad de jugador profesional.
2) Tomar todas las previsiones necesarias para asegurar que se asista al jugador de la mejor manera posible (condiciones óptimas de vivienda en una familia o en un alojamiento del club, puesta a disposición de un tutor en el club, etc.).
3) En relación con la inscripción del jugador, aportará a la asociación correspondiente la prueba de cumplimiento de las citadas obligaciones.
4) Las condiciones del presente artículo se aplicarán también a cualquier
jugador que no haya sido previamente inscrito y que no sea natural del país en el que desea inscribirse por primera vez.
5) La inscripción deberá solicitarse a Liga Primera, quien lo hará de conocimiento de XXXXXXX, quien deberá solicitar a la Subcomisión de Menores de FIFA el otorgamiento de la excepción correspondiente, una vez analizado el caso.
Artículo 9. El Cuerpo Técnico.
Cada equipo participante en los torneos organizados por Liga Primera deberá contar con al menos los siguientes elementos del Cuerpo Técnico: Director Técnico, Asistente Técnico, Preparador Físico, Entrenador de Porteros, Médico certificado en medicina deportiva y fisioterapeuta, quienes deberán estar debidamente registrados por su club ante FENIFUT y Liga Primera. A su vez, se recomienda contar con un Psicólogo Deportivo certificado y acreditado.
Xxxxxx miembro del Cuerpo Técnico podrá dirigir o preparar bajo cualquier designación directa o indirectamente, a más de un equipo en el mismo Torneo, aunque sea distinta categoría. Tampoco podrá asumir responsabilidades de representante de equipo, ni podrá formar parte de la junta directiva del equipo.
Los equipos podrán desinscribir o sustituir a cualquier número de miembros de sus cuerpos técnicos durante el curso de los torneos, pero el Director Técnico, Asistente Técnico, Preparador Físico, Entrenador de Porteros desinscrito, no podrá ser inscrito por el mismo Club o por otro de la misma categoría dentro del mismo Torneo.
Tanto el Director técnico, como los asistentes técnicos, preparadores físicos y entrenadores de porteros deberán tener titulación, licencia o proceso de licenciamiento otorgado por FENIFUT y aval de ANEF.
En caso de que el Director Técnico de la categoría Mayor sea extranjero, forzosamente tendrá que contar con un Asistente Técnico de nacionalidad nicaragüense.
En el caso de la categoría juvenil, el Director Técnico podrá ser extranjero más no podrá ser parte del Cuerpo Técnico de la categoría mayor y deberá también tener un Asistente Técnico nicaragüense.
Artículo 10. Comisario de Partido (FENIFUT).
La FENIFUT como ente regulador, aval y autoridad en la presente Temporada, designará un Comisario de partido para la primera división. El cual, junto con la
Cuarteta Arbitral y el Delegado de Liga Primera, decidirán y vigilarán la correcta aplicación de los reglamentos emitidos por FIFA, comisiones de FENIFUT y ANCF. Dichos Comisarios serán coordinados por FENIFUT y tendrán la potestad de tomar decisiones en torno al desarrollo del partido.
El Comisario del partido es la máxima autoridad, ya que representa a FENIFUT en el partido. Es responsable de garantizar tanto la organización adecuada como un desarrollo sin contratiempos del partido. Siempre deberá ser objetivo e imparcial, estos principios deberán reflejarse invariablemente en su conducta. Así mismo tendrá que estar siempre al tanto de cualquier incidente que ocurra y de los comentarios acerca del partido.
El Comisario deberá presentarse como mínimo dos horas antes del partido y verificar lo siguiente:
1) Efectuar una reunión técnica oficial con todos los involucrados en la organización del partido (Delegado policial, xxxx xxxx, directivos, árbitros, etc.).
2) Supervisión del terreno de juego.
3) Reconocer al Delegado de Liga Primera y Delegado de campo del Club local. Identificar a la cuarteta arbitral.
4) Conocer hora, fecha y lugar del partido.
5) Tener consigo toda la documentación necesaria.
6) Conocer a fondo todo el reglamento de competencia.
7) Plan cronológico prepartido (cuenta regresiva).
8) Recepcionar el informe del árbitro.
9) Recibir el 10% de los ingresos brutos de taquilla.
10) Elaborar informe final de los acontecimientos.
11) Control de estadísticas.
12) Ubicación para una buena visión del partido.
Cualquier contraprestación o viáticos serán asumidos por parte de FENIFUT. Artículo 11. Delegados de Liga Primera.
Liga Primera nombrará un Delegado de partido para cada uno de los encuentros (juveniles y mayores), quién se encargará de velar por la adecuada organización y gestión de cada uno de los protocolos que establece Liga Primera.
El Delegado será un auxiliar en la mejora del espectáculo y tendrá la autoridad suficiente para hacer que se cumplan los reglamentos, con la finalidad de que los partidos de fútbol cumplan con lo establecido por parte de la FENIFUT y ANCF.
Funciones del Delegado de Liga Primera:
1) Estar en el estadio donde se jugará el partido cuando menos 2 horas antes del inicio del encuentro.
2) Supervisar y verificar que se cumplan los protocolos de operación de partidos por parte del club local y visitante, así como protocolos sanitarios que ANCF y/o FENIFUT hayan marcado.
3) Inspección del estadio:
a) Verificar el estado del terreno.
b) Marcado de campo.
c) Bancas de sustitutos.
d) Banderines de esquina.
e) Iluminación.
f) Vallas publicitarias.
g) Vestidores de los Clubes.
h) Vestidores del cuerpo arbitral.
i) Servicios médicos.
j) Seguridad.
k) Accesos en general.
l) Llegada y equipamiento de la(s) ambulancia(s).
m) Zona asignada al club visitante (barras, o familiares de los jugadores).
n) Condiciones y apertura de servicios sanitarios para asistentes en tribunas del estadio.
o) Material de patrocinios.
p) Informar al Delegado de campo de las faltas identificadas a efecto de que se realicen las correcciones de manera inmediata.
4) Recepción e instalación del cuerpo arbitral y de los Clubes participantes.
5) Supervisar las medidas de seguridad establecidas por la autoridad competente para cada uno de los encuentros de acuerdo con el riesgo de este.
6) Supervisar que se cumplan los protocolos y lineamientos establecidos por Liga Primera en coordinación con el Comisario FENIFUT.
7) Verificar que se cumplan las condiciones y responsabilidades con los socios comerciales existentes.
8) Realizar un Reporte acerca de cualquier aspecto en el que hayan incumplido cualquier involucrado en el partido: afición, personal del estadio, cuerpos de seguridad y auxiliares, Clubes, cuerpo arbitral, socios comerciales, equipo y herramientas, personal de televisión o radio, u otros implicados en la materia. Mismo que será tomado en cuenta y adjunta, por parte del Comisario de FENIFUT en el Acta de partido y será entregado a la Comisión Disciplinaria para su consideración y emitir resoluciones, multas y/o sanciones.
9) Deberá tomar fotos y videos que evidencien los incidentes operativos en el estadio, descritos en la siguiente tabla.
Todas estas actividades la realizaran el Delegado de Liga Primera en coordinación con el Comisario del partido de FENIFUT.
Cualquier contraprestación o viáticos de dicha persona serán asumidos por parte de Liga Primera.
Artículo 12. Delegados de Campo.
El Delegado de campo y su suplente serán designados por la Junta Directiva de cada club e inscrito debidamente ante ANCF para que esté presente en todos los encuentros que el club local desarrolle.
El Delegado de campo será un colaborador para el Comisario de FENIFUT, cuarteta arbitral y Delegado de Liga Primera, ayudará a cumplir los reglamentos, bases de competencia y además resolver cualquier cuestión y/o emergencia referente a la operación del estadio.
Deberá contar con personal auxiliar en el campo o estadio que puedan colaborarle.
Responsabilidades:
1) Deberá presentarse al terreno de juego correctamente vestido (ropa casual formal que no se identifique con una camiseta del equipo). Al menos dos horas antes de juego de la categoría juvenil.
2) Asegurar el buen marcado del terreno con sus medidas reglamentarias.
3) Presentar carnet ante la cuarteta arbitral.
4) Coordinar con el Comisario y el cuarto árbitro todo lo relacionado al partido, principalmente debe asegurarse de que todo esté bajo control, en cuanto a la seguridad del estadio y sus alrededores.
5) Revisar que todo esté en perfecto orden para el buen desarrollo del partido, así como: vestidores, tabla de cambios, balones, mesas y sillas para el cuarto árbitro, Comisario y Delegado de Liga Primera.
6) No permitir en el terreno de juego personas sin carnets o acreditación emitida por Liga Primera o el club local, al menos cuarenta minutos antes de iniciar el partido, así sean directivos locales o visitantes. En el campo solamente deberán permanecer los dos equipos, árbitros, fotógrafos con xxxxxxxx, camarógrafos de la televisora oficial y oficiales del partido debidamente acreditados.
7) Conducir al equipo visitante a los vestidores correspondientes y brindarle indicaciones relacionadas a la instalación, a su vez garantizará la seguridad de estos.
8) Conducir a sus respectivos camerinos y atender a la cuarteta arbitral, brindarles seguridad en todo momento desde su llegada al partido hasta la salida del estadio.
9) Permanecer en el terreno de juego de forma identificada, donde el cuarto árbitro le señale, no debiendo permanecer en los vestidores del equipo local.
10) El Delegado de campo deberá asegurar y entregar a la cuarteta arbitral, cinco balones oficiales de Liga Primera antes del inicio del partido (estos deberán de lucir impecables).
11) El Delegado de campo no permitirá propaganda política, religiosa o discriminatoria, ya sea racial u ofensas a personas y/o instituciones.
12) El Delegado de campo en ningún momento deberá tomar partido en las decisiones del árbitro, haciendo gestos y/o reclamos.
13) Supervisar las medidas de seguridad establecidas por la autoridad competente para cada uno de los encuentros de acuerdo con el riesgo de este.
14) Actuar junto con el personal auxiliar del Estadio para apoyar en temas relevantes a la seguridad bajo indicaciones el Comisario de FENIFUT y Delegado de Liga Primera.
15) Todo Delegado de campo que no cumpla con lo establecido será inhabilitado de 1 a 3 jornadas de la actividad del fútbol, dependiendo de sus actos violatorios al reglamento de la temporada, y una multa pecuniaria de C$1,000.00 (Un mil córdobas netos).
Cualquier contraprestación o viáticos de dicha persona serán asumidos por parte del club correspondiente.
CAPÍTULO IV. De Las Inscripciones y Registros
El procedimiento para la inscripción de los Clubes deberá hacerse en base a ordenamiento que especifique ANCF, ya sea en su portal o sistema (Referee Pro), correo electrónico o de la manera que ANCF designe. Se emitirá un comunicado con antelación ante los Clubes e implicados.
Artículo 13. Registros de Jugadores y Cuerpo Técnico.
El Registro para Jugadores y Cuerpo Técnico de las categorías mayor y juvenil, deberá hacerse en base a ordenamiento que especifique ANCF, ya sea en su portal o sistema (Referee Pro), correo electrónico o de la manera que ANCF designe. Se emitirá una comunicación con antelación ante los Clubes e implicados.
Se tomarán como documentos válidos de identificación solamente:
• Para jugadores nacionales, cédula. Si son jugadores menores de 16 años, partida de nacimiento.
• Para jugadores extranjeros se solicitará Pasaporte. Excepto a los ciudadanos pertenecientes a los países que están dentro del CA4, quienes se podrán inscribir con Cédula de su país de origen. En caso de extranjeros menores de edad, Liga Primera y FENIFUT podrán solicitar más documentos, según los requerimientos de FIFA.
Para la inscripción de cualquier jugador en la categoría mayor será de carácter obligatorio la presentación de exámenes médicos y electrocardiograma, los cuales deberán ser firmados y sellados por un médico certificado.
Para la temporada 2022-2023 todos los Directores Técnicos de la categoría mayor deberán poseer Licencia A.
El Asistente Técnico de la mayor, el Director Técnico y Asistente Técnico de la categoría juvenil deberán poseer al menos Licencia B desde esta temporada 2021- 2022.
Los entrenadores de la categoría Juvenil tendrán hasta la Temporada 2023-2024 para poseer su licencia A.
En el caso de un Director Técnico extranjero ya sea en la categoría mayor o Juvenil, será de carácter obligatorio que su asistente técnico sea nicaragüense.
El director técnico de la categoría juvenil, si es nicaragüense podrá tener la función de asistente técnico en la categoría mayor o ser el director técnico interino de la categoría mayor, ya sea porque el director técnico fue cesado de su cargo o porque este no podrá estar en algún partido por motivos de fuerza mayor, caso contrario deberá asumir el asistente técnico de la categoría mayor.
En el caso de la categoría juvenil, el entrenador podrá ser extranjero más no podrá ser parte del Cuerpo Técnico de la categoría mayor también deberá tener un asistente técnico nicaragüense.
El departamento de operaciones de ANCF emitirá un carnet para cada implicado una vez que se hayan registrado satisfactoriamente en ANEF y FENIFUT, será requisito la presentación de estos para cada alineación.
Artículo 14. Transferencias entre torneos.
Entre el Torneo Apertura y Torneo Clausura, los Clubes podrán transferir un máximo de 2 jugadores de la categoría Mayor y 3 jugadores Juveniles, provenientes de otros Clubes de Liga Primera. Esto se hará mediante un acuerdo firmado entre los dos Clubes y el acuerdo deberá firmarse aun cuando el jugador fue dado de baja tras finalizar el Torneo Apertura. Exceptuando jugadores que ya tengan contrato vencido.
Los jugadores provenientes de la categoría Juvenil deberán ser inscritos en la categoría Juvenil y los jugadores de la categoría Mayor, deberán ser inscritos en la categoría Mayor.
Artículo 15. Registro ante FENIFUT.
Obligatoriamente los Clubes deberán registrar en el portal de FIFA Connect, (jugadores Juveniles y Mayores además de los miembros del Cuerpo Técnico) a través de un oficial del club respectivo, debidamente autorizado por la dirigencia del mismo club. El no realizar dicho registro, representará para el club infractor alineación indebida, lo que a su vez conllevará a la pérdida del partido.
Artículo 16. Jugadores no inscritos.
Si un jugador o miembro del Cuerpo Técnico no ha sido inscrito por un club ante FENIFUT a través del sistema FIFA Connect y participa con ese club en cualquier partido oficial, la participación se considerará ilegal. Podrán imponerse sanciones contra el jugador, el miembro del Cuerpo Técnico o el club, que serán las siguientes:
La pérdida de los puntos para el equipo infractor en cualquier juego en que se hubiese alineado a dicho jugador o participe el miembro del Cuerpo Técnico. Así como la sanción económica por un monto de C$5,000.00 (Cinco Mil Córdobas Netos).
Si el Club reincide será acreedor a la pérdida de todos los puntos de dicho torneo, lo que podría resultar en afectar su permanencia en Liga Primera por el tema del descenso.
Artículo 17. Límite de extranjeros.
Los Clubes podrán registrar a 5 jugadores extranjeros pudiendo tener convocados a los cinco, pero solo podrán estar alineados 4 de ellos al mismo tiempo.
Para el caso de los jugadores extranjeros la directiva de cada club deberá solicitar a FENIFUT que gestione el CTI. Los responsables del TMS de cada club deberán cumplir con el procedimiento establecido para introducir en el sistema las órdenes de transferencia, cargar documentos obligatorios, verificar y confirmar transferencia etc.
Igual procedimiento se realizará en el caso de jugadores nacionales que hayan jugado en el extranjero durante el último periodo previo al inicio del torneo correspondiente. Cumpliendo además todos los detalles de la temporada 2021- 2022, períodos de inscripción incluidos en el TMS, los cuales deben ser de estricto cumplimiento por los jugadores extranjeros.
Los Clubes podrán inscribir a 3 jugadores nacionalizados (estos 3 podrán estar en cancha aparte de los 4 Jugadores extranjeros), en caso de inscribir un jugador nacionalizado más, este deberá ser inscrito como jugador extranjero.
Si un jugador extranjero recibe la nacionalidad durante el transcurso de un torneo, ya sea Apertura o Clausura, su Club deberá presentar la documentación que lo acredita como nicaragüense (cédula de identidad nicaragüense), por lo que este pasará a ser considerado como jugador nacionalizado a partir del siguiente torneo que se realizó la inscripción del jugador. Liberándose un cupo de extranjero, a menos que el Club ya tenga 3 jugadores nacionalizados en su plantel, por lo que se aplicará lo dicho en el párrafo anterior a este.
En la categoría Juvenil podrán inscribirse hasta tres jugadores nacionalizados siempre y cuando cumplan con la edad requerida.
Artículo 18. Períodos de Inscripciones ante ANCF.
La dirección de ANCF por medio del Departamento de Operaciones, comunicará oportunamente a Clubes y FENIFUT, las especificaciones y períodos para inscripciones de dicho Torneo.
Los períodos para inscripciones del Torneo Apertura 2021 serán los siguientes:
Primer Período, a partir del 12 de Julio hasta 48 horas antes del inicio del Torneo Apertura 2021.
Segundo Xxxxxxx, dará inicio posterior a la Jornada 1 y se cerrará en la categoría Mayor para jugadores nacionales 24 horas antes del inicio de la Jornada 9 y para jugadores extranjeros en concordancia de la fecha FIFA en cuestión al cierre del TMS (7 de Octubre del 2021).
Para la categoría juvenil este segundo periodo se cerrará 24 horas antes del inicio de la Jornada 12 del Torneo Apertura 2021.
Para la emisión del carnet será necesario tener completos todos los requerimientos de Liga Primera y FENIFUT 48 horas antes del inicio de cada jornada, en caso contrario no se emitirá el carnet hasta después de la jornada a disputarse.
CAPÍTULO V. De Las Sedes
De acuerdo con el calendario oficial publicado por Liga Primera, los partidos se desarrollarán en cada uno de los estadios programados que estén debidamente inscritos ante ANCF y se completen de acuerdo con el programa de licencias de Clubes de FENIFUT, para posteriormente ser catalogados de la siguiente manera:
Estadio Certificado por ANCF
Inmueble que cumple con la puntuación que determinan los requerimientos mínimos de Estadios y deberán seguir las recomendaciones y plan de mejoras dictaminadas por la dirección de ANCF. Y su cumplimiento de infraestructura de estadio requerida para el licenciamiento de Clubes recomendada por FENIFUT.
Complejo o cancha habilitada por ANCF
Denominado así a la cancha avalada para el desarrollo de partidos organizados por ANCF por un período determinado y cuya obligación por cumplir el Plan de Mejoras
debe ser completado. De no ser así, el complejo podrá declararse “No Aceptado” y el club perderá la potestad de realizar los partidos en dicho complejo dictaminado por la dirección de ANCF, obedeciendo el debido cumplimiento de los requisitos de licencia de Clubes de FENIFUT.
Los Clubes presentarán anualmente ante ANCF, los siguientes documentos: Certificado de protección civil, carta de responsabilidad civil, proyecto de medidas de seguridad para aficionados y Clubes, acuerdos firmados para el uso y administración de ambulancia, policía, bomberos.
Artículo 19. Responsabilidades de los Clubes.
Cada club será responsable de mantener la infraestructura necesaria para garantizar dicha certificación y hacer modificaciones continuas en base a recomendaciones de ANCF y FENIFUT. En caso de que durante el transcurso de la temporada algún estadio dejara de contar con alguno de los requisitos, Liga Primera y la Comisión Disciplinaria de FENIFUT cuenta con la potestad de determinar sanciones, las cuales podrán ir desde amonestación, partido a puerta cerrada o hasta pérdida de la certificación o aval.
Todos los terrenos de juego, donde se efectúen los encuentros de la VI Temporada de Liga Primera, deberán ajustarse a lo previsto en la regla I, de las reglas de juego de la IFAB, además exige:
1) Perfecto y visible marcado del terreno de juego, efectuado con rayas continuas de pintura blanca u otro material de acuerdo con la superficie del terreno de juego, con una anchura de 12 cm similar al diámetro de los tubos que conforman los xxxxxx 12 cm. No utilizar otro tipo de sustancia o material para evitar mal interpretación al reglamento.
2) Correcto y parejo corte de la grama dentro del terreno de juego y sus alrededores.
3) Perfecto estado de pintura blanca en los arcos y colocación de las redes que deben estar en buen estado.
4) Queda prohibido regar el terreno de juego en el entretiempo y si faltan a este articulo el equipo local infractor pagará una multa de C$2,000.00 (Dos Mil Córdobas Netos).
5) Colocación de banderines de esquina, los que deben tener la altura reglamentaria 1.50 metros y deberán ser flexibles.
6) Asegurar la presencia xx xxxxxx de patrocinadores ya sean de Liga Primera y Clubes, su correcta ubicación y el cuido de estas mismas. Caso contrario se les impondrá una multa económica de C$1,000.00 (Mil Córdobas Netos)
7) Ubicación de la banca de suplentes donde puedan sentarse como mínimo catorce (14) personas, con toldo y protección espaldar que impida que los ocupantes puedan ser agredidos con objetos arrojados desde las tribunas.
8) Ubicación de la mesa técnica, a la altura del medio campo, con toldo y tres
(3) sillas para el Delegado de Liga Primera, cuarto árbitro y el Comisario si es necesario.
9) Vestuario independiente para cada equipo y para los árbitros, con duchas, lavamanos y servicios sanitarios, tomando en cuenta que los equipos cuentan con un personal de 30 entre jugadores y cuerpo técnico.
10) Los vestidores de los equipos contarán con luz, mesa de masajes, bancos o asientos, para sentarse catorce (14) personas simultáneamente y agua potable obligatoriamente.
11) Si el vestidor asignado no reúne las condiciones mínimas establecidas, el Comisario procederá́ a instalar al visitante en el que esté en mejores condiciones.
12) El vestidor de los árbitros contará con luz, mesa para escribir y cuatro sillas o bancos en buen estado, closet o perchero para ropa y agua corriente obligatoriamente.
13) El paso destinado a los jugadores y árbitros, será en lo posible protegido, desde los vestuarios hasta el terreno de juego.
14) Parlantes internos, con el fin de transmitir el Himno Nacional e informaciones de interés para la concurrencia (No para dar opiniones de fallos, incitar al público).
15) Espacio en el área aledaña a los vestuarios de los jugadores, para efectuar el control de doping, que contará obligatoriamente con luz, mesa y cuatro sillas y preferiblemente servicio sanitario.
16) Asegurar la presencia policial y de ambulancia, al menos una hora antes del inicio del partido de la categoría Juvenil U20.
Multas y sanciones incidentes Liga Primera | |
Incidentes | Multa |
Ubicación incorrecta de puestos de comida. | C$300 por puesto |
Artículos dentro del campo y sus alrededores, que no son indispensables para el correcto desarrollo del partido (Carretillas, cascos, bicicletas, comida, mochilas, tuberías xx xxxxx, porterías, etc) | C$ 500 |
Comportamiento incorrecto de pasabalones. | C$ 500 |
Falta de personal de seguridad del Club en los partidos (Mínimo 5 personas) | C$ 500 |
Personas dentro del terreno de juego sin chaleco y acreditación. | C$ 500 |
Sanitarios para los aficionados sucios o inexistentes. | C$ 500 |
No presencia xx xxxxxx, xxxx ubicación y /o dañadas de patrocinadores de Liga Primera y Clubes. | C$ 1,000 |
Ausencia del Delegado de Campo al menos 1 hora antes del inicio del partido. | C$ 1,000 |
Ausencia de sonido local para protocolo de partido. | C$ 1,000 |
Uso de balones que no sean de la marca oficial en el calentamiento prepartido y el partido. | C$ 2,000 |
Vocabulario indebido de Jugadores y Miembros del Cuerpo Técnico. | C$ 1,000 |
Vocabulario indebido de miembros de las Directivas de los Clubes. | C$ 1,000 |
Lanzamiento de objetos al terreno de juego. | C$ 2,000 |
No proveer las condiciones basicas e higiene en los camerinos (inodoros, duchas, espacio para charla) | C$ 2,000 |
Personas ubicadas sobre los muros del estadio. | C$ 2,000 |
No respetar designaciones de camerinos. | C$ 2,000 |
Jugadores, miembros de Cuerpo Técnico y Directivos dentro del terreno de juego o zonas aledañas en partidos que no le corresponden ya sea de categoría Mayor o Juvenil. | C$ 3,000 |
Ingreso de aficionados al terreno de juego. | C$ 3,000 |
Ausencia de ambulancia y cuerpo médico. | C$ 1,000 por primera ocasión en una temporada. Por segunda ocasión en una temporada: C$ 2,000 Por tercera ocasión en una temporada: pérdida del partido por marcador 0-3. |
Corte incorrecto de la grama, grama en mal estado o grama alta dentro y en los alrededores del terreno de juego. | C$ 2,000 |
Retraso del inicio del partido o reinicio del partido tras finalizar mediotiempo. | C$ 200 córdobas por minuto de retraso. |
FENIFUT, ANCF y los equipos de Liga Primera podrán en cualquier momento realizar exámenes de control doping, en cualquier partido de Liga Primera, así como en cualquier entrenamiento de los Clubes que participan en Liga Primera.
Cuando se practique control de doping, disponer de un local para tal fin; el equipo local se obliga a proporcionar refrescos y botellas de agua, para ser utilizadas por los jugadores sometidos a la toma de muestras. (Toda esta bebida debe ofrecerse al futbolista herméticamente cerrado). FENIFUT o Liga Primera pueden hacer de oficio el doping en cualquier circunstancia, ya sea partidos de la temporada o entrenamientos del club del jugador o en las reconcentraciones de las selecciones nacionales.
Todo equipo de categoría nacional que participe en la VI Temporada de Liga Primera deberá contar o presentar un plan de inversión a finalizar la Temporada 2020-2021 conteniendo las siguientes condiciones mínimas:
1) Graderías para un mínimo de dos mil personas. (Plan de crecimiento en Estadios).
2) Perfecta iluminación para efectuar juegos nocturnos, según normas internacionales de FIFA (1,200 Lux mínimo).
3) Terreno de juego con grama natural o de césped artificial en buen estado sin huecos ni piedras, cumpliendo al menos las medidas mínimas avaladas por IFAB.
4) Cerca xx xxxxx ciclón o enrejada que impida totalmente el acceso del público al terreno de juego, debiendo estar retirada al menos cinco (5) metros del terreno de juego.
5) Disponer de “baños públicos” con un número de piezas sanitarias proporcional al aforo para brindar mayor comodidad a las personas.
6) Casetas de transmisión radial/televisiva, en número de una (1) como mínimo, dotadas xx xxxxx, toma de electricidad y acometida de cables telefónicos, de las cuales una como mínimo, debe estar a disposición de la emisora oficial del equipo visitante.
7) Palco de autoridades y prensa con sillas en gradería.
Al inicio de cada Temporada, los Clubes deberán presentar su debido Plan Operativo de la sede en la que juegan como locales y sede alternativa. Clasificando sus compromisos en: Alto, Mediano y Bajo Riesgo.
CAPÍTULO VI. De Los Contratos Artículo 20. Disposiciones especiales entre Clubes y Jugador.
1) Liga Primera, enviará a los Clubes un Contrato Base para estandarizar todos los contratos que compromentan a integrantes de los Clubes de Liga Primera. A este contrato no se le podrán quitar artículos, pero si se le podrán agregar condiciones especiales acordadas entre ambas partes.
2) Si un intermediario actúa en la negociación de un contrato, su nombre deberá figurar en el contrato. Para actuar de intermediario deberá registrarse ante FENIFUT quien a su vez informará a CONCACAF y FIFA.
3) La duración mínima de un contrato será 1 año a partir de la fecha de inscripción al final de la temporada, la duración máxima será de 5 (Cinco) años. Cualquier otro contrato de una duración distinta se permitirá solamente si se ajusta a la Legislación Nacional. Los jugadores menores de 18 años no pueden firmar un contrato de profesionales de una duración mayor de tres años. No se aceptará cualquier cláusula de un periodo mayor.
4) Un club que desee concertar un contrato con un jugador profesional debe comunicar por escrito su intención al club del jugador antes de iniciar las negociaciones con el jugador. Un jugador profesional tendrá la libertad de firmar un contrato con otro club, si su contrato con el club actual ha vencido o vencerá dentro de un plazo de seis meses. Cualquier violación de esta disposición estará sujeta a las sanciones pertinentes.
5) La validéz de un contrato no puede supeditarse a los resultados positivos de un examen médico y/o a la concesión de un permiso de trabajo.
6) Si un jugador profesional concierta más de un contrato para el mismo periodo, se aplicarán las disposiciones del capítulo IV del (REJ).
7) Prestaciones, premios económicos y acuerdos que no estén registrados en el contrato presentado ante FENIFUT y ANCF, no serán válidos ni para FENIFUT ni Liga Primera.
Artículo 21. Préstamos de jugadores profesionales
1) Un jugador profesional puede cederse a otro equipo en calidad xx xxxxxxxx, sobre la base de un acuerdo por escrito entre el jugador y los Clubes en cuestión. Cualquier préstamo está sujeto a las mismas disposiciones que se aplican a la transferencia de jugadores, lo dispuesto en el TMS FIFA, incluidas las estipulaciones sobre la indemnización por formación y el mecanismo de solidaridad.
2) De acuerdo con el artículo 5, apartado 3, del Estatuto del Jugador de FIFA, el periodo mínimo xx xxxxxxxx será el tiempo entre dos periodos de inscripción, respetando el periodo de un año mínimo de duración de los contratos establecido en el artículo 19 de estas bases de competencia.
3) El club que ha aceptado a un jugador en cesión xx xxxxxxxx no tiene derecho a transferirlo sin la autorización por escrito del club que lo prestó y del jugador en cuestión.
Artículo 22. Influencia de terceros en los Clubes.
1) Ningún club concertará un contrato que permita al/los club(es) contrario(s) y viceversa o a terceros, asumir una posición por la cual pueda influir en asuntos laborales y sobre transferencias relacionadas con la independencia, la política o la actuación de los equipos del club.
2) Ningún club o jugador podrá firmar un contrato con un tercero que conceda a dicho tercero el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor de un futuro traspaso de un jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes. Apartado 1 y 2 del reglamento de relaciones con intermediario.
3) La Comisión Disciplinaria y Comisión del estatuto del jugador de la FENIFUT podrá imponer sanciones disciplinarias a los Clubes que no cumplan las obligaciones estipuladas en este artículo.
Artículo 23. Incumplimiento de Contratos.
Cualquier club o persona que no pague, o no lo haga íntegramente, a otro (por ejemplo, a un jugador, a un entrenador o a un club) la cantidad a que hubiera sido sancionado a satisfacer por la Comisión Disciplinaria de la FENIFUT:
1) Será sancionado con multa en cuantía no inferior a C$5,000.00 (cinco mil córdobas netos) por incumplimiento de la decisión del órgano que le hubiese condenado al pago (cf. Art. 44 de los Estatutos de la FENIFUT).
2) Las autoridades jurisdiccionales de la FENIFUT le concederán un plazo xx xxxxxx último y definitivo para que haga efectiva la deuda.
3) Si el deudor fuese un equipo, será advertido de deducción de puntos o de descenso a la categoría inmediatamente inferior o la descalificación en el caso de haber logrado ascenso o jugar repechaje en el supuesto de falta de pago al término del plazo xx xxxxxx otorgado.
4) Si, transcurrido el plazo xx xxxxxx, el equipo no pagase lo debido, la autoridad competente requerirá que se lleve a cabo la ejecución.
5) En el supuesto de deducción de puntos, deberá existir una proporción equitativa entre el monto de la deuda impagada y el número de los puntos deducidos.
6) La media ponderante será a razón de 3 puntos por cada U$1,000 dólares. (Mil dólares americanos).
CAPÍTULO VII. Desarrollo de la Competencia Artículo 24. Formato del torneo y sistema de competencia.
La VI Temporada de Liga Primera se jugará dividida en dos torneos: Apertura y Clausura. Contará con 46 jornadas, cuya duración será en concordancia con el calendario que publique Liga Primera en su sitio web oficial xxx.xxxxxxxxxxx.xxx
El Torneo Apertura tendrá 18 jornadas en su Fase Regular, 1 jornada de Repechaje, 2 jornadas para semifinales y 2 jornadas para la Final = 23 jornadas
El Torneo Clausura tendrá 18 jornadas en su Fase Regular, 1 jornada de Repechaje, 2 jornadas para semifinales y 2 jornadas para la Final = 23 jornadas
Artículo 25. Desarrollo de los Torneos.
Cada uno de los torneos Apertura y Clausura objeto del presente Capítulo, se desarrollarán de acuerdo con lo establecido a continuación:
Cada torneo constará de cuatro fases. Con 10 equipos en 23 jornadas iniciando conforme lo establezca el calendario establecido por Liga Primera.
Este Torneo tendrá cuatro fases:
Primera fase: Se realizarán dos vueltas jugando entre si todos los Clubes; 18 partidos cuyo orden será el mismo para ambas vueltas solo que alternando la calidad de local y visitante.
Conforme a los ordenamientos emitidos por FIFA, se otorgarán 3 tres puntos al ganador de cada encuentro, 1 un punto en caso de haber empate y 0 cero puntos al perdedor de cada partido.
Así mismo, se establecerá una tabla con la lista de los equipos participantes que será ordenada en forma descendiente de acuerdo con los puntos acumulados que hayan obtenido durante el desarrollo del torneo.
Si hubiese más de un equipo con la misma cantidad de puntos, se colocará en primer lugar el equipo que tenga una mayor diferencia positiva entre los goles anotados y recibidos. Si a pesar de lo anterior, hubiese más de un equipo con la misma cantidad de puntos y la misma diferencia positiva xx xxxxx, se colocará en primer lugar al equipo con la mayor cantidad xx xxxxx anotados. Si a pesar de lo anterior continuaran empatados, se considerará el resultado obtenido entre ambos Clubes. Si a pesar de lo anterior continuaran empatados se tomará en cuenta el parámetro del Fair Play.
Criterio de Desempate Fair Play: En caso de empate en los principales criterios de desempate, el club con menos puntos negativos será el que se posicionará en mejor posición. Así se organiza esta puntuación:
- Tarjeta amarilla: menos 1 punto.
- Tarjeta roja indirecta: menos 3 puntos.
- Tarjeta roja directa: menos 4 puntos.
- Tarjeta amarilla y roja directa: menos 5 puntos.
Al término de ambas vueltas los equipos que queden en primer y segundo lugar en la tabla de posiciones del torneo quedarán clasificados directamente para la semifinal, esperando a los ganadores del repechaje, instancias que se detallan en los siguientes incisos.
Segunda fase: Durante el repechaje, se enfrentarán los equipos ubicados entre las posiciones 3 y 6 de la tabla de posiciones jugando a un partido único y fungiendo como local el equipo mejor ubicado en la tabla de clasificación del torneo que se celebra, sin valer el gol de visitante. Las llaves serán 4to. vs 5to y 3ro. Vs 6to
En caso de empate en el tiempo reglamentario, se jugarán dos tiempos extras de 15 minutos cada uno, en los que se alternará la dirección de ataque de ambos equipos y de subsistir el empate se jugará una tanda xx xxxxxxx en la que cada equipo disparará alternadamente cinco penales, resultando ganador el equipo con mayor cantidad xx xxxxx anotados. De subsistir el empate se procederá a muerte súbita, es decir, cada equipo disparará un penal alternadamente hasta lograr una diferencia de un gol, una vez ejecutado su tiro penal el equipo que no haya comenzado la serie de muerte súbita, obteniendo así un ganador.
Para efectos de la tanda xx xxxxxxx que se detalla en el inciso anterior, así como para cualquier tanda xx xxxxxxx que se mencione en el presente ordenamiento, será facultad única, obligatoria e irrevocable del árbitro del encuentro, decidir sobre la portería en la que se ejecutará la mencionada tanda xx xxxxxxx.
Tercera Fase: Para las semifinales se clasificarán los 2 primeros lugares de la tabla de posiciones más los ganadores del repechaje y jugarán a partidos de ida y vuelta.
Conforme lo establecido en el inciso que antecede, para la instancia de semifinal los contendientes se definirán considerando la posición que ocuparon en la tabla de posiciones al finalizar el torneo, enfrentándose el mejor ubicado contra el último y el segundo mejor ubicado contra el penúltimo.
Ambos enfrentamientos serán a visita recíproca, recibiendo el partido como local en el partido de vuelta, el equipo con mejor ubicación en la tabla de posiciones durante las 18 jornadas del Torneo.
Resultará ganador de cada una de las series de semifinales, el equipo que al término de ambos encuentros anote la mayor cantidad xx xxxxx. El gol visitante quedará exento de las semifinales y solo se tomará en cuenta el marcador global.
En caso de existir empate en el marcador global, se jugarán dos tiempos extras de 15 minutos cada uno, en los que se alternará la dirección de ataque de ambos equipos y de subsistir el empate se jugará una tanda xx xxxxxxx en la que cada equipo disparará alternadamente cinco penales, resultando ganador el equipo con mayor cantidad xx xxxxx anotados. De subsistir el empate se procederá a muerte súbita, es decir, cada equipo disparará un penal alternadamente hasta lograr una diferencia de un gol, una vez ejecutado su tiro penal el equipo que no haya comenzado la serie de muerte súbita y así determinar el ganador.
Cuarta Fase: Para la final los equipos ganadores de las semifinales disputarán la final, jugándose a partidos de ida y vuelta, serán a visitas recíprocas, recibiendo el partido como local en el partido de vuelta el equipo con mejor ubicación en la tabla de posiciones durante las 18 jornadas del Torneo.
El gol visitante quedará exento de la final y solo se tomará en cuenta el marcador global.
Para la final, Liga Primera cuenta con la potestad para administrar, desarrollar y gestionar la operación de los estadios, independientemente quienes sean los equipos que se hayan ganado el lugar en dicho encuentro. En coordinación, comunicación y apoyo de los Clubes.
Para juegos de liguilla que conlleven tiempos extras no se puede utilizar un sexto cambio en la prórroga. Solamente podrán utilizar los cambios y ventanas de las 3 que aún quedan disponibles.
Para la premiación, solamente el equipo campeón recibirá trofeo y medallas por parte de Liga Primera. Siendo un máximo de 35 personas, permitiendo únicamente a jugadores, miembros del Cuerpo Técnico y 2 miembros de Junta Directiva. Queda prohibida la presencia de personas ajenas al Club dentro de la premiación (familiares, patrocinadores o aficionados).
El ganador de la fase final se declarará Campeón de Liga Primera del Torneo que corresponda.
Artículo 26. Sanciones y Cumplimientos.
Se llevará conteo de tarjetas xxxxxxxxx por categoría. Es decir, tarjetas xxxxxxxxx obtenidas en categoría Juvenil contarán únicamente para categoría Juvenil, esto mismo aplica para categoría Mayor.
Tras finalizar la Jornada 18, las tarjetas xxxxxxxxx se borrarán, a partir de esta etapa el ciclo de tarjetas será de 3 tarjetas xxxxxxxxx.
A partir de la liguilla, únicamente los jugadores inscritos en la categoría Juvenil podrán cumplir sanción o ciclo en las jornadas de la categoría Mayor.
En caso de que un partido de cualquier categoría, ya sea Mayor o Juvenil, no pueda celebrarse total o parcialmente, este contará como partido oficial para el cumplimiento de sanciones, esto aplica únicamente para la categoría que no se pudo disputar.
Artículo 27. Ascenso y Descenso.
Al término de cada campeonato de Liga de Ascenso, ascenderá a Liga Primera el campeón absoluto de Liga de Ascenso, de acuerdo con lo que determine FENIFUT.
Descenderá de manera directa a Liga de Ascenso el equipo que durante los torneos Apertura y Clausura, haya conseguido la menor cantidad de puntos en la suma de ambos torneos (Tabla General).
El subcampeón de Liga de Ascenso, según lo determinado por FENIFUT, jugará una serie de repechaje contra el equipo que ocupe el noveno lugar en la Tabla General de Liga Primera. Este repechaje por el NO DESCENSO se jugará a visitas recíprocas. El partido de ida se jugará en la sede donde el equipo de Liga de Ascenso vaya a jugar, si consigue el ascenso a Liga Primera y el partido de vuelta en la sede donde el equipo de Liga Primera jugó toda la temporada.
El gol visitante quedará excento de la etapa de Repechaje Ascenso Liga Primera y solo se tomará en cuenta el marcador global.
Se jugará con el balón oficial de Liga Primera. Para ambos partidos, Liga Primera proveerá los balones correspondientes para el encuentro.
En caso de existir un empate en el marcador global, se jugarán dos tiempos extras de 15 minutos cada uno, en los que se alternará la dirección de ataque de ambos equipos y de subsistir el empate se jugará una tanda xx xxxxxxx en la que cada equipo disparará alternadamente cinco penales, resultando ganador el equipo con mayor cantidad xx xxxxx anotados. De subsistir el empate se procederá a muerte súbita, es decir, cada equipo disparará un penal alternadamente hasta lograr una diferencia de un gol, una vez ejecutado su tiro penal el equipo que no haya comenzado la serie de muerte súbita, obteniendo así un ganador.
Las condiciones para las sustituciones durante los encuentros serán las mismas con las que se haya jugado en esa temporada de Liga Primera.
El equipo de Liga Primera participante en este repechaje deberá alinear al jugador juvenil de acuerdo con lo establecido en sus Bases de Competencia.
Para todo lo relacionado al desarrollo del partido en esta instancia, ya sea Operación de la sede, designación de uniformes, cantidad de aficionados visitantes y locales y reglamentación en general, tanto los equipos contendientes, como las autoridades en el encuentro (Árbitros, Delegados de Liga Primera y/o FENIFUT) deberán regirse por lo establecido en las Bases de Competencia de Liga Primera.
En el caso de un equipo que haya ganado su derecho de ascender a la siguiente Temporada de Liga Primera, tendrá 15 días para confirmar su participación. En el caso que no pueda cumplir, el equipo que le sucede en la tabla general de segunda división tendrá el derecho, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por Liga Primera y FENIFUT (Licencia de Clubes), De no cumplirse esta condición Liga Primera en conjunto con FENIFUT, decidirán otorgar el derecho a un proyecto formal, preferentemente en un departamento que no tenga representación.
El equipo ascendido deberá desde el primer momento obedecer y seguir los lineamientos que Liga Primera determine. Las sedes (estadio), requisitos organizacionales y financieros, deben ser cumplidos y presentados, ante Liga Primera.
Artículo 28. Representantes ante la Liga de CONCACAF.
Los equipos de Liga Primera que representarán a Nicaragua ante Liga CONCACAF serán el Campeón de Apertura y el Campeón de Clausura.
En caso de que el campeón del Torneo Apertura repita en el Torneo Clausura, el segundo clasificado se obtendrá́ de la siguiente manera:
El subcampeón del Torneo Apertura fuese el mismo en el del Torneo Clausura.
Si los sub-campeones de cada torneo son distintos, el segundo representante será el subcampeón con mayor cantidad de puntos obtenidos en la tabla general.
A más tardar 15 días de terminada la Temporada, los equipos que representarán a Nicaragua tienen la obligación de confirmar su participación en las competencias internacionales de CONCACAF; caso contrario Liga Primera tiene el derecho de invitar al equipo que corresponda según lo estipulado en el artículo # 53
Es de estricto cumplimiento que en cada competencia internacional a nivel de Clubes, esté un miembro de Liga Primera en la delegación que represente a nuestra Liga.
El equipo que no cumpla con Licencia regional no podrá participar en Liga Concacaf o Liga de Campeones de Concacaf.
CAPÍTULO VIII. Desarrollo de los Partidos
Artículo 29. Requerimientos mínimos para dar comienzo a los partidos.
El Club que funja como local en cada partido oficial de Liga Primera, Copa Primera o amistoso avalado por ANCF y FENIFUT, estará obligado a garantizar lo siguiente, para que pueda celebrarse el partido en cuestión:
a) La presencia de una ambulancia con los implementos indispensables para proveer de primeros auxilios en cualquier caso de emergencia. Deberá informarse al Comisario de FENIFUT y Delegado de Liga Primera el hospital designado previamente, al cual deberá dirigirse la ambulancia en caso de ser necesario. La ambulancia deberá presentarse con al menos un conductor y un paramédico o médico certificado para proporcionar primeros auxilios además deberá permanecer en sitio desde una hora antes del comienzo del partido y hasta que los equipos y el Cuerpo Arbitral se hayan retirado del inmueble.
b) Xxxxxxx para el traslado de cualquier lesionado, junto con al menos dos xxxxxxxxxx y un paramédico en cancha.
c) Cuerpo de Policía y/o seguridad privada, cuya presencia en cantidad y alcance deberá garantizar la seguridad de los equipos y Cuerpo Arbitral, desde una hora antes y hasta una hora posterior al término del partido, además de garantizar la seguridad de los espectadores durante el desarrollo del encuentro. Lo dispuesto en el presente inciso no será obligatorio para los partidos de la categoría U-20, a menos que sea en un partido donde se solicite por algunos de los equipos o Liga Primera. El número de elementos policiales deberá ser acorde al tipo de partido, siendo suficiente para partidos de alto riesgo y fase final, en los cuales se deberá garantizar la seguridad de ambos equipos y el cuerpo arbitral hasta que éstos abandonen el estadio y en un radio mínimo de cinco kilómetros del estadio en el que se trate.
Ante la ausencia de cualquier de los requerimientos anteriormente señalados, el equipo Local se hará acreedor a las siguientes sanciones:
En caso de no presentarse ambulancia, cuerpo médico o presencia policial:
Por primera ocasión en una temporada: Multa económica por un importe de C$ 1,000.00 (Un mil córdobas) a menos que se demuestre haber solicitado con 24 horas de anticipación la presencia de la ambulancia y/o policía ante la autoridad correspondiente.
Por segunda ocasión en una temporada: Multa económica por un importe de C$ 2,000.00 (Dos mil córdobas) a menos que se demuestre haber solicitado con 24 horas de anticipación la presencia de la ambulancia y/o policía ante la autoridad correspondiente.
Por tercera ocasión en una temporada: Pérdida del partido por marcador 0-3.
El partido solamente podrá llevarse a cabo en caso de que se cuente con los requerimientos señalados en el inciso b) que antecede, de otra forma se cancelará el partido y el equipo local perderá por marcador 0-3.
Artículo 30. Protocolos de Liga Primera.
Los Clubes deben obligarse a cumplir a cabalidad el protocolo de atención al aficionado, medios de comunicación, patrocinios, comercialización, transmisión televisiva y digital, cualquier documento o protocolo que Liga Primera determine y sea aprobado por la Junta Directiva de ANCF y FENIFUT.
Artículo 31. Seguridad en los Estadios.
a) Los Clubes deberán presentar el debido Plan Operativo de la sede en la que juegan como locales y sede alternativa. Clasificando sus compromisos en: Alto, Mediano y Bajo Riesgo.
b) Con el objetivo de mantener el orden durante el desarrollo de los eventos oficiales programados, el equipo local deberá garantizar la presencia de la fuerza pública. Así mismo garantizará atención médica, (primeros auxilios, xxxxxxxxxx) etc.
c) Deberá estar la ambulancia con sus respectivos paramédicos y sus auxiliares.
d) Cada equipo local presentará a un oficial de seguridad, el cual deberá coordinar todo lo relacionado a la seguridad en dicho estadio, debiendo presentarse al Comisario del partido.
e) Asegurar la presencia policial y de ambulancia, al menos una hora antes del inicio del partido de la categoría Juvenil U20.
f) El árbitro con previa consulta al Comisario de FENIFUT podrá no dar inicio al partido mientras no exista la seguridad total en los estadios, la demora será motivo de sanción por no cumplir con el horario establecido. (Tomar en cuenta juegos de alto riesgo).
g) Xxxxxxxxxxxx en todo momento la seguridad, propiedades de los Comisarios de FENIFUT, árbitros, Delegados de Liga Primera, televisión o cualquier implicado que acuda a los estadios y realice una actividad para Liga Primera o socios. Atentar contra ello será causal de sanciones y multas aplicadas por FENIFUT y/o Liga Primera, dependiendo de las circunstancias o causales.
h) El equipo local se podrá reservar el Derecho de Admisión si hay antecedentes de violencia como justificación.
i) Para todos los partidos, queda prohibida la venta de bebidas en lata o botella, ya sea plástica o xx xxxxxx. Todas las bebidas deberán servirse en vaso sin tapa.
Artículo 32. Alineaciones.
Los Clubes presentarán ante la cuarteta arbitral, Comisario de FENIFUT y Delegado de Liga Primera, una hora antes del inicio de cada encuentro, los carnets de los 20 (veinte) jugadores que formarán parte de la alineación, así como el Cuerpo Técnico que podrán ser hasta 7 integrantes. Del mismo modo, manifestarán los 11 (once) jugadores que formarán parte del equipo inicial para el encuentro.
Todos los equipos deberán alinear obligatoriamente un jugador juvenil (nacido a partir del 1 de Enero del año 2002) el que deberá jugar obligatoriamente cuando menos 45 minutos de cada partido. Durante ese periodo solo podrá ser sustituido por uno de igual categoría, en el caso de que se lesione y no se cuente con otro juvenil en la convocatoria, el equipo deberá cumplir los 45 minutos jugando con uno menos. El incumplimiento de esta norma se sancionará con la perdida de los 3 puntos, esta sanción no aplica en caso de expulsión del jugador juvenil.
Si un jugador convocado para la categoría Mayor se enferma durante el viaje o se lesiona durante el calentamiento, el Club podrá convocar a un jugador juvenil que no haya tenido ningún minuto en el partido de la categoría Juvenil.
Un jugador no puede jugar dos veces en la misma jornada. En caso de que se disputen diferentes jornadas entre una categoría y otra, el jugador deberá tener un descanso mínimo de 48 horas entre cada partido.
Los jugadores extranjeros con edad de Juvenil, no aplicarán dentro de la norma de los minutos de Juveniles, ni podrán jugar en la categoría Juvenil.
Artículo 33. Sustituciones.
Se permitirá la sustitución de un máximo de 5 jugadores por equipo, sin distinguir entre porteros y jugadores. Los reemplazantes se podrán elegir de un total de nueve jugadores suplentes por equipos. Estas sustituciones se podrán hacer en 3 ventanas de cambio, el mediotiempo del partido o final del tiempo regular no cuenta como una de las ventanas antes mencionadas.
En caso de partidos que conlleven a tiempos extra, ya sea liguilla o Repechaje Ascenso Liga Primera, NO se sumará un sexto cambio, pero se podrán usar los cambios y las ventanas de cambios que aún se tengan disponibles.
Artículo 34. Balones.
Es facultad exclusiva de ANCF determinar el tipo y marca xx xxxxx que deberá utilizarse en el desarrollo de los partidos en todas las categorías (en lo sucesivo El Balón Oficial), mismos balones que serán provistos exclusivos a los equipos.
ANCF podrá comercializar en exclusiva la imagen xxx Xxxxx Oficial.
Todo equipo que juegue como local, proporcionará al árbitro cinco (5) balones reglamentarios FIFA Quality Pro-Oficiales de Liga Primera. Esta misma cantidad de balones deberá mantenerse durante todo el partido.
En caso de pérdida de uno o más balones, el equipo tendrá que sustituir inmediatamente el balón o los balones perdidos. El no cumplimiento de esto conllevará a la pérdida del partido por 0-3 y suma de tres puntos y tres goles a favor al equipo no infractor, además de una multa de C$2,000 (dos mil córdobas)
Ante la pérdida de un balón por mala fé; si se confirma o se hace constar en el acta arbitral la identidad de quien voluntariamente perdió el balón, este se le cobrará en su totalidad al equipo no afectado.
Artículo 35. Calendario de juegos.
El calendario general de juego de la Temporada (Torneo Apertura y Clausura) se realizará a conveniencia. Procurando una vez elaborado, no efectuar modificaciones de ninguna naturaleza una vez iniciado el torneo.
Para las últimas dos jornadas de la etapa regular, la Dirección General de Liga Primera definirá los días y horarios de los partidos de acuerdo a conveniencia por transmisiones de televisión, siempre apelando a la deportividad y el juego limpio.
Artículo 36. Autorización de cambios de fechas y/o sedes.
Únicamente se autorizará a los Clubes locales solicitudes de cambios de fechas y/o sedes del calendario de juegos aprobado, cuando se presente por escrito y con ocho días de anticipación por alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada por el Club solicitante ante Liga Primera, y con el aval del equipo contrario; la que una vez revisada, será aprobada por la Dirección General.
Cuando existan afectaciones de jugadores por participación en Selecciones Nacionales, los equipos que tengan 3 o menos jugadores convocados deberán cumplir con la o las fechas afectadas, los que tengan 4 convocados tendrán la potestad de solicitar la suspensión de la o las fechas afectadas, cuando un equipo tenga 5 o más jugadores convocados, de oficio se les reprogramará en fecha posterior, a menos que el equipo solicite la no suspensión de sus partidos.
Cuando existan afectaciones de Clubes de Liga Primera por participación en Torneos Internacionals a nivel de Clubes, estos podrán solicitar la reprogramación de la o las fechas afectadas, a menos que el equipo solicite la no suspensión de sus partidos.
Artículo 37. Hora de inicio de los partidos.
Tanto en el Torneo Apertura y Torneo Clausura, los partidos de cada jornada deberán empezar a la hora señalada por el Calendario Oficial de Juego aprobado por Liga Primera.
Por la violación a este artículo se le impondrá una multa al/los equipo/s infractor/es de C$1000 (Un mil córdobas), más C$200 (Doscientos córdobas) por cada minuto que este partido se retrase. En caso de que dicho retraso haya sido por un caso de fuerza mayor o justificada, la justificación debe presentarse a Liga Primera dentro de las 72 horas posteriores al partido.
Artículo 38. Concesión xx xxxxxx.
Si llegada la hora oficial del inicio del partido y éste no pudiera iniciarse, el árbitro concederá al equipo visitante 30 minutos xx xxxxxx para su iniciación en cualquiera de los casos siguientes:
1) Cuando el equipo visitante no se hubiese presentado al terreno de juego a la hora señalada por motivos de fuerza mayor (debidamente comprobado).
2) Cuando el equipo visitante no complete el número mínimo de jugadores para iniciar el partido (7 jugadores).
3) Cuando el equipo obligado a cambiar de uniforme no hubiere podido hacerlo aún.
Toda concesión xx xxxxxx deberá hacerse constar por el árbitro en sus informes especificando la causa, si después de transcurrido dicho tiempo xx xxxxxx no pudiera llevarse a cabo el juego, el árbitro procederá a levantar un acta que suscribirá con sus asistentes relacionando lo acontecido sobre la no presentación de uno de los equipos, posteriormente, deberá enviarlo a FENIFUT para su debida revisión por la Comisión Disciplinaria la cual dará su veredicto sobre lo sucedido en el partido.
En el caso de que sea el equipo juvenil visitante que sufra la demora el tiempo xx xxxxxx será de 15 minutos, se tratará de iniciar de manera inmediata (10 minutos de calentamiento) y el juego podría recortarse a 40 minutos por tiempo para no atrasar el inicio del juego de los Clubes de primera división.
Todo equipo que incumpla y por lo cual no se podrá celebrar el partido recibirá una multa de C$2,000 (dos mil córdobas).
Artículo 39. FORFEIT (no presentación) valoración de los partidos.
Si el equipo visitante no se presentara al campo de juego después de transcurrido el tiempo xx xxxxxx (30 minutos), el árbitro deberá plasmar correctamente un informe escrito detallando, la no presentación del equipo visitante y lo enviará a FENIFUT.
No obstante, el equipo visitante infractor deberá informar telefónicamente a la Dirección de Liga Primera las causales de ausencia y deberá alegar las causas. También deberá justificar fehacientemente por escrito en las próximas 24 horas posterior a la hora señalada de inicio del partido. En el caso de no justificar la no presentación del equipo, el club se hará acreedor a una multa económica de C$6,000.00 (seis mil córdobas) y la pérdida del partido con marcador 3-0 a favor del equipo no infractor. Además de cubrir los gastos de arbitraje del equipo no infractor.
Dicho artículo aplica para categoría mayor y juvenil. La reincidencia en este acto por tercera ocasión en la temporada será causal de desafiliación de Liga Primera.
Artículo 40. Permanencia en el área técnica.
1) Todos los jugadores registrados en la hoja de alineación proporcionada al árbitro podrán ocupar la banca asignada al equipo.
2) Los jugadores sustitutos deberán permanecer uniformados y con chaleco en la banca o área de calentamiento.
3) También serán autorizados a permanecer en la banca los miembros del Cuerpo Técnico, debidamente acreditados antes del partido y que aparezcan en la alineación.
4) Ningún Delegado de campo, oficial de seguridad o representante de equipo, podrá estar en el vestidor o en el banco de sustitutos.
5) En el banco solo podrán estar nueve jugadores y los siete miembros del Cuerpo Técnico.
6) Un funcionario oficial del equipo podrá impartir instrucciones tácticas a los jugadores durante el partido, los funcionarios oficiales deberán permanecer dentro de los límites del área técnica y deberán comportarse de forma correcta.
Artículo 41. Interrupción de los partidos.
Ningún equipo podrá interrumpir el desarrollo del partido retirándose del campo de juego, como protesta por decisiones arbitrales.
En primera instancia: De interrumpirse el partido, el árbitro hará anuncio a los capitanes de una espera prudencial de 5 minutos.
En segunda instancia: Transcurridos los 5 minutos de espera y los jugadores causantes de la interrupción, aún no permitieran la reanudación del partido, el árbitro hará un último llamado a la reanudación inmediata del partido y no obedeciendo se declarará finalizado por interrupción.
El árbitro también dará por finalizado el partido en el caso que cuatro jugadores o más traspasen las líneas externas y se reúsen a reingresar al campo, pero deberá consignar los nombres de los jugadores que se quedaron dentro del terreno de juego, sin solidarizarse con el retiro o renuncia en cualquiera de los casos se aplicará el artículo #31 del Código Disciplinario de FENIFUT.
El árbitro y Comisario rendirán un informe de las circunstancias en cualquiera de los casos mencionados.
El equipo que infringe en dicha penalidad se hará acreedor a una multa económica de $1,000 USD dólares americanos y la Junta Directiva de ANCF evaluará la permanencia de dicho Club en Liga Primera. Dicho precepto aplica tanto para categoría mayor como juvenil.
Artículo 42. Causas y efectos de suspensión de partidos.
Para todos los casos en que un partido ya programado, no se pueda celebrar, iniciar o continuar por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
En el primer caso: Liga Primera podrá suspender el partido o la jornada por causa de declaratoria de emergencia nacional o regional decretado por el Comité de Emergencia Nacional por motivos justificados.
En el segundo caso: La clausura temporal o definitiva del campo deportivo donde se realiza el encuentro, por razones de seguridad de bienes y de personas así dispuestas por la autoridad competente o regional, siempre que el equipo no haya podido prever esta circunstancia.
En el tercer caso: La declaratoria del duelo nacional así declarada por el Gobierno de la República.
En el segundo y tercer caso, será potestad del árbitro y de acuerdo con las circunstancias, suspender legítimamente el partido, el equipo local deberá demostrar ante la Dirección Legal de Liga Primera y la Comisión Disciplinaria de FENIFUT, legalmente las causas de la suspensión, estas harán las investigaciones pertinentes.
Causas de suspensión:
1) Por mal estado del terreno de juego. Regla 1.
2) Por insuficiencia de garantías de seguridad antes del inicio del partido.
3) Por no presentación del equipo visitante, agotado el tiempo xx xxxxxx.
4) Por falta del mínimo de jugadores hábiles de uno o ambos equipos (7 jugadores como mínimo para iniciar un partido).
5) Por rebeldía de los jugadores a continuar el partido.
6) Por intransigencia o rebeldía de los directivos de uno o ambos equipos a cumplir o garantizar el cumplimiento de las bases de competencia.
7) Por inseguridad personal del árbitro y sus auxiliares antes o en el desarrollo del partido.
8) Por producirse una batalla campal incontrolable dentro del campo de juego entre jugadores, técnicos, etc.
9) Por invasión incontrolable del público al campo de juego.
10) Por el hecho de lanzamientos continuos de objetos peligrosos, botellas, latas, piedras al campo de juego y/o en las graderías, uso de pólvora, morteros y armas de fuego.
11) Por lluvia que impida la circulación xxx xxxxx y que hiciera probable la inseguridad de los jugadores.
12) Por causa de desastre natural.
13) Por faltas consideradas violaciones graves a las reglas de juego de parte de jugadores de uno o ambos equipos.
14) Cuando las sanciones individuales impuestas por el árbitro no bastaran para garantizar la continuidad del partido.
El árbitro consignará en el informe arbitral todas las circunstancias que obligaron a la suspensión del partido. La Comisión Disciplinaria de FENIFUT aplicará multa, pérdida del partido y suspensión de canchas en los casos que amerite.
La Dirección General de Liga Primera, reprogramará el partido de ser posible para el miércoles de la siguiente semana, reiniciando el torneo con la fecha siguiente.
Artículo 43. Partidos a repetirse y/o reprogramaciones.
Será obligatorio repetir o reprogramar un partido en los siguientes casos:
1) Cuando se justifique de forma legal y de buena fé la no presentación o el retardo de la llegada del equipo visitante, comprobándose la causa de fuerza mayor. Ver causas y efectos de suspensión.
2) Todo partido a repetirse y/o reprogramarse se efectuará de ser posible a más tardar el miércoles de la siguiente semana, programándose en el mismo campo de juego donde debió realizarse. Quedando a criterio de la comisión de árbitros, la nominación de la misma cuarteta arbitral o efectuar cambios.
Artículo 44. Reanudación o conclusión de partidos.
En el caso que se suspenda un partido por causa de fuerza mayor una vez iniciado, se reanudará en el minuto en que se interrumpió y con el mismo resultado. Bajo ninguna causal se volverá a disputar íntegramente.
Los siguientes principios regirán la reanudación del partido:
1) El partido se reanudará con los mismos jugadores en el terreno y los mismos sustitutos disponibles que había en el momento de suspender el encuentro.
2) No se podrán añadir sustitutos a la lista de jugadores convocados.
3) Los equipos solo podrán realizar las sustituciones a las que tenían derecho en el momento de suspender el partido.
4) Los jugadores expulsados durante el partido suspendido no podrán ser sustituidos.
5) Las sanciones impuestas antes de suspender el partido seguirán vigentes durante el resto del encuentro.
6) La Dirección General de Liga Primera decidirá la hora de inicio, la fecha prevista para la reanudación del encuentro.
7) La Dirección General de Liga Primera tratará cualquier aspecto que exija una decisión adicional.
8) La reanudación o conclusión deberá efectuarse de ser posible a más tardar el miércoles de la siguiente semana.
Artículo 45. Pérdida de partidos por retirada – renuncia o no presentación
Se decretará el juego a favor del equipo no infractor, al cual se le adjudicarán los tres puntos en disputa y tres goles a su favor.
1) Cuando el equipo visitante no se presente al campo de juego transcurrido el tiempo xx xxxxxx (30 minutos), una vez comprobado y revisado por la Comisión Disciplinaria, además de perder el partido con tres goles en contra, al equipo infractor se le aplicará una multa económica de C$6,000.00 (seis mil córdobas netos) a favor del equipo no infractor, más los gastos en que tenía que incurrir el equipo no infractor, los cuales serán pagados a Liga Primera.
2) No existe tiempo xx xxxxxx para el equipo local. Una vez comprobado y revisado por la Comisión Disciplinaria, además de perder el partido con tres goles en contra, al equipo infractor se le aplicará una multa económica de C$6,000.00 (seis mil córdobas netos) a favor del equipo no infractor, más los gastos en que tenía que incurrir el equipo no infractor, los cuales serán pagados a Liga Primera.
3) Cuando los jugadores alineados por el equipo local o visitante no presentaren al árbitro sus respectivos carnets antes del partido, aun pudiendo presentarlos antes de iniciar el segundo tiempo y de no hacerlo, automáticamente el árbitro notificará la no oficialidad del partido a los infractores, pudiendo continuar éste en forma amistosa. El árbitro deberá notificar lo acontecido a través del informe arbitral a FENIFUT y Liga Primera.
4) Cuando se alineare a un jugador sancionado o que aún no se canceló la multa económica respecto a su sanción ante Liga Primera.
5) Cuando el equipo alineare algún jugador indebida o fraudulentamente inscrito o cuando se suplantare en el juego a uno de los jugadores no registrados en la nómina.
6) Cuando se efectuare por el equipo más cambios de jugadores que el autorizado para un partido.
7) Cuando los jugadores del equipo interrumpieran el desarrollo del partido o abandonaran el campo de juego como protesta por alguna decisión arbitral, originando ambas causas la suspensión definitiva del partido.
8) Cuando por conducta indebida de los jugadores quedase el equipo con 6 jugadores.
9) Cuando estén dentro del terreno de juego más de 4 jugadores extranjeros.
Cuando el árbitro suspendiera el partido por alguna de las siguientes causas:
a) Por no contar el equipo con el mínimo de jugadores exigidos para iniciar el partido (Siete jugadores).
b) Por conducta hostil de los jugadores, personal técnico, directivos, representantes o barra de un equipo, aunque no culminara en agresión.
c) Por agredir a cualquier oficial del partido, algunos de los jugadores, personal técnico, directivos, representantes del equipo.
d) Por invadir el campo de juego personas de la banca o barras reconocidas de un equipo o de ambos.
Artículo 46. Marcador Definitivo.
En todos los casos anteriores se resuelve que el marcador definitivo será:
Si ganaba el partido el equipo no infractor por una diferencia de tres goles o más se mantendrá el marcador.
Si perdía el partido el equipo no infractor, el marcador será 3-0 a favor del no infractor.
Si el marcador estaba empatado se establecerá como marcador definitivo 3-0 a favor del equipo no infractor.
CAPÍTULO IX. De Los Uniformes Artículo 47. Reglamento de uniformes ANCF.
Para cualquier situación referente al uso de los Uniformes, los Clubes y Árbitros deberán remitirse al Reglamento de Uniformes ANCF que Liga Primera ha hecho llegar a cada Club y FENIFUT.
Los equipos participantes en esta Temporada deberán registrar y presentar ante el Departamento de Operaciones de Liga Primera a más tardar 2 semanas antes de iniciar el torneo chalecos de calentamiento y cuatro uniformes diferentes (2 de jugadores xx xxxxxx, 2 de arqueros) con expresión de diseño y colores, uno de los cuales se considera como auxiliar, el cual deberá contrastar o diferir en tono y/o color con el uniforme titular.
Todo modelo deberá ser aprobado por el Departamento de Operaciones de Liga Primera y se emitirá un documento que avala dicha inscripción. Los equipos pueden variar sus uniformes durante el transcurso de la Temporada, previa notificación para su autorización por el Departamento de Operaciones de Liga Primera con al menos quince días de anticipación, esto debe ser de ineludible y de exigido cumplimiento.
Artículo 48. Designación de uniformes.
Será facultad exclusiva e inapelable de Liga Primera la designación de los uniformes en cada encuentro, por lo que los Clubes deberán respetar dichas asignaciones de uniformes, así como del Cuerpo Arbitral, con los que se jugarán los partidos. El uniforme de portero que el Departamento de Operaciones de ANCF, programe, será aplicable, obligatoriamente, para el portero titular y para el portero suplente.
Liga Primera enviará en el Boletín Oficial previo a cada jornada dichas asignaciones. Los Clubes podrán solicitar una modificación a la designación de uniformes, sin afectar al Club rival y a los Árbitros, a través del Departamento de Operaciones de ANCF, este le hará llegar la modificación a la Comisión de Árbitros.
La modificación deberá ser solicitada, máximo 24 horas después de enviada la designación de uniformes. En caso de Jornada doble, el límite será de 12 horas después de haber sido enviada la designación de uniformes.
En caso de una eventual confusión entre los uniformes de los integrantes de los Clubes con el Árbitro, será este último quien deberá cambiarse de uniforme.
La sanción de no cumplir con dicha asignación, será de C$2,000 (Dos Mil Córdobas), y a la tercera reincidencia se le adjudicará el partido a favor del equipo no infractor con marcador de 3-0.
Artículo 49. Espacio para parche en uniformes.
En la manga derecha de la camiseta deberá́ dejarse libre un espacio en el cual no se podrá́ exhibir ningún tipo de identificación o marcas.
La zona libre de la manga está exclusivamente reservada para el escudo de Liga Primera o el que este determine. No se colocará ningún otro elemento junto a tal escudo suministrado exclusivamente por la Dirección General de ANCF, la cual determinará e informará previamente a Clubes y Federación.
El incumplimiento será causal de una sanción de C$2,000 (Dos Mil Córdobas), cantidad que deberán entregar a Liga Primera antes del siguiente compromiso. Además, se le adjudicará el partido a favor del equipo no infractor con marcador de 3-0.
Artículo 50. Publicidad en Uniformes.
Se permitirá la publicidad en las camisetas de los jugadores y en los pantalones, shorts y medias respetando en todo momento los convenios o contratos comerciales, de transmisión y cualquiera que tenga vigente Liga Primera. No está permitido la exposición de anuncios o leyendas que muestren propaganda política, religiosa o que atenten contra las buenas costumbres, así como tampoco las marcas de cigarros, puros, cigarrillos electrónicos, etc.
Los jugadores no pueden vestir camisetas interiores con lemas o publicidad, se sancionará con una fecha a aquellos jugadores que levanten su camiseta para mostrar lemas o publicidad (Decisión # I del I.F.A.B. de la Regla de Juego # 4). Así como una sanción de C$1,2000 córdobas netos.
Artículo 51. Numeración de los Uniformes.
Para esta Temporada 2021 – 2022 Liga Primera suministrará en formato digital la tipografía a utilizar en la numeración y colocación de nombres.
Utilizarán obligatoriamente en la camiseta de juego, sobre la espalda el número consecutivo de dos dígitos como máximo y en la parte delantera del short un número consecutivo de 2 dígitos como máximo.
La numeración consecutiva será de la siguiente forma; Categoría Mayor: 1-30; Categoría Juvenil: 31-60. En ningún caso y sin excepción, un mismo Jugador podrá utilizar dos números de camiseta diferentes durante la misma Temporada.
Cada jugador se identificará en los partidos por un número visible que llevará en la parte posterior de su camiseta y será opcional (para todos) en la parte frontal de ésta. El número deberá ser siempre el mismo durante la competencia, y solamente podrá ser utilizado por otro deportista una vez que haya sido dado de baja y desinscrito por el equipo. Toda la numeración deberá ser del mismo color y estilo.
Los Clubes podrán usar los números del short en cualquier pernera, siendo obligatorio plasmar el escudo del jugador en la pernera contraria. Esto deberá replicarse en los uniformes de todos los jugadores del mismo Club, incluyendo porteros y en ambas categorías. En caso de no respetar esto, se hará un llamado
de atención, en la primera ocasión. En caso de reincidencia se aplicará una multa de C$1,000. En caso de una tercera reincidencia, se adjudicará el partido 3-0 a favor del equipo no infractor.
En los casos en que durante el partido el jugador tenga que cambiarse el uniforme por haberse manchado de sangre o deteriorado, deberá hacer uso de una de las siguientes opciones en el orden establecido:
1) Que se ponga otro, con la misma numeración
2) Que lo lave y sea removido la sangre
3) Que se ponga uno sin numeración
De no cumplir con esta designación los Clubes se harán acreedores de una sanción de C$2,000 (Dos Mil Córdobas), cantidad que deberán entregar a Liga Primera antes del siguiente compromiso. Además, se les adjudicará el partido a favor del equipo no infractor con marcador de 3-0.
Artículo 52. Dimensión de los números.
Los números en el dorso de las camisetas utilizadas por los jugadores deberán ser de entre 25 y 35 cm de alto y deberán estar centrados.
El número deberá ser completamente visible cuando la camiseta esté dentro del short independientemente xxx xxxxx de la camiseta.
La anchura del trazo de los números del dorso de las camisetas de jugadores debe ser proporcional a la altura de estos. Los números situados en el frente de la camiseta deberán estar colocados a la altura del pecho independientemente xxx xxxxx y la talla. Los números del frente de las camisetas deberán tener entre 10 y 15 cm de altura.
Los números del frente del short deberán tener entre 10 y 15 cm de altura y su anchura será proporcional.
Los uniformes de los jugadores deben llevar los números especificados en la plantilla oficial suministrada al árbitro antes de iniciar el partido. Dichos números deben ser los mismos durante toda la competencia.
Un jugador de campo podrá reemplazar al portero manteniendo su numeración, bastará que el árbitro autorice una camiseta de color a diferencia de los demás jugadores y jugar esa posición en el caso que el titular por fuerza mayor tenga que salir del juego y no pueda ser sustituido por el arquero suplente.
Los directivos al inscribir a su equipo en la VI Temporada Nacional deben enviar al Departamento de Operaciones de Liga Primera, la relación de sus jugadores con los números correspondientes en la ficha colectiva, ficha individual y carnet.
La violación a este artículo se le impondrá una multa de C$1,000.00 (un mil córdobas netos) por partido donde no se respete dicha disposición.
Artículo 53. Brazalete de Capitán.
En los partidos los equipos deberán designar a uno de sus jugadores como capitán del equipo, quien se pondrá un distintivo en alguno de los brazos. Al capitán de cada equipo corresponderá:
1) Ser el representante del equipo dentro del campo de juego y vocero de los jugadores ante el árbitro.
2) Colaborar a mantener la disciplina de los jugadores durante el partido.
3) Liga Primera proveerá durante la temporada a cada equipo 4 brazaletes de capitán (2 azules y 2 amarillos) para cada equipo, si lo dañasen o perdiesen deberá comprar el reemplazo.
4) Si no se porta el brazalete asignado por Liga Primera en todos y cada uno de los partidos de cada categoría y se impondrá una multa de C$1,000.00 (Un mil Córdobas) para el equipo.
CAPÍTULO X. Del Arbitraje Artículo 54. La Comisión de Árbitros.
La Comisión de Árbitros de FENIFUT, designará a los árbitros que dirijan los partidos oficiales:
1) Los árbitros deben aplicar las reglas de juego y las decisiones del IFAB.
2) El árbitro exigirá que las personas autorizadas (jugadores, cuerpos técnicos, fotógrafos y pasabalones) para estar en el terreno de juego, guarden absoluto respeto a su autoridad.
3) En el caso de oposición de abandonar el terreno de juego por personas no autorizadas, así sean directivos de equipos, el árbitro pedirá el auxilio de la fuerza pública a través del Delegado de campo, con el fin de evitar demoras en el desarrollo del partido.
4) El árbitro deberá dirigirse al capitán del equipo, jugadores, Cuerpo Técnico y oficiales en forma respetuosa y de forma recíproca lo harán ellos; el capitán será el único que podrá dirigirse al árbitro.
5) Los árbitros que dirijan los encuentros de la Temporada tendrán la obligación de identificar por medio del carnet que expide el Departamento de Operaciones de ANCF a los jugadores, Cuerpo Técnico, Delegados de campo, Delegados de Liga Primera, fotógrafos y cualquier persona que se encuentre del estadio, cuya obligación es estar debidamente acreditado. De no ser así, se le faculta para emitir el reporte en el Acta Arbitral, donde se sancionará al equipo infractor con una multa pecuniaria de C$1,000 (Un mil córdobas) a pagar a ANCF antes del próximo compromiso.
6) El árbitro principal, el cuarto árbitro y sus asistentes deben de reunirse de inmediato una vez terminado el primer tiempo con el fin de fortalecer y corregir incidencias si lo hubiesen (amonestados, anotadores, otros) en el desarrollo del tiempo antes señalado, así como también para una mejor planificación y entendimiento para el segundo tiempo del partido.
7) La no cancelación de los honorarios arbitrales por parte de un equipo no es causa para la suspensión de un encuentro, pero será incrementado en un 20% dichos honorarios, debiéndose retener los carnets hasta la cancelación de los honorarios debidos.
8) La Comisión de Arbitraje, procurará en la medida de lo posible, designar árbitros que no sean de la misma región donde se realice el encuentro. (En el caso de la categoría juvenil se designarán árbitros de la zona por cuestión de costos arbitrales, exceptuando los partidos de ida y vuelta de la final)
9) Para los partidos de ida y de vuelta de la final de la categoría Juvenil, la Comisión de árbitros deberá designar una cuarteta arbitral.
Artículo 55. Responsabilidad de los Árbitros.
Los árbitros y asistentes que actuarán en la presente Temporada tienen las siguientes responsabilidades:
1) Realizar pruebas de condición física y seminarios de actualización antes de iniciar la Temporada, al igual que en el período de tránsito supervisadas por FENIFUT y la Comisión de Nombramiento de árbitros.
2) Cumplir y aplicar cabalmente las reglas de juego de la Internacional Board capítulo V y VI.
3) La cuarteta arbitral deberá presentarse ante el Comisario de FENIFUT, Delegado de ANCF, Delegado de campo, planificando las condiciones óptimas para la conducción del partido.
4) Deberá presentarse al terreno de juego dos horas antes de iniciar el encuentro, entregar la documentación necesaria a los equipos (hoja de alineación - hojas de cambios) y retirarse una vez que haya cumplido con todas sus responsabilidades.
5) Mantener durante el transcurso del juego la fraternidad y la cordura entre árbitros, jugadores y técnicos sin expresar palabras que predispongan u ofendan a jugadores antes y/o durante el partido.
6) Presentarse con el porte y aspecto ideal para dirigir el encuentro.
7) Los árbitros deberán conocer, estudiar y respetar los estatutos, Bases de Competencia y Reglamentos de Liga Primera y FENIFUT.
8) En caso de fuerza mayor hacer todo el esfuerzo posible para que se realicen los encuentros en los que estén involucrados los equipos.
9) El árbitro coordinará antes del partido con sus asistentes y cuarto árbitro, el Comisario de FENIFUT, Delegado de Liga Primera y el Delegado de campo todo lo relacionado al buen orden de este, inspeccionando el terreno de juego (marcado, xxxxx, xxxxxx, banderolas, camerinos, números) y que todo esté bajo el control de seguridad para dar inicio al partido, si aún el estadio y las condiciones de seguridad no están dadas, no debe iniciar el partido.
10) La cuarteta arbitral deberá aplicar correcta, eficaz e imparcialmente las reglas de juego y sus modificaciones en el desarrollo del partido, además se le exigirá recibo oficial de caja (Número RUC) al momento de cancelar los honorarios (Licencia de Clubes) exigido por FENIFUT y como tal los Clubes deben contar con documentos que sean auditables.
11) Se sugiere que el club haga uso de sus recibos para el pago de estos honorarios ya que el colegio arbitral está en proceso de su personería jurídica.
12) Los Clubes realizarán el pago en efectivo con la colilla de designación.
13) Presentar el informe arbitral en tiempo y forma a FENIFUT al día siguiente de finalizada la jornada a más tardar 9:00 AM con carácter de obligatoriedad para actualizar y presentar la información/estadísticas al día, o enviarlo por cualquier vía de comunicación (correo electrónico, documento por whatsapp u otro previamente definido), debiendo posteriormente entregar el original. De ello se deberá enviar copia al área de Operaciones de Liga Primera.
14) La cuarteta arbitral deberá mantener una postura neutral absteniéndose de brindar declaraciones relacionadas al partido a medios de difusión, informativos (televisión, radio, etc.) antes, durante y después del partido.
15) Todo árbitro que no cumpla con el reglamento será sancionado por la comisión disciplinaria y la comisión arbitral.
16) Queda prohibido a los árbitros viajar con los equipos, al igual que a los Clubes proporcionar transporte a los árbitros.
17) El cuerpo arbitral deberá portar uniformes de distinto color al de los equipos. Dentro de las asignaciones que Liga Primera enviará en días previos a los partidos, podrán conocer previamente los colores de los uniformes de los equipos y porteros a disputar el encuentro.
CAPÍTULO XI. De Los Derechos y Facultades de ANCF Artículo 56. Transmisión de televisión, radio e internet.
ANCF a través de sí misma o de Liga Primera, tiene la facultad EXCLUSIVA de explotar, producir, comercializar y ceder los derechos de transmisión de los partidos organizados por ANCF los cuales podrán ser, entre otros: partidos pertenecientes a los torneos Apertura o Clausura de Liga Primera, Copa Primera, Categoría Juvenil U20 y cualquier otra división manejada por ANCF, ya sea en transmisión directa, retransmisión diferida en cualquier momento, total o parcial.
Los anteriores derechos exclusivos incluyen cualquier medio de transmisión digital o analógico y que de manera enunciativa más no limitativa podrán ser: señal de televisión aérea, televisión por cable o fibra óptica, ambas para televisión abierta o televisión de paga, señal de radio en frecuencias de “amplitud modulada” o “frecuencia modulada”, transmisión por internet para su reproducción en cualquier plataforma de streaming para cualquier fin o redes sociales tales como Facebook, Instagram, YouTube o cualquier plataforma de naturaleza análoga que pueda existir en el futuro.
Será obligación de los Clubes que actúen como locales durante los partidos, hacer respetar la exclusividad objeto del presente artículo para consigo mismos o cualquier tercero, ya sea prensa escrita, radio, televisión, blogs, noticieros, portales de internet o redes sociales y televisoras en general. Asimismo, los clubes manifiestan su conformidad en ceder a la ANCF en exclusiva los derechos de imagen y propiedad intelectual que derive de la celebración de sus partidos.
La falta de algún club a lo establecido en el presente artículo podrá ser sancionado desde una amonestación escrita hasta una multa económica en el mismo importe de la penalización que imponga el concesionario que ostente los Derechos de Transmisión, más un 50%, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida según lo determine la ANCF con base a las pruebas que aporte el club sancionado.
Los beneficios que podrían resultar de dichos acuerdos serán distribuidos de acuerdo a lo que la Junta Directiva de ANCF determine, valorando en todo momento el crecimiento del fútbol nicaragüense y sus socios.
Artículo 57. Comercialización de los Clubes y Publicidad en los Estadios.
Así como los derechos de transmisión, ciertas propiedades publicitarias que serán parte de la comercialización exclusiva de Liga Primera. Dichas propiedades serán entre otras, de manera enunciativa más no limitativa:
La comercialización xxx xxxxx de juego oficial.
Las vallas de publicidad estática, en cantidad, ubicación y medidas que determine Liga Primera de acuerdo con cada sede, mismas que detallarán en un plano que será hecho llegar a cada club. Se respetarán las vallas de FENIFUT en el Estadio Nacional de Fútbol de acuerdo con el lugar donde Liga Primera determine en acuerdo con FENIFUT.
Los derechos de la imagen de los jugadores, para efectos de explotación comercial. Los logos, marcas, imágenes, motes y mascotas de los Clubes de Liga Primera.
Indumentaria deportiva oficial y alternativa.
Artículo 58. Ofensas al honor y de naturaleza racista.
El que, a través de gestos o palabras injuriosos, o por cualquier otro medio, ofenda el honor de una persona, incurrirá en suspensión. Siendo el autor un jugador, tal suspensión será de cuatro (4) partidos como mínimo, tratándose de un oficial o
directivo, lo será́ de ocho (8) partidos como mínimo.
Si el ofendido fuese la propia Liga Primera, FENIFUT o alguno de sus órganos, el tiempo de la sanción será doble, la sanción se extenderá a todos los partidos oficiales e internacionales. Además, se impondrá al culpable una multa en cuantía no inferior a C$5,000.00 (cinco mil córdobas netos).
RACISMO
1) El que públicamente humille, discrimine o ultraje a otra persona de forma que suponga un atentado a la dignidad humana por razón de su raza, color, idioma, religión u origen étnico, será suspendido por un mínimo de ocho (8) partidos en todas las categorías. El órgano disciplinario competente acordará asimismo la prohibición de acceso al estadio al infractor, así como la imposición de una multa en cuantía no inferior a C$5,000.00 (cinco mil córdobas netos).
2) Si el autor de la falta fuera a un oficial y/o directivo de Liga Primera o FENIFUT, el importe de dicha multa será de al menos C$7,000.00 (Siete Mil Córdobas netos), además se le prohibirá el acceso a los estadios.
3) Para los espectadores que cometan esta clase de infracción será sancionado con prohibición de acudir a los estadios por un periodo de dos años.
4) Los espectadores que desplieguen mantas o pancartas con leyendas o inscripciones de contenido racista, políticos y/o lesivas a la integridad moral de las personas y/o instituciones; se sancionará al equipo que se trate con una multa mínima de C$10,000.00 (diez mil córdobas netos) y el siguiente partido lo jugará a puerta cerrada.
Artículo 59. Infracciones contra la integridad física.
Toda manifestación colectiva de hostilidades o violencia, lanzamiento de objetos, botellas, envases de latas, piedras, artefactos explosivos o desorden por parte de fanáticos o seguidores de un equipo dentro del terreno de juego, el estadio y sus alrededores, reconocido oficialmente como sede e informado en el acta arbitral o en el informe del Comisario, tendrá como consecuencia en primera instancia una multa de C$5,000 (cinco mil córdobas).
En caso de reincidencia se aplicará multa más la aplicación de los artículos #24 (puerta cerrada), #25 (terreno neutro), #26 (no jugar en un estadio determinado) del Código Disciplinario de FENIFUT o los que tenga a bien la Comisión Disciplinaria.
Artículo 60. Prohibición a jugadores.
Los jugadores, que sean inscritos en Liga Primera no podrán jugar en otra liga federada o no federada, la violación a este artículo traerá consigo la suspensión de 6 meses para el jugador, sin goce xx xxxxxxx.
Los equipos que realicen partidos en otras ligas o entre los equipos de la misma liga sin la debida autorización de Liga Primera y FENIFUT. Serán multado con C$5,000 (cinco mil córdobas) o aumentada según decisiones de la Comisión Disciplinaria.
Un jugador no puede ser directivo o miembro del Cuerpo Técnico de su club u otro club de fútbol, aún en distinta categoría. Se limitará solamente a ser jugador.
Artículo 61. Sobre el respeto y el honor.
Se debe mantener el mutuo respeto hacia dirigentes de Liga Primera, FENIFUT, miembros de Comisiones de Trabajo y Oficiales, procurando que sus intervenciones no lesionen la moral y el honor de los demás.
Todo irrespeto, manifestaciones verbales, directas o indirectas a manera de insulto, ofensas brindadas a través de medios de difusión radiales, escritos, televisivos y digitales, serán sancionados de 1 a 6 meses de inactividad del fútbol, dependiendo de la gravedad del caso y multa en efectivo de C$5,000 (cinco mil córdobas).
Artículo 62. Exclusión de equipos.
Serán excluidos de la Temporada los equipos que incurran durante su desarrollo en cualquiera de los casos siguientes:
1) Si dejaran de comparecer injustificadamente al campo de juego en 2 ocasiones durante la Temporada.
2) Si participaren en tres partidos, desde su inicio con el número mínimo reglamentario de jugadores (7) siete.
3) Si se retiran de la Temporada por decisión propia. Dichos equipos descenderán automáticamente a la categoría inmediata inferior.
4) Si un equipo se encuentra en último lugar de la tabla de posiciones y por decisión propia se retira de la Temporada el descenso será considerado hasta la Tercera División.
La calendarización continuará, ya que los puntos de los partidos pendientes se adjudicarán a los equipos que aún les faltare por jugar con el excluido en la vuelta a que corresponde, además de los tres puntos se le adjudicarán tres goles a favor de cada equipo. La programación será tomada en cuenta para cumplir con sanciones y/o limpiar tarjetas de jugadores sancionados, siempre y cuando el encuentro sea el siguiente inmediato.
CAPÍTULO XII. De Las Comisiones
Los miembros de las comisiones de ANCF tendrán el objetivo de cuidar los activos de sus categorías deportivas y salvaguardar los intereses de la Asociación. Dichas comisiones tendrán la facultad y potestad de emitir multas y/o sanciones para cualquier organización, club, jugador, Cuerpo Técnico o cualquier que violente los documentos o reglamentos
Artículo 63. Deportiva.
Los miembros que integran dicha comisión serán los responsables de velar por deportividad y tomarán casos tales como, las convocatorias de jugadores de ANCF a Selecciones Nacionales o decisiones del cuidado de nuestros jugadores.
Dicha Comisión estará integrada por:
1) Xxxxxx da Xxxxx (Director Técnico Liga Primera)
2) Xxxxx Xxxx (Preparador Físico)
3) Dirección General (Xxxx Xxxxx)
4) Representante de Clubes (Junta Directiva)
Artículo 64. Médica.
Dicha comisión vigilará y apoyará en cuestión de salud y seguridad de los implicados en el deporte. Así como la vigilancia y estricto apego a Protocolos Sanitarios (en este caso COVID-19)
• Xxxxxxxx Xxxxxxx (Médico General)
• Médico del Ministerio de Salud (Epidemiología)
• Médico de Club Liga Primera
Artículo 65. Disciplinaria.
Los Miembros que integran la Comisión Disciplinaria son:
• Xxxx Xxxxx Xxxxx (Presidente).
• Xxxxxxxx Xxxxxx.
• Xxxxx Xxxxxxxx.
• Xxxx Xxxxxxxx.
• Miembro de Liga Primera (Oyente)
Funcionamiento
Esta comisión se reunirá todos los días siguientes a cada jornada y será encargada de aplicar y sancionar todas las faltas previstas en los estatutos, reglamentos, códigos disciplinarios y Bases de Competencia, así como cualquier documento oficial de FENIFUT y Liga Primera, al igual que las Reglas de Juego de la IFAB.
Las infracciones disciplinarias son aplicadas de oficio.
La Comisión Disciplinaria impondrá las siguientes sanciones:
1) Las faltas graves que no hubiesen advertido los oficiales de partido.
2) Rectificar errores manifiestos en que pudiera haber incurrido el árbitro al adoptar sus decisiones disciplinarias.
3) Extender la duración de una suspensión por partido que hubiera sido automática como consecuencia de una expulsión, del Código Disciplinario de FENIFUT.
4) Imponer sanciones adicionales a las decretadas por el árbitro, por ejemplo, (una multa).
Adicionalmente podrá adoptar las siguientes decisiones:
1. Suspender a una persona (miembro o jugador, técnico y oficiales) por uno o dos partidos o por tiempo igual o inferior a dos meses, e imponer multas en cuantía de C$1,000 hasta C$10,000.00 (diez mil córdobas netos).
2. Sanciones comunes a personas físicas y jurídicas.
a) Advertencia.
b) Reprensión.
c) Multa.
d) Anulación de premios.
Los días de reunión de Comisión Disciplinaria, Liga Primera enviará a un representante del Departamento Operativo de ANCF para que pueda realizar una presentación de las normas violentadas por los Clubes en cuanto a la operación de estadios. Este documento será tomado en cuenta para la emisión de sanciones disciplinarias.
Al finalizar la reunión la Comisión Disciplinaria facilitará a dicho Representante las copias de las cartas de confirmación de medidas disciplinarias y copias de las actas arbitrales de la jornada.
Artículo 66. Sanciones a personas físicas.
Las siguientes sanciones son aplicables a las personas físicas:
a) Amonestación.
b) Expulsión.
c) Suspensión por partidos.
d) Prohibición de acceso a los vestuarios o de situarse en el banco de sustitutos.
e) Prohibición de acceso a los estadios.
f) Prohibición de ejercer cualquier actividad en el fútbol.
Artículo 67. Sanciones a personas jurídicas o equipos.
a) Jugar a puerta cerrada.
b) Jugar en terreno neutral.
c) Prohibición de jugar en un estadio determinado.
d) Anulación del resultado de un partido.
e) Exclusión.
f) Descenso a la categoría inmediatamente inferior.
g) Deducción de puntos.
h) Pérdida del partido por retirada, renuncia o no presentación.
La Comisión Disciplinaria deberá reunirse cuando lo estime conveniente, para deliberar y sancionar. Cuando sea pertinente las sanciones se darán a conocer en forma inmediata a través del Boletín Informativo de Liga Primera de FENIFUT y/o carta remitida a sus directivos y Liga Primera por la Secretaría General.
Tomará cualquier otra medida disciplinaria de acuerdo a los Artículos 19, 20, 21, 22 y 23 de los Reglamentos de Aplicación de los Estatutos de FIFA, también aplicará el nuevo Código Disciplinario de la FIFA (de FENIFUT).
Artículo 68. De la Comisión de apelaciones.
Las resoluciones de la Comisión Disciplinaria son susceptibles de recurso ante la Comisión de Apelación, salvo que la sanción impuesta por aquella fuese alguna de los siguientes:
a) Advertencias.
b) Reprensión.
c) Multa en cuantía inferior a C$3,000.00 (tres mil córdobas netos), impuesta a su equipo o en cuantía inferior a C$1,500.00 (un mil quinientos córdobas netos), en los demás casos.
Esta Comisión juzgará si la sanción interpuesta es sujeto de apelación y estará integrada por un presidente y los miembros que estime conveniente:
• Xxxxxxxx Xxxxxxx
• Xxxxx Xxxxxxxxx
• Xxxx Xxxxxx Xxxx
Esta Comisión se reunirá en el momento que se le convoque y sea necesario la revisión de los casos.
Plazo: El interesado deberá anunciar su intención de formular el recurso mediante escrito remitido en el plazo de 3 días hábiles a contar desde la comunicación del acuerdo, dirigido a FENIFUT, cumpliendo los requisitos y procedimientos establecidos en el Código Disciplinario de FENIFUT. Cuando la decisión recurrida se refiera al incumplimiento de una decisión de algún órgano de FENIFUT, condenando al pago de una cantidad a una persona. El apelante no podrá cuestionar la condena económica inicial.
Todo lo no dispuestos en este reglamento de competencia será aplicado en los reglamentos de competencias y categorías nacionales, código disciplinario, estatuto del jugador, estatutos de FENIFUT reglas de juego de la FIFA.
CAPÍTULO XIII. Vigencia
Las presentes Bases de Competencia quedarán vigentes a partir de su publicación previo al inicio de la Temporada 2021-2022 de Liga Primera.