REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE CESIÓN Y USO VIVERO DE EMPRESAS
REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE CESIÓN Y USO VIVERO DE EMPRESAS
EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE CEHEGÍN
ÍNDICE
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS……………………………………………………………………… II. CONDICIONES DE USO…………………………………………………………………………… a. Concepto xx Xxxxxx de Empresas b. Instalaciones que componen el Vivero de Empresas c. Disposiciones generales d. Estructura organizativa xxx Xxxxxx de Empresas e. Utilización y uso de zonas comunes f. Duración del contrato. Xxxxxxxx x. Precio de cesión h. Horario III. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y VALORACIÓN DE PROYECTOS….. a. Beneficiarios b. Actividades y proyectos excluidos c. Presentación de solicitudes d. Documentación a presentar y forma de presentación e. Criterios de valoración de los proyectos IV. FORMALIZACIÓN DE LA CESIÓN Y DEL CONTRATO………………………………… a. Requerimiento de la documentación justificativa b. Garantía c. Formalización del contrato V. OBLIGACIONES , DERECHOS Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO………………… a. Obligaciones b. Derechos | 4 5 13 19 23 |
c. Causas de resolución del contrato d. Procedimiento de resolución e. Devolución de la garantía VI. PROYECTOS EN ESPERA Y ASIGNACIÓN DE SOLICITUDES……………………… a. Lista de Proyectos en Espera b. Asignación de solicitudes ANEXOS…………………………………………………………………………………………………… a. Anexo A. EQUIPAMIENTO EDIFICIO b. Anexo I. SOLICITUD DE DESPACHO XXX XXXXXX DE EMPRESAS c. Anexo II. SOLICITUD GENERAL ACCESO Y USO DE LAS INSTALACIONES d. Anexo III. DECLARACIÓN RESPONSABLE e. Anexo IV. MEMORIA DEL PROYECTO f. Anexo V. CONTRATO DE CESIÓN DE DESPACHO O INCUBADORA XXX XXXXXX DE EMPRESAS | 27 28 |
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ayuntamiento de Cehegín tiene la pretensión de desarrollar políticas municipales en materia de promoción económica, a través de la realización de actuaciones en los ámbitos de las infraestructuras empresariales, el apoyo a la innovación, el fomento de la competitividad de las PYMES, Micro pymes y el espíritu emprendedor.
Por ello, tomando en consideración las dificultades a las que se enfrentan las empresas en los primeros años de funcionamiento para abrirse camino en el mercado, el Ayuntamiento de la ciudad ha creado el Vivero de Empresas “El Coso”, dentro del Centro de Promoción Económica de Cehegín (CPEC).
Los Viveros de Empresas suponen una solución ya consolidada, a través de lo que constituye su filosofía: la dotación de un entorno de estabilidad y especial protección que permita a las empresas recién creadas alcanzar una situación que posibilite su posterior desarrollo independiente. Este recurso, entendido como centro de apoyo a la creación de empresas, tiene como finalidad ser el soporte necesario para los emprendedores y empresarios que inician su andadura en la puesta en marcha y consolidación de sus proyectos empresariales, con el fin último de promover el desarrollo económico y la creación de empleo estable en el municipio, para paliar las diferentes situaciones de exclusión social dadas en el municipio, objeto de competencia local conforme a lo establecido en la normativa de régimen local.
Este reglamento tiene por objetivo regular el funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas “El Coso”, establecer los derechos y obligaciones de sus usuarios o beneficiarios, así como las bases para el procedimiento de cesión de los despachos e incubadoras.
II. CONDICIONES DE USO
a. Concepto xxx Xxxxxx de Empresas
El Vivero de Empresas se crea como un espacio físico, de iniciativa pública, cuyo objeto es facilitar el establecimiento, arranque y consolidación de nuevas empresas o la viabilidad de empresas ya existentes, para su posterior inserción en el mercado.
El objetivo fundamental xxx Xxxxxx de Empresas “El Coso”, es que sea un instrumento del Ayuntamiento al servicio de las PYMES y emprendedores, con la finalidad de:
a) Favorecer el nacimiento, arranque y consolidación de nuevas empresas.
b) Favorecer la creación de empleo, actuando así frente las situaciones de exclusión social.
c) Diversificar la estructura productiva local, favoreciendo la instalación de empresas con carácter innovador.
d) Crear un medio idóneo, en condiciones de precios y servicios, que permita a las iniciativas empresariales desarrollar su plan de empresa para que, con un tiempo de estancia limitado, estén en la situación de competir y de actuar en condiciones xx xxxxxxx.
Para la consecución de esta finalidad se cuenta con la ayuda de la Unión Europea a través de cofinanciación al 80% con fondos FEDER gestionados por INCYDE, y con la ayuda de la Cámara de Comercio xx Xxxxxx y el Instituto de Fomento de la Región xx Xxxxxx.
El Vivero de Empresas cederá temporalmente el uso de un espacio a las nuevas empresas o emprendedores beneficiarios y éstos, podrán hacer uso de una serie de servicios.
b. Instalaciones que componen el Vivero de Empresas
El Vivero de Empresas “El Coso”, sito en xxxxx Xxxx, x/x, Xxxxxxx, está formado por los siguientes espacios:
1.- Zonas con despachos e incubadoras para cesión:
• Despacho 1 21,24 m2
• Despacho 2 17,98 m2
• Despacho 3 22,03 m2
• Despacho 4 19,15 m2
• Despacho 5 19,72 m2
• Despacho 6 14,33 m2
• Despacho 7 14,21 m2
• Despacho 8 11,20 m2
• Despacho 9 11,20 m2
• Sala de Incubadoras 41,10 m2
2.- Zonas comunes:
• Sala multiusos 158,34 m2
• Office 37,75 m2
• Aseos 1 11,95 m2
• Aseos 2 10,94 m2
• Cuarto técnico 8,63 m2
• Acceso 1 5,97 m2
• Acceso 2 4,24 m2
• Pasos 115,10 m2
• Vestíbulo 4,72 m2
• Escalera 22,27 m2
En cuanto al mobiliario del que está dotado cada espacio, VER ANEXO A
c. Disposiciones generales
1.-El Vivero de Empresas estará sometido en cuanto al uso de los despachos e incubadoras, como de las partes de uso común, a los Reglamentos, Ordenanzas y demás disposiciones municipales. Rigiéndose el sistema de cesión previsto por lo dispuesto en Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y en el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y demás legislación patrimonial y de contratación concordante.
2.-Las partes de uso común, están formadas por todas las dependencias y estancias xxx Xxxxxx de Empresas que no comprenden los despachos e incubadoras cedidos y que son de titularidad única del Ayuntamiento, y que están destinadas al uso de todos o de varios cesionarios.
3.-El Ayuntamiento adoptará todas las decisiones que estime necesarias para el buen funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas, que serán de obligado cumplimiento por parte de los cesionarios y ocupantes, previa comunicación oficial de las mismas.
d. Estructura organizativa xxx Xxxxxx de Empresas.
La estructura organizativa xxx Xxxxxx de Empresas, bajo la superior autoridad de la Comisión de Seguimiento del Centro, y para garantizar el buen funcionamiento del mismo, contará con:
1.- Comisión Gestora xxx Xxxxxx de Empresas:
Estará compuesta por dos técnicos de desarrollo local, pertenecientes al Centro de Promoción Económica de Cehegín (CPEC), y por el Concejal de Promoción Económica del
Ayuntamiento de Cehegín, rigiéndose por la normativa referente a órganos colegiados. Son funciones de la Comisión Gestora:
- La gestión ordinaria xxx Xxxxxx de Empresas, de acuerdo con el presente Reglamento.
- El examen y evaluación de las solicitudes para la cesión de los despachos e incubadoras xxx Xxxxxx de Empresas.
- La elevación de propuesta de cesión de despachos e incubadoras a la Comisión de Seguimiento del Centro.
- La elevación de la propuesta a la Comisión de Seguimiento del Centro de la “Memoria Anual xxx Xxxxxx de Empresas” y el “Plan Anual” para el siguiente año.
- La tutela y acompañamiento de los emprendedores durante su estancia en el Vivero de Empresas.
- La propuesta de actividades o acciones formativas así como de programas de servicios dirigidos al crecimiento profesional de los emprendedores de los despachos e incubadoras.
- Otras funciones que le sean determinadas por la Comisión de Seguimiento del Centro.
El Ayuntamiento podrá nombrar un Responsable xxx Xxxxxx de Empresas de entre los integrantes de la Comisión Gestora, que estará facultado para llevar a cabo la organización, administración, policía y seguridad del centro.
2.- Comisión de Seguimiento del Centro:
La Comisión de Seguimiento del Centro se constituye como el órgano decisorio xxx Xxxxxx de Empresas “El Coso”.
Ejercitara las funciones de Comisión de Seguimiento en la toma de decisiones con respeto en todo caso a la normativa por la que se rige la misma, el órgano de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cehegín.
La Comisión de Seguimiento podrá asimismo invitar a expertos en el ámbito de la promoción empresarial para asesoramiento sobre aspectos o materias que así lo requieran.
Son funciones de la Comisión de Seguimiento del Centro:
- La decisión sobre las propuestas elevadas por la Comisión Gestora respecto a la cesión de despachos e incubadoras.
- La aprobación de la “Memoria Anual xxx Xxxxxx de Empresas” y el “Plan anual” para el año siguiente.
- Las decisiones en relación al estudio y examen de los posibles incumplimientos de las obligaciones impuestas a los usuarios de despachos e incubadoras y su traslado.
- La aprobación de cualquier otra medida que consideren oportuna para el buen funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas.
- La aprobación de todos los procedimientos y reglamentos que se consideren oportunos para el buen funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas.
- Cualesquiera otras que sean atribuidas en el presente Reglamento y respeten la normativa por la que se rige.
e. Utilización y uso de zonas comunes
Cada cesionario de un despacho y/o incubadora tendrá libre uso de las zonas comunes, siempre y cuando respete los derechos del resto y no impida el buen funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas, con las reservas siguientes:
1. Las zonas comunes deberán ser utilizadas de conformidad con el uso previsto para las mismas.
2. El Ayuntamiento/Comisión Gestora xxx Xxxxxx de Empresas podrá, en cualquier momento, cerrar temporalmente todo o parte de las zonas comunes donde sea necesario efectuar trabajos de reparación o cambios, o por cualquier otra causa justificada.
3. Los cesionarios deberán solicitar por escrito a la Comisión Gestora xxx Xxxxxx de Empresas, justificando su uso, y con una antelación mínima de 24 horas, la utilización de la Sala Multiusos, siempre y cuando se halle libre los días y horas solicitados. Los cesionarios, una vez recibida la aprobación por parte de la Comisión Gestora xxx Xxxxxx de Empresas, podrá hacer uso de la Sala Multiusos.
f. Duración del contrato. Prórroga.
1. Despachos xxx Xxxxxx de Empresas: los contratos de cesión de despachos tendrán una duración de dos años, y podrán prorrogarse por otro año más. La prórroga deberá ser expresa, y será solicitada por escrito por los interesados con una antelación mínima de dos meses a la fecha de vencimiento del contrato inicial. El contrato se entenderá cumplido sin posibilidad de prórroga en caso de no presentarse la solicitud de la misma en el plazo establecido.
2. Incubadoras: los contratos de cesión de incubadoras tendrán una duración de 6 meses, y podrán prorrogarse por otros tres meses más. La prórroga deberá ser expresa, y será solicitada por escrito por los interesados con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato inicial.
En el caso de que el usuario pretenda rescindir el contrato de cesión con anterioridad al plazo de finalización estipulado, deberá solicitarlo por escrito y de forma motivada, en el mes anterior al que quiera rescindir el contrato. La relación contractual se mantendrá durante el mes siguiente al mes en que se realice la comunicación de rescisión del contrato.
Transcurrido el plazo correspondiente, el usuario, sin necesidad de requerimiento especial, procederá a desalojar el despacho o incubadora.
g. Precio de cesión de despachos e incubadoras y de uso xx xxxx multiusos.
El precio de la cesión, más I.V.A. se fija en la siguientes cuantías: LOCAL SUPERFICE (m2) IMPORTE (*) DESPACHO 1 21,24 120,22
DESPACHO 2 17,98 101,77
DESPACHO 3 22,03 124,69
DESPACHO 4 19,15 108,39
DESPACHO 5 19,72 111,62
DESPACHO 6 14,33 81,11
DESPACHO 7 14,21 80,43
DESPACHO 8 11,20 63,39
DESPACHO 9 11,20 63,39
INCUBADORA 21,00** 118,86
(*) Precios €/mes sin IVA. (**) Superficie total de la sala que contiene 6 incubadoras, siendo el precio por incubadora 19,81 euros/mes sin IVA.
• Zonas comunes:
x Xxxx multiusos de 158,34 m2: 5,00 €/hora.
Se incluyen en el precio del contrato los servicios:
• Internet.
• Luz.
• Teléfono a llamadas nacionales (no incluidas las llamadas a móviles).
• Agua.
• Limpieza.
• Mobiliario.
La forma de pago de las cesiones objeto de informe será mensual y anticipada mediante domiciliación bancaria y según las condiciones establecidas en la ordenanza de gestión, recaudación e inspección financiera.
El Vivero de Empresas “El Coso” dispone de 9 instalaciones susceptibles de ser cedidas para uso, además de la zona de incubadoras de empresas. Estas cesiones suponen que tienen que ser limitadas en el tiempo y no gratuitas, ya que los importes que se establezcan para las mismas no pueden suponer en ningún caso beneficio alguno para el Ayuntamiento de Cehegín, pero tampoco tendría por qué suponerle coste alguno, de ahí que los precios referidos se revisaran automáticamente en el momento en que se acredite que exista desequilibrio entre los costes de cesión de uso y lo cobrado por las mismas.
h. Horario.
Se podrá hacer uso de los despachos e incubadoras los doce meses del año, en días laborables, de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas, respetando los festivos nacionales, regionales y locales.
En todo caso el Ayuntamiento de Cehegín se reserva el derecho de modificar dicho horario y los días de apertura.
Para acceder a los despachos e incubadoras fuera del horario normal de funcionamiento xxx xxxxxx, los viveristas y los ocupantes de la incubadora deberán realizar una solicitud escrita (Anexo II), dirigida al Ayuntamiento/Comisión Gestora xxx Xxxxxx, justificando los motivos, uso, horario, y día, en el que tienen la necesidad de acceder al Vivero, con una antelación mínima de 48 horas. Los cesionarios, una vez recibida la aprobación (si procede) por parte de la Comisión Gestora/Ayuntamiento, podrán acceder al Vivero.
III. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y VALORACIÓN DE PROYECTOS
a. Beneficiarios.
a.1.) Serán beneficiarios del uso de los despachos, y sus servicios complementarios:
1. Aquellas personas físicas con proyectos de creación de negocio o empresas, entendiéndose como tales las que comiencen su actividad económica con su instalación en el Vivero con el compromiso de constituirse legalmente en el plazo de 2 meses desde la notificación de la resolución favorable de la Comisión de Seguimiento del Centro.
2. Empresas de nueva o reciente creación, o con una antigüedad máxima de 2 años, a contar desde el inicio de la actividad hasta la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos, se tomará como fecha de inicio de la actividad la declarada en el modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y, para el caso de personas físicas, la fecha de inicio de actividad declarada en el modelo 036 o 037. Alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos en el caso de empresarios individuales y, en caso de sociedades, el alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda (general o autónomos) de los socios de las sociedades. Se prestará especial atención a la comprobación de la antigüedad del negocio declarado. En el caso de personas físicas se entiende que el inicio de actividad se refiere a un epígrafe determinado del IAE.
a.2.) Serán beneficiarios del uso de las incubadoras, y sus servicios complementarios, aquellas personas físicas con proyectos de creación de negocios.
b. Actividades y proyectos excluidos.
Los criterios que darán lugar a la exclusión del proceso selectivo son los siguientes:
1. Aquellos proyectos que sean incompatibles con la normativa vigente.
2. Actividades no compatibles con las características de las instalaciones xxx Xxxxxx.
3. Aquellos proyectos que en su ejecución perjudiquen al Medio Ambiente o el entorno local.
4. Proyectos no viables técnica y/o económicamente.
c. Convocatoria para la cesión de despachos e incubadoras.
Se establecerá un sistema continuo de convocatoria basado en un proceso abierto de estudio, selección y autorización. Las presentes bases en las que se incluye el sistema de convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, en la web
xxx.xxxxxxx.xx y en los tablones de anuncios correspondientes, entrando en vigor a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, quedando a partir de ese momento abierta la convocatoria, siendo la vigencia de las presentes bases o reglamento un periodo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de las mismas.
d. Presentación de solicitudes.
La solicitudes para la cesión de despachos e incubadoras se presentaran, en modelo normalizado de instancia (ANEXO I), en la oficina de registro general del Ayuntamiento de Cehegín, sito en X/ Xxxxx Xxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxxx (Xxxxxx), de lunes a viernes, en horario de 9:00 horas a 14:00 horas, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento, o también por correo, o por cualquier medio que permita la normativa en vigor, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las solicitudes se envíen por correo, el solicitante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico, télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador; todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 80 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La acreditación de la recepción del referido correo electrónico, télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el encargado de contratación o el secretario de la corporación. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP.
Cada interesado no podrá presentar más de una solicitud. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
e. Documentación a presentar y forma de presentación
La documentación a presentar es la siguiente:
• Solicitud, debidamente rubricada, según modelo normalizado ANEXO I, disponible en la página web xxx.xxxxxxx.xx y en el Vivero de Empresas “El Coso”.
• Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario/a, emprendedor/a:
a. Fotocopia compulsada del DNI del promotor del proyecto empresarial, o en su caso el Número de Identidad de Extranjeros (NIE).
b. Para las empresas en funcionamiento, CIF de la empresa y fotocopia compulsada de la Escritura de Constitución.
c. Para autónomos, copia compulsada del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y declaración de alta en el censo de obligaciones tributarias.
• Documentos que acrediten la representación:
a. Los que comparezcan o firmen solicitudes en nombre de otro, presentarán fotocopia compulsada del poder de representación.
b. Si el/la solicitante fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
c. La persona con poder a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su DNI.
• Declaración Responsable (Anexo III) de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del TRLCSP:
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por el solicitante a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
• Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante.
• Memoria del Proyecto Empresarial, que incluya, al menos, los contenidos del modelo de plan de empresa que se adjunta a la presente convocatoria. ANEXO IV.
• Declaración prevista de inicio de actividad.
• Currículum Vitae del solicitante.
• Vida Laboral.
f. Criterios de valoración de los proyectos.
La valoración de los proyectos presentados será realizada por la Comisión Gestora xxx Xxxxxx de Empresas a través del personal técnico integrado en ella y el informe del mismo. Al objeto de establecer esta valoración, la propuesta de cesión se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y las puntuaciones que se indican a continuación:
1. Perfil del solicitante (máximo 6 puntos):
- Personas que hayan realizado y/o participado en programas de Talleres de Empleo, Casas de Oficios o Escuelas Taller, u otra formación no reglada organizada por organismos públicos, se le computarán 0.5 puntos por cada 100 horas de formación, con un máximo de 1 punto.
- Formación reglada relacionada con la actividad a desarrollar: 1 puntos.
- Experiencia laboral relacionada con la actividad a desarrollar: 0,5 por cada 180 días con un máximo de 1 puntos.
- Menor de 35 años: 1 punto.
- Mayor de 45 años: 1 punto.
- Estar desempleado en el momento de realizar la solicitud: 1 punto.
- Para solicitud de despachos, haber sido adjudicatario de incubadora con un proyecto relacionado con la actividad a desarrollar en el Vivero: 1 punto.
2. Nº de trabajadores de la empresa incluido autónomos (máximo 5 puntos)
• 1 trabajador (1 puntos)
• 2 trabajadores (2 puntos)
• 3 o más (5 puntos)
3. Viabilidad del Proyecto Empresarial (10 puntos)
4. Características innovadoras de la actividad empresarial a desarrollar, valorándose especialmente que atienda necesidades no cubiertas por el mercado y/o se incluya en los denominados “Nuevos Yacimientos de Empleo“. (2,5 puntos).
IV. FORMALIZACIÓN DE LA CESIÓN Y DEL CONTRATO
La Comisión Gestora dictaminará las solicitudes presentadas en un plazo máximo de
30 días desde su presentación, en base a los criterios de valoración expresados anteriormente.
La Comisión Gestora podrá solicitar a los departamentos municipales respectivos en los ámbitos de sus competencias, los informes que sean precisos para la valoración de las solicitudes.
Elaborará un informe valorativo de los proyectos empresariales analizando los diversos aspectos que servirán de base a la selección de proyectos. Dichos informes tendrán carácter confidencial, y solamente tendrán acceso al mismo las personas que intervengan en el proceso de selección, o los que conforme a la legalidad vigente resulten habilitados para dicho acceso, estando estas obligadas a mantener el la confidencialidad de lo conocido en los términos que determine la legalidad vigente.
El informe valorativo contendrá una Propuesta en la que se indicará una lista de solicitantes de despachos y otra de solicitantes de incubadoras, ordenados según la puntuación obtenida, de mayor a menor, así como los proyectos excluidos, si los hubiese.
La propuesta de la Comisión de Gestión se elevará a la Comisión de Seguimiento, que en Junta de Gobierno Local tomará la decisión final sobre la cesión de los despachos vacantes.
Tras el acuerdo en Junta de Gobierno, se notificará a los solicitantes en un plazo inferior a 10 días y simultáneamente se publicará en la web del Ayuntamiento de Cehegín. A partir de la fecha de su publicación, los solicitantes tendrán un plazo máximo de 5 días para elegir entre los despachos o incubadoras vacantes, en el orden establecido en la aprobación por parte de la Comisión de Seguimiento.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al solicitante excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de cesión, con el contenido que señala el apartado 4 del artículo 151 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el solicitante destinatario.
Los solicitantes cuyos proyectos, a pesar de ser viables, no hayan resultado beneficiarios de la cesión, pasarán a integrar una “Lista de Proyectos en Espera” a la que se recurrirá para cubrir posibles vacantes.
a. Requerimiento de la documentación justificativa.
1.-El solicitante, presentará dentro del plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido la notificación, la documentación justificativa siguiente:
• Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
• Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva.
• Documentos administrativos originales o compulsados, y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubieren comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
2.-Las empresas de nueva creación:
o Alta en el modelo 036 o 037 Declaración Censal de alta en el Censo de empresarios y profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria.
o Alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social o el que corresponda, y/o en su caso alta en la mutualidad correspondiente.
o Escritura de constitución y diligencia de inscripción en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda, si es el caso.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el solicitante ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al solicitante siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
b. Garantía:
Será obligatorio para el adjudicatario el depósito de garantía definitiva por importe del 3,00% del total del precio de adjudicación.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
• En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las normas de desarrollo de esta norma. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de la Comunidades Autónomas o Entidades Locales contratantes antes las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta norma establezcan.
• Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
• Mediante contrato de seguro de caución, celebrado ·en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada
para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato según lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP.
c. Formalización del contrato.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la convocatoria, se efectuará no más tarde de los QUINCE DÍAS HÁBILES, siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la cesión a los solicitantes y candidatos de conformidad a lo establecido en el artículo 156.3 del TRLCSP; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, la empresa cesionaria podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la cesión.
Cuando por causas imputables al solicitante no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución o no formalización del mismo.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP.
En el caso de que alguno de los solicitantes modificase su forma jurídica, el contrato de cesión se subrogaría a favor de la nueva empresa con todas las obligaciones y derechos, formalizándose mediante un adenda rubricada.
V. OBLIGACIONES , DERECHOS Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
a. Obligaciones.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del contrato, son obligaciones específicas del beneficiario de la cesión las siguientes:
• Cumplir fielmente con el pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las
cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al adjudicatario.
• Cumplir cuantas disposiciones legales y reglamentarias sean de aplicación en materia de contratación laboral y de Seguridad Social, así como las de naturaleza fiscal o tributaria que se deriven del ejercicio de la actividad.
• Cumplir con el ejercicio de la actividad, destino y demás motivos que motiven la adjudicación a su favor de la presente contratación.
• No subarrendar el bien objeto de la adjudicación, quedando prohibida la misma.
• Cuidar del mantenimiento y conservación de las instalaciones.
• Cumplir todos los requisitos y obtener todas las autorizaciones exigidas por la legislación general y sectorial para el desarrollo del objeto de la actividad a desarrollar. Así mismo queda obligado a cumplir todas las normas vigentes que afecten al desarrollo de su actividad.
• Facilitar, en cualquier momento, el acceso al personal responsable xxx Xxxxxx de Empresas para la comprobación del estado de conservación y uso que se haga del mismo, acceso que se realizará en presencia del beneficiario de la cesión.
• Usar los despachos y/o incubadoras con una frecuencia tal que permita razonablemente apreciar que no se produce una infrautilización de las instalaciones en tiempo o en número de socios/as.
• Utilizar los elementos comunes conforme a su destino y naturaleza, sin realizar actividad que suponga su destrucción o deterioro, o implique un aprovechamiento privativo de los mismos.
• Cuidar de la conservación del inmueble otorgado, sufragando los gastos que sean precisos para ello, así como comunicar los desperfectos causados por ellos mismos o por terceros que tengan lugar, los cuales correrán a su cargo.
• Mantener los despachos y/o incubadoras en óptimas condiciones de accesibilidad, orden y estética concordante con el exterior circundante.
• Devolver el despacho y/o incubadora adjudicado en idénticas condiciones a aquellas en que lo recibió.
• Suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de
150.000 euros, que deberá tener vigencia durante el periodo contractual. Anualmente el arrendatario estará obligado a presentar copia de la póliza así como copia del recibo justificativo de su pago.
• Solicitar por escrito a la Comisión Gestora, con la suficiente antelación, cada vez que se quiera utilizar la sala multiusos xxx Xxxxxx, especificando el horario y motivo de su uso.
• Respetar el horario de uso de las instalaciones.
• Solicitar por escrito a la Comisión Gestora, el uso de los despachos o incubadoras fuera del horario normal de apertura y cierre, especificando el horario y el motivo de su uso.
• Notificar por escrito, con un mes de antelación como mínimo, la intención de abandonar el despacho o incubadora antes del cumplimiento del periodo máximo establecido.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones indicadas será causa de resolución del contrato.
b. Derechos.
• Al uso del despacho o incubadora adjudicado.
• Al uso compartido de los espacios comunes, xxx Xxxxxx de Empresas.
• Recibir, a través de los recursos municipales, los suministros y servicios que se detallan a continuación:
o Agua, luz y climatización.
o Limpieza del despacho e incubadora.
o Mobiliario.
o Internet.
o Teléfono a llamadas nacionales (no incluidas las llamadas a móviles).
c. Causas de resolución del contrato.
1.- La falsedad documental, firmas, sellos o datos relevantes para la obtención del servicio o en su relación posterior.
2.- La no presentación de documentación de seguimiento solicitada por el Ayuntamiento.
3.- El incumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios recogidas en este reglamento.
4.-El incumplimiento de alguno de los requisitos o compromisos adquiridos en la solicitud que fueron de base de la valoración de su proyecto.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este reglamento y en los fijados en el artículo 223 del TRLCSP, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del adjudicatario.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
d. Procedimiento de resolución.
1.-La resolución del contrato de cesión, como contrato administrativo, se sujetará a las normas generales del procedimiento administrativo, debiendo garantizar un procedimiento con audiencia de los interesados.
2.-El acuerdo de resolución se pronunciará sobre causas de resolución, así como los aspectos económicos de la misma, como es la posible incautación de la garantía presentada.
e. Devolución de la garantía.
Finalizada la vigencia del contrato y no existiendo responsabilidades exigibles al adjudicatario, procederá la devolución al mismo de la garantía definitiva constituida, previa solicitud realizada por escrito e informada favorablemente por la Comisión Gestora xxx Xxxxxx.
VI. PROYECTOS EN ESPERA Y ASIGNACIÓN DE SOLICITUDES
a. Lista de Proyectos en Espera.
Las solicitudes, que habiendo participado en la convocatoria y no hayan sido propuestos/as para la cesión de los despachos e incubadoras ofertados (por haber obtenido una puntuación inferior a la de los proyectos propuestos para la adjudicación), se integrarán en la “Lista de Proyectos en Espera”. De igual manera pasarán a formar parte de esta lista las nuevas solicitudes realizadas cuando no haya despachos y/o incubadoras vacantes.
Esta lista se ordenará en función de la puntuación obtenida, de forma decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en este reglamento.
La Lista de Proyectos en Espera, será de convocatoria continua y se reordenará cada vez que se incluyan nuevos proyectos en la misma, en virtud de las solicitudes y correspondientes valoraciones realizadas por la Comisión Gestora xxx Xxxxxx para la evaluación de Proyectos.
b. Asignación de solicitudes.
Cuando se produzca una “Vacante”, en los despachos y/o incubadoras, se recurrirá a la Lista de Proyectos en Espera, para cubrir las posibles vacantes, siempre respetando el orden de prelación establecido en función del despacho e incubadora solicitada y puntuación obtenida tras aplicar los criterios de adjudicación señalados en este reglamento.
o Procedimiento de asignación de las vacantes:
La Comisión Gestora xxx Xxxxxx, procederá a informar y proponer al órgano competente que acuerde la cesión del uso del despacho o incubadora, a aquel solicitante que hubiera obtenido informe favorable de viabilidad, se encuentre en la Lista de Proyectos en Espera en el primer lugar, según la puntuación obtenida y continúe cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria.
El plazo de permanencia en esta Lista, será de un año a contar desde la fecha de valoración del proyecto por La Comisión Gestora xxx Xxxxxx, salvo renuncia anterior, expresa y por escrito del solicitante.
Una vez transcurrido este periodo de permanencia, en caso de producirse una vacante, si el solicitante siguiera interesado/a en la cesión del despacho y/o incubadora para arranque o consolidación de su negocio, el proyecto deberá volver a ser inscrito en la Lista de Proyectos en Espera, tras presentar nuevamente la solicitud y volverá a ser evaluado por La Comisión Gestora xxx Xxxxxx.
ANEXOS
.
Fecha: 27/11/15 Rev. 1
ANEXO A: EQUIPAMIENTO EDIFICIO
Despachos para Cesión.
ELEMENTO | DESPACHO 1 | DESPACHO 2 | DESPACHO 3 | DESPACHO 4 | DESPACHO 5 | DESPACHO 6 | DESPACHO 7 | DESPACHO 8 | DESPACHO 9 |
Mesa de 180 | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Armario pedestal con puertas correderas | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Armario superior | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Armario 80x43x72 con estante | 2 | 2 | 3 | 3 | 3 | 2 | 3 | 2 | 2 |
Armario 80x43x72 con estante y 2 puertas correderas | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 2 | 2 |
Buc rodante 43x53x56 | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Mesa de reunión de diámetro 125 cm | 1 | ||||||||
Silla operativa | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Xxxxx confidente | 8 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
Perchero de pie | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 |
Papelera | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Estor | 5 | 1 | 2 | 6 | 2 | 2 | 2 | 3 | 2 |
Zonas Comunes.
ELEMENTO | OFFICE | INCUBADORA | SALA MULTIUSOS | RECEPCIÓN | ASEOS |
Armario 80x43x72 con estante y 2 puertas correderas | 5 | ||||
Buc rodante 43x53x56 | 1 | ||||
Bench de continuidad con separador frontal | 1 | ||||
Buc de pedestal para bench | 6 | ||||
Armario superior para bench | 6 | ||||
Mesa recta apoyo en armario de 180x80x110 | 1 | ||||
Armario con estantes de 90x43x110 | 2 | ||||
Armario con puertas de 80x43x110 | 3 | ||||
Silla taburete | 5 | ||||
Mesa plegable | 8 | ||||
Silla con pala | 100 | ||||
Tarima compuesta por 4 cajones de 200x100 | 1 | ||||
Mesa curva + ala con altillo | 1 | ||||
Silla operativa | 6 | 1 | |||
Xxxxx confidente | 2 | ||||
Xxxxx con brazos | 16 | ||||
Perchero de pie | 1 | 2 | 1 | ||
Papelera | 1 | 6 | 1 | ||
Papelera higiénica | 2 |
Zonas Comunes (Continuación).
ELEMENTO | OFFICE | INCUBADORA | SALA MULTIUSOS | RECEPCIÓN | ASEOS |
Portarrollos | 4 | ||||
Toallero en zigzag | 4 | ||||
Dosificador de jabón | 4 | ||||
Escobillero | 4 | ||||
Papelera | 4 | ||||
Estor | 3 | 5 | |||
Estor motorizado | 2 | ||||
Xxxxxxx xxxx | 8 |
ANEXO I: SOLICITUD DE DESPACHO E INCUBADORA XXX XXXXXX DE EMPRESAS “EL COSO”.
1º.- DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre: | C I F: |
Dirección: | Municipio: |
Email: | Teléfono: |
2º.- DATOS DEL REPRESENTANTE
D/Xx: | D.N.I: |
Dirección: | Municipio: |
Email: | Teléfono: |
3º.- DATOS DE LA NOTIFICACIÓN
Persona a notificar: | Solicitante | ] | / | Representante | ] | ||
Forma de notificar | En papel | ] | / | Telemática | ] |
[ [
[ [
EXPONE:
Que está interesado en participar en la convocatoria para la cesión del despacho y/o incubadora del Vivero de Empresas “El Coso” del Ayuntamiento de Cehegín.
Que reúne los requisitos establecidos en el Reglamento de Cesión y Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín.
Que adjunta toda la documentación que se solicita en el mencionado Reglamento.
Que muestro mi conformidad y compromiso del cumplimiento del Reglamento de Cesión y Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín.
Por todo lo Expuesto
SOLICITA:
Previo los trámites oportunos, se proceda a otorgar la cesión de Despacho□, Incubadora □ * del Vivero de Empresas “El Coso” de Cehegín. *Marcar el que corresponda.
Cehegín de de El Solicitante
Fdo.:
DIRIGIDO AL SR. ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE CEHEGÍN
ANEXO II: SOLICITUD GENERAL ACCESO Y USO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO XXX XXXXXX.
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre: | C I F: |
Dirección: | Municipio: |
Email: | Teléfono: |
Cesionario xxx Xxxxxx Nº: |
EXPONE:
Por todo lo Expuesto
SOLICITA:
Que previo los trámites oportunos, se proceda a autorizar el acceso al Vivero de Empresas “El Coso” de Cehegín, en la fecha: de de 2.01_, en el horario desde las
: Horas hasta : Horas.
Cehegín de de El Solicitante
Fdo.:
DIRIGIDO AL SR. ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE CEHEGÍN
XXXXX XXX: DECLARACIÓN RESPONSABLE.
D/Xx. , con NIF nº
👎
En nombre propio
👎
En representación de
DECLARA, bajo su expresa responsabilidad:
PRIMERO: No estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
SEGUNDO: Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. [Con la Administración de la Hacienda Estatal; con la Administración de la Hacienda Autonómica, con el Ayuntamiento de Cehegín y con la Tesorería General de la Seguridad Social]
TERCERO: No haber participado en las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, en los términos previstos en el apartado primero del artículo 56 del TRLCSP.
En a de de 20
Fdo.:
ANEXO IV: MEMORIA PROYECTO EMPRESARIAL.
1º.- IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR
1.1.- Datos personales del promotor/representante
El promotor que actúa como representante del proyecto empresarial es:
Nombre y Apellidos: | DNI: |
Dirección: | Municipio: |
Fecha de nacimiento: | Lugar nacimiento: |
Email: | Teléfono: |
Además del represéntate, el proyecto empresarial/ comercial está puesto en marcha por los siguientes socios:
Relación de Socios Promotores /Nombre y Apellidos | DNI | Fecha de nacimiento |
1.2.- Datos profesionales
Como documento adjunto a la presente Memoria, se une el curriculum vitae de cada uno de los socios o participes en el proyecto, el cual está compuesto por los datos personales y de contacto, junto con la formación reglada y complementaria recibida, así como la experiencia profesional / laboral, ya por cuenta ajena ya por cuenta propia.
2º.- IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO
2.1 Denominación y actividad
Nombre: | CIF: |
Dirección: | Municipio: |
Actividad a desarrollar:(Indique brevemente el producto o servicio que se propone ofrecer, así como las necesidades que pretende cubrir) | ||
Forma jurídica: [ ] Empresario individual [ ] Sociedad Limitada [ ] Sociedad Anónima | [ ] Comunidad de Bienes [ ] Sociedad Civil [ ] Cooperativa [ ] Sociedad Limitada Unipersonal [ ] Sociedad Limitada Laboral [ ] Sociedad Anónima Laboral [ ] Otra (Indicar): | |
Tipo: [ ] Empresa de nueva creación promovida por personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo. [ ] Empresa ya constituida por personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo y que lleva menos de 24 meses de ejercicio empresarial. [ ] Otras (Indique tipo): | ||
ESPACIO, en m2, necesario para el adecuado ejercicio de la actividad |
2.3 Plan comercial
2.2 Innovación
Describa el carácter innovador del proyecto empresarial a desarrollar
A.- Clientes: Describa brevemente las características más destacadas del cliente potencial de su producto o servicio, haciendo referencia a aspectos tales como edad, nivel de ingresos (alto, medio, bajo), nivel cultural, etc., y comente si ese cliente corresponde al que reside en el entorno de su negocio.
B.- Proveedores: Describa brevemente las características más destacadas del/los proveedor/es de su empresa, con aspectos tales como el sector al que pertenecen, localización, formas y condiciones de pago, etc.
C.- Competencia: ¿Existen competidores en la zona dedicados a la misma actividad? En caso afirmativo, indique las diferencias entre su producto o servicio y el de la competencia: (calidad, precio, presentación, etc.)
D.- Promoción y publicidad: ¿Has pensado en utilizar algún medio específico para dar a conocer su producto o servicio, y promover el mismo? En caso afirmativo, explicar brevemente que medios utilizará.
E.- Descripción de las inversiones: Descripción de las inversiones que son necesarias para la puesta en marcha del proyecto empresarial.
3º.- RECURSOS HUMANOS
A.- Número de puestos de trabajo a crear por emprendedores/as, trabajadores/as.
Socios Promotores | Sexo | % Capital Social | Trabajador/Capitalista |
B.- Número de puestos de trabajo a crear por cuenta ajena
Persona a contratar | Tipo de contrato | % Jornada | Duración |
4º.- PLAN FINANCIERO ECONÓMICO
A.- Previsión de inversiones
INVERSIÓN | IMPORTE EN EUROS |
Fianza | |
Acondicionamiento del local | |
Instalaciones | |
Maquinaria | |
Mobiliario | |
Herramientas | |
Elementos de Transporte | |
Equipos para procesos de información | |
Inmovilizado material (aplicaciones informáticas, propiedad industrial, fondo comercio, etc.) | |
Inmovilizado financiero (avales, fianzas, garantías, etc.) | |
Existencias iniciales (primeras compras de productos) (*) | |
Gastos de constitución y puesta en marcha (escritura pública, abogados/as, I.A.E., gastos de lanzamiento, gastos gestoría). | |
Otros | |
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN |
(*) Indique cómo ha calculado las existencias iniciales (primeras compras de productos).
B.- Financiación
RECURSOS FINANCIEROS | EUROS |
Financiación propia | |
− Aportaciones dinerarias | |
− Aportaciones no dinerarias | |
− Subvenciones | |
Financiación ajena | |
− Préstamos | |
− Otros créditos | |
Otras fuentes de financiación | |
− | |
− | |
− | |
TOTAL FINANCIACIÓN |
C.- Previsión de Tesorería.
1.- Cobros: Indique la liquidez o tesorería que va a tener durante los 3 primeros años para poder afrontar sus deudas a corto y medio plazo.
Cobros | Año 1 | Año 2 | Año 3 |
Ventas | |||
Incentivos/Subvenciones | |||
Ingresos financieros (intereses, dividendos) | |||
Otros ingresos (descuentos pronto pago, etc.) | |||
IVA repercutido | |||
Otros | |||
TOTAL COBROS, en € |
2.- Pagos
Pagos | Año 1 | Año 2 | Año 3 |
Proveedores | |||
Sueldos y salarios | |||
Seguridad Social | |||
I.R.P.F. | |||
Otros Impuestos y tasas | |||
Comisiones | |||
Publicidad | |||
Alquileres | |||
Suministros | |||
Servicios exteriores | |||
Pagos por inversión | |||
Intereses de préstamos | |||
Capital amortizado de préstamos | |||
I.V.A. soportado | |||
Otros pagos | |||
TOTAL PAGOS, en € | |||
DIFERENCIA COBROS – PAGOS, en € | AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 |
3.- Previsión de resultados: Indique los ingresos y otros gastos previstos que se generarán durante los tres primeros años de su actividad.
INGRESOS | AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 |
Ventas | |||
Ingresos Financieros (intereses, dividendos, etc.) | |||
Otros ingresos (rappel, descuentos por pronto pago, etc...) | |||
TOTAL INGRESOS (En Euros) | |||
GASTOS | AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 |
Compras | |||
Gastos de personal (Seguros Sociales, Sueldos, etc.) | |||
Servicios y suministros exteriores (agua, luz, teléfono, etc...) | |||
Arrendamientos | |||
Impuestos | |||
Gastos Financieros | |||
Intereses Préstamos | |||
Amortización de bienes | |||
TOTAL GASTOS (En Euros) |
Indique Brevemente cómo ha calculado los ingresos por ventas
BENEFICIOS O PÉRDIDAS (Ingresos – Gastos) | AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 |
Observaciones: |
D.- RESUMEN FINAL
Resuma la valoración global que Ud. hace de su proyecto, teniendo en cuenta el beneficio o pérdida reflejados e indique aspectos que considere no han sido suficientemente explicados anteriormente.
ANEXO V: CONTRATO DE CESIÓN DE DESPACHOS O INCUBADORAS DEL VIVERO DE EMPRESAS “EL COSO”.
En Cehegín, a de de 2.0
REUNIDOS
De una parte D. , Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín, con C.I.F. P-3001700-H y domicilio en calle Xxxxx Xxxxxxxx nº 5, en calidad de legal representante del mismo, a tenor de lo previsto en el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Y de otra parte, D. , mayor de edad. Con DNI , como empresario individual o emprendedor, con domiciliado en
.
MANIFIESTAN
1. Que el Excmo. Ayuntamiento de Cehegín es propietario de las edificaciones, instalaciones y equipos ubicados en el espacio denominado Vivero de Empresas “El Coso”, sito en la Xxxxx Xxxx, x/x.
0. Que el citado Vivero de Empresas cuenta con 9 Despachos y 6 Incubadoras, además de las zonas comunes.
3. Que el sujeto interviniente, en la representación que ostenta, le interesa acceder a uno de estos despachos o incubadoras y a los servicios que de la forma paralela se ofrecen, cuyo proyecto e ingreso ha sido autorizado por el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de fecha .
4. Que según resulta de lo informado por el Excmo. Ayuntamiento de Cehegín, cabe deducir en función de los datos aportados por el adjudicatario, reúne en principio, los requisitos de viabilidad necesarios para resultar beneficiaria de los servicios a prestar por el Excmo. Ayuntamiento de Cehegín en el Vivero de Empresas “El Coso”.
5. Que ambas partes se reconocen legitimidad y capacidad para concertar el presente contrato, a cuyo efecto lo formalizan en base a las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- Objeto del Contrato:
El objeto del presente contrato, es la prestación por el Excmo. Ayuntamiento de Cehegín, de los servicios propios del Vivero de Empresas “El Coso”, de titularidad municipal, a favor de
, incluyéndole entre ellos la cesión de uso del despacho número:
; Incubadora número: (Rellenar la que corresponda).
La finalidad es ser el soporte necesario para los emprendedores y empresarios que inician su andadura en la puesta en marcha y consolidación de sus proyectos empresariales, con el fin último de promover el desarrollo económico y la creación de empleo estable en el municipio.
SEGUNDA.- Duración:
1. Despachos xxx Xxxxxx de Empresas: los contratos de cesión de despachos tendrán una duración de dos años, y podrán prorrogarse por otro año más. La prórroga deberá ser expresa, y será solicitada por escrito por los interesados con una antelación mínima de dos meses a la fecha de vencimiento del contrato inicial. El contrato se entenderá cumplido sin posibilidad de prórroga en caso de no presentarse la solicitud de la misma en el plazo establecido.
2. Incubadoras: los contratos de cesión de incubadoras tendrán una duración de 6 meses, y podrán prorrogarse por otros tres meses más. La prórroga deberá ser expresa, y será solicitada por escrito por los interesados con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del periodo inicial.
Transcurrido el plazo correspondiente, el usuario, sin necesidad de requerimiento especial, procederá a desalojar el despacho o incubadora.
TERCERA.- Precio:
El precio de la prestación de todos los servicios durante la vigencia del contrato será de:
LOCAL SUPERFICE (m2) IMPORTE (*)
DESPACHO 1 21,24 120,22
DESPACHO 2 | 17,98 | 101,77 | |
DESPACHO 3 | 22,03 | 124,69 | |
DESPACHO 4 | 19,15 | 108,39 | |
DESPACHO 5 | 19,72 | 111,62 | |
DESPACHO 6 | 14,33 | 81,11 | |
DESPACHO 7 | 14,21 | 80,43 | |
DESPACHO 8 | 11,20 | 63,39 | |
DESPACHO 9 | 11,20 | 63,39 | |
INCUBADORA | 21,00** | 118,86 | |
(*) Precios | €/mes sin IVA. | (**) Superficie | total de la sala que contiene 6 |
incubadoras, siendo el precio por incubadora 19,81 euros/mes sin IVA.
• Zonas comunes:
x Xxxx multiusos de 158,34 m2: 5,00 €/hora.
El Vivero de Empresas “El Coso” dispone de 9 instalaciones susceptibles de ser cedidas para uso xx xxxxxx de empresas, además de la zona de incubadoras de empresas. Estas cesiones suponen que tienen que ser limitadas en el tiempo y no gratuitas, ya que los importes que se establezcan para las mismas no pueden suponer beneficio alguno para el Ayuntamiento de Cehegín, pero tampoco tendría por qué suponerle coste alguno, de ahí que los precios referidos se revisaran automáticamente en el momento en que se acredite que exista desequilibrio entre los costes de cesión de uso y lo cobrado por las mismas.
CUARTA.- Forma de pago del precio:
El cesionario se obliga al pago del precio por mensualidades anticipadas y mediante domiciliación bancaria, entre los días 1 y 10 de cada mes.
Así mismo, los gastos originados por los tributos y suministros que afecten a su actividad correrán a cuenta del adjudicatario.
Transcurrido tal plazo si verificarse el pago, la cantidad adeudada devengará intereses de demora al tipo fijado por la Ley de presupuestos del ejercicio correspondiente hasta el momento efectivo del pago, sin perjuicio de su exigibilidad por la vía de apremio.
QUINTA.- Autorizaciones:
Este documento no constituye autorización para el funcionamiento de la actividad, debiendo solicitar, en caso de ser procedente, las oportunas autorizaciones, con los requisitos legalmente exigidos.
SEXTA.- Proyecto:
El destino del despacho o incubadora mencionada en la cláusula primera, será única y exclusivamente para la ejecución del proyecto autorizado que es: .
SÉPTIMA.- Obligaciones del Ayuntamiento:
Serán obligaciones del Ayuntamiento:
1. La cesión de uso del despacho o incubadora referida en la cláusula primera de este contrato y su puesta a disposición del cesionario a partir del momento de la firma del mismo.
2. La prestación de los servicios básicos fijados para el funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas, en los términos fijados en el “Reglamento de Régimen de Cesión y Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín”, y sus normas complementarias.
OCTAVA.- Derechos y Obligaciones del cesionario:
Todas las recogidas en el “Reglamento de Régimen de Cesión y Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín”, en su artículo nº V “Obligaciones, Derechos y Resolución del Contrato”.
NOVENA.- Resolución:
Serán causas de resolución del presente contrato, además del transcurso del plazo previsto, las fijadas en el artículo V “Obligaciones, Derechos y Resolución del Contrato” del “Reglamento de Régimen de Cesión y Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín”.
DÉCIMA.- Garantía o fianza:
El cesionario, en garantía del cumplimiento de las cláusulas del presente contrato, ingresa en la Arcas Municipales la garantía definitiva establecida en el “Reglamento de Régimen de Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Cehegín” regulador de esta convocatoria, por importe del 3,00% del total del precio de adjudicación.
UNDÉCIMA.- Disputas de uso y utilización:
Las disputas sobre uso y utilización de servicios y elementos comunes, serán, en todo caso, resueltas por el Excmo. Ayuntamiento de Cehegín.
DUODÉCIMA.- Cuestiones litigiosas:
Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato, serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme a su Ley reguladora.
DECIMOTERCERA.- Eficacia del contrato:
El presente contrato surtirá efectos desde la fecha de su otorgamiento por las partes.
DECIMOCUARTA.- Legislación aplicable:
Para lo no previsto expresamente en este contrato se estará a lo dispuesto en el “Reglamento de Régimen de Uso xxx Xxxxxx de Empresas del Excelentísimo Ayuntamiento de Cehegín” (disponible en la página web xxx.xxxxxxx.xx); y las normas complementarias dictadas por el Ayuntamiento, así como por el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas , la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por la que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y demás
normas de Derecho administrativo aplicables. En defecto de estas últimas, las normas de derecho privado, con carácter supletorio.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman ambas partes el presente contrato por duplicado ejemplar, en Cehegín, en ut supra referida
EL ALCALDE EL CONTRATISTA/CESIONARIO
Fdo: Fdo: