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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO URBANO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO URBANO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
INDICE GENERAL
1.- | ANTECEDENTES | |
2.- | OBJETO | |
3.- | AMBITO TERRITORIAL | |
4.- | OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA | |
5.- | TRABAJOS Y MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO INFORMATIZADO | DE |
MOBILIARIO URBANO | ||
6.- | TRABAJOS DE INSPECCION Y CONTROL | |
7.- | TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO | |
8.- | TRABAJOS DE REPARACIÓN | |
9.- | TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVO MOBILIARIO | |
10.- | MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS | |
11.- | CONTROL DE CALIDAD | |
12.- | PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL | |
13.- | ELIMINACIÓN DE RESIDUOS | |
14.- | PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS | |
15.- | PLAN DE RIESGOS LABORALES | |
16.- | HORARIOS DE TRABAJO | |
17.- | EMERGENCIAS | |
18.- | PERFIL DEL LICITADOR | |
19.- | CONDICIONES DE LAS OFERTAS |
20.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
21.- RESPONSABILIDADES GENERALES
22.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O INCONVENIENTES CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
23.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO
24.- SEGURO
25.- DURACIÓN DEL CONTRATO
26.- CONDICIONES ECONOMICAS Y PENALIZACIONES
27.- CONTROL DEL SERVICIO
28.- ANEXOS
1.- ANTECEDENTES
En el Término Municipal de Fuenlabrada, se encuentran instalados en la actualidad un gran número de elementos de mobiliario urbano de uso general, que pueden distribuirse en las siguientes categorías:
a) Mobiliario urbano de titularidad municipal repartida tanto en vías públicas como en parques y zonas ajardinadas. Dentro de esta categoría figuran :
1) elementos de protección peatonal, tales como vallas de aceras, jardines, y áreas infantiles, talanqueras y cadenas varias.
2) elementos de descanso, como bancos (metálicos ,materiales reciclados, madera, prefabricados y piedra ) y mesas( madera, prefabricados de hormigón o metálicas)
3)Elementos tales como robidores, aparca-bicicletas, carteles de áreas infantiles.
4) Elementos de recreo para la tercera edad y deportivos.
5 ) Elementos varios tales como papeleras de jardín, alcorques (forja y chapa perforada ), tramex, etc...
b) Juegos infantiles, agrupados en áreas situadas en parques, zonas ajardinadas y otras. Son de titularidad municipal, carecen de explotación publicitaria, y están sujetos a un proceso de homologación, así como una serie de condiciones de carácter constructivo, de instalación y de conservación, dentro del ámbito de las UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177.
c) Mobiliario urbano con contraprestación publicitaria, sujeto a contratos o adjudicaciones específicas por tiempos determinados, tales como marquesinas de paradas de autobús, soportes informativos, contenedores, vallas de cerramiento de obras, soportes de gran formato y pantallas electrónicas y relojes. La conservación y explotación de este tipo de mobiliario se lleva a cabo por las empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos.
2.- OBJETO
El objeto del presente concurso es suscribir un contrato para el mantenimiento preventivo, conservación, reparación y sustitución de los elementos de mobiliario urbano, comprendidos en el apartado a) y b) del punto anterior.
Comprenderá por tanto, los elementos de mobiliario urbano instalados o por instalar, que se indiquen, durante el período de vigencia del contrato, cuya conservación no esté sujeta a otra adjudicación por concurso o en razón de las características específicas del elemento.
En concreto, y a la fecha de redacción de este Pliego, quedan excluidos , los elementos de alumbrado público, contenedores de residuos del Departamento de Limpiezas, los elementos deportivos del Patronato Municipal de Deportes, así como las señales de tráfico o informativas o el mobiliario que aun estando en zona municipal goce de algún acuerdo marco para la no conservación.
También queda excluida la conservación de mobiliario urbano o elementos deportivos en recintos o ámbitos de titularidad privativa, tales como colegios, residencias, instalaciones deportivas y en general, cualquier instalación que no esté situada sobre suelo público y sea de acceso libre a los ciudadanos.
3.- AMBITO TERRITORIAL
A efectos de este concurso, el adjudicatario será único y deberá cumplir las obligaciones objeto del mismo en la totalidad del Término Municipal de Fuenlabrada, y no podrá subcontratar los trabajos a realizar sin previo conocimiento y aprobación municipal.
4.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que a continuación se estipulan, de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes:
- Realización y mantenimiento del Inventario de Mobiliario Urbano, según condicionantes mínimos, establecidos en este Pliego y bajo la supervisión del Departamento de Parques y Jardines.
- Ejecutar las labores de inspección periódica del estado del mobiliario urbano, con las frecuencias y características que se especifiquen en la oferta.
- Conservación preventiva del conjunto del mobiliario urbano objeto del Concurso según los planes propuestos en la oferta, sujetos a aprobación o modificación por el Departamento de Parques y Jardines, incluidas las labores de limpieza de los elementos.
- Operaciones de reparación y mantenimiento del mobiliario urbano in situ, o en taller atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos reseñados en este Pliego, así como las comunicaciones del personal técnico del Departamento de Parques y Jardines.
- Transporte de elementos de mobiliario urbano tanto a, o de talleres de reparación o almacenes.
- Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica.
- Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la realización de suministros de piezas necesarias para asegurar la continuidad del servicio de los elementos instalados.
- Disponer del personal necesario tanto en número como en capacidad profesional y cuantía mínima reseñada para la adecuada realización del servicio.
- Disponibilidad de vehículos y equipos en las cuantías mínimas y características que se reseñarán para satisfacer las exigencias xxx Xxxxxx.
- Disponibilidad de almacenes, talleres y materiales y repuestos necesarios en cuantías mínimas señaladas, para asegurar el racional desempeño del servicio.
- Administración del servicio.
- Facilitar presupuestos de sustitución, modificación y conservación de los elementos que en el futuro se precise y que no se encuentren incluidos en este Pliego.
- Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un peligro y comunicar de forma inmediata al Ayuntamiento las actuaciones.
- Entregar parte semanal de trabajos y actuaciones realizadas al Departamento de Parques Jardines.
5.- TRABAJOS Y MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO INFORMATIZADO DE MOBILIARIO URBANO.
El contratista adjudicatario del servicio, asumirá como obligación lo siguiente:
▪ Deberá disponer del material informático necesario para la gestión de control y mantenimiento de las instalaciones a su cargo, facilitará al departamento los medios suficientes para el control de dicha gestión, y la modernización de dicho material según el progreso técnico.
▪ Asumirá como obligación el mantenimiento durante los años que dure el contrato del inventario de todos los elementos de mobiliario urbano, tanto existentes como de los elementos que se vayan incorporando, debiendo estar actualizado a cada momento.
▪ Aportará los medios precisos para la conexión y la carga de datos de las bases de datos municipales en sus instalaciones, dispondrá de las licencias que sean necesarias y colaborará en el desarrollo de las aplicaciones que se realicen en la Concejalía de Medio Ambiente. Esta colaboración es extensiva al material necesario, así como a la formación del personal que se requiera (técnicos, operarios de pantalla, manejo de terminales, etc.).
Las adquisiciones y mejoras que se obtengan quedarán de propiedad municipal.
▪ Deberá estar conectado en todo momento a la Concejalía de Medio Ambiente a fin de conocer las incidencias que se produzcan. Una vez detectadas tales incidencias, realizarán las inspecciones y actuaciones necesarias, incorporarán al sistema la información correspondiente y emitirán informes correspondientes de forma periódica.
Los Licitadores podrán incluir en su oferta, un modelo de datos así como una propuesta de aplicación informática, indicando la compatibilidad con los sistemas existentes en la Concejalía de Medio Ambiente (SIG, bases de datos etc.), servicios Web, sistemas de cartografía móvil etc.
6.- TRABAJOS DE INSPECCION Y CONTROL
El adjudicatario queda obligado a realizar inspecciones periódicas en la cuantía expresada en su oferta y que aseguren un perfecto conocimiento del estado del mobiliario y permitan detectar de forma rápida las posibles averías, así como programar la conservación preventiva del mismo siempre previo conocimiento y aprobación por los servicios municipales, y el mantenimiento actualizado del inventario durante la duración del contrato.
La frecuencia mínima de inspección de cada zona será de un mes, siendo objeto de valoración, la mejora de este plazo que se realice en las ofertas.
Será obligación del contratista, fijar los medios mínimos e itinerarios de inspección de forma que quede perfectamente asegurada la frecuencia de paso, acompañando a la oferta, descripción detallada de este estudio, siendo declaradas no válidas las ofertas que carezcan de este requisito.
Si por algún motivo, las frecuencias reales de inspección no son las previstas, el contratista estará obligado a modificar los medios e itinerarios para lograr los objetivos previstos, siempre previo conocimiento y aprobación por los servicios municipales.
La realización de estos trabajos, será independiente de las labores de mantenimiento preventivo y conservación, y por ello, el personal dedicado a las mismas, será independiente del de aquéllas, aunque por razones lógicas, podrá simultanearlas con las de mantenimiento del inventario informatizado.
7.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo de los elementos de mobiliario urbano instalados, se considera uno de los objetivos prioritarios de este pliego, teniéndose muy en cuenta los planes ofertados por el licitador.
La forma más lógica y adecuada de lograr en el futuro un parque de mobiliario en correctas condiciones de conservación pasa, ineludiblemente, por un correcto programa de mantenimiento preventivo, diseñado a partir del conocimiento del estado actual del parque, así como una adecuada definición de las tareas a realizar en función de las características constructivas de los diferentes elementos.
Así pues, el licitador deberá presentar una propuesta de mantenimiento preventivo en forma de tabla con las operaciones que tenga previsto realizar sobre cada tipo de elemento y la frecuencia prevista de actuación. Esta propuesta, los medios que se dedicarán a ellas, así como su estudio económico a lo largo de las diferentes anualidades que está previsto dure el contrato, será objeto de valoración a la hora de fijar los criterios de adjudicación.
En cualquier caso, es objetivo definido, que en el tiempo de duración del contrato, el peso del mantenimiento preventivo, y en consecuencia, el elevar el nivel de conservación del mobiliario urbano, vaya imponiéndose sobre las tareas puntuales
de reparación y al final del mismo, pueda contarse con un mobiliario adecuadamente conservado, cuyas tareas de mantenimiento no programado se reduzcan a las inevitablemente necesarias.
8.- TRABAJOS DE REPARACIÓN
Dado el estado actual del mobiliario y a la espera de mejorar su nivel de conservación, gracias al mantenimiento preventivo antes citado, una de las principales tareas a realizar con carácter inmediato por el contratista es la reparación de elementos existentes según la forma de actuación que a continuación se describe.
Se definen bajo este epígrafe la totalidad de los trabajos cuyo fin sea reponer el uso normal de un elemento que se encuentre deteriorado, sea cual fuere la reparación a realizar, incluyendo si fuera necesario la sustitución del mismo por otro nuevo, previa aprobación por los servicios municipales, los cuales harán entrega al contratista del mismo para su sustitución.
Si bien hay que contar con la eficaz colaboración tanto de ciudadanos, como especialmente de otros servicios municipales en la detección de desperfectos o averías en el mobiliario, se pretende que gracias al inventario actualizado y a una correcta y eficaz labor de inspección propia del contratista, según se ha definido en puntos anteriores, este trabajo alcance en poco tiempo, un alto grado de autonomía, detectándose las averías, daños o desperfectos en el plazo más breve posible y procediéndose a su reparación.
Detectada la avería o deficiencia, el contratista comunicará la misma a los servicios municipales, en el plazo y por los medios más inmediatos posibles. Los servicios municipales darán su aprobación cuando proceda, a los trabajos propuestos, debiendo comenzar el contratista la realización de los mismos en un plazo inferior a cuarenta y ocho (48) horas.
Se tendrá en cuenta para una rápida actuación los partes o avisos emitidos a través de la Policía Local.
El plazo total para la reparación o sustitución, salvo casos expresamente autorizados por los servicios municipales no excederá de setenta y dos (72) horas.
En el caso de que la situación del elemento sea tal que implique peligrosidad, la empresa adjudicataria procederá de oficio y con la máxima urgencia a la realización de aquellas actuaciones tendentes a eliminar el riesgo. De estos hechos se dará cuenta la actuación inmediata a los servicios municipales.
Todas las actuaciones o reparaciones sobre un elemento deberán quedar fijadas en las fichas del inventario informatizado de ese elemento, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas de la actuación.
9.- TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVO MOBILIARIO
Aunque bajo ningún concepto este contrato sea de suministro de nuevo mobiliario urbano, puede darse el caso de que por razones del estado de elementos muy deteriorados, o razones de urgencia sea precisa su sustitución por un elemento nuevo, aunque siempre con carácter puntual, ateniéndose entonces al cuadro de precios de suministros en vigor.
Por otra parte, sí es uno de los trabajos previstos en este contrato la instalación programada de elementos nuevos de mobiliario urbano, adquiridos por el Ayuntamiento por otros procedimientos administrativos y que irá entregando al contratista en función de las necesidades de cada actuación.
Recibida la orden de trabajo, el contratista de acuerdo con los servicios municipales, procederá al replanteo de los elementos a instalar, realizándose marcaciones mediante pintura u otro sistema inocuo para el medio ambiente.
Una vez aceptado el replanteo por los técnicos municipales, el contratista procederá a realizar las labores de instalación, finalizada la cual se levantará plano acompañado de fotografías realizadas antes y después de la actuación, dándose también de alta de forma inmediata en el inventario.
10.- MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS
En el caso de sustitución o suministro de un elemento completo o partes del mismo, que se encuentre dentro del Catálogo de Elementos Normalizados de Mobiliario Urbano, las características técnicas serán exclusivamente las que figuren en dicho Catálogo.
El Departamento de Parques y Jardines comunicará anualmente al contratista las modificaciones o características de elementos añadidos a dicho Catálogo, aprobándose los correspondientes precios contradictorios tanto del elemento como de su despiece en este último caso, así como de los diferentes trabajos a realizar en el mismo
Cuando se trate de sustituir totalmente o en parte de un elemento no incluido en dicho Catálogo, el contratista se atendrá en todo caso a las instrucciones recibidas de los técnicos municipales, procurándose en todo caso emplear materiales similares a los utilizados por el fabricante original de ese elemento si eso fuera posible.
En el resto de los casos y como regla general, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, con independencia del cumplimiento xxx Xxxxxx General de Condiciones del Ayuntamiento:
A) OBRA CIVIL:
La obra civil aunque no sea objeto básico de este servicio, está presente en una buena parte de las actuaciones como construcción auxiliar o complementaria. Los materiales básicos de uso más común son:
Cemento: Se utilizará este material de primera calidad.
Áridos para morteros y hormigones: Se utilizarán arenas de río limpias y cribadas con tamaño máximo del árido de 6 mm. En lo referido a gravilla se utilizarán preferentemente áridos de machaqueo con granulometría entre 20 y 40 mm.
Agua: Dada la buena calidad de las aguas del servicio público, serán de uso normal para estos menesteres, quedando proscrita la utilización de otras de dudosa procedencia. Se permite, con autorización expresa de los servicios técnicos municipales, el empleo de las bocas de riesgo, limitándose su uso al mínimo imprescindible.
Baldosas y terrazos para reposiciones puntuales de pavimentos, así como ladrillos y materiales cerámicos, serán de aplicación los contenidos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Urbanización.
B) MATERIALES METALICOS
Los materiales de mayor uso son el acero en forma de perfiles huecos o cilíndricos o rectangulares de distintas dimensiones y espesores de pared, perfiles macizos rectangulares o circulares con sección máxima de hasta 16/18 mm., pletinas rectangulares y xxxxxx xx xxxxx.
También se utilizan con relativa frecuencia, materiales de fundición y elementos inoxidables o galvanizados.
Aceros: Los elementos xx xxxxx a emplear, responderán a las especificaciones básicas del art., 23 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Fuenlabrada, utilizándose aceros de clase S235JR, según UNE-EN-10.015).
Todos los materiales permitirán soldabilidad y los elementos de cerrajería se instalarán convenientemente desengrasados por tricloroetileno en caliente y posterior fosfatado e imprimación anticorrosivo de color metálico que garantice una protección de 300 horas en xxxxxx xx xxxxxx salina.
Materiales de fundición: Se utilizarán básicamente materiales de fundición gris (UNE-EN-11561/98) y fundición de grafito esferoidal (UNE-EN-1563/98).
En caso de piezas de fundición de aluminio se atendrán a la UNE-EN-1706/98. En cualquier caso, los servicios técnicos municipales definirán el tipo de material a emplear.
C) MADERAS
La madera es otro de los materiales de más amplia utilización en los elementos de mobiliario urbano. Todas ellas procederán de explotaciones forestales sostenibles acreditándose documentalmente. Las de más usos serán:
Iroko ,Cerejeira , Tauari: para tablones de asiento o respaldos de elementos de mobiliario urbano. Con densidad superior a 600 Kgs/m3, y grado de humedad entre el 12% y el 15%.
Tauari , Sipo ,Cerejeira: para tablas de pequeña escuadra (tablillas) en bancos, papeleras u otros elementos de mobiliario. Con densidad superior a 5OO Kgs/m3, y grado de humedad entre el 12% y el 15%.
Xxxx xxxxxxxxx y pino radiata : para elementos rústicos. Con densidad entre 500 y 600 Kgs/m3, y grado de humedad entre el 12% y el 14%.
Las piezas no tendrán en ningún caso una tolerancia mayor que el 1%, respecto de las dimensiones teóricas.
D) MATERIAL RECICLADO
Al material reciclado se la va a conceder una gran relevancia en este Servicio, si bien su uso estará limitado a lugares donde lo estimen oportuno los Técnicos Municipales (parques, zonas estanciales, etc.) El material es una mezcla de plásticos reciclados cuidadosamente seleccionados, libres de cloruros, plastificantes , cadmio, u otro tipo de aditivos
E) ELEMENTOS PREFABRICADOS
Este material cumplirá las especificaciones técnicas marcadas por los Técnicos Municipales del Departamento de Parques y Jardines. Los materiales usados fundamentalmente son hormigón y piedra caliza.
F) TRATAMIENTOS SUPERFICIALES Y PINTURAS
No es necesario advertir que la totalidad de los elementos de mobiliario urbano, van a estar sometidos durante su vida útil, a continuas agresiones medioambientales. En estas condiciones se hace imprescindible asegurar un buen tratamiento para asegurar la durabilidad del elemento con las mínimas desviaciones por su exposición prolongada al medio ambiente urbano.
Tratamientos xx xxxxxx: La totalidad de la madera a emplear se servirá convenientemente tratada en profundidad por autoclave tipo vac-vac para garantizar una penetración superior a P5, según la norma EN 351.2/95 (apta para riesgo tipo 4).
El producto de tratamiento previo para acción funguicida, insecticida y repelente al agua, no producirá cambios estructurales ni dimensionales.
Tratamiento de superficie una vez finalizado el mecanizado y repaso, con tres capas de producto protector orgánico coloidal a poro abierto, antifotodegradante, siendo la capa básica incolora o con pigmentación y las dos últimas incoloras. Si se utiliza la primera capa pigmentada no deberá alterar el color de la madera, sino reforzar el mismo y no ocultar vetas.
Tanto los productos de impregnación como de tratamiento superficial no contendrán derivados flúor carbonados y deberán estar previamente aprobados por el Departamento de Parques y Jardines, para lo que los licitadores deberán indicar en sus ofertas los tipos y características físico-químicas de los mismos.
El contratista, al realizar la entrega de los materiales deberá acompañar certificado de haber sido realizados los tratamientos ofertados.
Los tratamientos de conservación se realizarán mediante aplicación de una capa de lasur, sin necesidad de que haya que decaparse las imprimaciones anteriores.
En caso de deterioro apreciable de la capa de protección, los servicios municipales, decidirán sobre la necesidad de proceder al cambio de la madera.
Tratamientos de elementos metálicos: La totalidad de los elementos de cerrajería y de fundición deberán de presentarse debidamente protegidos mediante imprimación anticorrosiva en color metálico, posterior a un desengrasado por inmersión en tricloroetileno.
Para elementos de fundición de aluminio se sustituirá el desengrasado por un granallado mediante chorro de arena para eliminación de rebabas y limpieza total de la superficie.
Se podrá aplicar cualquiera de las imprimaciones definidas en el PCTG del Ayuntamiento.
La terminación se ejecutará en taller, con pinturas o esmaltes sintéticos a base de resinas de poliéster, con secado en horno a 160º durante al menos, 20 minutos.
Para aquellos casos, en que por imposibilidad real no resulte materialmente posible el tratamiento en taller, éste se podrá sustituir (con autorización expresa de los servicios técnicos municipales) por un tratamiento en obra consistente en aplicación mediante pistola de imprimación anticorrosiva y dos capas de pintura sintética a base de resinas de poliéster, espaciadas entre sí 24 horas.
Los tratamientos de conservación, durante la vida útil del elemento, se realizarán mediante aplicación de una capa (a mano o mediante pistola) de esmaltes sintéticos similares a los indicados en los párrafos anteriores, previo lijado de superficies deterioradas y aplicación previa de imprimación anticorrosiva localizada en aquellas zonas donde hubiera lugar.
Piezas xx xxxxx inoxidable: Se aplicarán las especificaciones xxx Xxxxxx de Condiciones citado, excepto a las características mecánicas mínimas que serán fijadas por los técnicos municipales.
Piezas galvanizadas: Se aplicarán las especificaciones xxx Xxxxxx de Condiciones citado, para xxxxxx xx xxxxx galvanizado.
Tratamientos de materiales reciclados: Se realizará su limpieza con productos adecuados preferentemente agua a presión sin aditivos, que no dañen ni descompongan este tipo de material y se ajusten a las especificaciones de los técnicos municipales.
Tratamientos de metacrilatos y vidrios: Se realizará su limpieza con productos adecuados que no dañen ni arañen este tipo de material y se ajusten a las especificaciones de los técnicos municipales.
Tratamientos de granitos y prefabricados de hormigón: Se realizará su limpieza con productos adecuados que no dañen ni deterioren este tipo de material y se ajusten a las especificaciones de los técnicos municipales.
11.- CONTROL DE CALIDAD
El Ayuntamiento, a través de los servicios técnicos del Departamento de Parques y Jardines, se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos o componentes de los mismos, que no cumplan las especificaciones del Catálogo de Elementos Normalizados de Mobiliario Urbano, o en su defecto las características que le sean comunicadas por los mismos. Asimismo, podrá ordenar los análisis y ensayos de control de calidad que se entiendan necesarios para garantizar la misma a los elementos o componentes suministrados, efectuados en laboratorios especializados. El importe de estos ensayos, correrá a cargo del adjudicatario, hasta un importe máximo del dos por ciento (2%) de la facturación anual en concepto de trabajos o medición.
El contratista estará obligado a sustituir de forma inmediata y sin cargo los elementos o componentes que no cumplan las especificaciones o no superen los ensayos antedichos, con independencia de la aplicación del régimen sancionador establecido.
12.- PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
Es interés primordial del Ayuntamiento que este contrato destaque por la protección medioambiental y evitar en lo posible ocasionar molestias al ciudadano, dado que los trabajos y actuaciones se realizarán en todo caso en la vía pública.
Por ello, y con independencia de la eliminación de residuos que se indica en el apartado siguiente, la totalidad de los materiales empleados en el mantenimiento y
reparaciones, deberán ajustarse a la norma ISO-14001, incluyendo productos de limpieza, pinturas, disolventes y tratamiento xx xxxxxxx.
Asimismo, tanto los equipos empleados como las labores realizadas, deberán cumplir escrupulosamente la normativa sobre contaminación acústica vigente.
13.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
Los residuos resultantes de la realización de los trabajos, así como embalajes, envases vacíos, etc... serán retirados por el contratista, sin que se permita la permanencia de los mismos en el lugar de las obras, salvo casos expresamente especificados en el Pliego.
Cuando el volumen de los residuos resultante, supere la capacidad de los sacos o contenedores de utilización normal, los servicios técnicos podrán autorizar la permanencia de aquellos por un plazo máximo e improrrogable de 24 horas.
En ningún caso se permitirá la permanencia de residuos los fines de semana o festivos y se demostrará su gestión a través de gestores autorizados, indicados por el Ayuntamiento o en su defecto autorizados por este.
14.- PROTECCIÓN Y SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS
Al tratarse de trabajos a realizar en la vía pública se considera de especial importancia, las condiciones de seguridad a adoptar durante los mismos, que permitan garantizar al máximo la eliminación de riesgos para peatones y vehículos, así como de los propios trabajadores.
La zona de trabajo deberá acotarse por medio de cintas en los trabajos de corta duración y palenques en los restantes, y señalizarse adecuadamente según prescriben las ordenanzas en vigor para trabajos en la vía pública.
En caso de tener que ocupar temporalmente la xxxx xx xxxxxxx, aunque lo sea por corto espacio de tiempo, será imprescindible la adopción de las medidas prescritas en la Ley y Reglamentos de Seguridad Vial.
A efectos informativos, en las actuaciones de más de 24 horas, se colocará por el contratista un cartel informativo con una breve descripción de los trabajos y la duración estimada de los mismos.
15.- PLAN DE RIESGOS LABORALES
El licitador deberá elaborar y presentar en su oferta la evaluación de riesgos de todas las actividades que, de acuerdo con la misma, vaya a realizar.
Con base a esta evaluación de riesgos, el licitador redactará un documento informativo para los trabajadores, en el que describa los riesgos a que están expuestos, y las medidas preventivas que deben llevar a cabo para reducirlos o eliminarlos.
Por otra parte, los licitadores presentarán en su oferta una relación de técnicos de prevención de riesgos laborales de nivel superior, intermedio y básico de la empresa, para cuando la situación lo requiera.
16.- HORARIOS DE TRABAJO
A fin de optimizar los recursos y lograr una reducción de costos, el horario para realización de los trabajos y la distribución de la asignación de los mismos, será potestativo del contratista, previa comunicación al Ayuntamiento de cualquier alteración en las propuestas, debiendo en todo caso garantizarse la posibilidad de trabajo en jornada partida.
No obstante, el Responsable y los técnicos que tengan asignado el cometido de interlocutores con los técnicos municipales, así como el personal de servicio,
relacionado con el Departamento, deberán permanecer disponibles en función de las jornadas del Departamento de Parques y Jardines.
En cualquier caso existirá un teléfono veinticuatro horas, para casos de avisos de urgencia, así como la disponibilidad del servicio todos los días del año.
17.- EMERGENCIAS
Los licitadores deberán presentar un protocolo de actuación para casos de urgencia o situaciones de posible riesgo, clasificado por familias de elementos, describiendo explícitamente las actuaciones previstas en función del tipo de situación.
Si como consecuencia de emergencias en las instalaciones, etc... el contratista estimase que no pueda realizar el servicio en las condiciones establecidas en el pliego, estará obligado a dar cuenta de ello en forma inmediata al Ayuntamiento, para que éste procure tomar las medidas convenientes a fin de evitar o reducir los perjuicios que ello causaría.
18.- PERFIL DEL LICITADOR
Al objeto de adjudicar el servicio a un contratista idóneo, con las garantías económicas y técnicas para el adecuado cumplimiento de las obligaciones que dimanan de este pliego, el licitador deberá satisfacer las siguientes condiciones mínimas, las cuales serán justificadas en su oferta a entera satisfacción de la corporación:
De acuerdo con lo indicado en la legislación vigente y además de la Clasificación de Contratistas, es exigible al ofertante el nivel de calidad adecuado:
Posesión de certificados de gestión de la Calidad según la norma UNE-EN ISO 9001:2008, Gestión Ambiental según la norma UNE-EN ISO 14001:2004 y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo según la especificación OHSAS
18001:2007, cuyos alcances incluya la conservación y mantenimiento de mobiliario urbano.
Posesión de certificado de servicio de instalación y mantenimiento de áreas de juego según la norma UNE – EN 1176-7:2009.
19.- CONDICIONES DE LAS OFERTAS
El adjudicatario está obligado a mantener en perfecto estado de uso los materiales, medios mecánicos y humanos que resulten necesarios para la realización de los fines, objeto de este contrato.
La descripción total de los medios será la determinada por el propio contratista en su oferta y que como mínimo, deberá estar sujeta a las especificaciones que figuran a continuación para cada uno de los apartados.
a) Oficinas generales:
El adjudicatario está obligado a mantener en la Comunidad de Madrid una oficina central con superficie y dotación adecuadas al mantenimiento administrativo de los fines de este contrato.
Dispondrá de medios informáticos y de comunicaciones adecuadas, y estará en permanente comunicación con el Departamento de Mobiliario Urbano, que gestiona el contrato.
Dispondrá de personal humano suficiente para la total realización de los trabajos encomendados en el menor plazo posible.
b) Almacén general, taller y acopio de elementos
El adjudicatario deberá de mantener en propiedad, o en régimen de alquiler, un almacén-taller con una superficie mínima de 3.500 m2., de los cuales 2.000 m2 estarán cubiertos.
El almacén estará convenientemente dotado de materiales y herramientas, así como disponer de un taller para la realización de cualquier trabajo que precise realizarse, para reparaciones necesarias o urgentes
A estos efectos, se considera como acopio mínimo para poder cumplir con las necesidades del servicio, la permanencia en todo momento de los siguientes materiales:
- 5 módulos de valla Chamberi MUF-22
- 5 módulos de valla Xxxxxx Xxxxxxxx XXX-23
- 5 módulos de valla de nudos MUF-24
- 5 módulos de valla Xxxx Xxxxx MUF-25
- 5 módulos de valla de tubo MUF-26
- 5 módulos de valla Xxxxxxxxx MUF-27
- 5 módulos de valla de Reja MUF-28
- 5 módulos de valla Sol Alta MUF-29
- 5 módulos de valla Sol Baja MUF-30
- 5 módulos de valla Lago MUF-31
- 10 unidades patas para banco Madrid MUF-5
- 10 unidades patas para banco modelo Europa MUF-1
- 10 unidades patas de banco modelo Solidaridad MUF-3
- 5 unidades soportes de papeleras rejilla MUF-19
- 5 módulos de modelo de talanquera xx xxxxxx homologado MUF-13
- 100 unidades de tablas y tablillas para bancos y mesas
- 2 unidades xx xxxx rústica MUF-11
- 200 ml cerramiento metálico (H = 2 ml)
- 5 unidades de cartel informativo JUF- 9
- 5 unidades de cartel área infantil chapa
Estas cantidades se irán modificando a medida que se vayan homologando más elementos de Mobiliario, previa comunicación anual al contratista.
Todo material deberá de disponerse convenientemente embalado y protegido contra golpes e inclemencias meteorológicas.
Los servicios técnicos municipales, podrán realizar cuantas visitas de inspección consideren convenientes para la comprobación de existencia de los elementos mencionados.
c) Medios materiales, vehículos y herramientas
1.- El contratista dispondrá de los siguientes medios móviles mínimos, pintados y rotulados exteriormente según los criterios que fije el Ayuntamiento, que deberán estar en todo momento y a lo largo de la duración del Contrato en buenas condiciones tanto operativas como estéticas y de limpieza:
1 equipo ligero, nuevo, tipo furgoneta media o similar
1 equipo pesado, nuevo, dotado xx xxxxx
1 vehículo nuevo de control e inventario
2.- Condiciones mínimas de los equipos de trabajo:
Equipo ligero:
Deberá llevar permanentemente los útiles y herramientas necesarias para el cumplimiento de su misión, considerándose imprescindibles las siguientes, con independencia de la dotación de personal de un oficial conductor y un ayudante:
a) Escalera telescópica
b) Banco de trabajo portátil
c) Generador eléctrico insonorizado de 5 KVA mínimo
d) Navegador
e) Teléfono móvil
f) Grupo de soldadura eléctrica
g) Taladradora eléctrica portátil
h) Lijadora y radial
i) Equipo de pintura
j) Botiquín Equipo pesado
El equipo pesado estará formado por un camión de dos ejes, con capacidad mínima de tres personas, y conductor en cabina, y dotado de brazo hidráulico con grúa capaz de levantar los elementos habituales de mobiliario urbano con el personal preciso para su funcionamiento. Asimismo, deberá estar dotado de los siguientes elementos:
a) Escalera telescópica
b) Navegador
c) Teléfono móvil
d) Botiquín
e) Enganche trasero para remolque de hasta 750 Kgs.
d) Personal
El contratista dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias xxx Xxxxxx, y abonará sus retribuciones, pagas extraordinarias, incentivos, seguros sociales, etc..., los cuales cumplirán, en todo caso, lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios locales y provinciales que les afecten.
Deberá contar como mínimo, con el personal previsto en el organigrama del servicio, tal como se especifica posteriormente, el cual se ajustará en todo momento a las exigencias contractuales derivadas de lo dispuesto en el Pliego,
lo especificado en su oferta y las instrucciones que, por escrito, reciba del Ayuntamiento.
El personal mínimo especificado en el concurso, será el siguiente:
- Técnico grado medio | 1 |
- Encargado general | 1 |
- Administrativo | 1 |
- Técnico Informático | 1 |
- Técnico en Prevención de Riesgos Laborales | 1 |
- Oficiales especialistas con carnet de conducir | 2 |
- Auxiliares | 2 |
- Inspectores | 1 |
- Almacenistas | 1 |
El personal operario indicado tiene carácter de mínimo obligado, estando obligado el Contratista a adecuar la plantilla a las necesidades reales derivadas del trabajo.
Los números indicados de personal operario y auxiliar tienen el carácter de “puestos de trabajo” por lo que deberán de ser sustituidos en caso de vacaciones, permisos, enfermedades o cualquier otra circunstancia que les pueda apartar temporalmente del servicio.
El Ayuntamiento tendrá derecho y podrá imponer al Contratista que separe del servicio o sancione a cualquier empleado de la contrata adscrito al servicio de conservación y entretenimiento que diera motivo de ello.
El Apoderado o representante de la Empresa, representará a ésta ante el Ayuntamiento. Asistirá, sin excusa, a las reuniones a las que se le invite para tratar asuntos relativos al Servicio, siempre que su convocatoria se haya
realizado con veinticuatro horas de antelación o, en su defecto, delegar en persona con similar poder de decisión.
El Técnico de Grado Medio, delegado del seguimiento puntual y diario del Servicio, despachará con la periodicidad que se le indique con el Técnico del Departamento de Parques y Jardines. No tendrá carácter de simples asesor, y estará investido de la suficiente autoridad, como para poder resolver los problemas que se puedan presentar por la prestación del Servicio. Estará dotado de teléfono móvil para comunicación.
Será total responsabilidad del Contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal del servicio de conservación a lo dispuesto en el Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo, así como a la legislación y convenios laborales vigentes.
Por ello, el Ayuntamiento queda totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el Contratista y su personal.
Todo el personal operario adscrito al servicio deberá llevar una tarjeta de identidad plastificada, que será facilitada por el propio Contratista, en la que se hace constar la filiación, el número correspondiente de la plantilla, la clasificación personal, etc... Dicha tarjeta irá firmada por el Jefe del Departamento municipal correspondiente y por el Apoderado del Contratista.
El Contratista deberá presentar con su oferta un completo Organigrama del servicio, especificando adecuadamente su plantilla e indicando los puestos que serán desempeñados por personal que prestará sus servicios en jornada completa o parcial.
Dado que el Contratista viene obligado a satisfacer en todo caso las especificaciones xxx Xxxxxx, si con el personal previsto en la plantilla no realiza la prestación con calidad contractual exigida, vendrá obligado a ampliar la misma, sin que ello le permita variar los precios de su oferta.
El Contratista deberá contar con el personal previsto en el Organigrama y plantilla, no admitiéndose que pueda transcurrir más de quince días durante la vigencia del contrato, sin tener la plantilla del servicio completa.
El Contratista está obligado a informar al Ayuntamiento de las variaciones que experimente su plantilla, antes de transcurridas 72 horas desde que se produzca la modificación, a fin de que se retire o se entregue la documentación del personal especificada anteriormente, en dicho plazo, y se refleje la variación habida en el Organigrama existente.
Si como consecuencia de los resultados de la prestación del servicio, el Ayuntamiento considerase conveniente una modificación del Organigrama, lo exigirá al Contratista, el cual podrá recurrir, si no está de acuerdo con ello, y aceptará la resolución que ésta tome.
Si el Contratista considerase conveniente una modificación del Organigrama a fin de lograr una mejor adecuación a las necesidades del servicio, lo propondrá al Ayuntamiento, debiendo aceptar, en todo caso, la resolución que éste tome.
El personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Fuenlabrada, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los contratos de personal que realice con posterioridad a la adjudicación, esta circunstancia.
20.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
El Contratista será responsable de la administración del servicio, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión y control para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que la prestación está en condiciones de satisfacer sus exigencias.
21.- RESPONSABILIDADES GENERALES
El Contratista será responsable de los equipos, maquinaria y de las instalaciones, así como del control y funcionamiento de las mismas, de la conservación de todos y cada uno de sus componentes, de la calidad de los materiales utilizados y de los montajes efectuados en las modificaciones, mejoras, reemplazamientos y suministros que efectúa, mientras está en vigor el presente Pliego.
Si se produjeran sustracciones de los materiales de las instalaciones, el contratista dará cuenta de ello, inmediatamente después al Departamento de Parques y Jardines, proporcionando datos exactos de lo sustraído.
22.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O INCONVENIENTES CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.
El Contratista será responsable de los accidentes o daños de cualquier naturaleza causados por el transporte, así como de los posibles perjuicios causados a terceros, excepto aquellos ocasionados por órdenes municipales directas comunicadas por escrito.
23.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO
El Contratista será asimismo, responsable del cumplimiento de las disposiciones incluidas en las Ordenanzas que afecten a los trabajos a realizar.
24.- SEGURO
El adjudicatario estará obligado a suscribir una póliza de seguros a todo riesgo y sin franquicia, por importe mínimo equivalente a la anualidad presupuestaria contratada y por una duración que cubra el período de vigencia del contrato.
La mencionada póliza cubrirá los daños de las propias reparaciones efectuadas, así como los posibles daños a personas o cosas que pudieran producirse con ocasión de la ejecución de los trabajos contratados, en la que se extenderá la condición de asegurado al Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como a sus representantes, funcionarios y agentes intervinientes en los trabajos.
Una vez notificada la adjudicación del servicio y dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que reciba, el contratista presentará en el Departamento de Parques y Jardines las correspondientes pólizas.
Asimismo, contará con seguro de robo e incendio por el valor de los materiales y elementos de mobiliario urbano municipales que tenga en depósito en los almacenes para atender las instalaciones.
Todos los gastos correspondientes a estas pólizas, serán de cuenta del adjudicatario.
25.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de un año, contados a partir de la fecha en que el contratista se haga cargo del servicio, prorrogable por un año, de conformidad con la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La puesta en marcha del servicio deberá serlo por el adjudicatario en un plazo máximo de treinta días desde que se le comunique la adjudicación, debiendo presentar con la oferta un calendario de actuaciones al respecto.
26.- CONDICIONES ECONOMICAS Y PENALIZACIONES
A.- Estimación económica: A efectos puramente informativos, el presupuesto destinado a este contrato de conservación de mobiliario urbano, asciende a la cantidad de 481.000 €. Esta cifra sólo tiene carácter orientativo a efectos de fijación de la fianza, por lo que no podrá ser causa de reclamación por parte del adjudicatario en caso de que dicha cifra no se alcance o supere, quedando limitado en todo caso dicho importe por el que figure para esta clase de atenciones en el Presupuesto Ordinario, sin que el Ayuntamiento esté obligado a agotar dicha consignación.
B.- Forma de abono: El abono de la prestación del servicio se efectuará mediante 1 certificación mensual, extendidas por el Departamento de Parques y Jardines de la forma siguiente:
- Una cantidad variable en concepto de medición según cuadro de precios del anexo I.
El abono de este importe se efectuará mediante certificación mensual expedida por el Departamento de Parques y Jardines, en función de los trabajos realmente ejecutados durante el período de dicha certificación.
Durante los diez primeros días de cada mes, el contratista presentará en el citado Departamento, la relación de la totalidad de los trabajos ejecutados el mes anterior, junto con el importe de los mismos, calculado según las tablas de precios anexa al Pliego.
Para el cálculo final de la cantidad total a pagar, se aplicará al importe de ejecución material, el 19% en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial, el Coeficiente de Baja de Adjudicación y el Coeficiente de Revisión de Precios, si hubiese lugar. La cantidad total obtenida, constituirá el “importe líquido de la certificación”.
Finalmente, se aplicará el coeficiente del “impuesto del valor añadido” en vigor.
C .- Penalizaciones : El incumplimiento o retraso excesivo en la ejecución de alguna labor indicada en las funciones ó trabajos para los cuales se adjudica este contrato , será objeto de penalización en cuantía acorde al perjuicio causado por la no realización dentro de las necesidades establecidas en el servicio
27.- CONTROL DEL SERVICIO
El Departamento de Parques y Xxxxxxxx se encargará de dar al contratista las órdenes, instrucciones y planes de trabajo oportunos, así como controlar la eficacia en la prestación del servicio encomendado.
El contratista establecerá los medios para recibir las comunicaciones en sus oficinas, por teléfono, fax, correo electrónico o vía Internet.
28.- ANEXOS
Se acompañan como Anexos:
1) Cuadro de trabajos en elementos normalizados