ORDEN de 15 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Asociación “Comisión Permanente del Libro de Zaragoza (COPELI)”, para la...
ORDEN de 00 xx xxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno xx Xxxxxx y la Asociación “Comisión Permanente del Libro xx Xxxxxxxx (COPELI)”, para la organiza- ción del Día del Libro y la Feria del Libro xx Xxxxxxxx durante el año 2014.
Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0070 el convenio de co- laboración suscrito, con fecha 18 xx xxxxx de 2014, por la Consejera de Educación, Univer- sidad, Cultura y Deporte del Gobierno xx Xxxxxx y el Presidente de la Asociación “Comisión Permanente del Libro xx Xxxxxxxx (COPELI)”, y de conformidad con lo dispuesto en los ar- tículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y 13 del Decreto 57/2012, de 7 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se re- gula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, he resuelto:
Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el “Boletín Oficial xx Xxxxxx”.
Zaragoza, 15 xx xxxxx de 2014.
El Consejero de Presidencia y Justicia, XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXX
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO XX XXXXXX Y LA ASOCIACIÓN “COMISIÓN PERMANENTE DEL LIBRO XX XXXXXXXX (COPELI)”, PARA LA ORGANIZACIÓN DEL DÍA DEL LIBRO Y LA FERIA DEL LIBRO XX XXXXXXXX DURANTE EL AÑO 2014
En Zaragoza, a 18 xx xxxxx de 2014.
REUNIDOS
De una parte, Excma. Sra. D.ª Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Consejera del Departamento de Edu- cación, Universidad, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de la Adminis- tración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, facultada para la firma del presente convenio, por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 14 xx xxxxx de 2014.
De otra parte, Sr. D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en calidad de Presidente de la asociación “Comisión Permanente del Libro xx Xxxxxxxx (COPELI)”, integrada por aquellas asociaciones y entidades que voluntariamente se han adherido a ella y que se dedican a la actividad del libro en general, en Zaragoza, registrada con el número 04-Z-005-1996 del Registro de Aso- ciaciones Culturales del Gobierno xx Xxxxxx, con domicilio social en Xxxxx Xxxxxxxx xx Xx- xxxxxx, 00, 0.x xxxx, 00000 Xxxxxxxx.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para obligarse mediante el presente convenio de colaboración.
EXPONEN
El Estatuto de Autonomía xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 xx xxxxx, en su artículo 71, 43.ª otorga competencias exclusivas a la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx en materia de cultura.
El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno xx Xxxxxx, a través de la Dirección General de Cultura, ostenta las competencias de promoción del libro y de la lectura, y las ferias del libro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se aprueba la estructura orgá- nica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.
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Las ferias del libro son acontecimientos culturales de amplia tradición y respuesta social en nuestra Comunidad Autónoma, de creciente importancia como instrumento de promoción y difusión del libro, y de fomento del hábito lector, a la vez que dinamizador del sector editorial. En los últimos años la Asociación “Comisión Permanente del Libro xx Xxxxxxxx (COPELI)”
y el Gobierno xx Xxxxxx han venido colaborando en la organización del Día del Libro y la Feria del Libro xx Xxxxxxxx, con resultados satisfactorios y beneficiosos para la sociedad aragonesa.
La experiencia adquirida en estos años ha servido para profundizar y adecuar a la de- manda sociocultural de nuestra Comunidad la preparación de dichas ferias, por lo que la cooperación debe seguir reflejándose en la firma de este convenio de colaboración que ga- rantice la continuidad de estas actividades culturales de fomento y promoción del libro y de animación a la lectura, y mejore la programación y organización de las mismas, teniendo en cuenta, además, que el Gobierno xx Xxxxxx estima que sus fines son de interés público y social.
La actual Asociación “Comisión Permanente del Libro xx Xxxxxxxx (COPELI)”, y con ante- rioridad la Asociación Provincial de Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, es la única institución que ha venido organizando estas ferias del libro desde tiempo inmemorial. Por ello, de acuerdo con lo dis- puesto en el artículo 4.2 de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx para el ejercicio 2014, el crédito destinado a subvencionar la organiza- ción del Día del Libro y de la Feria del Libro xx Xxxxxxxx figura, con carácter nominativo, vinculado a COPELI. Por otra parte, según establece el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el convenio es el instrumento habitual para cana- lizar las subvenciones previstas nominativamente en las leyes de presupuestos.
Con el objeto de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dina- mización de la economía aragonesa, el Gobierno xx Xxxxxx ha elaborado la “Estrategia Ara- gonesa de Competitividad y Crecimiento”, cuya implementación durante este año 2014 se realizará en aplicación de lo dispuesto en el título séptimo de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx para el ejercicio 2014.
En consecuencia y al objeto de regular la colaboración entre las partes intervinientes, éstas resuelven suscribir el presente convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.— Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la organización en Zaragoza del Día del Libro, que tendrá lugar el 23 xx xxxxx de 2014, y de la Feria del Libro xx Xxxxxxxx, que se celebrará del 30 xx xxxx al 8 xx xxxxx de 2014.
Segunda.— Comisión de trabajo.
COPELI se hará cargo de la organización y desarrollo de las actividades programadas con el apoyo de las entidades colaboradoras y patrocinadoras. A este objeto, se constituirá una comisión de trabajo que presidirá COPELI y de la que podrán formar parte las entidades que colaboren.
Tercera.— Reglamento de la Feria del Libro.
La Comisión de trabajo actualizará el Reglamento de la Feria del Libro xx Xxxxxxxx 2014 con la finalidad de que se recojan las cuestiones relativas a la participación, las cuotas de inscripción, los criterios de adjudicación de las casetas, siempre respetando los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia, y otros extremos. Durante el desarrollo de la feria, los libros podrán venderse con los descuentos máximos autorizados por la legislación vigente, siempre que así lo determine la organización de la feria.
Cuarta.— Financiación de las actividades.
Para el desarrollo de las actividades que se programen, el Gobierno xx Xxxxxx aportará la cantidad de 30.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18060 G/4522/480383/91002 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
Podrán colaborar en el patrocinio de estas actividades otras entidades públicas o privadas. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, COPELI, como entidad organizadora, deberá comunicar a la Di- rección General de Cultura la concurrencia de otras ayudas o subvenciones.
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Quinta.— Compromisos de COPELI.
COPELI, como entidad organizadora, se compromete a:
a) Organizar, en coordinación con los patrocinadores, el Día del libro y la Feria del Libro xx Xxxxxxxx durante el año 2014, en todos los apartados.
b) Comunicar a la Dirección General de Cultura el acto de inauguración y aquellas otras actividades complementarias que se organicen como promoción y difusión del libro, así como las de animación a la lectura, por si fuera de interés apoyarlas con su presencia.
c) Tener en cuenta las normas de identidad gráfica del Gobierno xx Xxxxxx para que, en todos los medios de difusión que se utilicen, conste en lugar preferente el patrocinio del Gobierno xx Xxxxxx.
d) Reservar al Gobierno xx Xxxxxx las casetas necesarias para exponer las publicaciones propias y las de aquellas instituciones públicas interesadas en promocionar sus edi- ciones.
Sexta.— Justificación del gasto.
COPELI deberá justificar ante la Dirección General de Cultura la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad objeto del convenio, ajustándose a lo establecido en el ar- tículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, acreditando los gastos mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que hayan sido abonados antes de la fecha de justificación. Así mismo, deberá cumplir el resto de obligaciones que para los be- neficiarios de subvenciones se establecen en el artículo 14 y demás preceptos de la precitada ley sobre obligaciones de los beneficiarios.
También se ha de observar el cumplimiento de las medidas contenidas en el Plan de Ra- cionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno xx Xxxxxx, en su reunión de 13 de septiembre de 2011.
La documentación justificativa se remitirá a la Dirección General de Cultura antes del día 15 de noviembre de 2014.
Séptima.— Plazo de vigencia.
El presente convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014. Será causa de resolución del mismo el incumplimiento por las partes de las obligaciones establecidas en las cláusulas anteriores.
Octava.— Resolución de conflictos.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del con- venio serán de conocimiento y competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, ambas partes lo firman en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados, rubricando cada una de las pá- ginas de que consta.