DOCUMENTOS ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) PARA COLOMBIA
DOCUMENTOS ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) PARA COLOMBIA
Contratación de Obras
“AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PUBLICA – COLOMBIA COMPRA EFICIENTE”
Banco Interamericano de Desarrollo | Banco Mundial |
Marzo 2013
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN)
Documento para la Contratación de Obras “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA,
ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)”
Emitido el: 6 xx xxxxx de 2018
LPN No: 2127-215042
Préstamo: BID 3154/OC-CO Contratante: FONADE País: COLOMBIA
Índice General
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 6
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 40
Sección III. Países Elegibles para el BID 54
Sección IV. Formularios de la Oferta 56
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 67
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) 94
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 103
Sección VIII. Planos 126
Sección IX. Lista de Cantidades 127
Sección X. Formularios de Garantía 137
Introducción
Estos Documentos armonizados por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente - CCE, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)1 para la Contratación de Obras Públicas, mediante el método definido por los Bancos en los párrafos 3.3 de sus respectivas políticas como Licitación Pública Nacional (LPN), deberán ser usados en los proyectos financiados total o parcialmente por los Bancos. Estos documentos son consistentes con las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo2 y con las Normas de Contrataciones3 con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF (Asociación Internacional de Fomento).
Como resultado de los acuerdos entre las autoridades de los Bancos y de CCE, se iniciaron acciones encaminadas a la definición de documentos únicos armonizados, entre los cuales se encuentran estos Documentos Estándar para Colombia, autorizándose su uso en procedimientos de contratación realizados por los ejecutores con recursos de cualquiera de estos Bancos. No obstante, en virtud de que para el tratamiento de algunos temas donde prevalecen políticas diferentes entre ambos Bancos, a lo largo de los documentos se hace referencia en temas específicos a las posiciones que cada uno mantiene sobre el tema en particular. De esta forma, en las operaciones con financiamiento de cada Banco, NO APLICARÁN aquellas disposiciones que tratan asuntos que hacen referencia específica al otro Banco.
La estructura de estos Documentos Armonizados de Licitación de Colombia está basada en la versión de los Documentos Armonizados (LPI) para la Contratación de Obras acordados por el BID, BIRF y CCE.
El uso de estos Documentos Estándar para Colombia es obligatorio para todos los procesos sujetos a Licitación Pública Nacional de conformidad con los procedimientos acordados en el Contrato xx Xxxxxxxx y el Plan de Adquisiciones.
Las iniciativas para actualizar y modificar este Documento, podrán partir de cualquiera de las partes, pero solo podrán entrar en vigor por acuerdo escrito entre las autoridades de los Bancos y de CCE (o quien haga sus veces). En el caso de modificaciones en temas exclusivos de cada Banco, entrará en vigor por medio de la comunicación de dicha modificación a las demás partes.
Para obtener mayor información acerca de adquisiciones en proyectos con la asistencia del Banco Interamericano de Desarrollo dirigirse a:
División de Adquisiciones de Proyectos (VPC/PDP) Banco Interamericano de Desarrollo
1 La expresión “Banco” utilizada en este documento comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF). Los requerimientos del BID y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los países elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento al Banco incluyen tanto al BID como a cualquier fondo administrado y las referencias a “préstamos” abarca los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizar las operaciones del Banco. En el caso del BIRF y AIF son idénticos. Las referencias en este documento al Banco incluyen tanto al BIRF como a la AIF, y las referencias a “préstamos” incluye préstamos del BIRF, así como créditos y donaciones de la AIF y avances para la preparación de proyectos (APP). Las referencias a los “Acuerdos xx Xxxxxxxx” incluye Convenio de Crédito de Fomento, Acuerdo Financiero de Fomento, Acuerdo de Donación de Fomento y Convenio sobre el Proyecto. Las referencias al “Prestatario” también incluyen a los recipientes de una Donación de la AIF.
2 Este documento incluye cláusulas alternativas para reflejar las dos versiones de las Políticas de Adquisiciones para la Contratación de Bienes y Obras (incluyendo servicios de no consultoría) financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-7 aprobadas en 2006 y GN-2349-9 aprobadas en 2011. El Contrato xx Xxxxxxxx de la operación establece las políticas aplicables, lo que determinará la cláusula aplicable.
3 Este documento refleja las políticas de adquisiciones del BIRF actualizadas x xxxx del 2010 y enero de 2011, las cuales reflejan los cambios relacionados con fraude y corrupción como producto del Acuerdo de Inhabilitación conjunta de las Decisiones sobre Sanciones entre los Bancos Multilaterales de Desarrollo, a la que el Grupo del Banco Mundial es signatario. Este Documento de Licitación para la contratación de obras menores, es aplicable para proyectos financiados o administrados (donaciones o cooperaciones técnicas) por el BIRF o de los proyectos financiados o administrados por la AIF, cuyo acuerdos xx xxxxxxxx o donación hacen referencia a: (a) las Normas para Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, xx xxxx de 2004, (b) las Normas para Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, xx xxxx de 2004, revisado en octubre de 2006, (c) las Normas para Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, xx xxxx de 2004, revisado en octubre de 2006 y mayo 2010; y las Normas para Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de Consultoría con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF & Donaciones por Prestatarios del Banco de enero del 2011.
Introducción
0000 Xxx Xxxx Xxx., X.X. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 XXX. Xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx
Para obtener mayor información acerca de adquisiciones en proyectos con la asistencia del Banco Mundial dirigirse a:
Oficina del Gerente Regional de Adquisiciones (RPM) Banco Mundial
0000 X Xxxxxx XX Xxxxxxxxxx XX 00000
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
En esta sección de los documentos de licitación se proporciona la información que los Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las Ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato.
Las disposiciones que rigen el desempeño del Contratista, los pagos que se efectúen en virtud del Contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del Contrato no se incluyen normalmente en esta sección, sino en la Sección V, Condiciones Generales del Contrato (CGC), y/o en la Sección VI, Condiciones Especiales del Contrato (CEC). En caso de que no pueda evitarse el tratamiento de un mismo tema en distintas secciones de los documentos, habrá que tener especial cuidado para evitar las contradicciones entre cláusulas que se refieran al mismo asunto.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales | |
1. Alcance de la Licitación | 1.1 El Contratante, según la definición1 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del proceso de licitación están especificados en los DDL. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la Subcláusula 1.1 (s) de las CEC. 1.3 En estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido; (b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario. |
2. Fuente de fondos | 2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx de los Bancos, (en adelante denominado el “Banco”), según corresponda, identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. 2.2 El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxxx. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente otra cosa, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá derecho alguno sobre los fondos xxx xxxxxxxx. |
1 Véase la Sección V, “Condiciones Generales del Contrato”, Cláusula 1. Definiciones.
3. Prácticas Prohibidas de conformidad con las políticas del BID [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] | 3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o |
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1. (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de |
donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación u ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios distintos a los de consultoría o, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado Subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un |
contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de |
condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor |
proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. Con el acuerdo específico del Banco, un Prestatario podrá incluir en todos los formularios de licitación para contratos de gran cuantía, financiados por el Banco, la declaratoria del oferente de observar las leyes del país contra fraude y corrupción (incluyendo sobornos), cuando compita o ejecute un contrato, conforme éstas hayan sido incluidas en los documentos de licitación. El Banco aceptará la introducción de tal declaratoria a petición del país del Prestatario, siempre que los acuerdos que rijan esa declaratoria sean satisfactorios al Banco. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o |
permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, Subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos |
relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). | |
4. En el caso del BID Oferentes Elegibles | 4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si: (a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíben relaciones comerciales con ese país; o (b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país 4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: (a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de |
Licitación; o (b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas bajo la cláusula 18 de las IAO. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta. (c) o su personal, tiene interés personal, familiar o de negocios con el servidor público que interviene en cualquier etapa del procedimiento de contratación, incluyendo aquéllas de las que pueda resultar algún beneficio para dicho servidor público, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte; y (d) o su personal, desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que los Oferentes formen parte, sin la autorización previa y específica, así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. 4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones del Banco o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3. 4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante |
evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. | |
5. Calificaciones del Oferente | 5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos de la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación, y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos tres (3) años; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos tres (3) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para |
desempeñarse en el Sitio de las Obras; (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos tres (3) años; (g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); (h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente; (i) información relativa a la existencia o no de litigios pendientes o habidos durante los últimos tres (3) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y (j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL. 5.4 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL: (a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la APCA; (b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los integrantes; (c) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (d) uno de los integrantes deberá ser designado como representante y autorizado para contraer |
responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; (e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se hará exclusivamente con el integrante designado; (f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los integrantes o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los miembros y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. 5.5 Los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación, sin perjuicio de otros indicados en los DDL: (a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período indicado en los DDL de al menos el monto que resulte de multiplicar el valor de la oferta, por el múltiplo indicado en los DDL; (b) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquiridas durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al menos un setenta (70) por ciento); (c) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero); (d) contar con un Director de Obras con la experiencia como director en obras de naturaleza y volumen indicados en los DDL; (e) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo |
el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL; y (f) en caso de contar con litigios pendientes, el monto total de las controversias no podrá superar el porcentaje señalado en los DDL respecto de su patrimonio. 5.6 La sumatoria de los integrantes individuales de un APCA deberá alcanzar el 100% de los requisitos mínimos exigidos a un oferente individual. No obstante, atendiendo a la naturaleza propia de la contratación, en los DDL, se podrá establecer los porcentajes mínimos que deben cumplir cada uno de los integrantes del APCA y el integrante designado como representante, con referencia a los requisitos mínimos para los Oferentes individuales que se establecen en la Subcláusula 5.5 literales (a), (b) y (e). 5.7 Para determinar la conformidad del Oferente (ya sea en forma individual o en APCA) con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL. | |
6. Una Oferta por Oferente | 6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. |
7. Costo de las propuestas | 7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. |
8. Visita al sitio de las obras | 8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. 8.2 El Contratante dará permiso al Oferente y a su personal o sus representantes para que ingresen a sus establecimientos y terrenos a fin de realizar dicha inspección, de conformidad con la Subcláusula 8.1 de las |
IAO. | |
B. Documentos de Licitación | |
9. Contenido de los Documentos de Licitación | 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente lista y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO: Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Países Elegibles Sección IV. Formularios de la Oferta Sección V. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII. Planos Sección IX. Lista de Cantidades Sección X. Formularios de Garantías |
10. Aclaración de los Documentos de Licitación | 10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos siete (7) días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que obtuvieron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen. 10.2 El Oferente también tendrá la oportunidad de solicitar alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación en el caso de que se establezca en los DDL la realización de audiencia de aclaraciones, a ser efectuada en la fecha, hora y dirección indicada en los DDL. La inasistencia a la audiencia de aclaraciones no será motivo de descalificación para el Oferente. Las modificaciones a los Documentos de Licitación que |
resulten necesarias en virtud de esta reunión, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la Cláusula 11 de las IAO. | |
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación | 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación. Estas enmiendas deberán ser comunicadas por escrito a todos los que obtuvieron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada adenda por escrito al Contratante. Adicionalmente, podrá publicarse en el SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública de Colombia) si el documento original ha sido publicado en el SECOP de conformidad con lo establecido en los presentes pliegos. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una Adenda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. |
C. Preparación de las Ofertas | |
12. Idioma de las Ofertas | 12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. |
13. Documentos que conforman la Oferta | 13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: (a) la Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV); (b) la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere; (c) la Lista de Cantidades valoradas (es decir, con indicación de precios); (d) el formulario y los documentos de Información para la Calificación; (e) las ofertas alternativas, de haberse solicitado; y (f) cualquier otro documento que se solicite a los |
Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. | |
14. Precios de la Oferta | 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta veintiocho (28) días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. |
15. Monedas de la Oferta y pago | 15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizados por el Oferente enteramente en pesos colombianos. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) establecida por el Banco de la República de Colombia, vigente a la fecha correspondiente a veintiocho (28) días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Subcláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizados en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. |
16. Validez de las Ofertas | 16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. Toda Oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por veintiocho (28) días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía (Garantía de Mantenimiento de la Oferta o |
Póliza de Seriedad de la Oferta, según sea el caso) o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 16.3 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de cincuenta y seis (56) días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. | |
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta, póliza de seriedad de la oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta | 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta; o una Póliza de Seriedad de la Oferta - utilizando un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País-; o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento, o una Póliza de Seriedad de la Oferta será por la suma y condiciones estipuladas en los DDL y denominada en la (s) moneda (s) de la Oferta. 17.2.1 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento deberá: (a) a opción del Oferente consistir: en una garantía, a través de una carta de crédito, o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria; u otros instrumentos de carácter incondicional, pagaderos a la vista y a primer requerimiento; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía |
está localizada fuera de Colombia, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en Colombia que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X “Formularios de Garantía”, u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Subcláusula 17.6 de las IAO; (e) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (f) permanecer válida por un período que expire veintiocho (28) días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO. 17.2.2 La Póliza de Seriedad de la Oferta: (a) deberá presentarse en un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia, emitido por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. Los oferentes extranjeros, podrán presentar documentos equivalentes emitidos en el exterior. (b) La presentación del original de la Póliza de Seriedad de la Oferta, debidamente firmada por las partes es un requisito indispensable para la presentación de la oferta, y su falta de entrega con la oferta es causal de rechazo de la oferta. Serán subsanables los defectos de la póliza de |
seriedad presentada oportunamente. (c) deberá ser presentada en original; no se aceptarán copias; (d) deberá permanecer válida por un periodo de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del periodo prorrogado, si corresponde de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO. 17.3 La Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original: no se aceptarán copias; (b) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del periodo prorrogado, si corresponde de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; (c) estar substancialmente de acuerdo con el formulario de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la oferta. 17.4 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente no respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento según las CEC. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Póliza de Seriedad de la Oferta se podrá hacer efectiva o la |
Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario de la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones de los errores aritméticos de su Oferta, de conformidad con la Cláusula 28 de las IAO; o (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento solicitada. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida y firmada en nombre de todos y cada uno de los futuros integrantes de la APCA tal como se denominan en la carta de intención. | |
18. Ofertas alternativas de los Oferentes | 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio. (b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que |
cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos. 18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes. | |
19. Formato y firma de la Oferta | 19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. |
D. Presentación de las Ofertas | |
20. Presentación, sello e identificación de las Ofertas | 20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente, de acuerdo con los formatos establecidos por el Contratante, cuando así se indique |
en los DDL. Los oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y la copia de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIA”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
21. Plazo para la presentación de las Ofertas | 21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite. |
22. Ofertas tardías | 22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir. |
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas | 23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. 23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada en los DDL conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Subcláusula 21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de la Oferta o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la oferta, según lo dispuesto en la Cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos incondicionales o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original. |
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas | |
24. Apertura de las Ofertas | 24.1 El Comprador llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicado en los DDL. |
24.2 Primero se procederá a abrir, de entre las ofertas recibidas por correo o entregadas personalmente, los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá el retiro de ninguna oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCIÓN” se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACIÓN” se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas. 24.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los precios de la oferta y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), incluyendo cualquier descuento; la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Póliza de Seriedad de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Comprador considere pertinente. Solamente los descuentos leídos en voz alta se considerarán en la evaluación. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Cláusula 22.1 de las IAO. 24.4. 24.4 El Contratante preparará el acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por partida o lote si corresponde, así como las observaciones que manifiesten los |
participantes. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo. | |
25. Confidencialidad | 25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. 25.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. 25.3 No obstante lo dispuesto en la cláusula 25.2 de las IAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. |
26. Aclaración de las Ofertas | 26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito, pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 28 de las IAO. |
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento | 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de una Póliza de Seriedad de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. |
27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, el avance o el funcionamiento de las Obras; (b) afecta de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla en una oferta que cumpla sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas. | |
28. Corrección de errores | 28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera: (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; y (b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario. |
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta o Póliza de Seriedad de la Oferta o de ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.6 (b) de las IAO. | |
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas | 29.1 Las Ofertas serán evaluadas cuando sean cotizadas en pesos colombianos, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a pesos colombianos, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. |
30. Evaluación y comparación de las Ofertas | 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. |
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: | |
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; | |
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades, pero incluyendo los trabajos por día, siempre que las cantidades hayan sido establecidas por el Contratante y las listas de precios correspondientes hayan sido cotizadas de manera competitiva; y | |
(c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la Cláusula 18 de las IAO; y | |
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos incondicionales u otras |
modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la Cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. | |
31. Preferencia Nacional | 31.1 No se aplicará un margen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros. |
F. Adjudicación del Contrato | |
32. Criterios de Adjudicación | 32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente: (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO; y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. |
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas | 33.1 No obstante lo dispuesto en la Cláusula 32 de las IAO, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante. |
34. Notificación de adjudicación y firma del Contrato | 34.1 Antes de la expiración de la validez de las ofertas, el Contratante publicará en el sitio de Internet indicado en los DDL, el nombre de cada Oferente, los precios de las ofertas leídos en voz alta en el acto de apertura de las |
ofertas, los nombres y precios evaluados de cada una de las ofertas que fueron evaluadas, los nombres de los Oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo. 34.2 Después de transcurrido un plazo de siete (7) días, a partir de la fecha de publicación señalada en el numeral anterior, el Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada. Mientras se prepara un Contrato formal y es perfeccionado, la notificación de adjudicación constituirá el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento (según sea el caso) por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, y a la firma del Contrato, de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO. 34.3 El Contrato incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratante firmará y enviará el Contrato al Oferente seleccionado. Dentro de los catorce (14) días siguientes después de haber recibido el Contrato, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante. | |
En el caso del BID | 34.4 El Contratante publicará en el portal en línea del “UNDBonline” (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco o en los medios electrónicos que se indiquen en los DDL de conformidad con las Políticas de Adquisiciones del BID y adicionalmente podrá hacerlo en SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública), los resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. 34.5 Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante |
una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que, tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada. Si como resultado del análisis de las inconformidades el contratante modifica la adjudicación del contrato, éste deberá nuevamente publicar la adjudicación. | |
35. Garantía de Cumplimiento | 35.1 Dentro de los catorce (14) días siguientes de haber recibido la Carta de Aceptación de la Oferta, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante (según sea el caso) una Garantía de Cumplimiento a la vista y exigible a primer requerimiento (Garantía Bancaria u otros instrumentos de carácter incondicional, pagaderos a la vista y a primer requerimiento); o una Póliza de Cumplimiento, utilizando un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País, por el monto estipulado en las CGC y en la forma estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una Garantía Bancaria, deberá ser de carácter incondicional, pagadera a la vista y ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante. 35.3 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 34.3 y 35.1 de las IAO constituirá base suficiente para dejar sin efecto la adjudicación del contrato y hacer efectiva la de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Contrato y presente la Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de |
la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 de las IAO. | |
36. Pago de anticipo y Garantía | 36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía bancaria de carácter incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo. |
37. Mediador | 37.1 El Contratante propone que se designe como Mediador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de aceptación de la oferta el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Mediador, el Mediador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. |
FASES | ACTIVIDAD | MESES | ||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | |||
FASE 1 | REALIZACIÓN DE LOS DISEÑOS ARQUITECTÓNICOS Y TÉCNICOS PARA LA ADECUACIÓN | |||||||
TRÁMITE PERMISOS | ||||||||
FASE 2 | OBRA CIVIL, ACABADOS, INSTALACIONES HIDRÁULICAS, ELÉCTRICAS, VOZ Y DATOS Y EQUIPOS ESPECIALES | |||||||
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS E INSTALACIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y SISTEMAS ESPECIALES | ||||||||
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
A. Disposiciones Generales | |
IAO 1.1 | El Contratante es: Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (FONADE). Las Obras son: “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)” El nombre e identificación del proceso de licitación son: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-2127-215042. |
IAO 1.2 | La Fecha Prevista de Terminación es: seis (6) meses, contados a partir de la firma del Acta de Inicio del contrato. El Contratista seleccionado deberá presentar para aprobación del interventor de la obra y para la legalización del contrato un cronograma de trabajo desglosando cada una de las FASES de acuerdo a las actividades descritas en el numeral “Alcance de la Contratación”, observando los tiempos establecidos para una duración total de seis (6) meses de ejecución. El CONTRATANTE se reservará el derecho de continuar con la ejecución del contrato, en caso de que el valor ofertado para realizar la Fase 2 resulte mayor al presupuesto estimado y podrá dar por terminado el contrato sin que por tal motivo las partes puedan reclamar indemnización de perjuicios, compensación o valor alguno. Se pagará al CONTRATISTA únicamente el valor de la Fase 1 y se procederá con la liquidación del contrato. En el evento en que el valor ofertado para la ejecución de la Fase 2, resulte menor al presupuesto estimado para dicha fase, las partes acordarán la ejecución del |
proyecto por el valor ofertado. | |
IAO 2.1 | El Prestatario es la REPÚBLICA DE COLOMBIA El nombre del Banco es: Banco Interamericano de Desarrollo (BID). |
IAO 2.1 | La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Las referencias en este documento a “préstamos” abarcan los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas, y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizar las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: PROYECTO DE EFICIENCIA AL SERVICIO DEL CIUDADANO. Número: 3154/OC-CO Fecha: 00 xx xxxx xx 0000. |
XXX 2.1 | El nombre del Proyecto es EFICIENCIA AL SERVICIO DEL CIUDADANO. |
IAO 5.3 | La información solicitada a los Oferentes en la Subcláusula 5.3 de las IAO se modifica de la siguiente manera: (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos tres (3) años (2014, 2015 y 2016); (c) El periodo de ejecución de las obras a que hace referencia el presente literal, deberá estar comprendido entre el primero (1) de enero de 2006 hasta la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Acreditar la ejecución de tres (3) proyectos de obra civil, donde mínimo un (1) proyecto incluya la realización de los diseños arquitectónicos y alguno de los siguientes diseños: estructural, y/o instalaciones hidráulicas y sanitarias, y/o eléctricas, y/o cableado estructurado, y/o amueblamiento. Cada proyecto debe contar con un área mínima cubierta de intervención de 1.000 metros cuadrados, que se encuentren terminados y recibidos a satisfacción a la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Los (3) proyectos acreditados podrán corresponder a obras de construcción nueva, o ampliación o adecuación, exceptuando vivienda unifamiliar y bifamiliar y obras civiles de infraestructura urbana, como parques, andenes, puentes, represas, etc. Los proyectos deben estar ejecutados, liquidados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Cuando la entidad así lo requiera, se podrán solicitar certificaciones o |
actas de liquidación con recibo a satisfacción, que permitan verificar la experiencia relacionada.
De presentarse una misma obra certificada a uno o más oferentes (contratista general y subcontratista), para efecto de evaluación, se tomará en partes iguales, de tal manera que la obra en su conjunto se contabilice una sola vez.
En caso de que uno de los miembros del APCA presente certificaciones de experiencia en las cuales haya participado en APCA, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del oferente en el APCA del cual acredite la experiencia.
(e)
PERSONAL A EVALUAR REQUERIDO PARA LA FASE 1
CANTIDAD | ROL A DESEMPEÑAR | FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA |
1 | Director de Proyecto | Ingeniero Civil o Arquitecto | 6 años de experiencia general | Experiencia específica en dos (2) proyectos, en la dirección de obras de edificaciones nuevas y /o ampliación y/o adecuación y/o remodelación de inmuebles con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados para cada proyecto presentado* |
1 | Arquitecto | Arquitecto | 5 años experiencia general | Experiencia específica en dos (2) proyectos como Diseñador Arquitectónico de Edificaciones institucionales, comerciales o dotacionales con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* |
1 | Especialista Eléctrico | Ingeniero Eléctrico o Electricista | 4 años experiencia general | Experiencia específica en la realización de dos (2) proyectos en diseños Eléctricos, de cableado voz y datos, seguridad y control, con un área igual o mayor a 800 metros cuadrados cada proyecto* |
1 | Especialista en Costos y presupuesto | Ingeniero Civil, Arquitecto, Financiero, Economista o Administrador de Empresas | 4 años experiencia general | Experiencia específica en la realización de dos (2) proyectos de presupuestos y especificaciones de obra con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* |
1 | Especialista Estructural | Ingeniero Civil | 6 años experiencia general | Experiencia específica en dos (2) proyectos como Diseñador Estructural de Edificaciones nuevas con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* |
1 | Especialista Hidrosanitario | Ingeniero Civil o hidráulico o sanitario | 4 años experiencia general | Experiencia específica en la realización de dos (2) proyectos de diseños Hidrosanitarios con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* |
1 | Especialista en sistemas de ventilación mecánica | Ingeniero eléctrico o mecánico | 4 años de experiencia general | Experiencia específica en la realización de dos (2) proyectos de presupuestos y especificaciones de obra con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* |
*Las obras deben referirse a construcción de edificaciones nuevas, y/o de adecuación y/o ampliación de inmuebles exceptuando vivienda unifamiliar y bifamiliar y obras civiles de infraestructura urbana. | |||||||
El anterior personal es el clave y evaluable, requerido para la Fase 1 del Contrato; no obstante, el oferente deberá contemplar en su oferta a todo el personal que considere necesario para la correcta ejecución del Contrato. | |||||||
PERSONAL ADICIONAL AL CLAVE NO EVALUABLE | |||||||
El siguiente personal deberá ser tenido en cuenta por parte del contratista seleccionado, pero no será objeto de evaluación, ni aprobación. | |||||||
PERSONAL REQUERIDO NO EVALUABLE PARA LA FASE 2 | |||||||
El oferente seleccionado deberá presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la adjudicación del contrato, los siguientes perfiles para su aprobación: | |||||||
CANTIDAD | ROL A DESEMPEÑAR | FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA | |||
1 | Director de Proyecto | Ingeniero Civil o Arquitecto | 6 años experiencia general | Experiencia específica en dos (2) proyectos, en la dirección de obras de edificaciones nuevas y /o ampliación y/o adecuación y/o remodelación de inmuebles con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* | |||
1 | Residente de Obra | Ingeniero Civil o Arquitecto | 5 años experiencia general | Experiencia específica en dos (2) proyectos como Residente de obra de edificaciones nuevas y/o ampliación, con un área mayor o igual a 1000 metros cuadrados cada proyecto* | |||
1 | Especialista Eléctrico | Ingeniero Eléctrico o Electricista | 4 años experiencia general | Experiencia específica en residencia y o interventoría de obra en dos (2) proyectos para las instalaciones Eléctricas, de cableado voz y datos con un área igual o mayor a 800 metros cuadrados cada proyecto* | |||
1 | Especialista en componente tecnológico | Ingeniero de sistemas y/o electrónico y/o de telecomunicaciones con estudio de posgrado en áreas de sistemas y/o telecomunicaciones y/o gerencia de | 6 años de experiencia general | Experiencia específica de tres (3) años como director o gerente de proyectos de integración de tecnología que contengan componentes de implementación y/o puesta en operación de centros de datos y sistemas de información |
Personal Técnico (no se evalúa) | ||||
CANTIDAD | ROL A DESEMPEÑAR | FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA |
1 | Dibujante | Técnico en Dibujo | N/A | N/A |
1 | Topógrafo | Topógrafo | N/A | N/A |
proyectos | |||||||
1 | Ingeniero de Infraestructura de Centro de datos y servidores | Ingeniero Electrónico y/o Ingeniero de Sistemas y/o - Ingeniero de Telecomunicaciones | 4 años experiencia general | Experiencia específica de dos (2) años como arquitecto de soluciones tecnológicas y/o especialista y/o implementador de centros de datos. * | |||
1 | Ingeniero de Sistema de gestión de turnos | Ingeniero electrónico y/o Ingeniero de sistemas y/o Ingeniero de telecomunicaciones | 4 años experiencia general | Experiencia específica de dos (2) años como especialista y/o implementador y/o responsable de la implementación del sistema de gestión de turnos. | |||
* Las obras deben referirse a construcción de edificaciones nuevas, y/o de adecuación y/o ampliación de inmuebles exceptuando vivienda unifamiliar y bifamiliar y obras civiles de infraestructura urbana. El anterior personal es el clave no evaluable, requerido para la Fase 2 del Contrato; no obstante, el oferente deberá contemplar en su oferta a todo el personal que considere necesario para la correcta ejecución del Contrato. PERSONAL ADICIONAL AL CLAVE REQUERIDO NO EVALUABLE El siguiente personal deberá ser tenido en cuenta por parte del contratista seleccionado, pero no será objeto de evaluación: CANTIDAD CARGO A FORMACIÓN EXPERIENCIA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DESEMPEÑAR ACADÉMICA GENERAL Experiencia específica en dos (2) 1 Especialista Ingeniero Civil 4 años experiencia proyectos como Diseñador Estructural de Estructural general Edificaciones nuevas con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados cada proyecto* 1 Trabajador(a) Trabajador Social 3 años experiencia Trabajador(a) Social en mínimo 2 Social general proyectos de obras civiles 1 Maestro de Maestro Técnico 5 años experiencia N/A Obra general 1 Topógrafo Topógrafo 3 años experiencia N/A general NOTA APLICATIVA PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA DE LAS DOS FASES: La experiencia específica solicitada podrá estar comprendida dentro de la presentada por el contratista en la experiencia general. Cada una de las experiencias relacionadas por cada integrante del equipo, deben estar claramente delimitadas, es decir, se debe establecer la fecha de inicio (día, mes y año) y la fecha de terminación (día, mes y año) de los trabajos relacionados de manera cronológica, primero con la experiencia más reciente. En los casos en los que no se determine de manera exacta las fechas de la experiencia, se tomará el último día de cada mes como fecha de inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación. |
La experiencia profesional se computará de acuerdo con lo contemplado en el artículo 229 del Decreto 019 de 2012, a excepción de los ingenieros a quienes se aplica la ley 842/2003 y el cálculo de la experiencia se hará a partir de la expedición de matrícula profesional. Todos los miembros del equipo deben cumplir con los mínimos de formación educativa y experiencia general y específica requeridos, de lo contrario, serán calificados con No Cumple. Se podrá solicitar y verificar los soportes de hoja de vida de los miembros del equipo y toda la documentación aportada de cada proponente con el fin de corroborar su veracidad. Para la verificación de la experiencia del personal propuesto no se tendrá en cuenta la experiencia profesional simultánea, es decir, que no se contará más de una vez el tiempo de experiencia válida para una misma persona. A pesar de que el proponente puede diseñar su organigrama como lo desee y puede vincular al proyecto cuantas personas considere pertinentes, y del nivel que estime más apropiado para el proyecto, únicamente serán evaluadas las que se presenten para el equipo mínimo requerido para efectos de la calificación del equipo de trabajo. NOTA 1: Si por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, se requiere cambiar a un profesional, éste deberá ser remplazado por otro igual o de mejor perfil al presentado. NOTA 2: El contratista aportará los profesionales adicionales que sean necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos y la obtención de los resultados previstos en los términos exigidos. Los costos que impliquen estos profesionales adicionales deberán estar incluidos en su propuesta de precio. En ningún caso el contratante reconocerá costos adicionales por estos profesionales. NOTA 3: Para todos los perfiles, los proyectos presentados para acreditar la experiencia, deberán estar terminados y recibidos a satisfacción. El DNP y/o FONADE podrán verificar los soportes de hoja de vida de los miembros del equipo y toda la documentación aportada con el fin de corroborar su veracidad. (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría del año inmediatamente anterior; (g) se adiciona a este literal los requisitos relacionados con el índice de endeudamiento y capacidad de pago. (i) se adiciona a este literal sanciones y/o multas que el oferente o cualquiera |
de sus integrantes haya tenido durante los últimos cuatro (4) años anteriores al cierre de la licitación, por incumplimientos contractuales. (j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas es del treinta por ciento (30%). (k) Los Oferentes deberán adjuntar adicionalmente con su oferta, el programa propuesto para cada una de las etapas del contrato, el cual contendrá la siguiente información: programa de trabajo y plan de inversión de recursos. | |
IAO 5.4 | Los requisitos para la calificación de las APCAs en la Subcláusula 5.4 de las IAO se modifican de la siguiente manera: Incluye las modificaciones de la IAO 5.3. |
IAO 5.5 | Los criterios para la calificación de los Oferentes en la Subcláusula 5.5 de las IAO se modifican de la siguiente manera: Ninguna |
IAO 5.5(a) | Tener una facturación promedio por la construcción de obras civiles en un periodo de tres (3) años fiscales (2014, 2015 y 2016). Se sacará el promedio y este debe ser equivalente a: Para efectos de realizar la calificación, el Oferente deberá diligenciar el formulario establecido en la Sección IV “Formularios de la Oferta”, numeral 2. “Información para la Calificación”, subnumeral 1.2 y aportar el balance general, el estado de resultados y las notas explicativas de los últimos tres (3) años (2014, 2015 y 2016), los cuales deben estar expresados en pesos colombianos, debidamente certificados y dictaminados, por quienes tienen el deber formal de hacerlo (representante legal, contador público y/o revisor fiscal), de conformidad con la legislación vigente del país del oferente o del integrante del APCA. En caso de oferentes extranjeros que no tienen domicilio ni sucursal en Colombia, deberán aportar los anteriores documentos de acuerdo con la legislación aplicable en el país de origen. Los estados financieros deben presentarse en pesos colombianos, para lo cual deberá realizarse la conversión a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio de cierre del año con corte al día 31 de diciembre de la vigencia del correspondiente año facturado (En la Sección IV “Formularios de la Oferta” se establece el formulario para el caso de dólares de EEUU. Para el caso de otras monedas se deben reemplazar los valores de estas columnas por los datos de la moneda referida por el oferente y posteriormente expresarse en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) de Colombia, de ese mismo año. En caso de APCA los montos facturados se calcularán con base en la suma de cada uno de los miembros, y cada uno deberá presentar el promedio de su correspondiente facturación. Sin embargo, sus miembros deberán cumplir con lo exigido en la cláusula 5.6 IAO. |
MONTO PROMEDIO FACTURADO |
(Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes de Colombia) |
3.600 |
IAO 5.5 (b) | El periodo de ejecución de las obras a que hace referencia el presente literal, deberá estar comprendido entre el primero (1) de enero de 2006 hasta la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Acreditar la ejecución de tres (3) proyectos de obra civil, donde mínimo un (1) proyecto incluya la realización de los diseños arquitectónicos y alguno de los siguientes diseños: estructural, y/o instalaciones hidráulicas y sanitarias, y/o eléctricas, y/o cableado estructurado, y/o amueblamiento. Cada proyecto debe contar con un área mínima cubierta de intervención de 1.000 metros cuadrados, que se encuentren terminados y recibidos a satisfacción a la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Los (3) proyectos acreditados podrán corresponder a obras de construcción nueva, o ampliación o adecuación, exceptuando vivienda unifamiliar y bifamiliar y obras civiles de infraestructura urbana, como parques, andenes, puentes, represas, etc. Los proyectos deben estar ejecutados, liquidados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre para entrega de las ofertas de esta licitación. Cuando la entidad así lo requiera, se podrán solicitar certificaciones o actas de liquidación con recibo a satisfacción, que permitan verificar la experiencia relacionada. De presentarse una misma obra certificada a uno o más oferentes (contratista general y subcontratista), para efecto de evaluación, se tomará en partes iguales, de tal manera que la obra en su conjunto se contabilice una sola vez. En caso de que uno de los miembros del APCA presente certificaciones de experiencia en las cuales haya participado en APCA, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del oferente en el APCA del cual acredite la experiencia. |
IAO 5.5 (c) | El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: - Un (1) compactador tipo rana a gasolina. Para la ejecución del contrato, el contratista deberá contar como mínimo con el equipo señalado anteriormente. La presentación del equipo mínimo no exime al contratista de la obligación de suministrar oportunamente los equipos adicionales necesarios para cumplir con los programas y especificaciones técnicas requeridas. El oferente deberá presentar en el formulario establecido en la Sección IV “Formularios de la Oferta”, numeral 2. “Información para la Calificación”, subnumeral 1.4, la relación detallada (modelo, referencia, capacidad) de los equipos de construcción que utilizará para la ejecución de los trabajos, bien sea propio o alquilado, de forma que se pueda garantizar la terminación de las obras, dentro del plazo pactado contractualmente. |
El oferente que resulte adjudicatario deberá presentar como parte de los documentos para la legalización del contrato las cartas de intención donde se certifique la disponibilidad. Sus costos deberán estar incluidos en los precios unitarios de los ítems y no se pagará por separado ningún equipo adicional que sea necesario para la ejecución de la obra. El equipo esencial será verificado por el contratante antes de la suscripción del contrato, en caso de no demostrar su disponibilidad el contrato no podrá ser suscrito. El contratante a través de la supervisión y la interventoría exigirá que el contratista disponga del equipo necesario, suficiente y en buen estado de funcionamiento de tal forma que garantice la ejecución satisfactoria de la obra en el plazo acordado. | |
IAO 5.5 (d) | Experiencia requerida para el Director de Obra: Título: El Director de Obra deberá ser Ingeniero Civil o Arquitecto. Número de años de experiencia: Seis (6) años de experiencia general. Experiencia específica en dos (2) proyectos, en la dirección de obras de edificaciones nuevas y/o ampliación y/o adecuación y/o remodelación de inmuebles con un área igual o mayor a 1000 metros cuadrados para cada proyecto presentado. La participación en los proyectos debe ser desde el inicio hasta el final del mismo. Las obras deben referirse a construcción de edificaciones nuevas, y/o de adecuación y/o ampliación de inmuebles exceptuando vivienda unifamiliar y bifamiliar y obras civiles de infraestructura urbana. En caso de que el director tenga experiencia en un contrato de obras múltiples, podrá indicar la experiencia especifica obtenida según las actividades particulares que se soliciten. Se entiende por experiencia profesional o general el tiempo transcurrido desde la fecha de expedición de la documentación legal de acuerdo al país de origen. Se entiende por experiencia profesional específica, la directamente relacionada con el cargo para el cual es propuesto el profesional. Para efectos de evaluación, se deberá diligenciar el formulario de la sección IV – Formularios de la oferta, numeral 1.5 del presente documento. |
IAO 5.5 (e) | Se evaluarán los siguientes criterios financieros: |
Activos Líquidos: serán iguales o superiores a: CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($450.000.000). Para los efectos aquí previstos, se entiende por Activos Líquidos el valor resultante de los Activos Corrientes menos los Pasivos Corrientes. Para efectos de determinarlo no se tendrá en cuenta el valor de los inventarios. Los activos líquidos del oferente deberán estimarse con fundamento en el Balance General con corte a 31 de diciembre de 2016. El oferente o en el caso de APCA cada uno de sus integrantes deberán aportar el Balance General, de conformidad con la legislación vigente del país del oferente o del integrante del APCA. Se deben soportar la disponibilidad de efectivo en depósitos bancarios y/o la disponibilidad de accesos a créditos mediante los siguientes documentos: a) Disponibilidad de por lo menos el 80% del efectivo reflejado en el Balance General con corte a 31 de diciembre de 2016. en depósitos bancarios demostrados a través del promedio de las cuentas de los últimos tres (3) meses anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, b) Para las líneas de crédito o créditos aprobados no desembolsados constancia de aprobación expedida por las Entidades Financieras. Índice de endeudamiento sin valorizaciones: Para los efectos aquí previstos, se entiende por índice de endeudamiento el valor resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total por cien, excluyendo de este último el valor de las valorizaciones; el pasivo total corresponde a la totalidad de las obligaciones presentes del oferente y los activos totales corresponden a la totalidad de los recursos obtenidos por el oferente descontando las valorizaciones. El Índice de endeudamiento del oferente deberá estimarse con fundamento en el Balance General auditado y dictaminado con corte a 31 de diciembre de 2016, para extranjeros depende lo que sea vigente en cada país. El índice de endeudamiento no podrá ser igual o superior al sesenta y cinco por ciento (65%). Cuando se trate de APCA, el índice de endeudamiento se determinará por la sumatoria de los índices de endeudamiento de cada miembro del APCA, multiplicando cada índice por los respectivos porcentajes de participación. %IE = ∑ (Pti/ (Ati-Vi)) *Pi * 100 +…… Para todo i = 1, 2, 3, …, n |
Dónde: %IE = Índice de endeudamiento expresado en porcentaje. Ati = Activos totales del Miembro i del oferente del APCA. Pti = Pasivos totales del miembro i del oferente del APCA. Pi = Porcentaje de Participación del miembro i del oferente del APCA n = Número total de miembros del oferente del APCA Vi = Valorizaciones totales de miembro i del oferente APCA En todo caso la sumatoria de las participaciones individuales deberá alcanzar el 100% de los requisitos mínimos exigidos a un oferente individual. Capacidad de Pago: Para los efectos aquí previstos, se entiende por capacidad de pago el valor resultante de dividir el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, entendiendo el primero como los bienes y derechos que razonablemente pueden ser convertibles en efectivo, o que por su naturaleza pueden estar disponibles dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha del balance, del oferente o miembro del APCA. Por pasivo corriente se entenderán las obligaciones y/o cuentas por pagar, cuyo plazo sea inferior a doce (12) meses, así registrados en el balance general auditado y dictaminado del oferente o miembro del APCA, para extranjeros depende lo que sea vigente en cada país. La capacidad de pago deberá ser igual o mayor a 1.50. Cuando se trate de APCA, la capacidad de pago se determinará por la sumatoria de las capacidades de pago de cada miembro del APCA, multiplicando cada índice por los respectivos porcentajes de participación de cada miembro. CP = ∑ (ACi/Pci) *Pi +…. Para todo i = 1, 2, 3, …, n Dónde: CP = Capacidad de pago ACi = Activos corrientes del Miembro i del APCA. PCi = Pasivos corrientes del miembro i del APCA. Pi = Porcentaje de Participación del miembro i del APCA n = Número total de miembros del APCA. | |
IAO 5.5 (f) | El historial de litigios o laudos arbítrales debe informar claramente: a) La decisión a favor o en contra del participante, b) El estado actual de la decisión (en firme, apelación, en consulta, etc.) c) Si la decisión hace referencia a asuntos de índole comercial, laboral, civil, administrativo, disciplinario, fiscal, penal, aduanas, etc. En caso de no haber decisión en firme el participante debe informar el estado actual y |
la fecha aproximada en que se espera la toma de la decisión; igualmente se debe informar si el proceso de sanción es llevado a través de autoridades de índole administrativa o jurisdiccional o si obedece a una decisión tomada a través de proceso conciliatorio. Para este efecto, el oferente deberá diligenciar el formulario de la Sección IV “Formularios de la Oferta”, numeral 2. “Información para la Calificación”, subnumeral 1.9. Se entiende por litigios no sólo aquellos procesos que se presentan ante las autoridades jurisdiccionales de cada país, sino a todos aquellos procesos y procedimientos en los cuales el participante se vea involucrado ya sea en defensa de sus derechos, de los derechos de terceros, del estado o de los particulares. Los litigios, laudos arbitrales, etc., declarados por el participante, que hayan sido fallados en contra o que estén pendientes de fallo a la presentación de la oferta, en los cuales el participante haya actuado o esté actuando como demandado, no podrán ser superiores al treinta por ciento (30%) del patrimonio del oferente. | |
IAO 5.6 | En caso de conformarse un APCA entre los interesados en el proceso de selección, los requisitos acreditados por cada uno de ellos no podrán ser inferiores al 30% de lo exigido a los Oferentes individuales que se establecen en la Subcláusula 5.5 literales (a) y (e) y el integrante designado como representante, deberá acreditar un porcentaje igual o superior al 40% de cada requisito xxxxxxxxxx.Xx sumatoria de los integrantes individuales de un APCA deberá alcanzar el 100% de los requisitos mínimos exigidos a un oferente individual. |
IAO 5.7 | No se tendrán en cuenta la experiencia y los recursos de los Subcontratistas. |
B. Documentos de Licitación | |
IAO 10.1 | La dirección del Contratante para solicitar aclaraciones es: Xxxxx 00 Xx. 00-00 – Piso 21, Área de Procesos de Selección. |
IAO 10.2 | Aclaración a los documentos de licitación. Las aclaraciones que se consideren pertinentes se realizaran de conformidad con los presentes documentos de Licitación según lo contenido en las cláusulas 11.1, 11.2 y 11.3 de las Instrucciones a los Oferentes. |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 13.1 (f) | Los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su Oferta: Ninguno. |
IAO 14.4 | Los precios unitarios no estarán sujetos a ajustes de precio de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC. |
IAO 15.4 | Los Oferentes tendrán que demostrar que sus necesidades en moneda extranjera incluidas en los precios unitarios son razonables y se ajustan a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de Ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha límite para la presentación de las ofertas. |
IAO 17.1 | La oferta deberá incluir una “declaración de mantenimiento de la oferta” utilizando el formulario incluido en la sección X “Formulario de garantía”. |
IAO 17.2 | No aplica. |
IAO 18.1 | No se considerarán Ofertas alternativas. |
IAO 19.1 | Los Oferentes deberán presentar un (1) original impreso, dos (2) copias impresas y una (1) copia en medio digital en archivo pdf inmodificable. En caso de discrepancia entre el original impreso y la copia digital, primará lo plasmado en el original impreso. |
D. Presentación de las Ofertas | |
IAO 20.1 | Los Oferentes podrán presentar Ofertas electrónicamente: NO |
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: FONADE – Subgerencia de Contratación Dirección: Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx xxx Xxxx/ Xxxxxxx: Sala de Recepción de Ofertas Ciudad: Bogotá D.C. País: Colombia |
IAO 20.2 (b) | Nombre y número de identificación del proceso de licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-2127-215042. |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá decir “NO ABRIR ANTES DEL 03 xx xxxxx de 2018 a las 3:00 pm” |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas será: 03 xx xxxxx de 2018 a las 3:00 pm. |
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas | |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: la dirección indicada en la IAO 20.2 (a) Fecha: 03 xx xxxxx de 2018 una vez terminado el plazo para la presentación de ofertas |
F. Adjudicación del Contrato | |
IAO 34.1 | El sitio de Internet es: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxx.xxx.xx |
IAO 34.4 | Ningún medio electrónico adicional. |
IAO 35.1 | La forma estándar de Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será en forma de Póliza de Cumplimiento, utilizando un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. |
IAO 36.1 | EL CONTRATANTE podrá desembolsar a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, treinta por ciento (30%) del valor total del contrato inicial para el componente de obra civil de la Fase 2, una vez se aprueben los Estudios y Diseños por parte de la Interventoría y EL CONTRATANTE contemplados en la Fase 1. El anticipo deberá estar respaldado por garantía bancaria a primer requerimiento, equivalente al cien por ciento (100%) del valor del mismo. (El contratista tendrá la potestad de elegir si requiere o no del anticipo a que se hace referencia. En caso de no ser requerido el valor asignado para este primer pago se distribuirá en los pagos mensuales previstos en los siguientes párrafos). El formulario estándar de Garantía Irrevocable e Incondicional de Anticipo es el indicado en el Anexo C de la Sección 8 – Formularios. |
IAO 37.1 | El Mediador que propone el Contratante es el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. |
Sección III. Países Elegibles para el BID
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el BID
i. Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
1) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
Sección III. Países Elegibles para el BID
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el Contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al Contratante.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Oferta
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta. Si el Oferente objeta al Mediador propuesto por el Contratante en los Documentos de Licitación, deberá manifestarlo en su Oferta y presentar otro candidato opcional, junto con los honorarios por hora y los datos personales del candidato, de conformidad con la Cláusula 37 de las IAO.]
[Fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: BID 3154/OC-CO, PROYECTO DE EFICIENCIA AL SERVICIO DEL CIUDADANO
A: FONADE – Subgerencia de Contratación Xxxxx 00 Xx. 00-00
Teléfono: 000-0000 Ext. 12142 Bogotá D.C.
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste], ofrecemos ejecutar el contrato resultante del proceso de licitación XXX Xx. XXXX-000000, “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL
(SUCRE)”, de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de
[indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas [Indicación para el oferente: De conformidad con la cláusula 14.3 de las IAO, todos los derechos, impuestos y demás gravámenes, incluyendo los costos indirectos de administración, imprevistos y utilidades, que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta veintiocho (28) días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en el precio total de la Oferta]
Moneda | Porcentaje pagadero en la moneda | Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] | Insumos para los que se requieren monedas extranjeras |
(a) (b) (c) (d) |
El pago anticipado solicitado es:
Monto | Moneda |
(a) (b) (c) (d) |
Aceptamos la designación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, como Mediador.
[O]
No aceptamos la designación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, como Mediador, y en su lugar proponemos que se nombre como Mediador a [indique el nombre], cuyos honorarios y datos personales se adjuntan a este formulario.
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, declaramos y garantizamos nuestro cumplimiento con lo dispuesto en la Cláusula 3.2 de las IAO en relación con actos de Prácticas Prohibidas.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países elegibles para el Banco de conformidad con la Subcláusula
4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países elegibles para el Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Cláusula 4.2 para el BID.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Cláusula 4.3 para él.
Certificamos que nuestra oferta se preparó de forma independiente:
(i) Nuestra oferta fue elaborada de forma independiente, sin ninguna consulta, comunicación o acuerdo con ningún otro oferente o competidor relacionada con los (i) los precios; (ii) la intención
de presentar una oferta; o (iii) los métodos y factores utilizados para determinar aspectos técnicos y financieros de la oferta
(ii) Los precios de la oferta no han sido ni serán dados a conocer directa y/o indirectamente a otros oferentes y/o competidores antes del acto de apertura de las ofertas;
(iii) El oferente no ha incurrido ni incurrirá en actos encaminados a inducir, forzar, coaccionar, ni acordar con otros oferentes su participación o no en este proceso con el propósito de restringir competencia.
Declaramos que no tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
Declaramos que usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Agente | Xxxxx y Moneda | Propósito de la Comisión o Gratificación | ||
(Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”) |
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
2. Información para la Calificación
1.3 Para cumplir con requisito de experiencia, las obras citadas deberán tener el acta de inicio suscrita dentro de igual periodo y el acta de terminación o
Formulario para oferentes extranjeros:
1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento o carta de intención]
Lugar de constitución o incorporación: [indique]
Sede principal de actividades: [indique]
Poder del firmante de la Oferta [adjunte]
1.2 Los montos anuales facturados son: el oferente debe tener una facturación (ingresos operacionales) por construcción de obras en un máximo de tres (3) años fiscales (2014, 2015, 2016). De esta facturación presentada se sacará el promedio y este debe ser equivalente a 3.600 SMMLV.
Para efectos de evaluación diligenciar el siguiente formulario:
1. Firmas o miembros de APCAs
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar o para verificar la precalificación como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información es para verificar la precalificación, el Oferente deberá completar solamente la información que debe ser actualizada.
Año de Facturación | Valor Total de los montos facturados (en pesos colombianos) | SMMLV del año referenciado | Valor Total de los montos facturados (en SMMLV) |
2014 | 616.000 | ||
2015 | 644.350 | ||
2016 | 689.455 | ||
Total Reportado |
Año de Facturación | Valor Total de los montos facturados (En dólares de EEUU) | TRM (pesos por dólar) | Valor Total de los montos facturados (en pesos colombianos) | SMMLV del año referenciado | Valor Total de los montos facturados (en SMMLV) |
2014 | 2.000,33 | 616.000 | |||
2015 | 2.743,39 | 644.350 | |||
2016 | 3.050,98 | 689.455 | |||
Total Reportado |
liquidación suscrita antes de la fecha de apertura de ofertas de la presente licitación. (En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior). | ||||||
1.4 Los principales equipos de construcción que propone el Contratista son: PROPIO, DESCRIPCIÓN, CONDICIÓN CANTIDAD DE ALQUILADO, O POR EQUIPO ANTIGÜEDAD (años) (Nuevo, buen estado, UNIDADES COMPRAR mal estado) DISPONIBLES (Nombre del vendedor) | ||||||
1.5 Las calificaciones y experiencia del personal clave se adjuntan CARGO A OCUPAR: NOMBRE DEL PROFESIONAL: PROFESIÓN: EXPERIENCIA: (A) (B) (C) (A) Años de experiencia profesional. (B) Años de experiencia específica. (C) Años de Experiencia en cargos estatales (según sea el caso). Experiencia especifica (según sea el caso) | ||||||
DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL PROYECTO O CONTRATO | INICIO (mm/aa) | FINALIZACIÓN (mm/aa) | Actividad Desarrollada |
No/ Nombre del Proyecto/ País | Nombre de la entidad Contratante y Persona a quien contactar (indicar teléfono, fax, correo electrónico) | Forma de Participación y porcentaje de participación (%) | Fecha de Inicio del contrato (día – mes – año | Fecha de Terminación del contrato (día – mes – año) | Construcción de (indicar objeto del contrato de licitación) | Volumen de (indicar actividades principales del contrato relacionadas con el objeto de la licitación) | Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 |
Experiencia específica cargos en cargos estatales (según sea el caso) DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL INICIO (mm/aa) FINALIZACIÓN Actividad PROYECTO O CONTRATO (mm/aa) Desarrollada Títulos Académicos: DESCRIPCIÓN DEL TITULO DURACIÓN (AÑOS/MESES) UNIVERSIDAD / INSTITUCIÓN Certifico que la información suministrada es cierta y que es mi voluntad y compromiso participar en el Contrato de Obra en el tiempo de dedicación exigida en el pliego de condiciones. PROFESIONAL Firma: Nombre: Título: No. identificación: de Tarjeta Profesional No.: de | ||||||
1.6 Los informes financieros del último año: balances, estados de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjunten, deben estar debidamente dictaminados y certificados por quienes tienen el deber formal de hacerlo (representante legal, contador público y/o revisor fiscal); 1.7 La evidencia de acceso a recursos financieros de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (g) de las IAO es: el oferente debe listar y adjuntar las copias de los documentos que corroboren lo anterior. 1.8 Adjuntar autorización con nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Subcláusula 5.3 (h) de las IAO. El oferente debe adjuntar la autorización. 1.9 La información sobre litigios pendientes en que el Oferente esté involucrado se incluye, en conformidad con la Subcláusula 5.3 (i) de las IAO. El oferente deberá incluir la información en la siguiente tabla 1.9: |
1.10 Los Contratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (j) son [indique la información en la siguiente tabla. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC]: | |
1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación. [Adjunte.] | |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 La información solicitada en el párrafo 1.11 anterior debe ser proporcionada por la APCA. [Proporcione la información]. 2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta para firmar la Oferta en nombre de la APCA. |
2.4 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (legalmente compromete a todos los integrantes) o la Carta de Intención en donde conste que: | |
(a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante. | |
3. Requisitos adicionales | 3.1 Los Oferentes deberán entregar toda información adicional requerida en la Subcláusula 13.1 (f) de los IAO. |
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión |
(a) (b) |
Secciones de las Obras | Valor del Subcontrato | Subcontratista (nombre y dirección) | Experiencia en obras similares |
(a) (b) |
3. Carta de Aceptación de Oferta
[En papel con membrete oficial del Contratante]
La Carta de Aceptación de Oferta será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las Cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación de Oferta debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada, supeditada a cualquiera revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx.]
[Indique la fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato [BID 3154/OC-CO, PROYECTO DE EFICIENCIA AL SERVICIO DEL CIUDADANO.
A: [Indique el nombre y la dirección del Oferente seleccionado]
La presente tiene por objeto comunicarles que, por este medio, nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha [indique la fecha] para la ejecución de “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO
INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)””, por el Precio del Contrato equivalente1 a [indique el monto en cifras y en palabra en pesos colombianos], con las correcciones y modificaciones2 efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.
[Seleccione una de las siguientes opciones (a) o (b) y suprima la otra]
(a) Aceptamos la designación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, como Mediador.3
(b) No aceptamos la designación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, como Mediador, y mediante el envío de una copia de esta Carta de Aceptación a [indique el nombre de la Autoridad para el nombramiento], estamos por lo tanto solicitando a [indique el nombre], la Autoridad Nominadora, que nombre al Mediador de conformidad con la Subcláusula 37.1 de las IAO.4
Por este medio les solicitamos que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de conformidad con los documentos del Contrato, (b) firmen y devuelvan los documentos del Contrato adjuntos, y (c) envíen la Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento (según sea el caso) de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, es decir, dentro de los catorce (14) días siguientes
1 Suprimir "equivalente a" y agregar "de" si el precio del Contrato está expresado en una sola moneda.
2 Suprimir “correcciones y” o “y modificaciones”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente).
3 Se utilizará únicamente cuando el Oferente esté de acuerdo con el Mediador propuesto por el Contratante en las IAO.
4 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Mediador propuesto por el Contratante en las IAO, y consecuentemente propone otro candidato.
después de haber recibido esta Carta de Aceptación de Oferta, y de conformidad con la Subcláusula
52.1 de las CGC.
Firma Autorizada
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre de la Entidad:
Adjunto: Contrato
Número del Contrato:
4. Contrato
Licitación Número: LPN No. 2127-215042
Objeto del Contrato: “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)”
Valor: Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato, un valor de hasta TRES MIL CUARENTA MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS MONEDA CORRIENTE
($3.040.580.000) incluidos todos los derechos, impuestos y demás gravámenes a que haya lugar.
Plazo: 6 meses
El CONTRATANTE se reservará el derecho de continuar con la ejecución del contrato, en caso de que el valor para realizar la Fase 2, el cual se define como resultado de la FASE 1: DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS, resulte mayor al presupuesto estimado para esta fase; evento en el cual, se podrá dar por terminado el contrato sin que por tal motivo las partes puedan reclamar indemnización de perjuicios, compensación o valor alguno. Se pagará al CONTRATISTA únicamente el valor de la Fase 1 y se procederá con la liquidación del contrato.
En el evento en que el valor para la ejecución de la Fase 2, resulte menor al presupuesto estimado para dicha fase, las partes acordarán la ejecución del proyecto por el valor para realizar la Fase 2, el cual se define de conformidad con el producto de la FASE 1: DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS.
O
[Deberán incorporarse en este Contrato todas las correcciones o modificaciones a la Oferta que obedezcan a correcciones de errores (de conformidad con la Cláusula 28 de las IAO), ajuste de precios durante el período de evaluación (de conformidad con la Subcláusula 16.3 de las IAO), o cualquier otro cambio aceptable por ambas partes y permitido en las Condiciones del Contrato, tales como cambios en el personal clave, los subcontratistas, los cronogramas, y otros.]
Este Contrato se celebra el [indique el día] de [indique el mes], de [indique el año] entre FONADE, Calle 26 No. 13-19 (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y [indique el nombre y dirección del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte;
Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute la “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS,
CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)”
– LPN No. 2127-215042 (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este Contrato atestigua lo siguiente:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les haya asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad y en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
4. Para el presente Contrato, aplicarán únicamente las cláusulas de [BID], por ser este el Organismo que financia el Proyecto de Eficiencia al Servicio del Ciudadano.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente Contrato en el día, mes y año antes indicados. El Sello Oficial de [Nombre de la Entidad que atestigua]
Fue estampado en el presente documento en presencia de: Firmado, Sellado y Expedido por
En presencia de: Firma que compromete al Contratante [firma del representante autorizado del Contratante] Firma que compromete al Contratista [firma del representante autorizado del Contratista]
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales | |
1. Definiciones | 1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas: (a) El Mediador es el profesional nombrado en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la Subcláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las Subcláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) El Oferente / Proponente es toda persona, firma, entidad o empresa con personería jurídica, de naturaleza privada o pública, o cualquier combinación de ellas que tengan la intención formal de establecer un acuerdo o están sujetas a cualquier acuerdo existente, en forma de asociación en participación, consorcio o asociación (APCA), con o sin fines de lucro, que presenta una Oferta para el suministro de Bienes o servicios, construcción de obras, o prestación de Servicios de Consultoría. (c) La Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (d) Eventos Compensables son los definidos en la Cláusula 44 de estas CGC. (e) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Interventor de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC. (f) El Contrato es el acuerdo de voluntades mediante el cual se adquieren obligaciones y derechos firmado el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (g) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (h) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (i) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación de Oferta y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (j) Días significa días calendario, Mes o Meses significa meses calendario. (k) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los |
materiales y planta conexos. (l) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato. (m) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Interventor una vez que el Contratista ha corregido los defectos. (n) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación. (o) Los planos incluyen los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Interventor para la ejecución del Contrato. (p) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC. (q) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que hayan sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras. (r) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación de la oferta por el Contratante. (s) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el interventor mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos. (t) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes consumibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras. (u) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica. (v) El Interventor es una persona natural o jurídica cuyo nombre se indica en las CEC. Las obligaciones del interventor mencionadas en este contrato, se regulan en el respectivo contrato de interventoría. (w) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (x) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC. (y) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras. (z) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Interventor. (aa) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con |
ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (bb) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (cc) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (dd) Una Variación es una instrucción impartida por el Interventor que modifica las Obras. (ee) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. | |
2. Interpretación | 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Interventor proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Contrato, (b) Carta de Aceptación de la Oferta, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades, y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. |
3. Idioma y Ley Aplicables | 3.1 El idioma del Contrato será el español. Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por las cláusulas del presente contrato, y de manera supletoria por la ley colombiana aplicable. |
4. Decisiones del Interventor | 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Interventor, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones |
contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. | |
5. Asignación de Deberes por el Interventor | 5.1 El Interventor después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Mediador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. |
6. Comunicaciones | 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. |
7. Subcontratos y cesión del contrato | 7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Interventor, pero no podrá ceder el Contrato sin la autorización por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. 7.2 El Contratista únicamente podrá ceder los derechos de cobro sobre las estimaciones de trabajos ejecutados, siempre y cuando se cuente con la aprobación del Contratante. |
8. Otros Contratistas | 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9. Personal | 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Interventor. El Interventor aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Interventor solicita al Contratista la remoción de un integrante de personal del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. 9.3 El Contratista, con motivo de los trabajos materia del Contrato será el único responsable del cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia laboral y de seguridad social en Colombia y el Contratista indemnizará al Contratante por cualquier daño o perjuicio que resulte del incumplimiento de estas obligaciones. |
10. Riesgos del | 10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que |
Contratante y del Contratista | corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. |
11. Riesgos del Contratante | 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. |
12. Riesgos del Contratista | 12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista, y responderá ante cualquier reclamación de terceros. |
13. Seguros | 13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: |
(a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, incluyendo a la de terceros y (d) lesiones personales o muerte incluyendo a terceros (e) Otros según lo estipulado en las CEC. 13.2 El Contratista deberá entregar al Interventor, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para indemnizar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Interventor. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. | |
14. Informes de Investigación del Sitio de las Obras | 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basó en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. |
15. Consultas Acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Interventor responderá a las consultas formuladas por el contratista sobre las CEC. |
16. Construcción de las Obras por el Contratista | 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. |
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista | 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Interventor hubiera aprobado, y terminarlas en las Fecha Prevista de Terminación. |
18. Aprobación por el Interventor | 18.1 El Contratista deberá proporcionar al Interventor las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras |
provisionales. 18.3 La aprobación del Interventor no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Interventor antes de su utilización. | |
19. Seguridad | 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. |
20. Descubrimientos | 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Estado Colombiano de acuerdo con la Ley nacional aplicable. El Contratista deberá notificar al Interventor acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. |
21. Toma de Posesión del Sitio de las Obras | 21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. |
22. Acceso al Sitio de las Obras | 22.1 El Contratista deberá permitir al Interventor, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. |
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorias En el caso del BID | 23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Interventor que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco y/o las personas designadas por el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista y sus sub contratistas relacionados con la presentación de Ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. El Contratista deberá prestar atención a lo estipulado en la Subcláusula 59, según la cual las actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte del Banco de los derechos de inspección y auditoría consignados en la Subcláusula 23.2 constituye una práctica prohibida que podrá resultar en la terminación del contrato (al igual que en la declaración de inelegibilidad de acuerdo a las Normas de Adquisiciones). |
24. Controversias | 24.1 Si el Contratista considera que el Interventor ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Mediador |
dentro de los catorce (14) días siguientes a la notificación de la decisión del Interventor. | |
25. Procedimientos para la solución de controversias | 25.1 El Mediador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Mediador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Mediador a arbitraje dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la decisión por escrito del Mediador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de veintiocho (28) días mencionado, la decisión del Mediador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. |
26. Reemplazo del Mediador | 26.1 En caso de renuncia o muerte del Mediador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Mediador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Mediador. Si al cabo de treinta (30) días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Mediador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los catorce (14) días siguientes a la recepción de la petición. |
B. Control de Plazos | |
27. Programa | 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación de la Oferta, el Contratista presentará al Interventor, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Interventor para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Interventor podrá autorizar retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el |
Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Interventor no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Interventor en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. | |
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación | 28.1 El Interventor deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Interventor determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Interventor una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. |
29. Aceleración de las Obras | 29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Interventor deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. |
30. Demoras Ordenadas por el Interventor | 30.1 El Interventor podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. |
31. Reuniones Administrativas | 31.1 Tanto el Interventor como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32 de las CGC. 31.2 El Interventor deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al |
Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Interventor deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. | |
32. Advertencia Anticipada | 32.1 El Contratista deberá advertir al Interventor lo antes posible sobre futuros eventos probables o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Interventor podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible, siempre y cuando este plazo no exceda de treinta (30) días a partir del momento en que se estimen los eventos. 32.2 El Contratista colaborará con el Interventor en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Interventor. |
C. Control de Calidad | |
33. Identificación de Defectos | 33.1 El Interventor controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Interventor podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Interventor considere que pudiera tener algún defecto. |
34. Pruebas | 34.1 Si el Interventor ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
35. Corrección de Defectos | 35.1 El Interventor notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Interventor. |
36. Defectos no corregidos | 36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Interventor, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos |
37. Lista de Cantidades | 37.1 La Lista de Cantidades deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades. |
38. Modificaciones en las Cantidades | 38.1 Si la cantidad final de los trabajos ejecutados difiere en más de 25% de la especificada en la Lista de Cantidades para un rubro en particular, y siempre que la diferencia exceda el 1% del Precio Inicial del Contrato, el Interventor modificará los precios para reflejar el cambio. 38.2 El Interventor no ajustará los precios debido a diferencias en las cantidades si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en más del 15%, a menos que cuente con la aprobación previa del Contratante 38.3 Si el Interventor lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. |
39. Variaciones | 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista. |
40. Pagos de las Variaciones | 40.1 Cuando el Interventor la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Interventor así lo hubiera determinado. El Interventor deberá analizar la cotización con el Contratante, antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Interventor, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1 de las CGC, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidieran con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. 40.3 Si el Interventor no considerase la cotización del Contratista razonable, podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. |
40.4 Si el Interventor decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. | |
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos | 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Interventor una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato. |
42. Actas de Obra | 42.1 El Contratista presentará al Interventor cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Interventor de conformidad con la Subcláusula 42.2 de las CGC. 42.2 El Interventor verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará, a través de actas de obra, la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Interventor. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades. 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Interventor podrá excluir cualquier rubro incluido en un acta de obra anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. |
43. Pagos | 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Interventor dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago. 43.2 Si el monto certificado es incrementado en un acta posterior o como |
resultado de un veredicto por el Mediador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. | |
44. Eventos Compensables | 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Interventor ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Interventor ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Interventor sin justificación desaprueba una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. (g) El Interventor imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. |
(k) El Interventor demora sin justificación alguna la emisión del Acta de Terminación. 44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Interventor decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Interventor la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Interventor no considerase la estimación del Contratista razonable, el Interventor preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Interventor supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Interventor. | |
45. Ajustes de precios por variación en los Impuestos | 45.1 El Precio del Contrato se ajustará si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea veintiocho (28) días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del acta de entrega definitiva de obra. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la Cláusula 47 de las CGC. |
46. Monedas | 46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a pesos colombianos, la tasa de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas será la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) establecida por el Banco de la República, vigente a la fecha correspondiente a veintiocho (28) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, de acuerdo con la Subcláusula 15.2 de las IAO. 46.2 Para el caso de pagos en el territorio de la República de Colombia cuyo precio está cotizado en monedas diferentes a la moneda nacional, el pago se efectuará de acuerdo con lo estipulado en la CEC. |
47. Ajustes de Precios | 47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada acta de obra, antes de las |
deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc: es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Acy Bc: son coeficientes estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente veintiocho (28) días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el acta de obra siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. | |
48. Retenciones | 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Interventor haya emitido el Acta de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Interventor haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. 48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”. |
49. Liquidación por daños y perjuicios | 49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Interventor deberá |
corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. | |
50. Bonificaciones | 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aun cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. |
51. Pago de Anticipo | 51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Interventor. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. |
52. Garantías | 52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar a los catorce (14) días definidos en la Carta de Aceptación (Sección IV Formularios de la Oferta) y por el monto estipulado en las CEC. Esta garantía deberá ser incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento y ser emitida por una institución financiera, en Colombia o en el extranjero, aceptable para el contratante o, En forma de póliza de cumplimiento, utilizando un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. |
52.2 La garantía deberá estar expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en veintiocho (28) días la fecha de emisión del Acta de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, incondicional y pagadera a la vista y a primer requerimiento; o en el plazo estipulado en las CEC en el caso de una póliza de cumplimiento. | |
53. Trabajos por Día | 53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicados en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Interventor hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Interventor de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Interventor deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC. |
54. Costo de Reparaciones | 54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato | |
55. Terminación de las Obras | 55.1 El Contratista le pedirá al Interventor que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Interventor lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. |
56. Recepción de las Obras | 56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Interventor emita el Acta de Terminación de las Obras. |
57. Liquidación Final | 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Interventor un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Interventor emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los cincuenta y seis (56) días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Interventor. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Interventor deberá emitir dentro de cincuenta y seis (56) días una lista |
que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Interventor, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. | |
58. Manuales de Operación y de Mantenimiento | 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Interventor, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista, sin perjuicio de las obligaciones a cargo del Contratista. |
59. Terminación del Contrato Por el Contratante | 59.1 El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato, si éste incurre en incumplimiento fundamental del Contrato, por diferentes circunstancias, entre las cuales se incluyen, pero no está limitado a las siguientes: (a) el Contratista suspende los trabajos por veintiocho (28) días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Interventor; (b) el Contratista se declara en quiebra o entra en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (c) el Interventor le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Interventor en la notificación; (d) el Contratista no mantiene o no constituye una garantía que sea exigida en el Contrato; (e) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. |
En el caso del BID | (f) el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en Prácticas Prohibidas al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas sobre Prácticas Prohibidas del Banco, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. |
Por el Contratista | 59.2 El Contratista, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos xx xxxx (10) días de anticipación, podrá terminar este contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de |
esta Cláusula: (a) el Interventor ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes; o (b) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Interventor, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Interventor. 59.3 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Interventor de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en las Cláusulas 59.1 y 59.2 de las CGC, el Interventor deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental. | |
Terminación por Conveniencia: | 59.4 El Contratante, mediante comunicación enviada al Contratista, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Contratista en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. 59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. |
Suspensión de Financiamiento | 59.6 En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Contratante, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista. El Contratante está obligado a notificar al Contratista de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco en tal situación el Contratante podrá terminar el contrato conforme la cláusula 59.4 de las CGC. |
60. Prácticas Prohibidas de conformidad con las políticas del BID | 60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), |
observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del |
1 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes, servicios distintos a los de consultoría o, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su |
conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado Subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en |
respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Bajo esta política todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, Subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. Con el acuerdo específico del Banco, un |
Prestatario podrá incluir en todos los formularios de licitación para contratos de gran cuantía, financiados por el Banco, la declaratoria del oferente de observar las leyes del país contra fraude y corrupción (incluyendo sobornos), cuando compita o ejecute un contrato, conforme éstas hayan sido incluidas en los documentos de licitación. El Banco aceptará la introducción de tal declaratoria a petición del país del Prestatario, siempre que los acuerdos que rijan esa declaratoria sean satisfactorios al Banco. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 60.1 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, Subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 60.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; |
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, Subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b). | |
61. Pagos Posteriores a la Terminación del Contrato | 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Interventor deberá emitir un Acta en la que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicha Acta, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se termina por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Interventor deberá emitir un Acta por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicha |
Acta. | |
62. Derechos de propiedad | 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. |
63. Liberación de Cumplimiento | 63.1 Si el Contrato no puede cumplirse por motivo de una guerra, o por un evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista (caso fortuito o de fuerza mayor), el Interventor deberá certificar la imposibilidad del cumplimiento del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En este caso, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualquier trabajo realizado posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. |
64. Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco | 64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista: (a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a siete (7) días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco (b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de veintiocho (28) días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1 de las CGC, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de catorce (14) días. |
65. Elegibilidad en el caso del BID | 65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la |
firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. | |
Conflicto de Interés Para el BID | 65.4 El Contratista debe otorgar máxima importancia a los intereses del contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma. |
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (p) | El Contratante es FONADE, Xxxxx 00 Xx. 00-00 – Xxxx 00 (Xxxxxx – Xxxxxxxx), Subgerencia de Contratación – XXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - representante autorizado |
CGC 1.1 (s) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es: seis (6) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio. El CONTRATANTE se reservará el derecho de continuar con la ejecución del contrato, en caso de que el valor para realizar la Fase 2, el cual se define como resultado de la FASE 1: DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS, resulte mayor al presupuesto estimado para esta fase; evento en el cual, se podrá dar por terminado el contrato sin que por tal motivo las partes puedan reclamar indemnización de perjuicios, compensación o valor alguno. Se pagará al CONTRATISTA únicamente el valor de la Fase 1 y se procederá con la liquidación del contrato. En el evento en que el valor para la ejecución de la Fase 2, resulte menor al presupuesto estimado para dicha fase, las partes acordarán la ejecución del proyecto por el valor para realizar la Fase 2, el cual se define de conformidad con el producto de la FASE 1: DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS. |
CGC 1.1 (v) | El Interventor está Por definir |
CGC 1.1 (x) | El Sitio de las Obras está ubicado en el Municipio de Corozal – Sucre. |
CGC 1.1 (aa) | La Fecha de Inicio a partir de la suscripción del Acta de Inicio entre el Interventor y el Contratista. |
CGC 1.1 (ee) | Las Obras consisten en “REALIZAR POR FASES: (I) PROPUESTA ARQUITECTÓNICA, ESTUDIOS TÉCNICOS, ESTRUCTURALES, ELÉCTRICOS, CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMAS DE SEGURIDAD, DISEÑOS HIDRÁULICOS Y SANITARIOS. Y (II): OBRA CIVIL, DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y SEÑALIZACIÓN; DOTACIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, ESTABILIZACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO INTEGRAL EN SITIO DE LOS EQUIPOS DE TECNOLOGÍA. DE LA SEDE DONDE FUNCIONARÁ EL CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS – CIS DE COROZAL (SUCRE)”. |
CGC 2.2 | Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: Ninguna |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: Anexo 1 1. Cuadro preliminar de áreas (CD) 2. Esquema básico de distribución de áreas para el desarrollo del CIS 3. Plano urbanístico y localización de las áreas a intervenir 4. Plantas arquitectónicas del inmueble donde se ubicará el CIS 5. Memorias del reforzamiento estructural y estudio de vulnerabilidad de la estructura de la construcción existente |
6. Archivo fotográfico del inmueble existente y su entorno 7. Planos de localización general del predio en Corozal. 8. Manual de Implementación Física del CIS de los Centros Integrado de Servicios – CIS 9. Especificaciones de Obra. 10. Otros documentos relacionados con parámetros arquitectónicos. Nota: Manual de Implementación Física del CIS constituye una guía o un documento de referencia para la adecuación de los Centros Integrado de Servicios - CIS Anexo 2 1. Esquema general del componente tecnológico. 2. Cuadro de distribución de equipos tecnológicos. 3. Especificaciones técnicas de los equipos tecnológicos. | |
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas: Ninguno |
CGC 9.1 | Personal Clave: El personal clave solicitado será: PERSONAL A EVALUAR REQUERIDO PARA LA FASE 1 CANTIDAD ROL A DESEMPEÑAR 1 Director de Proyecto 1 Arquitecto 1 Especialista Eléctrico 1 Especialista en Costos y presupuesto 1 Especialista Estructural 1 Especialista Hidrosanitario 1 Especialista en sistemas de ventilación mecánica PERSONAL ADICIONAL AL CLAVE NO EVALUABLE PERSONAL REQUERIDO NO EVALUABLE PARA LA FASE 2 |
CGC 13.1 | Los seguros se mantendrán vigentes hasta que se expida el acta de terminación de las obras y solo podrán cancelarse con previo aviso a la Contratante. El CONTRATISTA deberá constituir en forma conjunta a favor de FONADE, del DNP y de la Alcaldía Municipal de Corozal (Sucre), una garantía en forma de póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades públicas o del Estado sometidas a régimen excepcional, que otorgue los siguientes amparos: Cumplimiento: Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses más. De salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. De estabilidad de la obra: Por el treinta por ciento (30%) del valor del componente de obra civil de la Fase 2, por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo a satisfacción de la totalidad de la obra. El amparo cubrirá la totalidad de los perjuicios que se ocasionen por la pérdida total o parcial de las obras imputables al contratista o por los deterioros que la misma sufra y que igualmente sean imputables al contratista. De calidad del servicio: Por el treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por el término de tres (3) años, contados a partir del inicio de la Fase 2. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Por el veinte (20%) del valor de los componentes de: Dotación de Mobiliario, Señalización y Dotación e Instalación de Equipos Tecnológicos de la Fase 2, por un término de un (1) año contado a partir del inicio de la Fase 2 del contrato. Así mismo, el Contratista deberá constituir Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual: Por el treinta por ciento (30%) del valor de la Fase 2 del contrato, por el plazo de ejecución del contrato. En esta póliza deberán figurar como asegurados FONADE, el DNP, la Alcaldía Municipal de Corozal (Sucre) y EL CONTRATISTA y como beneficiarios FONADE, el DNP, la Alcaldía Municipal de Corozal (Sucre) y los terceros afectados. El deducible establecido en la póliza, tendrá un tope xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) y deberá tener como mínimo los siguientes amparos: Predios, labores y operaciones, perjuicios extrapatrimoniales, contratistas y subcontratistas, responsabilidad civil patronal, vehículos propios y no propios, daño emergente y lucro cesante y responsabilidad civil cruzada. Adicionalmente, el Contratista deberá constituir un SEGURO MULTI RIESGO, independiente y particular para el objeto del contrato, discriminando el objeto, número y año del mismo, en cuyo caso deberá proteger por pérdida o daño de los bienes inmuebles, muebles y equipos, en una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) |
del valor total de la Fase 2 del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y hasta su liquidación. Este seguro, deberá contar con los siguientes amparos sin sublimite alguno, más que la suma asegurada: a) incendio; b) huracán, tifón, granizo, vientos fuertes, aeronaves, rayo y humo; c) anegación, daño por agua; d) acto de autoridad; f) amparo de actos malintencionados de terceros; g) amparo de huelga, motín, conmoción civil o popular y asonada; h) terremoto, temblor y i) Hurto simple y calificado. En este seguro FONADE, el DNP, la Alcaldía Municipal de Corozal (Sucre) y EL CONTRATISTA deben tener la calidad de asegurados y beneficiarios. NOTA 1: El Contratista deberá mantener vigentes los seguros a que se refiere esta cláusula y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de modificaciones. NOTA 2: Para la constitución de las garantías, se tomará como valor asegurado los rubros correspondientes a la Fase 1 y Fase 2, debidamente discriminados una vez adjudicado el contrato. En caso de requerir el Anticipo El CONTRATISTA deberá respaldarlo con garantía bancaria a primer requerimiento, equivalente al cien por ciento (100%) del valor del mismo, por el plazo de ejecución del contrato y un (1) mes más. - | |
CGC 14.1 | Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: - Cronograma ejecución de obra para cada FASE - Informe Estructural - Cartilla de Proyectos Tipo de Implementación de los Centros Integrado de Servicios - CIS - Esquema básico de distribución del CIS |
CGC 21.1 | La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) de acuerdo a la fecha de suscripción del Acta de Inicio de las Obras. |
CGC 25.2 | Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Mediador serán: No habrá honorarios o gastos reembolsables pagaderos al Mediador. |
CGC 25.3 | Los procedimientos de arbitraje serán: Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. Subcláusula 25.3 – Cualquiera disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, rescisión, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la Cámara de Comercio de Bogotá” No obstante, lo anterior, previo a acudir al trámite arbitral, se buscará la conciliación directa entre las partes o a través de un centro de conciliación autorizado. El lugar de arbitraje será: Bogotá – Colombia. |
CGC 26.1 | La Autoridad Nominadora del Mediador es: Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. |
B. Control de Plazos | |
CGC 27.1 | El Contratista presentará un Programa de obra para la aprobación del Interventor dentro de ocho días (8) días calendario días a partir de la fecha de iniciación de la FASE 2. El programa propuesto para la ejecución de las obras con dos frentes de trabajo como mínimo deberá contener la siguiente información: - Metodología, con esquema de seguimiento a precios unitarios. - Programa de Obra. - Plan de Inversión de Recursos. - Plan de manejo de circulaciones internas del edificio |
CGC 27.3 | Los plazos entre cada actualización del Programa serán de treinta (30) días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de 1 x 1000 por cada día calendario de atraso del valor del contrato que falte por ejecutar, sin sobrepasar el 10% del contrato. |
C. Control de la Calidad | |
CGC 35.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: noventa (90) días. |
D. Control de Costos | |
CGC 46.2 | Si corresponde: La moneda extranjera será la siguiente: No aplica para este caso; toda vez que los trabajos serán contratados y ejecutados dentro del territorio nacional colombiano. La forma y condiciones de pago al Contratista en virtud del Contrato serán las siguientes: EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA el valor por el cual le fue adjudicado el contrato (el cual corresponde para este caso al total del presupuesto estimado), por el sistema de precio global fijo sin fórmula de reajuste para la FASE 1; y por el sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste por monto agotable para la FASE 2, así: FASE 1 DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS El noventa por ciento (90%) del valor total de la Fase 1, previo recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría y el Supervisor designado por FONADE y el designado del DNP; de los Productos 1, 2, 3, 4 y 5. |
El diez por ciento (10%) restante del valor total de la Fase 1, previo recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría y el Supervisor designado por FONADE y el designado del DNP; del Producto 6. Nota 1: Teniendo en cuenta que para la ejecución de la FASE 2, es necesario contar con los resultados de la FASE 1, en caso de presentarse una alternativa técnica y económica más elevada frente al presupuesto estimado que se tiene para realizar la FASE 2, FONADE se reserva el derecho de continuar con su ejecución y por lo tanto podrá dar por terminado el contrato, cancelando a EL CONTRATISTA el valor de la FASE 1 y procediendo con la liquidación del contrato. En el evento en que el valor ofertado para la ejecución de la Fase 2, resulte menor al presupuesto estimado para dicha fase, las partes acordarán la ejecución del proyecto por el valor ofertado. FASE 2 COMPONENTE OBRA CIVIL, ACABADOS, INSTALACIONES HIDRÁULICAS, ELÉCTRICAS, VOZ Y DATOS Y EQUIPOS ESPECIALES. EL CONTRATANTE podrá desembolsar a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, treinta por ciento (30%) del valor total del contrato inicial para el componente de obra civil de la Fase 2, una vez se aprueben los Estudios y Diseños por parte de la Interventoría y EL CONTRATANTE contemplados en la Fase 1. El anticipo deberá estar respaldado por garantía bancaria a primer requerimiento, equivalente al cien por ciento (100%) del valor del mismo. (El contratista tendrá la potestad de elegir si requiere o no del anticipo a que se hace referencia. En caso de no ser requerido el valor asignado para este primer pago se distribuirá en los pagos mensuales previstos en los siguientes párrafos). El valor del componente de obra civil de la Fase 2 del proyecto se pagará mensualmente, hasta el noventa por ciento (90%) del valor total de las respectivas actas xx xxxxx mensual e informes de obra, por el sistema de avance de obra, de acuerdo con el cronograma de ejecución aprobado, previa presentación, entrega y aprobación de las mismas a la Interventoría y de la respectiva factura, descontando, en todo caso, el porcentaje del anticipo por amortizar. Y un último pago del valor del componente de obra civil de la Fase 2, correspondiente al saldo xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de las actas xx xxxxx de esta Fase, de acuerdo con los trabajos realmente ejecutados y recibidos a satisfacción, se pagará una vez suscrito el acta de recibo final de esta Fase a satisfacción de la Interventoría y de EL CONTRATANTE realizada la entrega total, recibo a satisfacción de todos los componentes, fases y actividades que comprenden el contrato, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas. |