CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
DENOMINACIÓN: "EVALUACIONES PSICOMÉTRICAS"
No. DE EXPEDIENTE: CMADJ-078-2014
UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO
MONTO: MINIMO: $26,400.00 CON IVA INCLUIDO MAXIMO: $66,000.00 CON IVA INCLUIDO
FONDO: RECURSOS PROPIOS
EMPRESA: INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ATLIXCO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CMADJ-078-2014
CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO CMADJ-078-2014 DENOMINADO "EVALUACIONES PSICOMETRICAS" QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO, PUEBLA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ING. XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL AYUNTAMIENTO”, POR LA OTRA PARTE EL LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX COMO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ATLIXCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR” Y DE FORMA CONJUNTA “AMBAS PARTES” SE SOMETEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- Que en cumplimiento a lo previsto en el Art. 15 Fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, “EL AYUNTAMIENTO” a través del Comité Municipal de Adjudicaciones, asignó el contrato número CMADJ-078-2014 denominado "EVALUACIONES PSICOMETRICAS" del Municipio de Atlixco, Puebla.
II. Que de Conformidad al procedimiento señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, de la propuesta única, presentada se adjudico contrato a favor del INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ATLIXCO tomando en consideración las condiciones legales, técnicas y económicas, por contar con la experiencia requerida para satisfacer el cumplimento del contrato que mediante el presente se formaliza.
DECLARACIONES PRIMERA.- “EL AYUNTAMIENTO” declara:
A. Que tiene personalidad jurídica para celebrar y suscribir el presente contrato de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 primer párrafo y 105 fracciones I y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 78 fracción XXXVIII y 90 de la Ley Orgánica Municipal.
B. Que tiene su domicilio oficial el ubicado en xxxxx Xxxxx xx Xxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000 xx Xxxxxxx, Xxxxxx, mismo que señala para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, y teniendo como número de Registro Federal de Contribuyentes MAP970610FTA.
C. Que el Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Presidente Municipal Constitucional de Atlixco, Puebla, dentro de sus facultades están las de suscribir convenios y actos que sean de interés para el Municipio esto de acuerdo al art. 91 Fracc. XLVI de la Ley Orgánica Municipal. Asimismo en sesión ordinaria del X. Xxxxxxx del Ayuntamiento de Atlixco, de fecha 25 de Febrero de 2014, se realiza la conformación del Comité Municipal de Adjudicaciones y se le faculta al Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Presidente de dicho Comité, para suscribir todo tipo de contratos, convenios y actos que sean de interés para el Municipio.
D. Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato el Municipio de Atlixco, Puebla, a través de su titular, el Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, autorizan la inversión correspondiente al pago de la prestación de servicio objeto de este contrato, misma que son provenientes de Recursos Propios.
SEGUNDA.-“EL PRESTADOR”, declara:
A) DE LA ACREDITACION:
Manifiesta el LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX que su representada INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ATLIXCO es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado como consta en el Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Instituto Tecnológico Superior de Atlixco publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla de fecha 24 xx Xxxxx de 1999.
B) DE LA CAPACIDAD.
Declara el Director General el LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX que tiene capacidad Jurídica para suscribir el presente contrato como consta en el nombramiento emitido por el Órgano de Gobierno en su segunda Sesión extraordinaria de fecha 28 de Febrero de 2013 y en el Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Instituto Tecnológico Superior de Atlixco publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla de fecha 24 xx Xxxxx de 1999, además manifiesta que reúne las condiciones técnicas, legales y económicas para obligarse la prestación de servicio objeto del presente contrato y que su Registro Federal de Contribuyente es ITS-980901-K39.
C) DEL DOMICILIO
Que tiene establecido su domicilio oficial ubicado en XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX Xx. 0000 XXX. XXXXX XXXXXXX. Para los fines y efectos legales de este contrato.
De conformidad con lo anterior, “AMBAS PARTES” manifiestan que reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen, por lo cual proceden a celebrar el presente contrato, de acuerdo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.-OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente es llevar a cabola prestación de servicios denominado "EVALUACIONES PSICOMETRICAS" en el lugar y de acuerdo a las especificaciones contenidas en la cotización proporcionada por la empresa que forma parte integral del presente contrato.
SEGUNDA.- MONTO DEL SERVICIO. El precio fijo por cada evaluación psicométrica es de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N) ya con IVA, por lo que “EL AYUNTAMIENTO” pagará a “EL PRESTADOR” las siguientes cantidades: Monto mínimo total de: $26,400.00 (VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N) IVA incluido el cual corresponde a un mínimo de 132 evaluaciones y un monto máximo total de $66,000.00 (SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) IVA incluido, el cual corresponde a un máximo de 330 evaluaciones, los pagos se realizarán de acuerdo al número de evaluaciones psicométricas realizadas a completa satisfacción de “EL AYUNTAMIENTO”.
TERCERA.- FORMA DE PAGO. “EL AYUNTAMIENTO” otorgará a “EL PRESTADOR” por medio de
cheque nominativo por la cantidad de servicios realizados en el mes que corresponda.
Dicho pago se efectuará en la Dirección de Contabilidad del H. Ayuntamiento de Atlixco, Puebla; la cual tiene sus oficinas en Xxxxx xx Xxxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxxx, Xxxxxx. Para tal efecto se deberá exhibir y entregar evidencia de los servicios entregados a entera satisfacción de “EL AYUNTAMIENTO”, así como la factura correspondiente con los requisitos xx xxx.
CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.- “AMBAS PARTES” acuerdan que el plazo de ejecución será a partir del 15 XX XXXX DE 2014 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 en el lugar y hora especificado por el “AYUNTAMIENTO”.
QUINTA.- LÍMITE DE RESPONSABILIDADES. La responsabilidad de “EL PRESTADOR” en caso de incumplimiento de este contrato, independientemente de la acción que se ejercite, se limita a:
1.-El pago del precio de los servicios amparados por este contrato.
2.-La devolución de cualquier cantidad que se haya efectuado hasta el momento en caso de incumplimiento.
SEXTA.- RELACIONES LABORALES.- “EL PRESTADOR” manifiesta que dentro de sus objetos se encuentra la de contratar trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes y cumplir las obligaciones individuales o colectivas de naturaleza laboral y de seguridad jurídica, que deriven de las relaciones con sus trabajadores por lo que “EL AYUNTAMIENTO” no será en ningún caso solidariamente responsable con “EL PRESTADOR” respecto a dichas relaciones laborales, las cuales se darán con exclusividad, entre “EL PRESTADOR” y sus trabajadores. Además de lo anterior, “EL PRESTADOR” reconoce ser el único obligado del pago y cumplimiento de todas las prestaciones de carácter laboral individuales o colectivas y de seguridad social, que se originen con los trabajadores que le prestan sus servicios, ya que dichos trabajadores, se encuentran bajo las órdenes subordinación y dependencia de “EL PRESTADOR”.
Por lo tanto “EL PRESTADOR” se obliga a acudir ante las Autoridades, Dependencias, Tribunales, Administrativos ó Laborales y/o ante los organismos de Seguridad Social, a responder de las obligaciones contraídas ante las mismas, o que se reclamen ante dichas autoridades u organismos.
Consecuentemente, “EL PRESTADOR” se obliga a deslindar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquiera de las responsabilidades u obligaciones que se pudieren generar o que se hayan generado ante dichas instancias.
SEPTIMA.- RESCISIÓN. Procederá la rescisión cuando se incumpla con alguna de las obligaciones derivadas de las cláusulas del presente contrato, de las disposiciones contenidas en el Código Civil para el Estado de Puebla y demás que le sean aplicables, sin necesidad de declaración judicial previa, bastando para ella una notificación por escrito. La rescisión deberá notificarse por escrito durante la vigencia del presente contrato, indicando “EL PRESTADOR” o “EL AYUNTAMIENTO” la causa.
OCTAVA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL. El presente contrato constituye el acuerdo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita con anterioridad a la fecha en que se firme el mismo.
“AMBAS PARTES” manifiestan que la celebración del presente contrato es de buena fe y no median vicios del consentimiento.
NOVENA.- SOMETIMIENTO. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen el Código Civil para el Estado de Puebla y demás relativos, y asimismo las partes se someten para toda cuestión judicial derivada del presente contrato a la jurisdicción ordinaria de los tribunales en el Distrito Judicial de Atlixco, Puebla.
DÉCIMA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN. Para todo lo relativo a controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, se aplicará supletoriamente el Código Civil y de procedimientos civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, quienes en su caso conocerán de la rescisión administrativa decretada, la que se considera ejecutiva desde su notificación. Por lo tanto “EL PRESTADOR” renuncia al fuero que pudiere corresponderle por razón de su domicilio o nacionalidad presente o futura por cualquier otra causa.
Leído que fue este contrato por sus otorgantes y debidamente enterados de su contenido y alcance lo ratifican y firman de conformidad en el Municipio de Atlixco, Puebla a 15 xx Xxxx de 2014.
POR “EL AYUNTAMIENTO”
ING. XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA