DECRETO
Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxx – Presidencia ha dictado el Decreto nº 545, cuyo contenido literal se reproduce a continuación:
DECRETO
Nueva adjudicación del contrato de opción de compra y, caso de que se ejercite, posterior enajenación, de la parcela residencial RC, en el Area de Ordenación Remitida AOR 402 CLH de Santurtzi.
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria 23/2014, celebrada el día 1 de julio, aprueba el inicio de expediente del contrato privado que tiene por objeto el señalado en el epígrafe, por procedimiento abierto, mediante concurso y tramitación ordinaria, no sujeto a regulación armonizada.
Tramitado el correspondiente expediente, mediante Decreto de Alcaldía nº 2559/2014, de 19 de noviembre –en base a los antecedentes que en el mismo se citan, a los que se remite la presente, dándolos por reproducidos, toda vez que se notificó dicho Decreto tanto al adjudicatario como al otro licitador que toma parte en este procedimiento- se adjudicó el contrato a Urbelan Empresa Constructora, S.A. - Inversiones y Servicios Arrasate, S.A., con compromiso de U.T.E. disponiéndose, asimismo, en el mismo Decreto, la devolución de la garantía provisional constituida por el otro licitador, Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.
En el propio Decreto de adjudicación se otorgó a Urbelan Empresa Constructora,
S.A. - Inversiones y Servicios Arrasate, S.A., con compromiso de U.T.E. un plazo de 15 días hábiles al objeto de suscribir el correspondiente contrato, sin que a su vencimiento, el 16 de diciembre de 2014, se hubiere procedido a su formalización por parte del adjudicatario y sin dar cumplimiento a las obligaciones pecuniarias a satisfacer con carácter previo a su firma.
Mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de 2 de febrero de 2015, y previo trámite de audiencia conferido al efecto, se dispuso la incautación de la garantía provisional depositada por el adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5 de la Carátula xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Considerando que, de conformidad con lo previsto en la cláusula 12 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas que rige en este contrato, si no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se entenderá que el adjudicatario ha retirado su oferta, decayendo de la adjudicación, efectuándose nuevo requerimiento a favor del siguiente licitador, por el orden en que hayan quedado clasificados, siendo en este caso, la empresa Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.
La cláusula número 12 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato, en aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), determina que, con carácter previo a la adjudicación, por la Concejalía Delegada se requerirá al licitador para que presente los documentos y realice las actuaciones que resultan preceptivas con carácter previo, en este caso, a la nueva adjudicación.
Dicho requerimiento (Resolución núm. 412 de la Concejalía Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente de 19.02.15) se efectuó con fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xx xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L. dentro del plazo establecido toda la documentación requerida..
A la vista de lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP y demás disposiciones legales y reglamentarias en vigor y de aplicación,
RESUELVO
Primero- Efectuar nueva adjudicación del contrato de opción de compra y, caso de que se ejercite, posterior enajenación, de la parcela residencial RC, en el Area de Ordenación Xxxxxxxx XXX 000 XXX xx Xxxxxxxxx a favor xx Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L. de conformidad con el contenido de la proposición y los Pliegos de Cláusulas Jurídico Administrativas y Técnicas que rigen el presente contrato.
Segundo- Comunicar al adjudicatario que deberá personarse en el Servicio de Contratación en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la presente adjudicación, al objeto de suscribir el correspondiente contrato.
Con carácter previo a la formalización del contrato de opción de compra, la empresa adjudicataria deberá abonar al Ayuntamiento de Santurtzi el 5% del valor de la parcela, esto es, 138.177,28 € + 21% I.V.A. 29.017,23 €, Total: 167.194,51 €. El pago se realizará en metálico mediante ingreso en la Tesorería Municipal y si se realiza, en cualquier entidad bancaria, deberá acreditarse el abono mediante la presentación del correspondiente documento justificativo, en el departamento indicado.
El importe restante, hasta alcanzar el 100% del precio ofertado, 2.521.778,16 € euros (2.084.114,18 euros, más 437.663,98 euros correspondientes al 21% de I.V.A.), se abonará en el plazo máximo de 90 días naturales contado desde el día siguiente al de formalización del contrato de opción de compra, haciéndolo coincidir con la firma de la escritura de compraventa. Si el plazo finaliza en día inhábil, se pospondrá hasta el siguiente día hábil.
Tercero- Comunicar asimismo x Xxxxxxxxxxx Promoción y Gestión Inmobiliaria,
S.L. que antes de la firma del contrato de opción de compra deberán constituir en la Tesorería municipal un depósito por importe de 2.500 euros para hacer frente a los gastos de los anuncios de licitación en prensa y boletines oficiales. Una vez se reciban las facturas se efectuará la correspondiente liquidación, abonándoles en su caso el importe que exceda del gasto realmente producido. Este depósito se efectuará con independencia de que se ejercite o no la opción de compra.
Cuarto- Notificar el presente Decreto a la empresa adjudicataria.
Quinto.- Publicar el Decreto en el Perfil de Contratante, y dar traslado del mismo al Área de Urbanismo y Medio Ambiente y a la Intervención de Fondos a los efectos oportunos.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento del Concejo de Santurtzi en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito de conformidad por el Letrado 2 del Área de Secretaría (*).