Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA PUESTA EN MARCHA Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE TIPOLOGÍA MIXTA INTEGRADO POR LOS RECURSOS DE CENTRO DE DIA Y RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DE RESIDENCIA DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL FÍSICA EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
INDICE:
1.- OBJETO DEL CONTRATO
2.- CAPACIDAD DEL CENTRO
3.- GESTIÓN DE LOS SERVICIOS
3.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS
3.1.1. Servicios residenciales para personas mayores
3.1.2. Servicios centro de día
3.1.3. Servicios residenciales para personas con discapacidad física
3.2. PROGRAMAS, PROTOCOLOS Y REGISTROS DE LOS SERVICIOS
3.2.1. Programas para los Servicios Residenciales y de Centro de Día
3.2.2. Protocolos:
3.2.2.1. Protocolos en Servicios Residenciales
3.2.2.2. Protocolos en Servicio Centro de Día
3.2.3. Registros:
3.2.3.1 Registros en Servicios Residenciales
3.2.3.2. Registros en Servicio Centro de Día
3.3. DOCUMENTACIÓN
4.- PLANTILLA DEL CENTRO
5.- PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
6.- EVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL
7.- RESTAURACIÓN
7.1 Diseño de las dietas
7.2 Adquisiciones y conservación de mercancías
7.3 Calidad de las materias primas
8.- OBLIGACIONES GENERALES DE LA ADJUDICATARIA
9.- MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO, INSTALACIONES Y BIENES MUEBLES DEL CENTRO
10.- PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego es la contratación de la prestación de los servicios de relacionados con la puesta en marcha y funcionamiento del Centro de Tipología Mixta de Quart xx Xxxxxx, incluyendo la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social, centro inscrito en el Registro de Centros de Acción Social con el número 3001, que incluye un Centro de Día (CDPMD) y Residencia de personas mayores en situación de dependencia (RPMD) y una Residencia de personas con diversidad funcional física (RPDFF) de Quart xx Xxxxxx, de titularidad
del Ayuntamiento de Quart xx Xxxxxx, con domicilio en la Avenida de Madrid, 8, 46930, de Quart xx Xxxxxx, de acuerdo con las especificaciones del presente pliego. Su finalidad es estipular las cláusulas que regirán la gestión de este centro mediante la modalidad de provisión de servicios que permita el mantenimiento de la titularidad pública del centro, incorporando criterios profesionales de gestión integral. Para la gestión, el funcionamiento y la administración del mismo se tendrán en cuenta tanto la normativa vigente en materia de servicios sociales de la Generalitat Valenciana como la normativa general aplicable a este tipo de centros del Estado, de la Generalitat Valenciana, del Ayuntamiento y las disposiciones de la Comunidad Europea.
2.- CAPACIDAD DEL CENTRO
El Centro de Día de personas mayores tiene una capacidad de 20 plazas. La Residencia de personas mayores tiene una capacidad máxima prevista de 46 plazas cuando esté totalmente equipado el centro. La Residencia de personas con diversidad funcional física tiene una capacidad de 26 plazas. De las citadas plazas, están concertadas con la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2016: 10 plazas en centro de día, 20 plazas en residencia de personas mayores y 10 plazas en residencia de personas con discapacidad física, estando previsto el aumento de plazas concertadas para el ejercicio 2017.
3.- GESTIÓN DE LOS SERVICIOS
El servicio integral incluye los Servicios Residenciales y los Servicios de Centro de Día.
3.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS
3.1.1. Servicios Residenciales para personas mayores en situación de dependencia
(PMD)
Nº de plazas PMD: 46 plazas.
Se entiende por servicios residenciales los servicios que ofrece el centro de alojamiento estable junto con atención social, apoyo en la realización de las actividades de la vida diaria, atención sanitaria, atención psicológica, rehabilitación de las capacidades y atención geriátrica integral en función del nivel de dependencia de las personas usuarias.
Las personas destinatarias del servicio residencial son, personas mayores que carezcan de las capacidades necesarias para realizar por si mismas las actividades básicas de las vida diaria, que precisen de una atención geriátrica integral y que sus circunstancias sociofamiliares requieran la sustitución del hogar.
La Residencia de PMD de Quart xx Xxxxxx ofrecerá los servicios residenciales durante 24 horas del día todos los días del año. La asistencia se establecerá en función de las necesidades y el nivel de dependencia de los residentes y contemplará los siguientes servicios mínimos:
• Acogida y alojamiento, que incluirá la limpieza e higiene de las habitaciones y de todas las dependencias e instalaciones del centro.
• Restauración, ésta deberá asegurar el cumplimiento de una correcta nutrición de los residentes en coordinación con el programa de atención farmacéutica en centros sociosanitarios y dentro de las actividades de atención nutricional que se llevan a cabo desde
el mismo (Programa de atención nutricional). El servicio de restauración ofrecerá desayuno, comida, merienda, cena y resopón.
• Lavandería, deberá garantizar el lavado y planchado periódico de lencería y ropa de uso personal de los residentes y el repaso de la misma así como de la ropa de cama y resto de lencería del Centro.
• Atención sociosanitaria, que comprende:
- Cuidados básicos: higiene personal, aseo, baño y cuidado estético y de la imagen de los residentes, movilizaciones, desplazamientos, etc.
- Atención médica, dirigida al diagnóstico, tratamiento y seguimiento de patologías crónicas, diagnóstico y tratamiento de procesos agudos y detección, prevención y tratamiento de grandes síndromes geriátricos.
- Atención de enfermería, dirigida a la prestación de cuidados de enfermería tales como administración de medicamentos, curas, sondajes, etc.
- Actividades de rehabilitación de mantenimiento, prevención, movilización y tratamientos individuales, en función de las patologías y la dependencia funcional de los residentes.
- Asistencia farmacéutica: control, preparación, administración de fármacos, y seguimiento del tratamiento farmacológico en el centro, según directrices establecidas dentro del Programa de atención farmacéutica de la Consellería de Bienestar Social.
- Prevención y promoción de la salud.
• Atención psicológica y actividades de terapia ocupacional, que comprende:
- Atención psicológica, orientada a preservar y mantener la función cognitiva de los residentes y el tratamiento de alteraciones psicológicas. Soporte psicosocial y orientación familiar.
- Terapia Ocupacional, con realización de actividades en las áreas: funcional, cognitiva, motora, emocional y de participación comunitaria.
- Atención social, que incluye:
▪ Animación sociocultural,
▪ Atención social individual, grupal y comunitaria,
▪ Atención social a la familia.
• Servicios de Peluquería
• Servicio de Podología
3.1.2. Servicios Centro De Día de personas mayores en situación de dependencia (PMD)
Nº de plazas: 20.
Se denomina Centro de Día para PMD a todo establecimiento que ofrezca un programa de atención diurna especializado a personas que precisan ayuda para la realización de las actividades básicas y/o actividades instrumentales de la vida diaria.
Podrán ser usuarios/as las personas mayores con problemas de dependencia que presenten enfermedades crónicas, pluripatología, con limitación de su autonomía y que requieran una atención
sociosanitaria especializada, supervisión médica, cuidados de enfermería o rehabilitación, que no se puedan prestar adecuadamente en el domicilio. Quedan excluidos enfermos mentales, discapacitados psíquicos y personas dependientes que requieran cuidados sanitarios continuados y aquellas que tengan trastornos de la conducta que perturben gravemente la convivencia.
Los servicios que se prestarán en el Centro de Día serán:
• Acogimiento: El centro de día ofrecerá el servicio de acogida diurna y de asistencia en las actividades de la vida diaria, debiendo ofrecer sus servicios con carácter mínimo los días laborales de lunes a viernes.
• Restauración: La restauración deberá asegurar el cumplimiento de una correcta nutrición de los usuarios. Ésta se someterá a criterios dietéticos, atendiendo las necesidades en cuanto a cantidad, calidad y variedad, y contemplará la elaboración de dietas especiales para aquellas patologías que así lo requieran, teniendo en cuenta los hábitos y costumbres de los usuarios. Deberá ofrecerse como mínimo desayuno, comida y merienda
• Higiene personal: incluye la higiene y el baño o ducha, así como el cuidado estético y de la imagen de las personas usuarias.
• Atención social, este servicio incluye la atención social individual, familiar, grupal y comunitaria , y la animación sociocultural.
• Atención médica, dirigida al seguimiento de patologías crónicas, diagnóstico de procesos agudos y detección y prevención de grandes síndromes geriátricos.
• Atención psicológica, dirigida a preservar y mantener la función cognitiva de los usuarios y al tratamiento de alteraciones psicológicas que incidan en afectividad, conducta y/o estado cognitivo.
• Atención de enfermería, dirigida a la prestación de los cuidados de enfermería, tales como como preparación y administración de medicamentos, curas, control de glucemias y constantes, sondajes y otros.
• Asistencia farmacéutica, según las directrices establecidas dentro del programa de atención farmacéutica de la Generalitat Valenciana.
• Actividades de terapia ocupacional, cuyo objetivo es la prevención del deterioro y el mantenimiento de las aptitudes de los usuarios.
• Actividades de rehabilitación, incluye la rehabilitación preventiva, de mantenimiento y terapéutica.
• Actividades de prevención y promoción de la salud.
• Transporte adaptado: este servicio consiste en el traslado de los usuarios desde el domicilio al centro y/o viceversa. El centro deberá disponer, directamente o a través de terceros, de los vehículos necesarios para la prestación del servicio, convenientemente adaptados para su utilización por personas en xxxxxx xx xxxxxx.
- Este servicio podrá ser subcontratado con terceros. En el caso de que se produzca la subcontratación del transporte, el adjudicatario deberá aportar copia del contrato que mantenga a tal efecto, no siendo preciso disponer en la plantilla del centro de la figura profesional de conductor con jornada laboral semanal establecida en el presente pliego. Si el servicio es desarrollado directamente por el adjudicatario, la plantilla de personal que ha de disponer el centro deberá contar con la figura profesional de un conductor con una jornada laboral semanal establecida en el presente pliego, y acreditar los medios técnicos a emplear para la prestación del servicio de transporte.
- En cualquier caso, los vehículos empleados para el transporte deberán contar con los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de personas, haber superado las inspecciones técnicas pertinentes, contar con los seguros reglamentarios y con una póliza de seguro de ocupantes para tantas plazas como usuarios a transportar.
- Asimismo, existirá una planificación de rutas con tiempos y usuarios, así como un registro de incidencias habidas y las observaciones que se estimen oportunas en relación con el servicio prestado. Las rutas se diseñarán de manera que los usuarios pasen el menor tiempo posible en las mismas y permitan su presencia en el centro de día desde el inicio de la actividad diaria hasta su finalización (al menos desde las 9 hasta las 19 h).
3.1.3. Servicio Residencial para personas con diversidad funcional física (RPDFF)
Nº de plazas de RPDFF: 26
Se entiende por servicio residencial el alojamiento estable temporal o permanente para personas con diversidad funcional física con necesidades de apoyo de diferente intensidad que carecen de oportunidades adecuadas para vivir en su domicilio propio o en el domicilio familiar.
El servicio de alojamiento garantiza la prestación de los apoyos suficientes para satisfacer las necesidades básicas de la vida diaria, de desarrollo personal, autogestión e inclusión comunitaria, mediante proyectos de vida individualizados de enfoque ecológico elaborados con las propias personas.
Este servicio funciona las 24 horas del día durante los 365 días del año y tiene como objetivos:
• Ofrecer alojamiento estable y flexible a personas con diversidad funcional física/orgánica, que facilite un espacio de convivencia y propicie el desarrollo de las relaciones personales, garantizando sus derechos y el respeto a sus valores.
• Garantizar una atención básica para el desarrollo de las actividades de la vida diaria y facilitar el mantenimiento de la autonomía de la persona con diversidad funcional física.
• Prestar el apoyo especializado necesario para que puedan vivir en un entorno inclusivo y que puedan desarrollar su proyecto vital, interaccionando con el entorno y utilizando los servicios comunitarios de los que precise.
La residencia ofrecerá una atención integral a cada persona usuaria, 24 horas al día a lo largo de todo el año, incluyendo las siguientes prestaciones:
• Servicios generales:
o Alojamiento
o Limpieza
o Administración
o Seguros
o Comedor
o Transporte
o Suministros
o Mantenimiento
o Prevención laboral
o Otros
• Servicios de Atención integral básica enfocada al proyecto de vida:
o Valoración y Atención bio-psico-social individualizada
o Área Autonomía y funcionalidad:
▪ Apoyo a la Vida Independiente
▪ Apoyo o supervisión para las actividades básicas de la vida diaria, tanto de autocuidado como domésticas y comunitarias
o Área Interdisciplinar socio-sanitaria
o Área de Integración Comunitaria
o Área de Ocio y Tiempo Libre
o Atención a la familia
o Programa de Respiro: Acompañamiento preventivo o de urgencia en procesos de cambio/reajuste personal (incorporación a la vida residencial, transición entre etapas de ciclo vital, afrontamiento de crisis psico-emocional, de salud, resolución de conflictos convivenciales o sociofamiliares, etc.)
o Otros servicios: Musicoterapia, sexología...
3.2. PROGRAMAS, PROTOCOLOS Y REGISTROS DE LOS SERVICIOS
3.2.1. Programas para los servicios residenciales y de estancias diurnas
Deberán tener establecido un programa anual de atención, tanto para usuarios de servicio residencial como de Centro de Día, de las siguientes actividades:
- Actividades de rehabilitación funcional y cognitiva.
- Actividades de terapia ocupacional.
- Animación sociocultural.
- Actividades de relación con la familia y con la comunidad.
En cada uno de los programas se contemplarán los objetivos, tipología de los usuarios a quien se dirigen, actividades, profesionales responsables, recursos necesarios, calendario, listado de usuarios programados y sistema de evaluación del programa.
3.2.2. Protocolos
3.2.2.1 Protocolos en Servicios Residenciales. Al menos los siguientes:
a) Atención al ingreso. Deberá estar definido un sistema de información al ingreso y cada usuario dispondrá de un profesional de referencia.
b) Acogida e integración de los residente al centro. Deberá existir un protocolo de acogida e integración de los residentes al centro que incluirá la recepción, presentación, visita al centro, ubicación en habitación y comedor, información y orientación en las horas
inmediatas a su llegada, asignación del personal a la llegada y evaluación del grado de adaptación al centro.
c) Valoración integral. Deberá realizarse de forma periódica la valoración del residente y se elaborará un plan de atención personalizado interdisciplinar. La valoración se realizará al menos semestralmente, y ante cambios en la evolución.
d) Higiene personal, aseo y baños. Este protocolo contendrá los procedimientos utilizados para la higiene personal en función del sexo, de la dependencia y de las patologías asociadas.
e) Nutrición. Deberá existir un sistema de dietas adecuado a las necesidades de las personas usuarias, según lo indicado en el Manual de planificación de menús en centros sociosanitarios, así como un sistema de análisis de peligros y puntos de control críticos (APPCC) encaminado a garantizar la salubridad de los alimentos (criterios de autocontrol para establecimientos de comidas preparadas).
f) Medicación. Se establecerán procedimientos de obtención, almacenamiento, conservación, preparación de los medicamentos para su administración individual y control de la administración.
g) Prevención de riesgos e intervención: movilización, úlceras de decúbitos, incontinencia y caídas. Deberá existir un protocolo de prevención de riesgos que incluya la detección de la población de riesgo, las medidas preventivas y las de intervención.
h) Gestión de la información, confidencialidad e intimidad. Se elaborarán las normas ético- profesionales y de gestión de la información de atención al residente.
i) Utilización de medidas de sujeción. El centro velará por garantizar una atención libre de sujeciones. A las personas usuarias solamente les podrán ser aplicadas medidas de sujeción, por prescripción facultativa motivada y expresa, con indicación de las horas que ha de llevarse a efecto, el tipo de sujeción y duración del tratamiento. Habrá de concurrir el consentimiento expreso y por escrito de la persona afectada, o su representante legal, en su caso, e informándose de ello a la familia. El medio utilizado para la sujeción deberá contar con la correspondiente homologación. Caso de que la persona usuaria o su representante legal no preste su consentimiento, el centro podrá exigir que dicho rechazo conste por escrito.
j) Traslado y acompañamiento a un centro asistencial. Se deberán definir en este protocolo las acciones a llevar a cabo según el tipo de traslado, información al residente y a la familia, tipo de informe para el centro receptor, sistema de acompañamiento y sistema de registro.
k) Gestión de sugerencias y reclamaciones. Incluirá la recepción, seguimiento y resolución de quejas y sugerencias.
l) Acompañamiento y atención durante el proceso de óbito. Este protocolo recogerá la información relacionada con la orientación, el acompañamiento, apoyo y cuidado que se debe realizar con la persona, la familia y los demás residentes.
3.2.2.2. Protocolos en Servicio Centro de Día. Al menos los siguientes:
a) Acogida y adaptación al centro. Contenido: recepción, presentación, visita al centro, información y orientación en la llegada.
b) Higiene personal, aseo y técnicas. Contenido: procedimientos utilizados para la higiene personal en función del sexo, dependencia y patologías asociadas.
c) Caídas. Contenido: detección de población de riesgo, medidas preventivas y de intervención ante una caída.
d) Medicación: Se establecerán procedimientos de obtención, almacenamiento, conservación, preparación de los medicamentos para su administración individual y control de la administración.
e) Incontinencia. Contenido: medidas de prevención higiénico-terapéuticas, tratamiento, pautas de utilización de pañales, colectores, etc, y prevención de riesgos.
f) Emergencia sanitaria. Contenido: actuaciones ante una situación de emergencia sanitaria.
3.2.3. Registros
3.2.3.1 Registros en Servicios Residenciales. Al menos los siguientes:
- De residentes que necesitan ser movilizados.
- De residentes que precisan una valoración periódica del riesgo de úlceras por presión, con escalas validadas.
- De valoración del estado nutricional.
- De caídas de residentes con indicación del nombre, fecha y hora, lugar, factores de riesgo, circunstancias y consecuencias de la caída.
- De la participación y asistencia de los residentes a los programas y actividades que se desarrollen en el centro.
- De actividades programadas y en curso.
- De residentes con incontinencia de esfínteres y medidas adoptadas para su adecuada atención.
- De residentes con medidas de sujeción; tipos de sujeción, prescripción facultativa, duración, conformidad del residente o en su caso de su representante legal, y pautas de movilización.
- Registro de tratamientos en curso de cada residente.
3.2.3.2. Registros en Servicio Centro de Día. Al menos los siguientes:
- De caídas con indicación de la persona, fecha y hora, lugar, factores de riesgo, circunstancias y consecuencias de la caída.
- De personas usuarias con incontinencia de esfínteres y medida adoptada para su adecuada atención.
- Registro de medicación administrada a las personas usuarias.
- Registro de UPP/heridas, constantes (TA, Ec., Tª, SATO2, Diuresis, Glucemia), nutricional, pruebas complementarias (analíticas), vacunas.
- De actividades programadas y en curso.
- De la participación y asistencia de los usuarios en los programas y actividades que se desarrollen en el centro.
- De usuarios con medidas de sujeción: tipos de sujeción, prescripción facultativa, duración, conformidad del usuario o en su caso de su representante legal.
Al objeto de facilitar la comunicación entre la familia y el centro de día, se dispondrá de una agenda para cada usuario, en la que se anotarán, si procede, aquellas circunstancias acaecidas en el día/noche/fin de semana, o comunicaciones específicas y necesarias para una adecuada prestación del servicio.
3.3 DOCUMENTACIÓN
La Dirección del Centro dispondrá de toda la documentación exigible en los términos expuestos en la normativa aplicable, tanto la referida a las personas usuarias como la de los propios centros (Centro de Día y ambas Residencias). El centro dispondrá como mínimo de la siguiente documentación:
a) Libro de Registro de personas usuarias, permanentemente actualizado en el que se harán constar incidencias que se produzcan. Las citadas incidencias, referidas a altas y bajas, deberán ser comunicadas a los Servicios Sociales Municipales en el momento que se produzcan. De manera genérica en tanto que programas, protocolos y registro se actuará conforme a lo establecido en la normativa aplicable en vigor en relación a los registros mínimos que deberá contar el centro.
b) Expediente de los usuarios/as. El centro deberá disponer de un expediente de cada una de las personas usuarias, donde figuran las datos personales, familiares, historia médica, seguro de defunción, inventario de bienes que la persona lleve con ella en el momento del ingreso y toda la información que se considere básica para poderla atender adecuada y correctamente.
c) Historia sociosanitaria donde se contemplen los contenidos exigidos en el artículo 43 del Decreto 91/2002 referidos al informe médico de cada persona usuaria, el cual se actualizará semestralmente. Deberá contener como mínimo:
- Datos identificativos.
- Informe médico, constituido al menos por anamnesis, alergias, diagnóstico y tratamiento.
- Valoración sociosanitaria al ingreso y posteriores.
- Nivel de dependencia en función de escalas validadas de valoración funcional y cognitiva.
- Valoración nutricional completa según los protocolos establecidos.
- Informe social.
- Plan de atención individualizado, elaborado por el equipo interdisciplinar que establezca los diferentes niveles de intervención médica, de enfermería, de rehabilitación funcional, cognitiva y ocupacional. El plan de atención individualizado se actualizará al menos semestralmente o ante cambios en la evolución de la persona usuaria y en él se incluirán los objetivos de atención en los siguientes niveles:
- Mantenimiento y desarrollo de actividades de la vida diaria.
- Dieta prescrita.
- Cuidados básicos de la persona: higiene, cambio pañal, alimentación, movilizaciones.
- Programación de actividades de intervención de enfermería, de rehabilitación y ocupacionales.
- Hojas de evolución de los diferentes profesionales.
- Hoja de prescripción médica.
- Registro de control de administración de la medicación.
d) Contrato asistencial Se suscribirá un contrato asistencial con la persona usuaria del servicio, tutor o representante en su caso, en los términos establecidos en la Orden 0 xx xxxxxxx xx 0000, Xxxxx 0.
e) La empresa adjudicataria de la gestión integral se compromete a guardar reserva y debida confidencialidad sobre los datos personales de las personas usuarias contenidos en los expedientes y usarlos sólo para su debida atención. Podrá ser objeto de sanción e incluso rescisión del contrato el uso indebido de estas datos.
f) Sistema de información al ingreso, dispondrá de un folleto informativo que se entregará al usuario y sus familias.
g) Reglamento de Régimen Interior, deberá regular como mínimo los aspectos contenidos en el artículo 43.2.c del Decreto 91/2002 y normativa que lo desarrolle o sustituya.
h) Hojas de reclamaciones.
i) Tablón de Anuncios, se encontrará en lugar visible y concurrido, con actualizaciones periódicas que contendrá como mínimo la siguiente información: reglamento de régimen interior, organigrama del establecimiento, cartera de servicios básicos y opcionales con horarios, programación de actividades, menú semanal, horario de información a familiares, instrucciones para casos de emergencia para personal y residentes e información sobre sistemas de reclamaciones.
j) Planning de turnos de la plantilla del centro.
k) Plan de Emergencia y evacuación.
l) Póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra a las personas usuarias al menos de los riesgos derivados de la explotación de la actividad y de los siniestros del edificio.
Esta documentación estará sujeta a las directrices que sobre unificación de documentos en centros residenciales se emitan desde la Generalitat Valenciana, así como a los programas o aplicaciones informáticas que a tal efecto puedan desarrollarse por la misma.
4. -PLANTILLA DEL CENTRO
Los perfiles profesionales de la plantilla mínima que deberá contratar la empresa adjudicataria para la adecuada prestación en la gestión del servicio de Centro de Día de personas mayores (20 plazas), Residencia de personas mayores (46 plazas) y Residencia de personas con discapacidad física (26) será la siguiente:
FIGURA PROFESIONAL |
DIRECCIÓN |
MÉDICO/A |
DUE |
SUP. SOCIO ASISTENCIAL |
PSICÓLOGO/A |
FISIOTERAPEUTA |
TERAPEUTA OCUPACIONAL |
LOGOPEDA |
TASOC |
TRABAJADOR SOCIAL |
AUX. ENFERMERÍA / CUIDADOR/A |
COORDINADOR/A SERVICIOS GENERALES |
COCINERO/A |
AUX. SERVICIOS (LIMPIEZA, LAVANDERÍA, ..) |
AUX. MANTENIMIENTO |
CONDUCTOR/A |
SUBALTERNO/A - RECEPCIÓN |
La adjudicataria deberá proponer el catálogo de puestos de personal de los centros que deberá contar con al menos los perfiles antes mencionados, el número de personas previstas por cada uno de los puestos y las jornadas semanales de cada una de las figuras profesionales, para cada uno de los centros (centro de día, residencia de personas mayores y residencia de personas con discapacidad física)
Las ratios de personal deberán cumplir al menos lo establecido por la normativa estatal y autonómica. Las empresas licitadoras deberán especificar de forma explícita en su propuesta, por cada uno de los tres recursos (centro de día, residencia de personas mayores y residencia de personas con discapacidad física):
- las ratios de cuidadores o auxiliares,
- las ratios del personal de atención directa y
- las ratios de personal total.
El no cumplimiento de este requisito podrá ser motivo de desistimiento de la propuesta presentada.
La empresa garantizará en todo momento la cualificación profesional de las personas que realicen la prestación de los servicios, favoreciendo su formación profesional y reciclaje continuado, tanto en aspectos geriátricos como en los relacionados con la diversidad funcional física.
El Ayuntamiento velará por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la adjudicataria respecto a la selección y contratación del personal.
La empresa adoptará las medidas necesarias de prevención de riesgos laborales, atendiendo a las características del servicio a prestar.
La dirección del centro deberá de:
- Velar por el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- Elaborar la memoria anual para el Ayuntamiento y la Generalitat Valenciana, en la que se evaluará con criterios objetivos el nivel de calidad de los servicios y el grado de satisfacción de los usuarios.
- Informar al Ayuntamiento y a la Generalitat Valenciana de cuantos asuntos conciernan al adecuado funcionamiento de los centros.
- Garantizar una atención integral de calidad para todas las personas usuarias.
- Promover la formación continuada y el reciclaje de todo el personal que presta los servicios en el centro facilitando el acceso a la formación.
- Garantizar el cumplimiento del contrato, del reglamento de régimen interior, las obligaciones de los usuarios, la libre voluntad de permanencia en el centro y el respeto a los derechos de las personas usuarias.
- Dar traslado al Ayuntamiento de las quejas que presenten por escrito las personas usuarias o sus familias.
- Garantizar la fiabilidad de los datos que solicite el Ayuntamiento y la Generali tat Valenciana.
- Cualquier otra función específica que le sea propia en virtud del puesto, según la normativa laboral en vigor.
El Centro deberá tener en todo momento una persona que asuma la responsabilidad, ante cualquier incidencia que se produzca. Por ello, en ausencia de la Dirección, la empresa deberá siempre determinar la persona que asume la responsabilidad del Centro.
Las condiciones específicas de personal, en cuanto a responsabilidades laborales y profesionales, así como por lo que respecta a funciones y tareas a ejercer, se interpretarán de acuerdo con los requisitos establecidos en el vigente convenio colectivo laboral para las empresas que tengan adjudicada mediante contrato con alguna Administración Pública, la gestión de residencias de tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal y centros de día de titularidad pública y gestión privada en la Comunitat Valenciana. La empresa adjudicataria velará por el estricto cumplimiento del convenio.
La empresa adjudicataria desarrollará su actividad asistencial siguiendo las orientaciones y objetivos de calidad contenidos en el Plan de Mejora Asistencial de la Comunidad Valenciana o, en su caso, de acuerdo con los sistemas y actuaciones que determine a este respeto la Generalitat Valenciana.
Con el fin de dotar en el centro de la máxima consistencia y regularidad en su funcionamiento, los cambios de personal adscrito a este deberán estar debidamente justificados, con la expresa obligación de la empresa adjudicataria de comunicarlo por escrito en el Ayuntamiento en un plazo de 20 días de antelación, cuando fuera posible.
La organización de los turnos de personal se realizará de tal modo que en todo momento se asegure el cuidado de las personas usuarias y el correcto funcionamiento del centro, con cobertura de personal suficiente que durante el horario nocturno será como mínimo de 3 auxiliares de enfermería y 1 ayudante de residencia/ subalterno, y mantenerse durante los días festivos la misma plantilla que el resto de los días para las categorías de ATS/DUE, auxiliares de enfermería, auxiliar de servicios, cocineros y subalternos.
El horario de trabajo de los profesionales sociosanitarios de atención directa, deberá establecerse de manera que posibilite la mejor atención de los usuarios, y respete los horarios de aseo, comidas y descanso de los mismos. A tal efecto, la adjudicataria deberá presentar en la Ayuntamiento, dentro de los diez primeros días de prestación del servicio, propuesta de horarios y jornada de prestación de dichas figuras profesionales. Cualquier modificación de los horarios y jornadas aprobados para dichas figuras deberá informarse de forma justificada al Ayuntamiento.
Las sustituciones por vacaciones se realizarán para todos los trabajadores.
Las bajas laborales del personal deberán ser cubiertas inmediatamente y justificadas en los casos siguientes:
a) para categorías de Auxiliar de Enfermería, Cocinero/a y DUE: siempre.
b) para las restantes categorías: en cualquier caso deberán sustituirse como máximo a los cinco días de ausencia del titular del puesto.
Todo el personal deberá contar con la titulación adecuada al puesto de trabajo a desempeñar. Asimismo, deberá disponer del carnet de manipulador de alimentos o del certificado individual de acreditación de haber recibido la formación correspondiente, según la normativa vigente, aquel personal que de acuerdo con dicha normativa deba estar en disposición del mismo.
5.- PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
La adjudicataria deberá aportar un plan de puesta en funcionamiento de los tres centros (centro de día, residencia de personas mayores y residencia de personas con discapacidad física) teniendo en consideración lo estipulado en el pliego de cláusulas administrativas.
6.- EVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL
La adjudicataria desarrollará su actividad asistencial siguiendo las orientaciones y objetivos de calidad contenidos en la normativa de autorización y acreditación de centros o, en su caso, de acuerdo con los principios del Sistema Básico de Calidad impulsado por la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de otras actuaciones complementarias en materia de calidad que se puedan realizar.
La adjudicataria remitirá al Ayuntamiento las evaluaciones interna y externa de calidad de los centros que realice, destacando los planes de mejora desarrollados.
7. RESTAURACIÓN
Los menús y dietas se ajustarán a las necesidades y prescripciones establecidas por el equipo médico sanitario, y seguirán las recomendaciones de nutrición, variedad y sabor agradable. Atendiendo al perfil de los residentes y a su tradición con respecto al tipo de comer, se recomienda la elaboración de menús caseros, elaborados con productos naturales, evitando, en la medida en que sea posible, la utilización de alimentos precocinados. Se garantizará la correcta nutrición de las personas usuarias y estará a lo dispuesto por la Generalitat Valenciana en cuanto a atención nutricional en centros sociosanitarios.
En el caso de acontecimientos y festividades de carácter extraordinario, la empresa adjudicataria tendrá en especial consideración la celebración de estos con el fin de elaboración de menús especiales y con vinculación a las tradiciones y costumbres de nuestra comunidad. Atendiendo a estos criterios, el diseño de las dietas deberá cumplir los siguientes objetivos: ser completa y equilibrada, tener presentación atractiva, ser variada y adoptarse a las necesidades de las personas usuarias, estar convenientemente realizada y condimentada, estar adaptada a la gastronomía local y época del año. Los criterios para la indicación de una dieta a cada residente serán establecidos por el
personal médico, después de la valoración oportuna, con previsión de dietas especiales para varias patologías y/o pruebas diagnósticas.
Se considerarán como mínimo los siguientes aspectos:
7.1. Diseño de las dietas
Deberá cumplir los siguientes objetivos:
• Ser completa y equilibrada
• Tener una presentación atractiva
• Ser variada adaptándose a las necesidades y preferencias de las personas usuarias
• Disponer de diferentes tipos de dietas adaptadas a las condiciones de salud de las personas usuarias. Los criterios para la indicación de una de las dietas a cada residente serán establecidos por el médico, tras la valoración oportuna.
• Estar convenientemente realizada y condimentada
• Estar adaptada a la gastronomía local y a la época del año
La empresa adjudicataria elaborará las propuestas de los menús con 15 días de antelación; los menús abarcarán un periodo mínimo de 15 días con al menos 2 opciones para cada uno de los platos como mínimo de la comida.
Se incluirán los menús para las fiestas señaladas y culturalmente aceptadas (fiesta aniversario Residencia, Xxxxxx, Navidad…). En total se elaborarán y servirán 12 menús especiales para todo el año, consensuadas en todos los casos con el departamento médico.
Los menús detallados de forma clara y sencilla serán expuestos en diversos lugares de la residencia de forma semanal.
7.2. Adquisiciones y conservación de mercancías
El adjudicatario garantizará:
• Stocks suficientes
• Rotación adecuada de los stocks
• Verificación de que los proveedores están acreditados y cumplen la normativa vigente, responsabilizándose la empresa adjudicataria de las alteraciones de los productos en todo momento.
7.3. Calidad de las materias primas
Todas las materias primas y los productos servidos por la empresa adjudicataria tendrán que estar sujetos a la normativa legal y en particular al Código Alimentario Español.
Los proveedores de las materias primas y los productos han de estar acreditados y sujetos a la normativa vigente, responsabilizándose la empresa adjudicataria de las posibles alteraciones de los productos en todo momento. El almacenamiento de las materias primas y su conservación se efectuará cumpliendo la normativa vigente.
El licitador deberá presentar una memoria en la que indique la descripción de cada materia prima, su calidad, tipo de envase, unidad de medida, marca o marcas, así como todos aquellos requisitos que establezca el ordenamiento jurídico vigente, en especial el Código Alimentario Español y la normativa complementaria; además deberá garantizarse un adecuado nivel cualitativo tanto en la selección y conservación de los víveres y productos complementarios, como en su manipulación, características organolépticas y temperatura. En cualquier caso, los víveres serán de calidad extra o primera.
Asimismo, la empresa adjudicataria será responsable de la formación de todo el personal manipulador de alimentos según lo establecido en el R.D. 109/2010, de 5 de febrero.
Los productos envasados deberán cumplir lo dispuesto en la normativa general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios para el control del contenido efectivo de los productos alimentarios envasados.
8.- OBLIGACIONES GENERALES DE LA ADJUDICATARIA.
La empresa adjudicataria está obligada a:
• Organizar y gestionar el servicio objeto del contrato de conformidad con lo establecido en el presente pliego y siguiendo las indicaciones y directrices del Ayuntamiento.
• Recepción y vigilancia del Centro, tanto de sus dependencias como exteriores y accesos durante las 24 horas del día, todos los días del año. El centro deberá estar permanentemente bajo la custodia de la empresa adjudicataria, y no se podrá dejar el centro sin vigilancia, bajo ningún concepto ni en ningún momento.
• Limpieza del centro y sus dependencias, incluyendo mantenimiento y atención de todas las zonas del centro.
• Mantenimiento y conservación tanto del inmueble como de los bienes muebles, así como de la totalidad de su equipamiento, incluido el fungible, que conforman en sus partes la totalidad del centro.
• Pago y control de todos los consumibles necesarios para el correcto funcionamiento del Centro (energía eléctrica, teléfono, agua, gasóleo, y/o gas, productos alimenticios, productos de limpieza, etc…), así como todos aquellos que conforman la totalidad suficiente para una correcta gestión integral del centro.
• Actividades de gestión y administración, así como control, ejecución y facturación del precio público de los residentes, en su caso.
• Velar por el estricto cumplimiento de la normativa y ordenanzas municipales vigentes, así como de la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas, y que afectan el buen funcionamiento del centro.
• Cumplir las instrucciones del Ayuntamiento y de la Conselleria competente.
• Formación de todo el personal adscrito a la plantilla del centro y al servicio de la gestión integral.
• Desarrollo de estrategias y prácticas relacionadas con criterios de aplicación de calidad para la mejora continua del servicio y de la gestión y garantizar un sistema permanente de supervisión y evaluación de la eficacia y eficiencia.
• En todo caso, habrá que ajustarse a lo dispuesto en la normativa de aplicación en cuanto a cartera de servicios obligatorios que se deberán prestar.
• Cumplir las normas de identificación visual del Ayuntamiento en las estancias del edificio, comunicaciones a usuarios y familiares en las actividades y relaciones con la comunidad.
• Guardar reserva y la debida confidencialidad de los datos personales contenidos en los expedientes de los usuarios pudiendo ser el incumplimiento comprobado de esta reserva objeto de sanción, con estricto cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Prestar apoyo administrativo para la recogida de la documentación solicitada por la Administración a aquellos usuarios que no pudiesen realizarlo por sí mismos.
• Asegurar la participación democrática de los usuarios, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 47, aptdo c) de la Ley 5/97 de Servicios Sociales y en normativa que la desarrolle o sustituya en su caso.
• Garantizar los servicios mínimos establecidos en caso de huelga o situaciones análogas.
• Aportar la información epidemiológica, sociosanitaria y económica con las especificaciones y en los términos que se establezca por la Administración.
• Facilitar en todo momento las actuaciones de Inspección de la Generalitat Valenciana.
• Colaborar en las actuaciones o programas que en materia de calidad asistencial o mejoras de prestaciones se desarrollen directamente por parte del Ayuntamiento.
• Presentar anualmente al Ayuntamiento una memoria de actividades, conforme a las instrucciones específicas que para la misma emita la Generalitat Valenciana.
• Coordinación y colaboración con el Ayuntamiento para todos aquellos aspectos que se requieran.
En las actividades informativas y divulgativas que desarrolle la empresa adjudicataria sobre el Centro de Día y las Residencias, siempre se hará constar la dependencia y titularidad municipal de esta, siguiendo las pautas marcadas por el Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria se compromete a no utilizar el nombre del Ayuntamiento de Quart xx Xxxxxx en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, o cualquier otra que pueda tener con personas a su servicio, siendo la empresa concertada la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase.
En la admisión, bajas, traslados, vacaciones, incapacidades, derechos y deberes de las personas usuarias, la empresa adjudicataria estará bajo lo que se ha dispuesto por el Ayuntamiento y la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas y, en general, en el régimen de atención a los usuarios, a través de los cuales se podrán emanar instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por la adjudicataria siempre que sea por escrito.
Se garantizará la adecuada atención de los residentes proporcionándoles un lugar digno y confortable de residencia, una alimentación y sistema nutritivo adecuado y el resto de servicios de asistencia general.
Se garantizará la participación de los usuarios en las actividades y funcionamiento del centro. A este efecto, se estará a lo dispuesto por la normativa autonómica en lo que respecta a participación y representación.
El Centro dispondrá de una programación anual de actividades tanto de los aspectos lúdicos como en acciones terapéuticas, ocupacionales y preventivas, rehabilitadoras, animación sociocultural y de relación con el entorno. Se presentará trimestralmente una memoria de actividades y de la gestión de los servicios bajo la supervisión de los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
La Dirección de la Centro deberá aportar toda la información y documentación se le requiera desde los Servicios Sociales Municipales con el fin de cumplimentar expedientes y procedimientos administrativos relacionados con el centro.
9.- MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO, INSTALACIONES Y BIENES MUEBLES DEL CENTRO
La empresa adjudicataria deberá garantizar el mantenimiento del edificio, sus instalaciones y bienes muebles, de conformidad con lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas.
10.- PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
La empresa adjudicataria deberá elaborar un Plan de Autoprotección desde el inicio de la puesta en funcionamiento del centro, debiendo proceder a la implantación del mismo de forma inmediata, a través de la formación y capacitación del personal en emergencias y evacuación, información en materia de prevención al personal empleado y mediante planos al resto de usuarios, provisión de los medios y recursos para su aplicación conforme las necesidades del centro y la estructura organizativa que este establezca, en su caso, para la gestión del mismo y a lo dispuesto en la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil que establece la obligatoriedad de que las actividades posean un Plan de Evacuación, dotado con sus propios recursos y que exista una señalización clara que permita la evacuación con garantías de las personas, Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y toda la reglamentación y legislación que se deriva de ellas y vigentes en la actualidad.
Asimismo, se emitirán las correspondientes certificaciones que justifiquen la implantación del Plan de Autoprotección y se llevará a cabo el mantenimiento de su eficacia, programando las actividades formativas periódicas, teóricas y prácticas, que determine el Plan y la legislación vigente así como la realización de simulacros de evacuación correspondientes y la comunicación a este Ayuntamiento de las fechas previstas para la realización de lo anteriormente mencionado.
Quart xx Xxxxxx, 11 de julio de 2016
Fdo.- Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Coorcdinador de Servicios Sociales