CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL Y LA CÁMARA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL Y LA CÁMARA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
(Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria realizada el 24 de enero del 2019, mediante acuerdo 4-2-2019, según Artículo 4)
Entre nosotros UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL, en adelante la UTN, cédula de persona jurídica No. tres-cero cero siete- cinco cinco seis cero ocho cinco, representada en adelante por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, mayor, casado, vecino de Alajuela Centro, portador de la cédula dos- doscientos ochenta y tres – doscientos ochenta y ocho en su calidad de Rector, nombrado por acuerdo número dos, del acta extraordinaria treinta y nueve, dos mil dieciséis, en sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Electoral Universitario de la Universidad Técnica Nacional, el veintidós xx xxxxx del año dos mil
dieciséis; y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx mayor, costarricense, vecino del cantón de San Xxxx, cédula número 0-0000-0000, en calidad de Presidente de la Cámara de Tecnologías de la Información y la Comunicación, en adelante CAMTIC, cédula jurídica número 0-000-000000., en su condición de apoderado Generalísimo sin limitación de suma; suscribimos el presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:
CONSIDERANDO QUE:
1° La Ley Nº 8638 de creación de la Universidad Técnica Nacional establece en su ARTÍCULO Nº 2: “La Universidad Técnica Nacional, es una institución de educación superior universitaria que goza de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones…”
2° La UTN es una institución pública de educación superior cuyas actividades sustantivas consisten, según el ARTÍCULO Nº5, en el inciso a) “Desarrollar programas académicos de docencia, investigación y la extensión en todos los campos, de manera que, su ámbito de acción incluye la vinculación con los diferentes sectores que conforman la economía nacional y de manera particular la economía regional con la finalidad de impulsar el desarrollo económico y social del país y de sus diversas regiones.”
3° Que la UTN sobre la base del interés público y en ejercicio de las potestades legales que le son conferidas, pueden articular esfuerzos y concretar programas en el campo académicos y empresariales, con el fin de satisfacer las necesidades sociales de educación, formación, capacitación para el trabajo y asistencia técnica que expresan los trabajadores en general y las pequeñas empresas costarricenses en condiciones de pobreza, para lo cual tiene plena capacidad legal para suscribir los convenios de cooperación que se consideren oportunos.
4º Que CAMTIC es la organización líder del sector de tecnologías de la información y la comunicación, reconocida por sus acciones en beneficio del país.
5º Que son fines de CAMTIC procurar la mejora del entorno tecnológico y promover la competitividad de las empresas del sector.
6º Que, para ello, dentro de su marco estratégico, CAMTIC mantiene estrechas relaciones y hace concurrir sus esfuerzos con otros actores nacionales e internacionales en ámbitos afines al desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación.
7º Que CAMTIC reconoce la necesidad de establecer un marco de relaciones para encauzar de modo efectivo iniciativas concretas de cooperación.
8º Que CAMTIC reconoce la importancia y apoya la competitividad de las empresas del sector a través de un adecuado talento humano en cuanto a formación y competencias.
9º Que ambas instituciones, consideran deseable unir esfuerzos para potenciar sus líneas comunes de actuación, reforzando aún más la cooperación universidad-empresa, y están de acuerdo en establecer una colaboración, en el campo de la investigación, la transferencia de conocimientos, la
innovación y la acción social y otros ámbitos de acción, con el objetivo de potenciar el desarrollo económico y social del sector de tecnologías de la información y la comunicación a nivel nacional.
10° Que el artículo 2° inciso c, de la Ley de Contratación Administrativa, el cual establece como excepción del concurso público la actividad contractual celebrada entre entes de derecho público.
Por tanto, se acuerda celebrar el presente CONVENIO MARCO DE COOPERACION, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETIVO GENERAL
Establecer un marco de relación amplio para la cooperación interinstitucional en los ámbitos que sean de interés para ambas entidades y en las modalidades que correspondan, buscando efectividad, sinergia y beneficio mutuo de cara a las acciones y proyectos que se lleguen a implementar con fundamento en el presente convenio.
SEGUNDA: OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Realizar actividades de docencia, investigación, extensión, desarrollo tecnológico, transferencia de conocimiento, producción y gestión empresarial, capacitación y prestación de servicios, entre otros ámbitos de acción acordes con las necesidades y planes de trabajo estratégicos de cada una de las partes.
b) Establecer mecanismos e instrumentos de intercambio de experiencias de éxito, infraestructura, recurso humano, equipo e información en general y de otras formas de colaboración recíproca acordadas por ambas partes, con el fin de fortalecer y consolidar los programas, proyectos y actividades que se implementen al amparo de este convenio.
c) Desarrollar programas de capacitación y formación, asistencia técnica, asesoría, promoción y divulgación, innovación, pasantías de académicos, estudiantes y empresarios de ambas partes, de acuerdo con las áreas de interés común.
SEGUNDA: ÁREAS DE INTERÉS Y COOPERACIÓN MUTUA
Se han identificado como áreas generales de interés común para la cooperación las siguientes:
• Promoción xxx xxxxxxxx empresarial y emprendedor en la academia y en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación.
• Apoyo y promoción de iniciativas de interés empresarial y académico para ambas instituciones.
• Desarrollo conjunto de programas de educación dual.
• Colaboración en procesos de revisión, diseño y actualización de la oferta académica de la universidad.
• Participación conjunta en programas y proyectos de docencia, extensión universitaria y acción social, investigación y trasferencia tecnológica e innovación.
• Desarrollo conjunto de programas de capacitación técnica especializada y formación continua.
• Promoción y divulgación de información especializada en campos o áreas de interés mutuo.
• Programas de pasantías en dos vías: de profesores, investigadores y estudiantes en las industrias y empresas asociadas a la cámara y en los laboratorios, unidades de investigación u otras dependencias de la Universidad.
• Participación conjunta en los programas de prácticas profesionales supervisadas, trabajos finales de graduación, trabajo comunal universitario u otras modalidades que permitan a los estudiantes complementar sus conocimientos y experiencias y contribuir con el desarrollo socioeconómico a nivel nacional.
• Desarrollo conjunto de proyectos de innovación orientados a la atención de las necesidades de la academia y de las empresas del sector.
• Facilitar la coordinación con otras unidades académicas, unidades de producción, centros de investigación e institutos adscritos a la UTN y a CAMTIC, que por su naturaleza puedan apoyar el objetivo de este convenio.
• Búsqueda y gestión de recursos de cooperación para el financiamiento de proyectos de interés mutuo.
• Facilitar el uso de las instalaciones y otras áreas para la ejecución de las actividades que se realicen en el marco del presente convenio, de acuerdo con el marco normativa y reglamentaria vigente en la UTN y en CAMTIC.
• Intercambio de especialistas para el fortalecimiento de los proyectos que se deriven del presente convenio.
• Implementación de programas conjuntos de cooperación en las áreas de innovación, calidad, productividad y desarrollo de MIPYMES.
• Desarrollo conjunto de proyectos de gestión empresarial para el fortalecimiento de la academia y del sector industrial costarricense.
• Desarrollo conjunto de programas de promoción profesional, reducción de brechas de género y orientación vocacional para fortalecer el interés por las carreras relacionadas con tecnologías de la información y la comunicación.
• Promoción de proyectos en el área de investigación, desarrollo e innovación en tecnologías de la información y la comunicación.
• Participación en campañas de promoción para la empleabilidad de estudiantes y egresados en las empresas afiliadas a CAMTIC.
• Participación de representantes de CAMTIC en órganos de gestión universitaria cuando hacía lo prevea la normativa universitaria y de acuerdo con el procedimiento institucional que disponga la UTN.
Las partes acuerdan colaborar en todas aquellas actividades, no previstas en los puntos anteriores, siempre que sean de interés para ambas partes y para sus representadas.
Todas las acciones que se realicen en las distintas áreas de interés se harán de acuerdo con las capacidades de cada organización, dentro de un ámbito de proporcionalidad y razonabilidad.
TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1. Para la elaboración, ejecución y coordinación de los programas o proyectos específicos que se lleguen a desarrollar, ambas organizaciones deberán designar la contraparte responsable en cada caso particular.
2. La Rectoría de la UTN y la Dirección Ejecutiva de CAMTIC, designarán mediante comunicación escrita, el personal que estime conveniente para cumplir con las acciones y tareas que requiera la elaboración, coordinación y ejecución de los programas o proyectos a trabajar de manera conjunta.
3. Los funcionarios que a efecto designen las dependencias mencionadas, se reunirán por lo menos dos veces al año o con mayor frecuencia si se considera necesario. Las unidades responsables de los programas o proyectos, aprobarán o harán ajustes a la programación de actividades, darán seguimiento y evaluarán su respectiva ejecución en los tiempos establecidos.
4. Los gastos que origine la ejecución de los programas, proyectos o actividades que se deriven del presente convenio, serán financiados de común acuerdo, según lo estipulado en las cartas de entendimiento, convenios específicos o contratos de servicios que se elaboren al efecto y que suscriban las partes interesadas, con la indicación expresa del origen y destino de los aportes de cada organización.
CUARTA: ESTIMACIÓN DE CUANTÍA
Por la naturaleza del presente convenio, no se estima cuantía ya que se trabajará por medio de cartas de entendimiento o convenios específicos según el programa o proyecto a desarrollar.
QUINTA: IMPLEMENTACIÓN
El presente Xxxxxxxx será ejecutado por medio de cartas de entendimiento, convenios específicos o contratos de servicio. Tales instrumentos deberán especificar: actividades a realizar, sus alcances, lugar de ejecución, responsables, participantes, plazos, fuente de financiamiento, presupuestos, y
estimaciones económicas pertinentes. La aplicación de este convenio podrá ser invocada por medio de diferentes iniciativas de cooperación específica entre las unidades o centros docentes y de investigación de la UTN y CAMTIC o bien a partir de los programas o proyectos que ya se encuentren en ejecución en ambas organizaciones.
SEXTA: COORDINACIÓN
La coordinación del presente convenio por parte de la UTN estará a cargo del Director de la carrera Tecnologías de Información de la Sede Guanacaste y la Directora de la carrera Tecnología de la Imagen de la Sede Central.
La coordinación en CAMTIC estará a cargo de la Unidad de Proyectos y Cooperación, dirigida por el X.Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, o quien en su defecto se encontrará a cargo de esta Unidad.
SEPTIMA: SEGUIMIENTO E INFORMES
Para el adecuado seguimiento, se hará una valoración anual por ambas partes de forma individual. Los responsables de la coordinación de este convenio, realizarán un análisis anual y emitirán un informe escrito que será entregado a las autoridades que los suscriben, con copia a la Dirección de Cooperación Externa de la UTN y la Dirección Ejecutiva de CAMTIC.
OCTAVA: COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
Cualquier notificación, solicitud, informe u otra comunicación presentada por cualquiera de las partes bajo este convenio marco, se hará de forma escrita al siguiente domicilio
CAMTIC | UTN |
Dirección Ejecutiva Tel: 2283-2205 ext. 112 | Rectoría Tel. 0000-0000 Fax. 0000-0000 Apartado Postal: 1902-4050 |
Unidad de Proyectos y Cooperación Tel: 2283-2205 ext. 105 | Dirección de Cooperación Externa Tel. 0000-0000 Ext. 1102 |
NOVENA: MODIFICACIONES
El presente convenio no podrá ser modificado sin el acuerdo previo y por escrito de las partes.
DÉCIMA: PREVISIONES
Lo previsto o estipulado en el presente convenio, se regirá por las disposiciones legales vigentes en Xxxxx Rica según la materia.
DÉCIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Este instrumento es producto de la buena fe de las partes, en razón de lo cual los conflictos que llegaren a presentarse en cuanto a la interpretación y los alcances, serán resueltos conjuntamente por los coordinadores respectivos. De no haber acuerdo a ese nivel, el diferendo se someterá a las autoridades suscribientes quienes decidirán, en definitiva.
Si por alguna circunstancia, cualquiera de las partes firmantes se encontrara imposibilitado para cumplir con las obligaciones que se comprometió, la parte afectada prevendrá a la otra de sus obligaciones y responsabilidades, otorgando el plazo de un mes para que corrija lo que corresponda. En caso de persistir el diferendo, será resuelto conforme a la Ley 7727 (Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social), mediante un arbitraje en el Centro de Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio xx Xxxxx Rica.
DÉCIMA SEGUNDA: CONCLUSIÓN DE LOS PROYECTOS EN EJECUCIÓN
La terminación de lo dispuesto en este Convenio Xxxxx, ya sea por el advenimiento del plazo o por la resolución anticipada dispuesta por alguna de las partes, no afectará de manera alguna los proyectos que para ese momento se estén ejecutando, quedando las partes obligadas a realizar
todas las acciones que corresponden para que los proyectos puedan ser concluidos, salvo que las partes conjuntamente acuerden lo contrario.
DÉCIMA TERCERA: CONFIDENCIALIDAD
Las PARTES se comprometen a que por ninguna razón o causa, ni en forma directa ni indirecta, de palabra, por escrito, por medios electrónicos y por ninguna otra forma de comunicación, revelarán información confidencial a un tercero y no utilizarán ni permitirán que se utilice dicha información para un propósito distinto al que se indica a menos que cuente con la autorización previa y por escrito de la contraparte. La información confidencial incluirá toda la información revelada de conformidad con el presente acuerdo, por escrito, oral, visual y/o cualquier otra forma, siempre que haya sido expresamente clasificada como tal por cualquiera de las partes.
No se entenderá como una restricción para las partes de revelar información confidencial cuando la misma sea ordenada por la ley o una orden judicial o cualquier otra orden o solicitud gubernamental. Ninguna de las partes revelará la existencia de este acuerdo ni utilizará el nombre de la otra en ningún tipo de publicidad o anuncios sin la autorización previa y por escrito de la otra parte. De igual forma este acuerdo no compromete ninguna licencia ni interés en la propiedad intelectual de la otra parte y no crea ninguna relación jurídica de sociedad, agencia o representación entre las partes.
DÉCIMA QUINTA: PROPIEDAD INTELECTUAL
Toda eventual producción de obra estará protegida por las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la propiedad intelectual, y particularmente por lo que así se pacte en los convenios específicos.
DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA DEL CONVENIO
Este convenio tendrá una duración de cinco años a partir de su firma. Podrá ser prorrogado o darse por finalizado de común acuerdo por las partes cuando éstas lo estimen conveniente, con al menos noventa (90) días de antelación.
ESTANDO LAS PARTES DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN ESTE DOCUMENTO, EN SEÑAL DE CONFORMIDAD, LO FIRMAMOS EN TANTOS DE IGUAL TENOR, EN
A LOS DIAS DEL MES DE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Presidente Cámara de Tecnologías de la Información y la Comunicación | Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Rector Universidad Técnica Nacional |