Contrato
Contrato
BUSTO AND MOULE, SCP, (en adelante LA AGENCIA) tiene como actividades, entre otras, todas las relacionadas con el asesoramiento, gestión y dirección en el ámbito de cualquier tipo de producto audiovisual, incluso, la propia producción por cuenta propia; la intermediación de modelos, artistas, actores y figurantes; así como la intermediación, comercialización, gestión y administración de los derechos de imagen de aquellos, y especialmente, la prestación a terceros de servicios de selección y evaluación de Recursos Humanos.
La persona que se inscribe a través del formulario web, en adelante EL ARTISTA, esta intersado/a en facilitar y ceder a LA AGENCIA sus datos personales y derechos de imagen, a fin de que LA AGENCIA pueda ejercer de agente frente a terceros así como a divulgar dicha información a quienes pudieren estar interesados en contratar sus servicios profesionales como artista, público o figurante, quedando LA AGENCIA autorizada para utilizar dichos datos e imagen del artista, con fines comerciales concernientes a LA AGENCIA, incluida su página web y redes sociales, siendo estas meramente enunciativas a modo de ejemplo, por lo que ambas partes convienen la celebración del presente contrato que se regirá por las siguientes CLAUSULAS.
PRIMERA.- Por el presente contrato EL ARTISTA cede durante la vigencia del presente contrato a LA AGENCIA sus datos personales y derechos de imagen, así como pone a disposición de LA AGENCIA copia en formato digital de sus trabajos artísticos realizados hasta la fecha, a fin de que por LA AGENCIA puedan ser utilizados todos los datos e imagen de EL ARTISTA con el objeto de impulsar su contratación por terceros o incluso proyectar su carrera artística, facilitando dicha información a quienes pudieren estar interesados en la contratación de EL ARTISTA para determinados y concretos eventos.
Así mismo LA AGENCIA está facultada para ejercer como intermedidor a EL ARTISTA frente a terceros interesados en su contratación, a cuyo efecto podrá en su nombre y representación aceptar y firmar presupuestos, así mismo, LA AGENCIA podrá cobrar cantidades por cuenta del ARTISTA
SEGUNDA.- lLa duración del presente contrato es de un (1) año a contar desde la fecha del mismo.
No obstante lo anterior, el presente contrato se prorrogará por periodos de duración de un año, si con la antelación mínima de dos meses a la finalización del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, EL ARTISTA no manifiesta por escrito fehaciente a LA AGENCIA su voluntad de no prorrogar el contrato.
TERCERA.- La cesión de datos y derechos acordada en el presente contrato es de carácter temporal y la misma tendrá efectos única y exclusivamente en lo que a la duración del presente contrato se refiere, de forma que LA AGENCIA se compromete a no desvelar los datos y a no utilizar la imagen de EL ARTISTA una vez concluido el mismo.
No obstante lo anterior, una vez finalizado el contrato, LA AGENCIA queda autorizada por EL ARTISTA para poder utilizar aun a pesar de que contenga la imagen del ARTISTA, fotos que puedan haber quedado “colgadas” en la web como presentación de la empresa o por haber formado parte de eventos ya realizados, así como por haber quedado incorporada dicha imagen en folletos, carteles u otro tipo de impresión, con motivo de los eventos que se hayan publicitado o/y celebrado por LA AGENCIA.
Para poder cumplir LA AGENCIA con el objeto del presente contrato, la misma esta autorizada expresamente por EL ARTISTA para a su vez, copiar, transferir, mostrar, divulgar e incluso ceder los datos, imagen y trabajos realizados por éste a terceros que pudieren estar interesados en su contratación e incluso terceros interpuestos tales como ETTS para este fin.
CUARTA.- LA AGENCIA se compromete a divulgar los datos personales, trabajos realizados y mostrar la imagen de EL ARTISTA a todos aquellos proyectos que pudieran estar interesados en su contratación.
A estos efectos EL ARTISTA autoriza expresamente a LA AGENCIA para dicha concreta divulgación y exhibición, quedando prohibida la misma para fines diferentes a los convenidos en el presente contrato.
QUINTA.- LA AGENCIA tiene derecho a cobrar por la prestación de sus servicios el importe concerniente a un porcentaje del importe
xxxxx/neto a percibir por EL ARTISTA por cada uno de los trabajos en que el mismo participe y traiga su causa del presente contrato. Este porcentaje deberá de ser siempre previamente determinado y comunicado por LA AGENCIA al ARTISTA, para trabajo del mismo.
El ARTISTA autoriza a la AGENCIA a la prestación de servicios de mediación en el cobro de créditos frente a terceros que se devenguen por los trabajos ejecutados en relación directa con el presente contrato. Dicha actuación tendrá el carácter de servicio financiero.
RENOVACIONES: El derecho al percibo de la retribución de LA AGENCIA al porcentaje de representación para cada contrato celebrado por el EL/LA ARTISTA , sea sobre tarifa de trabajo y/ o Derecho de imagen, se devengara, por la intermediación de la AGENCIA durante la vigencia del contrato de representación , y se extenderá a aquellos trabajos o renovaciones de derechos de imagen
, campaña publicitarias , serie de televisión, temporadas… ( a titulo meramente enunciativo y no exhaustivo) , que se produzcan aun con posterioridad a la extinción de la vigencia del contrato.
Por tanto extinguido o finalizado el contrato de representación la AGENCIA tendrá derecho al percibo de su retribución respecto de los trabajos o renovaciones que se produzcan con posterioridad, pero que traigan causa directa , de la labor propia de la agencia (presentación de EL/LA ARTISTA a clientes, casting, negociaciones…entre otros) o de contratos o trabajos celebrados durante la vigencia del mismo.
SEXTA.- El presente contrato, no es de resultado, por lo que LA AGENCIA se compromete a hacer todo lo posible para que se produzca la contratación de EL ARTISTA, pero en ningún caso viene obligada a obtener el resultado concerniente a posibles contrataciones del mismo.
En cumplimiento con la normativa vigente, BUSTO AND MOULE SCP informa que los datos serán conservados durante el plazo legalmente establecido y siempre que no nos notifique lo contrario, solicitamos su consentimiento para utilizar su imagen para la realización de castings así como publicarlas en la página web o en las diferentes redes sociales u otros medios de comunicación. A cuyo efecto hace constar que con motivo de la celebración del presente contrato, EL
ARTISTA será incluido en una base de datos, cuya responsabilidad es de LA AGENCIA, y queda informado de que sus datos serán comunicados en caso de ser necesario a: administraciones públicas y a todas aquellas entidades con las que sea necesaria la comunicación cuyo objeto y fin es única y exclusivamente para llevar a efecto lo acordado en el presente acuerdo.
A su vez, le informamos que puede contactar con el Delegado de Protección de Datos xx XXXXX AND MOULE SCP, dirigiéndose por escrito a la dirección de correo xxxx@xxxxxxxx.xxx.
De acuerdo con los derechos que le confiere la normativa vigente en protección de datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal así como del consentimiento prestado para el tratamiento de los mismos, dirigiendo su petición a la dirección de correo xxxx@xxxxxxxx.xxx.
Una vez que el presente contrato haya finalizado por cualquier causa, LA AGENCIA se compromete a la eliminación de los datos personales facilitados por EL ARTISTA.
OCTAVA.- Al presente contrato le será de aplicación en primer lugar lo acordado por las partes en el mismo, subsidiariamente y para lo no regulado en él por las normas de Derecho Común españolas.
NOVENA.- Las partes acuerdan que para solventar cualesquiera controversias que pudieren surgir del cumplimiento o interpretación del presente contrato, se someterán a los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxxx (Tarragona).