Anexo DEFINICIONES
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Anexo
DEFINICIONES
Para facilitar la comprensión de los Lineamientos para el Manual de Contratación de las Instituciones Educativas Distritales - Régimen Especial (cuantía inferior a los veinte (20) SMMLV), se establece el significado de los siguientes términos y definiciones contenidos en el mismo:
Adición: |
La adición es una modificación, efectuada por las partes, de común acuerdo para modificar el valor del contrato, siempre que dicho ajuste tenga un fundamento legal, técnico y económico. |
Acta de Inicio: |
Documento suscrito entre el supervisor(a) y el contratista de acuerdo con lo exigido en el contrato, en el cual se deja constancia de la fecha a partir de la cual se inicia la ejecución de las actividades objeto del contrato, previo perfeccionamiento del contrato y cumplimiento de los requisitos de ejecución. También se deja constancia de la fecha o plazo de finalización del contrato. |
Acta de Terminación Anticipada: |
Es el documento suscrito por el(la) Ordenador(a) del Gasto, supervisor(a) y el contratista en el cual se deja constancia de la terminación del contrato en forma anticipada a la fecha o plazo previsto en el contrato como fin de la ejecución. En esta acta se debe establecer las condiciones en que se recibe el objeto contractual y se debe dejar constancia de la causa o circunstancia que deriva en la terminación anticipada del plazo de ejecución contractual. El contratista deberá socializar el Acta de terminación anticipada con la Aseguradora que expidió la garantía de cumplimiento del contrato, para su respectiva actualización, en los casos en que aplique. |
Acta de Liquidación: |
Es el documento suscrito por el(la) Ordenador(a) del Gasto, el contratista, y el supervisor del contrato, en el que consta el balance general y específico de la ejecución contractual, y en virtud de ello la I.E.D. y el contratista definen el estado en que queda el contrato después de finalizado su plazo de ejecución, o terminación por cualquier otra causa.
La liquidación supone, en el escenario normal y usual, que el contrato se ejecuta y a continuación las partes valoran su resultado, teniendo como centro del análisis el cumplimiento o incumplimiento de los derechos y las obligaciones que surgieron del contrato, pero también -en ocasiones- la ocurrencia de hechos o circunstancias ajenos a las partes, que afectaron la ejecución normal del mismo, para determinar el estado en que quedan frente a éste. Liquidar supone un ajuste expreso y claro sobre las cuentas y el estado de cumplimiento de un contrato, de tal manera que conste el balance tanto técnico como económico de las obligaciones que estuvieron a cargo de las partes. En cuanto a lo primero, la liquidación debe incluir un análisis detallado de las condiciones de calidad y oportunidad en la entrega de los bienes, obras o servicios, y el balance económico dará cuenta del comportamiento financiero del contrato: recursos recibidos, pagos efectuados, estado del crédito o de la deuda de cada parte, entre otros detalles mínimos y necesarios para finiquitar la relación jurídica contractual.
En la liquidación también es el momento en el cual las partes dan cuenta de las salvedades a que haya lugar de manera detallada y concreta. El acta de liquidación debe contar con las garantías de cumplimiento del contrato debidamente actualizadas. Esta obligación está a cargo del Contratista, pero el Supervisor del contrato debe requerirlas si el contratista no las entrega de manera oportuna. |
Acta de Suspensión: |
Documento mediante el cual el(la) Ordenador(a) del Gasto, el supervisor y el contratista acuerdan la suspensión del plazo de ejecución del contrato, cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, que impiden la ejecución de este. Se deberá determinar un plazo o término expreso de suspensión (expresado en días o meses o con una fecha determinada). La causa que origine la suspensión debe quedar explicitada en el documento que suscriben las partes. El tiempo que dure suspendido el contrato no se contabiliza dentro del plazo de ejecución. Se debe notificar a la compañía de seguros garante del contrato, de la suspensión suscrita, en caso de que, se hayan constituido garantías por parte del contratista. |
Acta de Reinicio: |
Documento suscrito por el(la) Ordenador(a) del Gasto de la I.E.D. del contrato y el contratista. Se elabora y suscribe en la fecha en que reinicia el plazo de ejecución del contrato. En el acta de reinicio se deberá establecer la fecha en que finaliza el plazo de ejecución contractual, además en caso de que se hayan constituido garantías (generalmente pólizas) por parte del contratista, éste debe actualizar y ajustar las vigencias de las mismas. |
Actividad Contractual/ Gestión Contractual: |
Es un proceso que agrupa procedimientos y actividades de planeación, coordinación, organización, control, ejecución, supervisión y liquidación de los contratos que adelante una Entidad Estatal. Se entiende por actividad contractual los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la poscontractual. (Art. 53 Ley 2195 de 2022) |
Acto Administrativo: |
Manifestación unilateral de la voluntad de la administración pública que tiene por objeto crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas de carácter general o particular y cuyos efectos tienen como destinatario las entidades públicas, los particulares y los particulares que cumplen funciones públicas. Para el caso de la I.E.D., solo el(la) Ordenador(a) del Gasto puede emitir actos administrativos (generalmente denominados Resoluciones). Contractualmente, los actos administrativos más comunes son el que declara el incumplimiento del contrato o por medio de la cual se liquida unilateralmente el contrato. |
Acta de Entrega y Recibo a Satisfacción:
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El recibo a satisfacción constituye la declaración de la I.E.D., a través del supervisor designado, en el que deja constancia que el contratista ha cumplido las obligaciones contractuales de forma oportuna (conforme a los plazos y condiciones establecidos en el contrato) y satisfactoriamente (conforme a las condiciones de calidad e idoneidad pactadas). Es el documento en el que se deja constancia de la forma cómo el contratista entrega a la I.E.D. los bienes, las obras o los servicios objeto del contrato y del recibo a satisfacción de los mismos de forma oportuna y satisfactoria por parte de la I.E.D. Puede incluir salvedades de la ejecución del negocio jurídico. |
Adenda: |
Es el instrumento mediante el cual se modifica el contenido de los pliegos de condiciones o invitación a cotizar en las diferentes modalidades de selección. Cuando se modifica el cronograma del proceso, la adenda debe publicarse antes de la adjudicación del contrato. El documento debe suscribirlo el(la) Ordenador(a) del Gasto de la I.E.D. |
Acuerdo Marco de Precios-AMP: |
Contrato celebrado entre uno o más proveedores y la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, o quien haga sus veces, para la provisión a las Entidades Estatales de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes, en la forma, plazo, las garantías mínimas y condiciones establecidas en el AMP. |
Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes y de Común utilización: |
Bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, con independencia de su diseño, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición. |
Conflicto de Interés:
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Surge cuando un servidor público tiene un interés privado que podría influir, o en efecto influye, en el desempeño imparcial y objetivo de sus funciones oficiales, porque le resulta particularmente conveniente a él, o a su familia, o a sus socios cercanos. 1 |
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP): |
Documento mediante el cual se afecta de manera preliminar un rubro presupuestal para garantizar la existencia de apropiación requerida, libre de afectación y suficiente para respaldar el compromiso que se pretende adquirir con la contratación. El CDP es obligatorio previamente a la publicación de los pliegos de condiciones o invitación a cotizar; o en el caso de contratación directa, debe obtenerse antes de la celebración del contrato. |
Certificado de Registro Presupuestal (CRP): |
Es el documento que certifica la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso (contrato) y se afecta en forma definitiva la apropiación presupuestal. Es un requisito de ejecución contractual, es decir que el contrato no se puede ejecutar sin que se haya registrado presupuestalmente. |
Cesión del Contrato: |
Es el acto por el cual un contratista transfiere a una persona natural o jurídica la obligación de continuar con la ejecución de un contrato perfeccionado y legalizado; dicho acto solo procederá con previa autorización expresa y escrita de la I.E.D. Es una figura excepcional y que debe ser utilizada siempre que exista una justificación debidamente demostrada. |
Código UNSPSC: |
Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas, es una metodología uniforme de codificación utilizada para clasificar bienes, servicios y obras en una estructura lógica, el estudio previo deberá contener dicha codificación. |
Colusión: |
La colusión es un pacto o acuerdo clandestino entre varias personas para perjudicar a un tercero. Y se presenta entre oferentes cuando los proponentes conspiran entre sí para aumentar los precios o disminuir la calidad de bienes y servicios que son adquiridos mediante un proceso de contratación, buscando eliminar la competencia, en lugar de competir auténticamente unas con otras para ganar el proceso. |
Consorcio: |
Alianza de dos o más personas naturales o jurídicas para presentar propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. |
Contratista: |
Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada, que participa de manera independiente o bajo las figuras de alianza estratégica permitidas por la ley, para presentar una Oferta o suscribir un contrato con la I.E.D. con el fin de suministrar bienes, servicios o ejecutar una obra. |
Contrato Estatal: |
Acuerdo de voluntades con el fin de regular una relación jurídica que se establece entre la I.E.D. y una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada y que genera obligaciones de dar, hacer o no hacer y con plenas formalidades contractuales. Siempre debe constar por escrito. |
Contrato de Ejecución Instantánea: |
Son aquellos cuya celebración y cumplimiento se dan en un mismo momento. Un ejemplo es el contrato de compraventa. |
Contrato de Tracto Sucesivo: |
Son aquellos cuyo cumplimiento se prolonga en el tiempo. Un ejemplo es el contrato de suministro. |
Contrato de Compraventa: |
Contrato por medio del cual el contratista se obliga a dar un bien o servicio y el contratante a pagarlo en dinero, en un término de plazo instantáneo. |
Contrato de Obra Pública: |
Es aquel cuyo objeto consiste en la construcción, mantenimiento, instalación y en general la realización de cualquier otro trabajo material, sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago. |
Contrato de Suministro: |
Contrato por el cual el contratista se obliga, a cambio de una contraprestación (pago), a cumplir a favor del contratante, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de bienes o servicios. |
Contrato de Servicios:
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Son utilizados para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la I.E.D. 2 |
Contrato xx Xxxxxx Escolar:
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Definido y reglamentado en la Resolución No. 2092 de 2015, expedida por la SED, respecto de las “Orientaciones en Materia xx Xxxxxx Escolar en los Colegios Oficiales de Bogotá D.C” y la Circular No. 05 de 2018, expedida por la Subsecretaria de Gestión Institucional, en donde se determinaron las orientaciones contractuales en materia de la Tienda Escolar. Esta normativa tiene como objeto lograr una oferta de alimentos balanceada y suficiente al interior de las I.E.D. y demas normatividades relacionadas por la Dirección de Bienestar. |
Contrato de Alquiler para Uso de Xxxx Xxxxxxxx, Teatro o Lugar de Ceremonia de Grado:
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El rubro presupuestal de Derechos de Grado incluye dentro de sus gastos, entre otros, la ceremonia de graduación referente al alquiler del aula múltiple, teatro o lugar de ceremonias siempre que haya dado cumplimiento a los siguientes requisitos:
Los Colegios que no cuenten con auditorio, teatro o lugar de ceremonias, coordinarán con la respectiva Dirección Local de Educación, el lugar de la ceremonia de graduación, el cual, no puede generar costo alguno, pero si la obligación por la I.E.D. de entregarlo en las condiciones que fue recibido.
La Dirección Local de Educación que cuente con estos espacios, organizará con los Rectores(as) de los colegios el cronograma de los eventos.
Hecha la gestión ante la Dirección Local de Educación para el sitio de ceremonia y de no lograr conseguir un espacio, el(la) Rector(a) puede con los recursos aprobados para el rubro mencionado, realizar la contratación del alquiler del lugar de la ceremonia de grado, sin que implique cobro para los acudientes o padres de familia.
En caso, que le sea solicitado la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual para el alquiler del lugar de ceremonia de grado, deberá solicitar la certificación de la póliza en la Dirección de Dotaciones Escolares de la SED.3 |
Contrato de Transporte: |
Es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a cambio de un precio a transportar de un lugar a otro, por determinado medio y en el plazo fijado, personas o bienes y entregar éstas al destinatario. Previamente a la gestión contractual, deberá coordinarse con la Dirección de Bienestar Estudiantil o la Dirección xx Xxxxxxx Humano, dependencias que con cargo a los rubros apropiados contratan algunos servicios de transporte para los(las) estudiantes, docentes y personal administrativo. |
Contrato de Donación: |
La donación ha de entenderse como un contrato unilateral, gratuito, irrevocable, de naturaleza recepticia, en el que participa el donante como único obligado en la relación y quien se desprende de parte de su patrimonio, por una parte, y, por la otra, el donatario quien, por regla general, no asume ningún tipo de obligación y percibe un incremento patrimonial correspondiente a la prestación a la que el donante se ha obligado. Es unilateral, por regla general, en tanto solo el donante se obliga para con el donatario, que no contrae obligación alguna. Su gratuidad está determinada porque su efecto práctico se encamina a la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen. El contrato de donación, además, es irrevocable en tanto ello deriva de su naturaleza contractual, y el carácter recepticio deviene, también, de su naturaleza contractual, pues el perfeccionamiento del contrato surge a partir de la confluencia de la voluntad de donante y donatario (Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, C.P. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Sentencia del 10 de febrero de 2016, Rad. 39538.). |
Cronograma: |
Programación de actividades y términos en el cual la I.E.D. establece las fechas, horas y plazos para las actividades propias del proceso de selección (invitación a cotizar) y el lugar en el que estas deben llevarse a cabo. Como recomendación es importante que la publicación de los documentos se realice en términos oportunos y el horario establecido de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. en días hábiles. |
Compras de Grandes Superficies: |
Son los establecimientos de comercio que venden bienes de consumo masivo al detal y tienen las condiciones financieras definidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, que tienen la verificación previa de la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente de los grandes almacenes, las garantías ofrecidas para la entrega de cada producto adquirido por medio de esta herramienta. |
Cierre del Proceso de Selección: |
Término máximo señalado por la entidad en el Pliego de Condiciones para que los oferentes presenten propuesta al proceso de selección. |
Comité Evaluador: |
Son los miembros designados por el(la) Ordenador(a) del Gasto de realizar la comparación y evaluación objetiva de las propuestas presentadas dentro de un proceso de selección. |
Día Corriente o Calendario: |
Es cualquier día de la semana, sin tener en consideración si se trata o no de un día hábil o laboral.
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Día Hábil: |
Aquel generalmente comprendido entre lunes y viernes de cada semana y que excluye los días de fines de semana y los días feriados no laborales determinados en la Ley. |
Declaración Fallido del Proceso: |
Circunstancia que resulta de la no adjudicación del contrato ya sea porque ninguno de los proponentes cumplió con los requisitos habilitantes exigidos en el pliego de condiciones o porque no se presentaron ofertas al proceso. |
Documento de Invitación: |
Documento que atendiendo el principio de transparencia elabora la I.E.D., contentivo de las condiciones generales e impersonales que rigen los procedimientos de la convocatoria dependiendo la modalidad, como las condiciones del vínculo contractual. |
Especificaciones Técnicas: |
Documentos que establecen los requisitos técnicos bajo los cuales se deberán realizar las actividades objeto de la contratación o condiciones de desempeño, calidad, funcionamiento de los bienes que se pretenden adquirir.
En el que se detalle minuciosamente cada una de las características del bien, obra o servicio que se pretende adquirir (sin mencionar marcas), toda vez que esta asignación es clave para que los proponentes ofrezcan lo que realmente espera recibir el colegio y aún más para obtener la calidad que se espera por la I.E.D.; dicho de otra manera, a modo de ejemplo:
Es diferente señalar en las especificaciones técnicas así: marcador borrable para tablero que decir marcador borrable recargable color XXX para uso en tableros XXX, de rápido secado y fácil borrado, punta de grosor XXX, dimensiones de XXX (…). |
Estudio y Documentos Previos: |
Son los documentos que sirven de soporte para la elaboración de las invitaciones a presentar ofertas y definen, entre otros asuntos, la necesidad a satisfacer, el análisis de precios y xx xxxxxxx efectuado, las variables económicas identificadas, las políticas de aseguramiento y de distribución de riesgos y el método de selección a utilizar. Siendo el documento que soporta la contratación, para satisfacer el requerimiento de la necesidad del Colegio. |
Estudio xx Xxxxxxx: |
Es la evaluación general que debe realizar la I.E.D. previa contratación, en el cual se debe analizar la oferta y la demanda y hacer una comparación de estas para generar una idea sobre la viabilidad de la contratación del bien, obra o servicio. |
Etapas Contractuales: |
Periodo durante el cual se desarrollan las diferentes actividades que deben agotarse dentro del proceso contractual. Ellas son:
I) Precontractual: Es la etapa preparatoria de la actividad contractual, que se da en iguales condiciones, sin que importe la cuantía del contrato, ni el proceso de selección del contratista que se vaya a realizar. Inicia con la estructuración de los estudios previos y análisis suficientes serios y completos de justificar la necesidad, todo ello en virtud del principio de planeación. Esta etapa concluye con la selección del contratista o proveedor o con la imposibilidad de seleccionar.
II) Contractual: Inicia con la suscripción del contrato, y finaliza con la terminación del plazo de ejecución del mismo.
III) Post Contractual: Inicia con el vencimiento del plazo del contrato, su terminación anticipada y finaliza con su liquidación, cuando se requiera. |
Ficha Técnica o Anexo Técnico: |
Documento metodológico y estandarizado que contendrá las características y especificaciones técnicas, de un bien de condiciones técnicas uniformes en términos de desempeño y calidad. |
Forma de Pago: |
Hace referencia al medio por el cual se realiza el pago, es decir: contraentrega, parciales o por porcentaje, entre otros, todo depende de la tipología contractual como de las especificaciones contractuales a cumplir. |
Garantías: |
Mecanismos de cobertura del riesgo otorgada por los oferentes o por el contratista que constituye requisito de ejecución del contrato.
Las garantías son instrumentos de cobertura de algunos Riesgos comunes en Procesos de Contratación,4 se cuenta con varios tipos de garantías, en una de estas, se encuentra el contrato seguro a través de una póliza expedida por una compañía de seguros reconocida en Colombia la cual refiere los lineamientos del manual de contratación propuesto para el régimen especial. |
Inhabilidad:
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Son circunstancias creadas por la Constitución o la ley que impiden o imposibilitan que una persona sea elegida o designada en un cargo público, y en ciertos casos, impiden el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados al servicio, y tienen como objetivo primordial lograr la moralización, idoneidad, probidad e imparcialidad de quienes van a ingresar o ya están desempeñando empleos públicos.5 |
Incompatibilidad:
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Son circunstancias creadas por la Constitución o la ley sobrevinientes, es decir que estando bajo una determinada investidura, no le es permitido desempeñar o realizar determinados actos, toda vez que podría estar incurso en una causal de pérdida de investidura o de sanción disciplinaria.6 |
Informe de Actividades: |
Es el documento elaborado por el Contratista y verificado por el supervisor que sirve de soporte a los pagos que se realizan en la ejecución del contrato cuando así se pacte. |
Informe Evaluación: |
Documento en el que se consigna el resultado de la comparación de las propuestas recibidas con ocasión de los procesos de selección adelantados por la I.E.D. suscrito por el Comité Evaluador previamente designado. |
Informe de Supervisión: |
Documento a través del cual el supervisor da cuenta a la I.E.D. sobre las situaciones que se presenten durante la ejecución del contrato. |
Invitación: |
Es el documento en el cual el colegio convoca a los interesados a participar en el proceso de selección. |
Modalidad de Selección: |
Es el procedimiento mediante el cual la I.E.D. escoge a los contratistas, conforme las reglas de su manual de contratación. |
Modificación Contractual: |
Cambio en las condiciones estipuladas inicialmente en el contrato y que puede versar sobre el valor, el plazo o especificaciones adicionales. |
Objeto del Contrato: |
Hace referencia al cumplimiento de los fines estatales, satisfacer el interés general, dar una continua y eficiente prestación de los servicios públicos y procurar la efectividad de los derechos e intereses de los administrados, lo cual, debe estar presente durante la ejecución del contrato.7 Es por ello que en el objeto contractual se establece la necesidad que ha de requerir la I.E.D. siendo este licito. |
Oferente, Proponente: |
Es toda persona natural o jurídica que aspira celebrar contratos de obra, bienes o servicios a través de la presentación de su oferta en un proceso de selección de la I.E.D. |
Oferta y/o Propuesta: |
La oferta, esto es, el proyecto de negocio jurídico que una persona natural o jurídica formula a la I.E.D. (relacionando las condiciones comerciales de venta), y deberá contener los requisitos establecidos dentro del proceso, e igualmente haber sido entregada dentro del plazo establecido para ello. |
Plan Anual de Adquisiciones- PAA: |
Instrumentos de planeación contractual en el cual se detalla los bienes y servicios que se pretenden adquirir durante la vigencia, permitiendo facilitar a la Entidad el registro, la programación y la divulgación de las necesidades que se van a adquirir durante el año. |
Plazo de Ejecución: |
Período dentro del cual se deben cumplir las obligaciones pactadas en el contrato. |
Proceso de Contratación: |
Es el conjunto de actos y actividades, adelantadas por la I.E.D. desde la planeación hasta la liquidación o cierre del respectivo contrato. |
Requisitos Habilitantes: |
Se refiere a la capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes que serán objeto de verificación y de cumplimiento para la participación en el proceso de selección. |
Riesgos Previsibles: |
Es un evento que puede generar efectos adversos de distinta magnitud en el logro de los objetivos de contratación de la ejecución del contrato y que están debidamente tipificados, cuantificados y asignados a una de las partes. |
SMMLV: |
Salario Mínimo Mensual Legal Vigente |
SECOP: |
Es el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, se divide en dos plataformas el SECOP I de carácter publicitario y el SECOP II – transaccional. |
Supervisión: |
Consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico, que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato; es ejercida por la misma entidad estatal a través de un funcionario debidamente designado en el contrato mediante documento adicional expedido por el(la) Ordenador(a) del Gasto.
Para mayor claridad, se recomienda verificar el Link de acceso a la Guía emitida por la Agencia Nacional para la Contratación Pública, a saber: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxx/xxx_xxxx_xxxx_xx_xxxxxxxxx_xx_xxx_xxxxxxxxx_xx_xxxxxxxxxxx_x_xxxxxxxxxxxxx_xx_xxx_xxxxxxxxx_xxx_xxxxxx.xxx
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Tienda Virtual del Estado Colombiano -TVEC: |
Es una herramienta en línea del Sistema de Compra Pública, que podrá ser utilizada por los Colegios, para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, como:
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Unión Temporal: |
Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal. |
Vigencia del Contrato: |
Periodo de tiempo contado desde la suscripción del contrato y hasta la liquidación de este si hay lugar a ella, o el vencimiento del término que tienen las partes para cumplir sus obligaciones, o en su defecto la que estipule el contrato. |
Veedurías Ciudadanas en la Contratación Estatal: |
Es un mecanismo de control social, a través del cual los ciudadanos vigilan, fiscalizan y controlan la administración y gestión de lo público. Conforme a la ley, pueden adelantar la vigilancia y el control en las etapas preparatoria, precontractual y contractual del proceso de contratación. Es obligación de las entidades estatales convocarlas para adelantar el control social o cualquier proceso de contratación, para lo cual la entidad suministrará toda la información y documentación pertinente que no aparezca publicada en su página WEB o en el SECOP. |
Frente a los términos o definiciones que no estén aquí incluidas, se entenderá en su sentido natural.
Fuente: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xxxxx-x-xxxxxxx-xxxx/xxxxxxxx-x-xxxxx
1 Transparencia por Colombia, 2014
2 xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xx/XXX/XxxXxx/XxxXxx/XxxXxx/Xxxxxxx/XxxXxx.xxxx
3 MEMORANDO - LINEAMIENTOS DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL VIGENCIA 2023
4 Guía de garantías en Procesos de Contratación - CCE
5 Véase Xxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Derecho Administrativo Disciplinario Pág. 59 - Concepto Marco 03 de 2014 Departamento Administrativo de la Función Pública- xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx?xx00000
6 No confundamos inhabilidades con incompatibilidades - xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxx-xxxx-xxxxxxxxx-000000/xx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxx-0000000
7 xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxxx_xxxx_0000000_0000.xxx