Contrato de Locación de Obra para Contratista Individual.-
UNIVERSIDAD NACIONAL XX XXXXXXX
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y NATURALES
Contrato de Locación de Obra para Contratista Individual.-
Entre la Universidad Nacional xx Xxxxxxx, representada en este acto por el Prof. Ing. Xxxxx G. A. Xxxxxxxxxx en su carácter de Decano de la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, según autorización y delegación surgida de la Ordenanza HCS Nº 09/13, de fecha 19 de Noviembre de 2013, con domicilio en Av. Haya de la Torre s/n 2º Piso, Pabellón Argentina de la Ciudad Universitaria, por una parte, en adelante "LA UNIVERSIDAD", y el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX, DNI 00.000.000, con domicilio en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 0000 – Xxxxxxxx Xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, por la otra, en adelante "EL CONTRATISTA", se conviene en celebrar el presente contrato de locación de obra, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATISTA, toma a su cargo el desarrollo de tareas de extensión en el Laboratorio de Alta Tensión. Se fija como plazo de ejecución de la obra el que va desde el día 01 xx xxxxx de 2023 y hasta el día 30 de septiembre de 2023, y caducará de pleno derecho en la fecha indicada sin necesidad de notificación alguna, no pudiendo interpretarse que la prolongación en la prestación de los servicios importe una prórroga o renovación del presente. Sin perjuicio de ello LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de rescindir anticipadamente el contrato con el solo requisito de dar aviso de manera fehaciente con treinta días de antelación. Tal rescisión anticipada no generará derecho a indemnización alguna.
SEGUNDA: EL CONTRATISTA declara que su categoría impositiva ante
A.F.I.P. es de Monotributista Categoría A, CUIT: 20-00000000-3.
TERCERA: EL CONTRATISTA actuará sin relación de dependencia con el Centro de Vinculación Laboratorio de Alta Tensión. Dada la naturaleza de las tareas a realizar, las mismas deberán ser ejecutadas a entera satisfacción de LA UNIVERSIDAD. Por tratarse de un contrato sin relación de empleo, queda entendido que la asistencia de EL CONTRATISTA lo será sin sujeción de horario ni registro de asistencia, sin embargo, en este acto EL CONTRATISTA se compromete voluntariamente a asistir asiduamente cuando las circunstancias lo requieran, dentro de las horas de funcionamiento del Centro de Vinculación Laboratorio de Alta Tensión.
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CUARTA: EL CONTRATISTA no podrá comunicar a personal alguno ni a terceros la información no publicada o de carácter confidencial de que se haya tenido conocimiento, con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que LA UNIVERSIDAD lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo. Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá en vigor aún después del vencimiento del plazo de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable EL CONTRATISTA de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
EL CONTRATISTA declara conocer la Ley 24.766.
Se entiende por “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL” la que puede presentarse bajo cualquier forma, incluyendo -aunque no exclusivamente- información escrita, impresa o emitida por vía electrónica, datos, planos, diseños, fotografías, dibujos, procesos, patentes, especificaciones, muestra de un producto, protocolos, fórmulas, composiciones, información técnica, conocimientos técnicos, desarrollo o fabricación de técnicas, informes, estudios, informes de consultores, secretos de fabricación, proformas y otra información financiera y comercial, modelos y programas de computadoras, contratos, configuraciones y diseños de planta, datos sobre el funcionamiento de Dependencia contratante y LA UNIVERSIDAD u otro tipo de información, material o documentación de cualquier índole o naturaleza y en cualquiera de sus formas relacionada con el contexto de este contrato y que incluya cualquier nota, cálculo, conclusión, resumen, base de datos en computadora, modelado por computadora u otro material derivado o producido total o parcialmente a partir de la Información Confidencial.-
QUINTA: EL CONTRATISTA percibirá como retribución en concepto de honorarios la suma total de $390.000,00 (Pesos Trescientos Noventa Mil con 00/100), pagaderos dentro de los diez (10) días hábiles de receptado los fondos por parte de LA UNIVERSIDAD de acuerdo al cronograma de desembolsos que se determinan en los contratos con terceros cuyo texto declara conocer y aceptar; y renuncia a reclamar honorarios por cualquier concepto vinculado a las servicios encomendados, aún cuando las leyes arancelarias locales así lo autoricen. Por dichos honorarios deberá otorgar los recibos conforme las leyes tributarias vigentes y se practicarán los descuentos que las mismas requieran. Se establece además, que los honorarios pactados están sujetos a las previsiones de la Ley No 25453, normas complementarias y reglamentarias.-
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SEXTA: La presente relación contractual se regirá por las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas complementarias, sin que exista relación de dependencia entre las partes.-
SÉPTIMA: EL CONTRATISTA pondrá en conocimiento toda ocupación, empleo o actividad profesional pública o privada que haya ejercido o ejerza, aun encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el Estado nacional, los Estado Provinciales, Municipales, Organismos descentralizados y/u Organismos internacionales, como así también los beneficios previsionales que perciba. Esta declaración se hará con los alcances de declaración jurada. De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles a juicio de la contratante, podrá ésta rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratado, reservándose el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.-
OCTAVA: Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo de los servicios o del proyecto para el cual se lo efectuara, EL CONTRATISTA se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación de los servicios, proyecto o programa, en especial por falta de financiamiento, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido o directamente rescindido, sin derecho a indemnización de alguna índole.-
NOVENA: EL CONTRATISTA no estará exento de ningún impuesto en virtud de este contrato y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato, liberando expresamente a LA UNIVERSIDAD de toda obligación fiscal cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.-
DÉCIMA: No está previsto ni autorizado, ni resulta necesario conforme el objeto contractual, que EL CONTRATISTA para el cumplimiento de este contrato solicite el concurso de terceros. Si eventualmente lo hiciere, será responsable exclusivo por todos los reclamos de esas personas que tuvieren su origen en las circunstancias de su participación en el cumplimiento del presente contrato, o que estuvieren directa o indirectamente vinculados con esa circunstancia. EL CONTRATISTA se obliga expresamente a mantener indemne a LA UNIVERSIDAD frente a toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por
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parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará y/o defenderá a su xxxxx a LA UNIVERSIDAD en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza y especie, incluidos las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones de EL CONTRATISTA en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente acuerdo.-
UNDÉCIMA: EL CONTRATISTA manifiesta encontrarse incorporado y efectuando sus aportes previsionales como Monotributista, CUIT: 20-00000000- 3, y en donde seguirá realizando estos aportes. A tal fin declara que su actuación es independiente y autónoma, comprendida en las disposiciones de la Ley Nº
24.241 y normas concordantes, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva y de Seguridad Social aplicable.-
DUODÉCIMA: Por cualquier diferendo derivado del presente contrato las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales de la ciudad xx Xxxxxxx y fijan los siguientes domicilios especiales: a) LA UNIVERSIDAD en Avda. Haya de la Torre s/nº, Pabellón Argentina, 2º P. Ciudad Universitaria, de la ciudad xx Xxxxxxx y b) EL CONTRATISTA en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 0000 – Xxxxxxxx Xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
En prueba de conformidad se firman tantos ejemplares como partes del presente en la ciudad xx Xxxxxxx, a los... días del mes de del año 2023.-