Contract
De conformidad con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Art. 134 y de acuerdo a las disposiciones de los artículos 3 Primer Párrafo, 27 Fracción I, 28, 30 Fracción I y 33 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la S.C.T., para la contratación de la obra de referencia, a base de precios unitarios y tiempo determinado, pone a disposición de los interesados las siguientes:
CONVOCATORIA A LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL Nº LO-927007947-N3-2014 SCT-002-CF-2014
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA RESUMEN DE ACTOS
No. | Evento | Fecha | Hora |
1. | Fecha de Publicación en Compranet | 25 de Septiembre de 2014 | |
2. | Visita de obra | 29 de Septiembre de 2014 | 10:00 HRS. |
3. | Recepción de preguntas para la Junta de aclaraciones | 30 de Septiembre de 2014 | 09:00 HRS. |
4. | Primera Junta de aclaraciones. | 30 de Septiembre de 2014 | 10:00 HRS. |
5. | Acto de presentación y apertura de proposiciones. | 07 de Octubre de 2014 | 10:00 HRS. |
6. | Acto de Fallo de la licitación. | 13 de Octubre de 2014 | 10:00 HRS. |
7. | Fecha estimada de formalización del contrato | 16 de Octubre de 2014 | 09:00 HRS. |
8. | Fecha estimada de inicio de los trabajos | 20 de Octubre de 2014 |
PARTICIPACIÓN DE TESTIGOS SOCIALES.
Se establece la participación de testigos sociales en los términos del artículo 27 BIS de la Ley de Obras Publicas y servicios relacionados con las mismas.
Para esta licitación no será necesaria la participación de los testigos sociales, solo para obras cuyo monto rebase el equivalente a diez millones de xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal art. 27 Bis. Primer párrafo de la Ley de Obras Publicas y servicios relacionados con las mismas y 52 primer párrafo de su reglamento.
PARTICIPACIÓN DE OBSERVADORES.
Se indica que se permitirá la asistencia de cualquier persona que manifieste su interés de estar presente en los diferentes actos de la presente licitación, en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, bajo la condición de que deberán registrar previamente su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.
La S.C.T., se abstendrá de recibir proposiciones o celebrar el contrato, con las personas siguientes:
No podrán participar en la licitación, las personas físicas x xxxxxxx QUE SE ENCUENTREN EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTICULOS 51 Y 78 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
INICIO Y TERMINO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
El procedimiento de contratación por licitación pública se inicia con la publicación de las bases y concluye con la firma del contrato.
DE LA ADQUISICIÓN Y CONSULTA DE LAS BASES DE LICITACIÓN, Y FORMA DE PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
De acuerdo con la convocatoria de fecha 25 de Septiembre de 2014, para participar en la licitación pública de carácter nacional número LO-927007947-N3-2014, mediante el procedimiento establecido en los Artículos 27, fracción I y 30, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, inherentes a la ejecución de los trabajos antes mencionados. A continuación se establecen los lineamientos que los licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos correspondientes.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y registro a la licitación desde la publicación de la convocatoria y hasta, inclusive, el séptimo día natural previo al acto para la presentación y apertura de proposiciones en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx o en: la Dirección de Administración de la S.C.T., Tercer piso del edificio de dicha Secretaría, Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, S/N, esquina Distrito Minatitlán, Fraccionamiento José Pagés Llergo, Colonia Xxxxxx Xxxxxxx
C.P. 86125, Villahermosa, Centro, Tabasco, al teléfono 00 00 00 00 00 00 xxx. 00000, de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 14:00, sin costo alguno.
Es requisito indispensable el registro para participar en esta licitación expedido a través del sistema comprante.
CAPACIDAD FINANCIERA REQUERIDA POR LA CONVOCANTE
Para evaluar la capacidad financiera del licitante, la S.C.T., verificará que:
El capital de trabajo del licitante cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado;
El licitante tenga capacidad para pagar sus obligaciones; y
El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa. Art. 64, fracc. VI del RLOPSRM.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL QUE DEBE PRESENTARSE CONJUNTAMENTE CON LAS PROPOSICIONES.
Con fundamento en lo que establece el artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el licitante, deberá presentar su proposición y documentación adicional, por escrito y en sobre cerrado.
Los licitantes, a su elección, deberán acompañar dentro o fuera del sobre que contenga sus proposiciones, los siguientes documentos:
I).- En el acto de presentación y apertura de proposiciones bastara que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuente con facultades suficientes
para comprometerse por si o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
II).- Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. (Art. 36 párrafo I y 61 Fracc. IX inciso d del RLOPSRM)
III).- Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto;
IV).- Escrito mediante el cual declare que no se encuentra en alguno de los supuestos que establece el
Artículo 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
V).- Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona quien firme la proposición.
VI).- Para personas jurídico colectivas, original (para cotejar) y copia fotostática legible del testimonio del acta constitutiva y modificaciones en su caso, la que deberá estar inscrita en el registro público de comercio y copia fotostática de identificación oficial de quien firma la proposición, copia del registro federal de contribuyentes.
Para personas físicas, original ó copia certificada (para cotejar) y copia fotostática del acta de nacimiento, registro federal de contribuyente y copia fotostática de identificación oficial.
Para participar en la licitación, dos o más interesados podrán agruparse para presentar una sola proposición cumpliendo los siguientes requisitos CONFORME AL ART. 47 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,
señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este artículo se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio formará parte del mismo como uno de sus anexos, y
IV. Para acreditar la capacidad financiera requerida por la convocante, se podrán considerar en conjunto las correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, tomando en cuenta si la obligación que asumirán es mancomunada o solidaria.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II de este artículo y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
Cuando existan causas justificadas para no aceptar la presentación de proposiciones conjuntas, se requerirá la autorización escrita del titular del Área responsable de la contratación, en la cual deberán precisarse las razones para ello, particularmente los aspectos relativos a que con tal determinación no se limita la libre participación. Dicha autorización deberá formar parte del expediente de contratación respectivo. (Art. 47 del RLOPSRM)
Conforme a lo dispuesto en el artículo 47 del RLOPSRM, las personas que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar en forma individual lo señalado en los Documentos II, III, IV, V y VIII, anexos AT-4 y AT-5 de esta convocatoria a la licitación pública la omisión de algunos de estos documentos por parte de alguno de los integrantes será motivo para desechar la propuesta.
La insolvencia o incapacidad para contratar de alguno de los integrantes del grupo en una proposición conjunta, afectará la solvencia de la totalidad de la proposición conjunta en términos de las disposiciones legales aplicables.
VII).- Escrito mediante el cual la persona jurídica colectiva manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a).- De la persona jurídica colectiva:
Clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las
escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quién se hayan otorgado asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y;
b).- Del representante:
Nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado.
Este escrito deberá contener lugar y fecha de presentación de apertura, nombre y cargo del servidor público quien firma la convocatoria, No. de licitación, Nombre de la Obra, Ubicación y Nombre y firma del licitante y/o Nombre y firma del apoderado o representante legal.
VIII).- Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de que por el conducto de los licitantes no podrán participar, personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la LOPSRM o de la Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público con el propósito de evadir los efectos de dicha inhabilitación. En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, las dependencias y entidades se abstendrán de firmar los contratos correspondientes (Articulo 51, fracción IV de la LOPSRM).
Este escrito deberá contener lugar y fecha de presentación de apertura, nombre y cargo del servidor público quien firma la convocatoria, No. de licitación, Nombre de la Obra, Ubicación y Nombre y firma del licitante y/o Nombre y firma del apoderado o representante legal.
La S.C.T., se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley, con la(s) persona(s) y licitante(s) que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común, (Art. 51, fracción VI de la LOPSRM).
IX).- Escrito mediante el cual se compromete a contratar un (D.R.O.) Director Responsable de Obra, en su caso los corresponsables que de acuerdo al tipo de obra se requieran con la especialidad de esta licitación. (Los gastos que se generen por estos conceptos deberán ser considerados dentro de los indirectos).
Deberá entregar original y copia vigente legible del Registro del D.R.O y sus corresponsables previo a la firma del contrato.
X).- Manifiesto de Integridad.- Mediante la cual los licitantes manifiestan que por si mismos, a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones.
XI).- XI.I COPIA SIMPLE DEL COMPROBANTE DEL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN A LA CONVOCATORIA.
XI.II COPIA DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION DEBIDAMENTE SELLADA.
XI.III COPIA DEL COMPROBANTE DE LA SITUACIÓN FISCAL EMITIDA POR EL SAT (32-D). (PARA LAS EMPRESAS QUE DECIDAN ASOCIARSE EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA DEBERÁN PRESENTARLO INDIVIDUALMENTE).
XI.IV CARTA COMPROMISO DE LA COMPAÑÍA AFIANZADORA DONDE MANIFIESTE QUE EN CASO DE QUE LA EMPRESA RESULTE ADJUDICADA, SE LE PROPORCIONARAN LAS FIANZAS CORRESPONDIENTES PARA PODER CONTRATAR OBRA CON EL IMPORTE MÍNIMO DEL CAPITAL CONTABLE REQUERIDO.
XI.V OPINION DEL BURO DE CREDITO
XII).- El Presente proceso de contratación de licitación, bases y anexos.
I GENERALIDADES DE LA OBRA.
1.1.1. DESCRIPCION DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO VIAL PARA DISCAPACITADOS EN LA CIUDAD XX XXXXXXXXXXXX (PRIMERA ETAPA).
1.1.2. ORIGEN DE LOS RECURSOS: CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS CON CARGO AL FONDO PARA LA ACCESIBILIDAD PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD FECHA 00 XX XXXXX XX 0000.XXXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXX No.: SPF/TR/1536/2014 DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000, EMITIDO POR LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS.
CAPITAL CONTABLE MINIMO REQUERIDO: $ 3’000,000.00
1.2 FECHAS ESTIMADAS DE INICIO Y TERMINACIÓN.
La fecha prevista para el inicio de los trabajos será el día 20 de Octubre de 2014
1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución de los trabajos será de 60 días naturales contados a partir de la fecha de iniciación de los trabajos.
1.3.1 PROGRAMA GENERAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los licitantes elaborarán sus programas de ejecución considerando lo indicado en el punto 1.2 y con el plazo solicitado en el punto 1.3.
Dichos programas podrán ser presentados en los formatos que para tal efecto proporciona El S.C.T., o podrán ser reproducidos, cumpliendo con cada uno de los elementos requeridos en el punto 4.2.
1.4 VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS Y JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
Los licitantes que hayan registrado su participación a la licitación, podrán visitar el(los) lugar(es) en que se realizarán los trabajos para que, considerando las especificaciones y documentación relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se requieran, analicen los grados de dificultad y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar su ejecución.
A quienes se registren posterior a la realización de la visita, se les podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, siempre que lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas (el plazo puede ser hasta de setenta y dos horas, cuando por razones de seguridad o acceso al sitio de los trabajos resulte necesario) a la conclusión del período de registro, aunque no será obligatorio para la S.C.T., designar a un técnico que guíe la visita.
La visita al sitio donde se realizarán los trabajos siendo optativa para los interesados y tendrá como objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico. Los licitantes deberán incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten que conocen las condiciones y características antes citadas, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo.
Al sitio de realización de los trabajos podrán asistir los interesados y sus auxiliares, así como aquéllos que autorice la convocante. Con posterioridad a la realización de la visita podrá permitírseles el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos a quienes lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la recepción y apertura de proposiciones, aunque no será obligatorio para la dependencia o entidad designar a un técnico que guíe la visita. Dicho plazo podrá ser hasta de setenta y dos horas, cuando por razones de seguridad o acceso al sitio de los trabajos resulte necesario, debiéndose en este caso establecer dicho término en las bases de la licitación.(Art. 38 del RLOPSRM)
En ningún caso, la S.C.T., asumirá responsabilidad, por las conclusiones que los licitantes obtengan al examinar el(los) lugar(es) y circunstancias antes señaladas, y en el caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se hayan tomado en consideración las condiciones imperantes en el sitio de los trabajos no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en la forma y términos convenidos.
El licitante deberá manifestar por escrito, que conoce el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, así como de haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a las bases de la licitación, ya sean derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, de preguntas adicionales que se hayan efectuado con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones o de cualquier otra situación enmarcada en la normatividad aplicable (Anexo 6-T), por lo que no podrá invocar su desconocimiento o modificaciones al contrato por este motivo.
En la(s) junta(s) de aclaraciones los licitantes que hubieran aceptado participar en la licitación, podrán asistir y solicitar aclaraciones o modificaciones a las mismas, las cuales serán ponderadas por la S.C.T.
Las dependencias y entidades podrán celebrar el número de juntas de aclaraciones que se consideren necesarias, atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a realizar, debiendo comunicar a los asistentes en cada junta la nueva fecha de celebración. De existir modificaciones a las condiciones de la licitación éstas se difundirán a través de CompraNet. y/o xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
La asistencia a la junta de aclaraciones en las licitaciones es optativa para los licitantes. Las personas que manifiesten su interés en participar en la licitación mediante el escrito a que se refiere el tercer párrafo del artículo 35 de la Ley, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas o cuestionamientos en relación con las bases de la licitación. Dichas solicitudes deberán remitirse a la convocante en la forma y términos establecidos en dicho artículo, acompañadas del escrito señalado.
El escrito a que se refiere el párrafo anterior deberá contener los datos y requisitos indicados en la fracción VI del artículo 61 del Reglamento de la LOPSRM.
Si el escrito señalado en este artículo no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de la Ley.
Las solicitudes de aclaración que, en su caso, deseen formular los licitantes deberán plantearse de manera concisa y estar directamente relacionadas con los puntos contenidos en las bases de la licitación.
Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta o aspecto que se solicita aclarar; aquellas solicitudes de aclaración que no se presenten en la forma señalada podrán ser desechadas por la convocante.
Las solicitudes de aclaración se presentarán, a elección del licitante, de manera personal en la junta de aclaraciones en el domicilio señalado por la dependencia o entidad en las bases de la licitación para llevar a cabo dicho evento, o bien, a través de Comprante o la pagina de la dependencia, con la anticipación indicada en el cuarto párrafo del artículo 35 de la Ley.
La S.C.T., tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante que se formulen a través de CompraNet o la página de la dependencia, la hora que registre el sistema al momento de su envío. (Art. 39 del RLOPSRM)
Como constancia de la(s) junta(s) de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá las preguntas de los licitantes y las respuestas de éstas, y en su caso, las adecuaciones y/o modificaciones a las bases de la licitación para la elaboración y presentación de las proposiciones, entregándoseles copia de la misma y para los ausentes, se pondrá a su disposición, en las oficinas de La Dirección de Programación y Presupuesto de la S.C.T.
La S.C.T., podrá recibir preguntas adicionales con posterioridad a la(s) junta(s) de aclaraciones y hasta cuarenta y ocho horas antes de la conclusión del período de registro de participación en la licitación, a las que dará contestación a más tardar el último día de dicho período, siempre y cuando el licitante haya adquirido las bases.
1.4.1 LUGAR DE REUNIÓN PARA LA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS.
El lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos será en la Sala de Juntas de la Subsecretaría de Transportes, a las 10:00 horas, el día 29/09/2014, siendo atendidos por: Mtro. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx con número telefónico (01 993) 350 3999 ext. 45500.
1.4.2 JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
La(s) junta(s) de aclaraciones se celebrará(n) a las 10:00 horas, el día 30/09/2014, en: Sala de Juntas de la Subsecretaría de la S.C.T., del Gobierno del Estado de Tabasco.
En la(s) junta(s) de aclaraciones, la S.C.T., resolverá en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que sobre las bases de la licitación le formulen los interesados, debiendo constar todo ello en el acta que para tal efecto se levante, indicando si es la última o habrá una posterior y que será firmada por los asistentes interesados y los servidores públicos que intervengan. De proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en las bases, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante.
Las solicitudes de aclaración, podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de un correo electrónico, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta.
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que se incluyen en estas bases de la licitación para que no incurra en alguno de los motivos señalados en el punto 5.3, donde se precisan las causas por las que puede ser desechada su proposición.
2 INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA.
En la convocatoria a la licitación pública se especifican los trabajos que se licitan, el procedimiento de esta licitación y las condiciones contractuales, detallándose en los siguientes documentos:
a. Instrucciones a los licitantes;
b. Anexos : Requisitos Técnicos y Económicos: Formatos, modelos de contrato y de escritos, y guías de llenado;
c. Proyectos arquitectónicos y de ingeniería, normas de calidad de los materiales y especificaciones generales y particulares de construcción, aplicables;
d. Catálogo de conceptos;
e. Acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones, documentos de aclaración y/o modificación que se generen; y
f. Formato para la verificación de la recepción de los documentos que el licitante entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones. (Art. 34 fracc. IX del RLOPSRM)
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que se incluyen en esta convocatoria a la licitación pública para que no incurra en alguno de los motivos señalados en el punto 5.3, donde se precisan las causas por las que puede ser desechada su proposición.
3 MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA.
En los términos del artículo 35 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la S.C.T. podrá modificar el contenido de esta convocatoria a la licitación pública.
Las modificaciones que se generen en la(s) junta(s) de aclaraciones o con motivo de las preguntas adicionales, serán de observancia obligatoria para los licitantes.
Cualquier modificación a la convocatoria a la licitación pública derivada del resultado de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria a la licitación pública.
Las modificaciones que se hagan a esta convocatoria a la licitación pública se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación o difusión, a fin de que los interesados concurran ante la S.C.T., para conocer, de manera específica, las modificaciones respectivas.
3 MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN.
En los términos del artículo 35 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la S.C.T. podrá modificar el contenido de estas bases de a la licitación.
Las modificaciones que se generen en la(s) junta(s) de aclaraciones o con motivo de las preguntas adicionales, serán de observancia obligatoria para los licitantes.
Cualquier modificación a las bases de la licitación derivada del resultado de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia proposición.
Las modificaciones que se hagan a estas bases de la licitación se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación o difusión, a fin de que los interesados concurran ante la S.C.T., para conocer, de manera específica, las modificaciones respectivas.
4 PREPARACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
Los licitantes prepararán sus proposiciones conforme a lo establecido en las bases de la licitación, así como en las aclaraciones y modificaciones que, en su caso, afecten a aquéllas.
La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica, salvo tratándose del catálogo de conceptos o presupuesto (ANEXO 12-E) de obra o servicios y los programas solicitados (ANEXO 10-E), mismos que deberán ser firmados en cada hoja.
En las proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición.
La proposición será entregada en un solo sobre, claramente identificado en su parte exterior y completamente cerrado, señalando el licitante su domicilio el cual será el lugar donde este recibirá toda clase de notificaciones que resulten de los contratos y convenios que celebre con este la S.C.T. de conformidad con la LOPSRM y su reglamento. (Art. 41 y 42 del RLOPSRM)
En el caso de que el licitante entregue información de naturaleza confidencial, deberá señalarlo expresamente por escrito a la S.C.T., para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.
La documentación distinta a la parte técnica y económica de la proposición podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que contenga su proposición.
4.1 ENTREGA DE PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Si acude personalmente el representante legal del licitante, éste deberá presentar copia del documento que acredite su personalidad e identificación oficial vigente con fotografía, en el caso de que la persona que entregue el sobre en el acto de presentación y apertura de proposiciones, sea distinta al representante legal, aquélla
deberá anexar por separado y fuera del sobre que contenga la proposición, escrito firmado por el representante legal dirigido a la S.C.T., facultándolo para la entrega del sobre que contenga la proposición. El facultado deberá presentar su identificación oficial vigente y la del representante legal de la empresa que firma la proposición.
El licitante a su elección y bajo su exclusiva responsabilidad podrá enviar su proposición en sobre cerrado, a través del servicio postal o de mensajería, debiéndose entregar en la dirección indicada en el primer párrafo del numeral 5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Si el licitante opta por enviar su proposición por cualquiera de estos medios, la entrega deberá ser previa al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.
La S.C.T. se abstendrá de recibir toda proposición que se envié por servicio postal o de mensajería que se encuentre en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Después del plazo para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones;
b) Que se entregue en una dirección distinta a la indicada en estas bases de la licitación;
c) Que la proposición no se entregue en sobre cerrado; y
d) Cuando el sobre llegue roto por el manejo del servicio postal o de mensajería.
e) No se aceptan propuestas por medios remotos de comunicación electrónica
4.2 FORMA DE PRESENTACIÓN.
Las proposiciones deberán presentarse por escrito y podrá integrarse en los documentos que para tal efecto se incluyen en estas bases de la licitación, o reproducirlos siempre y cuando se respete el contenido y estructura de los mismos, sin tachaduras ni enmiendas.
La proposición que el licitante entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá estar integrada en la forma siguiente:
4.2.1 Requisitos y documentación requeridos por la S.C.T., que deben cumplir las proposiciones que presenten los licitantes, consistentes en anexos técnicos y económicos, que serán objeto de evaluación.
PROPUESTA TECNICA
Anexo 1-T | Convenio privado de agrupación celebrado entre dos o más interesados para participar en la licitación conforme al art. 47 del reglamento. |
Anexo 2-T | Descripción de la planeación integral del licitante para realizar los trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución de los trabajos, considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos y que establezca la S.C.T . |
Anexo 3-T | Especificar si se encuentra afiliada o no a la CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, y por lo tanto manifiesta estar de acuerdo o no en que, en las estimaciones del servicio que se generen, se le aplique o no una retención equivalente al 2 al millar del monto de las mismas, como aportación al instituto de capacitación de LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN. |
Anexo 4-T | Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentarse carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad en el caso de que resultare ganador. |
Anexo 5-T | Documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en trabajos similares anexando documento que avalen dicha información en obras de características técnicas y magnitud similares, con la identificación de los trabajos realizados por el licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso. Anexar caratulas de contratos y actas de finiquito de obra en caso contrario será motivo de desechamiento. |
Anexo 6-T | Escrito de proposición de los profesionales técnicos y administrativos al servicio del licitante, anexando el curriculum de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de las obras, los que deberán tener experiencia en obras de características técnicas y magnitud similares. Se deberá anexar copia de la acreditación de la firma electrónica, cedula del profesional técnico y formato del superintendente que estará a cargo de la ejecución de la obra, asi como caratulas de contrato y acta de finiquito de obra donde se compruebe su participación para acreditar la experiencia solicitada. |
Anexo 7-T | Manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales; estar conforme de ajustarse a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de las bases de la licitación, sus anexos y las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado; al modelo del contrato y de las garantías a otorgarse, los proyectos arquitectónicos y de ingeniería; el haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que la S.C.T. les hubiere proporcionado, así como haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso le proporcionará la S.C.T. y el programa de suministro correspondiente. |
Anexo 8-T | Manifestación escrita en la que señale las partes de los trabajos que subcontratará, solo en el caso de haberse previsto en las bases de la licitación. La S.C.T.. podrá solicitar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que subcontratarán. |
Anexo 9-T | Manifestación escrita de que los precios consignados en su proposición no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o de subsidios, cuando se requiera de materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente de origen extranjero de los señalados por la secretaria de economía. |
Anexo 10-T | Documentos que acrediten la capacidad financiera, los cuales deberán integrarse por copias de las declaraciones fiscales o estados contables auditados de los dos últimos años anteriores y el comparativo de razones financieras básicas, salvo en el caso de empresas de nueva creación, las cuales deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación |
de proposiciones. | |
Anexo 11-T | Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con dependencias o entidades, en el caso de haberlos celebrado; en el supuesto de que el licitante no haya formalizado contratos con las dependencias y entidades éste lo manifestará por escrito a la convocante, bajo protesta de decir verdad; (los documentos solicitados para acreditar el historial de cumplimiento son, copias de las actas de entrega-recepción de los contratos celebrados), en caso de que el licitante no presente los documentos o el escrito señalados, se atenderá lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del artículo 66 de este reglamento. (Art. 44 fracc. IX del RLOPSRM). ANEXO ECONOMICOS |
ANEXO 1-E | Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivas unidades de medición y sus importes agrupando por: a materiales más significativos y equipo de instalación permanente. b mano de obra. c maquinaria y equipo de construcción con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivas unidades de medición y sus importes. |
ANEXO 2-E | Factor xx xxxxxxx real. a análisis del factor tp/ti b tabla de cálculo del factor xx xxxxxxx real. c análisis, cálculo e integración xxx xxxxxxx real. deberá anexar el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios. (Art. 45 Fracc. III del RLOPSRM). Anexar copia del factor de riesgo del seguro social. |
ANEXO 3-E | Relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieran para la ejecución de los trabajos. Cuando existan insumos de los señalados en el artículo 44 fracción VIII del reglamento de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, se deberá señalar el precio ofertado por el licitante. |
ANEXO 4-E | Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos para efectos de evaluación, con costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos. |
ANEXO 5-E | Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales. |
ANEXO 6-E | Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento. |
ANEXO 7-E | Cargo por utilidad propuesta por el licitante. |
ANEXO 8-E | Cargos adicionales. |
ANEXO 9-E | Análisis del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajo, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos. |
ANEXO 10- E | Programa de ejecución de los trabajos conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme a los períodos determinados por el S.C.T. dividido en partidas y subpartidas, del total de los conceptos de trabajo, utilizando preferentemente diagramas xx xxxxxx, o bien, redes de actividades con ruta critica. |
ANEXO 11- E | Programas de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización, conforme a los períodos determinados por el S.C.T., para los siguientes rubros: a Materiales y equipo de instalación permanente expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos. b Mano de obra. c Maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características. d Utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos. |
ANEXO 12- E | Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y del total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente. Se deberá anexar en archivo electrónico en el programa que elabore su propuesta económica. |
4.3 IDIOMA.
Todos los documentos relacionados con la proposición deberán presentarse en: Idioma español.
4.4 MONEDA.
La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: Peso mexicano.
4.5 ANTICIPOS.
Se otorgara un anticipo de 30%.
4.6 AJUSTE DE COSTOS.
El S.C.T. con fundamento en lo señalado en el artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, determina que el procedimiento de ajuste de costos, se lleve a cabo de conformidad con la fracción I del artículo 57 de la citada ley. La aplicación de los procedimientos para ajuste de costos se hará como lo determina el artículo 58 de la citada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Este procedimiento de ajuste de costos en moneda nacional no podrá ser modificado durante la vigencia del contrato.
Para efectos de la aplicación de ajuste de costos, se estará a lo señalado en el Capítulo Quinto del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
4.7 CONDICIONES DEL PRECIO.
El contratista recibirá de El S.C.T., el pago total en moneda nacional que deba cubrírsele por unidad de concepto de trabajos terminados, ejecutado conforme al proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad requeridas.
4.8 FORMA Y TÉRMINOS DE PAGO DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos objeto del contrato, se pagarán conforme a lo establecido en el catálogo de conceptos, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos con base en las normas de calidad de los
materiales y especificaciones de construcción, que abarcarán un período no mayor a un mes calendario, las que serán presentadas por el contratista a la residencia de obra dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las mismas, la que será el día último de cada periodo acordado, la residencia de obra dentro de los quince (15) días naturales siguientes, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones, mismas que serán pagadas por la S.C.T. dentro de los plazos y términos establecidos en el contrato, a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra, para que El S.C.T. inicie su trámite de pago. Las diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
4.9 PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.
Ninguna de las condiciones contenidas en estas bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, en cumplimiento a lo establecido la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
4.10 RETENCIONES SOBRE LAS ESTIMACIONES POR PAGAR.
El S.C.T. descontará de las estimaciones de los trabajos ejecutados, el dos al millar (0.2%) para ser aportado, por parte de el contratista, a los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción que desarrolla el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción, La S.C.T. realizará la retención en el porcentaje antes mencionado, aportación que será entregada al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción.
Esta aportación no deberá ser repercutida en la integración de los precios unitarios, por lo que en caso de repercutirla, será motivo para desechar la proposición.
Asimismo, de las estimaciones que se le cubran al contratista, se le descontará el cinco al millar (0.5%) del importe de cada estimación, para cumplir con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos en vigor, por concepto de derechos de inspección, vigilancia y control de obras y servicios que realiza la Secretaría de la Función Pública, según lo establece el artículo 37 fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
4.11 AGRUPACIONES.
Dos o más personas, físicas x xxxxxxx, podrán presentar conjuntamente su proposición, sin necesidad de constituir una sociedad o nueva sociedad en el caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de El S.C.T. las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
Para tal efecto, se deberá celebrar entre sí un convenio privado, protocolizado ante notario o fedatario público, el que contendrá lo siguiente:
a. Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
f. Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones.
En el caso de agrupaciones bastará con la adquisición de un solo ejemplar de las bases de la licitación.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta, incluyéndose el convenio privado mencionado anteriormente, en el sobre que contenga la proposición.
Para acreditar la capacidad financiera requerida por El S.C.T. se podrá considerar en conjunto las correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación tomando en cuenta si la obligación que asumirán es mancomunada o solidaria.
4.12 SUBCONTRATACIÓN.
No se permitirá la subcontratación de ninguna parte de los trabajos. (En este caso el licitante anexará a su proposición el formato que se le proporciona con la leyenda “NO APLICA”).
4.13 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE.
4.14 RELACIÓN DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO, PROPORCIONE EL S.C.T.
A) No se proporcionará material ni equipo de instalación permanente. (En este caso el licitante anexará a su proposición el formato que se le proporciona con la leyenda “NO APLICA”).
4.15 RELACIÓN DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE FABRICACIÓN NACIONAL QUE PODRÁ REQUERIRSE EN LA LICITACIÓN PÚBLICA.
Cuando se establezcan requisitos de contenido nacional en los términos del último párrafo del artículo 30 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas, la Secretaría de Economía podrá solicitar a El S.C.T. la información necesaria para verificar el cumplimiento del contenido de fabricación nacional de los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente que deban ser utilizados en la ejecución de los trabajos, de conformidad con las reglas de carácter general que para estos efectos emita dicha Secretaría. (NO APLICA)
4.15 FIRMA DE LA PROPOSICIÓN.
La proposición deberá ser firmada autógrafamente con tinta indeleble por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica, con excepción de los documentos señalados en el punto 4 de estas bases de la licitación “4 PREPARACIÓN DE LA PROPOSICIÓN” en su párrafo II. (ANEXO 12-E y el programa de obra (ANEXO 10-E), mismos que deberán ser firmados en cada hoja.
4.15 COMO INTEGRAR E IDENTIFICAR LA PROPOSICIÓN.
El licitante deberá integrar su proposición, en original y en la forma que previene el punto 4.2.1. Una vez integrada deberá ser colocada en un solo sobre completamente cerrado claramente identificado en su parte exterior, con la clave de la licitación, objeto de los trabajos y el nombre o la razón social del licitante, señalando su domicilio el cual será el lugar donde este recibirá toda clase de notificaciones que resulten de los contratos y convenios que celebre con este S.C.T. de conformidad con la LOPSRM y su reglamento.
5 DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN.
Para facilitar el procedimiento de licitación, El S.C.T. efectuará revisiones preliminares respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados y cerciorarse de su inscripción en el registro de contratistas, así como la documentación distinta a la proposición técnica y económica de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En ningún caso se impedirá el acceso a quienes no se encuentren inscritos en dicho registro, por lo que los licitantes que adquirido su registro de participación en la licitación podrán presentar sus proposiciones en el acto de presentación y apertura de proposiciones de que se trate.
En todos los casos, se preferirá la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que, en su caso, hayan ejecutado trabajos con contratos terminados en costo y tiempo.
5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones deberán presentarse de acuerdo al calendario de actividades en: la Sala de Juntas de la Dirección General del S.C.T., sito en Xxxxxxxxx xxx xxxxxx Xx. 000 Xxxxx. Xxxxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, donde se llevará a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones, bajo la presidencia del servidor público designado. Los licitantes o sus representantes legales al ser nombrados entregarán sus proposiciones en sobre cerrado y en su caso el escrito indicado en el punto 4.1.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones, no se recibirán proposiciones que se presenten después de la fecha y hora establecida en estas bases de la licitación.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
I. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado; se llevará a cabo la revisión de las mismas solo para el efecto de hacer constar la documentación presentada por los licitantes, sin entrar a su análisis técnico, legal o administrativo, leyendo en voz alta, el importe de las proposiciones recibidas.
II. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el servidor público de El S.C.T. facultado para presidir el acto, firmarán de las proposiciones presentadas, el documento número AE-12, Catálogo de conceptos, en el que se consignen los precios y el importe total de los trabajos objeto de esta licitación;
III. Se levantará acta que contendrá como mínimo los requisitos que menciona el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones en la que se harán constar las proposiciones recibidas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas; el acta será firmada por los asistentes y se entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación. En esta acta se señalará el dia y hora que se celebrara el fallo de la licitación.
IV. El S.C.T. procederá con el análisis cualitativo de las proposiciones recibidas, de acuerdo a lo señalado en el punto 5.4 de estas bases, debiendo elaborar una información soporte utilizada para
realizar la adjudicación del contrato conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dando a conocer el resultado a los licitantes en el fallo;
En junta pública se dará a conocer el fallo de la licitación, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren presentado proposiciones, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta respectiva. Asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de medios electrónicos el mismo día en que se emita. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet. y /o en la pagina de la dependencia, Conforme a lo establecidos en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
5.2 LICITACIÓN DESIERTA.
El S.C.T., declarará desierta la licitación cuando a su juicio las proposiciones presentadas por los licitantes no reúnan los requisitos de estas bases de la licitación, sus precios de insumos no fueren aceptables, cuando ninguna persona adquiera las bases de la licitación, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
5.3 CAUSAS POR LAS QUE PUEDE SER DESECHADA LA PROPOSICIÓN.
Se considerará como causa suficiente para desechar una proposición, cualquiera de las siguientes circunstancias:
I. La falta de información o documentos que impidan comprobar la solvencia requerida en estas bases de la licitación. (Artículo 69 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
II. La presentación de información y datos incompletos en cualquiera de los documentos requeridos en estas bases de la licitación.
III. Cuando en los documentos solicitados se consignen datos e informes distintos a los requeridos en estas bases de la licitación. (Artículos 64 y 65 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
IV. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el S.C.T. (Artículo 69 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
V. Cuando la información o documentación proporcionada por el licitante es falsa. (Artículo 69 fracción III del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VI. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en el artículo 33, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Artículo 69 fracción IV del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
VII. La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
VIII. Cuando las cantidades de trabajo y/o precios unitarios del catálogo de conceptos, presenten alteraciones, raspaduras, tachaduras y/o enmendaduras. (Artículo 69 fracción II del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
IX. Cuando el licitante no presente uno o varios análisis de precios unitarios o que éstos estén incompletos. (Artículo 69 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
X. Cuando el licitante, en su catálogo de conceptos, omita alguno o algunos de los precios unitarios. (Artículo 69 fracción I del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XI. Cuando el licitante, en su documentación no señale el indicador económico utilizado en el análisis del costo por financiamiento (Artículo 65 apartado A fracción V inciso C del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XII. Cuando el licitante, en su análisis del costo por financiamiento no incida la amortización del o los anticipos otorgados, si es el caso. (Artículos 50 fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante no sea congruente con lo que se establezca en las bases de la licitación.
XIII. Cuando el licitante, para su análisis y cálculo del costo por financiamiento no tome como base el importe resultante de la suma de costo directo más costo indirecto.
XIV. Cuando en la parte económica se incluyan los cargos por concepto de asociación a cámaras industriales o comerciales de la construcción (Artículo 220 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XV. El no incluir dentro de su propuesta el registro a participar en la licitación
XVI. El no anexar copia de la acreditación de la firma electrónica del superintendente que estará a cargo de la ejecución de la obra
XVII. Cuando el licitante en su documentación no señale el indicador económico especifico de la tasa de interés utilizada en el cálculo del costo por inversión integrante de los análisis de los costos horarios. (Artículo 197 último párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas);
XVIII. La falta de firma en los documentos ANEXO-10-E Programa general de ejecución de los trabajos y ANEXO-12-E Catalogo de conceptos.
XIX. Que el plazo de ejecución de los trabajos propuesto por el licitante sea mayor al establecido en las bases de la licitación.
XX. Que los precios propuestos por el licitante No sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la proposición total.
XXI. Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, No se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado
XXII. Que los análisis de costos indirectos No se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en las bases de la licitación y en el Reglamento y cuando el porcentaje manifestado para la ejecución de los trabajos no esté de acorde a las características y magnitud de los trabajos a ejecutar
XXIII. Cuando el licitante en su cálculo del factor xx xxxxxxx real (ANEXO 2-E) no considere como días pagados no trabajados únicamente a los que establece la Ley Federal del Trabajo y al contrato colectivo de trabajo (en su caso).
XXIV. Las demás que, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, sean consideradas expresamente en las bases de la licitación y por que afecten directamente la solvencia de la proposición ó la realización de los trabajos.
5.4 CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Para la evaluación de la solvencia de las proposiciones se aplicará el mecanismo señalado artículo 63 fracción I del Reglamento, que consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por este S.C.T.
El S.C.T. para hacer el estudio, análisis y evaluación de las proposiciones, se apegará a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en los artículos 44, 45, 64 y
65 de su Reglamento, considerando que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa general de ejecución de los trabajos, las cantidades de trabajo establecidas y que el análisis, calculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se ejecuten los trabajos a efecto de que se tengan los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas, financieras y administrativas requeridas en estas bases de la licitación.
Las proposiciones se evaluarán en dos formas: una cuantitativa, donde para la recepción de las mismas sólo bastará verificar la presentación de los documentos, sin entrar a la revisión de su contenido; y otra cualitativa, donde se realizará el estudio detallado de las proposiciones presentadas, a efecto de que El S.C.T. tenga los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas.
5.5 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las bases de la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por El S.C.T. y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de la Ley. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
En caso de que no se haya previsto dar a conocer el fallo en junta pública, el sorteo por insaculación se llevará a cabo previa convocatoria por escrito que realice el Área responsable de la contratación a los licitantes, a un representante del órgano interno de control y al testigo social cuando éste participe en el procedimiento de licitación, debiendo levantarse el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o la falta de firma en el acta respectiva de los licitantes e invitados, invalide el acto. (Art. 67 del RLOPSRM)
Para la evaluación de la solvencia de las proposiciones se aplicará el siguiente mecanismo:
I. Binario: que consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por este S.C.T.
Este mecanismo podrá aplicarse en los siguientes supuestos:
b) Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo presupuestado no exceda los diez mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes. (Art. 63 fracc. I inciso b; y 64 del RLOPSRM)
Al finalizar la evaluación de las proposiciones, El S.C.T. emitirá un fallo, el cual contendrá lo establecido en el artículo 39 de la Ley.
La información soporte utilizada por la convocante para realizar la adjudicación del contrato en los procedimientos de contratación deberá integrarse en el expediente correspondiente.
Cuando exista desechamiento de alguna proposición El S.C.T. se señalaran en el acta de fallo de la licitación, las razones y fundamentos para ello, con base en la evaluación realizada.
Las proposiciones desechadas durante el procedimiento de contratación, podrán devolverse cuando sea solicitado por los licitantes, o bien, podrán ser destruidas en los términos del último párrafo del artículo 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. No obstante las proposiciones solventes que hayan sido sujetas de la aplicación del criterio de adjudicación previsto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, serán las únicas que no podrán devolverse o
destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de El S.C.T. quedando sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes, y demás aplicables, así como a las previstas en el artículo 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6 DEL CONTRATO
6.1 MODELO DEL CONTRATO.
El modelo de contrato, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
6.2 FIRMA DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato el licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite la existencia legal de la persona moral y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
En el caso de que el licitante se encuentre inscrito en el registro único de contratistas (Padrón de contratistas del estado de Tabasco), no será necesario presentar la información a que se refiere el párrafo anterior, bastando únicamente exhibir la constancia o citar el número de su inscripción y manifestar bajo protesta de decir verdad que en el citado registro la información se encuentra completa y actualizada. (Art. 61 fracc. VII párrafo 2do.)
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona moral cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
El licitante a quien se le adjudique el contrato, previamente a la formalización del contrato, deberá firmar la totalidad de la documentación que integre su proposición.
La adjudicación del contrato obligará a El S.C.T. y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse el contrato si no se encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción I del artículo 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública por conducto del Órgano Interno de Control y en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en su caso, El S.C.T., Tabasco podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Municipio, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el punto 6.6 de estas bases de la licitación, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.
Si El S.C.T. no firmare el contrato respectivo o cambia las condiciones de las bases de la licitación que motivaron el fallo correspondiente, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a ejecutar los trabajos.
Carta compromiso en hoja membretada del contratista donde manifieste el nombre y N°. de su director responsable de obra (DRO) que estará encargado durante toda la ejecución del contrato, así mismo deberá adjuntar carta compromiso por parte del Director Responsable de Obra donde se compromete a prestar sus servicios para la obra del contrato adjudicado, en hoja membretada del DRO y anexara copia de su registro
vigente emitido para la comisión de Directores Responsables y corresponsables de Obra del Estado de Tabasco, previo a la firma del contrato.
6.3 COMPROBACIÓN DEL CONTRATISTA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS.
6.3.1.- Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, se observará lo siguiente:
El S.C.T. exigirá del contribuyente con quien se vaya a celebrar el contrato, le presente escrito libre con los siguientes requisitos:
1. Lugar y fecha.
2. Nombre, denominación o razón social.
3. Clave del Registro Federal de Contribuyentes.
4. Domicilio fiscal.
5. Actividad preponderante.
6. Nombre, Registro Federal de Contribuyentes y firma del representante legal, en su caso.
7. Monto total del contrato.
8. Señalar que el contrato se trata de obra pública.
9. Número de contrato.
10. Manifestación bajo protesta de decir verdad que a la fecha de su escrito libre:
a) Ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al Registro Federal de Contribuyentes, a que se refieren el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
b) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales por los que se encuentra obligado; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones del ISR de salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación del escrito libre. Cuando el contribuyente tenga menos de dos años de inscrito en el RFC, la manifestación a que se refiere este inciso, corresponderá al periodo transcurrido desde la inscripción y hasta la fecha en la que presente el escrito, sin que en ningún caso los pagos mensuales excedan de los últimos 12 meses.
c) Que no tiene créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que deriven de los anteriores.
d) En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes manifestará que se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la obra pública que se pretende contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 2.1.17 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 xx xxxxxx del 2006.
e) Tratándose del contribuyente que hubiera solicitado autorización para pagar a plazos o hubiera interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no ha incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el R. F. C., ni los avisos al mencionado registro y los contribuyentes que no hubieran estado obligados a presentar, total o parcialmente, las declaraciones a que se refiere la fracción I, inciso b) de la regla 2.1.16 de la Décima Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2007, así como los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones en el escrito a que se refiere el primer párrafo de la citada fracción.
6.3.2.- Previo a la formalización del contrato, el licitante ganador deberá entregar copia “Acuse de Recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la Regla 1.2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2009, para lo cual deberá:
• Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo.
Tratándose de propuestas conjuntas previstas en el articulo 36 de la LOPSRM, los licitantes ganadores deberán presentar el “Acuse de Recepción” al que se hace referencia en el párrafo anterior por cada uno de los obligados en dicha propuesta.
Será motivo para no formalizar el contrato por causas imputables al licitante ganador, de manera enunciativa más no limitativa, lo siguiente:
Que no entregue el “Acuse de Recepción” de la solicitud de opinión prevista en la Regla 1.2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2009, o que esta sea emitida en sentido negativo.
6.4 GARANTÍAS DEL ANTICIPO; DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Y POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
6.4.1 GARANTÍA DEL ANTICIPO.
El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciba. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos.
Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de El S.C.T.
6.4.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato y dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de El S.C.T. por el diez por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados.
6.4.3 GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable.
Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de El S.C.T. por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de El S.C.T. para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia.
La fianza se otorgará en los términos del contrato citado.
En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, El S.C.T. deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.
6.5 GASTOS FINANCIEROS.
En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos, El S.C.T. a solicitud del contratista, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del contratista.
Tratándose de pagos en exceso que reciba el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los gastos financieros correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los gastos financieros se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de El S.C.T.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
6.6 NO FORMALIZACIÓN.
En el caso de que el licitante seleccionado no formalice el contrato o no presente la fianza de cumplimiento, se estará a lo dispuesto en el punto 6.2 denominado “FIRMA”.
6.7 INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN.
La Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas, inspecciones y verificaciones que estime pertinentes con respecto a la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6.8 RETENCIONES Y/O PENAS CONVENCIONALES.
Las penas convencionales se aplicarán por atrasos en el cumplimiento de las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos, así como por el atraso en el cumplimiento en la fecha de terminación de los trabajos pactada en la cláusula tercera del contrato, estipulándose las siguientes retenciones y/o penas convencionales:
A) El S.C.T. tendrá la facultad de verificar mensualmente si los trabajos objeto del contrato se están ejecutando por el contratista de acuerdo con las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos aprobado; para lo cual, El S.C.T. comparará el avance mes a mes contra el programa y los trabajos efectivamente ejecutados.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse y sea por causas imputables al contratista, El S.C.T. procederá a hacer las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determinen los atrasos, por las cantidades que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) de la diferencia de dichos importes por el número de meses transcurridos, desde la fecha del atraso en el programa, general de ejecución de los trabajos hasta la de revisión. Las retenciones serán determinadas únicamente en función de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente conforme al programa general de ejecución de los trabajos convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, y en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Asimismo, cuando el contratista regularice los tiempos de atraso señalados en el programa general de ejecución de os trabajos, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que El S.C.T. reintegrará al contratista el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas.
La aplicación de estas retenciones tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha de terminación de los trabajos, pactada en la cláusula tercera del contrato, éstos no se han concluido.
No obstante lo anterior, será improcedente la devolución de las retenciones efectuadas al contratista, en el caso de que el atraso en el cumplimiento de las fechas críticas pactadas conforme al programa general de ejecución de los trabajos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
B) Si el contratista no concluye los trabajos en la fecha estipulada en el plazo de ejecución establecido en la cláusula tercera del contrato y en el programa general de ejecución de los trabajos, El S.C.T. le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, determinando los atrasos con base en las fechas parciales o de terminación fijadas en el programa general de ejecución de los trabajos convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación de los trabajos pactada en la
cláusula tercera del contrato hasta el momento de la terminación total de los trabajos. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
De existir retenciones definitivas a la fecha de terminación de los trabajos pactada en la cláusula tercera del contrato y quedaran trabajos pendientes de ejecutar, éstas seguirán en poder de El S.C.T.; la cantidad determinada por concepto xx xxxxx convencionales que se cuantifique a partir de la fecha de terminación del plazo de ejecución de los trabajos, se hará efectiva contra el importe de las retenciones definitivas que haya aplicado El S.C.T. y, de resultar saldo a favor del contratista por concepto de retenciones, una vez concluida la totalidad de los trabajos y determinadas las penas convencionales, procederá la devolución del mismo, sin que la retenciones efectuadas al contratista genere gasto financiero alguno.
Las penas convencionales se aplicarán, siempre y cuando el atraso en la ejecución de los trabajos sea por causas imputables al contratista y que no haya sido resultado de la demora motivada por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés general que a juicio de El S.C.T. no se atribuya a culpa del Contratista.
Independientemente de las retenciones o de las penas convencionales que se apliquen, El S.C.T. podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, así como la garantía de anticipo, total o parcialmente, según proceda en la rescisión, en el caso de que el anticipo no se encuentre totalmente amortizado.
6.9 SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
El S.C.T. podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada.
Asimismo, El S.C.T. y el contratista podrán dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado; se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos o se de por terminado anticipadamente el contrato, El S.C.T. pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
6.10 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
El S.C.T. podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. La rescisión administrativa del contrato operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, estableciéndose el procedimiento respectivo en el contrato.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables al contratista, una vez emitida la determinación respectiva, El S.C.T. precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de dicha
determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa general de ejecución de los trabajos, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados.
El S.C.T. podrá optar entre aplicar las penas convencionales o el sobrecosto de los trabajos que resulte de la rescisión, independientemente de las garantías, y demás cargos que procedan. En tal caso la opción que se adopte atenderá a la que depare el menor perjuicio a El S.C.T. debiéndose fundamentar y motivar las causas de la aplicación de una o de otro.
Si El S.C.T. opta por la rescisión administrativa del contrato, se apegará a lo establecido en los Artículos 61 y 62, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162 y 163 de su Reglamento.
6.11 MARCO NORMATIVO
La legislación aplicable a la presente licitación es la establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Código Civil Federal; Código Fiscal de la Federación; Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente; Resolución Miscelánea Fiscal para 2007 y las demás disposiciones administrativas de carácter federal aplicables.
6.12 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las disposiciones mencionadas en el punto 6.11 denominado MARCO NORMATIVO, de estas bases de la licitación y en cualquier otra norma legal aplicable.
7 OTROS
7.1 CONFIDENCIALIDAD
El contratista no podrá difundir o proporcionar información alguna relativa al proyecto, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito de El S.C.T.
7.2 INCONFORMIDADES
Las personas interesadas podrán inconformarse ante la Secretaría de la Función Pública o ante el Órgano Interno de Control dependiente de la Secretaría antes citada, ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0x Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx El Bajo, C. P. 04340, Delegación Coyoacan, México, Distrito Federal, en los términos de lo dispuesto por los artículos 83 y 84 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública o a través de CompraNet.
NOMBRE DE LA EMPRESA CONCURSANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
VIGENCIA 2014
DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PARTE TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LA PROPOSICIÓN. | |
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS |
I).- EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES BASTARA QUE LOS LICITANTES PRESENTEN UN ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTE CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O POR SU REPRESENTADA. | |
II).- ESCRITO EN EL QUE EL LICITANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA. (ART. 36 XXXXXXX X X 00 XXXXX. XX XXXXXX X XXX XXXXXXX). | |
III).- ESCRITO EN EL QUE MANIFIESTE EL DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS QUE DERIVEN DE LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y, EN SU CASO, DEL CONTRATO RESPECTIVO, MISMO QUE SERVIRÁ PARA PRACTICAR LAS NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, LAS QUE SURTIRÁN TODOS SUS EFECTOS LEGALES MIENTRAS NO SEÑALE OTRO DISTINTO. | |
IV).- ESCRITO MEDIANTE EL CUAL DECLARE QUE NO SE ENCUENTRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 51 Y 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. | |
V).- COPIA SIMPLE POR AMBOS LADOS DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA, TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS Y EN EL CASO DE PERSONAS XXXXXXX, DE LA PERSONA QUIEN FIRME LA PROPOSICIÓN. | |
VI).- PARA PERSONAS JURÍDICO COLECTIVAS, ORIGINAL (PARA COTEJAR) Y COPIA FOTOSTÁTICA LEGIBLE DEL TESTIMONIO DEL ACTA CONSTITUTIVA Y MODIFICACIONES EN SU CASO. | |
VII).- ESCRITO MEDIANTE EL CUAL LA PERSONA JURÍDICA COLECTIVA MANIFIESTE QUE SU REPRESENTANTE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETER A SU REPRESENTADA. | |
VIII).- MANIFESTACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE QUE POR EL CONDUCTO DE LOS LICITANTES NO PODRÁN PARTICIPAR, PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX INHABILITADAS POR RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. | |
IX).- ESCRITO MEDIANTE EL CUAL SE COMPROMETE A CONTRATAR UN (D.R.O.) DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA, EN SU CASO LOS CORRESPONSABLES QUE DE ACUERDO AL TIPO DE OBRA SE REQUIERAN CON LA ESPECIALIDAD DE ESTA LICITACIÓN. | |
X).- MANIFIESTO DE INTEGRIDAD.- MEDIANTE LA CUAL LOS LICITANTES MANIFIESTAN QUE POR SI MISMOS, A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, SE ABSTENDRÁN DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES. | |
XI).- COPIA SIMPLE DEL COMPROBANTE DEL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN A LA CONVOCATORIA Y COPIA DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION DEBIDAMENTE SELLADA. | |
XII).- EL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LICITACIÓN, BASES Y ANEXOS. |
PROPUESTA TECNICA (CARPETA No. 1) | ||
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS | |
ANEXO 1-T | CONVENIO PRIVADO DE AGRUPACIÓN CELEBRADO ENTRE DOS O MÁS INTERESADOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN CONFORME AL ART. 47 DEL REGLAMENTO. | |
ANEXO 2-T | DESCRIPCIÓN DE LA PLANEACIÓN INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, CONSIDERANDO, EN SU CASO, LAS RESTRICCIONES TÉCNICAS QUE PROCEDAN CONFORME A LOS PROYECTOS Y QUE ESTABLEZCA EL S.C.T. | |
ANEXO 3-T | ESPECIFICAR SI SE ENCUENTRA AFILIADA O NO A LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, Y POR LO TANTO MANIFIESTA ESTAR DE ACUERDO O NO EN QUE, EN LAS ESTIMACIONES DEL SERVICIO QUE SE GENEREN, SE LE APLIQUE O NO UNA RETENCIÓN EQUIVALENTE AL 2 AL MILLAR DEL MONTO DE LAS MISMAS, COMO APORTACIÓN AL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN. | |
ANEXO 4-T | RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, INDICANDO SI SON DE SU PROPIEDAD, ARRENDADAS CON O SIN OPCIÓN A COMPRA, SU UBICACIÓN FÍSICA, MODELO Y USOS ACTUALES, ASÍ COMO LA FECHA EN QUE SE DISPONDRÁ DE ESTOS INSUMOS EN EL SITIO DE LOS TRABAJOS CONFORME AL PROGRAMA PRESENTADO; TRATÁNDOSE DE MAQUINARIA O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN ARRENDADO, CON O SIN OPCIÓN A COMPRA, DEBERÁ PRESENTARSE CARTA COMPROMISO DE ARRENDAMIENTO Y DISPONIBILIDAD EN EL CASO DE QUE RESULTARE GANADOR. | |
ANEXO 5-T | DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA EN TRABAJOS SIMILARES ANEXANDO DOCUMENTO QUE AVALEN DICHA INFORMACION EN OBRAS DE |
PROPUESTA TECNICA (CARPETA No. 1) | ||
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS | |
CARATERISTICAS TECNICAS Y MAGNITUD SIMILARES, CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR EL LICITANTE Y SU PERSONAL, EN LOS QUE SEA COMPROBABLE SU PARTICIPACIÓN, ANOTANDO EL NOMBRE DE LA CONTRATANTE, DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS, IMPORTES TOTALES, IMPORTES EJERCIDOS O POR EJERCER Y LAS FECHAS PREVISTAS DE TERMINACIONES, SEGÚN EL CASO. ANEXAR CARATULAS DE CONTRATO EN CASO CONTRARIO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO. | ||
ANEXO 6-T | ESCRITO DE PROPOSICIÓN DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS AL SERVICIO DEL LICITANTE, ANEXANDO EL CURRICULUM DE CADA UNO DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS QUE SERÁN RESPONSABLES DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, LOS QUE DEBERÁN TENER EXPERIENCIA EN OBRAS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y MAGNITUD SIMILARES. SE DEBERA ANEXAR COPIA DE LA ACREDITACION DE LA FIRMA ELECTRONICA Y FORMATO DEL SUPERINTENDENTE QUE ESTARA A CARGO DE LA EJECUCION DE LA OBRA | |
ANEXO 7-T | MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES; ESTAR CONFORME DE AJUSTARSE A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES, A LOS TÉRMINOS DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN, SUS ANEXOS Y LAS MODIFICACIONES QUE, EN SU CASO, SE HAYAN EFECTUADO; AL MODELO DEL CONTRATO Y DE LAS GARANTÍAS A OTORGARSE, LOS PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE INGENIERÍA; EL HABER CONSIDERADO LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN QUE EL S.C.T. LES HUBIERE PROPORCIONADO, ASÍ COMO HABER CONSIDERADO EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO LE PROPORCIONARÁ EL S.C.T. Y EL PROGRAMA DE SUMINISTRO CORRESPONDIENTE. | |
ANEXO 8-T | MANIFESTACIÓN ESCRITA EN LA QUE SEÑALE LAS PARTES DE LOS TRABAJOS QUE SUBCONTRATARÁ, SOLO EN EL CASO DE HABERSE PREVISTO EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN. EL S.C.T. PODRÁ SOLICITAR LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE ACREDITE LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PERSONAS QUE SUBCONTRATARÁN. | |
ANEXO 9-T | MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE LOS PRECIOS CONSIGNADOS EN SU PROPOSICIÓN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS O DE SUBSIDIOS, CUANDO SE REQUIERA DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE ORIGEN EXTRANJERO DE LOS SEÑALADOS POR LA SECRETARIA DE ECONOMÍA. | |
ANEXO 10-T | DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE POR COPIAS DE LAS DECLARACIONES FISCALES DE LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, SALVO EN EL CASO DE EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN, LAS CUALES DEBERÁN PRESENTAR LOS MÁS ACTUALIZADOS A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. | |
ANEXO 11-T | DOCUMENTOS QUE ACREDITEN EL HISTORIAL DE CUMPLIMIENTO SATISFACTORIO DE CONTRATOS SUSCRITOS CON DEPENDENCIAS O ENTIDADES, EN EL CASO DE HABERLOS CELEBRADO; EN EL SUPUESTO DE QUE EL LICITANTE NO HAYA FORMALIZADO CONTRATOS CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES ÉSTE LO MANIFESTARÁ POR ESCRITO A LA CONVOCANTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD; (LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS PARA ACREDITAR EL HISTORIAL DE CUMPLIMIENTO SON, COPIAS DE LAS ACTAS DE ENTREGA-RECEPCION DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS) EN CASO DE QUE EL LICITANTE NO PRESENTE LOS DOCUMENTOS O EL ESCRITO SEÑALADOS, SE ATENDERÁ LO DISPUESTO EN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 66 DE ESTE REGLAMENTO. (Art. 44 fracc. IX del RLOPSRM) LOS LICITANTES QUE SE ENCUENTREN INSCRITOS EN EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRATISTAS (PADRON DE CONTRATISTAS DEL ESTADO DE TABASCO), TENDRÁN LA OPCIÓN DE NO PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE REFIERE ESTA FRACCIÓN. |
PROPUESTA ECONOMICA (CARPETA No. 2) | ||
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS |
PROPUESTA ECONOMICA (CARPETA No. 2) | ||
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS | |
ANEXO 1-E | LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR, SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICIÓN Y SUS IMPORTES AGRUPANDO POR: A MATERIALES MÁS SIGNIFICATIVOS Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. B MANO DE OBRA. C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON LA DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CADA UNO DE ELLOS, INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR, SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICIÓN Y SUS IMPORTES. | |
ANEXO 2-E | FACTOR XX XXXXXXX REAL. A ANÁLISIS DEL FACTOR Tp/TI B TABLA DE CÁLCULO DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL. C ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN XXX XXXXXXX REAL. Deberá anexar el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios. (Art. 45 fracc. III del RLOPSRM) | |
ANEXO 3-E | RELACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS COSTOS UNITARIOS BÁSICOS DE LOS MATERIALES QUE SE REQUIERAN PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. CUANDO EXISTAN INSUMOS DE LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 44 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SE DEBERÁ SEÑALAR EL PRECIO OFERTADO POR EL LICITANTE. | |
ANEXO 4-E | ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, DEBIENDO CONSIDERAR ÉSTOS PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN, CON COSTOS Y RENDIMIENTOS DE MÁQUINAS Y EQUIPOS NUEVOS. | |
ANEXO 5-E | ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS, IDENTIFICANDO LOS CORRESPONDIENTES A LOS DE ADMINISTRACIÓN DE OFICINAS DE CAMPO Y LOS DE OFICINAS CENTRALES. | |
ANEXO 6-E | ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO. | |
ANEXO 7-E | CARGO POR UTILIDAD PROPUESTA POR EL LICITANTE. | |
ANEXO 8-E | CARGOS ADICIONALES. | |
ANEXO 9-E | ANÁLISIS DEL TOTAL DE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO, DETERMINADOS Y ESTRUCTURADOS CON COSTOS DIRECTOS, INDIRECTOS, FINANCIAMIENTO, CARGO POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES, DONDE SE INCLUIRÁN LOS MATERIALES A UTILIZAR CON SUS CORRESPONDIENTES CONSUMOS Y COSTOS, Y DE MANO DE OBRA, MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON SUS CORRESPONDIENTES RENDIMIENTOS Y COSTOS. | |
ANEXO 10-E | PROGRAMA DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS CONFORME AL CATÁLOGO DE CONCEPTOS CON SUS EROGACIONES, CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO CONFORME A LOS PERÍODOS DETERMINADOS POR EL S.C.T. DIVIDIDO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS, DEL TOTAL DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO, UTILIZANDO PREFERENTEMENTE DIAGRAMAS XX XXXXXX, O BIEN, REDES DE ACTIVIDADES CON RUTA CRITICA. | |
ANEXO 11-E | PROGRAMAS DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADOS Y CUANTIFICADOS EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE UTILIZACIÓN, CONFORME A LOS PERÍODOS DETERMINADOS POR EL S.C.T., PARA LOS SIGUIENTES RUBROS: A MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE EXPRESADOS EN UNIDADES CONVENCIONALES Y VOLÚMENES REQUERIDOS. B MANO DE OBRA. C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, IDENTIFICANDO SU TIPO Y CARACTERÍSTICAS. D UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. | |
ANEXO 12-E | CATALOGO DE CONCEPTOS, CONTENIENDO DESCRIPCIÓN, UNIDADES DE MEDICIÓN, CANTIDADES DE TRABAJO, PRECIOS UNITARIOS CON NÚMERO Y LETRA E IMPORTES POR PARTIDA, SUBPARTIDA, CONCEPTO Y DEL TOTAL DE LA PROPOSICIÓN. ESTE DOCUMENTO |
PROPUESTA ECONOMICA (CARPETA No. 2) | ||
DOCUMENTO | # HOJAS y FOLIOS | |
FORMARÁ EL PRESUPUESTO DE LA OBRA QUE SERVIRÁ PARA FORMALIZAR EL CONTRATO CORRESPONDIENTE. SE DEBERA ANEXAR EN ARCHIVO ELECTRONICO EN EL PROGRAMA QUE ELABORE SU PROPUESTA ECONOMICA. |
OBSERVACIONES
ENTREGO PROPOSICIÓN | REVISO DOCUMENTACIÓN | |
NOMBRE DEL LICITANTE | POR PARTE DEL S.C.T. | |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL | NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO |