CONTRATO DE AGENCIAMIENTO DE CARGA INTERNACIONAL
CONTRATO DE AGENCIAMIENTO DE CARGA INTERNACIONAL
1. OBJETO
1.1 El objeto de la relación contractual entre LESCHACO COLOMBIA S.A.S y EL CLIENTE es el Agenciamiento de Carga Internacional, entendida como la actividad de coordinación del transporte de la carga. Para tal efecto, el CLIENTE, al aceptar el presente contrato, faculta de forma amplia y suficiente a LESCHACO COLOMBIA S.A.S para que actúe en su nombre y representación en la contratación de todos los servicios necesarios para el transportede la carga, y demás que sean necesarios para completar su cadena logística. Así, LESCHACO COLOMBIA S.A.S podrá celebrar, por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE,con plena libertad, contratos de transporte, seguro, embalaje, estiba, operación portuaria, cargue, descargue, escolta o acompañamiento, almacenamiento, entre otros.
1.2 Las Partes contratantes entienden y acuerdan que LESCHACO COLOMBIA S.A.S nunca asumirála calidad de Comisionista de Transporte ni de Transportador Contractual o, de Hecho.
1.3 Para los efectos del presente contrato se entenderá por EL CLIENTE (Mandante) la persona natural o jurídica destinataria de la cotización u oferta de servicios de LESCHACO COLOMBIA S.A.S y/o quien solicita los servicios de LESCHACO COLOMBIA S.A.S (Mandatario con representación).
2. OBLIGATORIEDAD
2.1 Todos los servicios llevados a cabo por LESCHACO COLOMBIA S.A.S en desarrollo de actividades de Agenciamiento de Carga Internacional, se regirán exclusivamente por este contrato, que se entenderá plenamente aceptado por EL CLIENTE desde el momento en que, tacita o expresamente, acepte la cotización u oferta de servicios remitida por LESCHACO COLOMBIA SAS. El CLIENTE acepta que este contrato es de obligatorio cumplimiento y vinculante,y será aplicado a cualquier instrucción o solicitud de servicio, transmitida por parte del CLIENTE ya sea por escrito, incluyendo correo electrónico o verbalmente.
2.2 Este contrato hace parte integral de toda cotización u oferta de servicio presentadapor LESCHACO COLOMBIA SAS, y se encuentra publicado en su página web xxx.xxxxxxxx.xxx permanentemente para su consulta. Si en el desarrollo de los servicios contratados LESCHACO COLOMBIA S.A.S expide algún clausulado adicional a este contrato, dicho clausulado seráobligatorio; en dicho evento, las presente disposiciones regularán todo lo que no sehaya incluido en el clausulado adicional.
3. MATERIALIZACIÓN DEL CONTRATO DE AGENCIAMIENTO DE CARGA INTERNACIONAL
3.1 Se entiende por aceptación de la cotización u oferta, la comunicación expresa que el CLIENTE realice por cualquier medio, o la realización de cualquier acción por parte del CLIENTE cuya finalidad sea la iniciación de la ejecuciónde los servicios ofrecidos, incluyendo, pero sin limitarse a, el envío de las instrucciones.
3.2 La relación contractual entre LESCHACO COLOMBIA S.A.S y EL CLIENTE surgirá únicamente cuando exista una aceptación expresa o tácita del encargo del servicio por parte de LESCHACO COLOMBIA SAS. El simple recibo de documentación no se entenderá como una
4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
4.1 El CLIENTE comunicará por escrito y oportunamente a LESCHACO COLOMBIA S.A.S la siguiente información, que podrá estar contenida en las instrucciones que envíe:
a. Factura comercial y/o lista de empaque.
b. NIT del consignatario y del destinatario, cuando sean diferentes.
x. Xxxxxxx y/o subpartida arancelaria, si aplica.
d. Cantidad de bultos; peso bruto y volumen.
e. Identificación de la unidad de carga y características.
f. Descripción genérica de la mercancía.
g. Informar la condición de mercancía peligrosa y aportar la ficha técnica del producto, cuando aplique.
h. Lugar de recepción y entrega de la carga.
i. Instrucciones y condiciones concernientes al embarque, medio de transporte (marítimo/aéreo/terrestre/urgente/consolidación/LCL carga contenerizada, etc.)
j. Informes y documentos necesarios para el transporte de la carga y las formalidades de policía, aduana y sanidad, y demás exigencias de autoridades.
k. Diligenciar y entregar oportunamente a LESCHACO COLOMBIA S.A.S la documentación e información relacionada con el formato de Conocimiento del Cliente.
l. Informar inmediatamente a LESCHACO COLOMBIA S.A.S cualquier sospecha o conducta que implique la violación de las normas anticorrupción y antisoborno.
En caso de instrucciones dadas verbalmente, éstas tienen que ser inmediatamente confirmadas por escrito (carta y/o correo electrónico).
A falta de instrucciones precisas, se le confiará a LESCHACO COLOMBIA S.A.S la selección de los medios y las formas más apropiadas para contratar la operación logística, lo cual siempre se hará por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE.
Es responsabilidad del CLIENTE la transmisión de toda información relacionada con elservicio encargado en forma correcta y completa. No es obligación de LESCHACO COLOMBIA S.A.S el comprobar la información recibida. En caso de evidenciar algún error y/o discrepanciaen la documentación recibida, LESCHACO COLOMBIA S.A.S informará al CLIENTE, con el objeto de que dicha información sea aclarada.
El CLIENTE garantiza la exactitud de los documentos presentados a LESCHACO COLOMBIA S.A.S y a cualquier entidad gubernamental, y será responsable de cualquier consecuencia ocasionada por declaraciones imprecisas o falsas, incluyendo derechos de aduanas, impuestos, multas o sanciones aduaneras, gastos por demora y perjuicios, entre otros.
4.2 Entregar la carga o ponerla a disposición de LESCHACO COLOMBIA S.A.S o de sus Agentes debidamente preparada para su transporte.
4.3 Cumplir con las disposiciones legales y administrativas establecidas por las autoridades nacionales e internacionales, que correspondan a sus actividades comerciales, tales como: i) Circular Externa No. 170 del 10 de octubre de 2002 DIAN – UIAF; ii) Carta de Responsabilidad Policía Antinarcóticos; iii) Resolución No. 892 de 2004de la Aeronáutica Civil – Seguridad Aeroportuaria.
4.4 EL CLIENTE reconoce su obligación de revisar todos los documentos relacionados con sus
COLOMBIA S.A.S cualquier clase de inconsistencia, error, inexactitud, u omisión, y cualquier información adicional o sobreviniente.
4.5 Tratándose de embarques marítimos de contenedores, el CLIENTE está obligado a asumir los costos por daños, demoras y/o limpiezas de las unidades de carga, cesando tales obligaciones solamente cuando la línea naviera y/o su representante autorizado reciba las unidades de carga en patio o puerto.
4.6 En los eventos en que el consignatario de la carga no la reciba, o si el embarque es detenido o desviado durante su tránsito por razones ajenas a la voluntad de LESCHACO COLOMBIA SAS, la carga será depositada para su almacenamiento por cuenta y riesgo del CLIENTE, debiendo el CLIENTE efectuar a LESCHACO COLOMBIA S.A.S los pagos hasta ese momento causados y entendiéndose en consecuencia que LESCHACO COLOMBIA S.A.S ha cumplido con sus obligaciones contractuales.
4.7 REGULACION SOLAS VGM. En virtud del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) los remitentes de todos los contenedores se obligan a presentar oportuna y debidamente un certificado de peso que muestre la Masa Bruta Verificada (VGM, por sus siglas en inglés, entendido como el peso de la carga, incluyendo su estiba y refuerzos junto con el peso de tara del contenedor) y su contenido al transportador marítimo. Los transportadores marítimos de carga no aceptarán el despacho de contenedores sin el cumplimiento de este requisito. Cualquier contenedor que arribe a destino sin la información del Peso Bruto Verificado (VGM), será devuelto al país de origen. Los daños y perjuicios, multas, sanciones, gastos y/o sobrecostos que se generen por el incumplimiento de esta obligación, serán asumidos y pagados por EL CLIENTE.
4.8 Dispositivos Electrónicos de Seguridad. Para los efectos del presente contrato, se tiene como tercero o subcontratista al operador seleccionado por la DIAN, quien asume su propia responsabilidad respecto de sus obligaciones legalmente establecidas. LESCHACO COLOMBIA
S.A.S se exonera de cualquier responsabilidad relacionada con las actividades propias de tales operadores. Será responsabilidad exclusiva del CLIENTE el pago de dineros que se causen por la contratación de los Dispositivos Electrónicos de Seguridad.
4.9 Las demás obligaciones propias de la naturaleza del presente contrato.
5. OBLIGACIONES DE LESCHACO COLOMBIA SAS
5.1 Coordinar el transporte de la carga de conformidad con las instrucciones oportunamente suministradas por EL CLIENTE su proveedor y/o representante.
5.2 Velar por la conservación de la carga cuando se encuentre bajo su custodia, casoen el cual responderá como depositario.
5.3 Las demás obligaciones propias de la naturaleza del presente contrato.
6. CARGA MAL EMBALADA
Se entiende por embalaje o empaque el proceso de ordenar un grupo o cantidad de mercancías en una forma conveniente para ser transportadas.
En los casos que LESCHACO COLOMBIA S.A.S evidencie que la carga se encuentra mal o insuficientemente embalada o empacada para su transporte, LESCHACO COLOMBIA S.A.S informará al CLIENTE al respecto, pudiendo este retirar la carga para embalarla adecuadamente
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o solicitar a LESCHACO COLOMBIA S.A.S la realización de dicho embalaje, pagando el CLIENTE loscostos el mismo.
En el evento en que el CLIENTE insista en entregar la carga mal embalada, LESCHACO COLOMBIA S.A.S podrá negarse a prestar sus servicios, cobrándole los costos y gastos incurridoshasta ese momento, y la remuneración respectiva.
Si LESCHACO COLOMBIA S.A.S opta por aceptar la carga mal embalada, lo hará excluyendo su responsabilidad por los daños y/o pérdida de la carga causada por el mal embalaje. Así mismo, el CLIENTE asumirá los daños y/o perjuicios que el mal embalaje le cause a LESCHACO COLOMBIA S.A.S y demás terceros.
7. CARGA PELIGROSA
El CLIENTE debe informar a LESCHACO COLOMBIA S.A.S cuando su carga esté catalogada como mercancía peligrosa, esto es, cualquier sustancia que tenga características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radioactivas, que puedan causar riesgo o daño para la salud humana, el ambiente y/o las mercancías de otros clientes, o cualquier sustancia que sea considerada como peligrosa en la legislación vigente.
El CLIENTE debe cumplir con las recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas, por cualquier medio, establecidas por naciones unidas así como la normatividad internacional y nacional, teniendo en cuenta entre otros aspectos los siguientes: clasificación y la definición de las prescripciones generales en materia de embalaje/envasado, los métodos de ensayo, el marcado, el etiquetado o la rotulación, cantidades, y los documentos de transporte.
En cualquier evento en el que LESCHACO COLOMBIA S.A.S o cualquier tercero contratadopor éste determine el carácter de mercancía peligrosa de una carga, LESCHACO COLOMBIA S.A.S podrá tomar todas las acciones tendientes a minimizar y/o mitigar cualquier riesgo derivado de su naturaleza, teniendo la facultad, inclusive, de destruirla, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente al CLIENTE y conservando el derecho de reclamar a este los perjuicios generados.
8. TÉRMINOS DE NEGOCIACIÓN
La elección de cualquier término de negociación, incluidos los INCOTERMS, es realizada por el CLIENTE y, por ende, LESCHACO COLOMBIA S.A.S no tiene responsabilidad alguna sobre las consecuencias de dicha elección. Independientemente de los términos de negociaciónque se elijan, el CLIENTE será responsable ante LESCHACO COLOMBIA S.A.S por los servicios encargados y los gastos relacionados y facturados.
9. RECIBO Y ENTREGA DE LA CARGA
9.1 El CLIENTE deberá informar sobre cualquier restricción que la carga tuviera, paraque sea agrupada con la carga de otros clientes. Si no se reciben instrucciones precisas al respecto, se entenderá que no existe restricción alguna.
9.2 LESCHACO COLOMBIA S.A.S no será responsable por el despacho, arribo y entrega de la carga por fuera de las fechas indicadas por los transportadores y trasmitidas al CLIENTE, toda vez que las fechas indicadas son estimadas y preliminares, y se encuentran sujetas a cambios por parte del transportador.
9.3 Al momento de entrega de la carga en destino final, el CLIENTE y/o consignatario tienen la
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obligación de verificar el estado y condición de la misma, debiendo informar inmediatamente cualquier irregularidad.
10. RESPONSABILIDAD DE LESCHACO COLOMBIA SAS.
10.1 LESCHACO COLOMBIA S.A.S será responsable frente al CLIENTE por los daños o perdida de la carga atribuible exclusivamente a culpa comprobada de LESCHACO COLOMBIA S.A.S en el desarrollodel presente contrato. En ningún caso LESCHACO COLOMBIA S.A.S será responsable por la ejecución indebida de los contratos que aquella suscribe por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE.
10.2 LESCHACO COLOMBIA S.A.S responderá por la elección de los transportadores, operadores xx xxxxxxx, etc., pero será liberada de responsabilidad si la elección xxx xxxxxxx ha sidohecha cuidadosamente y las instrucciones del CLIENTE han sido fielmente transmitidas a tales terceros.
10.3 En los eventos que la carga sufra daños o se pierda, estando bajo la custodia delos terceros contratados por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE, será responsabilidad de aquéllos y las reclamaciones deberán presentarse en su contra.
10.4 LESCHACO COLOMBIA S.A.S está autorizada para seleccionar y contratar terceros a fin de cumplir el encargo del CLIENTE, por lo que tales terceros o subcontratistas se consideran entidades independientes de LESCHACO COLOMBIA SAS. Dichos terceros son responsables por la ejecución de sus respectivas obligaciones según las condiciones contractuales y legales a ellos aplicables. En ninguna circunstancia LESCHACO COLOMBIA S.A.S será responsable por pérdidas, daños, gastos o retrasos sufridos por la carga mientras se encuentre bajo custodia, tenencia, vigilancia y/o control de tales terceros.
10.5 En los eventos que LESCHACO COLOMBIA S.A.S emita documentos de transporte, su alcance será únicamente para efectos aduaneros, sin que ello altere o modifique en modo alguno la calidad y responsabilidad de LESCHACO COLOMBIA S.A.S como intermediario.
11. INDEMNIDAD.
El CLIENTE deberá responder e indemnizar a LESCHACO COLOMBIA S.A.S por cualquier daño o perjuicio que esta sufra como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contractuales y legales del CLIENTE.
EL CLIENTE responderá e indemnizará a LESCHACO COLOMBIA S.A.S por cualquier reclamación, demanda, gasto, pago, o indemnización a que se vea sujeto o en que deba incurrir LESCHACO COLOMBIA S.A.S frente a terceros o autoridades, incluyendo gastos de defensa y honorarios de abogado, por razón del cumplimiento de las instrucciones del CLIENTE oel cumplimiento de sus obligaciones contractuales respecto de la carga.
12. LIMITE INDEMNIZATORIO DE LESCHACO COLOMBIA SAS.
12.1 En cualquier caso, la responsabilidad de LESCHACO COLOMBIA S.A.S actuando como Agentede Carga Internacional será limitada.
12.2 En el evento que LESCHACO COLOMBIA S.A.S sea declarada responsable por el incumplimientode sus obligaciones contractuales, la indemnización correspondiente estará limitada auna suma equivalente a dos (2) DEG (Derechos Especiales de Giro fijados por el Fondo Monetario Internacional) por kilogramo bruto de carga averiada o perdida.
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En todo caso, la indemnización total y acumulada que LESCHACO COLOMBIA S.A.S deba pagar al CLIENTE, con respecto a cualquier orden e incluyendo varios bultos, no excederá de USD$
10.000 (Diez mil dólares de los Estados Unidos de América).
12.3 En relación con los terceros subcontratados por LESCHACO COLOMBIA SAS, se gestionará el respectivo proceso de selección de proveedores de LESCHACO COLOMBIA SAS, bajo el cual se verifica la idoneidad y requisitos de dichos terceros, tales como: autorizaciones o permisos de autoridad nacional competente; pólizas; cámara de comercio; RUT; entre otros. En todo caso corresponde exclusivamente a dichos terceros cumplir con sus obligaciones legales y administrativas en Colombia, como, por ejemplo, todo lo relativo a la seguridad social de sus empleados, sean estos directos, los conductores de los camiones designados por la empresa transportadora o por el propietario del camión afiliado o vinculado a la empresa transportadora, y de las personas que contratan para efectuar el cargue / descargue de sus vehículos transportadores.
13. VALORES DECLARADOS.
Todos los embarques de carga se efectuarán sin valor declarado. En el evento que laspartes contratantes acuerden aplicar un VALOR DECLARADO, así se hará constar demanera explícita en el (los) respectivo(s) documento(s) de transporte; en caso contrario, de ninguna manera el suministro de información y documentos por parte del CLIENTE a LESCHACO COLOMBIA S.A.S se entenderá como Declaración del Valor de la carga. El CLIENTE debe manifestar oportunamente a LESCHACO COLOMBIA S.A.S su intención de declarar el valor de sus mercancías, a fin de determinar las condiciones operativas y comerciales correspondientes, tales como valor xxx xxxxx y gastos conexos, pólizas de seguros, responsabilidades.
14. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACTOS O HECHOS DE TERCEROS.
LESCHACO COLOMBIA S.A.S está autorizada para seleccionar y contratar transportadores, operadores xx xxxxxxx y/o portuarios o fluviales y otros, si así lo requiere la operación logística, todos los cuales serán considerados entidades independientes de LESCHACO COLOMBIA SAS; estos terceros serán responsables por la ejecución de sus obligaciones de acuerdo con las condiciones contractuales y legales aplicables. En ninguna circunstancia LESCHACO COLOMBIA S.A.S será responsable por ninguna pérdida, daño, gasto o retraso sufrido por la carga por cualquier motivo mientras dicha carga esté en custodia, tenencia o control de tales terceros seleccionados por LESCHACO COLOMBIA SAS.
La condición de mandatario representativo bajo la cual actúa LESCHACO COLOMBIA S.A.S se entenderá manifestada a los terceros seleccionados mediante la simple mención de intervenir como Agente de Carga (AS AGENT).
15. RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS DE LESCHACO COLOMBIA SAS.
Cualquier acción legal directa contra empleados de LESCHACO COLOMBIA SAS, ya sean fijos o temporales, por pérdida o daño de la carga, solamente será posible dentro de los límites de responsabilidad e indemnizatorios estipulados en este contrato. En caso de acción legal conjunta contra LESCHACO COLOMBIA S.A.S y sus empleados, la indemnización máxima a pagar al CLIENTE no excederá a la estipulada en el presente contrato.
LESCHACO COLOMBIA S.A.S no será responsable con respecto a ninguna pérdida consecuencial o indirecta, tales como pérdida de ganancia, pérdida de clientes, multas, demandas por pérdidas debidas a depreciación o multas convencionales, fluctuaciones en las tasas de cambio, tasa o impuestos incrementadas por las autoridades cualquiera que sea la causa.
Además de lo anterior, bajo ningún concepto, LESCHACO COLOMBIA S.A.S será responsable, si se producen una o más de las circunstancias siguientes:
a. Culpa del CLIENTE o de su representante autorizado.
b. Embalaje, marcado, rotulado o estiba defectuosos o insuficientes o la ausenciade los mismos.
x. Xxxxxx, rebelión, revolución, insurrección, usurpación de poder, confiscación o aprehensión bajo las órdenes de un gobierno o de una autoridad nacional o local.
d. Detención, pérdida o daños causados por fuerzas insurgentes o al margen de laley.
x. Xxxxx causados por energía nuclear.
f. Desastres naturales.
g. Fuerza mayor o caso fortuito.
h. Hurto con o sin violencia.
x. Xxxxx o pérdida causados por vicios propios, vicios ocultos, o naturaleza propiade la carga.
j. Pérdida o daños de la carga cuando ésta se encuentre bajo la custodia física delos transportadores o demás terceros contratados por LESCHACO COLOMBIA S.A.S en ejecución de este mandato.
k. Daños causados por roedores o insectos, salvo que se pruebe la culpa de LESCHACO COLOMBIA SAS.
l. Circunstancias que LESCHACO COLOMBIA S.A.S no pueda evitar, consecuencias que no pueda prever.
m. Retraso en la entrega de la carga.
n. No será responsable con respecto a ninguna clase de afectación derivada directa o indirectamente de eventos y sus efectos tales como epidemias, pandemias y/o similares (como por ejemplo la COVID-19), los cuales se tendrán como eventos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. Todo recargo y/o sobrecosto generado por tales eventos deberán ser asumidos y pagados por EL CLIENTE.
17. SEGUROS.
La carga viaja por cuenta y riesgo del CLIENTE. LESCHACO COLOMBIA S.A.S no contratará pólizas de seguros, a no ser que el CLIENTE así lo requiera específicamente por escrito, caso en el cual LESCHACO COLOMBIA S.A.S realizará dicha gestión en su calidad de mandatario representativo del CLIENTE.
18. RECLAMOS.
LESCHACO COLOMBIA S.A.S podrá apoyar al CLIENTE en sus reclamaciones contra los transportadores y demás terceros, contratados por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE.
Para tales efectos conviene tener en cuenta que:
18.1 Transporte aéreo de carga. En caso de pérdida, daño o retraso de la mercancía se deberá realizar una reclamación por escrito al transportista así:
tarde de los 14 días calendario desde la fecha de recepción de la misma.
b. En caso de retraso o demora, 21 días calendario desde la fecha en que las mercancías fueron puestas a disposición de la persona autorizada para su recepción.
c. En caso de pérdida (incluida la ausencia de entrega) dentro de los 120 días siguientesa la fecha de expedición de la guía aérea.
18.2 Tratándose de transporte marítimo y terrestre, el plazo para reclamar es de 3 días calendario contados a partir de la entrega.
Los reclamos presentados fuera de los plazos antes mencionados se consideran extemporáneos y podrán ser negados por los transportadores.
Sin perjuicio de lo anterior, el CLIENTE deberá presentar su reclamación a sucompañía aseguradora, de conformidad con las condiciones de su póliza de seguros.
19. CONDICIONES DE PAGO.
19.1 El pago a LESCHACO COLOMBIA S.A.S es contra facturación.
19.2 El valor de los servicios debe ser pagado por el CLIENTE. Bajo responsabilidadsolidaria del CLIENTE, podrá convenirse que dicho valor sea pagado por el destinatariode la carga, como condición previa a la liberación o entrega de la carga.
19.3 Las facturas expedidas por LESCHACO COLOMBIA S.A.S por el valor de los servicios por ella prestados y objeto del presente contrato, constituyen título ejecutivo y se harán exigibles en su fecha de vencimiento sin necesidad de aceptación adicional.
20. EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO.
20.1 LESCHACO COLOMBIA S.A.S tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a LESCHACO COLOMBIA SAS.
20.2 El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por LESCHACO COLOMBIA SAS, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho de LESCHACO COLOMBIA S.A.S y/o empleados o subcontratistas.
21. CONTRATO UNICO.
El presente contrato regula en forma integral las relaciones jurídicas entre el CLIENTE y LESCHACO COLOMBIA SAS, y anula y sustituye por completo cualquier otro acuerdo escrito o verbal que hubiere existido entre LESCHACO COLOMBIA S.A.S y el CLIENTE respecto de la carga objeto de este contrato.
22. INDEPENDENCIA.
Las cláusulas de este contrato son independientes entre sí, y si alguna parte de él se declara inválida no afectará la validez o ejecución del cumplimiento de ninguna de las otras partes de dicho contrato.
Las Partes acuerdan que la ley aplicable a la relación contractual existente entre LESCHACO COLOMBIA S.A.S y el CLIENTE es la legislación mercantil colombiana, independientemente del lugar donde se cumplan las obligaciones, sin perjuicio de la ley aplicable a los contratos que LESCHACO COLOMBIA S.A.S celebre con otras Partes, por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE. Habida cuenta que el contrato de Agenciamiento de Carga Internacional es de carácter atípico, la relación contractual entre LESCHACO COLOMBIA S.A.S y el CLIENTE está regulada por este contrato preferentemente y, ante algún vacío, se deben aplicar las normas dispositivas del “mandato con representación de carácter mercantil”, exclusivamente. El lugar de ejecución del cumplimiento de derechos y obligaciones será el del domicilio de la oficina de LESCHACO COLOMBIA S.A.S que haya recibido la instrucción o cualquier otra orden de servicios.
24. SOLUCION DE CONTROVERSIAS.
EL CLIENTE y LESCHACO COLOMBIA S.A.S acuerdan que cualquier controversia que surja como consecuencia del presente contrato será decidida con sujeción a las siguientes reglas:
a. Negociación Directa: Las partes procurarán resolver amigablemente y de manera directa las diferencias que surgieren, para lo cual contarán con un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente al recibo de la reclamación escrita que haga la parte cumplida a la incumplida.
b. Jurisdicción Ordinaria: En el evento que la diferencia persista a pesar de haberse agotado la negociación directa, las partes podrán acudir ante la jurisdicción ordinaria.
25. CONFIDENCIALIDAD.
Las Partes reconocen la naturaleza confidencial de cualquier información que no sea del dominio público, que lleguen a tener en el proceso de celebración y ejecución de este contrato. Por esta razón, las Partes tomarán las mismas medidas de seguridad que normalmente ejercen respecto de sus propias informaciones, documentos y datos, entre otros similares, y que tengan el carácter de reservado de conformidad con las normas vigentes.
26. REVISION POR CIRCUNSTANCIAS IMPREVISTAS.
Cuando circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles, alteren o agraven la prestación del servicio o el cumplimiento del contrato por parte de LESCHACO COLOMBIA S.A.S podrá esta pedir su revisión (Artículo 868 del Código de Comercio de Colombia).
27. INDEPENDENCIA Y DIVISIBILIDAD DEL CONTRATO.
Las cláusulas y los términos del presente contrato son independientes entre sí y divisibles. Si alguna de dichas cláusulas o términos resultare ineficaz y fueren declarados nulos, ello no afectará la eficacia ni la validez de las demás cláusulas y términos contractuales.