CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO
En las dependencias del Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx, a tres xx xxxxxx de dos mil quince, ante mí, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Secretario Delegado del Organismo autónomo citado, COMPARECEN:
De una parte: D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, con D.N.I número 34.028.399-Z, Presidente del Patronato Deportivo Municipal (en adelante PDM), actuando en la representación del mismo que le confiere el art. 11, apdo. C, de sus Estatutos.
Y de otra parte: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, con DNI número 00.000.000- M, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil Fontanería Xxxxxxxx, S.L, con C.I.F. B-14471338 , y domicilio social en Lucena (Córdoba), calle Xxxxxxxx, nº 7.
Ambas partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad para formalizar el presente contrato.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
En virtud de la Propuesta de la Gerencia de este Patronato Deportivo Municipal de fecha 20 xx xxxxx del año 2015, se dictó Providencia de la Presidencia el día 22 siguiente, mediante la cual se disponía el inicio del expediente del contrato mixto de suministro y de los servicios de mantenimiento y reparación de instalaciones de depuración, calefacción, climatización, solar-térmica y agua caliente sanitaria de las instalaciones deportivas municipales xx Xxxxxx (Córdoba); en dicho proveído se fijó como criterio de adjudicación único el precio más bajo, ordenándose la incorporación a dicho expediente xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el informe de Secretaría y el certificado de existencia de crédito de Intervención.
En fecha veintisiete xx xxxx del año en curso se dictó Resolución nº
63 de la Presidencia, mediante la cual se aprobaba el expediente de contratación, así como los Pliegos, tanto de Prescripciones Técnicas, como de Cláusulas Administrativas Particulares, se aprobaba el gasto y se disponía la apertura del procedimiento de adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad.
Por resolución de la Presidencia, número 98/2015, de fecha 22 julio de 2015, se ha adjudicado el contrato de referencia a la entidad mercantil Fontanería Xxxxxxxx, S.L, al haber presentado la oferta económicamente más ventajosa.
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
Primera.- La empresa adjudicataria se compromete a la prestación del suministro de material y de los servicios de mantenimiento y reparación de instalaciones de depuración, calefacción, climatización, solar-térmica y agua caliente sanitaria de las instalaciones deportivas municipales, con estricta sujeción, al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas del contrato y conforme a la oferta formulada, cuyos términos son los siguientes:
– 9.600 euros anuales, sin IVA (11.616 euros con IVA) por la prestación de los servicios de mantenimiento y reparación.
– según los precios contenidos en el anexo presentado a ese efecto para las piezas a suministrar (cuya ponderación asciende a 148.264,22 euros).
Segunda. El pago del precio se realizará previa presentación de factura bimestral, a bimestre vencido, en la cual se relacionarán los servicios prestados durante ese período – aplicándose a los mismos el importe que resulte de dividir entre seis el precio de adjudicación anual de los servicios de mantenimiento- y los suministros efectuados, cuyo precio será el resultante de la adjudicación. A estos efectos el primer bimestre a facturar comprenderá el período que va desde la firma del presente contrato hasta el día 30 de septiembre de 2015.
Tercera. El plazo de la ejecución es de dos años desde la formalización del presente contrato.
Cuarta. Para responder del cumplimiento de este contrato ha sido constituida a favor del PDM, una garantía definitiva del 5% de la suma resultante del importe de adjudicación de los servicios más el gasto estimado anual por suministros (IVA excluído) multiplicada por dos, y cuyo importe asciende a 2.960 €uros (dos mil novecientos sesenta euros), la cual se ha materializado mediante transferencia la cuenta bancaria que este organismo aútonomo tiene en la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Quinta.- Por parte del PDM se designa en este acto al Coordinador de Servicios e Infraestructuras de esta entidad, D. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, como responsable del contrato a todos los efectos previstos en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Sexta. El contratista presta su conformidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares que rige este contrato, firmando dos ejemplares de los mismos que se adjuntan al presente contrato como anexos I y II.
Y para constancia de todo lo convenido, se firma este contrato en cuatro ejemplares en el lugar y fecha al principio mencionados, de lo que, como Secretario, doy fe.
EL PRESIDENTE DEL PDM EL CONTRATISTA
Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
EL SECRETARIO DELEGADO DEL PDM
Xxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx