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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA DIFUSIÓN DE UNA CAMPAÑA INSTITUCIONAL DE PUBLICIDAD SOBRE AYUDAS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN
Expediente nº 356/09
1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación por el FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA (en adelante FEGA), del servicio de asistencia técnica necesario para la difusión y adaptación a las lenguas cooficiales del Estado español, en su caso, de una campaña institucional de publicidad sobre las Ayudas de la Política Agraria Común de la Unión Europea, a realizar a través de los medios de comunicación televisión, radio e Internet.
La contratación se regirá por lo dispuesto en este Pliego, además de por el xx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, y por la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público –en adelante, LCSP- y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), vigente éste último en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público, así como también por lo dispuesto en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
Con la presentación de sus proposiciones los licitadores, adjudicatarios o contratistas del presente contrato, se someten expresamente al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y a toda la normativa específica que en él se cita.
2. FORMA DE ADJUDICACIÓN, PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
2.1.. El presente contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto previsto en los arts. 141 a 145 de la LCSP.
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2.2. El presupuesto de gasto máximo o indicativo previsto para el contrato, es de 344.827,59 euros, IVA excluido, representando el IVA la cuantía de 55.172,41 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria de este organismo 23.211.412M.226.02.
De dicho importe se reservará la cantidad de 43.103,48 euros IVA excluido, representando el IVA la cuantía de 6.896,56 euros para hacer frente a los gastos que se señalan en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
3. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA LICITACIÓN.
3.1. CONCURRENCIA. PROCEDIMIENTO ABIERTO
3.1.1. Podrán tomar parte en la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo capacidad de obrar, no se encuentren comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 49 de la LCSP.
3.1.2. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto en los términos establecidos en el art. 48 de la LCSP.
3.1.3. La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx sin salvedad, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones para contratar con la Administración.
3.2. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
3.2.1. Documentación. Las proposiciones comprenderán dos sobres, que se señalarán con los números “1” y “2”, que se presentarán todos ellos cerrados o lacrados, figurando en el anverso el título de la licitación, el nombre o razón social del licitante y la firma de éste o de quien lo represente.
Todos los documentos que se presenten deberán ser originales o copias que tengan el carácter de auténticas según la legislación vigenCteó,digeo xdcoceupmcenióton090d0e0l031re74s0g49u4a38rd52o de la garantía provisional que
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deberá ser siempre original. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano.
El contenido de cada uno de los sobres será el siguiente:
3.2.1.1 SOBRE “1” – “DOCUMENTACION GENERAL”
Contendrá los siguientes documentos:
A) Documentos que acrediten la capacidad del empresario:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) Los empresarios individuales deberán presentar fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o, en su caso, del documento que haga sus veces.
B) Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder notarial bastante al efecto o el documento del que resulten sus facultades representativas, así como fotocopia de su D.N.I. o, en su caso, del documento que haga sus veces.
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Si la persona jurídica fuera una empresa el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, salvo que se trate de un poder para acto concreto, de acuerdo con el artículo 94.1.5º del Reglamento del Registro Mercantil.
C) Solvencia económica, financiera y técnica o profesional
a) Documentos acreditativos de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o en su caso, clasificación:
-Grupo T (Servicios de Contenido), Subgrupo 1 (Servicios de Publicidad), categoría D.
Los licitadores deberán acreditar la clasificación de la empresa según certificado expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
D) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar a que se refiere el artículo 49 de la LCSP, conforme al modelo del Anexo I del presente Pliego, que incluirá una manifestación expresa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse, antes de la adjudicación.
E) Dadas las circunstancias concurrentes en este contrato, en el mismo no se exige la constitución de garantía provisional.
G) Uniones temporales de empresarios:
Los empresarios que concurran agrupados en unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación porcentual de
Código dcoacudmaenuton0o900d00e31e74ll0o49s43y852declarar de forma expresa que
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asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios. Este documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que lo suscriben.
Cada uno de los empresarios integrados en la unión temporal deberá acreditar su personalidad y capacidad, representación, solvencia financiera y técnica, y demás requisitos exigidos conforme a lo previsto en los números anteriores, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que pueden otorgar las empresas para los cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato.
H) Declaración sobre grupo empresarial.
El licitador deberá presentar, en su caso, una declaración sobre su pertenencia a un grupo empresarial, con indicación de las empresas que dentro del mismo concurran a la licitación, o manifestando expresamente que no se presentan proposiciones por otras empresas del grupo. (art. 86.3 del RGLCAP).
I) Acreditación por parte de las personas físicas ó jurídicas de su relación directa con el objeto del contrato Códigoydodceumsenuto c09a0p00a0c3i1d74a0d494p3a85r2a la debida ejecución del mismo.
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En el caso concreto de personas jurídicas, éstas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios (art.
46.1 de la LCSP).
J) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
ESPECIALIDADES EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS
A) Capacidad de obrar.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma
Código dsoucusmtaenntoc0ia90lm000e3n17te4049a4n38á5l2oga. En los contratos sujetos a
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regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio (art. 44 de la LCSP).
Será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
B) Acreditación de la capacidad de obrar.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos del artículo 9.1 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Púbicas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
C) Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Los empresarios extranjeros acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los mismos medios establecidos para los empresarios españoles.
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D) Sumisión a los juzgados y tribunales españoles.
Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
3.2.1.2 SOBRE “2”. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
En este sobre se hará constar, por un lado, y en hoja independiente, la oferta económica, ajustada al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx, como Xxxxx XX.
Las propuestas presentadas por los licitadores comprenderán el precio del contrato sin incluir el IVA., el cual deberá indicarse como partida independiente, entendiéndose que dichas propuestas comprenden no sólo el precio de los servicios ofertados, sino también los gastos que la licitación, adjudicación, formalización y puntual ejecución del contrato conlleven, incluidos los gastos que se deriven de la publicación preceptiva del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado, Diario Oficial de la Unión Europea y, en su caso, prensa nacional, así como el IVA y demás tributos estatales autonómicos o locales a que hubiere lugar.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego sin salvedad alguna.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o
inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de ContratacCióódnig.o documento 090000317404943852
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Por otro lado, éste sobre contendrá también, de forma independiente, la documentación relativa al resto de criterios de valoración a los que se refiere la cláusula 4.3 del presente Xxxxxx, todos ellos evaluables de forma automática. Asimismo se incluirá el Plan detallado, el Plan de Medios y el cronograma de inserciones, documentos todos ellos a los que se refiere el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como también el modelo Anexo 1, de este último Pliego, debidamente cumplimentado.
3.3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Los sobres “1” y “2” se entregarán en mano en el Registro General del FEGA situado en la X/ Xxxxxxxxxxxx, 0 xx Xxxxxx, hasta las catorce horas del día señalado en el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. Una vez presentada la proposición no podrá ser retirada bajo ningún concepto.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar, al órgano de contratación, la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
4.1 EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
La apertura de proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
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En la fecha, hora y lugar señalados en el anuncio de licitación, se celebrará el acto de la licitación ante la Mesa de Contratación.
La Junta de Contratación calificará, previamente, los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre “1”. A los efectos de la citada calificación, el Presidente ordenará la apertura de dicho sobre, y el Secretario certificará la relación de documentos que figure en el mismo. Si la Junta observase defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados, además se harán públicas a través de anuncios del órgano de contratación y concederán un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
La Junta de Contratación, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los arts. 43 y siguientes de la LCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas a que hace referencia el art. 11 del RGLCAP –cláusula 3.2.1.1 del presente Pliego-, con pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas del rechazo.
El acto público de apertura del sobre con la documentación justificativa de los criterios evaluables de forma automática (sobre “2”) comenzará con la comunicación a los asistentes del resultado de la calificación de la documentación contenida en el sobre “1”, la relación de admitidos y excluidos y a continuación se procederá a la apertura y lectura de las ofertas económicas.
Dicha proposición debe figurar en letra y en cifras, prevaleciendo, en caso de discrepancia, el importe consignado en letra. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas
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palabras del modelo, siempre que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
La Junta de Contratación, evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se describen, por orden decreciente de importancia y ponderación en la cláusula 4.3 de este Pliego, y aprobará la propuesta que estime más ventajosa. La Junta, tras la evaluación de las proposiciones formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación.
La Junta podrá solicitar, antes de la aprobación o propuesta de aprobación, los informes que considere necesario que tengan relación con el objeto del contrato.
4.2 RENUNCIA O DESISTIMIENTO
Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar el contrato antes de su adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
El órgano de contratación indemnizará a los licitadores en los términos del artículo 139.2 de la LCSP
4.3 CRITERIOS DE AJUDICACIÓN
La Administración adjudicará el contrato a la proposición económicamente más ventajosa conforme a las condiciones específicas para cada medio (TV, Radio e Internet) que se recogen en la cláusula 3
D. 1, 2 y 3 xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas , y de conformidad con los criterios de valoración siguientes, y teniendo en cuenta la documentación que sobre el cumplimiento de dichos criterios, se presente en el sobre “2”
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4.3.1. Puntuación por condiciones económicas ofertadas
Televisión
Hasta un máximo de 400 puntos.
Radio
Hasta un máximo de 200 puntos
Internet
Hasta un máximo de 60 puntos
La puntuación de las condiciones económicas ofertadas se desglosa por soportes y se valorará de acuerdo con las siguientes tablas:
CADENAS DE TV | PUNTOS |
ANTENA 3 | 94 |
CUATRO | 53 |
TELE 5 | 96 |
LA SEXTA | 46 |
AUTONÓMICAS (*) | 86 |
CANARIAS | 25 |
TOTAL | 400 |
(*) con audiencias superiores al 10%, referido a la población mayor de 16 años, de la autonomía correspondiente.
EMISORAS DE RADIO | PUNTOS |
SER GENERALISTA | 79 |
ONDA CERO GENERALISTA | 31 |
COPE GENERALISTA | 30 |
AGROPOPULAR (COPE) | 35 |
ONDA AGRARIA (ONDA CERO) | 15 |
LA TRILLA (PUNTO RADIO) | 10 |
TOTAL | 000 |
XXXXXXXxXxxxXxxXxxXx xXXx XxxXxX.xXxxXxX.xx(Xxxxxxxxxx | cPióUn NelTecOtróSnic |
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a)
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AGRODIGITAL | 15 |
AGROCOPE | 12 |
AGROINFORMACIÓN | 12 |
EFEAGRO | 12 |
OTROS | 9 |
TOTAL | 60 |
En cada medio figura la puntuación máxima que se puede obtener por las condiciones económicas ofertadas en cada soporte, siendo la suma de todas las puntuaciones el total de puntos asignado a dichas condiciones
Para cada medio, la puntuación máxima se otorgará a la oferta que ofrezca el menor coste/GRP, referido al target nacional mayores de 16 años, y menor coste/impresión, en el caso de Internet, otorgándose al resto de las ofertas, la que proporcionalmente corresponda.
Finalmente, se sumarán las distintas puntuaciones obtenidas por cada oferta para cada uno de los soportes.
El límite de baja en la oferta económica será del 5% del gasto máximo que figura en el apartado 2.2. de este Pliego. Las bajas inferiores a este límite se considerarán desproporcionadas o anormales.
4.3.2. Puntuación por aspectos cualitativos
Televisión .
Hasta un máximo de 200 puntos.
con el siguiente desglose:
Ubicación en bloque publicitario
Primera posiciónCóddiegobdloocuqmueentoe0n9t0r0e00317404943852
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las 20:30 y 00:30 horas 75 puntos
Restantes primeras posiciones de bloque
hasta un máximo de. 55 puntos.
Segunda posición de bloque
hasta un máximo de 25 puntos
Distribución por franjas horarias en televisión De 20:30 a 00:30
hasta un máximo de 30 puntos.
De 14:00 a 20:30
hasta un máximo de 15 puntos.
Radio
Por primera posición en bloque
hasta un máximo de 100 puntos.
Internet
Por máximo número de impresiones en el top de la página (banner superior),
hasta un máximo de 40 puntos
La puntuación de los aspectos cualitativos de la oferta se realizará de conformidad con el siguiente procedimiento:
La puntuación de la ubicación en bloque publicitario para televisión se realizará de la forma que se describe a continuación:
Conforme al modelo que figura en el Anexo 1 del PPT, los licitadores ofrecerán un porcentaje de ubicación de GRP’s en pases colocados en primera posición entre las 20:30 y 00:30 horas, además del porcentaje de GRP´s en primera posición, pero en el resto de horarios, y, por último, los colocados en segunda posición. La puntuación máxiCmódaigoddeocucmaednato 0a9p00a0r0t3a1d74o0,49s43e85o2torgará a aquella propuesta que
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ofrezca el mayor porcentaje de ubicación del total de GRP’s obtenidos en cada oleada, y al resto de las propuestas se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda en relación a la puntuación máxima.
La puntuación de la distribución por franjas horarias en televisión se realizará de la forma que se describe a continuación:
Los licitadores ofrecerán, cumpliendo los mínimos establecidos en el PPT, un porcentaje de colocación del total de GRP’s obtenidos en cada oleada para las distintas franjas horarias.
Aquellos ofertantes que se limiten a cumplir los mínimos establecidos obtendrán cero puntos. A las restantes ofertas se las disminuirá en los mínimos establecidos, y por la parte que los rebasen, se concederá la máxima puntuación a quien ofrezca el mayor porcentaje y al resto proporcionalmente.
Para el resto de medios, la puntuación máxima se otorgará a la mejor oferta para cada soporte, y, a las restantes, proporcionalmente.
Finalmente, se sumarán las distintas puntuaciones obtenidas por cada oferta.
En caso de empate se dirimirá a favor de la oferta que haya obtenido mayor puntuación en el apartado más ponderado. De persistir el empate se repetirá, sucesivamente, el procedimiento por orden de ponderación. En el supuesto de que en todos los apartados las ofertas obtuvieran los mismos valores, se adjudicará por orden de registro de entrada.
4.4. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.-
La Junta de Contratación, una vez recabados los informes técnicos correspondientes, adjudicará provisionalmente el contrato.
La adjudicación provisional, contra la que cabe el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el artículo 37 de la LCSP, deberá realizarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el siguiente a la apertura de proposiciones, pudiéndose
ampliCaórdigeondocuomcehntoo 09d00í0a0s3174h0á49b4i3l8e5s2 cuando, por tratarse de una
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proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deban seguirse los trámites a que se refiere el art. 136.3 de la LCSP.
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada, que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil del contratante del órgano de contratación, siendo de aplicación lo previsto en el art. 137 de la LCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a aquellos, aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles.
La valoración de las proposiciones presentadas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el art. 86 del RGLCAP.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas, una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
4.5. ADJUDICACION DEFINITIVA
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 15 días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se publique esta última en el perfil del contratante del órgano de contratación.
Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo establecido en la cláusula siguiente. Asimismo, podrá exigirse motivadamente al adjudicatario que acredite de nuevo su personalidad y capacidad de contratar.
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El adjudicatario provisional deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 13 a 16 del RGLCAP.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de cinco días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de la presente cláusula.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y el NIF asignado a la UTE.
5. GARANTÍA DEFINITIVA
5.1 .CONSTITUCIÓN
Publicada la adjudicación provisional en el perfil del contratante, el adjudicatario provisional estará obligado a constituir, en el plazo de quince (15) días hábiles, una garantía definitiva a disposición del órgano de contratación (FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA, CIF Q-
2821023-E) cuantificada en el 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. Dicha garantía se consignará mediante cualquiera de las modalidades señaladas a continuación:
a) En metálico, en valores públicos o en valores privados avalados por la Administración General del Estado, por una comunidad autónoma, o por algunCóadigdoedocluamseneton0t9id00a0d03e1s740r4e9l4a3c85io2 nadas en la letra siguiente, con
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sujeción a las condiciones que se establecen en los artículos 55 y 61 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Mediante aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España, en la forma y condiciones que establecen los artículos 56, 58 y 61 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
c) Por contrato de seguro de caución, celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución, y en la forma y condiciones que establecen los artículos 57, 58 y 61 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Dicha garantía responderá de los conceptos comprendidos en el artículo
88 de la LCSP, así como de todas las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato, de las sanciones que puedan imponerse al contratista por incumplimiento del contrato y de los daños y perjuicios que este incumplimiento pueda ocasionar.
Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las citadas responsabilidades, se procederá al cobro de la diferencia, mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las respectivas normas de recaudación.
La garantía prestada por personas o entidades distintas del contratista queda sujeta, en todo caso, a las mismas responsabilidades antedichas, como si hubiese sido constituida por el propio adjudicatario, no pudiendo utilizar el beneficio de excusión a que se refieren los arts. 1830 y concordantes del Código Civil.
Si la garantía fuera constituida en valores y éstos fueran amortizados, total o parcialmente, el adjudicatario deberá reponerlos en la cuantía necesaria dentro de los 15 días siguientes a aquél en el cual tuviera lugar la amortización.
De no cumplir este requisito por causas a él imputables, se declarará decaída la adjudicación provisional a su favor, pudiendo realizarse una nueva adjudicación en
los términos previstos eCnódliagocdloácuumseunltao 049.040.00317404943852
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Las garantías citadas se constituirán en todo caso en la Caja General de Depósitos.
5.2. CONTENIDO
La garantía definitiva responderá de los conceptos comprendidos en el art. 88 de la LCSP.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
6. FORMALIZACION DEL CONTRATO
La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación definitiva, de conformidad con el art. 140 de la LCSP
Formando parte integrante del documento en que se formalice el contrato, se unirán un ejemplar de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas, que serán firmados por el/los adjudicatarios.
Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo.
En este contrato no está prevista la subcontratación.
7. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
7.1. La prestación de servicios objeto del contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego y del de prescripciones técnicas, desarrollándose la campaña de publicidad durante el periodo comprendido entre la firma del contrato y el 30 xx xxxxx de 2010, sin que esté
prevista la prórroga ni la modificación del mismo, ni, por consiguiente, la revisión de preCócdioigosddoceulmmenitsom09o00.00317404943852
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A la firma del contrato se presentará y aprobará el programa definitivo de trabajo. La entrega de comprobantes del plan de medios al que se refiere el Pliego de Prescripciones Técnicas se realizará antes del 30 xx xxxxx de 2010.
7.2. El Contratista queda obligado a realizar los servicios dentro del plazo fijado en el presente Pliego. Si llegado el término del mismo, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración puede optar por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades económicas fijadas en el articulo 196 de la LCSP, sin que la pérdida de la garantía aportada o los importes de dichas penalidades excluyan la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista..
7.3. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 197 de la LCSP.
7.4. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
8.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
8.1 El contratista estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral, con relación al personal adscrito a la ejecución del presente contrato.
8.2. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, con la salvedad prevista en el art. 198 de la LCSP.
8.3. El personal que utilice el adjudicatario no tendrá vinculación alguna con el FEGA, y dependerá única y exclusivamente del contratista, el cual asumirá la condición de empresario , con todos los derechos y deberes respecto a dicho personal, con arreglo a la legislación vigente, sin que en ningún caso
resulte responsCaóbdligeo doeclumFenEtoG09A0000d3e1740la49s438o5b2 ligaciones del contratista y sus
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trabajadores.
8.4. La empresa deberá acreditar el cumplimiento de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales , y la normativa que la desarrolla, mediante declaración jurada con expresión de la modalidad asumida para la organización de los recursos preventivos , según el artículo 10 del RD 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención.
8.5 El contratista deberá observar las normas relativas a publicidad institucional, contempladas en la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, sobre Publicidad y Comunicación Institucional, y sus normas de desarrollo
9. ABONO DE LOS SERVICIOS
9.1.El periodo de valoración será único, a la finalización de los trabajos. La factura será presentada por la empresa contratista en el Registro General del FEGA, el cual propondrá el pago dentro de los plazos previstos en el presente Pliego.
9.2. Los pagos se efectuarán mediante el oportuno libramiento, en su caso, previa presentación de la factura, de conformidad con el Real Decreto que regula el deber de expedir factura que incumbe a los empresarios y profesionales.
9.3. En los documentos que se presenten al cobro, se deberá repercutir como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido, cuando así proceda, sin que el importe total contratado experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido, tal como establecen los artículos 88 de la Ley y 25 del Reglamento de dicho impuesto. Asimismo, serán de cuenta del contratista cualquier tributo o impuesto que graven la prestación de los servicios objeto de contrato, así como los gastos que se deriven de la publicación preceptiva del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado.
9.4. Si la Administración no hiciera el pago del precio al contratista, dentro de los
sesenta días siguientes a la expedición de los documentos acreditativos de la realización total oCpódaigrco idaolcudmeelntoo b09je00to003d1e74l 0c4o94n3t8r5a2to, deberá abonar al contratista, a
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partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
10.- RECEPCIÓN DEL CONTRATO
10.1 La recepción se producirá antes del 30 xx xxxxx de 2010 y previa entrega de los comprobantes de haber ejecutado el Plan de Medios al que se refiere el apartado D) de la claúsula 3ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
10.2 Si se considera que los trabajos o servicios reúnen las condiciones debidas se procederá a la recepción, a la que concurrirá el contratista o su representante autorizado, levantándose al efecto el acta correspondiente, por la Unidad Administrativa encargada de la ejecución del contrato. Una vez realizada la entrega, y constatada la conformidad por la Administración, dará comienzo el plazo de garantía que será el de un año.
10.3. Si los trabajos o servicios no reunieran las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito, al contratista, las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazar la misma quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
10.4. En caso de que el contratista no cumpla su obligación de asistir a la recepción por causas que le sean imputables, perderá automáticamente los derechos que de ella se deriven, incluido el de efectuar cualquier reclamación sobre el contenido del acta de recepción o de las instrucciones que se dicten para subsanar posibles defectos.
10.5. En los quince días siguientes a la fecha de recepción se dará a conocer al contratista la liquidación de los trabajos o servicios, preparada con antelación a la recepción, para que en el plazo de otros quince días, a partir de la fecha en
que la haya recibCióddoig,o mdoacunmiefinetos0te90s00u03c1o74n0f4o9r4m38i5d2ad o reparos a la misma.
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11. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
11.1. El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución (Art. 204 y siguientes LCSP).
11.2. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, previo cumplimiento de los requisitos siguientes:
a) Audiencia del contratista por plazo xx xxxx días naturales, en el caso de propuesta de oficio.
b) Informe de la Abogacía del Estado
c) Dictamen del Consejo de Estado, cuando se formula oposición por parte del contratista.
En el plazo no superior a un mes, desde el acuerdo de resolución del contrato, el órgano de contratación adoptará las medidas oportunas para la liquidación del mismo.
11.3. El contrato se declarará resuelto cuando no se constituya la garantía definitiva en el plazo señalado en la cláusula 5.1 del presente Pliego o cuando no se formalice el contrato en el plazo establecido en la cláusula 6.1 de dicho Pliego.
11.4. También quedará resuelto el contrato si el contratista lo incumpliera en cualquiera de sus cláusulas. El contrato se resolverá asimismo, en los demás casos previstos en el artículo 206 de la LCSP.
11.5. Resuelto el contrato, se procederá a su liquidación, en la forma prevista en la LCSP.
11.6. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada
la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración por daños y perjuicios. Código documento 090000317404943852
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12. LEGISLACIÓN APLICABLE.
12.1. Respecto de la legislación aplicable se estará a lo dispuesto en el punto 1 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
12.2. Con la presentación de sus proposiciones los licitadores, adjudicatarios o contratistas del presente servicio, se someten expresamente al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y a toda la normativa específica que en él se cita, sobre la contratación de las Administraciones Públicas.
13. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN
Al tratarse de un contrato de naturaleza administrativa y, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar lo convenido, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificar la prestación por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta (Arts. 194 y 195 de la LCSP).
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Abogacía del Estado, en el ejercicio de las prerrogativas enunciadas en el párrafo precedente, serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, efectos y resolución del contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto por la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción. Potestativamente podrá ser impugnada en reposición ante el órgano de contratación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin que puedan simultanearse ambos recursos, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoCCódoigmo dúocnu.mento 090000317404943852
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El presente Xxxxxx ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado del Organismo con fecha 11 de diciembre de 2009, y aprobado por la Junta de Contratación del FEGA en reunión celebrada el día 22 de diciembre de 2009
Código documento 090000317404943852
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ANEXO I
MODELO DE DECLARACION EXPRESA RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA LA EMPRESA EN PROHIBICION DE CONTRATAR, Y ESTAR AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL.
Don ,
como…………………………………………………………………………de la empresa.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que la empresa a la cual representa,
se encuentra al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social impuestas por las Disposiciones vigentes (art. 49.2 d) LCSP).
Que la empresa a la cual representa, sus representantes y sus administradores no están incursos en ninguna de las restantes prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 49 LCSP.
La adjudicación de contratos a personas que se hallen comprendidas en alguno de los supuestos mencionados será nula de pleno derecho, con los efectos, en su caso indemnización de daños y perjuicios, que se prevén en la LCSP.
(Lugar, fecha y firma)
Sr. Presidente de la Junta de Contratación del Fondo Español de Garantía Agraria.
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ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN
El que suscribe.........…………………..........................en su propio nombre (o en
representación de …………………........................................………...), vecino
de................................…………... domiciliado
en.............................................……………... provisto del Documento Nacional de
Identidad número ................................... licitador al procedimiento para la
contratación de ……...............………...........………………………...... , publicado en
B.O. del Estado correspondiente al día se compromete a llevar
a cabo dicho servicio en el marco presupuestario que establece el apartado 2.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, durante el período establecido en los pliegos de Prescripciones Técnicas y Administrativos, con estricta sujeción a todas las condiciones y requisitos que se contienen en los mismos, que ha examinado y que expresamente acepta, comprometiéndose a su ejecución de conformidad con la siguiente oferta, deducida la reserva prevista en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas ………………………………
……………………………………………………………………………………………………
……con el siguiente desglose de datos de valoración económica en el que se determinan el coste /GRP y , el coste/1000IMPRESIÓNES (CPM), en el caso de INTERNET,
TELEVISION | COSTE/GRP |
ANTENA 3 | |
TELE 5 | |
CUATRO | |
LA SEXTA | |
AUTONÓMICAS (indicadas en el apartado 0.0.0.xx este Pliego) | |
CANARIAS |
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RADIO | COSTE/GRP |
SER GENERALISTA | |
COPE GENERALISTA | |
ONDA CERO GENERALISTA | |
AGROPOPULAR (COPE) | |
ONDA AGRARIA (ONDA CERO) | |
LA TRILLA (PUNTO RADIO) |
INTERNET | COSTE/ 1000 IMPRESIÓNES (CPM) |
AGRODIGITAL | |
AGROCOPE | |
AGROINFORMACIÓN | |
EFEAGRO | |
OTROS |
(Lugar, fecha y firma del ofertante)
Sr. Presidente de la Junta de Contratación del Fondo Español de Garantía Agraria.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE DIFUSION DE UNA CAMPAÑA INSTITUCIONAL DE PUBLICIDAD, SOBRE “AYUDAS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN”.
CLÁUSULA 1ª: ANTECEDENTES
Continuando con la labor realizada el pasado ejercicio, la Presidencia del FEGA ha decidido desarrollar una campaña institucional de publicidad, sobre las ayudas de la PAC, dirigida a los agricultores y ganaderos, potenciales beneficiarios de las mismas, y al público, en general, con el doble propósito de incitar a la solicitud de las ayudas en los plazos previstos por la normativa reguladora, y poner de manifiesto la razón de ser de tales ayudas, en tanto que compensadoras de las tareas que los agricultores y ganaderos realizan para garantizar el abastecimiento alimentario de la población y humanizar, vertebrar y conservar el medio rural.
El FEGA facilitará, al respecto, las propuestas creativas, correspondiendo a la empresa licitadora su difusión en los medios que se propongan.
CLÁUSULA 2ª: OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato, que se regirá por el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, es el servicio de asistencia técnica necesario para la adaptación, en su caso, y difusión de una campaña institucional de publicidad, sobre las ayudas de la PAC, a través de los medios de comunicación (TV, radio e Internet), por un importe máximo de 400.000 €, IVA incluido..
CLÁUSULA 3ª: DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO
La campaña se desarrollará desde la firma del contrato hasta abril de 2010. Se pide a los licitadores que presenten un plan detallado en el que se incluya:
Planificación y compra de un Plan de medios que contribuya al conocimiento de la campaña en TV, radio e Internet
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El material a difundir consiste en un spot televisivo de 25” y una cuña radiofónica de 30”, y un banner animado para Internet.
A este respecto los licitadores habrán de atenerse a las siguientes prescripciones técnicas:
A) OBJETIVOS DE LA CAMPAÑA (fijados por el FEGA)
Objetivos generales de comunicación
o Poner en valor la labor de los agricultores y ganaderos y su importancia en aras a garantizar el abastecimiento alimentario de la sociedad
o Trasladar a la población los riesgos del debilitamiento de la actividad agraria, en nuestro país, con la consiguiente pérdida de la vertebración y conservación del mundo rural
o Llamar la atención de los agricultores y ganaderos para que formulen las solicitudes de las ayudas a que tengan derecho en los plazos establecidos
Objetivos específicos
o Comunicar de manera fácil e inteligible el papel que juegan los agricultores y ganaderos, de manera que se tenga un concepto claro de su relevante función.
o Resaltar la importancia que dicha función representa como garantía del bienestar de la sociedad.
o Señalar la necesidad de compensar económicamente la actitud de los agricultores y ganaderos, al seguir las orientaciones de la PAC, en beneficio del conjunto de la sociedad.
B) PUBLICO AL QUE SE DIRIGE
La campaña se dirige a los ciudadanos residentes en España mayores de 16 años y, en particular, a losCóadgigoridcoucultmoernetos09y000g0a31n7a40d4e94r3o8s5,2 potenciales beneficiaros de las
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ayudas previstas por la PAC, cuando se siguen las orientaciones que esta política comporta.
C) MEDIOS
Los medios a utilizar para la difusión deberán ser: TV (Spot de 25”)
Radio (Cuña de 30”) e Internet (Banner animado).
D) CONTENIDO DE LA OFERTA Plan de Medios
Los licitadores deberán presentar un plan de emisión de la campaña objeto del contrato, en el que se detallarán los medios que se proponen y la participación de cada uno en el conjunto de la inversión prevista. .
Así mismo, presentarán un cronograma de inserciones, medios y soportes, que debe priorizar la aportación de cada medio al efecto del conjunto de la campaña, teniendo en cuenta el período de difusión de la misma que se llevará a cabo durante la primera y segunda semana siguientes a la firma del contrato y la tercera y cuarta semanas del mes xx xxxxx de 2010, en TV y radio, y desde la firma del contrato hasta abril, en Internet.
La propuesta debe especificar el planteamiento general y el sistema de planificación de medios para todo el período de contratación, contemplando, para cada medio y soporte, las fechas de inserción, franjas horarias previstas, ubicación en bloque, número de pases de emisión o inserciones e impresiones, en el caso de internet. .
El FEGA se reserva el derecho de modificar el plan de medios finalmente seleccionado, de acuerdo con las exigencias que el caso requiera.
1.- CONDICIONES ESPECÍFICAS EN TELEVISIÓN
1.1.- Presupuesto.- Se destinará a este medio, aproximadamente, el 60 % del importe total del presuCpóudeigso tdoocudmisenptoo0n9i0b0l0e03q17u4e04f9i4g3u85r2a en la cláusula 2.2 xxx Xxxxxx de
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Claúsulas Administrativas Particulares, deducida la reserva prevista en la claúsula 5ª de este Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.2.- Precios de GRP´s.- Los precios de los GRP´s ofertados se aplicarán al formato publicitario proporcionado por el FEGA, al que se alude en el apartado C) de la cláusula 3ª de este Pliego, y estarán referidos al target nacional mayores de 16 años.
1.3.- Objetivos.- Los objetivos y limitaciones del Plan de Medios serán los siguientes:
1) Franjas horarias: del total de GRP´s obtenidos en cada oleada, se exigirá que, al menos, el 30% lo sea entre las 20:30 h y las 00:30 h, el 30 % entre las 14:00 y las 20:30 h. y que los obtenidos entre las 00:30 h y la 01:00 h. no superen el 5% del total.
No se admitirá ningún pase entre las 01:00 h. y las 08:00 h.
2) El porcentaje de GRP´s antes citado, a obtener entre las 20:30 y las 00:30 horas, no incluirá los GRP´s emitidos en dicho horario en primera posición de bloque. Dichos GRP´s se contemplan independientemente en la oferta.
3) Colocación en bloque publicitario: se estará a lo ofertado por cada licitador, de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), siendo a cargo del licitador el mayor importe que ,por colocación en determinado lugar del bloque, pudiera resultar, no admitiéndose, por tanto, recargo alguno por este concepto en relación con la tarifa básica.
4) La oferta técnica, con la distribución de los porcentajes de GRP’s en franjas horarias y su colocación en bloques publicitarios, se presentará en el sobre “2”, de acuerdo con el formato que se incluye como Anexo 1 de este Pliego.
La colocación de los anuncios en bloques publicitarios estará referida a los sistemas de posición y numeración de bloque denominados, por Sofres, PB2 y NB2.
5) La adjudicataria recabará de las cadenas el envío directamente al FEGA de sus tarifas en formato ExcelC,óodigloadcoceurmtiefinctoa0c9i0ó0n00d31e74l0a4s94m38i5s2mas.
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En todo caso al FEGA le deberán constar fehacientemente los importes de las tarifas oficiales.
2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS EN RADIO
2.1.- Presupuesto.- Se destinará a este soporte, aproximadamente, el 30 % del importe total del presupuesto disponible que figura en la claúsula 2.2 xxx Xxxxxx de Clausulas Administrativas Particulares, deducida la reserva prevista en la claúsula 5ª de este Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.2.- Precios de GRP´s.- Los precios de los GRP´s ofertados se aplicarán al formato publicitario proporcionado por el FEGA, al que se alude en el apartado C) de la cláusula 3ª de este pliego, y estarán referidos al target nacional mayores de 16 años
2.3.- Objetivos.- Los objetivos y limitaciones del Plan de Medios serán los siguientes:
1) Franjas horarias: El Plan de Medios elaborado por la adjudicataria deberá contemplar la siguiente distribución de GRP´s en cada oleada:
Cadenas generalistas
Entre las 07:00h. y las 10:00 h. de lunes a viernes, como mínimo el 45 % de los GRP´s.
Entre las 22:00h. y las 24:00 h: de lunes a viernes, como mínimo el 25% de los GRP´s.
Entre las 24:00 h y las 01:00 h. como mínimo el 15% de los GRP´s.
Programas agrarios, en sábado y domingo. Se estará a lo ofertado por cada licitador.
2) No se admitirán ninguna cuña entre las 01:00 h. y las 06:00 h.
3) Colocación en bloque publicitario: se estará a lo ofertado por cada licitador, según lo establecido en este pliego.
2.4.- Distribución de la presión.- La distribución de la presión se realizará de la siguiente manera:
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2.4.1.- El 70 % de los GRP’s totales, al menos, se distribuirá entre las cuatro cadenas generalistas que figuran en el apartado 4.3.1 del PCAP y sólo se planificarán programas que se emitan simultáneamente en todas y cada una de las emisoras que componen la correspondiente cadena.
2.4.2.- El 30 % de los GRP´s totales se distribuirá entre los programas que figuran en el apartado 4.3.1. del PCAP, dentro de las cadenas generalistas, orientados específicamente a la información agraria.
La oferta técnica con el porcentaje de GRP´s, en primera posición del bloque, se presentará en el sobre “2” de acuerdo con el formato que se incluye como Anexo 1 de este Pliego.
2.5.- Tarifas.- La adjudicataria recabará de los distintos medios los envíos al FEGA de sus tarifas en formato Excel, o la certificación de las mismas. En todo caso al Organismo le deberán constar fehacientemente las tarifas oficiales.
3.- CONDICIONES ESPECÍFICAS EN INTERNET
4.1.- Presupuesto.- Se destinará a este medio, aproximadamente, el 10 por ciento del importe total del presupuesto disponible que figura en la claúsula 2.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones técnicas, deducida la reserva prevista en la claúsula 5ª de este Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.2.- .Precios de impresiones- Los precios de las impresiones ofertadas por la adjudicataria se aplicarán al formato publicitario proporcionado por el FEGA, al que se alude en el apartado C) de la cláusula 3ª de este Pliego.
3.3.- Selección de medios.- Se utilizarán preferentemente los portales orientados a proporcionar información agraria.
3.4. –Localización de banners.- Se localizarán banners en la página principal del soporte elegido.
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E) NORMATIVA E IMAGEN INSTITUCIONAL
Los licitadores se comprometen a aplicar de manera correcta la identidad corporativa del Gobierno de España, en sus diversas aplicaciones, audiovisual y escrita, y en cuantos materiales se utilicen para la difusión del contrato.
F) OTRAS PRESCRIPCIONES
La agencia ganadora tendrá a su cargo la gestión de todo lo recogido en esta cláusula, además de los posibles imprevistos que pudieran surgir mientras el contrato esté en vigencia.
CLÁUSULA 4ª: EQUIPO ASIGNADO
Los licitadores detallarán el equipo humano asignado a la cuenta con indicación de sus funciones específicas. Habrá un responsable de equipo que será el interlocutor con la persona responsable de la campaña que designe el FEGA, y que asumirá toda la responsabilidad frente a la administración.
CLÁUSULA 5ª: OTRAS OBLIGACIONES Y COMPROMISOS.
La empresa adjudicataria, tendrá que hacerse cargo de los costes que se deriven de la emisión de la campaña en los diferentes medios. Se establece una reserva de 50.000,00 €,IVA incluído, destinados a derechos de imagen y de músicas, originales y copias de emisión, modificaciones en spot, locuciones y cuñas de radio, banners para Internet y todas aquellas propuestas que se contemplen en televisión, radio e internet, así como para los derechos de creatividad de la productora y la agencia diseñadora de los formatos a emitir.
Las partidas del presupuesto que, por alguna circunstancia, no fueran objeto de ejecución final, habrán de descontarse de los pagos a efectuar por parte del FEGA quien, en todo momento, supervisará los trabajos a realizar.
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ANEXO 1
MODELO DE OFERTA TÉCNICA
ASPECTOS CUALITATIVOS DE LA OFERTA
Televisión:
% GRP´s ofertados
conceptos valorables
ubicación en bloque combinada con horario | 1ª posición entre 20:30 y 00:30 horas |
ubicación en bloque en los restantes horarios | 1ª posición | |
2ª posición |
distribución por franjas horarias | de 20:30 a 00:30 horas, sin incluir 1ª posición | |
de 14:00 a 20:30 horas |
- Sistema de medición PB2 Y NB2
Radio:
Se ubicará en primera posición del bloque _ _ , _ _ % del total de GRP’s. Internet:
Se ubicará en el top de la página , % de Impresiones Todos los datos de esta oferta se reflejarán con dos decimales.
En , a de de 2009
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(FiVrmalidaa)ción en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica)
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En virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente, esta Junta de Contratación aprueba el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas, que han de regir la contratación del servicio de adaptación y difusión de una campaña institucional de publicidad sobre Ayudas de la Política Agrícola Común
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CONTRATACIÓN,
Firmado electrónicamente,
SECRETARIO GENERAL
Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
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