PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
Obra: Concurso cerrado de Precios Para la provisión e instalación de una cabina de preparación, lijado de piezas, cabina de pintura atemperada y un horno de secado de pintura de piezas para Aerolíneas Argentinas S.A.
CONCURSO CERRADO DE PRECIOS N°:…MC18169…
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLAUSULAS GENERALES.
INDICE
TITULO I
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1: Objeto y aplicación xxx xxxxxx. ARTICULO 2: Glosario.
ARTICULO 3: Circulares con consulta y sin consulta. CAPITULO II SISTEMAS DE CONTRATACION
ARTICULO 4: Sistema de contratación. CAPITULO III PROPONENTES
ARTICULO 5: Capacidad legal, técnica y financiera ARTICULO 6: Inhabilitados para la presentación. ARTICULO 7: Domicilio.
ARTICULO 8: Ejecución de Obras por Empresas Asociadas. ARTICULO 9: Informes que suministra el ARSA.
ARTICULO 10: Conformidad con la documentación licitatoria. ARTICULO 11: Informes que deben obtener los proponentes. ARTICULO 12: Garantía de mantenimiento de oferta.
CAPITULO IV LAS PROPUESTAS
ARTICULO 13: Lugar de presentación de las propuestas. ARTICULO 14: Forma de presentación de las propuestas. ARTICULO 15: Documentos que integran la propuesta. ARTICULO 16: Gravámenes.
ARTICULO 17: Causal de desestimación de la oferta CAPITULO V CONCURSO PRESENTACION DE OFERTAS
ARTICULO 18: La oferta
ARTICULO 19: Apertura de las propuestas. ARTICULO 20: Día inhábil en fecha de apertura.
CAPITULO VI PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 21: Evaluación de las propuestas.
ARTICULO 22: Rechazo de propuestas y subsanación de errores.
ARTICULO 23: Retiro y devolución de la garantía de mantenimiento de oferta. CAPITULO VII ADJUDICACION DE LA OBRA
ARTICULO 24: Adjudicación.
ARTICULO 25: Rebalanceo.
CAPITULO VIII FIRMA DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
ARTICULO 26: Garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra. ARTICULO 27: Documentos integrantes del contrato u orden de compra. ARTICULO 28: Transferencia del contrato u orden de compra.
ARTICULO 29: Cambio de domicilio del contratista. TITULO II
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL CAPITULO I ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
ARTICULO 30: Orden de iniciación.
ARTICULO 31: Observaciones al plan de trabajos. ARTICULO 32: Plan de trabajos definitivo.
ARTICULO 33: Permiso para el inicio de la obra ARTICULO 34: Replanteo de la obra.
ARTICULO 35: Alineación y Niveles
ARTICULO 36: Errores de Replanteo ARTICULO 37: Documentación en obra. ARTICULO 38: Planos adicionales ARTICULO 39: Planos de obra.
ARTICULO 40: Xxxxxx xx xxxxxxx.
ARTICULO 41: Vigilancia, seguridad e higiene. ARTICULO 42: Construcciones provisionales. ARTICULO 43: Daños a personas y bienes.
ARTICULO 44: Indemnidad ARTICULO 45: Seguros y permisos.
ARTICULO 46: Infracciones administrativas. ARTICULO 47: Limpieza de la obra.
ARTICULO 48: Provisión de agua y demás servicios ARTICULO 49: Prórrogas del plazo de obra.
CAPITULO II DIRECCION DE OBRA
ARTICULO 50: Director de Obra e inspectores.
ARTICULO 51: Ordenes de servicio y observaciones de la Dirección y/o Dirección de Obra. ARTICULO 52: Notas de pedido. Parte Diario
ARTICULO 53: Interpretación de la documentación técnica.
ARTICULO 54: Discrepancias entre distintas partes del contrato u orden de compra. ARTICULO 55: Terminación de los trabajos.
CAPITULO III PERSONAL OBRERO
ARTICULO 56: Salarios
ARTICULO 57: Idoneidad del personal. ARTICULO 58: Obligaciones legales CAPITULO IV MATERIALES Y TRABAJOS
ARTICULO 59: Abastecimiento de materiales. ARTICULO 60: Calidad de los materiales y trabajos.
ARTICULO 61: Aprobación de materiales. Ensayos y pruebas. ARTICULO 62: Calidad del equipo.
ARTICULO 63: Corrección de trabajos defectuosos. ARTICULO 64: Vicios ocultos.
CAPITULO V RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
ARTICULO 65: Subcontratistas.
ARTICULO 66: Responsabilidad. ARTICULO 67: Otros contratistas. CAPITULO VI DESARROLLO DE LA OBRA ARTICULO 68: Plazo.
ARTICULO 69: Xxxx.
ARTICULO 70: Contralor de trabajos.
ARTICULO 71: Unión de obras nuevas con existentes. CAPITULO VII MODIFICACIONES DE OBRA
ARTICULO 72: Modificaciones de obra. ARTICULO 73: Reajuste de garantía.
ARTICULO 74: Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor o sin la conformidad de ARSA. CAPITULO VIII LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS.
ARTICULO 75: Medición. Certificación.Fondo de reparo ARTICULO 76: Pago de los certificados.
CAPITULO IX RECEPCION DE OBRA
ARTICULO 77: Recepción Provisoria ARTICULO 78: Plazo de garantía.
ARTICULO 79: Recepción Definitiva. ARTICULO 80: Recepciones parciales. ARTICULO 81: Devolución de garantías.
CAPITULO X RESCISION DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
ARTICULO 82: Rescisión por incumplimiento del o de los adjudicatarios. ARTICULO 83: Rescisión por incumplimiento de ARSA.
ARTICULO 84: Rescisión sin invocación de causa por parte de ARSA. ARTICULO 85: Toma de posesión de la obra.
ARTICULO 86: Inventario.
ARTICULO 87: Xxxxxx
XXXXXXXX 00: Liquidación de los trabajos y materiales. CAPITULO XI DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO 89: Cotizaciones de las propuestas. ARTICULO 90: Manejo de las instalaciones.
CAPITULO XII SANCIONES
ARTICULO 91: Hechos que pueden originar sanciones. ARTICULO 92: Percepción de multas
ARTICULO 93: Jurisdicción
CLÁUSULAS GENERALES (P.C.G.)
BASES DEL CONCURSO
TITULO I
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1: Objeto y aplicación xxx xxxxxx.
El presente concurso (el “Concurso”) tiene por objeto la provisión de materiales y mano de obra para la instalación de una cabina de preparación, lijado de piezas, cabina de pintura atemperada y un horno de secado de pintura de piezas para Aerolíneas Argentinas S.A., así como el montaje de la misma, puesta en marcha, manuales de operación y mantenimiento y capacitación.
ARTICULO 2: Glosario.
En el presente pliego y en la documentación de los contratos u orden de compra que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica, los siguientes términos:
1) Adjudicatario: El proponente al que se le ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor, hasta la firma del contrato u orden de compra.
2) Análisis de Precios: Desarrollo de los componentes de la estructura que forman parte del precio de cada ítem del presupuesto.
3) Circular con consulta: Las contestaciones del ARSA a los pedidos de aclaración formuladas con relación a la documentación licitatoria.
4) Circular sin consulta: Las aclaraciones de oficio que el ARSA formule con relación a la documentación licitatoria.
5) Comisión Evaluadora: Es la que examina todas las propuestas recibidas y aconseja la precalificación y/o adjudicación de la propuesta más conveniente y el rechazo de las que, conforme al pliego, resulten inadmisibles o inconvenientes.
6) ARSA: Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A
7) Contratista: El adjudicatario después que ha firmado el contrato u orden de compra y sus complementos.
8) Día/s: Salvo indicación en contrario, se entenderán por días hábiles.
9) Día/s hábil/es: Los días en que funcionan las oficinas administrativas ubicadas en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx X/X, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxxx Corporativo T4 – ARSA o la que en futuro la reemplace y sea informada a los interesados o proponentes
10) Documentación licitatoria: Está constituida por el presente Pliego, el Pliego de Cláusulas Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva, y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Cláusulas Especiales. Dicha documentación podrá ser entregada por ARSA en soporte digital u otro soporte que a su exclusivo criterio considere conveniente.
11) Dirección de Obra: Representa a ARSA en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos y tiene autoridad para actuar en su nombre dentro de los términos de la documentación contractual.
12) Oferta: Conjunto de documentos que define los aspectos económicos de la Propuesta, integrada generalmente por: oferta económica y compromiso de mantenimiento de la propuesta, presupuestos detallados, planilla de cotización por ítems, plan de trabajo, plan de certificación y curva de inversión; y en general todo otro documento que guarde relación con aquélla.
13) P.C.E.: Pliego de Cláusulas Especiales.
15) P.E.T.: Pliego de Especificaciones Técnicas.
16) Precios básicos: Los vigentes al mes de la fecha de apertura de la concurso. Serán los informados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)
17) Proponente: La persona jurídica que presenta una propuesta en el Concurso.
18) Propuesta: Totalidad de la documentación exigida a los proponentes para admitir su participación en la concurso.
19) Interesados: La persona jurídica que hubiere retirado la documentación licitatoria de conformidad con lo establecido en el presente pliego PCG.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
ARTICULO 3: Circulares con consulta y sin consulta.
Durante el plazo para la preparación de las propuestas y hasta 5 (cinco) días antes del fijado para la apertura, los interesados podrán formular, por escrito, consultas relativas a la documentación licitatoria a xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
Las aclaraciones correspondientes serán evacuadas mediante circulares y remitidas por ARSA a todos los interesados que hayan retirado la documentación licitatoria.
ARSA, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio mediante circulares sin consulta, hasta 3 (tres) días antes de la fecha fijada para la presentación de las propuestas.
Todas las circulares que se remitan llevarán numeración corrida, pasarán a formar parte de la documentación licitatoria y serán notificadas a todos los interesados que hayan retirado la documentación licitatoria.
CAPITULO II
SISTEMAS DE CONTRATACION
ARTICULO 4: Sistema de contratación.
La contratación se hará por el sistema de ajuste alzado, es decir, llave en mano.
Las obras se contratarán sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su propuesta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra.
Dentro del monto del contrato u orden de compra se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato u orden de compra, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en estos documentos y sus anexos. Se entenderá que la obra se encuentra concluida con arreglo a su fin cuando, además de la finalización de las tareas, cada instalación sea aprobada por los organismos de control correspondientes. Metrogas en el caso de la instalación de gas, IRAM para las normas NFPA de cumplimiento obligatorio para la instalación contra incendio.
Antes de la firma del contrato u orden de compra, ARSA exigirá al adjudicatario, de no haberse adjuntado con la propuesta, un presupuesto detallado de su cotización, ítem por ítem con la indicación de metrajes, precios unitarios y totales de los ítems. En su preparación se tendrá en cuenta, que:
1) Se podrán agregar o intercalar los ítems que a juicio del proponente pudieran faltar. En caso de supresión de algún ítem, se deberá dejar indicada la razón de su eliminación. Asimismo, el adjudicatario deberá presentar los análisis de precios de todos los ítems del presupuesto
2) Se mantendrá en todos los casos el orden de los ítems de los existentes, y el que faltare se intercalará en el rubro respectivo, designándolo con carácter de “bis”. Para su presentación se otorgará un plazo xx xxxx (10) días a contar desde la fecha en que le sea requerido.
Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, ARSA exigirá al adjudicatario su corrección dentro de los cinco (5) días de la notificación. La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato u orden de compra y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio de ARSA.
Dicha operación no modificará el monto total de la propuesta que sirviera de base para la adjudicación.
No se reconocerá diferencia alguna a favor del contratista, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato u orden de compra, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por la Dirección de Obra de Obra.
CAPITULO III
PROPONENTES
ARTÍCULO 5: Capacidad legal, técnica y financiera
Los proponentes deberán ser personas jurídicas, con capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el cumplimiento del objeto del Concurso que será acreditada presentando entre otros, los Estatutos, Certificado Fiscal para contratar y certificados que acrediten que han ejecutado en forma satisfactoria trabajos análogos a los licitados. Los indicadores financieros deberán cumplir con los requisitos establecidos en el P.C.E.
En caso de que se presenten como uniones transitorias de empresas, la capacidad para contratar resultará de la suma ponderada de las capacidades individuales de cada una de las empresas.
Los proponentes deberán presentar inexcusablemente, la Certificación del Instituto IRAM que las habilite para realizar instalaciones contra incendio según las normas NFPA
Asimismo, deberán presentar los antecedentes de obras realizadas, en proceso o concursos en los que se encuentren participando, según sea solicitado en el P.C.E.
Las personas jurídicas deberán estar formalmente constituidas e inscriptas en la Dirección de Obra General de Justicia o en los registros provinciales respectivos, según corresponda.
ARTÍCULO 6: Inhabilitados para la presentación.
No podrán concurrir como proponentes:
1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social -No podrán tampoco participar en la presente licitación sociedades conformadas por personal de ARSA, ni de ninguna de las sociedades y/o empresas controladas por éstas, y/o familiares directos de los mismos.
2) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación.
3) Toda sociedad a la que, dentro del término de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, se le hubiera rescindido un contrato u orden de compra por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal.
4) Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
ARTICULO 7: Domicilio.
El proponente constituirá domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todo tipo de notificación y/o comunicación que se le cursen al Proponente en lo relativo al presente Concurso a la dirección mencionada anteriormente, será considerada válida mientras no medie notificación fehaciente de su modificación por ARSA
Si lo modificara antes de vencido el plazo de validez de su propuesta, deberá comunicar el cambio de domicilio en forma inmediata y fehaciente a ARSA. El nuevo domicilio también deberá constituirse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, deberá el proponente deberán informar un número telefónico de contacto y de fax y una dirección de correo electrónico.
ARTICULO 8: Ejecución de Obras por Empresas Asociadas.
En el caso en que dos o más empresas se presenten asociadas al concurso, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) por la Ley de Sociedades Comerciales. Una vez presentadas al concurso, las UTE no podrán modificar su integración, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato u orden de compra, salvo expresa autorización de ARSA.
La UTE deberá tener por Estatuto una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato u orden de compra, incluido el plazo de garantía, y los trabajos a realizar deberán encontrarse comprendidos dentro de su giro comercial.
En caso de resultar adjudicataria una UTE, deberá acreditar su inscripción en la IGJ, como requisito previo para la firma del contrato u orden de compra. La falta de cumplimento del requisito determinara la reovación de la adjudicación con la perdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
Todas y cada una de las empresas que conformen la UTE, deberán cumplir con la presentación de la Certificación del Instituto IRAM que las habilite para realizar instalaciones contra incendio según las normas NFPA
ARTICULO 9: Informes que suministra ARSA.
ARSA suministra únicamente los informes contenidos en la documentación licitatoria.
Cuando tal documentación incluya cómputos y presupuestos, éstos tendrán mero carácter ilustrativo. No comprometen a ARSA y corresponde al proponente su verificación.
ARTICULO 10: Conformidad con la documentación licitatoria.
Por si sola, la presentación de la propuesta importa el conocimiento y aceptación por parte del proponente de toda la documentación licitatoria y de cualquier otra documentación que integre el Concurso, no admitiéndose –en consecuencia- la invocación en el futuro de desconocimiento de sus condiciones.
Bajo ningún concepto podrán los proponentes atribuirse derechos ni formular reclamos por pagos adicionales, indemnizaciones y/o aumentos en los plazos de obra, fundados en el desconocimiento, interpretación o influencia de los datos reseñados precedentemente, como asimismo, en ambigüedad, discordancia o falta de conocimiento de la documentación licitatoria y/o cualquier otra documentación que integre Concurso
ARTICULO 11: Informes que deben obtener los proponentes.
Además de estudiar exhaustivamente la documentación licitatoria, es obligación del proponente recoger en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía, y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo. A tal fin, deberá convenir con ARSA día y hora de visita, quedando a exclusivo criterio de ARSA la diagramación de las fechas y horas de visitas posibles. La falta de días y horas disponibles para la visita del lugar de la obra no generará ningún tipo de responsabilidad en contra de ARSA. El proponente deberá, previo a concurrir, acompañar toda la documentación que sea solicitada por ARSA.
Asimismo es responsabilidad exclusiva de los proponentes abastecerse de toda la normativa municipal, provincial y/o nacional que resulte aplicable para el desarrollo de la obra objeto del concurso, incluyendo entre otras las normas laborales, impositivas, y aquellas vinculadas con la ejecución de los trabajos involucrados en la obra
ARTICULO 12: Garantía de mantenimiento de oferta.
El proponente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor de ARSA, constituida por el diez por ciento (10%) del importe de la oferta de la obra que se concursa.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
1) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de
división y de excusión previa del obligado. Debe ser emitida a nombre de AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A... La compañía de Seguros que emita la póliza debe ser una Compañía a satisfacción de ARSA.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con las modalidades establecidas en el presente pliego, que el garante declara conocer y aceptar.
ARSA, podrá requerir el cambio de aseguradora y/o banco que prestan la garantía o caución. Dicho cambio deberá efectuarse en el plazo de cinco (5) días de notificada la decisión bajo apercibimiento de entender que el proponente ha desistido su propuesta.
Los proponentes estarán obligados a mantener sus propuestas durante el plazo que en cada caso se establezca en el P.C.E.; en su defecto, perderán la garantía a que se refiere este artículo, a tal fin ARSA podrá, de pleno derecho, ejecutar los documentos indicados precedentemente o retener el dinero depositado en las cuentas bancarias indicadas, en concepto de indemnización. Este plazo de mantenimiento de oferta se renovará automáticamente hasta el momento de la adjudicación.
CAPITULO IV
LAS PROPUESTAS
ARTICULO 13: Lugar de presentación de las propuestas.
Las propuestas se presentarán hasta el día 3 xx xxxx de 2018, en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx X/X, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxxx Corporativo T4 – Xxxx Xxxxx - 0x Xxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el domicilio que ARISA/AU informe a los interesados en días hábiles administrativos, en el horario de 10hs a 16 hs
ARTICULO 14: Forma de presentación de las propuestas.
Las propuestas deberán presentarse personalmente en el domicilio indicado por ARSA, en el artículo anterior, en sobre o paquete cerrado
Las propuestas deberán presentarse redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o interlineados que no hayan sido debidamente salvados. La oferta económica deberá ser presentada en pesos. Si hubiere discrepancia entre los números y las letras se tomaran estas últimas como válidas.
Se presentarán un “ORIGINAL” y un “DUPLICADO”, indicando el duplicado en todas sus hojas su naturaleza de tal. El duplicado debe estar asimismo foliado y firmado y sellado en todas sus hojas por el representante legal o apoderado y técnicos del proponente. Las cajas, sobres o paquetes deberán presentarse cerrados y con indicación del proponente, número y título del concurso. En caso de discrepancia entre los ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como “ORIGINAL”.
No se recibirán propuestas después del día y hora fijados, y las recibidas por correo serán rechazadas y devueltas con prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas. ARSA no será responsable, ni admitirá reclamos por la no apertura de dichas propuestas.
La presentación de la oferta implica la aceptación de todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación licitatoria.
ARTICULO 15: Documentos que integran la propuesta.
La propuesta deberá contener, como mínimo, la siguiente documentación:
1) Declaración de constitución del domicilio especial del proponente, número de teléfono y fax, y correo electrónico.
2) Constancia de haber retirado la documentación licitatoria en soporte digital. Impresión de toda la documentación licitatoria (planos en A3).
3) Certificado de Visita a Obra.
4) Declaración jurada con la nómina de las obras realizadas por el proponente de similar o mayor envergadura de la objeto del presente concurso. Para las que se hallen en ejecución, deberá presentarse una certificación del comitente indicando estado de avance de las obras e informe sobre cumplimiento de plazos.
5) Las sociedades cuya duración sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las sociedades con una duración inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial. Se indicará también la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la concurso.
6) Certificación de equipos: listado de equipos, propiedad de la empresa, y listado de equipos que la empresa dispondrá (propios y ajenos) para la realización de la obra.
7) Referencias bancarias y comerciales o nómina de los establecimientos que puedan proporcionarlos.
8) Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la propuesta, certificado por escribano..
9) Contrato u orden de compra social o estatutos o compromiso de conformación de unión transitoria de empresas, si correspondiera.
10) Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el proponente acepta la competencia establecida en el presente pliego.
11) Declaración jurada, manifestando si el proponente tiene juicios pendientes con el Estado Nacional, sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito.
12) La oferta económica conforme a las indicaciones que se establezcan en el P.C.E.
13) El presupuesto de la oferta para la obra.
14) Plan de trabajos.
15) Curva de inversión.
16) Otros documentos que fueran exigidos en el P.C.E.
17) Garantía de mantenimiento de oferta según el artículo 12 del presente.
18) Planilla de empresas contratistas
ARTICULO 16: Gravámenes
Impuesto al Valor Agregado (“IVA”): los precios que contengan las ofertas deberán ser informados sin IVA, el que será adicionado, de corresponder, en renglón aparte al momento de la facturación.
Impuesto de Sellos: De corresponder el pago de este impuesto deberá dejarse expresamente indicado el monto sujeto a imposición. Se deja constancia que el pago del mismo será asumido en proporciones iguales por cada uno de los contratantes.
Regímenes de retención: Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas – Cielos del Sur S.A. son agentes de retención del IVA (RG18), del Impuesto a las Ganancias (RG830), de Contribuciones de la Seguridad Social (RG 1556, 1769 y 1784) y del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las siguientes jurisdicciones; de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución N° 533), de la Provincia de Buenos Aires (DN 43/96), de la Provincia de San Xxxx (RG 4/2009). Se agregan solo para Austral Líneas Aéreas S.A. las jurisdicciones de la Provincia xx Xxxxx (RG 8/2003) y de la Provincia de Santa Fe (RG 3/2013).
Forma de facturación: las facturas deberán ser emitidas en cumplimiento con las normas de facturación vigentes según lo dispuesto por la RG (AFIP) 1415 y la RG (AFIP) 100.
En los casos en que eventualmente pudieran existir exenciones de algún tipo, el oferente deberá aclarar su vigencia y certificar tal información por Dirección de Obra de Obra.
ARTÍCULO 17: Causal de desestimación de la oferta
La falta de presentación de alguno de los elementos detallados en el artículo precedente podrá ser causal de desestimación de la propuesta si es considerada una omisión sustancial, a exclusivo criterio de ARSA,
CAPITULO V
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
ARTÍCULO 18: La oferta
Las ofertas estarán contenidas en un sobre cerrado. El sobre exterior llevará como únicas leyendas las siguientes: denominación de la obra e identificación del proponente.
ARSA dará recibo de los sobres entregados hasta el día y la hora fijada para la presentación de las propuestas- .
Dentro del sobre exterior deberá encontrarse
Carpeta n° 1.
Datos Generales:
a. Razón social del Oferente y nombre y/o razón social de los titulares del capital social.
b. Copia certificada de los estatutos o del contrato u orden de compra social y sus modificaciones, con constancia de inscripción en la Dirección de Obra General de Justicia o Registro provincial que corresponda.
c. Copia de la constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) y en la administración tributaria local en la cual se encuentre inscripto. Comprobante del número de C.U.I.T. otorgado por la AFIP.
d. Domicilios: legal y de la administración y oficinas operativas del Oferente, a los que la Empresa tendrá libre acceso para las inspecciones.
e. Dirección de correo electrónico.
f. Copia certificada de los poderes para representar al Oferente.
g. Experiencia en contrataciones similares.
h. Se incluirán los ítems Nº 1, 2, 5, 7, 8, 9, 10, 11, del Art. 15
Carpeta n° 2.
Aptitud técnica y económica
Incluirá los datos, documentación, solución técnica propuesta, listado de clientes en contrataciones similares y toda otra documentación para cumplir los requerimientos de las Bases y Condiciones Particulares.
Asimismo incorporara los balances y antecedentes requeridos para evaluar la condición económica de la empresa.
Se incluirán los ítems Nº 3, 4 y 6 del Art. 15
Carpeta n° 3.
Cotización:
El Oferente deberá presentar su cotización de conformidad con lo establecido en el
Pliego, en las Bases y Condiciones Particulares.
Se incluirán los ítems Nº 12 a 18 del Art. 15
ARTICULO 19: Día inhábil en fecha de apertura.
Salvo expresa habilitación de día y hora, si por cualquier circunstancia el día fijado para la apertura de las propuestas resultara inhábil, aquella se trasladará a la misma hora del primer día hábil posterior.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 20: Evaluación de las propuestas.
Recibidas las propuestas, se dará intervención a una Comisión Evaluadora designada por ARSA, que procederá a examinar los aspectos legales, técnicos y económicos de las mismas. A solicitud de la Comisión Evaluadora, ARSA podrá requerir de los proponentes cualquier información complementaria y/o aclaraciones que considere necesarias. Los proponentes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de dos (2) días. Si no se cumpliera en término con dicho pedido, ARSA podrá entender por retirada la propuesta. La Comisión Evaluadora propondrá el rechazo de las propuestas que no cumplieren con los requisitos sustanciales establecidos en la documentación licitatoria, estableciendo las propuestas técnicas aceptadas.
ARTICULO 21: Rechazo de propuestas y subsanación de errores.
La Comisión Evaluadora designada por ARSA verificará que las ofertas se ajustan sustancialmente a lo establecido en la Documentación Licitatoria. En caso de verificarse omisiones o errores materiales o formales, ARSA podrá requerir al proponente su subsanación en el plazo que se establezca.
La falta de requerimiento por parte de ARSA de la documentación omitida o la subsanación de los errores formales o materiales no podrá ser impugnada por ninguno de los interesados, quedando a exclusivo criterio de ARSA la valoración de dichas omisiones o errores, pudiéndose adjudicar el presente Concurso a la propuesta que cumpla sustancialmente los requisitos exigidos sin perjuicio que se hubiere incurrido en alguna omisión o error.
En caso de que existan errores o inconsistencias aritméticas, ARSA entenderán que (i) entre los montos expresados en números y en palabras, prevalece el indicado en palabras y (ii) cuando haya una diferencia entre la sumatoria de lo productos entre los precios unitarios de cada ítem por las cantidades correspondientes de los mismos y el total del presupuesto, prevalecen los precios unitarios que se hayan indicado, a menos que a criterio de ARSA dichos precio unitarios hayan sido mal consignados, en cuyo caso prevalecerá el total.
Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, ARSA tienen el derecho de aceptar o rechazar cualquier propuesta, así como dejar sin efecto el Concurso sin incurrir por ello en responsabilidad alguna hacia los interesados, no teniendo obligación de comunicar los motivos del rechazo o de la decisión que dejara sin efecto el Concurso.
ARTICULO 22: Retiro y devolución de la garantía de mantenimiento de oferta.
El proponente que retire su propuesta durante el plazo de vigencia de ésta o el adjudicatario que no constituya la garantía de cumplimiento de contrato u orden de compra conforme lo establecido en el presente pliego, perderá la garantía de mantenimiento de oferta en concepto de indemnización por tal incumplimiento.
La garantía será devuelta de inmediato a los que no resulten adjudicatarios
Con respecto al proponente que resulte adjudicatario, la devolución o desafectación de la garantía no tendrá lugar hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra en las formas y los plazos previstos en este pliego.
CAPITULO VII
ADJUDICACION DE LA OBRA
ARTICULO 23: Adjudicación.
Terminada la evaluación de las propuestas, ARSA adjudicará la obra a la propuesta más conveniente, tomando en cuenta la oferta económica, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra. Se entenderá como oferta más conveniente aquella que cumpla sustancialmente con las exigencias establecidas en la documentación licitatoria y satisfaga las necesidades planteadas para la contratación. La oferta más conveniente no significará necesariamente la de menor precio.
La adjudicación será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los proponentes.
ARSA podrá rechazar todas las propuestas o aceptar variantes previstas en el P.C.E., sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los proponentes.
Podrá adjudicarse la obra aún cuando se haya presentado una sola propuesta.
ARTICULO 24: Rebalanceo.
ARSA se reserva el derecho de solicitar un rebalanceo de los precios de los ítems del presupuesto, y consecuentemente la adecuación de la curva de inversión respectiva, sin que ello implique modificar en forma alguna el monto total del contrato u orden de compra.
Se podrán rechazar propuestas donde aparezcan recargados indebidamente los precios de trabajos iniciales.
CAPITULO VIII
FIRMA DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
ARTICULO 25: Garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra.
Previo a la firma del contrato u orden de compra, el adjudicatario deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía que estará integrada en efectivo, con seguro de caución en una compañía de seguros de prestigio a satisfacción de ARSA-AU, una garantía bancaria o la entrega de un pagaré. En ningún caso dicha garantía generará intereses o será objeto de actualización alguna por parte de ARSA-AU. La misma será por el cinco por ciento (5 %) del importe total del contrato u orden de compra. Si el adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra, ARSA podrá ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta y anular la adjudicación, procediendo, a su exclusivo criterio, a adjudicar la obra a otro proponente preseleccionado, si lo hubiere, o cerrar el concurso sin adjudicación. Es facultad de ARSA proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra.
ARTICULO 26: Documentos integrantes del contrato u orden de compra.
1) Serán documentos integrantes del contrato u orden de compra: a.- El presente pliego;
b.- El P.C.E.;
c.- Los planos y planillas del concurso; d.- El P.E.T.;
e.- Las circulares con consulta y sin consulta; f.- La propuesta;
g.- El acta de adjudicación.
2) Se considerará documentación accesoria, la que se indica a continuación: a.- La orden de iniciación de los trabajos;
b.- El acta de iniciación;
c.- El plan y diagrama de ejecución de la obra aprobado por ARSA;
d.- Las Órdenes de Servicio que por escrito imparta la Dirección de Obra; e.- Libro de notas de pedido;
f.- Los planos complementarios que ARSA entregue al contratista durante la ejecución de la obra y los preparados por el contratista que fueran aprobados por aquél;
g.- Actas de recepción;
h.- Los comprobantes de trabajos adicionales o de modificaciones ordenados por la Dirección de Obra de Obra.
ARTICULO 27: Transferencia del contrato u orden de compra.
Firmado el contrato u orden de compra, o emitida la correspondiente orden de compra, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, en todo o en parte, a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento, sin autorización previa y en forma fehaciente de ARSA.
ARTICULO 28: Cambio de domicilio del contratista.
En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato u orden de compra, aquél está obligado a comunicar en el plazo de dos (2) días, en forma fehaciente al ARSA, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
TITULO II
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL
CAPITULO I
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
ARTICULO 29: Orden de iniciación.
Firmado el contrato u orden de compra, ARSA dará la orden de iniciación de los trabajos con una antelación mínima que será establecida en el P.C.E.; durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares.
El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se fije en el P.C.E. a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta.
Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos ARSA tendrá derecho a la rescisión del contrato u orden de compra, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra y responderá por los daños y perjuicios causados. Si ARSA no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado.
ARTICULO 30: Observaciones al plan de trabajos.
ARSA formulará las observaciones que pueda merecerle el plan de trabajos, y el contratista, ajustándose a ellas, rectificará la distribución de inversiones y plazos parciales sin alterar el importe y el plazo total.
ARTICULO 31: Plan de trabajos definitivo.
El plan de trabajos definitivo será el que resulte de ajustarlo a las observaciones de ARSA y de corregir sus fechas de acuerdo con lo fijado en la orden de iniciación indicada en el artículo 31.
Luego de aprobado definitivamente por ARSA, quedarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
ARTICULO 32: Permiso para la ejecución de la obra.
La Dirección de Obra otorgará el permiso al contratista para la provisión e instalación completa de los equipos entre las fechas correspondientes a la orden de iniciación y el acta de iniciación, mediante acta, entregándose un ejemplar a cada una de las partes intervinientes.
ARTICULO 33: Replanteo de la obra.
El replanteo se hará en la forma, el término y las condiciones que establezca la Dirección de Obra de Obra, de acuerdo a lo previsto en el P.C.E. El suministro de los elementos necesarios y los gastos que se originen en las operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal obrero, etc., serán por cuenta del contratista.
La Dirección de Obra de Obra controlará y verificará el replanteo de la obra que deberá realizar el contratista.
Una vez establecidos los puntos fijos por el contratista y aceptados por la Dirección de Obra, aquel será responsable de su inalterabilidad y conservación.
ARTICULO 34: Alineación y niveles.
El contratista estará obligado, cuando corresponda, a solicitar de la autoridad local competente, la alineación y los niveles correspondientes.
ARTICULO 35: Errores de replanteo.
El contratista es responsable del replanteo y de cualquier trabajo mal ubicado por errores en aquél, cualquiera sea su origen y cualquiera sea el estado de la obra, siendo responsable de las correcciones necesarias.
ARTICULO 36: Documentación en obra.
Es obligación del contratista tener permanentemente en obra un ejemplar completo de la documentación del contrato u orden de compra, al que se irá agregando la documentación accesoria especificada en el artículo 27, apartado 2).
El contratista deberá poseer u obtener en su propio nombre todos los permisos, aprobaciones y/o licencias de todas las autoridades gubernamentales locales, provinciales o nacionales de las zonas donde deba prestarse el servicio, que sean necesarios para el cumplimiento del contrato u orden de compra. Todo desembolso que implique la posesión u obtención de dichos permisos, aprobaciones y/o licencias será a exclusivo cargo del oferente.
ARTICULO 37: Planos adicionales.
De todos los planos que integran el contrato u orden de compra, ARSA entregará sin cargo al contratista dos ejemplares para su uso en la obra. Si necesitara más ejemplares, deberá adquirirlos al precio que fije ARSA.
ARTÍCULO 38: Planos de obra.
El contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará a ARSA dos copias para su aprobación; una vez aprobado cada plano, sacará las copias que necesite
para su uso y entregará a ARSA el original, en film poliéster, a fin de su preservación en perfecto estado, acompañando además el soporte digital.
ARTÍCULO 39: Xxxxxx xx xxxxxxx.
Antes de iniciar los trabajos, el contratista someterá a la aprobación de ARSA su proyecto xx xxxxxxx y ajustará sus instalaciones a las observaciones formuladas por éste.
ARTICULO 40: Vigilancia, seguridad e higiene.
La responsabilidad que le incumbe al contratista respecto de la vigilancia continua de la obra, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos, se extiende a todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a personas o a bienes de ARSA o de terceros.
La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al contratista de las consecuencias de los hechos referidos. Cuando en la obra trabajen varios contratistas se determinará la responsabilidad de cada uno en el P.C.E.
ARTICULO 41 Construcciones provisionales.
Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisionales para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios, serán instalados y mantenidos por el contratista en perfecto estado de limpieza y conservación, estando también a su cargo el alumbrado y la provisión y distribución de agua. A la terminación de la obra, serán a cargo del contratista su demolición y retiro del lugar.
ARTICULO 42: Daños a personas y bienes.
El contratista tomará todas las disposiciones y precauciones necesarias o las que indique la Dirección de Obra de Obra, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las de ARSA o Dirección de Obra destacadas en la obra, a terceros y a los bienes de ARSA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales. Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
Estas responsabilidades subsistirán hasta la Recepción Provisional de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el período de garantía.
ARSA podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.
El contratista eximirá de toda responsabilidad a ARSA y a sus empleados y/o funcionarios y asumirá la responsabilidad total y exclusiva por los daños y perjuicios que puedan derivarse directa o indirectamente de la ejecución de los servicios a su cargo, ya sea por daños producidos a sus bienes o su personal, como así también hacia terceros, deslindando a ARSA de toda obligación y responsabilidad y comprometiéndose a presentarse en juicio en caso de que ARSA fuera demandado.
ARSA no tendrá ninguna responsabilidad de ninguna índole frente al contratista por las pérdidas, robos, hurtos o daños en los bienes de su propiedad y/o terceros.
Toda acción que emprenda el contratista relacionada con el servicio o los materiales que provee/n, las instalaciones, la ubicación y disposición de elementos utilizados para tal fin, deberá contar con la previa consulta, para la posterior aprobación por parte de ARSA.
En caso de incumplimiento del contratista, ARSA queda facultado para reponer / reparar cualquier tipo de elemento o instalaciones que hubiera dañado y/o destruido el contratista con cargo al mismos, deduciendo su costo de las facturas que se encuentren al cobro.
Si se iniciaran procesos o procedimientos de cualquier índole contra el contratista que pudieren afectar la responsabilidad (directa o indirecta) de ARSA, el contratista notificará en un plazo no mayor a las 48 horas de haber tomado conocimiento a ARSA y ésta podrá, en caso de estimarlo conveniente, hacerse cargo de los procesos o procedimientos e iniciar negociaciones para la extinción de tales procesos o procedimientos.
ARTÍCULO 43: Indemnidad
El Adjudicatario se obliga a mantener indemne a ARSA, AA2000 y al ORSNA frente a cualquier acción que se le interponga como consecuencia de la prestación de los servicios o la provisión de los materiales objeto del Concurso, cualquiera fuera la causa.
ARTÍCULO 44: Seguros y permisos
45.1. De conformidad con la actividad, el Contratista se obliga a contratar y a mantener durante toda la vigencia del presente Contrato u orden de compra los seguros enumerados a continuación:
(i) Seguro de responsabilidad civil de automotores.
El Contratista deberá contratar este seguro por todas las unidades automotores de propiedad del Contratista y/o de sus empleados y/o por él empleadas, que accedan al estacionamiento de ARSA por un monto no inferior a pesos diez millones $ 10.000.000) para camiones, grandes automotores u otros vehículos similares y de tres millones ($ 3.000.000) para vehículos pequeños.
(ii) Seguro Todo Riesgo Construcción.
El contratista deberá mantener durante la vigencia del contrato u orden de compra un seguro de Todo Riesgo Construcción, estableciendo como Asegurados al Contratista, al Comitente y a los Subcontratistas.
Este seguro deberá cubrir:
Amparo A:
Suma mínima asegurada: El Monto total del contrato u orden de compra con un deducible del 10% del siniestro pero no más de $ 40.000.- Se deberá incluir “Propiedades existentes”.
Amparo B:
Suma mínima asegurada: El Monto total del contrato u orden de compra con un deducible del 10% del siniestro pero no más de $ 40.000.-
Amparo C:
Suma mínima asegurada: El Monto total del contrato u orden de compra con un deducible del 10% del siniestro pero no más de $ 40.000.-
Amparo D:
Suma mínima asegurada: El Monto total del contrato u orden de compra con un deducible del 10% del siniestro pero no más de $ 40.000.-
Amparo E:
Suma mínima asegurada: 10% del valor total del contrato u orden de compra, con un deducible de no más de $ 40.000.-
Amparo F:
Suma mínima asegurada: 10% del valor total del contrato u orden de compra, con un deducible de no más de $ 40.000.-
Amparo G:
Suma mínima asegurada: $ 2.000.000., con un deducible de no más de $ 40.000.-
iii) Seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).
El Contratista deberá entregar una póliza de seguro de vida de acuerdo a las previsiones del decreto 1567/74, incluyendo la nómina detallada y actualizada del personal cubierto por este seguro, debidamente sellada y firmada por la Aseguradora, debiendo estar comprendida la totalidad del personal del Contratista que preste servicios en la obra.
El Contratista se obliga a mantener actualizada y al día dicha nómina ante la Aseguradora, así como a remitir la misma debidamente sellada y actualizada por la Aseguradora cada vez que se produzcan cambios.
(iv) Seguro de riesgos del trabajo.
El Contratista deberá estar asegurado en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo ("ART (ley Nº
24.557 y normas concordantes para todo el personal en relación de dependencia afectado al servicio, incluyendo la siguiente cláusula:
a) " ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso
contra el Estado Nacional y/o el ORSNA y/o Aerolíneas Argentinas S.A. y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A., sus funcionarios, empleados u obreros, ya sea con fundamento en el Artículo 39 inciso 5º de la ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que la ART se vea obligada a otorgar, contratar o abonar al personal dependiente o ex- dependiente del Contratista, alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador al lugar del trabajo y viceversa, como así también mantener indemne al Estado Nacional y/o el ORSNA y/o Aerolíneas Argentinas
S.A. y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A., ante una acción judicial que pudiera plantearse en forma conjunta y en invocación de una supuesta responsabilidad solidaria, incluyendo el planteo de la inconstitucionalidad de la ley 24.557
Esta cláusula de no repetición cesará en sus efectos si el empresario comitente a favor de quién se emite, no cumple estrictamente con las medidas de prevención e higiene y seguridad en el trabajo, o de cualquier manera infringe la Ley 19.587, su Decreto Reglamentario N° 351/79 y las normativas que sobre el particular ha dictado la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de su competencia.
" ART se obliga a comunicar a Aerolíneas Argentinas S.A. en forma fehaciente, los
incumplimientos en que incurra el Contratista, especialmente la falta de pago en término, dentro de los diez (10) días de ocurrido el incumplimiento".
(v) Seguro de accidentes personales.
Cuando el Contratista o Subcontratista, Profesionales independientes y de Personas afectadas a los trabajos, según corresponda, sea considerado frente a la AFIP - DGI como trabajador autónomo o cuando utilizare personal que no está en relación de dependencia, en lugar de los seguros mencionados en (iii) y (iv) deberá contratar un seguro por accidentes personales.
La cobertura en todos los casos deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad permanente total o parcial derivada de cualquier causa por $460.000.- (pesos cuatrocientos sesenta mil), y gastos por asistencia médica y farmacéutica por un monto no inferior a $ 40.000 (pesos cuarenta mil) por persona. La póliza deberá designar, hasta ese monto, por las obligaciones legales y/o convencionales de las que sea responsable como 1er. beneficiario a Aeropuertos Argentina 2000
S.A. y/o el ORSNA y/o el Estado Nacional y/o Aerolíneas Argentinas S.A. y/o Austral Líneas Aéreas
Cielos del Sur S.A. y como 2do. Beneficiario al dependiente o sus herederos legales, según corresponda
45.2. Los contratos u orden de compras de seguro, deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
(i) Todos los contrato u orden de compras de seguros deberán ser tomados en compañías aseguradoras a satisfacción de ARSA, con renuncia del asegurador a todo derecho de repetición contra ARSA, sus directivos, agentes, representantes, personal, empresas vinculadas, el Estado Nacional, el ORSNA, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx S.A. y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A;
(ii)Aerolíneas Argentinas S.A. y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A., serán "Asegurado Adicionales" en los seguros (i), (ii) y (v) contratados por el Contratista y las pólizas especificarán que ningún incumplimiento u omisión del Contratista perjudicará los intereses de Aerolíneas Argentinas
S.A. y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A., el Estado Nacional y/o el ORSNA y/o Aeropuertos Argentina 2000, quienes serán mantenidos indemnes ante cualquier reclamo de terceros.
(iii) Las pólizas de seguro deberán estar vigentes durante todo el plazo de vigencia del Contrato u orden de compra. El Contratista deberá acreditar, en debida forma, la vigencia de las pólizas y el puntual pago de los premios pertinentes ante la sola solicitud de ARSA;
(iv) Si el Contratista dejase de contratar o mantener en vigencia por cualquier causa que fuera, alguno de los seguros estipulados en el presente Contrato u orden de compra o cualquier otro seguro que le pueda ser exigido por ARSA en el futuro, ARSA podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho que pudiera ejercer, contratar, mantener en vigencia o volver a contratar dichos seguros, pagar las primas necesarias y facturar dichos importes al Contratista y/o deducir en cualquier momento las sumas desembolsadas debidamente ajustadas, de cualquier pago que deba hacer al Contratista, y/o en su defecto ejecutar total o parcialmente la garantía exigida en el presente Pliego y/o El P.C.E
(v) Los seguros contratados no limitan ninguna responsabilidad contractual o extracontractual u obligación del Contratista que pudiera existir hacia otros contratistas y/o permisionarios y/o terceros o hacia ARSA y/o el Estado Nacional, el ORSNA y/o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A;
(vi) El Contratista se hará cargo de cualquier franquicia, y/o importe primario y/o descubierto y/o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas de seguros contratadas por ARSA y/o contratadas o que han debido ser contratadas por el Contratista de acuerdo a los términos del presente Contrato u orden de compra;
(vii) Todas las pólizas contratadas por el Contratista deberán tener una cláusula que obligue al asegurador a no modificar las condiciones ni anular las pólizas, ni suspender la cobertura, sin dar aviso con treinta (30) días de anticipación, por carta documento u otro medio fehaciente, a Aerolíneas Argentinas S.A. en su domicilio
(viii) El Contratista se obliga a notificar inmediatamente a ARSA cualquier acontecimiento que pueda dar lugar a un reclamo o demanda por resarcimiento por daños y/o lesiones, sean propios y/o de terceros sin exceder de noventa (90) minutos para su confirmación por escrito desde la toma de conocimiento del hecho. Deberá detallar todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar que describan el suceso y cualquier otra información o prueba útil. Asimismo el Contratista se obliga a comunicar de forma fehaciente a ARSA, toda información ampliatoria que corresponda relativa al acontecimiento dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el mismo;
(ix) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones relativas a los seguros previstos en el presente Contrato u orden de compra se considerará grave y dará derecho a ARSA a terminar el
Contrato u orden de compra sin derecho a reclamo alguno por partes del Contratista, y/o a la aplicación de penalidades y/o a la posibilidad de reclamar daños y perjuicios de corresponder;
(x) Los costos por reposiciones de sumas aseguradas afectadas por siniestros, como los resultantes de modificaciones por ampliaciones y/o agravaciones de riesgos, o aumento de tarifas de los aseguradores, cualquiera fuera su origen, serán a cargo del Contratista;
(xi) Las pólizas exigidas al Contratista permitirán otras pólizas en exceso de las mismas e incorporarán una cláusula de control de siniestros a satisfacción del Asegurador de ARSA;
(xii) En todas las oportunidades que ARSA lo requiera, el Contratista deberá exhibir las correspondientes pólizas, endosos, comprobantes de pago y demás documentación relativa a los contrato u orden de compras de seguros, sin perjuicio de actualizar mensualmente la información sobre seguros.
(xiii) ARSA podrá, a su exclusivo criterio, solicitar fundadamente el incremento de las sumas aseguradas, sin derecho a reclamo alguno por parte del Contratista;
(xiv) El Contratista cumplirá la exigencia para cada seguro aquí establecida mediante la presentación del certificado de cobertura dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de suscripto el contrato. Asimismo se obliga a entregar a ARSA copia fiel de la póliza y del recibo oficial emitido por la Aseguradora, por el pago total del premio, antes de la iniciación de los trabajos del Contrato u orden de compra
45.3. Permisos de organismos de control
Debido a que la obra se emplaza dentro de jurisdicción Aeroportuaria, todo el personal que ingrese a la misma deberá portar su Credencial Aeroportuaria que lo habilite para tal fin.
La información indicada seguidamente debe ser corroborada en el SICOP dado que este control es realizado por dicho sistema a través del auditor designado por el administrador de aeropuertos.
A.- EMPRESAS CON PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
1. Carta de presentación, en hoja con membrete de la empresa, dirigida a Aeropuertos Argentina 2000 S.A. conteniendo la nómina del personal de su empresa autorizado a ingresar en nuestras instalaciones. Dicha carta deberá estar firmada y sellada por el responsable de la Empresa.
2. Clave de Alta Temprana (CAT o el aplicativo vigente), para trabajadores incorporados a partir del 1/10/2000 y en caso de nuevas incorporaciones (por única vez)
3. Comprobante F931 con el recibo de pago y la nómina del personal incluido en la correspondiente declaración jurada mensual a la AFIP (mensual)
4. Certificado de cobertura de la ART con la nómina del personal amparado por la Ley 24557, conteniendo Apellido, Nombre y Nro. De CUIL, incluyendo el periodo de vigencia. Deberá actualizarse mensualmente o según la fecha de vencimiento que consigne el documento.
5. Cláusula de “No Repetición” hacia Aeropuertos Argentina 2000 (Honduras 5663 CABA, CUIT 0000000000-0), sus socios, directivos, agentes, representantes, empleados, el Estado Nacional Argentino, ORSNA (Av. Corrientes 441 CABA, CUIT 30-00000000-0) y ARSA-AU (Av. Xxxxxx Obligado s/n – Edificio Corporativo – Terminal 4 – 6to. piso CABA, CUIT 30-64140555-
4) emitida por la ART, incluyendo el periodo de vigencia.
6. Comprobante del pago de haberes firmados por el personal (mensual)
7. Constancia de pago de aportes sindicales
8. Libreta sanitaria emitida por la municipalidad de la localidad donde presta servicios el empleado del contratista.
9. Licencia de conducir Municipal/Provincial categoría acorde a la actividad (única vez) 10.Licencia Nacional Habilitante emitida por la CNRT específica para la tarea, en caso de no
poseer las mismas deberá presentar fotocopia del psicofísico emitido por el mismo organismo “en vigencia” (por única vez)
11.Constancia de entrega de Ropa y E.P.P., la misma debe ser presentada según formulario 299/11 (anual)
12.Planilla de Capacitación de Higiene y Seguridad del personal en temas inherentes a los riesgos de la actividad desarrollada por el contratista.
13.Fotocopia de la Matricula habilitante del profesional interviniente (Asesor en Higiene y Seguridad)
B.- UNIPERSONALES (AUTÓNOMO/MONOTRIBUTISTA)
1. Carta de Presentación (mensual)
2. Constancia de Inscripción en AFIP (por única vez)
3. Presentación de PROGRAMA DE TAREAS SEGURAS firmado por profesional matriculado en higiene y seguridad en el trabajo.
4. Fotocopia del pago como Autónomo de Jubilación/Monotributo. (Presentación mensual)
5. Póliza contra Accidentes Personales con la siguiente cobertura (renovar al vencimiento)
Fotocopia de los recibos de pago emitidos por la compañía, no se aceptaran certificados emitidos por el productor (presentación mensual)
C.- VEHÍCULOS EN GENERAL
1. Carta de presentación (mensual)
2. VTV/ITV (verificación/inspección técnica vehicular) o copia del título de propiedad (0 km) para verificar vigencia de RTO (renovar al vencimiento)
3. R.U.T.A. Registro único del transporte automotor (renovar al vencimiento) Certificado en trámite es válido por 70 días
Certificado definitivo es válido por un año
4. Copia de la cedula verde o título de propiedad del vehículo que ingrese o preste servicios (por única vez)
5. Copia de la póliza de responsabilidad civil hacia terceros transportados y no transportados junto con el plan de pagos y los comprobantes de pago correspondientes (Emitidos por la compañía, NO por el productor). Limites según el tipo de vehículo (Según resolución 21.999 de la S.S.N., la cobertura de responsabilidad civil hacia terceros deberá cubrir hasta la suma de $ 4.000.000 para vehículos particulares de $ 13.000.000 para vehículos de carga).
En el supuesto que las unidades automotores de propiedad del Contratista y/o de sus empleados y/o por el empleadas accedan al sector air side del Aeropuerto deberán contar con la cobertura air side adicional pertinente, de acuerdo a los límites de cobertura y especificaciones establecidos por Aeropuertos Argentina 2000 S.A.
D.- REQUISITOS PARA EL INGRESO DE EQUIPOS MÓVILES (GRÚAS, MONTACARGAS, HIDRO ELEVADORES, EXCAVADORAS, PALAS MECÁNICAS, AUTO ELEVADORES, ETC…)
Toda grúa o equipo de izaje que ingrese a las instalaciones deberá reunir los requisitos mínimos de seguridad que se detallan a continuación:
1. Habilitación del maquinista (registro de conducir con categoría de maquinista en equipos especiales).
2. Fotocopia de los registros de capacitación en los temas relacionados con las operaciones de izaje de cargas y seguridad en general del/los chofer/es y el/los lingador/es.
3. Habilitación del Equipo.
4. Listado de verificación del Equipo (mantenimiento técnico operativo).
5. Seguro técnico o RC y comprobante de pago.
IMPORTANTE
Toda esta información es condición necesaria para el ingreso a los establecimientos de Aeropuertos Argentina 2000 S.A. o prestación de servicios para la misma.
La primera documentación que deberán presentar por mail (xxxxx.xx0000@xxx.xxx) es:
Carta de presentación (notificando que empleados, vehículos o Subcontratos van a incluir en sistema, tareas a realizar, zona y aeropuerto al que ingresarán, aclarando el contacto que hará la gestión documental)
Constancia de Inscripción de la empresa
Una vez ocurrido ello el SICOP estará le brindará accesos al sistema y el instructivo para que ingresen en el SICOP (en PDF) la totalidad de la documentación que se indica.
Una vez efectivizada el alta en sistema recibirá un usuario y contraseña para poder ingresar al mismo como así también un instructivo de como deberá actualizar digitalmente la documentación de renovación mensual.
La renovación mensual de la documentación deberán realizarla ingresando en xxx.xxxxx.xxx.xx con el usuario y contraseña proporcionada una vez efectiva el alta.
Para poder cumplimentar con estos puntos Aeropuertos Argentina 2000 S.A. designo como auditor a la empresa Aon Consultin Argentina S.A. (Aon).
Por lo expuesto en el párrafo precedente, no basta la sola presentación de la documentación a AON sino que es necesario que la misma haya sido controlada y se haya ingresado al sistema de control de contratistas la información necesaria.
Es responsabilidad del proveedor chequear, previo al envío del personal y vehículos, que los mismos se encuentran habilitados para ingresar en dependencias de Aeropuertos Argentina 2000 S.A.
ARTICULO 46: Infracciones administrativas.
El contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de Dirección de Obra de Obra, vigentes en el lugar de las obras, y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o sus dependientes y/o subcontratados de corresponder.
ARTICULO 47: Limpieza de la obra.
Es obligación del contratista mantener en la obra y en el obrador una limpieza adecuada a juicio de ARSA y mantener el obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la obra y los terrenos antes ocupados por el obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de residuos ni equipos de su propiedad.
Queda entendido que el sitio de los trabajos a cargo de cada contratista, debe quedar limpio en forma diaria. La limpieza final de la obra incluirá todo lo que haya quedado sucio como consecuencia de la ejecución de los trabajos.
El contratista será el único responsable por el cumplimiento de toda la normativa, local y nacional, relacionada con la defensa y protección del ambiente. En caso de infracciones a la misma, será él
contratista el responsable del cumplimiento de las sanciones y de todo otro gasto que éstas pudieran generar, incluyendo los gastos judiciales y de representación legal necesarios.
ARTÍCULO 48: Provisión de agua y demás servicios
El agua deberá ser apta para la ejecución de las obras y será costeada por el contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto. Los demás servicios necesarios para la ejecución de la obra, -sin ser la siguiente enumeración limitativa- corriente eléctrica, gas, etc., estarán también a cargo del contratista. Todo gasto que demande la instalación de nuevos tendidos necesarios para proveer de estos servicios a la obra será responsabilidad exclusiva del contratista quien deberá afrontar todos los gastos que ello demande.
ARTICULO 49: Prórrogas del plazo de obra.
A pedido del contratista, ARSA podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presenten algunas de las siguientes causas: 1) trabajos adicionales que lo justifiquen; 2) demora en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal desarrollo de las obras; 3) casos fortuitos o de fuerza mayor. 4) falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan de causas originadas por el contratista; 5) demoras ocasionadas por otros contratistas; 6) conflictos gremiales de carácter general; 7) por siniestro; 8) toda otra circunstancia que, a juicio de ARSA, haga procedente el otorgamiento de la prórroga.
Las solicitudes de prórroga deberán presentarse a ARSA en el plazo de treinta (30) días corridos de la producción del hecho o causa que las motiva, transcurrido el cual podrán no ser tomadas en consideración.
ARSA podrá tramitar de oficio la ampliación del plazo contractual cuando la causa o hecho determinante de la demora le sea imputable, sin necesidad de la presentación previa del contratista.
Dentro de un plazo de quince (15) días corridos de otorgada una prórroga se ajustarán el plan de trabajos y la curva de inversión al nuevo plazo, modificándolos solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho que originó la prórroga, y se someterán a la aprobación de ARSA.
CAPITULO II
DIRECCION DE OBRA
ARTÍCULO 50: Director de Obra e inspectores.
La Dirección de Obra estará a cargo de quien designe ARSA; éste comunicará por nota al contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de cumplimiento obligatorio por parte de La Contratista
Asimismo, la Dirección de Obra, podrá delegar las tareas de Dirección de Obra en profesionales designados al efecto, los que asumirán el rol de inspectores de obra.
El contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Dirección y/o Inspección de Obra. La inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la obra, harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos.
ARTICULO 51: Ordenes de servicio y observaciones de la Dirección y/o Inspección de Obra.
Todas las órdenes de la Dirección y/o Inspección de Obra, y también las observaciones cuando su importancia lo justifique, serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por ARSA, que la Dirección de Obra guardará en la obra.
Toda orden de servicio, deberá ser firmada por el contratista dentro de los tres (3) días del requerimiento de la Inspección o Dirección de Obra. Su negativa lo hará pasible de la multa que se prevea en el P.C.E. Cuando se trate de reincidencia, el valor de las multas establecidas se duplicará.
ARSA podrá, además, mandar a ejecutar en cualquier momento, x xxxxx del contratista, los trabajos ordenados, deduciéndose su importe del primer certificado que se extienda y, en caso necesario, del fondo de reparos.
Se considerará que toda orden de servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del contrato u orden de compra y que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales.
Aun cuando el contratista considere que en una orden de servicio se exceden los términos del contrato u orden de compra, deberá notificarse de ella, sin perjuicio de presentar ante ARSA, por intermedio de la Dirección de Obra, y en el término de cinco (5) días, un reclamo fundando detalladamente las razones que le asisten para observar la orden recibida. No se considerarán como observadas las órdenes de servicio cuando al hacerlo el contratista no asentare los fundamentos de su observación.
Transcurrido el plazo anterior sin hacer uso de ese derecho, el contratista quedará obligado a cumplir la orden de inmediato, sin tener derecho a reclamos posteriores.
La observación del contratista, opuesta a cualquier orden de servicio, no lo eximirá de la obligación de cumplirla, si ella fuera reiterada.
ARTÍCULO 52: Notas de pedido. Parte Diario
Todas las reclamaciones y/u observaciones del contratista serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por ARSA, que aquel guardará en la obra.
Cuando no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en el P.C.E., deberán ser interpuestas dentro de los diez (10) días de producido el hecho que las motive. El contratista deberá fundarlas debidamente con determinación de valores, especies, etc., en el plazo de treinta
(30) días a partir de la presentación del reclamo y/u observación formulados.
El contratista entregará el Parte Diario a la Dirección de Obra, en una planilla donde consten los trabajos ejecutados, el personal empleado y las condiciones climáticas, de acuerdo a las instrucciones que se le impartan.
ARTICULO 53: Interpretación de la documentación técnica.
El contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse por su incorrecta interpretación durante la ejecución y conservación de la obra hasta la Recepción Definitiva.
Si el contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la Dirección de Obra antes de iniciar el trabajo. Ésta, de considerarlo pertinente, indicará al contratista que se efectúen las correcciones que correspondan.
Si el contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar para corregir las fallas. Dichos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
ARTICULO 54: Discrepancias entre distintas partes del contrato u orden de compra.
En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato u orden de compra, se procederá como sigue:
1) Si es evidente un error será corregido donde se encuentre;
2) Si no es aplicable ese procedimiento, los documentos prevalecerán en el orden que establezca el PCE.
Planos: en caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última.
En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá esta última.
ARTICULO 55: Terminación de los trabajos.
Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines, y la falta de mención expresa de detalles necesarios no libera al contratista de la obligación de realizarlos ni le da derecho al pago de adicional alguno.
CAPITULO III
PERSONAL OBRERO
ARTICULO 56: Salarios.
El contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las convenciones en vigencia para la zona en que se realicen las obras, aprobadas por la Dirección de Obra y dará cumplimiento a todas las obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de cada certificado mensual de obra estará condicionado a la presentación conjunta, por el contratista, de los comprobantes de depósitos por aportes previsionales y fondo de desempleo correspondientes al mes precedente al de los trabajos certificados.
La demora en el pago de certificados motivada por incumplimientos del contratista no dará derecho a éste a reclamación alguna, ni correrán intereses por el retardo.
ARTICULO 57: Idoneidad del personal.
El personal deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse, y la Dirección de Obra podrá exigir el cambio de todo personal que considere incompetente, o su asignación a otra tarea. Asimismo podrá exigir la desvinculación de todo personal del contratista que provocara desórdenes o indisciplina, y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.
ARTICULO 58: Obligaciones legales.
El contratista deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto, manteniendo indemne a ARSA ante cualquier evento.
El personal afectado por contratista a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con ARSA.
El contratista se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, etc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público, empleados de ARSA, etc., según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones.
En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones del personal del contratista, ARSA se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el/los adjudicatario/s.
En este caso será exclusiva responsabilidad del contratista todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear.
Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a cargo del contratista que será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de:
a) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación del servicio a su cargo;
b) los accidentes que como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de ARSA y/o a terceros;
c) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social y de Higiene y Seguridad en el Trabajo
d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del o de los adjudicatarios y sus empleados o los empleados de sus subcontratistas.
CAPITULO IV
MATERIALES Y TRABAJOS
ARTICULO 59: Abastecimiento de materiales.
El contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de ARSA se necesite para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la obra contratada.
Estará también obligado a usar métodos y enseres que a juicio de la Dirección de Obra aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el contrato u orden de compra.
Sin embargo, el hecho de que la Dirección de Obra nada observe sobre el particular, no eximirá al contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas o por la demora en terminarlas.
ARTICULO 60: Calidad de los materiales y trabajos.
Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase, y los trabajos ejecutados con ellos, ajustados a las mejores reglas del arte. El contratista deberá presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación de ARSA. Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, ARSA podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y si dicho lugar se encontrara a más de 100 kilómetros del lugar de la obra, el contratista deberá asumir los gastos de traslado y estadía del personal de la Dirección de Obra.
ARTICULO 61: Aprobación de materiales. Ensayos y pruebas.
Los materiales y las materias primas de toda clase a incorporar en obra, serán sin uso y de la mejor calidad y tendrán las formas y dimensiones prescriptas en los planos, en la documentación del contrato u orden de compra o las exigidas por la Dirección de Obra.
Cuando se prescriba que algún material o artefacto deba ajustarse a tipo o muestra determinada, se entenderá que ellos servirán para efectuar comparaciones, pudiendo el contratista suministrar materiales que sean equivalentes a juicio de ARSA.
El contratista depositará en obra, con suficiente tiempo para su examen y aprobación, las muestras de los materiales que la Dirección de Obra determine, las que servirán para comparar los abastecimientos correspondientes a los trabajos.
Los materiales y los elementos de toda clase que la Dirección o Dirección de Obra rechazare, serán retirados de la obra por el contratista a su xxxxx, dentro del plazo que la orden de servicio respectiva fije. Transcurrido ese plazo sin haber dado cumplimiento a la orden, el contratista se hará pasible de la multa que se establezca en el P.C.E.
Los materiales y elementos defectuosos o rechazados que llegasen a colocarse en la obra, a igual que los de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, serán reemplazados por el contratista, estando a su cargo los gastos a los que los trabajos de sustitución dieran lugar.
ARSA podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere convenientes para comprobar si los materiales o estructuras son los que se determinan en el P.E.T.
El personal y los elementos necesarios para este objeto, como ser: instrumentos de medida, balanzas, combustibles, etc., serán facilitados y costeados por el contratista. Éste además, pagará cualquier ensayo o análisis físico, químico o mecánico que deba encomendarse a efectos de verificar la naturaleza de algún material, incluso los gastos de transporte, recepción, manipuleo y despacho, reembolsándosele los gastos solamente cuando se comprobare que el material es el especificado.
ARTICULO 62: Calidad del equipo.
El contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y ARSA podrá exigir cambio o refuerzo de equipos cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.
ARTICULO 63: Corrección de trabajos defectuosos.
Cuando un trabajo resultare defectuoso, ya sea por fallas del material o de la ejecución, el contratista lo corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su xxxxx, sin que ello pueda justificar ampliación de plazo.
El ARSA establecerá cuándo corresponde corregir un trabajo defectuoso, debiendo la corrección realizarse a satisfacción de aquél.
ARTICULO 64: Vicios ocultos.
Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la dirección o Dirección de Obra podrá ordenar las demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de tales vicios o defectos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del contratista. En caso contrario, los abonará ARSA.
Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía, el contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación; transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por ARSA o por terceros, x xxxxx de aquél, deduciéndose su importe del fondo de reparos.
La Recepción Definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho de ARSA de exigir el resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios. Tampoco libera al contratista de las responsabilidades que determina el artículo 1646 del Código Civil.
CAPITULO V
RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
ARTICULO 65: Subcontratistas.
El contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización previa y expresa de ARSA, y la aceptación del subcontratista. La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones con relación a ARSA.
ARSA podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al contratista ni justifique atrasos en el plan de trabajos.
ARTICULO 66: Responsabilidad.
El contratista es el único responsable ante el ARSA, de todo lo hecho por sus subcontratistas.
Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al subcontrato u orden de compra, una garantía de manera concordante a lo establecido en el artículo 26 del presente pliego.
ARTÍCULO 67: Otros contratistas.
El contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato u orden de compra, que ARSA encomiende a otros contratistas, y acatará las órdenes que dé la Dirección de Obra para evitar interferencias.
Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente ARSA, ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y especificaciones.
Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por causas imputables a otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Dirección de Obra para que ésta tome las determinaciones pertinentes.
El Servicio de Higiene y Seguridad del Contratista principal coordinará un PROGRAMA DE SEGURIDAD ÚNICO para toda la obra que contemplará todas las tareas que vayan a realizarse, tanto por parte de su personal como por el resto de las subcontratistas, el cual deberá ser aprobado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) del Contratista y presentado ante el Director de la Obra, previo al inicio de la misma.
CAPITULO VI
DESARROLLO DE LA OBRA
ARTICULO 68: Plazo.
La obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en la documentación del contrato u orden de compra y en las prórrogas que hubieran sido acordadas, de acuerdo al plan de trabajos vigente.
ARTÍCULO 69: Xxxx.
Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo contractual y sus prórrogas otorgadas, por causas no justificadas a juicio de ARSA, el contratista se hará pasible de una multa que será calculada en la forma que se establezca en el P.C.E. Cuando el contratista incurriera en atrasos en la ejecución del plan de trabajos, previa intimación a regularizar el ritmo de obra, se hará pasible de la multa que se prevea en el P.C.E.
En caso que en el P.C.E. se establecieran plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado, entrarán en xxxx parcial y se le aplicará la multa que se establezca en el P.C.E.
ARTICULO 70: Contralor de trabajos.
El contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado. Si el contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.
ARTICULO 71: Unión de obras nuevas con existentes.
Cuando las obras a ejecutar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma obras existentes, estarán a cargo del contratista y se considerarán comprendidas, sin excepción, en la propuesta presentada: a) la reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos que a consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente; b) la provisión de todos los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las obras licitadas con las existentes.
Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula será de la calidad, tipo, forma y demás requisitos equivalentes y análogos a los similares previstos o existentes, según corresponda a juicio de ARSA.
CAPITULO VII
MODIFICACIONES DE OBRA
ARTICULO 72: Modificaciones de obra.
Si fuera necesario realizar trabajos no previstos en el contrato u orden de compra, su precio deberá ser previamente convenido con ARSA y establecido, cuando sea posible, partiendo de los precios contractuales correspondientes a trabajos análogos o semejantes, teniendo en cuenta las alteraciones de los costos que se hubieren producido desde la fecha de la concurso.
Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo trabajo, el precio será propuesto por el contratista y ajustado por ARSA en función de los elementos determinantes del costo directo del nuevo trabajo.
En caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así lo ordenara la Dirección de Obra, dejando a salvo sus derechos. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Dirección de Obra, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia judicial.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, ARSA podrá disponer que los trabajos de que se trata se lleven a cabo directamente o por nuevo contrato u orden de compra.
En todos los casos el contratista deberá contar con una orden escrita de la Inspección de Obra y/o ARSA para efectuar cualquier modificación de la obra.
En el P.C.E. se establecerán las condiciones particulares sobre las modificaciones, ampliaciones o suspensiones de trabajos en la obra.
ARTICULO 73: Reajuste de garantía.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato u orden de compra, el contratista deberá ampliar en un cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra establecido en el artículo 26 del presente pliego.
ARTICULO 74: Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor o sin la conformidad de ARSA.
Los contrato u orden de compras ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, ya sea por su naturaleza, calidad o procedencia, serán computados al contratista como si los hubiese ejecutado con los materiales especificados. Los trabajos no ejecutados de conformidad con las órdenes de servicio comunicadas al contratista, o que no respondiesen a las especificaciones técnicas, podrán ser rechazados, aunque fuesen de mayor valor que los estipulados, y en este caso, la Dirección de Obra podrá ordenar su demolición y reconstrucción de acuerdo con lo estipulado en el contrato u orden de compra, estando a cargo del contratista los gastos provocados por esta causa.
CAPITULO VIII
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS.
ARTICULO 75: Medición. Certificación. Fondo de reparo
La obra se certificara mensualmente:
Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la Dirección de Obra.
Las formalidades y detalles de los certificados, se ajustarán a lo establecido en el PCE.
En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el certificado con los resultados obtenidos por la Dirección de Obra, haciéndose a posteriori, si correspondiera, la rectificación pertinente, o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Sobre todos los certificados se retendrá el importe que se determine en el P.C.E.; estos descuentos se realizarán sin perjuicio de la garantía de cumplimiento de contrato u orden de compra, para constituir el fondo de reparos.
Este fondo quedará en poder del ARSA hasta la Recepción Definitiva de la obra, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias y que el contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado. ARSA no pagará intereses por las retenciones realizadas en dicho concepto.
Durante la ejecución de la obra, el contratista podrá sustituir el fondo de reparos por alguna de las garantías previstas en el artículo 12 del presente pliego.
ARTICULO 76: Pago de los certificados.
Junto con el certificado de obra, el contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado.
El pago de cada certificado se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos de la fecha de presentación, en forma completa, de la documentación pertinente. Si en el P.C.E. se establecieran plazos menores, se tomarán estos últimos.
El pago se realizará mediante transferencia Bancaria a la cuenta del contratista cuyos datos son: Banco:
Beneficiario:
Nro. de Cuenta:
Nro. de CBU:
CUIT del Beneficiario:
Ó mediante la emisión de cheque cruzado con la leyenda “no a la orden” a nombre del Contratista.
CAPITULO IX
RECEPCION DE OBRA
ARTÍCULO 77: Recepción Provisoria
La obra será recibida provisionalmente por la Dirección de Obra cuando se encuentre terminada de acuerdo con el contrato u orden de compra y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos establecidos en el P.C.E. y en el P.E.T. Se labrará un acta en presencia del contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
En caso de que el contratista se negara a presenciar el acto o no contestara la invitación, la que deberá notificarse, la Dirección de Obra efectuará por sí y ante la presencia de testigos, esa diligencia, dejando constancia de la citación y de la ausencia del contratista.
En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para su corrección. En caso de incumplimiento por parte del contratista, se podrá decidir la rescisión del contrato u orden de compra y la ejecución de los trabajos necesarios para corregir las observaciones formuladas, con cargo al contratista.
ARTICULO 78: Plazo de garantía.
Salvo indicación de un plazo especial el P.C.E., el plazo de garantía será de doce (12) meses. Durante ese plazo el contratista es responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de las obras.
ARTICULO 79: Recepción Definitiva.
Transcurrido el plazo de garantía, se efectuará una reunión y recorrida por la obra junto con la Dirección de Obra para realizar la Recepción Definitiva, que se hará con las mismas formalidades que la Recepción Provisional. Si se comprobare el buen estado de la obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la obra quedará recibida definitivamente, dejándose constancia en acta. En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección, a cuya expiración se efectuará una nueva verificación del estado de las obras y, si en esta oportunidad ARSA resolviera aceptar los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva.
Si el contratista no hubiese subsanado las observaciones en el plazo acordado, ARSA podrá corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando las sumas necesarias del fondo de reparos.
La recepción definitiva de la obra no libera al contratista de las responsabilidades por los vicios ocultos y por otros defectos de las obras objeto de su contrato u orden de compra, como consecuencia de la mala calidad de los materiales empleados o de deficiencias en su ejecución, de acuerdo a los establecido en la documentación contractual, subsumiendo las obligaciones del contratista de acuerdo a las disposiciones del Código Civil
ARTICULO 80: Recepciones parciales.
Cuando el P.C.E. prevea el tratamiento separado de diversas partes de la obra y les fije plazos individuales de ejecución y garantía, cada una de ellas será motivo de Recepción Provisional y Definitiva y devolución de garantía de acuerdo con el artículo 89.
Asimismo, ARSA podrá efectuar recepciones parciales cuando lo considere conveniente para el desarrollo de la obra.
ARTICULO 81: Devolución de garantías y fondo de reparos.
La garantía de cumplimiento de contrato u orden de compra, le será devuelta al contratista después de aprobada la Recepción Definitiva de las obras y una vez satisfechas las indemnizaciones de daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por su cuenta.
En caso de recepciones parciales definitivas, el contratista tendrá derecho a que se le libere o devuelva la parte proporcional de las garantías.
CAPITULO X
RESCISION DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
ARTICULO 82: Rescisión por incumplimiento del o de los adjudicatarios.
En el caso de incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones que se establecen en la documentación licitatoria, ARSA podrá declarar rescindido la contratación de pleno derecho sin necesidad de constitución en xxxx. Queda comprendido en esta causal –sin que ello importe la exclusión de incumplimientos no mencionados expresamente- la reiteración xx xxxxxx en
la construcción de la obra, la interrupción de los trabajos de manera intempestiva o sin causa justificada, la declaración de quiebra o concurso de acreedores del contratista, la cesión de cualquier derecho en violación a lo dispuesto en el presente pliego, el no inicio de la prestación de la obra en tiempo oportuno, la negativa a proporcionar la información o documentación requerida por el representante de ARSA, y cualquier otro incumplimiento que afecte o pudieren afectar la correcta prestación del servicio.
La constancia de la causa de rescisión quedará acreditada con la comunicación que se remita al contratista por medio fehaciente, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con excepción de la xxxx, que será automática y de pleno derecho.
Queda establecido que el uso del derecho de rescisión por parte de ARSA no exime al contratista de todas y cada una de las responsabilidades que le incumban por haber incurrido en algunas de las causales de recisión.
En el caso de rescisión por culpa del contratista, éste entregará el o los trabajos efectuados y los materiales de propiedad de ARSA en forma inmediata y sólo después de haber cumplido con esta formalidad, podrá ejercer las acciones que crea corresponderle.
Caso fortuito y/o fuerza mayor.
ARSA y el contratista no serán responsables por el incumplimiento de todas y cualquiera de sus obligaciones asumidas bajo el contrato u orden de compra, cuando dicho incumplimiento sea causado por un caso fortuito y/o fuera mayor, con los alcances previstos en el Código Civil. Ello, con la salvedad que el Contratista deberá cumplir fielmente con el deber de entregar la obra y no será relevado del cumplimiento de sus obligaciones asumidas bajo el contrato u orden de compra, cuando cesen las causas de la paralización.
ARSA no reconocerá el pago de gastos improductivos provocados por paralizaciones causadas por razones fortuitas o de fuerza mayor.
Durante el tiempo del caso fortuito o fuerza mayor se considerarán suspendidas las obligaciones de las partes, las que serán reasumidas en cuanto cese dicha causa.
ARTICULO 83: Rescisión por incumplimiento de ARSA.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de ARSA, se aplicará el artículo 1204 del Código Civil.
ARTICULO 84: Rescisión sin invocación de causa por parte de ARSA.
ARSA tendrá la facultad de rescindir el contrato u orden de compra total o parcialmente sin necesidad de invocación de causa y sin que ello genere el derecho al contratista de reclamar indemnización o compensación de naturaleza alguna. En tal caso ARSA compensará las inversiones y trabajos efectivamente realizados únicamente hasta el momento de la rescisión, de conformidad con el sistema de avalúo establecido en los artículos siguientes.
La rescisión será efectiva a partir de los sesenta (60) días corridos de la notificación fehaciente que se curse a tal efecto.
ARTICULO 85: Toma de posesión de la obra.
Producida la rescisión por cualquiera de las causales mencionadas precedentemente, ARSA tomará posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos, labrándose las actas correspondientes.
ARSA tomará, si lo creyera conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra.
Podrá también ordenar la prosecución de la obra en las condiciones que estime más convenientes, respondiendo el contratista por los perjuicios que sufra ARSA cuando la rescisión haya sido declarada por culpa de aquel.
ARTICULO 86: Inventario.
El inventario se realizará con un representante de cada parte. Si el contratista, previamente citado al efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, ARSA estará habilitado para realizarlo, en cuyo caso enviará al contratista, bajo constancia, una copia de aquél.
ARTÍCULO 87: Avalúo
El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos, nombrados uno por cada parte. En caso de disconformidad entre ellos, ARSA dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía judicial. Si dentro del plazo de tres (3) días de notificado el contratista no nombrare a su perito, se entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito nombrado por ARSA.
ARTICULO 88: Liquidación de los trabajos y materiales.
ARSA practicará la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el contratista y terminados con arreglo al contrato u orden de compra y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, que sean de recibo. Asimismo procederá a la liquidación de los importes de los materiales y equipos inventariados que sean indispensables para la continuación de la obra que hayan sido incautados.
Los materiales y equipos no aceptados por ARSA serán retirados de la obra por el contratista a su xxxxx, dentro del término que aquél le señale, el que no será menor de quince (15) días siguientes a la notificación. Si el contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, ARSA podrá hacer retirar y depositar fuera de la obra esos materiales y equipos, corriendo todos los gastos a cargo del contratista.
Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el contratista en el plazo que señale ARSA; si no lo hiciera, éste los demolerá a cuenta del contratista.
El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los inconclusos, y los materiales y equipos incautados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del contratista, previa deducción de los gastos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere sido causada por el contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos, y de los perjuicios que se originen por la rescisión del contrato u orden de compra, o la mala ejecución de los trabajos hechos por el contratista. Si en el caso anterior las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión irrogue a ARSA, el contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO 89: Cotizaciones de las propuestas.
Las ofertas se efectuarán en moneda vigente de curso legal emitida por el Banco Central de la República Argentina, no siendo aceptada la propuesta que se efectúe en otra moneda o que establezca reajustes en base a cotizaciones de valores en el Mercado de Cambios u otro mercado. Tampoco será válida ninguna estipulación en la oferta económica que establezca mecanismos de ajuste o revisión de precios.
ARTICULO 90: Manejo de las instalaciones.
El contratista deberá suministrar instrucciones escritas acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas, e instruir directamente al personal que ARSA destine a su cuidado.
CAPITULO XII
SANCIONES
ARTÍCULO 91: Hechos que pueden originar sanciones.
Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, las que serán previstas en el P.C.E.
A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del contrato u orden de compra al monto original más los importes de las modificaciones aprobadas.
ARTICULO 92: Percepción de multas.
El importe de las multas será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la sanción, y si el monto del certificado no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviera el contratista ante ARSA.
Si los créditos precedentemente enunciados tampoco fueren suficientes, los importes correspondientes podrán ser deducidos de la garantía de cumplimiento del contrato u orden de compra, en cuyo caso ésta deberá ser repuesta dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de rescisión del contrato u orden de compra y la pérdida del saldo de dicha garantía. Si con posterioridad se dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio de acuerdo a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para los descuentos sobre certificados de obra.
ARTÍCULO 93: Jurisdicción
El contratista, los proponentes, cualquier otro interesado y ARSA se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la decisión de cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de las obligaciones y derechos emergentes del contrato u orden de compra que se celebre, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
OBRA: provisión e instalación de una cabina de preparación, lijado de piezas, cabina de pintura atemperada y un horno de secado de pintura de piezas para Aerolíneas Argentinas S.A.
PLIEGO DE CLAUSULAS ESPECIALES (P.C.E.)
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INDICE
ARTÍCULO 1 OBJETO DEL LLAMADO
ARTÍCULO 2 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
ARTÍCULO 3 ALCANCE DE LOS TRABAJOS
ARTÍCULO 4 CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS
ARTÍCULO 5 PLAZO DE OBRA
ARTÍCULO 6 CAPACIDAD TÉCNICA
ARTÍCULO 7 VISITA DE OBRA
ARTÍCULO 8 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS
ARTÍCULO 9 CAPACIDAD CIVIL
ARTÍCULO 10 CAPACIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DEL PROPONENTE ARTÍCULO 11 MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 12 DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 13 MEJORA DE OFERTAS
ARTÍCULO 14 FIRMA DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
ARTÍCULO 15 ORDEN DE APLICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS. ARTÍCULO 16 ORDEN DE EJECUCIÓN. ACTA DE INICIO
ARTÍCULO 17 ANTICIPO FINANCIERO
ARTÍCULO18 FONDO DE REPARO
ARTÍCULO 19 DE LA EJECUCIÓN
ARTÍCULO 20 PARTES DIARIOS DE OBRA
ARTÍCULO 21 SEGURIDAD DEL PERSONAL
ARTÍCULO 22 MEDICIÓN DE LOS TRABAJOS. EXTENSIÓN DE LOS CERTIFICADOS ARTÍCULO 23 CERTIFICADOS DE AVANCE DE OBRA. FORMULARIO
ARTÍCULO 24 PAGO DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO 25 CIERRE DE LAS OBRAS
ARTÍCULO 26 MODIFICACIONES Y/O ADICIONALES ARTÍCULO 27 SUBCONTRATO U ORDEN DE COMPRAS
ARTÍCULO 28 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS VARIOS
ARTÍCULO 29 MULTAS POR RETARDO EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO. ARTÍCULO 30 RECEPCIÓN PROVISORIA DE OBRAS Y/O TRABAJOS
ARTÍCULO 31 SOLUCIÓN DE DIVERGENCIAS
ARTÍCULO 32 PLAZO DE GARANTÍA.
ARTICULO 33 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR CON LA RECEPCIÓN DEFINITIVA ARTÍCULO 34 CITA DE MARCAS
ARTICULO 35 REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO A LA INICIACIÓN DE OBRA
PLIEGO DE CONDICIONES ESPECIALES (P.C.E.)
Artículo 1 OBJETO DEL LLAMADO
El presente concurso (el “Concurso”) tiene por objeto la provisión de materiales de una cabina de preparación, lijado de piezas, cabina de pintura atemperada y un horno de secado de pintura de piezas para Aerolíneas Argentinas S.A., así como el montaje de la misma, puesta en marcha, manuales de operación y mantenimiento y capacitación
Artículo 2 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
La obra a llevar a cabo se encuentra dentro de la Planta Industrial de Ezeiza, Municipalidad de Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, dentro del predio reconocido como Hangar 5.
Artículo 3 ALCANCE DE LOS TRABAJOS
La contratación comprende la provisión de materiales, equipos, herramientas, andamios, mano de obra, montaje, puesta en marcha, manuales de procedimiento y mantenimiento así como la capacitación del personal de ARSA.
Artículo 4 CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS
Los pliegos y toda la documentación que integra las bases del concurso podrán solicitarse vía mail a
............................... y se les indicara el enlace para acceder a la información.
Artículo 5 PLAZO DE OBRA
Se establece un total de 100 días corridos para la entrega y montaje de la obra a partir de la emisión de la Orden de Compra.
La empresa Contratista deberá dar inicio a las tareas en un plazo no mayor de quince (15) días corridos de firmado el contrato u orden de compra.-
Artículo 6 CAPACIDAD TECNICA
Comentario [NGA1]: Colocar el correo de Compras…
Los Proponentes deberán acreditar su capacidad técnica mediante la presentación de la información que se requiere a continuación: Nómina y descripción de trabajos similares
Artículo 7 VISITA DE OBRA
Es obligación del Proponente efectuar una visita a la obra. La misma se realizara el día que el departamento de Compras designe para tal fin. El comprobante de visita de obra deberá ser presentado junto con el resto de los documentos correspondientes de la oferta.
Artículo 8 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS
Conforme lo establecido en el P.C.G. las consultas que los interesados consideren necesarias, deberán ser formuladas exclusivamente por escrito hasta cinco (5) días hábiles administrativos previos a la fecha de apertura de las Propuestas, y entregadas en Oficina Compras Generales. ARSA evacuará las consultas y/o formulará aclaraciones de oficio, hasta tres (3) días hábiles administrativos, previos a la citada fecha.
Artículo 9 CAPACIDAD CIVIL
Pueden ser Proponentes las personas jurídicas que reúnan los recaudos establecidos en el P.C.G
Los proponentes que deseen presentarse en forma consorciada deberán constituir una U.T.E. dando cumplimiento con lo establecido en la documentación licitatoria. Por tal motivo deberá acompañar con su propuesta el compromiso formal de constitución de la misma. Previo a la adjudicación, en su caso, se deberá presentar el contrato u orden de compra constitutivo definitivo que deberá explicar los siguientes compromisos.
-El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y de cada una de las empresas asociadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de la contratación y el porcentaje de participación de cada empresa.
-El compromiso de mantener la vigencia de la UTE por un plazo no menor al fijado para la contratación
-El compromiso de no introducir modificaciones en los Estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa de ARSA.
-El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada que se establezca, en todos los aspectos concernientes a la contratación.
La capacidad para contratar de las personas jurídicas que se presenten como UTE resultará de la suma ponderada de las capacidades individuales de cada una de las empresas.
En esta línea, cada una de las integrantes de la UTE deberán dar cumplimiento y acompañar toda la documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares del concurso, debiendo unificar el domicilio y la personería.
En caso de resultar adjudicataria una UTE deberá acreditar su inscripción en la Dirección General de Justicia, como requisito previo a la firma del contrato u orden de compra o emisión de la Orden de Compra correspondiente. La falta de cumplimiento del requisito determinará la revocación de la adjudicación con la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
Artículo 10 CAPACIDAD ECONOMICA – FINANCIERA
Los Proponentes deberán presentar:
• Balances de los dos (2) últimos ejercicios cerrados, firmado por profesional habilitado (en copias certificadas por el CPCE).
• Planillas resumen con el cálculo de los indicadores económicos-financieros-patrimoniales correspondientes a cada ejercicio, de conformidad con el Anexo III que se incorpora al presente pliego. Su presentación, es obligatoria a los efectos de la admisibilidad de la Propuesta y deben ser suscriptas el por representante habilitado del Proponente y por Contador Público Nacional, cuya firma deberá ser certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Los indicadores económicos financieros son definidos de la siguiente forma:
• Prueba ácida: Evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en termino con los compromisos a corto plazo computando solamente los activos corrientes en más rápida realización
• Liquidez corriente: Evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con sus compromisos a corto plazo
• Solvencia Evalúa la capacidad de la empresa para cumplir en término con los compromisos totales con la prescindencia del corto y largo plazo
• Endeudamiento: Mide las respectivas participaciones de los propietarios y de terceros en inversión total de la empresa
Se considerará que los Proponentes acreditan capacidad económico-financiera suficiente si, cumpliendo en forma excluyente con el índice de liquidez corriente, el resultado del análisis de los índices promedio de los dos últimos ejercicios arroja valores admisibles en por lo menos dos (2) de los tres ( 3) indicadores restantes, según se expresa en el Anexo II.
En el caso de la UTE, se considerara los indicadores de cada integrante en forma proporcional a su porcentaje de participación en la agrupación.
Artículo 11 MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
Los Proponentes deberán garantizar el mantenimiento de sus Ofertas sin alteraciones ni condicionamientos, en algunas de las formas establecidas en el Artículo 12 del P.C.G.
La misma será durante el periodo comprendido desde su presentación y hasta la adjudicación a un tercero, o hasta el término de NOVENTA (90) días corridos contados a partir del día siguiente al fijado para la presentación de las Ofertas, lo que ocurra primero.
Artículo 12 DE LA PROPUESTA
La Propuesta será presentada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 15 y 18 del P.C.G.
Toda información suministrada por los Proponentes a requerimiento de ARSA tendrá carácter de declaración jurada.
1. Domicilio del Proponente (Deberá mencionar su domicilio real y fijar domicilio legal en los términos del presente pliego).
2. Certificado de visita de obra
3. Antecedentes Empresarios
a) Constancia de constitución de U.T.E. de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 10 del presente P.C.E., si correspondiera.
b) Declaración jurada de no encontrarse alcanzado por las causales de inhabilitación a las que se refiere el Artículo 6 del P.C.G.
c) Declaración jurada de las deudas existentes con el Estado.
d) Copia del Contrato u orden de compra Social o de los Estatutos, con copia de la última acta de composición del Directorio y Órgano de Administración, debidamente certificada por Escribano Público.
e) Certificado Fiscal para Contratar en cumplimiento de lo normado por la Resolución General
A.F.I.P. N º 1814/2005.
f) Referencias Judiciales: Deberán denunciar con carácter de declaración jurada, si mantienen o no juicios contra el Estado Nacional. o sus entidades descentralizadas y/o contra ARSA, y sus
empresas controladas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.
4.Antecedentes Técnicos para ejecutar las obras del tipo que se licita, tales como:
g) Antigüedad y continuidad de la firma en su actividad, lo cual se acreditará mediante presentación de contrato u orden de compra social debidamente inscripto en la Dirección de Obra General de Justicia u organismo que corresponda según la jurisdicción de que se trate, matrícula de comerciante debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de la jurisdicción que corresponda o declaración jurada para los supuestos de sociedades irregulares o de hecho.
h) Nómina y descripción de trabajos similares con recepción provisoria, cuya antigüedad no sea mayor a diez (10) años a la fecha de la concurso, siendo el oferente su ejecutor o contratista principal, con constancia expedida por el ente contratante, que incluya el itemizado de la obra, monto total final del contrato u orden de compra, fecha de la recepción provisoria, plazo de ejecución y concepto que mereció (Artículo 6, del presente P.C.E.)
i) Los Proponentes deberán denunciar su Clave Única de Identificación Tributaria, presentando copia del formulario de inscripción remitido por la A.F.I.P., donde consten el N º de CUIT, los impuestos en que se hallen inscriptos y aportes previsionales.
j) Declaración jurada de los últimos doce meses en concepto de:
- Impuesto a las Ganancias.
- Impuesto al Valor Agregado.
- Impuesto a los Ingresos Brutos.
- Aportes y Contribuciones a las Cajas Nacionales de Previsión.
Los datos precedentes serán certificados por Contador Público Nacional y la firma del profesional será certificada por el Consejo Profesional Respectivo.
k) Acreditación de inscripción en la Inspección General de Justicia o en el Registro Público de Comercio, según corresponda.
7. Nómina de subcontratistas: Cuando el Proponente presente subcontratistas especializados que acrediten la experiencia en obras de complejidad equivalente a la requerida, necesarias para la admisibilidad de la Propuesta, deberá presentar asimismo el compromiso irrevocable de realizar el subcontrato u orden de compra con la empresa presentada certificado ante Escribano Público (Artículo 6,III del presente P.C.E.).
8. Detalle del personal especializado afectado a la obra con sus respectivos currículums. (Artículo 6, de las presente P.C.E. e Introducción de las Especificaciones Técnicas Particulares).
9. Detalle de los equipos a utilizarse y propuesta de metodologías para realizar los trabajos de conservación y restauración que se efectuarán en la obra.
10. Presupuesto y compromiso de la propuesta, en cuyo monto no deberá informar el IVA de acuerdo al artículo 16 del P.C.G.
11. Planilla de cómputo y presupuesto detallado, consignando el precio unitario y su importe total, que deberá repetir en letras.
12. Plan de trabajo y curva de inversión
La corrección de los mismos que ordene la Dirección de Obra deberá realizarse dentro de los dos (2) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la observación que se formula. Pasado ese plazo y en caso de no satisfacer el requerimiento, la Dirección de Obra sin más trámite y a su exclusivo juicio, podrá considerar aprobadas las observaciones formuladas.
13. Comprobante de depósito de garantía de la Propuesta. La garantía de cumplimiento de ejecución de contrato será del 50% del total de la oferta y se podrá presentar de acuerdo al
Comentario [NGA2]: Verificar lo del 50%
artículo 12 del PCG
Cuando la documentación respaldatoria presentada por los proponentes tuviera defectos formales, el interesado podrá ser intimado por el Área de Compras a subsanarlo dentro del término de dos (2) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación, si no lo hiciera se desestimará la propuesta.
En la preparación de la planilla de cómputo y presupuesto detallado se tendrá en cuenta, que deberán incluirse todos los equipos a proveer, como así mismo los materiales necesarios para el montaje de los mismos, la puesta en marcha y las pruebas de funcionamiento
Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, ARSA podrá exigir al adjudicatario su corrección dentro de los cinco (5) días de la notificación. La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato u orden de compra y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio de ARSA.
Dicha operación no modificará el monto total de la propuesta que sirviera de base para la adjudicación.
Los Proponentes podrán agregar los elementos que estimen convenientes para la mejor interpretación de la propuesta. La documentación será completa en lo que respecta a la información que permita verificar y comparar la calidad de la misma, en función de los requerimientos xxx Xxxxxx. No obstante deberán presentar a la Comisión Evaluadora toda documentación adicional que les sea solicitada a los fines de ampliar la información volcada en su propuesta.
Artículo 13 MEJORA DE OFERTAS
La Comisión Evaluadora podrá convocar a los proponentes que considere a participar en una mejora de ofertas a realizarse en sobre cerrado y por acto público.
Artículo 14 FIRMA DEL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA
El Adjudicatario será notificado de la fecha de firmar del contrato u orden de compra debiendo presentar previamente, con cinco días hábiles de antelación, la siguiente documentación:
* Plan de trabajos y de certificación l definitiva.
* Póliza de garantía de cumplimiento de contrato u orden de compra de acuerdo al artículo 26 del P.C.G.
• Cómputo y presupuesto definitivo.
A solo criterio de ARSA se podrá reemplazar la firma del contrato u orden de compra por la emisión en la correspondiente orden de compra
Artículo 15 ORDEN DE APLICACION DE LOS DOCUMENTOS TECNICOS.
Si durante la ejecución de los trabajos se suscitaren diferentes interpretaciones sobre una misma cuestión, ARSA resolverá con el siguiente criterio de prioridad, salvo expresa mención en contra respecto al punto cuestionado.
1) Contrato u orden de compra.
2) Circulares con y sin consulta emitidas por ARSA, previas a la apertura.
3) Planos: 1º) detalles, 2º) conjunto.
4) Pliegos: 1º) Particulares, 2º) General.
5) Presupuesto.
Artículo 16 ORDEN DE EJECUCION. ACTA DE INICIO
Firmado el contrato u orden de compra u emitida la orden de compra, la Dirección de Obra, instruirá por escrito la orden de ejecución de los trabajos. La Contratista queda obligada a comenzar los trabajos dentro de los quince (15) días corridos a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta de inicio de obra a partir de la cual comenzará a correr el plazo contractual.
De no iniciar los trabajos se procederá de acuerdo al Art. 30 de P.C.G.
Artículo 17 ANTICIPO FINANCIERO
Firmado el contrato u orden de compra, ARSA podrá liquidar con carácter de anticipo, como ayuda financiera, hasta el Cincuenta (50%) del monto de la oferta dentro de los diez (10) días del acta de
inicio de la obra.
Artículo 18 FONDO DE REPARO:
El Contratista constituirá un Fondo de Reparo conformado por el 5 % del importe de cada certificado, el que le será restituido con la recepción definitiva de la obra. Podrá ser sustituido mediante Póliza de seguro de Caución a satisfacción de Aerolíneas Argentinas SA
Artículo 19. DE LA EJECUCIÓN
Comentario [NGA3]: El anticipo es alto, pero la mayoría de la obra es la cabina de pintura en sí, es decir materiales. La empresa en la que se basó este pliego solicitaba ese porcentaje… Ver si lo dejamos así o se modifica.
MATERIALES: El Contratista presentará para su aprobación muestras de materiales, insumos, equipos y artefactos a la Dirección de Obra. Serán nuevos, de primera calidad y marca reconocida en plaza. Las presentaciones se practicarán como mínimo con tres (3) días hábiles previos a cualquier compromiso de compra, fabricación o utilización en obra. Durante la ejecución de los trabajos la Dirección de Obra podrá exigir se realicen los ensayos de materiales, como de cualquier otro elemento, estando el contratista obligado a aceptar cuantas indicaciones se le formulen, y correr con todos los gastos que se originen.
La cualidad de similar o equivalente quedará a exclusivo criterio de Dirección de Obra, dejándose constancia que un material o artefacto será considerado equivalente al de la marca y modelo que se menciona en el pliego cuando satisfaga todas sus características y prestaciones tales como material que lo constituye, dimensiones, colores, capacidad, accesorios provistos, funcionamiento y disponibilidad de service o repuestos en la localidad.
DE LOS TRABAJOS: El contratista efectuará todo trabajo necesario para la terminación de las tareas, incluso los detalles que no figuren en las Especificaciones Técnicas Particulares. Estará obligado a ejecutarlo siempre de acuerdo a las órdenes impartidas por la Dirección de Obra / Dirección de Obra de Obra y aplicando a su efecto materiales de primera calidad.
DEL PERSONAL: El contratista estará obligado a retirar de la obra sin derecho alguno y con carácter definitivo, al personal que no reúna las condiciones elementales de capacidad, moralidad y educación necesarias para desempeñar su respectiva tarea en la obra.
RESPONSABILIDAD: El contratista es el único responsable de la obra frente a cualquier anomalía que ocurra en ella, desde el inicio de los trabajos hasta su total terminación.
Artículo 20 PARTES DIARIOS DE OBRA
El avance diario de obra será asentado por el Contratista en los partes diarios de obra por duplicado según el modelo a suministrar, será foliados y numerados en forma correlativa y serán firmados por el representante técnico del Contratista y el Inspector de obra diariamente.
Artículo 21 SEGURIDAD DEL PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con todos los requisitos estipulados por la normativa referida a Higiene y Seguridad en el trabajo, a saber:
1. Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587, Decreto 351/79 y sus reglamentaciones complementarias.
2. Ley Nacional de Riesgos del Trabajo N° 24.557, Decreto 170/96 y sus reglamentaciones complementarias.
3. Reglamento para la Industria de la Construcción - Decreto 911/96 y sus reglamentaciones complementarias
4. Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): 51/97, 35/98 y 319/99 que son específicas para el ámbito de la construcción y lo pertinente a empresas contratistas de las Resoluciones 463/09 y 559/09
También previo al inicio de la obra, el Contratista deberá presentar ante el Director de la Obra, el comprobante de INICIO DE OBRA presentado ante su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), el cual debe completarse con al menos cinco (5) días de anticipación al inicio formal de la misma.
Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse.
El Contratista deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto.
El Contratista deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas).
En el caso en que el Contratista deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar.
En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta.
El personal del Contratista que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: auto elevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro).
Se destaca que al momento de la suscripción del contrato u orden de compra, el Contratista deberá adecuar las medidas de seguridad del personal a la legislación vigente.
Artículo 22 MEDICION DE LOS TRABAJOS. EXTENSION DE LOS CERTIFICADOS. PLANOS CONFORME A OBRA
La medición de los trabajos y extensión de los certificados de obra correspondientes se ajustará al presupuesto detallado, (según Planilla de Presupuesto, ANEXO VI) será realizada al finalizar cada una de las etapas de la obra. Deberá presentarse en los formularios que ARSA oportunamente indicará al contratista y que formarán parte de la documentación contractual.
Los gastos en concepto de jornales de personal, útiles, instrumentos, etcétera que sea necesario invertir o emplear en las mediciones, ya sean éstas parciales o definitivas, y en las verificaciones que la Dirección de Obra considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva de la Contratista.
El contratista deberá presentar un registro fotográfico con las distintas etapas de la obra (antes, durante y después de realizada la intervención). Se presentará encarpetado, con indicación de lugares y fechas de las tomas efectuadas, debiendo reflejar el avance de la obra. Serán de color, en tamaño 13x18cm., a razón de veinte (20) tomas por cada etapa de obra, como mínimo, y se adjuntará en dos copias formato CD. Planos finales conforme a obra.: Se denominarán planos conforme a obra a aquellos planos que muestren la totalidad de la obra tal cual fue ejecutada y puesta en funcionamiento. Para todos aquellos trabajos que no hayan sufrido modificaciones durante la ejecución de las obras, serán idénticos a los planos de proyecto aprobados por Aerolíneas Argentinas.
El conjunto de planos conforme a obra deberá rotularse con la leyenda “planos conforme a obra” y estarán firmados por el Representante Técnico del Contratista y los especialistas matriculados, según corresponda, cumplimentando las condiciones de las Especificaciones Técnicas Particulares. Dichos planos serán aprobados una vez verificado que los mismos reflejen las obras tal cual han sido ejecutadas y comunicado su acuerdo por escrito al Contratista. Los Planos Conforme a Obra se entregarán con el último Certificado, que no será aprobado hasta la aprobación de los mismos.
La Contratista deberá presentar:
A) Una copia en CD en AutoCAD 2000-2006 y de un original ploteado en film poliéster y tres copias en papel, de los Planos Conforme a Obra.
B) Cuatro juegos completos de planos e instrucciones de uso y mantenimiento de cada uno de los equipos y elementos especiales instalados que lo requieran , certificados de garantías , fichas técnicas y toda otra información o documento que hayan entregado los fabricantes de dichos equipos.
Dentro del plazo de garantía de las obras la contratista presentará la liquidación final consentida, con el balance de economías y demasías, si correspondiere. Vencido dicho plazo se le tendrá por presentada en un todo de acuerdo a lo obrado, sin derecho a reclamo posterior alguno.
Artículo 23 CERTIFICADOS DE AVANCE DE OBRA. FORMULARIO
Es obligación de la Contratista proveer los formularios a los que hace referencia el Artículo 81 del P.C.G., ajustados al modelo que se entregará al adjudicatario con la firma del contrato u orden de compra.
Artículo 24 PAGO DE LOS CERTIFICADOS
Se certificara la entrega de los equipos definidos en el Pliego de Condiciones Técnicas cuando los mismos se encuentren en obra. Con ese certificado, el proveedor podrá facturar un 30% del valor total de la oferta.
El siguiente certificado se efectuara luego de la puesta en marcha de todas las instalaciones, verificando su correcto funcionamiento. En esa oportunidad se abonara el 20% restante.
Artículo 25 CIERRE DE LAS OBRAS
El cierre de las obras se realizará de conformidad con lo que indique la Dirección de Obra, de acuerdo con el Art. 41 del P.C.G.
Artículo 26 MODIFICACIONES Y/O ADICIONALES
Para determinar el porcentaje del mayor o menor gasto como consecuencia de alteraciones por modificación, ampliación o suspensión de trabajos, el cálculo se practicará en todos los casos respetando las condiciones previstas en la documentación licitatoria para formular la Propuesta, es decir, a la fecha de los precios básicos. Según el valor de dichos porcentajes existen dos variantes:
I. Cuando las alteraciones en las cantidades de obra del proyecto valorizada a precios unitarios básicos superen el 20% del monto total del contrato u orden de compra original, el Contratista tendrá derecho a la fijación de precios nuevos actualizados a la fecha de la encomienda, a convenir libremente sin limitaciones contractuales y, a falta de acuerdo, solo cabe la rescisión del contrato u orden de compra por haberse alterado la economía de la obra.
II. Si por el contrario no superaren el 20%, el Contratista deberá aceptar que las alteraciones resultantes se computen según las pautas detalladas a continuación y se paguen por el mismo régimen previsto en el contrato u orden de compra
Se liquidarán las cantidades corregidas, si correspondiere, del presupuesto de la Propuesta incrementadas o disminuidas según la diferencia tomadas sobre planos de lo que se ordene construir, al precio unitario cotizado por el Contratista, revisado y aceptado por ARSA.
Este precio nuevo corregido se retrotraerá a las condiciones básicas de la concurso, y para los análisis se adoptarán los gastos generales y beneficios que se hayan prefijado en el P.C.E.
III. Supresión del ITEM
Procede suprimir la partida con cantidades corregidas, aplicando el precio de la Contratista revisado y aceptado por ARSA.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen el aumento del contrato u orden de compra, el Contratista deberá ampliar la Garantía de Cumplimiento en virtud del nuevo monto aprobado. Asimismo, si las modificaciones implican una disminución del importe total del contrato u orden de compra u orden de compra, el Contratista está autorizado a solicitar la disminución de la Garantía de Cumplimiento en proporción con la disminución dispuesta.
Artículo 27 SUBCONTRATOS
La Dirección de Obra será competente para la aprobación de los subcontratos con los que el contratista pretenda ejecutar parte de la obra.
Cuando se hubiere presentado subcontratista especializado solamente se admitirá su reemplazo por probada fuerza mayor.
Artículo 28 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS VARIOS
A los efectos de asegurar el fiel cumplimiento del contrato u orden de compra, el Contratista se hará pasible de las siguientes penalidades, cuyo monto y forma de determinación se establecen a continuación.
Limpieza de Obra: Por cada infracción al Art. 51 del P.C.G. se le aplicará una multa equivalente al 0.1% del monto contractual.
Órdenes de servicio: De acuerdo al Art. 56 del P.C.G. en caso de incumplimiento se le aplicará una multa equivalente al 0.5% del monto contractual, el que se duplicará en caso de reincidencia.
Divergencias: El Contratista no podrá suspender los trabajos, ni aun parcialmente, con el pretexto de que existen divergencias pendientes. Si suspendiera los trabajos por este motivo se le aplicará una multa equivalente al 0.1% del monto del contrato u orden de compra.
El importe de estas multas se retendrá mensualmente de cada certificado.
Artículo 29 MULTAS POR RETARDO EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO.
Multas por retrasos parciales: En ocasión de cada certificación parcial, si el avance acumulado de la obra (medido en términos de la curva de inversión), hasta dicho momento estuviese entre un 5 % y un 10 % por debajo del fijado por el Plan de Trabajos y Curva de Inversión Contractuales, la Contratista recibirá un apercibimiento para recuperar el nivel de inversión en el siguiente certificado.
Cuando el avance acumulado de la obra se sitúe entre un 10 % y un 15 % por debajo del fijado por el Plan de Trabajos y Curva de Inversión Contractuales, o la CONTRATISTA hubiese recibido tres (3) apercibimientos por retraso en el plan de trabajos, la CONTRATISTA será pasible de una multa equivalente al 0,005 % diario del monto total contratado, hasta que se recupere el nivel de inversión fijado por el Plan de Trabajos y Curva de Inversión Contractuales.
Cuando el avance acumulado de la obra se sitúe por debajo del 15 % del fijado por el Plan de Trabajos y Curva de Inversión Contractuales, la CONTRATISTA será pasible de una multa equivalente al 0,01 % diario del monto total contratado, hasta que se recupere el nivel de inversión fijado por el Plan de Trabajos y Curva de Inversión Contractuales. En este caso además, ARSA podrá rescindir el contrato u orden de compra por exclusiva culpa de la Contratista.
Multa por retraso en la entrega de la Obra: En caso de retraso en la entrega de las obras, en las condiciones fijadas para la recepción provisoria, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y aceptada por AEROLINEAS ARGENTINAS S.A, el Contratista se hará pasible de una multa calculada mediante la siguiente fórmula:
M = 0,10 Ci/P
M = Es la multa a aplicar por cada día corrido de demora. Ci= Monto del contrato.
P = Plazo original establecido en días corridos.
Artículo 30 RECEPCIÓN PROVISORIA DE OBRAS Y/O TRABAJOS
Las actas que se formalicen por recepciones provisionales de obras que se encuentren terminadas de acuerdo al contrato u orden de compra, no tendrán validez legal, hasta tanto las mismas no sean aprobadas por la Dirección de Obra.
Vencido el plazo contractual más las prórrogas aprobadas, se labrará un acta donde conste el estado detallado de la obra. Esta acta será refrendada por la Dirección de Obra y el Contratista o representante autorizado. Estos últimos serán notificados por orden de servicio o invitados a tal fin por escrito y mediante cualquier medio hábil, con antelación de ocho (8) días, y si a pesar de ello estuviesen ausentes o se negasen a suscribir el acta, la Dirección de Obra la formulará igualmente con el concurso de autoridades locales o testigos requeridos al efecto, dejando constancia de la ausencia o negativa del Contratista o sus representantes.
Artículo 31 SOLUCIÓN DE DIVERGENCIAS
Si en la interpretación del contrato u orden de compra bajo su faz técnica surgieran divergencias, estas serán resueltas por la Dirección de Obra, cuyas decisiones serán definitivas respecto de la calidad de los materiales, la solidez y eficiente ejecución de las estructuras y a la interpretación de las normas de mensura.
La Contratista no podrá suspender los trabajos -ni aun parcialmente- con el pretexto de que existan divergencias pendientes, aplicándose en su caso la sanción prevista en el Art. 30 P.C.E.
Artículo 32 PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía de los trabajos será de DOCE (12) meses.
Artículo 33 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR CON LA RECEPCION DEFINITIVA
Durante el período de garantía resultará previsible la ejecución de ciertos trabajos de ajuste y corrección. Por cada uno de estos trabajos el Contratista presentará un formulario indicando la fecha en que fue requerido o detectado el problema, una descripción de éste y sus probables causas y la solución adoptada, indicando la fecha de completamiento de los trabajos y el resultado del seguimiento posterior del asunto.
Dentro de los quince (15) días previos a la expedición del Acta de Recepción Definitiva, el Contratista entregará a la Dirección de Obra un Documento de Solicitud de Recepción Definitiva donde consten los pre-requisitos para la Recepción Definitiva de los trabajos.
Cuando el Contratista considere que los trabajos correctivos han sido terminados presentará una nota a la Dirección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato u orden de compra han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato u orden de compra.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato u orden de compra.
4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.
5. Que toda la documentación requerida ha sido entregada.
La Dirección de Obra procederá a realizar la verificación del estado de las obras luego de recibida la nota y dentro del plazo fijado por el Contrato u orden de compra.
Si la Dirección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos procederá a notificar al Contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.
El Contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Dirección de Obra de Obra indicando que los trabajos han concluido.
La Dirección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Definitiva. El Contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.
Al mismo tiempo, el Contratista presentará para su aprobación los Certificados de Liquidación Final de las Obras y los comprobantes de las tramitaciones que haya correspondido efectuar ante organismos gubernamentales o del sector privado como ocupación de la vía pública, servicios de energía, agua, telefonía, gas, etc., para la ejecución y puesta en funcionamiento de la obra, y de los pagos hasta la fecha de todos los derechos, servicios y abonos que correspondan, lo cual será condición previa para la devolución de los Depósitos de Garantía y Fondo de reparo.
Artículo 34 CITA DE MARCAS
Las citas a modelos o marcas comerciales que se detallan en las Especificaciones Técnicas, resultan meramente referenciales y al solo efecto de señalar un estándar de características técnicas deseadas. Por lo tanto, dicha circunstancia no restringirá la concurrencia al procedimiento de provisiones de otras marcas o modelos cuyas características o prestaciones técnicas resulten similares o superiores a aquellas nominadas en este Pliego.
En tal caso se deberá identificar el producto que se ofrece, quedando por cuenta de la Empresa Contratista y a sus expensas demostrar su equivalencia y librado al solo juicio de la Dirección de Obra de Obra, aceptarla o no.
Artículo 35 REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO A LA INICIACION DE LA OBRA
Antes de comenzar la obra, la Contratista deberá entregar al Director de Obra la siguiente documentación:
a).- Listado completo del personal afectado a la obra.-
b).- Inicio de obra presentado ante la ART en la que tiene inscripto a su personal (art. 1° de la Resolución 51/97 SRT).-
c).- Planilla de Empresas Sub-Contratistas.-
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETO DE LA LICITACIÓN
Provisión de UNA (1) cabina de preparación y Iavado de piezas + UNA (1) cabina de pintura atemperada + UN (1) horno de secado de pintura en la modalidad de llave en mano (de acuerdo a las condiciones descriptas), con destino al Hangar 5 en un todo de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, los anexos y los planos de referencia.
1. CABINA DE PREPARACIÓN
CABINA DE PREPARACIÓN MOD 140-6 SR PO (o similar) CON PISO OBRA CIVIL:
Cabina de preparación, de medidas 6,62m x 11, 62m x 5,1Om (ancho x largo x alto, medidas interiores útiles) con 2 generadores alzados de 25,0 Hp y 180.000kcal c/u (opcional), con 2 extractores alzados de 20,0 Hp y filtros retenedores de 2 etapas (paint stop + sintético) c/u, piso interior de obra civil con emparrillado parcial, con iluminación superior, de acuerdo a descripción técnica adjunta.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
Cabina xx xxxxxxx presurizada 140-6 SR/PO o similar (cabina de preparación)
• DIMENSIONES DE LA CABINA
Largo interior 11.620 mm
Ancho interior 6.620 mm
Alto interior 5.100 mm
• PUERTAS DE HOMBRE
Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• PUERTAS y/o PORTONES PARA PASO DE PIEZAS Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• GRUPO GENERADOR
N° de grupos 2
Caudal de aire efectivo (total) 80.000 m3/hora Caudal de aire efectivo (max admisible) 84.000 m3/hora N° de ventiladores 1 doble x grupo
Potencia del motor 25, 0 Hp x grupo (total 50Hp)
Tipo de rodete Centrífugo
Superficie prefiltro 8 m2
Porcentaje medio en retención del polvo 84,6%
• GRUPO EXTRACTOR
N° de grupos 2
Caudal de aire efectivo (total) 83000 m3/hora
NO de ventiladores 1 doble asp
Potencia del motor 20 Hp x grupo (total 80Hp)
Tipo de rodete Centrífugo
Superficie filtro 10 m 2
Tipo de filtro Paint stop (G2, fibra xx xxxxxx), a casette removible
/ desarmable
Porcentaje medio en retención del polvo 86,7%
• FILTROS DE PISO (filtro seco)
Los filtros de piso irán colocados en soportes especiales (forman parte de la provisión) debajo de las rejillas de piso que se colocarán en la fosa de la obra civil a ras de suelo. Serán del tipo de filtro seco, de celulosa reciclable (mayor poder de retención de pintura x m2 de superficie respecto de los filtros de fibra xx xxxxxx).
Velocidad de paso de aire 0.55m/seg
Capacidad de retención 15kg/m2
Eficacia en retención de pigmentos ……………….. 88 - 93 % Superficie filtrante (sección) 49,5 m2
• ILUMINACION Superior
- Potencia instalada 5.568 W
- Intensidad lumínica ……………………………………... 1000 lux
Nota: todos los balastos de los tubos fluorescentes serán del tipo electrónico (corrección del factor de potencia)
• FILTRO TECHO, PLENUM HORIZONTAL
Plenum horizontal (techo) 55 m2
Tipo filtro laminares
Porcentaje medio en retención
de polvo s/norma ASHRAE 98%
Capacidad acumulación de polvo 250 gr/m2
Caudal de aire nominal 2.500 m2/h/m2
Tamaño máximo de partículas 15 micras
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
• PREFILTRO (Grupo Generador)
Superficie filtrante 8 m2 (x grupo)
Tipo de filtros Sint. en forma quebrada
Poder de retención 85% norma ASHRAE
Capacidad acumulación de polvo 700 gr/m2
Caudal aire nominal 5.400 m3/h
Regenerabilidad (lavable) 80%
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
DESCRIPCIÓN CONSTRUCTIVA:
• PISO
Todo el piso interior será de Hormigón H35 con una resistencia mínima de 500kg/m2 y con tratamiento anti polvo. Se proveerá xx xxxxxxx enrejillados, para salida del aire aspirado de la cabina, formado por xxxxxxxxx xx xxxxx galvanizado en caliente que garantizan una carga de peso de 500kg/m2, debajo de las cuales irán colocados los filtros retenedores de pintura de alta eficacia que evitan el vertido al medio ambiente de residuos de pintura. Los módulos serán de reducidas dimensiones para su fácil manipulación y limpieza.
Se deberá proveer el soporte estructural de todas las parrillas para colocar en la obra civil. Esta estructura metálica de soporte debe admitir una resistencia de 500kg/m2.
• PLENUM FILTRANTE HORIZONTAL
Se ubicarán en la parte superior de la cabina, para aportar el aire vertical, con una adecuada distribución del flujo de aire que permitirá un barrido vertical sin turbulencias en torno al vehículo a pintar, debe asegurar una total ausencia de polvo.
En la parte inferior del plenum deben ir colocados los microfiltros, y en la parte superior se debe cerrar con paneles galvanizados.
• FRENTE CABINA
Cortinas de enrollar ya colocadas.
• PAREDES DE CABINA
Paredes de bloques de hormigón existentes.
Se colocaran (sobrepuestos a la pared existente) los conductos de aspiración formados por paneles xx xxxxx chapa galvanizada prepintada blanca con núcleo de poliuretano inyectado (aislante termico acústico).
• ILUMINACION
Formadas por plafones herméticos en los que se ubican tubos fluorescentes que proporcionan un tono de xxx xxxxxx de alto rendimiento cromático.
Plafones protegidos por cristales sostenidos con xxxxxx metálicos xx xxxxx en color blanco, sellados. La manipulación se realizará desde el interior, quitando los tornillos soportes.
• GRUPO GENERADOR
Estará formado por un robusto bastidor de perfilería estampada, forrado con doble xxxxx xx xxxxx galvanizado y aislado térmica y acústicamente.
El caudal de aire lo proporcionarán silenciosas turbinas de alto rendimiento, equilibradas dinámica y estáticamente, montadas sobre cojinetes de caucho para absorber eventuales vibraciones.
Caldera de calor aire-aire, de alto rendimiento formada por cámara de combustión e intercambiador de calor construidos en ACERO INOXIDABLE resistente a altas temperaturas y residuos sulfurosos de la combustión.
Quemador automático de gas natural de una holgada capacidad de rendimiento de pre xxxxxxx xx xxxxxx, regulación de combustible, célula fotoeléctrica de protección y bloqueo y centralita electrónica de gobierno.
Termostato de seguridad máxima que limita la temperatura en 100°C.
Termostato de aprovechamiento energético que retarda la maniobra de barrido hasta que la temperatura mínima en cámara alcance 60°C.
Pre filtros de sección sobredimensionada montados en bastidor metálico de estructura quebrada, fácilmente desmontables para su manipulación y limpieza.
Los equipos estarán previstos para colocar a la intemperie en altura (sobre planta de techos).
Los mismos serán montados sobre una base o estructura metálica galvanizada en caliente, la cual previamente será fijada mediante anclajes químicos a la banquina soporte para tal fin prevista en la planta de techos.
El sellado del pase de techo de los ductos de inyección entre e/ grupo de inyección y plenum, se realizara mediante babeta galvanizada perimetral, previo toma del hueco con poliuretano expandido.
• GRUPO EXTRACTOR
Estará formado por un robusto bastidor de perfilería estampada, forrado con doble xxxxx xx xxxxx galvanizado y aislado térmica y acústicamente.
El caudal de aire lo proporcionaran silenciosas turbinas de alto rendimiento, equilibradas dinámica y estáticamente, montadas sobre cojinetes de caucho para absorber eventuales vibraciones.
Los filtros retenedores de pintura se ubicaran en forma de zig-zag y se presentaran en casettes fácilmente removibles y cambiables (casettes desarmables Para el recambio de la manta de paint stop).
Los equipos estarán previstos para colocar a la intemperie en altura (sobre planta de techos).
Los mismos serán montados sobre una base o estructura metálica galvanizada en caliente, la cual previamente será fijada mediante anclajes químicos a la banquina soporte para tal fin pre vista en la planta de techos.
El sellado del pase de techo de los ductos de extracción al grupo de extracción se realizara mediante babeta galvanizada perimetral, previo toma del hueco con poliuretano expandido.
• PANEL DE MANDOS AUTOMATICO
Forma parte integrada en el propio frente de la cabina y constará de:
- Interruptor general con indicador óptico de tensión en fases.
- Selector de proceso de trabajo, pintado-secado.
- Interruptor marcha-paro de ventilación con indicador óptico.
- Interruptor marcha-paro de ventilación con indicador óptico.
- Interruptor magneto-térmico de protección de alumbrado con indicador óptico de tensión en fases.
- Interruptor de alumbrado con indicador óptico. - Reloj cuenta-horas de servicio.
- Interruptor marcha-paro de quemador con indicador óptico de servicio, puesta en marcha y bloqueo.
- Termostato de regulación de temperatura para fases de pintura y horno, con escala regulable hasta 90°C.
- Termómetro acompañante de termostato con escala hasta 100°C.
- Temporizador escala 0-60 minutos, regulable de la fase de secado o enfriado.
Los componentes eléctricos del tablero (termo magnéticas contactores, protectores térmicos, etc. utilizados serán marca Siemens o similar).
El tablero permitirá encender la cabina como un todo o por mitades, sea los equipos de inyección
/extracción, como también las luces.
2. CABINA XX XXXXXXX
CABINA DE PINTURA PRESURIZADA MOD 160-6 SR PO CON PISO O SIMILAR
Cabina - horno de pintura presurizada, de medidas 6,21m x 11, 62m x 5,1Om (ancho x largo x alto, medidas interiores Útiles) con 2 generadores alzados de 25, 0 Hp y 180. 000kcal c/u, piso interior de obra civil con emparrillado parcial, con extracción forzada(2x20hp), con iluminación superior lateral y central (5568w), de acuerdo a descripción técnica adjunta.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
Cabina xx xxxxxxx presurizada 160-6 SR/PO o Similar (Cabina xx xxxxxxx)
• DIMENSIONES DE LA CABINA
Largo interior 11.620 mm
Ancho interior 6.210 mm
Alto interior 5.100 mm
• PUERTAS DE HOMBRE
Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• PUERTAS y/o PORTONES PARA PASO DE PIEZAS Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• GRUPO GENERADOR
Nro de grupos 2
Caudal de aire efectivo (total) 65.000 m3/hora
Caudal de aire efectivo (max admisible 84.000 m3/hora
NO de ventiladores 1 doble x grupo
Potencia del motor 25, 0 Hp x grupo (total 50Hp)
Tipo de rodete Centrifugo
Superficie prefiltro 8 m2
Porcentaje medio en retención del polvo 84,6%
• GRUPO TERMICO (incluido en cada generador) Temperatura fase pintado 18/ 23°C
Capacidad térmica cámara de térmica combustión 240.000 Kcal/h x grupo
Potencia instalada 180.000 Kcal/h x grupo
Cámara de combustión Acero Inoxidable
Intercambiador de calor Tubular radiante ferrifico
Combustible quemador Gas natural
• GRUPO EXTRACTOR
NO de grupos 2
Caudal de aire efectivo (total) 65.000 m3/hora
NO de ventiladores 1 doble asp
Potencia del motor 20 Hp x grupo (total 40Hp)
Tipo de rodete Centrifugo
Superficie filtro 10 m2
Tipo de filtro ……………………………………………………………………... Paint stop (G2, fibra xx xxxxxx),a
casette renovable / desarmable
Porcentaje medio en retención del polvo 86,7%
• FILTROS DE PISO (filtro seco)
Los filtros de piso irán colocados en soportes especiales (forman parte de la provisión) debajo de las rejillas de piso que se colocaran en la fosa de la obra civil a ras de suelo. Serán del tipo de filtro seco, de celulosa reciclable (mayor poder de retención de pintura x m2 de superficie respecto de los filtros de fibra xx xxxxxx).
Velocidad de paso de aire 0.55m/seg
Capacidad de retención 15kg/m2
Eficacia en retención de pigmentos …. 88 - 93 %
Superficie filtrante (sección) 49,5 m2
• ILUMINACION Superior
- Potencia instalada 5.568 W
- Intensidad lumínica …………………………….…………….. 1000 lux
Nota: todos los balastos de los tubos fluorescentes serán del tipo electrónico (corrección del factor de potencia)
• FILTRO TECHO, PLENUM HORIZONTAL
Plenum horizontal (techo) 55 m2
Tipo filtro laminares
Porcentaje medio en retención
de polvo s/norma ASHRAE 98%
Capacidad acumulación de polvo 250 gr/m2
Caudal de aire nominal 2.500 m2/h/m2
Tamaño máximo de partículas 15 micras
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
• PREFILTRO (Grupo Generador)
Superficie filtrante 8 m2 (x grupo)
Tipo de filtros Sint. en forma quebrada
Poder de retención 85% norma ASHRAE
Capacidad acumulación de polvo 700 gr/m2
Caudal aire nominal 5.400 m3/h
Regenerabilidad (lavable) 80%
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
DESCRIPCIÓN CONSTRUCTIVA:
• PISO
Se proveerá de tres canales enrejillados, para Salida del aire presurizado de la cabina, formado por xxxxxxxxx xx xxxxx galvanizado en caliente, debajo de las cuales irán colocados los filtros retenedores
de pintura de alta eficacia que evitan el vertido al medio ambiente de residuos de pintura. Los módulos serán de reducidas dimensiones para su fácil manipulación y limpieza.
Todo este conjunto de parrillas debe montarse realizando una obra civil con Hormigón H35 para la conducción del aire, con soporte estructural en todas las parrillas. Esta estructura debe admitir una resistencia de 500kg/m2.
• PLENUM FILTRANTE HORIZONTAL
Se ubicará en la parte superior de la cabina, de amplia superficie, aporta el aire vertical, con una adecuada distribución del flujo de aire que permitirá un barrido vertical sin turbulencias en torno al vehículo a pintar, asegurando una total ausencia de polvo.
En la parte inferior del plenum irán colocados los microfiltros, y en la parte superior se cerrará con paneles galvanizados.
• FRENTE CABINA
Cortina de enrollar ya instalada.
• PAREDES DE CABINA
No forma parte de la provisión (de obra civil existente).
Se colocaran (sobrepuestos a la pared existente) los conductos de aspiración formados por paneles xx xxxxx chapa galvanizada prepintada blanca con núcleo de poliuretano inyectado (aislante termico acústico).
• ILUMINACION
Estará formada por plafones herméticos en los que se ubicarán tubos fluorescentes que proporcionan un tono de xxx xxxxxx de alto rendimiento cromático.
Plafones protegidos por cristales sostenidos con xxxxxx metálicos xx xxxxx en color blanco, sellados.
La manipulación se realizará desde el interior, quitando los tornillos soportes.
• GRUPO GENERADOR
Estará formado por un robusto bastidor de perfilería estampada, forrado con doble xxxxx xx xxxxx galvanizado y aislado térmica y acústicamente.
El caudal de aire lo proporcionarán silenciosas turbinas de alto rendimiento, equilibradas dinámica y estáticamente, montadas sobre cojinetes de caucho para absorber eventuales vibraciones.
Caldera de calor aire-aire, de alto rendimiento formada por cámara de combustión e intercambiador de calor construidos en ACERO INOXIDABLE resistente a altas temperaturas y residuos sulfurosos de la combustión.
Quemador automático de gas natural de una holgada capacidad de rendimiento de pre xxxxxxx xx xxxxxx, regulación de combustible, célula fotoeléctrica de protección y bloqueo y centralita electrónica de gobierno.
Termostato de seguridad máxima que limita la temperatura en 100°C.
Termostato de aprovechamiento energético que retarda la maniobra de barrido hasta que la temperatura mínima en cámara alcance 60°C.
Pre filtros de sección sobredimensionada montados en bastidor metálico de estructura quebrada, fácilmente desmontables para su manipulaci6n y limpieza.
Los equipos estarán previstos para colocar a /a intemperie en altura (sobre planta de techos).
Los mismos serán montados sobre una base o estructura metálica galvanizada en caliente, la cual previamente será fijada mediante anclajes químicos a la banquina soporte para tal fin prevista en la planta de techos.
El sellado del pase de techo de los ductos de inyecci6n entre el grupo de inyección y plenum, se
realizara mediante babeta galvanizada perimetral, previo toma del hueco con poliuretano expandido.
• GRUPO EXTACTOR
Estará formado por un robusto bastidor de perfilería estampada, forrado con doble xxxxx xx xxxxx galvanizado y aislado térmica y acústicamente.
El caudal de aire lo proporcionarán silenciosas turbinas de alto rendimiento, equilibradas dinámica y estáticamente, montadas sobre cojinetes de caucho para absorber eventuales vibraciones.
Los filtros retenedores de pintura se ubicarán en forma de zig-zag y se presentarán en casettes fácilmente removibles y cambiables (casettes desarmables para e/ recambio de la manta de paint stop).
Los equipos estarán previstos para colocar a la intemperie en altura (sobre planta de techos).
Los mismos serán montados sobre una base o estructura metálica galvanizada en caliente, la cual previamente será fijada mediante anclajes químicos a la banquina soporte para tal fin prevista en la planta de techos.
El sellado del pase de techo de los ductos de extracción al grupo de extracción se realizara mediante babeta galvanizada perimetral, previo toma del hueco con poliuretano expandido.
• PANEL DE MANDOS AUTOMATICO
Forma parte integrada en el propio frente de la cabina y consta de:
- Interruptor general con indicador óptico de tensión en fases.
- Selector de proceso de trabajo, pintado-secado.
- Interruptor marcha-paro de ventilación con indicador óptico.
- Interruptor magneto-térmico de protección de alumbrado con indicador óptico de tensión en fases.
- Interruptor de alumbrado con indicador óptico. - Reloj cuenta-horas de servicio.
- Interruptor marcha-paro de quemador con indicador óptico de servicio, puesta en marcha y bloqueo.
- Termostato de regulación de temperatura para fases de pintura y horno, con escala regulable hasta 90°C.
- Termómetro acompañante de termostato con escala hasta 100°C.
- Temporizador escala 0-60 minutos, regulable de la fase de secado o enfriado.
Los componentes eléctricos del tablero (termo magnéticas, contactores, protectores térmicos, etc. utilizados serán marca Siemens o similar.).
El tablero permitirá encender la cabina como un todo o por mitades, sea los equipos de inyección
/extracción, como también las luces.
3. CABINA DE SECADO
CABINA HORNO DE SECADO MOD 120-6 SR PO o similar CON PISO OBRA CIVIL: Cabina - horno de
pintura presurizada, de medidas 6,21m x 11,62m x 5,10m (ancho x largo x alto, medidas interiores útiles) con 1 generadores alzados de 20, 0 Hp y 180. 000kcal c/u, piso interior de obra civil, con iluminación superior lateral (2784w), de acuerdo a descripción técnica
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
Cabina de secado presurizada 120-6 SRIPO (cabina de secado)
• DIMENSIONES DE LA CABINA
Largo interior 11.620 mm
Ancho interior 6.210 mm
Alto interior 5.100 mm
• PUERTAS DE HOMBRE
Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• PUERTAS y/o PORTONES PARA PASO DE PIEZAS Ya están colocadas. Ver Planos Adjuntos.
• GRUPO GENERADOR
NO de grupos 1
Caudal de aire efectivo (total) 32.000 m3/hora
Caudal de aire efectivo (max admisible) 42.000 m3/hora
NO de ventiladores 1 doble x grupo
Potencia del motor 20, 0 Hp x grupo
Tipo de rodete Centrifugo
Superficie prefiltro 8 m2
Porcentaje medio en retención del polvo 84,6%
• GRUPO TERMICO (incluido en cada generador) Temperatura fase secado .. 35 - 50°C
Capacidad térmica cámara de combustión 240.000 Kcal/h x grupo
Potencia térmica instalada 180.000 Kcal/h x grupo
Cámara de combustión Acero Inoxidable
Intercambiador de calor Tubular radiante ferrifico
Combustible quemador Gas natural
• ILUMINACION Superior
- Potencia instalada 2.784 W
- Intensidad lumínica lux
• FILTRO TECHO, PLENUM HORIZONTAL
Plenum horizontal (techo) 27 m2
Tipo filtro laminares
Porcentaje medio en retención
de polvo s/norma ASHRAE 98%
Capacidad acumulación de polvo 250 gr/m2
Caudal de aire nominal 2.500 m2/h/m2
Tamaño máximo de partículas 15 micras
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
PREFILTRO (Grupo Generador)
Superficie filtrante 8 m2 (x grupo)
Tipo de filtros Sint. en forma quebrada
Poder de retención 85% norma ASHRAE
Capacidad acumulación de polvo 700 gr/m2
Caudal aire nominal 5.400 m3/h
Regenerabilidad (lavable) 80%
Temperatura de servicio 100°C
Clasificación al fuego F-1 Autoextinguible
DESCRIPCIÓN CONSTRUCTIVA:
• PLENUM FILTRANTE HORIZONTAL
Se ubicará en la parte superior de la cabina, aportará el aire vertical, con una adecuada distribución del flujo de aire que permitirá un barrido vertical sin turbulencias en torno al vehículo a pintar, asegurando una total ausencia de polvo.
En la parte inferior del plenum irán colocados los microfiltros, y en la parte superior se cierra con paneles galvanizados.
• FRENTE CABINA
No forma parte de la provisión (de obra civil existente).
• PAREDES DE CABINA
No forma parte de la provisión (de obra civil existente).
Se colocaran (sobrepuestos a la pared existente) los conductos de recirculación formados por paneles xx xxxxx chapa galvanizada prepintada blanca con núcleo de poliuretano inyectado (aislante termico-acustico), preparado para recibir rejilla de retorno de aire.
• ILUMINACION
Estarán formadas por plafones herméticos en los que se ubicarán tubos fluorescentes que proporcionan un tono de xxx xxxxxx de alto rendimiento cromático.
Plafones protegidos por cristales sostenidos con xxxxxx metálicos xx xxxxx en color blanco, sellados.
La manipulación se realizará desde el interior, quitando los tornillos soportes.
• GRUPO GENERADOR
Estará formado por un robusto bastidor de perfilería estampada, forrado con doble xxxxx xx xxxxx galvanizado y aislado térmica y acústicamente.
El caudal de aire lo proporcionarán silenciosas turbinas de alto rendimiento, equilibradas dinámica y estáticamente, montadas sobre cojinetes de caucho para absorber eventuales vibraciones.
Caldera de calor aire-aire, de alto rendimiento formada por cámara de combustión e intercambiador de calor construidos en ACERO INOXIDABLE resistente a altas temperaturas y residuos sulfurosos de la combustión.
Quemador automático de gas natural de una holgada capacidad de rendimiento de pre xxxxxxx xx xxxxxx, regulación de combustible, célula fotoeléctrica de protección y bloqueo y centralita electrónica de gobierno.
Termostato de seguridad máxima que limita la temperatura en 100°C.
Termostato de aprovechamiento energético que retarda la maniobra de barrido hasta que la temperatura mínima en cámara alcance 60°C.
Pre filtros de sección sobredimensionada montados en bastidor metálico de estructura quebrada,
fácilmente desmontables para su manipulación y limpieza.
Los equipos estarán previstos para colocar a la intemperie en altura (sobre planta de techos).
Los mismos serán montados sobre una base o estructura metálica galvanizada en caliente, la cual previamente será fijada mediante anclajes químicos a la banquina soporte para tal fin prevista en la planta de techos.
El sellado del pase de techo de los ductos de inyección entre el grupo de inyección y plenum, se realizara mediante babeta galvanizada perimetral, previo toma del hueco con poliuretano expandido.
• PANEL DE MANDOS AUTOMATICO
Formará parte integrada en el propio frente de la cabina y consta de.
- Interruptor general con indicador óptico de tensión en fases.
- Selector de proceso de trabajo, pintado-secado.
- Interruptor marcha-paro de ventilación con indicador óptico.
- Interruptor magneto-térmico de protección de alumbrado con indicador óptico de tensión en fases.
- Interruptor de alumbrado con indicador óptico. - Reloj cuenta-horas de servicio.
- Interruptor marcha-paro de quemador con indicador óptico de servicio, puesta en marcha y bloqueo.
- Termostato de regulación de temperatura para fases de pintura y horno, con escala regulable hasta 90°C.
- Termómetro acompañante de termostato con escala hasta 100°C.
- Temporizador escala 0-60 minutos, regulable de la fase de secado o enfriado.
Los componentes eléctricos del tablero (termo magnéticas contactores, protectores térmicos, etc. utilizados serán marca Siemens o similar).
4. SET DE REPUESTOS (FILTROS).
Deberá incluirse en la oferta económica un juego de filtros de recambio para los generadores y extractores + un juego de filtros de techo + dos juego de filtros de piso (que son los que se saturan con mayor frecuencia) de cada cabina. Así mismo la Contratista deberá entregar, junto con los manuales de operación y mantenimiento, un listado detallado para ejecutar el mantenimiento preventivo periódico (materiales, consumibles y mano de obra) para 1 año de operación detallando sus costos asociados. Y además un listado de los mantenimientos correctivos ante eventuales fallas, es decir, un detalle de las fallas que podría tener dicho equipamiento con sus correspondientes costos asociados con el fin de establecer un plan de mantenimiento eficaz.
5. MONTAJE
El montaje comprende tanto los componentes mecánicos, eléctricos y cualquier tipo de obra civil. Los operarios que realicen trabajos en altura contaran con su capacitación previa para tal fin y con los elementos de seguridad (arneses) y todo otro elemento de seguridad requerido por las normativas vigentes.
6. PUESTA EN MARCHA Y GARANTÍA TÉCNICA DE FUNCIONAMIENTO
Para la certificación final se realizaran las pruebas de funcionamiento de las cabinas brindando una capacitación técnica con el personal de ARSA S.A. asignado al sector, para que verifique y de conformidad al funcionamiento de la misma.
MANUALES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
Antes de la aceptación final del sistema y a los efectos de instrumentar las actividades de capacitación mencionadas, deberá proveerse a la empresa, dos juegos completos de manuales de operación y mantenimiento del sistema detallando en ellos toda la información técnica, una descripción del diseño del sistema, croquis e ilustraciones del equipo y sus componentes y planillas de datos técnicos con su descripción.
La totalidad de la información técnica mencionada precedentemente a ser entregada, estará en idioma castellano.
7. INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA CABINAS DE PINTURA
El objeto del presente artículo es especificar las características técnicas; diseño, fabricación, inspección y ensayos del Tablero Seccional de la Cabina de Pintura y sus instalaciones destinadas a formar parte del Hangar 5 de Aerolíneas Argentinas en Ezeiza.
El proyecto comprende lo siguiente:
• Provisión y montaje de un nuevo interruptor en el TPH1 que alimentará las cabinas de pintura.
• Provisión, montaje y puesta en Servicio de las canalizaciones y cableados de Fuerza Motriz necesarios.
• Provisión, montaje, ensayos y puesta en servicio del Tablero Seccional Cabina de Pinturas TSCP.
• Provisión, montaje y puesta en Servicio de las canalizaciones y cableados a 3 (tres) Tableros seccionales en los locales de Lijado, Pintura y Secado.
• Provisión, montaje y puesta en Servicio de las canalizaciones y cableados a los equipos de ventilación en terraza.
• Provisión, montaje puesta en servicio de las Instalaciones de Tomacorrientes.
• Servicios de Ingeniería ejecutiva y conforme de obra.
Todas las diferencias entre esta Especificación y el tipo de material que figura en los planos y/o y lo especificado en uno o más de ellos deberá considerarse como exigido en ambos casos. Cualquier contradicción entre planos y pliego, regirá lo que determine la Dirección de Obra. El Contratista deberá completar la totalidad de las instalaciones y sus tareas anexas con el tipo y marca de material ofertado y cumplan con la normativa descripta en este documento, aunque no estén específicamente detallados en esta documentación y que sean necesarios para la terminación de las obras de acuerdo a su fin, de forma tal que permitan librarlas al servicio íntegramente, inmediatamente después de su recepción provisoria.
Cualquier omisión en planos x xxxxxx que impida el correcto funcionamiento de las instalaciones, deberá ser notificada por escrito al Comitente antes de la presentación de la Oferta.
Normativa adoptada:
• Instalaciones en Baja Tensión: Reglamentación para Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles – AEA 90364 – Parte 7 – Sección 771 – Ed. Marzo 2006.
• Tableros de BT: Características constructivas fabricadas de acuerdo con las normas IEC 62271 (ex IEC 298), 60265, 60129, 60694, 60420, 60056, 61958. Ensayos de tipo dieléctricos indicados por las normas IEC 60694, e IEC 62271-200
Modificación Tablero Principal Hangar 1 TPH1:
Se proveerá y se instalará en este tablero, un nuevo Interruptor tetrapolar NSX400n 400A Icu: 36ka con una Micrologic 2.3 que permitirá la alimentación al nuevo TSCP.
Canalizaciones Principales:
El Contratista podrá utilizar las canalizaciones con bandejas portacables tipo escalera existentes que vinculan el TPH1 con los locales destinados a cabinas de pintura y deberá completar con bandeja portacable tipo escalera de 300mm mínimo para el tramo final que permita la llegada del conductor al tablero TSCP.
Cableados Principales:
Se conectará el Tablero Seccional Cabina Pintura con cable de Cu en XLPE, IRAM 62266 de la siguiente conformación 3(1x240)+1(1x240)+T.
Tablero Seccional Cabina de Pintura:
Vale aclarar que los puntos abajo descriptos serán de aplicación directa en función de la configuración requerida en el esquema unifilar correspondiente.
El TSCP en su conjunto y sus respectivos elementos constitutivos serán diseñados para soportar los esfuerzos térmicos, electrodinámicos y mecánicos que pudieran producirse en condiciones de servicio debido a cortocircuitos o sobretensiones.
Dispondrán de disyuntor de seguridad y deberán responder a las normas IRAM y a las recomendaciones de la Comisión Electrotécnica Internacional (I.E.C.), últimas ediciones.
Condiciones eléctricas:
Potencia estimada (kW) : 160,00
Corriente (A) : 304,00
Lugar de instalación:
Los tableros se instalarán en el interior de edificios y deberán ser aptos para funcionar de acuerdo a las condiciones de utilización que se indican en este punto.
Los tableros serán íntegramente de construcción normalizada, estándar y modular, conformando un sistema funcional. No se aceptarán tableros de construcción y /o pintura artesanal.
El Tablero resultará de una seguridad absoluta desde el punto de vista eléctrico, a fin de No presentar peligro alguno para el personal que lo atiende.
En el diseño constructivo del Tablero se cuidará de dejar espacio suficiente para permitir realizar cómodamente los trabajos de acceso, montaje y conexionado de los cables de potencia de alimentación y de salidas. Teniendo en cuenta el sector de acceso de los mismos superior o inferior y la permisibilidad de ejecutar los radios de curvatura internos.
Los conductores serán dimensionados para la corriente nominal del interruptor asociado.
Los elementos y aparatos componentes a utilizar en el Tablero serán citados a continuación:
• 1 (Un) Interruptor seccionador de 4x400A Regulable con Interruptor principal.
• 2 (dos) Interruptores automáticos 4x250A Regulables, cableados 3x50+25 mm2 a TSS1.1 y TSS1.2
• 1 (un) Interruptor termomagnético C4X120H Térmica 63A.
• 1 (un) Interruptor diferencial de 4x80A 300mA cableado 4x10 mm2 a equipo de termomecánica.
• 4 (cuatro) circuitos para tomacorrientes eléctricos con termomagnética y disyuntor.
Tomacorrientes:
En cuanto a las previsiones eléctricas para las Cabinas de Pintura, como las de Secado y Lijado, se detallan a continuación para cada una con la consideración que cada conjunto de tomacorrientes irá en las tres paredes laterales (fondo + dos laterales):
Cabina Pintura:
• 1 toma eléctrico de 220 volts CA
• 1 toma eléctrico de 110 volts CA
• 1 toma eléctrico de 24 volts CC
• 1 toma eléctrico de 28 volts CC
Cabina Secado:
• 1 toma eléctrico de 220 volts CA
• 1 toma eléctrico de 110 volts CA
• 1 toma eléctrico de 24 volts CC
• 1 toma eléctrico de 28 volts CC
Cabina Lijado:
• 1 toma eléctrico de 220 volts CA
Fuentes de alimentación:
Para los tomacorrientes de 110VCA se proveerá un transformador de 1KVA por cabina y para las alimentaciones en CC se proveerán fuentes estabilizadas de 0,5KVA cada una para cada cabina.
Inspecciones y Ensayos
El Contratista solicitará a la Dirección de Obra las inspecciones que se describen en este ítem, quedando a criterio de esa Dirección de Obra el momento de efectuarlas.
Todas las inspecciones que efectúe la Dirección de Obra se realizarán con la presencia del Jefe de Obra, personal idóneo necesario e instrumental específico por parte del Contratista. Se realizarán las comprobaciones que la Dirección de Obra considere conveniente.
Durante la ejecución de la obra el Contratista solicitará las siguientes inspecciones:
• Luego de realizadas las canalizaciones antes de cablear.
• Una vez finalizado el cableado, antes de energizar.
• Luego de finalizada toda la instalación.
La Dirección de Obra deberá poder inspeccionar y ensayar de los tableros eléctricos lo siguiente:
• Inspección visual con control de cableado y disposición de elementos.
• Ensayos de rutina de aislación, rigidez dieléctrica, torqueado de elementos de sujeción y funcionamiento de circuitos.
• Presentación de protocolos de ensayo.
En función de las inspecciones solicitadas, se efectuarán en el mismo momento los ensayos que la Dirección de Obra disponga.
La Dirección de Obra podrá asistir a presenciar los ensayos para verificar las mediciones.
Finalizada la instalación la Dirección de Obra indicará día y hora para proceder a ensayar el correcto funcionamiento de los circuitos, Tableros o equipos según corresponda.
Estarán a cargo del Contratista todos los gastos que se originen por inspecciones o ensayos; como así también deberá proveer todos los instrumentos, personal y materiales necesarios para poder efectuarlas.
En caso que las inspecciones o ensayos no resulten satisfactorias por defectos, fallas o incumplimiento de calidad y/o funcionamiento exigido, se dejará constancia por escrito de las mismas; debiendo el Contratista efectuar a su cargo los cambios, arreglos o modificaciones para cumplir con lo indicado por la Dirección de Obra. Se fijará un plazo de ejecución de las tareas, transcurrido el cual se efectuarán nuevas pruebas con las mismas formalidades.
8. INSTALACIÓN CONTRA INCENDIO PARA CABINAS DE PINTURA
Se deberá modificar la instalación contra incendio existente con el fin de cumplir con la normativa aplicable, dicha tarea deberá incluir el análisis de ingeniería correspondiente detallando los elementos de extinción y detección de incendio a reubicar o instalar, además de todos los materiales y mano de obra calificada para su correcta instalación y puesta en marcha. Se colocaran la cantidad y tipo de detectores y rociadores que la normativa indique en el sector afectado a obra. Dicha instalación se deberá acoplar al sistema contra incendios del predio, reportando a las centrales correspondientes y se deberán generar las modificaciones pertinentes en el software gráfico del sistema existente para su correcto funcionamiento. La tarea deberá ser ejecutada por una empresa de comprobada aptitud técnica y experiencia en el rubro, ya que se deberá intervenir sobre una instalación altamente compleja. Dicha empresa a cargo de la ejecución de este trabajo deberá poseer acreditación como “Diseñador Calificado, Instalador y mantenedor de sistemas contra incendio” según IRAM 3501-1(2000) en los rubros de agua, detección y gases. Para dar por finalizada la tarea se deberá contar con la certificación IRAM correspondiente. Cuya tramitación estará a cargo de forma exclusiva por parte de la contratista.
Se adjuntan a la presente documentación técnica, los planos conforme a obra de la instalación en
existente.
ANEXO 01
EMPRESAS CONTRATISTAS - PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO DATOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA
NOMBRE DE LA EMPRESA: ............................................................................................
TRABAJO/ S PARA EL/ LOS CUAL/ ES SE CONTRATA/ N LOS SERVICIOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA:
................................................................................................
PEDIDO DE COMPRA N° : .................................................................................................
PERIODO DE VALIDEZ: .../.../... - .../.../ (Consignar fecha inicio y finalización P.C.)
DATOS DE LA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) NOMBRE DE LA ART. A LA CUAL LA CONTRATISTA ESTA AFILIADA:
...................................................................................................................................... N° DE CONTRATO DE AFILIACIÓN: .................FECHA DE AFILIACIÓN: .............
N° DE TELÉFONO Y LUGAR DE DERIVACIÓN DE ACCIDENTADOS
................................................................................................................. RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA CONTRATISTA APELLIDO Y NOMBRE:
..........................................................................................
N° REGISTRO MIN. TRABAJO /RUGU: .................................................................
TELÉFONO PARA SU UBICACIÓN: ......................................................................
LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN
Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo (19.587), Decreto 351/79 y reglamentaciones complementarias.
Ley Nacional de Riesgos del Trabajo ( 24.557), Decreto 170/96 y reglamentaciones complementarias. Legislación específica para el ámbito de la construcción: Decreto 911/96, Resolución 231/96 SRT, Res. 51/97 SRT, Res. 35/98 SRT y reglamentaciones complementarias.
FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA EMPRESA CONTRATISTA
......................................................................................................... ACLARACIÓN : NOMBRE, APELLIDO Y DOCUMENTO DEL FIRMANTE
.........................................................................................................
NOTA : Una vez completada esta planilla deberá remitirse a Higiene y Seguridad
ANEXO 02
ANTECEDENTES
Antecedentes de obras similares
Para cada obra, completar los siguientes datos:
Denominación de la Obra: Comitente:
Descripción de la obra: Ubicación (domicilio):
Fecha de inicio:
Fecha de finalización
Monto del contrato u orden de compra:
ANEXO 03
MEDIO AMBIENTE
Requerimientos Generales
La contratista y toda persona que trabaje en su nombre en las instalaciones de ARSA deberá cumplir con la legislación nacional, provincial y local ambiental vigente como así también con la Política Ambiental Empresaria y los procedimientos ambientales internos, así como aquellos que los complementen o posteriormente modifiquen.
La contratación de servicios, obras y reparaciones en la que se generen residuos deberá cumplir con la cláusula de Responsabilidad extendida al proveedor, es decir, el adjudicatario deberá hacerse responsable de la gestión final de los mismos. Asimismo, deberá acreditar fehacientemente el destino de los mismos mediante la documentación legalmente exigible.
Antes de comenzar las tareas, la Contratista deberá designar un Responsable de Medio Ambiente en Obra y entregar en la oficina de Medio Ambiente de ARSA un Programa de Gestión Ambiental, el que deberá contener como mínimo la siguiente documentación:
a) Procedimiento de Gestión de Residuos.
b) Procedimiento de Gestión de Contingencias Ambientales.
c) Procedimiento de Prueba Hidráulica y manejo de efluentes generados
Requerimientos normativos específicos
El oferente deberá cumplir con las exigencias legales de los diferentes organismos de control, a continuación se enuncian los más relevantes:
- ORSNA: dar cumplimiento con los requerimientos de este organismo. Se mencionan las principales normas a considerar:
o Res. 307-2000 (Informe Ambiental Básico).
- ANAC:
o Parte II, Normas Constructivas.
- ADA: dar cumplimiento con los requerimientos de esta autoridad en lo referente a vuelco de efluentes líquidos y explotación del recurso hídrico. Se mencionan las principales normas a considerar:
x Xxx 5965-58
o Dec. Reglamentario N° 2009-60
o Dec. modificatorio N° 3970-1990
o Xxx. Xx 000-00; Res. N° 04-04; Xxx. Xx 00-00 ; Xxx. Xx 000/00, Xxx. Xx 289-08, Xxx. Xx
000/00, Xxx. Xx 000/00 x xxxxxxxxxxxxxx
- XXXXXX: dar cumplimiento con los requerimientos de esta autoridad en base a la siguiente legislación en lo referente a vuelco de efluentes líquidos y emisiones gaseosas.
Se mencionan las principales normas a considerar:
x Xxx 5965-58
o Dec. N° 3970-1990
o Resoluciones XXXXXX Xx 0-0000 / Nº 2-2008
o y modificatorias
-OPDS: dar cumplimiento con los requerimientos de esta autoridad en base a la siguiente legislación en lo referente a descarga de emisiones gaseosas.
Se mencionan las principales normas a considerar:
x Xxx Nº 5965-58
o Decreto Nº 3395-96
o Resolución Nº 242-97
o y modificatorias
-SAyDS: dar cumplimiento con los requerimientos de esta autoridad en base a la siguiente legislación en lo referente a residuos peligrosos.
Se mencionan las principales normas a considerar:
x Xxx Nº 24051
o Decreto Nº 831-1993
o y modificatorias
-ENARGAS: Normas específicas para la protección ambiental en el transporte y distribución del gas.
o Código Argentino de Gas – NAG
x Xxx Nº 24.076, sus reglamentaciones y normas complementarias o modificatorias,
o Decreto Nº 951/95 y sus normas complementarias o modificatorias.
o Decreto Nº 729/95, reglamentario de la Ley Nº 17.319, y sus normas complementarias o modificatorias
o Resoluciones ENARGAS Nº 35/93, 10/93, 44/94, 2747/02 y 2785/03
Tener en cuenta que el mencionado marco normativo puede ser modificado y/o complementado por otra legislación que no este aquí mencionada y que para el caso se dará cumplimiento a aquella más exigente que la sustituya para la jurisdicción.
Complementariamente, se deberán considerar las exigencias que establezca el concesionario (AA2000) durante las Fases I y II de aprobación de los proyectos.
Junto al Informe Ambiental Básico que solicita el ORSNA deberá requerirse paralelamente al mismo responsable la realización de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) para será entregado a ARSA. El mismo será confeccionado en base a lo establecido en la Norma NAG 153
En relación a las tareas de remediación y mitigación que surjan del IAB y el EsIA, las mismas deberán ser realizadas por el oferente.