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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, TRAMITACION ORDINARIA, DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, PLANIFICACION Y GESTION DEL SERVICIO DE TURISMO EN EL MUNICIPIO DE ZIERBENA
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El presente Pliego tiene por objeto la contratación del servicio consistente en la organización, planificación y gestión del servicio de turismo en el municipio de Zierbena.
La prestación del servicio se ajustará a las condiciones figuradas en este Pliego y en el de Prescripciones técnicas, que forma parte integrante del mismo.
2. REGIMEN JURIDICO.
El contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones técnicas así como, en general, por las disposiciones aplicables en materia de contratación administrativa previstas en la Ley 30/2007, de 30 xx xxxxx, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) y en los artículos correspondientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP), así como los preceptos que regulen las normas tributarias de obligado cumplimento.
Respecto al personal que emplee en la prestación del servicio, los empresarios contratantes estarán obligados al cumplimiento de la legislación laboral y social vigente.
3. PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El importe máximo a efectos de licitación asciende a la cantidad total de NOVENTA Y DOS MIL EUROS (00.XXX euros), a razón de 15.333,33 euros por cada uno de los seis meses de duración del contrato , IVA incluido al tipo del 18%.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden el I.V.A. (que figurará como partida independiente) y demás tributos que le sean de aplicación según disposiciones vigentes, así como los gastos de gestión y de contratación.
4. EXISTENCIA DE CREDITO.
Existe crédito suficiente para asegurar el pago de las obligaciones económicas que para la entidad contratante se derivan del cumplimiento del presente con cargo al presupuesto del año en curso en la partida presupuestaria municipal correspondiente.
5.- DURACION DEL CONTRATO.
El plazo de duración del servicio objeto del contrato será de SEIS (6) MESES desde el día siguiente a la firma del documento de formalización del contrato. Antes de la finalización de este plazo y por mutuo acuerdo entre las partes, podrá prorrogarse el contrato en los términos señalados en el artículo 279 LCSP.
6.- PERFIL DEL CONTRATANTE.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso publico a la información relativa a la actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el acceso al perfil del contratante del órgano de contratación de Zierbena Sociedad Urbanística, S.A. se efectuara en el sitio web institucional del Ayuntamiento de Zierbena: xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxx del contratante/contrataciones sociedades publicas/Zierbena Portua, S.A.
7. GARANTIA PROVISIONAL.
No se exige garantía provisional, teniendo en cuenta su carácter potestativo al amparo de lo dispuesto en el artículo 91.1 de la LCSP.
CAPITULO II LICITACION
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.
El contrato se adjudicará por el procedimiento NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, en aplicación de los a de los con base a lo previsto en los artículos 158.e y 161.2 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal. Se aplicará el trámite ordinario a que se refieren los artículos 93 y 94 de la LCSP.
9.- PRESENTACION DE SOLICITUDES DE PARTICIPACION.
Los empresarios que deseen participar en la licitación deberán solicitarlo dentro del plazo de 10 días naturales contados desde la publicación del anuncio en el perfil del contratante del órgano de contratación, mediante escrito al que acompañarán la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las leyes:
a)Documento Nacional de Identidad o documento fehaciente que haga sus veces de quien presenta la proposición y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañará también poder bastante a tal efecto.
b)La capacidad de obrar de los empresarios que fueran persona jurídicas se acreditará mediante, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le fuera aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constarán las normas por las que se regule su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c)Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 49 de la LCSP.
d)Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, mediante certificaciones emitidas por las correspondientes instituciones, que podrán ser sustituidas, si esto no es posible, por una declaración responsable en tal sentido.
e) La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
− Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
− Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro
oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
− Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el
volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
f)La solvencia técnica del empresario se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este
certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados, serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
g)En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
h)Para las empresas extranjeras, presentarán despacho expedido por la embajada de España en el País respectivo donde se certifique que, conforme a su legislación, tiene capacidad para contratar y obligarse, y declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse, conforme a la legislación de su estado y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.
Y es necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
LA DOCUMENTACIÓN ADMNISTRATIVA PODRÁ SER SUSTITUIDA CON EL CERTIFICADO DE CUALQUIER REGISTRO DE CONTRATISTAS OFICIALES TANTO DE LA DIPUTACIÓN XXXXX DE BIZKAIA – BIZKAIKO FORU ALDUNDIA, COMO DEL GOBIERNO XXXXX-EUSKO JAURLARITZA U OTRAS QUE CERTIFIQUEN LA CAPACIDAD DE CONTRATAR. LAS EMPRESAS ESTARÁN EXENTAS DE PRESENTAR AQUELLA DOCUMENTACIÓN REFRENCIA EN LA PRESENTE CLAUSULA QUE SEA ESPECIFICADA EXPLÍCITAMENTE EN EL CERTIFICADO. AÑADIRÁN ASÍ MISMO UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO HABERSE DADO DE BAJA DE DICHO REGISTRO.
10.- INVITACION PARA PRESENTAR OFERTAS.
El órgano de contratación, una vez examinadas las solicitudes de participación y verificado el cumplimiento de las condiciones de solvencia, invitará mediante comunicación escrita a la empresa candidatas que no hayan sido rechazadas para presentar sus ofertas, indicando el lugar de presentación y el plazo para hacer lo conforme a lo establecido en el artículo 151.2 LCSP. En la comunicación escrita de indicará el lugar donde pueda obtenerse el proyecto y aquellos documentos que, en su caso, describan la obra a ejecutar y que sean necesarios para la presentación de tal oferta.
11. PRESENTACION DE OFERTAS.
11.1. Requisitos de las ofertas.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras sobre aspectos del proyecto que se expresaran como Anexo al presupuesto. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
11.2. Plazo y lugar y de presentación de ofertas.
El plazo para la presentación de ofertas será de quince días naturales desde la fecha del envío de la invitación.
Las ofertas, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado, en las oficinas de la sociedad publica Zierbena Portua , S.A., sitas en Zierbena, Edificio Multifunción s/n, de lunes a viernes, C.P. 48508, entre las 9:00 horas y las 13.00 horas de la mañana.
Si la proposición se envía por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx) en el mismo día. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará a su expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
11.3. Forma y contenido de las ofertas.
Los empresarios invitados a la licitación presentarán sus ofertas en DOS (2) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
A) SOBRE Nº 1 “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”
Contendrá la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato, debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La oferta económica se presentará redactada conforme al modelo que se incorpora como Anexo I al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la entidad contratante estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable,
será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
B) SOBRE Nº 2 "DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”
En este sobre se incluirá la documentación técnica que sea precisa en orden a la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato especificados en la cláusula 12 del presente pliego, así como toda aquella que con carácter general el licitador estime conveniente aportar.
En particular, los licitadores deberán presentar en relación con los criterios de adjudicación la siguiente documentación:
publico.
- Proyecto técnico de desarrollo del servicio.
- Relación de servicios prestados de similares características para el sector
12.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
Una vez fijadas definitivamente las ofertas de los licitadores, tras la negociación de los aspecto de carácter económico y técnico del contrato, la adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los siguientes criterios:
1.- Mejor precio ofertado.
2.- Número de horas anuales presenciales con trabajadores/as.
3.Número de horas anuales presenciales con Zierbena Portua, S..A para el servicio. 4.Número de horas anuales presenciales con Zierbena Portua, S..A para
asesoramiento general.
5.Calidad del servicio ofertado justificada mediante el correspondiente Proyecto de desarrollo del servicio.
6.Ejecución de servicios de similares características para el sector público, valorándose en todo caso servicios prestados para el municipio de Zierbena y en localidades de su entorno.
Las ofertas presentadas se valorarán atribuyendo un total máximo de 100 puntos, distribuidos del modo siguiente:
a) Por el 1º criterio se podrá atribuir hasta un total de 6 puntos, asignándose al importe más bajo ofertado el máximo de puntos y aplicándose a las restantes ofertas la siguiente formula:
Importe más bajo x puntos máximos / importe de la oferta.
b) Por el 2º criterio se podrá atribuir hasta un total de 15 puntos mediante la siguiente formula: al mayor número de horas anuales presenciales ofertado se le asignará el máximo de puntos y a las restantes ofertas se les atribuirá el máximo de puntos con la reducción equivalente a la proporción en la que reduzca el mayor número de horas anuales presenciales ofertado.
c) Por el 3º criterio, se podrán atribuir hasta un total de 15 puntos mediante la siguiente formula: al mayor número de horas anuales presenciales ofertado se le asignará el máximo de puntos y a las restantes ofertas se les atribuirá el máximo de puntos con la reducción equivalente a la proporción en la que reduzca el mayor número de horas anuales presenciales ofertado.
d) Por el 4º criterio, se podrán atribuir hasta un total de 15 puntos mediante la siguiente formula: al mayor número de horas anuales presenciales ofertado se le asignará el máximo de puntos y a las restantes ofertas se les atribuirá el máximo de puntos con la reducción equivalente a la proporción en la que reduzca el mayor número de horas anuales presenciales ofertado.
e) Por el 5º criterio, se podrán atribuir hasta un total de 30 puntos.
f) Por el 6º criterio, se podrán atribuir hasta un total de 19 puntos.
13. CRITERIOS PARA CONSIDERACION DE OFERTA CON VALORES ANOMALES O DESPROPORCIONADOS.
De los criterios de adjudicación establecidos anteriormente, se tomará en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede se cumplida como consecuencia de valores anormales o desproporcionadas, el señalado con el numero 1, siendo los límites para apreciar que se dan en aquella circunstancia los siguientes:
Si se presentase un único licitador se considerará que su oferta contiene valores anormales o desproporcionados cuando sea inferir al presupuesto base de licitación en más de un veinticinco por ciento.
Si se presentase varios licitadores se considerará oferta con valores anormales o desproporcionados la baja de toda proposición económica cuyo porcentaje exceda xx xxxx unidades por lo menos a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.
14. CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
15. APERTURA DE LAS PROPOSIONES Y OFERTAS.
a) Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará por la Mesa de contratación constituida al efecto. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
b) Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
c) Una vez calificada la documentación diferente de la que se acompañó a la solicitud de participación, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.
La Mesa de contratación se constituirá en las oficinas de la sociedad publica Zierbena Portua, S.A., sitas en Zierbena, Edificio Multifunción, s/n, a las 9:30 horas del segundo día hábil a contar desde el siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones y, en segunda convocatoria, diez minutos más tarde; en este último caso se requerirá la presencia, como mínimo, de tres miembros, uno de los cuales deberá ser el Presidente. Antes de comenzar el acto público en que se abran las ofertas económicas la Mesa abrirá, en su caso, el sobre nº 3 “documentación técnica”, y posteriormente procederá en acto público a la apertura del sobre nº 2 “proposición económica” de las empresas admitidas, dando lectura a las ofertas y, posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, las elevará al órgano de contratación con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso el resultado de la negociación y la valoración de las ofertas conforme a los criterios indicados en la cláusula 11 del presente pliego.
CAPITULO III ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
16. EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACION. RENUNCIA O DESESTIMIENTO.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, respecto a la entidad contratante,
mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiera incurrido. Ello, no obstante, esta indemnización no superará en ningún caso el límite de 1.000 euros.
17. ADJUDICACION PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO.
La adjudicación provisional se acordará por el Consejo de Administración de Zierbena Portua, S.A., como órgano de contratación de la entidad contratante, en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde que finalice el plazo de presentación de ofertas.
Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
− Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la documentación acreditativa de que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que se ha comprometido adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 53.2 de la LCSP.
− Documentación acreditativa de haber constituido garantía definitiva
Para acreditar el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos:
− Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
− Certificación expedida por el órgano competente acreditativo de que no existen deudas de naturaleza tributaria con este Administración.
− Alta del Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado de una declaración responsable de no haber estado dado de baja en la matricula del citado impuesto.
Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese esta documentación o el licitador no justificase que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, el órgano de contratación propondrá como adjudicatario provisional al licitador o licitadores siguientes por orden de sus ofertas.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 135.4, párrafo primero.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
18. GARANTIA DEFINITIVA
El adjudicatario provisional estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.
La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección I del Capítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en el artículo 84.1 de la LCSP.
19. PERFECCION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el órgano de contratación, formalizándose en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva del mismo.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar a la entidad contratante una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
CAPITULO IV EJECUCIÓN DEL CONTRATO
20. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
20.1 Serán de cuenta del adjudicatario la contratación del personal necesario para asegurar la adecuada prestación del servicio.
El nuevo adjudicatario se subrogará en la posición de empresario con respecto al personal laboral que integra la plantilla del actual adjudicatario del servicio. La relación
de trabajadores adscritos al actual contrato y sus condiciones laborales se incorporan como Anexo II al presente Pliego.
Zierbena Portua, S.A. no tendrá relación laboral alguna con dicho personal ni con el que contrate el adjudicatario durante la vigencia del contrato hasta a su fin. Este personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que deberá cumplir, en su condición de patrono, con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de prevención de riesgos laborales, sin que en ningún caso resulte para Zierbena Portua, S.A responsabilidad alguna de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario y sus empleados, aun cuando los despidos y medidas que adopten sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
Durante la vigencia del presente contrato, el adjudicatario está obligado a obtener autorización previa y expresa de la entidad contratante para cubrir las vacantes de puestos de trabajo que se puedan producir (tales como vacaciones, bajas por IT, suspensiones de ocupación, extinción de contratos, etc.).
Ante el supuesto incumplimiento de lo expresado en la presente cláusula, o suscripción de contratos indefinidos o irresolubles a la extinción de este contrato de servicio, serán de cuanta del adjudicatario las indemnizaciones a que hubiera lugar por la extinción de los contratos laborales en vigor, respondiendo de este incumplimiento a través de la incautación de al garantía si esta fuera suficiente.
La entidad contratante se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos celebrados.
20.2 El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
20.3 El adjudicatario que obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del servicio. Si llegado el término del mismo el contratista hubiese incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la entidad contratante podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas cuya cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato conforme al artículo 196 de la LCSP.
Los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la entidad contratante, originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 197 LCSP.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimidación previa por parte de la entidad contratante.
20.4. Serán de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de la formalización del contrato, así como otro tipo de gastos de material, publicidad o transporte.
21. EJECUCION DE LOS TRABAJOS.
21.1. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la sociedad Zierbena Portua, S.A.
20.2. Si durante el desarrollo del servicio, se detectase la conveniencia o necesidad de su modificación o la realización de actuaciones no contratadas, se actuará en la forma prevista en los artículos 194, 195, 202 y 282 de la LCSP.
20.3. En el caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 203 de la LCSP y normas de desarrollo. Si la entidad contratante acordara la suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de suspensión.
20.4. La ejecución del contrato se realizará por el contratista con las responsabilidades establecidas en el artículo 281 de la LCSP.
20.5. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada se ajusta a las prescripciones establecidas para la ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 283 de la LCSP.
21. FORMA DE PAGO.
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación de la correspondiente factura de los servicios efectivamente realizados.
22. RESOLUCION DEL CONTRATO.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los artículos 206 y 284 de la LCSP y con los efectos previsto en los artículos 207 y 285 de la LCSP y 109 y 113 del RGLCAP.
23. PRERROGATIVAS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la LCSP y por el RGLCAP.
Los acuerdos dictados al efecto por el órgano de contratación, previo Informe de Asesoría jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
24. JURISDICCION.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente contrato administrativo serán resultas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos ponen fina a la vía administrativa y contra los mismos habrá recurso contencioso administrativo, conforme a lo previsto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D/Dña ………………………………….., con D.N.I. número……………….., en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa) con CIF/
N I F … … … … … … d o m i c i l i o a a f e c t o s d e n o t i f i c a c i o n e s e n ,
calle………………………..número que ha recibido invitación para la presentación
de oferta del contrato del servicio consistente en la organización, planificación y gestión del servicio de turismo en el municipio de Zierbena., y enterado/a de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en el pliego de cláusulas administrativas y en el pliego de prescripciones técnicas, cuyo contenido declara conocer, y acepta plenamente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato por el precio total de…………………euros, a razón de euros mensuales por cada uno de los seis meses de
duración del contrato.
De esta cantidad total corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, al tipo del 18%, la cantidad de euros.
Fecha y firma del licitador.
ANEXO II
RELACION DE TRABAJADORES OBJETO DE SUBRROGACION POR EL NUEVO ADJUDICATARIO
1.- COORDINADORA
Grupo profesional/categoría/Nivel: Coordinadora. Jornada: Parcial.
Xxxxxx xxxxx anual: 27.753,74 euros. Antigüedad: desde 4 de julio de 2008.
2.- INFORMADORA
Grupo profesional/categoría/Nivel: Informadora. Jornada: Parcial.
Xxxxxx xxxxx anual: 26.320,28 euros Antigüedad: desde 4 de julio de 2008
3.- INFORMADORA
Grupo profesional/categoría/Nivel: Informadora. Jornada: Parcial.
Xxxxxx xxxxx anual: 26.320,28 euros Antigüedad: desde 4 de julio de 2008
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, TRAMITACION ORDINARIA, DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, PLANIFICACION Y GESTION DEL SERVICIO DE TURISMO EN EL MUNICIPIO DE ZIERBENA
1.- OBJETO DEL SERVICIO
El objeto del contrato lo constituye el servicio consistente la organización, planificación y gestión del servicio de turismo en el municipio de Zierbena.
2.-. OBJETIVOS GENERALES
Los objetivos generales que se persiguen con la contratación de este servicio y que deben guiar los trabajos objeto de contracción son los siguientes:
•Mejorar la oferta turística del municipio de Zierbena.
•Atraer un número mayor de visitantes y fidelizar a los/as visitantes actuales del municipio.
•Impulsar el comercio en el municipio y generar una mayor riqueza entre sus vecinos/as.
3.- FUNCIONES CONCRETAS A DESARROLLAR.
3.1. Definición del diseño y organización del servicio, planteando tanto sus horarios, como el perfil de sus profesionales, la tipología de su trabajo y junto con los/as responsables municipales las líneas estratégicas a abordar desde el mismo.
3.2. Atención e información a las personas usuarias del servicio dentro de los dos locales habilitados al efecto (Centro Multifuncional de la zona del Puerto).
3.3. Labores de conserjería simple en el edificio (Centro Multifuncional) situado en el puerto del municipio, encargándose también de su apertura y cierre.
3.4. Diseño, preparación y gestión de distintos programas, subvenciones o propuestas relacionadas con la dinamización y financiación del servicio.
4- HORARIOS DEL SERVICIO
- TEMPORADA ALTA: Tres meses xx xxxxxx y periodo de Semana Santa. Xxxxxxx por definir entre el adjudicatario y Zierbena Portua, S.A., permaneciendo el servicio abierto todos los días de la semana durante 8 horas por día (incluido festivos).
- TEMPORADA BAJA: Resto del año. Horario por definir entre el adjudicatario y Zierbena Portua, S.A., permaneciendo el servicio abierto durante la semana, un total de 48 horas (incluido festivos).
5.- RECURSOS HUMANOS.
El grupo profesional para el desarrollo del servicio que deberán proponer en su oferta las empresas licitadoras tiene que contar con la relación de trabajadoras adscritos al actual contrato y sus condiciones laborales.
La Coordinadora del servicio prestará sus funciones como Técnico con una media de 20 horas semanales y 24 horas semanales en verano
Las Informadoras del servicio prestarán sus funciones de atención al público y de apoyo con una media semana de 22 horas semanales en temporada baja y con una media semana de 26 horas semanales en temporada alta.
6.- RECURSOS MATERIALES
En las propuestas de los licitadores no se contemplarán los recursos materiales específicos, los cuales, que en caso de que fuesen si necesarios, se adquirirán siendo imputados a otro presupuesto distinto.
7. DESARROLLO DEL SERVICIO.
El servicio objeto de contratación se desarrollará en el Punto de Información Turística sito en el barrio de El Puerto de Zierbena.