SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO CARTAGENA D. T. Y C.
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO CARTAGENA D. T. Y C.
TRANSCARIBE S.A.
LICITACIÓN PÚBLICA No. TC-LPN- 002-2020
PLIEGO DE CONDICIONES
OBJETO: SELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ASEO DE LAS 18 ESTACIONES XX XXXXXX UBICADAS EN EL CORREDOR PRINCIPAL O TRONCAL, EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE TRANSCARIBE, LA PASARELA Y PLATAFORMAS 1 Y 2 DEL PORTAL PATIO – TALLER, INCLUYENDO BAÑOS DE PLATAFORMAS Y EDIFICIO DE ACCESO, SUMINISTRANDO LOS INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES, ASÍ COMO EL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE 17 BAÑOS PORTATILES INSTALADOS EN LAS ESTACIONES XX XXXXXX DEL SITM EN CARTAGENA DE INDIAS.
Cartagena de Indias MARZO de 2020
CONTENIDO
CAPITULO I. CONDICIONES GENERALES
1. INFORMACION GENERAL
1.1. CONVOCATORIA DE LA LICITACION
TRANSCARIBE S.A., ha convocado mediante Resolución No. 035 de 6 xx xxxxx de 2020 la Licitación Pública No. TC-LPN-002 de 2020, ordenando la apertura de la presente a partir de la fecha indicada en el cronograma incluido en el presente documento, para que los interesados en celebrar el contrato de prestación de servicios que se licita, presenten las propuestas correspondientes, en los términos y con los requisitos previstos en el presente pliego de condiciones.
Este proceso se adelanta en cumplimiento de los principios de economía, planeación, eficiencia, responsabilidad, selección objetiva y transparencia, contenidos en la Ley 80 de 1993 y en la Ley 1150 de 2007, haciendo uso de la modalidad de selección de licitación pública.
La entidad pública contratante de este proceso de selección será TRANSCARIBE S.A., sociedad por acciones constituida entre entidades públicas del orden municipal bajo la forma de sociedad anónima de carácter comercial con aportes públicos, autorizada mediante Acuerdo No. 004 del 19 de Febrero de 2003 del Concejo Municipal xx Xxxxxxxxx, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, constituida mediante Escritura Pública No. 0654 de julio 18 de 2003, registrada en la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, la cual tiene el carácter de titular y gestor del Sistema Transcaribe.
1.2. OBJETO DE LA LICITACION
El objeto del proceso licitatorio es SELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ASEO DE LAS 18 ESTACIONES XX XXXXXX UBICADAS EN EL CORREDOR PRINCIPAL O TRONCAL, EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE TRANSCARIBE, LA PASARELA Y PLATAFORMAS 1 Y 2 DEL PORTAL PATIO
– TALLER, INCLUYENDO BAÑOS DE PLATAFORMAS Y EDIFICIO DE ACCESO, SUMINISTRANDO LOS INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES, ASÍ COMO EL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE 17 BAÑOS PORTATILES INSTALADOS EN LAS ESTACIONES XX XXXXXX DEL SITM EN CARTAGENA DE INDIAS.
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS - UNSPSC:
Según el Clasificador de Bienes y Servicios de las N.U., contenido en la dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/Xxxxxxxxxxxxx, la siguiente es la codificación del servicio requerido: Código UNSPSC:
Clasificación UNSPSC | DESCRIPCION |
76111500 | Servicios de limpieza y mantenimiento de edificios generales y de |
oficinas | |
76101500 | Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos. Servicios de descontaminación. Desinfección. |
1.3. DESCRIPCIÓN TÉCNICA, DETALLADA Y COMPLETA DEL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO
Para realizar la limpieza de vagones del sistema, pasarela y plataformas del patio portal, y las unidades sanitarias, es necesario que el proponente realice lo siguiente:
✓ El personal que ejecutará las labores de aseo debe tener experiencia en actividades relacionadas a limpieza y/o aseo, ya que se hace necesario que los diferentes servicios contratados por la Entidad sean cubiertos con personal competente teniendo en cuenta las condiciones de los puestos y en procura de la calidad del servicio.
✓ Servicio de succión, transporte y disposición de aguas provenientes de las unidades sanitarias portátiles
✓ Suministro de Carrotanque de agua necesario para las operaciones diurnas y nocturnas. Hay que tener en cuenta que las estaciones no cuentan con servicio ni puntos de agua. Para realizar estas labores, el proponente debe tramitar un permiso especial con Transcaribe para el ingreso de los vehículos al carril exclusivo para lo cual se debe enviar previamente por parte del contratista SOAT, Tarjeta de Propiedad y Cedula de los conductores y ayudantes de los vehículos. El horario de estas labores debe iniciarse después de la operación del sistema (11:00 PM) y culminarse antes de su inicio al día siguiente, es decir; antes de las 5:00 AM.
✓ Las labores a ejecutar son las siguientes:
Actividad | Servicios | Horario | Jornada |
01 | Limpieza de pisos con despapelado (recolección de residuos), barrido y trapeado | Diurno | Diaria |
02 | Limpieza xx xxxxxxx- cara interna y externa (móviles y fijo): día de por medio | Nocturno | día por medio |
03 | Limpieza externa de taquilla de recaudo | Diurno | Diaria |
04 | Limpieza de señalización interna y externa (incluye mapas del sistema) | Diurno | 1 vez/semana |
05 | Recolección de basura | Diurno y Nocturno | Diaria |
06 | Limpieza de barandas | Diurno | Diaria |
07 | Limpieza de Andenes Perimetrales | Diurno | Diaria |
08 | Limpieza de Persianas y Columnas | Diurno | Diaria |
09 | Limpieza intensiva del piso con agua a presión y desengrasante | Nocturno | día por medio |
10 | Lavado de Pisos, Rampas de Acceso Peatonal, pasarela en patio portal | Diurno | Semanal |
11 | Barrido y recolección de basura en plataformas portal patio- taller | Diurno | Diaria |
12 | Poda maleza y pasto alto, con guadañadora, zonas verdes a interior de plataformas y zonas verdes que limitan al Patio Portal: 15 días al mes, con intervenciones tal y como las disponga la supervisión del contrato. | Diurno y/o Nocturno | 15 días al mes |
13 | Mantenimiento zonas verdes a interior de plataformas. Riegue y mantenimiento de especies ornamentales sembradas | Diurno | Diaria |
14 | Transportar y colocar los residuos producto de la limpieza y poda, en los puntos de acopio para la recolección del concesionario de aseo | Diurno | Diaria |
15 | Se realizara el servicio de succión y limpieza general de cada una de las 17 unidades sanitarias portátiles día de por medio, es decir, 15 limpiezas al mes, para garantizar el debido estado e higiene de la misma, el horario en que se realizará el aseo o limpieza de las unidades será nocturno (22:00 – 5:00) La disposición de las aguas tendrá que realizarse de tal forma que no se deseche ningún residuo en el carril del sistema. | Nocturno | día por medio |
16 | Suministrar por lo menos cuatro (4) personas con experiencia certificada en servicio de aseo en estaciones de transporte masivo en horario diurno para llevar a cabo el aseo de las estaciones xx xxxxxx del Sistema Integrado de Transporte Masivo xx Xxxxxxxxx de Indias. Es obligación del contratista mantener éste personal mínimo. | Diurno | Diaria |
17 | Suministrar por lo menos seis (6) personas con experiencia certificada en estaciones de transporte masivo en servicio de aseo en horario nocturno para llevar a cabo el aseo de las estaciones xx xxxxxx del Sistema Integrado de Transporte Masivo xx Xxxxxxxxx de Indias. Es obligación del contratista mantener éste personal mínimo | Nocturno | Nocturna |
18 | Suministrar por lo menos seis (6) personas con experiencia certificada en servicio de aseo en estaciones de transporte masivo para llevar a cabo el aseo de la pasarela, plataforma y edificio de acceso al Patio Taller. Es obligación del contratista mantener este personal mínimo. | Diurno y/o Nocturno | Diurna y/o Nocturna |
19 | Suministrar por lo menos cuatro (4) personas con experiencia certificada en jardinería para llevar a cabo la poda maleza y pasto alto, con guadañadora, zonas verdes a interior de plataformas y zonas verdes que limitan al Patio Portal | Diurno y/o Nocturno | Diurna y/o Nocturna |
20 | Suministrar por lo menos un (1) supervisor diurno | Diurno | Diurna |
21 | Suministrar por lo menos tres (3) personas con experiencia certificada en servicio de aseo en edificaciones. | Diurno | Diurna |
22 | Suministrar por lo menos un (1) supervisor nocturno | Nocturno | Nocturna |
23 | Velar por el cuidado y mantenimiento de cada unidad de sanidad portátil, teniendo en cada punto una persona de Aseo realizando la limpieza y garantizando una atención de calidad al usuario | Diurno y/o Nocturno | Diurna y/o Nocturna |
24 | suministro diario de bolsas para basura de 25x35 en todos los puntos de acopio (30x3 en estaciones + 5x3 en Portal) portal de las Estaciones y Plataformas del Patio Portal | Diario | Diurna |
1.4. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de la adjudicación de la presente licitación pública será de OCHO (8) meses de la vigencia 2020, previa firma del acta de inicio suscrita entre el contratista y el supervisor designado por Transcaribe S.A., previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del mismo.
La vigencia del contrato se entiende como el plazo de ejecución del contrato más el término establecido para su liquidación. El término para la liquidación del contrato, será de seis (6) meses contados a partir de la finalización del término establecido para la ejecución del objeto del contrato.
1.5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato es la suma de NOVESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TREINTA Y CUATRO PESOS CON 52 CVTS
($956.335.034.52), de acuerdo a la siguiente tabla:
COSTOS DE ASEO POR OCHO (8) MESES | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | V. UNITARIO | VALOR PARCIAL |
1 | Servicio de Limpieza a estaciones (nocturno: de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. minimo 4 persona) y plataformas Patio Portal(incluye aseo xx xxxxx plataforma 2) (diurno: de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Minimo 4 personas), minimo 3 personas en plataformas, pasarela y vías colindantes, (4) personas para jardineria (horario de 8:00 a 5:00PM, incluye supervisión diurna y nocturna, equipos, herramientas, insumos: agua, detergentes) y demas elementos propios para el cumplimiento satisfactorio de estas labores. | MES | 8 | $ 53.713.988,02 | $ 429.711.904,13 |
2 | Servicio de Aseo y limpieza de Edificio Administrativo (diurno: de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.), minimo 3 personas, incluye insumos para las labores de aseo y limpieza de cada una de las oficinas y baños del Edificio Administrativo, papel higienico para baños y lavamanos, aseo de area de parqueos y acceso, asi como la zona de anden adyacente, supervisión diurna). | MES | 8 | $ 10.509.803,92 | $ 84.078.431,37 |
3 | suministro diario de bolsas para basura tipo Jumbo en todos los puntos de acopio (30x3 unidades en estaciones + 5x3 unidades en Portal) portal de las Estaciones y Plataformas del Patio Portal, edificio Administrativo (11 unidades). Por 9 | UNIDAD | 30990 | $ 250,00 | $ 7.747.500,00 |
4 | Mantenimiento Baños Portátiles, incluye insumos (detergentes, desinfectantes, ambientadores, eliminador de olores). | UNIDAD | 2040 | $ 45.644,12 | $ 93.114.000,00 |
5 | Suministro de Puntos ecologicos con tres unidades recolectoras grande cada una para Estaciones Patio Portal y Edificio Administrativo | UNIDAD | 7 | $ 505.000,00 | $ 3.535.000,00 |
COSTO DIRECTO | $ 618.186.835,50 | ||||
A.U.I 30% | $ 185.456.050,65 | ||||
SUBTOTAL | $ 803.642.886,15 | ||||
I.V.A. 19% | $ 152.692.148,37 | ||||
COSTO TOTAL | $ 956.335.034,52 |
Los impuestos y demás tributos que se causen con ocasión de la prestación de dichos servicios, se determinarán de acuerdo con las normas especiales que los establezcan.
IMPUESTOS Y/O TASAS |
Rete ICA 8/1000 |
Estampilla Pro Universidad xx Xxxxxxxxx 1% |
Estampilla Pro Años Dorados 2% |
Estampilla Pro Hospital Universitario del Caribe 1% |
Un total de 5% aproximadamente.
El presente presupuesto cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 202002 XXX del XX/02/2020, por valor de NOVESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TREINTA Y CUATRO PESOS CON 52 CVTS ($956.335.034.52).
1.5.1 Forma de pago
Transcaribe S.A., conforme al PAC de la entidad, cancelará el valor del contrato que se suscribirá de la siguiente manera: mediante pagos mensuales, de acuerdo a la propuesta presentada por el contratista, dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de las facturas respectivas, previa certificación de recibido a satisfacción suscrita por el supervisor del contrato, quien verificara el cumplimiento de las obligaciones contractuales y el pago al día de los parafiscales.
1.6. Obligaciones del Contratista:
1.6.1. Obligaciones Generales del Contratista
a) Cumplir idónea y oportunamente el objeto contratado y que este sea de la mejor calidad, con autonomía técnica y administrativa. En caso de cualquier novedad o anomalía, reportar la situación de manera inmediata, al supervisor del contrato o a su delegado, o cualquier tercero que tenga estas funciones de supervisión debidamente asignadas.
b) Cumplir con las frecuencias establecidas dentro del desarrollo del contrato en cada una de las actividades enumeradas en el mismo, salvo en el caso que el supervisor o su delegado ajuste dichos periodos, por necesidades del servicio, dentro de los límites aquí dispuestos.
c) Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato le imparta TRANSCARIBE
S.A. por conducto del supervisor que este designe o su delegado.
d) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la administración o a terceros.
e) Prestar el servicio estipulado acorde con lo establecido en contrato, en los sitios que determine TRANSCARIBE S.A. con los recursos humanos, técnicos, logísticos, y los demás medios que requiera.
f) Llevar un control sobre la ejecución del contrato.
g) Prestar el servicio, cumpliendo las especificaciones contenidas en el Anexo Técnico.
h) Cumplir a cabalidad todos los parámetros y obligaciones presentes en el Anexo Técnico.
i) Acatar las observaciones de la supervisión o de su delegado que determine el Ente Gestor, en cuanto al cumplimiento en los tiempos establecidos y en las condiciones exigidas.
j) Las demás obligaciones que se deriven xxx Xxxxxx de Condiciones, la propuesta del contratista y de la naturaleza del contrato.
1.6.2. Obligaciones específicas del contratista:
a. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar afiliados al Sistema de Seguridad Social (Entidades Promotoras de Salud -EPS-, Administradoras de Riesgos Laborales - ARL-, Fondos de Pensiones, Cesantías y Cajas de Compensación Familiar).
b. El CONTRATISTA deberá cumplir con los pagos parafiscales xx xxx (SENA, Cajas de Compensación Familiar, ICBF, etc.).
c. EL CONTRATISTA deberá presentar relación que contenga nombre del trabajador contratista, fecha y tipo de los últimos exámenes médicos realizados, así como el concepto médico donde indique si el trabajador es apto para trabajar. Cumpliendo las disposiciones legales vigentes, según la Resolución 2346 de 2007 del Ministerio de Protección Social.
d. Durante la ejecución del contrato el CONTRATISTA deberá cumplir con las normas reglamentarias que sobre salud ocupacional; medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial y los demás aspectos inherentes que han sido establecidas o establezca la ley y los organismos de control, sin que por ello reciba pago adicional o cualquier otro tipo de contraprestación.
e. Antes de iniciar cualquier actividad en las estaciones de TRANSCARIBE S.A. todos los trabajadores del CONTRATISTA deben recibir inducción del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (SG-SST)
f. Coordinar previamente el permiso de acceso del personal del CONTRATISTA para la ejecución del trabajo o la prestación del servicio, para lo cual el CONTRATISTA, deberá dotar al personal de carnet para su uso en lugar visible en forma permanente, durante la ejecución del servicio. El carné debe incluir: logotipo de la empresa, nombre, identificación, fotografía, entidad contratante
g. En caso de la ocurrencia de un Accidente de Trabajo (AT) de sus empleados EL CONTRATISTA asume todas las responsabilidades contractuales, relevando a TRANSCARIBE
S.A. de la responsabilidad civil, penal o laboral por lo que EL CONTRATISTA al efectuar el servicio, no se considera intermediario sino como patrón y por tanto TRANSCARIBE S.A. no asume responsabilidad alguna al respecto
h. Es obligación de EL CONTRATISTA dotar a su personal de todos los Elementos de Protección Personal (EPP) requeridos y específicos para la realización de sus trabajos y los riesgos a que están expuestos. Estos elementos deben cumplir con estándares según las normas técnicas Nacionales e internacionales (Ley 9 de 1979).
i. El CONTRATISTA está obligado a inspeccionar y mantener el inventario suficiente de EPP para reemplazarlos en caso de deterioro o pérdida, manteniendo los respectivos registros.
j. El CONTRATISTA es responsable del reporte a la ARL y EPS, en atención en salud e investigación de los incidentes y accidentes de trabajo presentados durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato
k. EL CONTRATISTA es responsable de mantener en el sitio de trabajo un ambiente seguro desde la iniciación hasta su culminación (herramientas, equipos, materiales, escombros y otros), así mismo deberá mantener registros de inspecciones que se realicen al respecto
l. EL CONTRATISTA garantizará el ingreso de trabajadores aptos para el desempeño de su labor, que no estén influenciados bajo los efectos de bebidas alcohólicas y/o drogas psicoactivas, para lo cual establecerá los controles necesarios.
m. Ningún CONTRATISTA o trabajador del mismo podrá deambular o transitar por sitios diferentes a los que se les ha asignado para su labor.
n. Ningún CONTRATISTA o trabajador del mismo podrá utilizar, manipular u operar equipos de TRANSCARIBE sin autorización previa.
o. EL CONTRATISTA está en la obligación de informar cualquier riesgo o peligro del área del trabajo al supervisor del contrato o su delegado.
p. EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta que en algunos horarios en las instalaciones físicas en las cuales se van a ejecutar los trabajos están en funcionamiento y por lo tanto se deberá tomar las medidas e instalar las protecciones y el control necesarias y suficientes para garantizar la seguridad de los usuarios, del personal del CONTRATISTA y el personal al servicio de TRANSCARIBE S.A.
q. Realizar un inventario inicial de la ubicación de equipos electrónicos, eléctricos, cajeros e infraestructura lógica en las diferentes Estaciones, lo anterior para que las rutinas y procedimientos de aseo tengan en cuenta estos elementos y no vaya a existir afectación de los mismos.
r. Será responsabilidad EXCLUSIVA del CONTRATISTA cualquier daño a equipos o infraestructura lógica que le sea imputable por el desarrollo de sus actividades contractuales. Por lo anterior, se les deberá capacitar a los operarios de las precauciones necesarias para no afectar dichos equipos en la ejecución de sus labores de aseo y mantenimiento, lo cual debe constar en acta debidamente firmada por las partes.
s. Defectos de Calidad: El contratista será responsable por los daños causados por defectos de calidad de los elementos que suministra en la presente contratación. Así mismo, se compromete a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos.
t. Exclusión de toda relación laboral: De conformidad con lo señalado en el artículo 32, numeral 3 de la Ley 80 de 1993, en ningún caso el contrato a celebrarse por medio de esta invitación genera relación laboral, ni prestaciones sociales, respecto del contratista o del personal que este ocupe para el desarrollo del objeto contratado.
u. Salud Ocupacional y Medio Ambiente: El contratista se obligará a cumplir con todas las leyes y reglamentaciones que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y medio ambiente, de manera tal que se protejan la seguridad y salud de sus empleados, de terceras personas involucradas en sus operaciones, de los funcionarios que laboran en las instalaciones de las estaciones, oficinas de Transcaribe y del público en general, así mismo, realizara todas la actividades que sean necesarias tendientes a la protección del medio ambiente.
v. Las demás obligaciones inherentes al objeto del contrato.
1.6.3 De las Condiciones de Prestación del Servicio
a. Garantizar la idoneidad del personal que actué como supervisor interno del contratista.
b. El contratista deberá mantener constantes los precios ofertados durante la vigencia del contrato.
c. Mantener en excelentes condiciones los equipos y elementos necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio.
d. Remplazar, sin costo de TRANSCARIBE S.A., los equipos, elementos o insumos, tales como hidrolavadoras, detergentes, desinfectantes, ambientadores, que presenten fallas en su calidad o en su funcionamiento, en un término no mayor de
un (1) día hábil, contado a partir de la solicitud efectuada por el supervisor o su delegado.
e. Las labores xx xxxxxx y aseo, deben ejecutarse en horario nocturno de 10:00
p.m. a5:00 a.m.
f. Los operarios deben diligenciar planillas de entrada y salida de los turnos de servicio.
g. Reemplazar el personal en un término no mayor a 24 horas, cuando lo solicite el supervisor del contrato o su delegado sin lugar a ningún tipo de reclamación.
h. Las ausencias temporales de personal, deberán ser cubiertas en un término no mayor de 2 horas, de presentarse tal situación.
i. Atender en forma inmediata, las solicitudes de cambio de operarios que por deficiencia o inconvenientes cuando lo solicite la supervisión del contrato o su delegado. El personal que se cambie por estas causas, no podrá ser ubicado en ningún otro sitio donde se preste el servicio.
1.6.4. Obligaciones respecto los insumos
a. Presentar al supervisor del contrato o su delegado una vez adjudicado el contrato un plan de manejo de insumos, el cual desarrollara dentro de su informe mensual donde se reporte entre otros entradas y salidas, reposiciones, destino de los insumos, rendimientos, etc.
b. Suministrar bajo su responsabilidad, los siguientes insumos para aseo ofrecidos en su oferta, los que deben cumplir con las normas de calidad ofrecidas. (Adjuntar a su propuesta fichas técnicas, y registro Invima).
Desengrasante Industrial para pisos:
• Densidad 1.01-1.03
• Ph: 12.5-13.5
• Estable
• Lauril sulfato de sodio: >5%
• Hidróxido de Sodio <3%
• No flamable
• La fórmula no debe ofrecer riesgo o peligro
• La fórmula no debe ofrecer riesgos de polimerización
• Producto Biodegradable
• Adjuntar certificado de capacitación por parte del fabricante para el personal que manipule el desengrasante sobre el buen uso del producto
• Adjuntar ficha técnica del producto expedida por el fabricante en donde se pueda verificar que cumpla con las condiciones técnicas.
Limpiador desinfectante
• pH 6.8-7.8
• Biodegradable
• La fórmula no debe ofrecer riesgo o peligro
• Estable
• No flameable
• La fórmula no debe ofrecer riesgos de polimerización
• Adjuntar Notificación sanitaria obligatoria
• Adjuntar ficha técnica del producto expedida por el fabricante en donde se pueda verificar que cumpla con las condiciones técnicas.
• Adjuntar certificado de capacitación por parte del fabricante para el personal que manipule el limpiavidrios sobre el buen uso del producto
Limpiavidrios:
• Repele suciedad, polvo y hollín
• Efectivo en climas cálidos
• Ideal para ser usado con rociadores
• Densidad 0.099-1.010
• pH 6.0-7.0
• Biodegradable
• Estable
• Contenido de tenso activos y solventes de alta limpieza desengrasante
• Adjuntar Notificación sanitaria obligatoria
• Adjuntar certificado de capacitación por parte del fabricante para el personal que manipule el limpiavidrios sobre el buen uso del producto
• Adjuntar ficha técnica del producto expedida por el fabricante en donde se pueda verificar que cumpla con las condiciones técnicas.
c. Destinar, como mínimo, las cantidades de insumos necesarias para prestar el servicio de aseo de acuerdo a las exigencias planteadas en el contrato, incluidos los baños del edificio administrativo de TRANSCARIBE.
d. Garantizar la existencia y calidad de los insumos utilizados, obligándose a realizar los cambios de manera inmediata por defectos, mala calidad, o en el caso en que los insumos no den los resultados esperados a petición expresa del supervisor o quien este delegue. Para lo anterior se le entregaran por parte del supervisor al contratista videos, registros fotográficos que sirvan de parámetro de los resultados esperados.
e. Todos los productos a utilizar deberán cumplir con toda la reglamentación ambiental y adicionalmente deberán garantizar que con la utilización de los mismos no se afecta las condiciones ambientales del entorno.
f. El contratista deberá incluir dentro de los precios ofertados de cada ítem, los equipos necesarios para llevar hasta el sitio de labores el agua que se requiera en la ejecución de los trabajos.
g. Será responsabilidad el CONTRATISTA el suministro el agua necesaria para las actividades de aseo integral.
1.7. Obligaciones generales de TRANSCARIBE S.A.:
TRANSCARIBE S.A. tendrá las siguientes obligaciones generales:
a) Suministrar la información que se encuentre disponible en la entidad y que fuere aplicable al objeto de la presente contratación.
b) Cumplir lo estipulado en la forma de pago, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normatividad vigente en materia contractual.
e) Ejercer la Supervisión, dando cumplimiento a la Resolución No. 214 del 28 de diciembre de 2016 y a la Ley 1474 de 2011.
d) Verificar el cumplimiento del contrato a través de la supervisión del mismo.
e) Hacer las recomendaciones pertinentes para un efectivo cumplimiento del contrato.
f) Las demás que se desprendan de la legislación aplicable a esta modalidad contractual.
1.8. Autorizaciones, permisos y licencias: Las que se requieran para el desarrollo de los servicios descritos, deberán ser conseguidas por el contratista.
1.9. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Tal como se ha venido mencionando, el proceso tiene como objeto SELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ASEO DE LAS 18 ESTACIONES XX XXXXXX UBICADAS EN EL CORREDOR PRINCIPAL O TRONCAL, EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE TRANSCARIBE, LA PASARELA Y PLATAFORMAS 1 Y 2 DEL PORTAL PATIO – TALLER, INCLUYENDO BAÑOS DE PLATAFORMAS Y EDIFICIO DE ACCESO, SUMINISTRANDO LOS INSUMOS NECESARIOS PARA REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES, ASÍ COMO EL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE 17 BAÑOS PORTATILES INSTALADOS EN LAS ESTACIONES XX XXXXXX DEL SITM EN CARTAGENA DE INDIAS.
En virtud del objeto y del valor de la presente contratación, la modalidad de selección que debe utilizarse para la escogencia del contratista es la LICITACION PUBLICA, contenida en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 2 Numeral 1° de la Ley 1150 de 2007, reglamentada a su vez por el Decreto 1082 de 2015.
1.10. RÉGIMEN LEGAL DE LA LICITACION Y DE LOS CONTRATOS
El marco legal de la presente Licitación Pública y del Contrato de Prestación de Servicios que se suscribirá en virtud de la adjudicación de la presente Licitación Pública, está conformado por la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia y en especial por la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, y demás decretos reglamentarios de las normas anteriormente citadas, por el Código Civil, el Código de Comercio y por las demás normas concordantes que rijan o lleguen a regir la prestación del servicio público de transporte masivo de pasajeros en Colombia.
Las normas actualmente vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la ley colombiana se presumen conocidas en su totalidad por todos los proponentes dentro de la presente Licitación Pública.
1.11. NORMAS DE INTERPRETACION XXX XXXXXX
El presente Pliego de Condiciones debe ser interpretado como un todo, y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada, por lo tanto, se entienden integrados a él los anexos y proformas que lo acompañan y las adendas que se expidan durante el proceso licitatorio. Además de lo anterior, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones:
▪ El orden de los numerales del presente pliego de condiciones no debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismos.
▪ Los títulos de los numerales y sub numerales utilizados en el presente Pliego de Condiciones sirven sólo como referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
▪ Los plazos establecidos en el presente Pliego de Condiciones se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Los días sábados se entienden como días no hábiles.
▪ Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día no hábil para la entidad pública contratante, o cuando ésta no preste atención al público durante ese día por cualquier razón, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
1.12. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Son documentos integrantes de la presente Licitación Pública, los siguientes:
1 El estudio Previo y estudio del sector
2 La convocatoria pública y el aviso
3 La Resolución de apertura del proceso
4 El Pliego de Xxxxxxxxxxx y sus formularios y anexos, según la siguiente relación:
4.1 Anexos
4.1.1 ANEXO 1: Matriz de Riesgos
4.1.2 ANEXO 2: Minuta del Contrato
4.2 Formularios.
FORMULARIO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMULARIO No. 2. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
FORMULARIO No. 3. CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
FORMULARIO No. 4. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE
FORMULARIO No. 5. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA Y DE ORGANIZACIÓN DEL PROPONENTE
FORMULARIO No. 6. PRESENTACION OFERTA TECNICA DE CALIDAD FORMULARIO No. 7. PRESENTACION OFERTA ECONÓMICA
Los demás actos administrativos que se expidan con ocasión de la presente Licitación Pública
1.13. COSTOS DE LA LICITACIÓN
Cada Proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta dentro del presente proceso licitatorio, o en relación con cualesquiera investigaciones, negociaciones u operaciones subsecuentes, ya sea o no que las mismas lleguen a consumarse. Por lo tanto TRANSCARIBE S.A. no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado de la presente Licitación Pública, incluso en el caso en que ésta sea declarada desierta.
1.14. CORRESPONDENCIA
Toda la correspondencia que se dirija a TRANSCARIBE S.A. con motivo del presente proceso licitatorio, deberá ser enviada a la entidad, identificada con los siguientes datos:
TRANSCARIBE S.A. NIT No. 806014488-5
LICITACION PUBLICA No. TC-LPN-002-2020
Xxxxxxxxxxxx Xxxxx, xxxxxxxx 00 Xx. 71 - 77 Cartagena, Bolívar
Colombia Fax: 0000000
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
1.15. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES Y DE LOS DEMÁS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Pliego de Condiciones podrá consultarse en el portal único de contratación, xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Igualmente, el pliego de condiciones y los demás documentos de interés para el proceso podrán ser consultados en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., ubicada en Xxxxxxxxxxxx Xxxxx, xxxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
1.16. DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACION SOBRE LA LICITACIÓN
Los proponentes al elaborar su propuesta, deberán tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se deberá basar estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
En virtud de lo anterior será responsabilidad de los proponentes:
1. Conocer el proyecto del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Pasajeros del Distrito xx Xxxxxxxxx de Indias, Sistema Transcaribe y realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean o considere necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
2. Evaluar el alcance legal, fiscal y financiero del negocio, las condiciones jurídicas del Contrato de Prestación de Servicios, la distribución de riesgos que se establezca y, en general, todos los aspectos que puedan incidir en la determinación de la oferta.
3. Determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos e implicaciones tributarias y de cualquier otra naturaleza que genere la celebración del Contrato de Prestación de Servicios.
4. Informarse sobre los requisitos legales aplicables a la presente Licitación Pública y del Contrato de Prestación de Servicios que se celebrará como consecuencia de la adjudicación de la misma.
5. La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar cada proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad aun cuando ésta se encuentre incluida dentro de la bibliografía de consulta que haya compilado TRANSCARIBE S.A., a la que los interesados en el presente Pliego de Condiciones podrán acceder mediante solicitud escrita presentada ante TRANSCARIBE S.A.
Sin perjuicio de la declaración expresa que los proponentes deberán hacer en el FORMULARIO 1 del presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx sobre este particular, por la sola presentación de las propuestas constituyen reconocimiento y aceptación por parte de los proponentes respecto a que:
i. Han realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de sus propuestas.
ii. Han investigado plenamente las condiciones de envío, distribución, los riesgos, y en general, todos los factores determinantes de los costos que incidan o puedan incidir en sus propuestas.
El hecho que los Proponentes hayan obtenido o no toda la información que pueda influir en la determinación de sus propuestas, y/o que hayan estudiado o no la totalidad de los requisitos, no los eximirá en ningún caso de la responsabilidad que les corresponde, ni dará derecho al Proponente incumplido a solicitar el reembolso de los costos en que los que haya incurrido con ocasión del presente proceso licitatorio, ni a reconocimiento económicos adicionales en su favor, en el caso en que por su acción o por su omisión se causen posteriores sobrecostos en la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios contenido en el ANEXO 2 del presente Pliego de Condiciones, y/o cambios en la estructura de su propuesta y/o de la propuesta y/o en los elementos y/o en las consideraciones en que hubiera podido fundamentar su propuesta.
1.17. COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCION
Con el fin de apoyar la acción del Estado Colombiano en la lucha contra la corrupción, los proponentes presentarán con su propuesta la FORMULARIO 2, que contiene el Compromiso de Origen de Fondos, Legalidad y Anticorrupción mediante el cual cada proponente confirma, para efectos del presente proceso licitatorio, que el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones económicas a cualquier nivel y concernientes al presente proceso licitatorio, no provienen de actividades ilícitas ni de actividades relacionadas de cualquier forma con el tráfico de estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación nacional y/o internacional.
Este compromiso, que debe ser suscrito y diligenciado en su integridad por parte del representante legal del proponente o por apoderado debidamente acreditado, se entiende presentado bajo la gravedad de juramento por la sola presentación de las propuestas.
⮚ PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se reportará el hecho al Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción a los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (1) 565
8671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 9800 – 913 040 o (1)
286 48 10; correo electrónico al sitio de denuncias del programa, en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0x Xx 0–00 Xxxxxx X.X.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y de los contratos que forman parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
En el caso en que el Fondo comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva oferta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
1.18. VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo establecido en el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y la Ley 850 de 2003, se convoca a las veedurías ciudadanas, a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación y de considerarlo procedente, formulen por escrito las recomendaciones que consideren necesarias para buscar la eficiencia institucional, para lo cual pueden consultar el proceso en el portal único de contratación estatal: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
CAPITULO II. PROCESO DE LICITACION Y CONTRATACION 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO
ETAPA | FECHA |
Publicación de los estudios y documentos previos | 20 de febrero de 2020 SECOP |
Publicación aviso de convocatoria pública | |
Publicación Proyecto de Pliegos y sus Anexos, Apéndices y proformas | |
Publicación avisos (art. 224 Decreto 0019 de 2012) | 10 a 20 días calendario anteriores a la apertura SECOP |
Fecha límite de recibo de observaciones a pre pliego | Hasta el 5 xx xxxxx de 2020, 5:00 p.m. |
Publicación de las observaciones recibidas y sus respuestas | Hasta el 6 xx xxxxx de 2020 SECOP |
Apertura de Licitación (publicación resolución de apertura y pliego de condiciones) | 6 xx xxxxx de 2020 SECOP |
Inicio del plazo para la recepción de ofertas | 9 xx xxxxx de 2020 |
Audiencia para revisión de asignación de riesgos y definición de su distribución | 11 xx xxxxx de 2020 a las 10:00 a.m., EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN CARTAGENA D.T. Y C. URBANIZACION XXXXX, DIAGONAL 35 No. 71 - 77 |
Audiencia aclaración pliego de condiciones. | Por definir en desarrollo de la audiencia de revisión de asignación de riesgos |
Fecha límite de recibo de observaciones x xxxxxx | 13 xx xxxxx de 2020 |
Publicación de observaciones al pliego y sus respuestas | Hasta el 16 xx xxxxx de 2020 SECOP |
Fecha límite para expedir adendas | 16 xx xxxxx de 2020 SECOP |
Cierre del proceso, plazo límite para entrega de propuestas y apertura de las propuestas | 20 xx xxxxx de 2020, a las 10:00 a.m. EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN CARTAGENA D.T. Y C. URBANIZACION XXXXX, DIAGONAL 35 No. 71 - 77. |
Publicación del Informe de Evaluación de las Propuestas | 1° xx xxxxx de 2020 SECOP |
Plazo para presentar observaciones al | Desde el 2 hasta el 8 xx xxxxx de 2020, en |
ETAPA | FECHA |
Informe de Evaluación de las Propuestas | TRANSCARIBE S.A. |
Publicación de las respuestas a las observaciones al Informe de Evaluación de las Propuestas | 14 xx xxxxx de 2020 |
Audiencia Pública de Adjudicación (acta de audiencia y resolución de adjudicación) | 16 xx xxxxx de 2020, a las diez horas (10:00), EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN CARTAGENA D.T. Y C. URBANIZACION XXXXX, DIAGONAL 35 No. 71 - 77 |
Celebración y suscripción del Contrato | Hasta el 20 xx xxxxx de 2020, en TRANSCARIBE S.A. |
Acta de inicio | Hasta el 21 xx xxxxx de 2020 |
Las fechas dispuestas en el Cronograma de la Licitación pueden ser objeto de modificación por parte de TRANSCARIBE S.A., de conformidad con lo establecido en la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones para la prórroga de los plazos de la Licitación, de lo cual se dará oportuno aviso a través del portal de contratación SECOP.
La participación de los proponentes y el desarrollo de las etapas mencionadas se sujetarán a las condiciones que se establecen en los numerales subsiguientes.
2.2. CONSULTA DEL PROYECTO DE PLIEGOS Y OBERVACIONES
El proyecto xx xxxxxx será publicado desde el 20 de febrero de 2020 en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP).
Dentro de este plazo se reciben observaciones al proyecto xx xxxxxx por escrito en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx las cuales serán revisadas, analizadas y, tenidas en cuenta para expedir el pliego de condiciones definitivo.
En virtud del artículo 2.2.1.1.2.1.4. del Decreto 1082 de 2015, los interesados pueden hacer comentarios al proyecto de pliegos de condiciones a partir de la fecha de publicación de los mismos, durante un término xx xxxx (10) días hábiles en el caso de licitación pública.
2.3. AVISOS EN EL SECOP
De conformidad con lo previsto por el numeral 3° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del Decreto 019 de 2012, dentro de los diez (10) a veinte
(20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación, se publicarán hasta (3) avisos con intervalos de hasta tres (3) días calendario en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP, según se señala en el cronograma de esta Licitación. Estos avisos contendrán la información necesaria para dar a conocer el objeto a contratar, la
modalidad de selección que se utilizará, si está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano, el presupuesto oficial del contrato, el lugar físico y electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los estudios y documentos previos de este proceso.
Estos avisos contendrán la información prevista en el artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015 relacionada con los aspectos necesarios para dar a conocer el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, si está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano, el presupuesto oficial del contrato, el lugar físico y electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los estudios y documentos previos de este proceso.
2.4. APERTURA DEL PROCESO Y CONSULTA DE PLIEGOS DEFINITIVOS
El Gerente General de TRANSCARIBE S.A. mediante Acto Administrativo de carácter general, ordenará la apertura del proceso, el cual será publicado simultáneamente con el Pliego de Condiciones Definitivo. Este acto administrativo contendrá los requisitos exigidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015.
A partir de la fecha de apertura de la Licitación, el pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., y en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública.
Cuando los interesados deseen retirar fotocopia de cualquiera de los documentos que reposan en el expediente de la convocatoria, salvo aquellos que tengan reserva legal deberán consignar previamente su valor, previa solicitud escrita en las siguientes condiciones:
• ENTIDAD BANCARIA: Banco de Occidente
• NOMBRE DE LA CUENTA: Transcaribe SA
• NUMERO DE LA CUENTA: Cuenta corriente 830094512
• VALOR: $150,oo por fotocopia
• CONCEPTO FOTOCOPIAS: folios dentro del proceso de licitación No. TC-LPN- 002-2020
A partir de su publicación se recibirán observaciones al pliego de condiciones definitivo por escrito dirigido a la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Las observaciones al pliego de condiciones deberán indicar claramente el número y objeto de la licitación a que hace referencia la solicitud de aclaración y el numeral, capítulo, formulario y/o anexo xxx xxxxxx sobre el cual se formula. Igualmente deberán indicar el número telefónico y el correo electrónico del interesado, con el fin de enviarle por este medio las aclaraciones del caso.
Las observaciones, preguntas y solicitudes de aclaración al pliego de condiciones definitivo se recibirán desde su publicación y hasta la fecha prevista en el cronograma de la presente licitación.
2.5. ADENDAS
La modificación xxx xxxxxx de condiciones se realizará a través de adendas, que señalarán la extensión del tiempo de cierre que resulte necesario para que los proponentes cuenten con el tiempo suficiente que les permita ajustar sus propuestas a las modificaciones realizadas.
La adenda deberá incluir el nuevo cronograma y establecerá los cambios que ello implique en el contenido del acto de apertura del proceso, el estudio de conveniencia y oportunidad y el aviso de convocatoria, según el caso.
De acuerdo con lo previsto en el inciso 2° del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, “no podrán expedirse adendas dentro de los tres (3) días anteriores en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para extender el término del mismo. La publicación de estas adendas sólo se podrá realizar en días hábiles y horarios laborales".
A pesar de esto, de acuerdo con el articulo 2.2.1.1.2.2.1. del Decreto 1082 de 215 “la Entidad Estatal puede expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato.”
Adicionalmente, en virtud del artículo 2.2.1.1.2.2.1. del Decreto 1082 de 215, la Entidad Estatal debe publicar las Adendas en los días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.
2.6. AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y DE ACLARACION XXX XXXXXX DE CONDICIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 220 del Decreto 019 de 2012, el cual modifica el numeral 4 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, dentro de los tres días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas, en la fecha y hora señalada en el Cronograma, se celebrará una Audiencia para llevar a cabo la revisión de la asignación de riesgos establecida por la entidad, en la cual puede tratarse también el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones si un interesado así lo solicita.
Sobre esta audiencia debe respetarse el contenido del artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015 según el cual:
“Artículo 2.2.1.2.1.1.2. Audiencias en la licitación. En la etapa de selección de la licitación son obligatorias las audiencias de: (a) asignación de Riesgos, y (b) adjudicación. Si a solicitud de un interesado es necesario adelantar una audiencia para precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de Riesgos.
En la audiencia de asignación de Riesgos, la Entidad Estatal debe presentar el análisis de Riesgos efectuado y hacer la asignación de Riesgos definitiva.
(…)”
Teniendo en cuenta lo anterior, los interesados en presentar ofertas deberán estudiar y analizar los riesgos tipificados en el pliego de condiciones. Lo anterior, con el fin de que puedan participar y pronunciarse sobre ellos, en las observaciones que formulen por escrito o en la audiencia referida, de la cual se levantará un acta que evidencie en detalle la discusión acontecida. Con base en esta discusión la entidad llevará a cabo la tipificación, estimación y asignación de los riesgos definitiva. La presentación de las ofertas implica la aceptación por parte de los proponentes, de la distribución de riesgos efectuada por la entidad en el respectivo pliego y discutida con los proponentes en el proceso de selección.
Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a los pliegos de condiciones y prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación.
Lo anterior no impide que dentro del plazo previsto en el cronograma del proceso, cualquier interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante comunicación que se publicará en el SECOP. En adición a lo anterior, dentro del trámite de la audiencia de asignación de riesgos, los interesados en el proceso podrán solicitar la celebración de una audiencia para precisar el alcance y contenido xxx xxxxxx de condiciones (Primer inciso del artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015.
2.7. PLAZO DE LA LICITACION
El plazo de la licitación entendido como el término que debe transcurrir entre su apertura (fecha en que inicia la presentación de las ofertas) y su cierre podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, cuando lo estime conveniente la entidad de oficio o a solicitud de un número plural de posibles oferentes, prórroga que podrá ser por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado (numeral 5º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 reformado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011).
El proceso de selección podrá ser suspendido, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse y que puedan afectar la normal culminación del proceso.
2.8. SUJECIÓN DE LAS PROPUESTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Las propuestas deberán presentarse para el objeto establecido en el presente Pliego de Condiciones y sujetarse en un todo a los requisitos establecidos en el mismo y en sus anexos, apéndices y proformas.
2.9. ENTREGA DE PROPUESTAS
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, en sobre cerrado, en la recepción de TRANSCARIBE S.A., en la fecha y hora señaladas en el cronograma para el cierre del proceso. Las propuestas deben presentarse en sobres separados en un (1) original y dos (2) copias, foliados de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1).
El original y la copia de las propuestas deberán ser presentados en sobres separados, sellados y marcados de la siguiente forma:
TRANSCARIBE S.A.
Licitación Pública No. TC-LPN-002-2020
NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
TELÉFONO Y CELULAR:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
NUMERO DE FOLIOS DE QUE CONSTA LA PROPUESTA:
Y la indicación del contenido del sobre según sea “Original o copia”.
Nota: Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto original.
Las Ofertas estarán vigentes por el término de sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma.
Los Proponentes deben presentar la Oferta y los anexos en los formatos indicados, diligenciando la totalidad de los formularios (1 a 7) xxx xxxxxx de condiciones, y acompañadas de los documentos solicitados, así como de la garantía de seriedad de la Oferta.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones y sus Adendas.
NOTA: NO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS DESPUÉS DEL DÍA Y HORA SEÑALADOS PARA EL CIERRE DEL PROCESO
TRANSCARIBE S.A. no será responsable de la apertura o no apertura de una propuesta, en caso de no estar correctamente marcada o en el evento de no haber sido entregada en el recinto correspondiente.
No se aceptarán propuestas presentadas vía fax o por correo electrónico.
2.10. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
En el lugar, fecha y hora fijada para el cierre de la licitación se procederá a abrir las propuestas, con intervención de las personas que deseen asistir y los delegados de TRANSCARIBE S.A. En dicha audiencia se dará apertura a cada Propuesta presentada, dando lectura a la carta de presentación de las propuestas, el número de póliza de seriedad, el número de folios y demás datos importantes contenidos en el FORMULARIO 1 de la oferta.
La audiencia de apertura de las propuestas no podrá ser utilizada por los asistentes para tratar temas distintos a los señalados anteriormente.
2.11. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Dentro del plazo establecido para tal efecto en el presente Pliego de Condiciones y de acuerdo con el régimen legal aplicable al presente proceso licitatorio, el grupo evaluador que designe mediante acto administrativo el gerente de TRANSCARIBE S.A. preparará un documento que contenga el resultado de la verificación de los requisitos habilitantes y de la evaluación y calificación de los documentos incluidos en la oferta y exigidos en estos Pliegos de Condiciones que no son objeto de conformación dinámica de la oferta.
En este documento TRANSCARIBE hará un análisis integral de todas las propuestas presentadas en el proceso. Sin embargo, para efectos de conformar el orden de elegibilidad, se asignará el puntaje a todas, pero sólo se tendrán en cuenta las propuestas habilitadas.
El informe que contenga el resultado de la evaluación de las propuestas, será puesto a disposición de los oferentes, por el termino de cinco (5) días hábiles en el portal único de contratación, para que los proponentes presenten las observaciones que estimen pertinentes, sin que con ello los proponentes se encuentren habilitados para completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. Las observaciones a la evaluación podrán enviarse por correo, fax o a través de la dirección electrónica xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx hasta la fecha prevista en el cronograma del proceso.
Dentro del término de evaluación de las propuestas, TRANSCARIBE S.A. podrá solicitar aclaraciones, sin que por ello el proponente pueda adicionar, mejorar o modificar su oferta.
2.12. SUBSANABILIDAD DE LAS OFERTAS
En el proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En este sentido, la entidad no puede rechazar a un proponente por la ausencia de documentos o requerimientos necesarios para verificar el cumplimiento de requisitos habilitantes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, serán solicitados por el comité evaluador, y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación. Xxxxx rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada hasta el plazo anteriormente señalado.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
Cuando se trate de documentos que sirvan para acreditar el cumplimiento de requisitos habilitantes que al mismo tiempo sirven para otorgar puntaje, TRANSCARIBE S.A. permitirá a los proponentes subsanar el error contenido para acreditar el requisito, únicamente para efectos de habilitar la propuesta. Sin embargo, esa subsanación no servirá al proponente para efectos de otorgarle puntaje.
2.13. AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN
La audiencia de adjudicación se celebrará en la fecha, hora y lugar indicados en el cronograma y se sujetará a las siguientes reglas (Artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015):
1. Los proponentes de manera directa o por conducto de apoderado, podrán pronunciarse sobre las respuestas dadas a las observaciones presentadas al informe de evaluación. Estas respuestas serán publicadas de manera previa a la audiencia. Las intervenciones tendrán una duración máxima de quince (15) minutos consecutivos por cada proponente. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o las personas previamente designadas por el oferente. En ningún caso, esta posibilidad implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.
2. En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio de la entidad requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
3. Se podrá conceder el uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los intervinientes.
4. La entidad dará respuesta a las observaciones presentadas por los proponentes en la audiencia, ratificando o modificando el informe de evaluación, donde se conformará un orden de elegibilidad para la adjudicación de cada concesión, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
5. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, el Gerente de TRANSCARIBE S.A. adoptará la decisión que corresponda y se notificará a los presentes de conformidad con el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007.
Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.
La audiencia de adjudicación no podrá ser utilizada por los asistentes para tratar temas distintos a los señalados anteriormente.
En todo caso, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan, TRANSCARIBE
S.A. podrá prorrogar el plazo de celebración de la audiencia de adjudicación antes de su
vencimiento, conforme con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007.
2.14. CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate entre dos o más propuestas, cuando obtengan un número idéntico en el puntaje total de su propuesta, según los guarismos que serán asignados con un número exacto y dos (2) decimales (no habrá aproximaciones).
Se deberá tener en cuenta lo contenido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015 respecto a los factores de desempate, así:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. En el asunto en revisión, corresponderá al componente precio.
Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si aún después de lo anterior persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo, en los términos señalados en el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9. Decreto 1082 de 2015, mediante el siguiente procedimiento:
• Revisión estado balotas
• Selección de las balotas necesarias para desarrollar el procedimiento de desempate, teniendo en cuenta que por cada oferta empatada debe haber dos balotas de las revisadas, con las que se hará el desempate
• Introducción de las balotas en tula previamente inspeccionada
• Indicación del número de oportunidades que tendrá cada proponente para escoger balotas y que será de dos turnos por oferente.
• El turno será el orden de presentación de las propuestas por fecha y hora de recibo en la entidad.
• Agotados los turnos por cada proponente se sumaran los números asignados a cada balota escogida y relacionada y quien obtenga la mayoría sumatoria, es decir el número más alto, será el proponente a cuyo favor se resuelva el desempate.
• En caso de persistir el empate se resolverá mediante la escogencia de una balota y a favor del oferente que escoja la balota con el número mayor.
Adicionalmente, como criterio de desempate debe tenerse en cuenta el contenido en la Ley 361 de 1997 según el cual:
“Artículo 24. Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación tendrán las siguientes garantías:
a) A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación;”
2.15. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
En general, las propuestas serán rechazadas cuando por su contenido, impidan la selección objetiva, y en especial en los siguientes casos:
i. Cuando se presente la propuesta en forma condicionada.
ii. Cuando se compruebe que se ha allegado información o documentos con la propuesta que contengan datos no veraces, tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a TRANSCARIBE S.A.
iii. Cuando en la propuesta haya información contradictoria que impida realizar una comparación objetiva de la propuesta.
iv. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del proponente se encuentre en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley.
v. Cuando el Proponente presente más de una propuesta ya sea por si sólo o como miembro de un proponente plural.
vi. Cuando el proponente no firme la carta de presentación de la oferta.
vii. Cuando el proponente o el miembro del proponente no tenga capacidad legal para presentar propuesta o suscribir el contrato.
viii. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponde a lo requerido en el pliego de condiciones.
ix. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los requisitos habilitantes previstos en el presente pliego de condiciones, sus anexos y demás documentos que se generen con ocasión del proceso de selección.
x. Cuando no se entregue la garantía de seriedad de la oferta junto con la propuesta. (Ley 1882 de 2018).
xi. Toda otra causal de rechazo contemplada en la Ley y en este pliego de condiciones.
2.16. DECLARATORIA DE DESIERTA
TRANSCARIBE S.A. podrá declarar desierta la Licitación en los siguientes eventos:
i) Cuando no se hubiera presentado ninguna propuesta a TRANSCARIBE S.A. con motivo de la presente Licitación Pública.
ii) Cuando ninguna de las propuestas cumpla con lo exigido en el presente Pliego de Condiciones.
iii)Por cualquier otro motivo o causa que impida la selección objetiva.
2.17. SUSCRIPCION DEL CONTRATO
Notificada la resolución de adjudicación, TRANSCARIBE S.A. elaborará el respectivo contrato; el proponente favorecido, deberá presentarse a suscribirlo, a más tardar al día hábil previsto en el cronograma de la Licitación.
Si el adjudicatario sin justa causa se abstuviere de suscribir el contrato correspondiente dentro del término señalado por TRANSCARIBE S.A. incurrirá en la causal de inhabilidad para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
En este caso TRANSCARIBE S.A., dentro de los quince (15) días siguientes y mediante acto motivado, podrá adjudicar el contrato a la propuesta habilitada calificada en segundo lugar (artículo 9 ley 1150 de 2012).
2.18. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN Y LEGALIZACION DEL CONTRATO
El contrato de compra venta se perfecciona con la firma de las partes y el correspondiente registro presupuestal.
Son requisitos de ejecución del contrato de prestación de servicios los siguientes documentos:
- La aprobación de la garantía única de cumplimiento del proponente, constituida conforme a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
- El certificado actualizado de pago de aportes parafiscales expedido en los términos del presente Pliego de Condiciones, y en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la ley 1150 de 2007.
2.19. DERECHOS Y DEBERES DEL PROPONENTE
1. Los establecidos en los artículos 5o. y 7o. de la Ley 80 de 1993.
2. Los proponentes tendrán la oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se han señalado en este pliego etapas que permitan el conocimiento de dichas actuaciones y la posibilidad de expresar sus observaciones.
3. El desarrollo de la presente licitación es de carácter público, por lo tanto los expedientes que la contengan estarán abiertos al público, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios.
4. El oferente que formule propuestas en las que se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato, responderá conforme a las leyes vigentes e igualmente responderá por haber ocultado al contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa o por sus acciones u omisiones en la actuación contractual.
5. Cuando sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad dentro de la presente convocatoria, se entenderá que el proponente renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo, para lo cual, deberá informar tal hecho oportunamente.
CAPITULO III. PROPUESTAS
Los proponentes deberán presentar propuesta en los términos previstos en el presente capítulo xxx Xxxxxx de Condiciones.
Para efectos de la presentación de las propuestas, los oferentes diligenciarán y presentarán con sus propuestas cada uno de los formularios señalados en el presente documento, debidamente suscritos, así como los demás documentos expresamente
exigidos en el presente Pliego de Condiciones relacionados en las instrucciones incluidas para el diligenciamiento de cada uno de ellos.
3.1. METODOLOGÍA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La metodología de presentación a la que deben sujetarse las ofertas está determinada por las siguientes condiciones:
a) El proponente deberá presentar su oferta en un sobre cerrado, que debe contener un (1) original y dos (2) copias de la oferta, así como los documentos de acreditación necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
b) El proponente deberá presentar con su oferta todos los documentos expresamente exigidos en el presente Pliego de Condiciones, relacionados en las instrucciones incluidas para el diligenciamiento de cada una de las proformas.
c) No deberán incluirse catálogos, folletos o documentos cuyo contenido sea diferente al solicitado en el presente Pliego de Condiciones. En caso de que se incluyan, no serán en todo caso tenidos en cuenta para ningún efecto, lo cual se entiende aceptado por cada proponente con la presentación de su propuesta.
d) La oferta deberá ser presentada ante TRANSCARIBE S.A. en sobre cerrado que deberá exhibir una leyenda visible en la que únicamente debe constar la siguiente información relacionada en la forma que a continuación se señala:
DESTINATARIO: TRANSCARIBE S.A.,
OFICINA: Xxxxxxxxxxxx Xxxxx, xxxxxxxx 00 Xx. 00 - 00
CONTIENE: OFERTA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 002-2020 ORIGINAL (o PRIMERA COPIA, o SEGUNDA COPIA)
FECHA: XX de XXXXXXX de 2020
e) En caso de existir discrepancia entre la información contenida en el ejemplar original de la oferta y la información contenida en cualquiera de sus copias, TRANSCARIBE S.A. sólo tendrá en cuenta al momento de la evaluación de la oferta, la información contenida en el documento presentado en original.
f) El idioma de la presente Licitación Pública será el español. Por lo tanto, todos los documentos emitidos en un idioma diferente que se adjunten a la propuesta deberán venir acompañados de una traducción oficial del documento, cumpliendo lo dispuesto en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 del Ministerio de Relaciones Exteriores y en el artículo 251 del Código General del Proceso, en adición a los requisitos necesarios para hacer valer documentos públicos o privados otorgados en el exterior.
g) Los documentos presentados con la oferta que contengan enmiendas, entrelíneas y raspaduras no serán tenidos en cuenta por TRANSCARIBE S.A. al momento de la evaluación de las propuestas a excepción de aquellos documentos debidamente aclarados y ratificados con la firma del representante legal del proponente y de la persona que expidió el documento que se ratifica, cuando sea el caso.
3.2. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Cada proponente deberá presentar junto con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta para entidades públicas, a cargo del proponente y en favor de TRANSCARIBE S.A., de conformidad con las condiciones establecidas en este pliego de condiciones. Nit de TRANSCARIBE S.A.: 806014488-5.
3.3. INFORMACION SOBRE LAS PROPUESTAS
3.3.1. Ampliación de la información suministrada
TRANSCARIBE S.A. podrá requerir a los proponentes las aclaraciones que considere necesarias y podrá solicitar los documentos que encuentre convenientes, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación pública, y sin que las aclaraciones o documentos que los proponentes alleguen a solicitud de TRANSCARIBE S.A., puedan modificar, mejorar o adicionar las propuestas presentadas.
TRANSCARIBE S.A. también podrá requerir informes a terceros cuando lo considere conveniente o necesario para el análisis y evaluación de las propuestas.
3.3.2. Inexactitud de la información
Si durante el término comprendido entre la evaluación de las propuestas y la fecha de adjudicación de la presente Licitación Pública se evidencia que la información y las declaraciones presentadas por los proponentes contienen elementos inexactos de carácter relevante, relacionados con la información solicitada dentro de los factores de elegibilidad o de valoración, no se considerará acreditado el aspecto que con dicha información se pretendiera hacer valer, salvo que la Ley permita a TRANSCARIBE S.A. solicitar aclaración o complementación y la Entidad así lo hubiera hecho.
Cuando la inexactitud presentada impida realizar una comparación objetiva de la propuesta, procederá el rechaza de la misma.
Se entenderá que una información o declaración es un elemento relevante para efectos de este numeral cuando sea determinante para la comparación objetiva de las propuestas presentadas dentro de la presente Licitación Pública.
3.3.3. Información confidencial
A pesar que la naturaleza de la información que se solicita para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegidos por la ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresando las normas legales que le sirven de fundamento. En particular, los proponentes deberán acreditar la configuración de las causales de confidencialidad previstas en el numeral 4º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, según el cual: “4o. Las autoridades expedirán x xxxxx de aquellas personas que demuestren interés
legítimo, copia de las actuaciones y propuestas recibidas, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios”.
TRANSCARIBE S.A. analizará la solicitud de tratamiento confidencial, teniendo en cuenta el fundamento legal indicado y decidirá sobre el carácter confidencial del documento en cuestión.
En todo caso, TRANSCARIBE S.A. se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar las propuestas.
CAPITULO IV. FACTORES DE HABILITACION Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El presente numeral contiene los requisitos y condiciones exigidos para la acreditación de la existencia, capacidad y representación legal del Proponente y/o de los miembros del proponente, así como todos los factores de verificación legal, financieros y técnicos y de ponderación, económicos y de calidad, que deberán ser acreditados por los Proponentes en sus propuestas dentro del presente proceso licitatorio.
4.1 REQUISITOS HABILITANTES
4.1.1 JURIDICOS
4.1.1.1. Registro único de proponentes
De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, cada Proponente o integrante del Proponente persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal, interesado en participar en el presente proceso de contratación deberá estar inscrito y allegar el Registro Único de Proponentes vigente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, a efectos de verificar su calificación y clasificación, además de los requisitos habilitantes asociados a la: experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera, y la capacidad organizacional.
Este certificado debe haber sido expedido dentro de los dos (2) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
Tratándose de personas jurídicas extranjeras de naturaleza pública o privada, sin domicilio en Colombia, no se requerirá su inscripción en el RUP, teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto 1082 de 2015, tal calidad se debe acreditar mediante el RUP del país de origen, su documento equivalente o certificación consularizada de que en dicho país no se exige tal actividad administrativa.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. Lo mismo ocurre en relación con la información que proviene del registro mercantil o del registro de entidades sin ánimo de lucro.
4.1.1.2. Aptitud legal del proponente
De acuerdo con la estructuración del proceso de selección, Transcaribe S.A. ha considerado que pueden participar como proponentes dentro del proceso licitatorio personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios o uniones temporales,
cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta sociedad o asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y un año más.
Los requisitos exigidos en el pliego de condiciones relacionados con la forma de acreditar la capacidad legal del proponente y de los miembros del proponente, en el caso de proponentes plurales, encuentra fundamento en las disposiciones civiles y comerciales que prevén los instrumentos a través de los cuales se verifica las condiciones de existencia y representación legal de las personas naturales y jurídicas.
Como parte de la verificación de los requisitos que acreditan la existencia, representación y capacidad, es necesaria la constatación tanto de la vigencia, como de la capacidad de las personas que manifiestan el consentimiento por cuenta de la persona que representan. En tal sentido, el pliego de condiciones regulará los requisitos que deben cumplir los representantes legales y los apoderados en el proceso de selección.
De otro lado, en el pliego de condiciones se incluirán requisitos de orden legal que deben ser observados por Transcaribe S.A., mediante los cuales se logre verificar la idoneidad del particular interesado en contratar con el Estado, en términos de responsabilidad fiscal y disciplinaria.
Los documentos para acreditar la capacidad legal deberán anexarse al FORMULARIO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, que son:
• Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal, con fecha de expedición no superior a treinta
(30) días anteriores a la entrega de las propuestas, cuyo objeto social incluya el objeto de la presente convocatoria tanto de su principal como de su sucursal y/o agencia.
• Autorización por parte del órgano competente al representante legal para presentar la propuesta y celebrar el contrato si le fuese adjudicado, en el evento de requerirse según el límite de las facultades del representante legal.
• Certificado suscrito por el revisor fiscal o representante legal acreditando el pago de los aportes de seguridad social y parafiscales, durante los 6 meses anteriores a la celebración del contrato correspondiente a esta contratación, o durante la vigencia de la sociedad si esta fuere menor. (Art. 50, Ley 789 de 2002 “Reforma Laboral”).
• Acuerdo consorcial (para consorcios o uniones temporales) en caso de presentarse bajo esta modalidad, y acta de la junta de socios o directiva autorizando la conformación de la unión o el consorcio, en caso de ser necesario según los estatutos.
• Certificado del Registro Único Tributario (RUT).
• Certificado de antecedentes judiciales del representante legal.
• Para el caso de Consorcios y unión temporal todos deberán estar inscritos en el RUP y la clasificación podrá complementarse entre sus miembros.
• No estar incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad acorde con lo establecido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, para lo cual deberá anexar: certificado de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, tanto para la persona jurídica como para su representante legal, Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación, tanto para la persona jurídica como para su representante legal, Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal, Certificado de antecedentes judiciales del representante legal o de la persona natural proponente y certificación donde conste que el proponente no está dentro de causal de inhabilidad o incompatibilidad y si es persona jurídica, que ni el representante legal ni los socios se encuentran en causal de inhabilidad o incompatibilidad para participar el proceso de contratación y suscripción del contrato con La Entidad.
• Certificación de contar con sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SST)
4.1.1.2.1. Acreditación de la existencia y representación legal del proponente
• Personas Naturales: Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación y registro mercantil.
Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
En relación con lo anterior, las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
• Personas Jurídicas Nacionales. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado de existencia y representación legal expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre de este proceso de selección, por la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad o la autoridad competente.
En dicho documento se deberá acreditar que el objeto social se encuentra relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
También deberá constar quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo. Se deberá acreditar que su duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año más. Si el representante legal tenga limitaciones para participar en procesos de selección, presentar propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar con la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano societario competente, que autorice de manera expresa al representante legal para la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.
• Personas Jurídicas Extranjeras con sucursal en Colombia. Las personas jurídicas extranjeras que tengan domicilio en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta.
En el Certificado de existencia y representación deberá constar quién es el representante legal y las facultades del mismo.
Se deberá acreditar que la duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año más. Igualmente, se deberá acreditar que en el objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.
• Personas Jurídicas Extranjeras sin sucursal en Colombia. Las personas jurídicas extranjeras que no tengan constituida sucursal en Colombia a la fecha de cierre, deberán acreditar que su duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año
más. Igualmente deberán acreditar que el objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
Adicionalmente, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes y en el pliego de condiciones y en caso de resultar adjudicataria del presente proceso (directamente o como integrantes de un consorcio o unión temporal), dichas personas deberán establecer una sucursal en Colombia, de conformidad con lo establecido en el Título VIII del Libro Segundo del Código de Comercio (Arts. 469 y ss.), teniendo en cuenta que el objeto del contrato materia del presente proceso de selección constituye actividad permanente, según el artículo 474 del X.Xx. Por la presentación de la propuesta, el oferente asume la obligación de acreditar TRANSCARIBE S.A., dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a la notificación de la adjudicación, que ha establecido la sucursal.
Las personas jurídicas extranjeras, sin sucursal en Colombia deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(i) Documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio.
Dicho documento, deberá ser expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre, y en él deberá constar su existencia, que su objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar, la fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), su vigencia, el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción del interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal, expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la respectiva jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad en que conste que: a) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; b) la información requerida en el presente numeral; y
(c) la capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
(ii) Extracto de los estatutos sociales o certificado de representante legal o funcionario autorizado.
Este documento deberá anexarse para acreditar:
a) Que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
b) Que su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia tiene(n) las suficientes facultades para la suscripción del Contrato.
c) Que su duración es por lo menos igual al plazo total estimado del Contrato y un (1) año más.
(iii) Autorización del órgano social competente de la sociedad
Deberá adjuntarse si el(los) representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.
(iv) Reciprocidad.
Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten Propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que exista un acuerdo, tratado o un convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, en el cual se establezca que a las ofertas de servicios colombianos se les concede en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los Contratos celebrados con el sector público.
El Proponente o miembro del Proponente conjunto, deberá presentar con su oferta una certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que contendrá lo dispuesto por el Decreto 1082 de 2015.
La inexistencia de la certificación mencionada no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
De conformidad con la Ley, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
• Consorcios y Uniones Temporales: Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera con domicilio en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados previamente, según corresponda.
Reglas de participación de consorcios y uniones temporales
Las personas naturales y las personas jurídicas legalmente constituidas podrán presentar ofertas a través de consorcio o unión temporal, para lo cual deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
El documento de constitución deberá cumplir mínimo con lo siguiente:
- Expresar si la participación es a título de consorcio o unión temporal.
- Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad, los términos y extensión –actividades a ejecutar, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito por parte de TRANSCARIBE S.A.
- Señalar el nombre o razón social, domicilios y representante legal de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y la participación porcentual de cada integrante.
- Indicar la duración del consorcio o de la unión temporal, la cual deberá ser, como mínimo, igual al plazo contado desde la fecha de cierre del presente proceso hasta la fecha de vencimiento del plazo de ejecución del contrato, incluyendo la financiación y un (1) año más.
- Hacer la designación de la persona que tendrá la representación convencional del consorcio o de la unión temporal, indicando expresamente sus facultades. El representante designado deberá contar con facultades amplias y suficientes para formular la propuesta y obligar a todos los integrantes del consorcio o unión temporal al momento de suscribir el contrato resultante. La persona que sea designada como representante del consorcio deberá tener un suplente que lo reemplace en sus faltas absolutas o temporales, debiendo quedar expreso en el acto de constitución la imposibilidad de renunciar sin que exista un reemplazo debidamente notificado ante la entidad.
- El consorcio o unión temporal deberá expresar que ninguno de los integrantes del mismo se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el Estado.
- Los integrantes del consorcio o unión temporal, así como sus representantes legales, deben tener plena capacidad jurídica para la presentación de la propuesta y para la suscripción y ejecución del contrato.
- El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante. En este sentido, los miembros del consorcio o unión temporal deberán acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con lo previsto previamente en el presente documento.
- En el evento en que existan limitaciones estatutarias a la capacidad del representante legal de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, deberán aportar autorización del órgano social competente facultándolo a presentar propuesta, suscribir y ejecutar el contrato.
4.1.1.3. Aportes parafiscales
El artículo 50 de la Ley 789 de 2010 prevé la obligación de las entidades estatales de verificar que los proponentes hayan efectuado el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 50. CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES. La celebración,
renovación o liquidación por parte de un particular, de contratos de cualquier naturaleza con Entidades del sector público, requerirá para el efecto, del cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Las Entidades públicas en el momento de liquidar los contratos deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas.
En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la Entidad pública deberá retener las sumas adeudadas al sistema en el momento de la liquidación y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento.
Cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los doce (12) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de doce (12) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Para la presentación de ofertas por parte de personas jurídicas será indispensable acreditar el requisito señalado anteriormente. El funcionario que no deje constancia de la verificación del cumplimiento de este requisito incurrirá en causal de mala conducta.
(…)” (Resaltado fuera del texto).
En el mismo sentido, la Ley 1150 de 2007 previó en relación con la obligación de acreditar en los procesos de selección el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscal, lo siguiente:
“ARTÍCULO 23. DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. El inciso segundo y el
parágrafo 1o del artículo 41 de la Ley 80 quedarán así:
Para la ejecución se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del presupuesto. El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
PARÁGRAFO 1o. El requisito establecido en la parte final del inciso segundo de este artículo, deberá acreditarse para la realización de cada pago derivado del contrato estatal.
El servidor público que sin justa causa no verifique el pago de los aportes a que se refiere el presente artículo, incurrirá en causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al régimen disciplinario vigente” (Resaltado fuera del texto).
Atendiendo a la obligación prevista en la normatividad antes citada, en el presente proceso de selección se exigirá al proponente la acreditación que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al SSSI, así como los propios al Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. En caso que suscriba la certificación el Revisor FIscal inscrito, deberá acompañar la certificación con la copia de la cédula, copia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia expedido por la Junta Central de Contadores.
4.1.1.4. Compromiso Anticorrupción
El proponente deberá diligenciar el respectivo FORMULARIO No. 2 que se denominará “Compromiso de Origen de Fondos, Legalidad y Anticorrupción”, por medio del cual certifica los pagos en que incurrirá el proponente, asociados con la oferta, así como su compromiso de NO ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público, en relación con su propuesta.
4.1.1.5. Certificado de antecedentes disciplinarios
La entidad verificará que no se encuentren reportados en la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, respecto del proponente y del representante legal. Y en el caso de proponentes plurales, de cada uno de los integrantes y sus representantes legales.
4.1.1.6. Certificado de responsabilidad fiscal
La entidad verificará que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con al artículo 60 de la ley 610 de 2000, respecto del proponente y del representante legal. Y en el caso de proponentes plurales, de cada uno de los integrantes y sus representantes legales.
4.1.1.7. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal
Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía.
Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman.
4.1.1.8. Garantía de seriedad de la oferta
En relación con la obligación de prestar garantía de seriedad del ofrecimiento realizado, el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 prevé lo siguiente:
“Artículo7°. De las garantías en la contratación. Los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. Los proponentes prestarán garantía de seriedad de los ofrecimientos hechos.
(…)
Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de seguro y en los contratos cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantía a que se refiere esta ley, caso en el cual corresponderá a la entidad determinar la necesidad de exigirla, atendiendo a la naturaleza del objeto del contrato y a la forma de pago, así como en los demás que señale el reglamento.
(…)”.
Atendiendo a la naturaleza y cuantía del contrato a celebrar con ocasión del presente proceso de selección, en el pliego de condiciones se exigirá la presentación de una garantía de seriedad del ofrecimiento. Los tipos y condiciones de las garantías a presentar se regirán por lo previsto en el Decreto 1082 de 2015.
En cuanto al monto exigido para garantizar el cumplimiento de la obligación, la misma responde a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, esto es por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto de la presente contratación, esto es, la suma de $ 95´633.504,00.
4.1.1.9. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL REPRESENTANTE LEGAL O DE LA PERSONA NATURAL PROPONENTE.
4.1.1.10. CERTIFICACIÓN DONDE CONSTE QUE EL PROPONENTE NO ESTÁ DENTRO DE CAUSAL DE INHABILIDAD O INCOMPATIBILIDAD y si es persona jurídica, que ni el representante legal ni los socios se encuentran en causal de inhabilidad o incompatibilidad para participar el proceso de contratación y suscripción del contrato con TRANSCARIBE S.A
4.1.1.11. CONSULTA EN EL REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS. Los proponentes adjuntarán constancia de consulta en el registro nacional de medidas correctivas del representante legal o proponente persona natural.
4.1.1.12. CERTIFICACIÓN DE CONTAR CON SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST)
El proponente debe allegar copia legible y completa de certificado actualizado y vigente, expedido por la correspondiente ARL, en el cual conste que el proponente y/o cada uno de sus integrantes aplicó en el año 2019 la autoevaluación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, conforme a la Resolución 0312 del 2019, obteniendo un resultado ACEPTABLE. Dicho certificado debe tener una fecha de expedición no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
4.1.2 CONDICIONES TECNICAS DE LA PROPUESTA:
4.1.2.1. PROCEDIMIENTO XX XXXXXX DE ESTACIONES
El proponente debe adjuntar a su propuesta el procedimiento xx xxxxxx de estaciones tanto diurno como nocturno avalado por un profesional con título en ingeniería ambiental o título en cualquier ingeniería con especialización, maestría o doctorado en Ciencias Ambientales o Ingeniería Ambiental o Gestión Ambiental.
4.1.2.2. EXPERIENCIA HABILITANTE
De conformidad con lo establecido en el numeral 1º del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, en concordancia con lo señalado en el “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación”, emitido por la Agencia nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente, la experiencia acreditada es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto contractual en un proceso de selección determinado, la cual es verificada por la Entidad contratante con base en información que se encuentre certificada en el RUP, para lo cual el proponente deberá aportar el certificado de inscripción expedido por la Cámara de Comercio vigente. Lo anterior con el propósito de garantizar la calidad e idoneidad del proponente en la ejecución de la actividad implícita al presente proceso.
La experiencia del proponente se verificará en el RUP, con mínimo un (1) contrato que comprenda los CÓDIGOS UNSPSC establecidos dentro del presente proceso.
Clasificación UNSPSC | DESCRIPCION |
76111500 | Servicios de limpieza y mantenimiento de edificios generales y de oficinas |
76101500 | Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos. Servicios de descontaminación. Desinfección. |
Los contratos que se pretendan acreditar deben tener las siguientes características:
- Estar registrados en el RUP;
- la sumatoria de los contratos debe ser igual o superior a 100% del presupuesto oficial de la presente contratación, expresado en salarios mínimos
- Los contratos deben haberse ejecutado en un 100%.
En caso de que la información contenida en el RUP no permita acreditar la totalidad de las exigencias establecidas, el proponente deberá aportar certificaciones, actas, copia de contratos o actas de liquidación, que contengan como mínimo la siguiente información:
Nombre del contratante Nombre del Contratista Objeto del contrato
Fecha de inicio y fecha de terminación (día, mes y año) Valor del contrato
Descripción clara de las actividades que acrediten la experiencia técnica mínima requerida.
Firma de quien expide la certificación, suscribe el acta o el contrato.
En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.
Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de constituidas, se podrá acumular la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015.
En caso de certificaciones expedidas por entidades de derecho privado el proponente deberá adjuntar además de la certificación, copia del contrato respectivo u órdenes de compra y copia de la facturación.
Nota: Los salarios mínimos de cada certificación se liquidarán con base en el salario mínimo legal mensual vigente de fecha de suscripción del contrato correspondiente.
Para el caso de proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP, deben acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sea proponentes
individuales o integrantes de un consorcio o una unión temporal, mediante el diligenciamiento del FORMULARIO No. 4 CERTIFICADO DE ACREDITACION DE EXPERIENCIA
xxx xxxxxx de condiciones.
La entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada por el oferente y lo establecido por la Entidad, la propuesta no será evaluada técnicamente, lo anterior sin perjuicio de las acciones penales pertinentes.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con todos los requisitos establecidos, en cuanto a la experiencia y acreditar todos los aspectos de acuerdo a su porcentaje de participación.
4.1.3 CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE
En concordancia con lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015, que define la capacidad financiera como condición que se verificará para habilitar una oferta previa a la calificación, se efectuará con fundamento en el cumplimiento de la documentación requerida.
Para determinar la capacidad financiera se tomarán los indicadores del Registro Único de Proponentes – RUP. Así, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, con base en la información financiera a diciembre de 2018 o diciembre de 2019, se exigirá lo siguiente:
INDICADOR | FORMULA | INDICE REQUERIDO |
Índice de Liquidez | activo corriente/pasivo corriente | Igual o superior a 1.7 |
Índice de endeudamiento | Pasivo total sobre activo total X 100 | Igual o inferior a 55% |
Razón de cobertura de intereses | Utilidad Operacional/Gastos de Intereses | Igual o superior a 4 |
4.1.4. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Para determinar la capacidad de organización se tomarán los indicadores del Registro Único de Proponentes – RUP. Así, de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, se exigirá lo siguiente:
INDICADOR | FORMULA | INDICE REQUERIDO |
Rentabilidad del patrimonio | Utilidad neta dividida por el patrimonio | Igual o superior a 10% |
Rentabilidad del activo | Utilidad neta dividida por el activo total | Igual o superior a 4% |
En el caso de OFERENTES PLURALES, UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO, la capacidad financiera la acreditarán así:
- ÍNDICE DE LIQUIDEZ, será igual a la ponderación de índice de cada uno de los proponentes, teniendo en cuenta su participación porcentual en la oferta plural presentada en el consorcio y/o unión temporal El resultado a acreditar es mayor o igual a 1.7.
- El NIVEL DE ENDEUDAMIENTO será igual a la ponderación de índice de cada uno de los proponentes, teniendo en cuenta su participación porcentual en la oferta plural presentada en el consorcio y/o unión temporal. El resultado a acreditar debe ser igual o menor del 55%.
- LA COBERTURA DE INTERÉS será igual a la ponderación de índice de cada uno de los proponentes, teniendo en cuenta su participación porcentual en la oferta plural presentada en el consorcio y/o unión temporal. El resultado a acreditar debe ser igual o mayor de 4.
- LA RENTABILIDAD SOBRE EL PATRIMONIO será igual a la ponderación de índice de cada uno de los proponentes, teniendo en cuenta su participación porcentual en la oferta plural presentada en el consorcio y/o unión temporal l y debe ser mayor o igual (≥) 10%.
- LA RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS será igual a la ponderación de índice de cada uno de los proponentes, teniendo en cuenta su participación porcentual en la oferta plural presentada en el consorcio y/o unión temporal debe ser mayor o igual (≥) 4%
Para el caso de PROPONENTES EXTRANJEROS, no obligados a estar registrados en el RUP, deben acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sea proponentes individuales o integrantes de un consorcio o una unión temporal, mediante el diligenciamiento del FORMULARIO CERTIFICADO DE ACREDITACION DE CAPACIDAD
FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL xxx xxxxxx de condiciones.
Notas Generales
NOTA 1: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin domicilio o de personas jurídicas extranjeras que no tenga establecida sucursal en Colombia, no se le exigirá el RUP.
NOTA 2: Cuando el proponente sea un gobierno extranjero o alguna entidad estatal extranjera del orden nacional, no requerirá acreditar la capacidad patrimonial, siempre y cuando se anexe una carta emitida por el representante legal, bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que no está obligado por ley a presentar los documentos financieros requeridos en el pliego de condiciones.
NOTA 3: Los Oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0). En este caso el Oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
NOTA 4: Cuando en desarrollo de la verificación financiera requiera verificar información adicional del proponente, podrá solicitarse los documentos que se consideren necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como Estados Financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que se consideren necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a solicitud de esta entidad puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
La verificación de los requisitos financieros se realizará de acuerdo con la información que parezca reportada en el Registro Único de Proponentes, RUP.
Para verificar la capacidad financiera se tendrá en cuenta la información correspondiente al año fiscal 2018 o 2019, contenida en el RUP.
Cuando el proponente no cumpla con los requisitos financieros mínimos establecidos, la propuesta será evaluada como NO CUMPLE FINANCIERAMENTE, lo que generará el rechazo de la misma.
4.2 REQUISITOS PONDERABLES
El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones.
El numeral 2° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 estipula que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. …”
El artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, que reglamenta el ofrecimiento más favorable a que se refiere el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, consagra que: “En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio …”.
La ponderación se efectuará entonces, sobre los elementos de calidad y precio señalados en el pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos.
La ponderación se hará únicamente a las propuestas HABILITADAS en los aspectos de capacidad jurídica y financiera, experiencia y organización.
Para la presentación de la propuesta, el oferente debe ceñirse a las condiciones establecidas a continuación. La presentación de la propuesta será evidencia de que el interesado ha examinado cuidadosamente los documentos, que entiende sus alcances y significado, que no tiene reserva sobre ellos, que los acepta integralmente y que han sido considerados para preparar la propuesta.
Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación máxima total de 1000 puntos, así:
FACTOR | CRITERIO | PUNTAJE MAXIMO | |
Ponderación económica | Media Aritmética | 500 | |
Ponderación de calidad | Recurso Técnico | 300 | 390 |
Recurso humano | 90 | ||
Apoyo a la industria nacional | 100 | ||
Acreditación de Trabajadores con discapacidad | 10 | ||
PUNTAJE TOTAL | 1000 puntos |
Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación son:
4.2.1. PONDERACIÓN ECONÓMICA (Hasta 500 Puntos)
Para efectos de la evaluación económica, se tendrá en cuenta el valor total mensual ofertado, antes de IVA, contemplando mínimo, los salarios con los cuales se preparó el presupuesto, la totalidad de cargas laborales y prestacionales mínimas exigidas por la ley laboral colombiana, e incluido todos los costos requeridos para la prestación de los servicios a contratar, así como los costos de administración, impuestos y de legalización del contrato.
Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la media aritmética, así:
= vp1+vp2…+vpn
n
Donde:
= media aritmética
Vpn= valor de las propuestas habilitadas n= número de propuestas habilitadas
Se asignará 500 puntos a la propuesta que esté más próximo por debajo de la media aritmética. Las demás propuestas recibirán 10 puntos menos que la anterior en la medida en que su valor se aleje de la media aritmética en forma consecutiva hasta agotar las propuestas habilitadas. Para las propuestas con valores superiores a la media aritmética se le asignaran 10 puntos menos que el menor puntaje obtenido por la propuesta que tienen valor por debajo de la media aritmética y 10 puntos menos que la anterior en la medida que se aleje por encima de la media aritmética.
4.2.2. PONDERACIÓN DE ELEMENTOS DE CALIDAD (390 puntos)
Con el fin de escoger la propuesta más favorable para la Entidad, y que los diferentes servicios contratados por la Entidad sean cubiertos con personal competente teniendo en cuenta las condiciones de los puestos y con recurso tecnológico, en procura de la calidad del servicio, se evaluarán los siguientes factores de calidad:
4.2.2.1. RECURSO TÉCNICO (300 PUNTOS)
Para la asignación del puntaje el proponente debe ofrecer los siguientes equipos de su propiedad, o en leasing o arrendamiento, para mantenimientos industriales modelo 2015 o superior, con las siguientes características:
⮚ Equipo xx xxxxxx, desengrasante y desinfectante con capacidad para producción de agua caliente y agua fría, Motores Twin con arranque de llave eléctrica, Sistema calentador a base de DIESEL para no requerir conectar a energia electrica, Temperatura ajustable 121 ºC, Carrete de manguera para conectar 3 hidrolavadoras, Tanque de almacenamiento de agua limpia 2 m3, Tanque de almacenamiento para jabones y detergentes 200 galones montado sobre un tráiler para su fácil transporte (adjuntar ficha técnica del fabricante y declaración de importación). 150 PUNTOS.
⮚ Maquina Limpia pisos: Equipo para el desmanchado de pisos en hormigón, de superficie rotatoria, flow de 3.000 psi de presión, trabajo con agua caliente para remoción de grasas, brazo de aspersión rotatorio, single brush. (adjuntar ficha técnica del fabricante y declaración de importación). 150 PUNTOS.
NOTA: Para acreditar la propiedad o el arrendamiento o leasing, se deben presentar: contrato de compra venta o factura de venta, contrato de arrendamiento o contrato de leasing. Así mismo se debe adjuntar el documento de importación de la maquinaria ofertada.
4.2.2.2. RECURSO HUMANO (90 PUNTOS)
Para la asignación del puntaje, el proponente deberá ofrecer lo siguiente:
a) COORDINADOR (50 PUNTOS)
El proponente que ofrezca como COORDINADOR una persona profesional universitario con título en ingeniería ambiental o título en cualquier ingeniería con especialización, maestría o doctorado en Ciencias Ambientales o Ingeniería Ambiental o Gestión Ambiental, con más de cinco (5) años de experiencia en coordinación de contratos de aseo, y experiencia acreditable como capacitador en gestión y manejo adecuado de residuos sólidos, obtendrá 50 PUNTOS.”
PARA OBTENER LA PUNTUACIÓN ESTABLECIDA DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS ANTES DESCRITOS.
b) JEFE DE JARDINERIA (40 PUNTOS)
El proponente que ofrezca como JEFE DE JARDINERIA una persona con formación académica en Poda de Especies Vegetales, Labores de Mantenimiento xx xxxxxx y jardines, Poda y Ornato de Plantas en zonas verdes Urbanas, Implementación de zonas verdes, obtendrá 40 PUNTOS.
El personal propuesto no puede tener antecedentes penales, ni disciplinarios, acreditados mediante certificados vigentes expedidos por la Policía Nacional y por la Procuraduría General de la Nación, respectivamente, para lo cual el proponente presentará dichos certificados.
Se debe anexar hoja de vida y carta de compromiso en donde el coordinador y jefe de jardinería se compromete a prestar sus servicios en caso de llegarle a ser adjudicado el contrato al Proponente.
NOTA:
Para acreditar la experiencia del Coordinador y jefe de jardinería, el Proponente debe anexar en su propuesta certificaciones que reúnan los siguientes requisitos:
• Ser expedidas por la empresa o entidad contratante
• Señalar el objeto del contrato
• Indicar fecha de inicio y terminación del contrato (día, mes y año). En caso que la certificación no indique el día de inicio, se tomará el último día calendario del mes o en el evento, que la certificación no exprese el día de terminación, se tomará el primer día calendario del mes.
• Indicar nombre, dirección y teléfono del contratante.
En el evento en que las certificaciones no contengan toda la información solicitada, el Proponente debe anexar copia del contrato o el acta de liquidación del mismo, de tal forma que la información no contenida en la certificación, se complemente con el contenido de dichos documentos.
Si el Proponente es el mismo que certifica al personal ofrecido, además de la certificación aquí descrita, debe presentar copia del contrato suscrito entre el Proponente y su contratista.
Además de los contratos y las certificaciones o demás documentos que acreditan la experiencia del personal propuesto, el Proponente deberá adjuntar, según se trate del Coordinador o jefe de jardinería, los siguientes documentos:
• Copia del acta de grado o diploma de título, copia del acta de grado o diploma de postgrado en caso de ser necesario como complemento para justificar el perfil solicitado.
• Copia del documento de homologación de los títulos obtenidos en el exterior, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, si es necesario.
4.2.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL: (Máximo 100 puntos)
Para este componente, TRANSCARIBE tendrá en cuenta si los servicios son de origen nacional o extranjero. En aplicación del principio de reciprocidad y de apoyo a la industria nacional de que trata la Ley 816 de 2003 y en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de empresas o sociedades de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales. En este caso deberá señalarse el tratado, convenio o acuerdo y/o la ley de ratificación.
Igual tratamiento recibirán aquellos proponentes originarios de países en los cuales a las ofertas de servicios de origen colombiano se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus servicios nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. Esto se demostrará con un informe o certificado de la respectiva Misión Diplomática Colombiana que debe indicar por los menos los siguientes aspectos:
- País de origen.
- Funcionario competente (nombre, cargo y firma). Citación de la disposición legal que lo autoriza para expedir la certificación.
- Indicación xx xxx interna del país extranjero o del documento referente al trato igualitario a los proponentes colombianos en materia de acceso a contrataciones estatales.
Para la asignación del puntaje de que trata este numeral el proponente debe presentar junto con su propuesta, manifestación en la cual indique bajo la gravedad del juramento si el personal que labora para el proponente es cien por ciento (100%) nacional o aplica principio de reciprocidad; si parte del personal que labora para el proponente es extranjero sin que acredite principio de reciprocidad o si la totalidad del personal que labora para el proponente es de nacionalidad extranjera sin que acredite principio de reciprocidad.
Se reitera que dicha manifestación debe presentarse con la oferta, so pena de no otorgarse el respectivo puntaje por este aspecto.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, este criterio se calificará así:
ASPECTO | PUNTAJE |
Si todo el personal presentado de nacionalidad colombiana, o aplica principio de reciprocidad, de acuerdo a manifestación del proponente | 100 PUNTOS |
Si dentro del personal presentado hay algunos de nacionalidad extranjera sin acreditación de principio de reciprocidad, de acuerdo a manifestación del proponente. | 50 PUNTOS |
Si todo el personal presentado es de nacionalidad extranjera, y no acredita principio de reciprocidad | 0 PUNTOS |
4.2.4. ACREDITACIÓN DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD (10 puntos)
El Decreto 392 de 2018, “Por el cual se reglamentan los numerales 1 y 8 del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013 sobre incentivos en Procesos de Contratación a favor de personas con discapacidad”, adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015, en su artículo 1° señalando que en los procesos de licitación pública y concursos de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal.
Actuando de conformidad en este proceso de selección para el otorgamiento de xxxxxxx, el proponente debe acreditar la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo a los siguientes requisitos:
1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificados los anteriores requisitos, se asignará la calificación a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Si la oferta es presentada por proponente plural, consorcio o unión temporal, se tendrá en cuenta la plata de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la contratación.
4.3 GARANTÍAS
4.3.1 Generalidades
En virtud del artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
1. Póliza de seguros
2. Fiducia mercantil en garantía – patrimonio autónomo
3. Garantía bancaria
Los anteriores mecanismos de cobertura del riesgo se sujetarán a las condiciones y requisitos generales establecidos en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el Código de Comercio y demás normas concordantes.
Por otra parte, debe tenerse en cuenta que de acuerdo con el artículo 2.2.1.2.3.1.4. del Decreto 1082 de 2015 cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal o Consorcio, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes
En el presente proceso de selección se exigirán las siguientes garantías:
4.3.1.1 Póliza de seguros
La póliza deberá presentarse en ORIGINAL y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. A la póliza deberán adjuntarse las Condiciones Generales de la misma, correspondientes a las depositadas por la aseguradora en la Superintendencia Financiera.
Se entenderá, por ministerio de la ley, que el seguro no expirará por falta de pago de la prima ni por revocación unilateral.
Cuando no sea posible la contratación de la póliza con compañías aseguradoras legalmente establecidas en Colombia, la misma podrá contratarse con aseguradoras del exterior previa autorización que, por razones de interés general, imparta la Superintendencia Financiera, de conformidad con lo establecido en el Artículo 188 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
4.3.1.2 Fiducia mercantil en garantía – patrimonio autónomo
El proponente deberá presentar una COPIA del respectivo contrato xx xxxxxxx y el ORIGINAL del certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria, documentos con los cuales se acreditará la constitución de la garantía. En todo caso dicho documento deberá cumplir con las exigencias contenidas en el artículo 2.2.1.2.3.3.1. y ss del Decreto 1082 de 2015.
4.3.1.3 Garantía bancaria
El proponente deberá presentar el documento mediante el cual acredita el otorgamiento de la garantía, según se dispone más adelante, dependiendo de la clase de garantía bancaria que presente.
Frente a este tipo de garantías debe cumplirse lo contenido en el artículo 2.2.1.2.3.4.1. del Decreto 1082 de 2015 según el cual:
“Garantías bancarias. La Entidad Estatal puede recibir como garantía en los términos de los artículos 115 y 116 del presente decreto garantías bancarias y las cartas de crédito stand by, siempre y cuando reúnan las siguientes condiciones:
1. La garantía debe constar en documento expedido por una entidad financiera autorizada por la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces, otorgado de acuerdo con las normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
2. La garantía debe ser efectiva a primer requerimiento o primera demanda de la Entidad Estatal.
3. La garantía bancaria debe ser irrevocable.
4. La garantía bancaria debe ser suficiente en los términos de los artículos 118 a 125 del presente decreto.
5. El garante debe haber renunciado al beneficio de excusión.”
Serán admisibles las siguientes clases de garantías bancarias a primer requerimiento:
A - El contrato de garantía bancaria: El proponente acreditará la constitución de la garantía de seriedad de la propuesta mediante la entrega del documento ORIGINAL contentivo del contrato, suscrito por el representante legal del establecimiento de crédito o por su apoderado, y que cumpla con lo indicado a continuación.
La entidad bancaria emisora, obrando por cuenta y por orden del proponente, se obligará irrevocablemente para con TRANSCARIBE S.A., en calidad de beneficiaria, a pagarle el monto cubierto por la garantía como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que con ocasión de la propuesta, surjan para el proponente de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones.
TRANSCARIBE S.A. podrá aceptar como garantías bancarias a primer requerimiento para amparar la seriedad de la propuesta, los contratos de garantía bancaria, siempre y cuando dichas garantías consten en un documento en el cual se cumplan las siguientes condiciones:
1. En el contrato debe constar el nombre de TRANSCARIBE S.A. como beneficiario de la garantía;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite del presente numeral denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. La vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este mismo numeral.
4 Deberá constar que el establecimiento de crédito asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de TRANSCARIBE S.A., el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del proponente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte del mismo;
5. Debe constar la forma de hacer exigible la garantía;
6 Se hará constar que la garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito el acto administrativo en firme que declara el acontecimiento de cualquiera de los
eventos constitutivos deincumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos.
7. La entidad emisora efectuará el pago dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que TRANSCARIBE S.A. le entregue el acto administrativo debidamente ejecutoriado, en el que conste el incumplimiento del proponente y se disponga el cobro de la garantía.
B - La carta de crédito stand by: El proponente o miembro de un proponente, acreditará la constitución de la garantía de seriedad de la propuesta mediante la entrega del documento ORIGINAL contentivo de la carta de crédito stand by, suscrita por el representante legal de la entidad emisora o por su apoderado, y que cumpla con lo indicado a continuación.
La carta de crédito stand by deberá haber sido expedida por una entidad crediticia sometida a la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia. En el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, podrán otorgar cartas de crédito stand by expedidas en el exterior.
TRANSCARIBE S.A. podrá aceptar como garantías bancarias a primer requerimiento para amparar la seriedad de la propuesta, las cartas de crédito stand by siempre y cuando dichas garantías consten en un documento en el cual se cumplan las condiciones siguientes condiciones:
1. En la carta de crédito stand by debe constar el nombre de TRANSCARIBE
S.A. como beneficiario de la carta de crédito;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. La vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este pliego de condiciones
4 Deberá constar que la entidad emisora de la carta de crédito, asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de TRANSCARIBE S.A., el compromiso de pagarle en dinero las obligaciones surgidas a cargo del proponente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte del mismo;
5. La entidad emisora efectuará el pago, a primer requerimiento, contra entrega por parte de TRANSCARIBE S.A. de la carta de crédito, acompañada del acto administrativo debidamente ejecutoriado, en el que conste el respectivo evento constitutivo de incumplimiento por parte del proponente de la seriedad de los ofrecimientos hechos y se disponga el cobro de la garantía;
6. Debe constar la forma de hacer exigible la carta de crédito.
4.3.2 Garantía de seriedad de la oferta
Una vez vencido el plazo para la presentación de las propuestas, se entenderá que la propuesta formulada por cada oferente es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta hasta el momento de suscripción del contrato.
Para participar en este proceso de selección, la propuesta debe, simultáneamente desde su presentación, estar acompañada de la garantía de seriedad, de acuerdo con lo establecido en las normas legales sobre la materia y en este pliego de condiciones. La no presentación de la garantía de forma simultánea con la propuesta, será causal de rechazo de esta última. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor de TRANSCARIBE S.A.
Atendiendo a la naturaleza y cuantía del contrato a celebrar con ocasión del presente proceso de selección, en el pliego de condiciones se exigirá la presentación de una garantía de seriedad del ofrecimiento. Los tipos y condiciones de las garantías a presentar se regirán por lo previsto en el Decreto 1082 de 2015.
En cuanto al monto exigido para garantizar el cumplimiento de la obligación, la misma responde a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, esto es por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto de la presente contratación, esto es, la suma de $ 95´633.504,00, y con vigencia desde la presentación de la Oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato, que se presume será dentro del plazo de vigencia de la propuesta (60 días calendario).
4.3.2.1 Saneamiento de la garantía
La omisión de aportar la garantía de seriedad de manera simultánea con la propuesta será causal de rechazo de ésta última. En todo caso TRANSCARIBE S.A., cuando la garantía presentada simultáneamente con la propuesta no sea expedida o constituida de acuerdo con los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones, podrá requerir al proponente para que remita las modificaciones del caso, dentro del plazo que al efecto le señale.
4.3.2.2 Devolución de la garantía
TRANSCARIBE S.A., previa solicitud escrita del oferente, devolverá las garantías de seriedad de todas las ofertas, una vez haya sido perfeccionado el contrato adjudicado y se hayan aprobado por TRANSCARIBE S.A. las garantías contractuales que amparen los riesgos propios de la etapa contractual o quede en firme la resolución que declare desierto el proceso.
4.3.3 Garantía única de cumplimiento
La garantía, de acuerdo con el artículo 7 de la ley 1150 de 2007 deberá ser suficiente para amparar las obligaciones del contratista y cubrir los riesgos a que se ve avocada la entidad pública que celebra el contrato. A continuación se establece los riesgos que
pueden existir para la entidad y a la vez el amparo que se debe tener, así como las vigencias y las cuantías que se deben asegurar:
CUMPLIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO: El riesgo que puede ocurrir consiste en que el contratista incumpla total o parcialmente con las obligaciones del contrato, el cumplimiento tardío o defectuoso de estas, los daños imputables al contratista, por lo cual debe garantizar el pago de multas y la cláusula penal pecuniaria. Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES:
Del personal que empleará para la ejecución del contrato. Por una cuantía xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del acta de finalización del contrato.
NOTA: Tanto la garantía de seriedad, como la de cumplimiento, deberán expedirse teniendo en cuenta además de lo descrito por la compañía seguradora, la siguiente información y deberá presentarse firmada por el tomador:
Asegurado/Beneficiario: Transcaribe S.A. Nit de TRANSCARIBE S.A.: 806014488-5
Dirección: Xxxxxxxxxxxx Xxxxx xxxxxxxx 00 Xx. 00 - 00
Teléfono: 0000000
4.4 SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato estará en cabeza de TRANSCARIBE S.A. La supervisión será ejecutada por el DIRECTOR DE PLANEACION E INFRAESTRUCTURA de TRANSCARIBE S.A.
En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el contratista y TRANSCARIBE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
El supervisor debe ejercer un control integral, técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre la ejecución del proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del mismo.
El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por escrito, y con copia al representante legal de la Entidad.
Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, el
supervisor comunicará dicha situación al representante legal de la Entidad, para que este tome las medidas que considere necesarias.
El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, incumpliendo así el desarrollo normal de las actividades programadas.