PERFIL DEL CONTRATANTE
PERFIL DEL CONTRATANTE
ANUNCIOS DE LICITACIÓN Y PROCEDIMIENTOS EN CURSO Y CONCLUIDOS:
Actualización de fecha 28 de enero de 2015.
PROCEDIMIENTOS:
Contratación de Red Corporativa Multiservicio referida a telefonía fija, de móviles, acceso a Internet y comunicación de datos. Se adjunta en anexo decreto de adjudicación y contrato.
Contrato de obra por desplazamiento de Estación de Bombeo de aguas residuales de Santa Xxxx de La Palma. Se ha seguido procedimiento abierto con publicación en el BOP. Se adjunta decreto de adjudicación.+
Contrato de servicios de Gabinete de Prensa para el ejercicio 2015. Se adjunta decreto de adjudicación y contrato.
Contrato de Servicios Gerencia de la Bajada de la Virgen. Se adjunta decreto de adjudicación y contrato.
Contrato de servicios para la Bajada de la Virgen de 2015, venta de entradas vía Internet y
taquillas. Se adjunta decreto de inicio. Procedimiento abierto, próxima publicación en el BOP. Se adjunta decreto de inicio y copia de anuncio de licitación.
Contrato de servicios captación y gestión de patrocinios para la Bajada de la Virgen 2015. Se adjunta decreto de adjudicación y contrato.
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ANEXOS DE DOCUMENTOS:
N.º Expediente:
Asunto: Contratación Serv Telefonía.
ANEXO I
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
DECRETO.- En S/C de La Palma a 23 de diciembre de 2014.
Visto que con fecha 19 de diciembre pasado se procedió a la celebración xx Xxxx de Contratación para la valoración de ofertas en el procedimiento de contratación de “Red Corporativa Multiservicio de telefonía fija, de móviles, acceso a internet y comunicación de datos”.
Visto el informe técnico presentado por el Sr Ingeniero Técnico Municipal y la propuesta de la Mesa de Contratación en relación a la única oferta presentada que, además de reunir los requisitos mínimos exigidos para la licitación, se ha valorado con la puntuación final siguiente:
Empresa: Unión Temporal de Empresas Telefónica de España S.A.U., con cif A- 82018474 y Telefónica Móviles de España S.A.U., con cif A-789223125.
Oferta económica: 80.504,88 euros. 30 puntos. Oferta Solución Técnica: 40 puntos.
Oferta Tiempo Instalación: 5 puntos.
Oferta Tiempo de Respuesta Averías: 4 puntos. Oferta Mejoras: 18 puntos.
Total puntuación obtenida: 97 puntos.
Vistos los artículos 151 .1 . 3 y 4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx reguladora de Bases de Régimen Local,
R E S U E L V O
1.- Adjudicar a la UTE conformada por las empresas Telefónica de España S.A.U., con cif X-00000000 y Telefónica Móviles de España S.A.U., con cif A- 789223125, el contrato denominado “Red Corporativa Multiservicio de telefonía fija, de móviles, acceso a internet y comunicación de datos”, conforme a los pliegos de cláusulas y prescripciones obrantes en el expediente, por un importe mensual excluido el IGIC de 6.269,85 euros (Igic 438,89 euros), y un precio total por cinco anualidades sin IGIC de
376.191 euros (Igic total anualidades 26.333,37 euros), así como las modalidades y especificidades de servicio incluidos en su oferta. En todo caso, el adjudicatario, que declara conocer en su integridad los pliegos y se obligará al estricto cumplimiento de su contenido así como al contenido de la oferta presentada.
2.- El adjudicatario habrá de efectuar el depósito de la garantía o aval definitivo por importe del 5% del contrato, excluido el IGIC (18.809,55 €), en la Tesorería Municipal en cualquiera de las formas admitidas en Derecho con carácter previo a la firma del contrato y dentro de los diez días siguientes a la recepción de este decreto, así como la acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones para con la Seguridad Social y La Comunidad Autónoma de Canarias, a lo que se supedita y condiciona la efectividad de la presente adjudicación.
3.- Comuníquese al interesado, al servicio que supervisa el cumplimiento de los términos del contrato, a los servicios económicos y efectúese la inclusión de anuncio en el Perfil del Contratante.
EL ALCALDE ANTE MI,
LA SECRETARIA ACCTAL.
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX X/X XX XX XXXXX.
Xx Xxxxx Xxxx xx Xx Xxxxx, a 19 de enero de 2015.
R E U N I D O S
De una parte, Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en calidad xx Xxxxxxx Presidente del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA XXXX DE LA PALMA, con C.I.F. nº P-
3803700-H y con domicilio en la Xxxxx xx Xxxxxx, xx 0 xx Xxxxx Xxxx xx Xx Xxxxx, asistido de la Secretaria Acctal. del Ayuntamiento, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx de Xxx Xxxxxxxx, que da fe del acto.
Y de la otra la UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS TELEFÓNICA DE ESPAÑA SAU - TELEFÓNICA MOVILES DE ESPAÑA, SAU Ley 18/1982 de 26 xx
xxxx y ley 12/1991 de 29 xx xxxxx (en adelante UTE TdE-TME, CCCXCVII), con código de identificación fiscal X-00000000. Representada en este acto por su gerente única DOÑA XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, mayor de edad, vecina de Madrid, con domicilio a efectos del presente contrato en Xxxx xxx xxxxxx 00 y con D.N.I. 1489621A, según así consta en la escritura pública notarial de fecha trece de enero de 2015 otorgada ante el Xx Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx con número de protocolo ciento once, y quien afirma que la dicha entidad tiene plena capacidad para contratar y no está incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad e incapacidad que determinan las disposiciones vigentes en esta materia y estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Ambas partes, en la representación en que intervienen, reconociendo mutuamente capacidad, para obligarse.
E X P O N E N
I)- Que el Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma está interesado en contratar con el segundo compareciente el servicio de “Red Corporativa Multiservicio de telefonía fija, de móviles, acceso a Internet y comunicación de datos” en el Municipio, todo ello conforme al procedimiento contractual abierto que se ha seguido oportunamente.
II)- Que estando ambas partes de acuerdo en llevar a cabo este contrato, lo formalizan de conformidad con las siguientes:
A. E S T I P U L A C I O N E S
1º.- Es objeto del contrato la prestación del servicio consistente en Red Corporativa Multiservicio de telefonía fija, de móviles, acceso a Internet y comunicación de datos por el plazo de CUATRO AÑOS, a contar desde la fecha de inicio de la prestación que coincide con la firma del presente documento y prorrogable por un máximo de una anualidad más.
2º.- El precio del contrato se fija en CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS
(402.524,37) incluido IGIC, y que en forma desglosada queda determinado por 376.191 € de principal más 26.333,37 € de Igic. Promediado en mensualidades de 6.269,85 euros
cada una (Igic 438,89) cuya ejecución se ajustará estrictamente al contenido de la oferta presentada y que consta en el expediente.
3º.- Los precios de contratación no podrán ser objeto de revisión y, en su caso, el contrato podrá ser prorrogado conforme a las bases que han regido la contratación por un máximo de una anualidad más.
4º.- El adjudicatario se compromete al cumplimiento de las condiciones de este contrato y de la totalidad de las determinaciones xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y del de Prescripciones Técnicas que declara conocer, siendo causa de resolución del mismo el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones en aquellos contenidas. Igualmente queda obligado el contratista a cumplir estrictamente con los términos de su oferta de servicio presentada en el proceso contractual.
5º.- El Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma queda igualmente obligado al cumplimiento de este contrato.
6º.- El presente contrato tendrá carácter administrativo y se regirá conforme lo dispuesto en el Texto Refundido de La Ley de Contratos del Sector Público (L 3/11 de 14 de noviembre) y su Reglamento de desarrollo en cuanto a sus disposiciones vigentes (RD 1098/2001, de 12 de Octubre).
Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos serán resueltos por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos procederá el recurso contencioso administrativo conforme a la Ley Reguladora de dicha jurisdicción y, con carácter potestativo, el de reposición ante el órgano que dicto el acto impugnado.
7ª.- El presente contrato no implica vinculación laboral o funcionarial de ningún tipo de las contratadas con la Administración contratante, cuyo vínculo se circunscribe a la prestación del servicio pactado.
Y para que así conste a los efectos pertinentes, los otorgantes ratifican el presente documento firmándolo por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y la fecha señalados en el encabezamiento, ante mí la Secretaria, de todo lo cual doy fe.
El Alcalde El Adjudicatario.
La Secretaria Acctal
ANEXO II
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
DECRETO.- En Santa Xxxx de La Palma, a 12 de enero de 2015.
Visto que se ha procedido a la apertura y valoración de ofertas presentadas por las empresas licitadoras en el procedimiento de contratación para la ejecución de la obra “Desplazamiento y remodelación de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Santa Xxxx de La Palma”.
Visto que el resultado ha sido el siguiente:
Empresa FCC:
Oferta económica: 1.117.686,69 euros. Oferta plazo de ejecución: tres meses.
Oferta en mejoras: Valoración 54.644,49 euros.
Empresa Dragados:
Oferta económica: 1.226.151,98 euros. Oferta plazo de ejecución: tres meses.
Oferta en mejoras: Valoración 150.000 euros.
Visto que el informe técnico remitido por el Sr Ingeniero Técnico Municipal sobre la valoración de las ofertas determina el siguiente orden de puntuación:
Empresa FCC Construcción S.A: 87,28 puntos. Empresa Dragados S.A: 94,69 puntos.
Vistos los artículos 138 y 151 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público L3/2011 de 14 de noviembre y el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx Reguladora de Bases de Régimen Local,
RESUELVO,
1.- Adjudicar a la empresa Dragados S.A., con C.I.F. A-15139314, la obra “Desplazamiento y Remodelación de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Santa Xxxx de La Palma”, con un plazo de ejecución de tres meses, importe del contrato de 1.226.151,98 euros incluido Igic (por importe de 80.215,55 euros), las mejoras que se han cuantificado en 150.000 euros incluido Igic, y conforme a las demás especificaciones técnicas recogidas en el proyecto.
2.- La empresa adjudicataria habrá de presentar la documentación a la que se alude en los pliegos de cláusulas administrativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones para con la Seguridad Social así como para con la Comunidad Autónoma y la Administración General del Estado, del mismo modo, habrá de presentar en la Tesorería Municipal, en cualquiera de las formas legalmente permitidas, garantía para la ejecución de la obra por importe de un 5 % del precio de ejecución menos el Igic, es decir, la cantidad de 57.296,82 euros.
3.- La presente resolución se notificará a los licitadores, al adjudicatario y a los servicios económicos municipales a los efectos pertinentes, adjuntándose valoración técnica de las ofertas presentadas.
El Alcalde. Ante mi,
La Secretaria Acctal.
ANEXO III
N.º Expediente:
Asunto: Contratación Serv Referencia: Contratación -MPC
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
DECRETO.- En Santa Xxxx de La Palma a 23 de diciembre 2014.
Visto el expediente iniciado para la contratación del servicio “Gabinete de Prensa del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de la Palma”.
Visto que, una vez aprobados el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas se han dirigido invitaciones a tres empresas del sector.
Visto que las empresas invitadas presentaron en legal forma que, una vez valorados, arrojan la siguiente puntuación:
Empresa Metropolis Comunicación S.L. Empresa BC Exclusivas de Publicidad SL Empresa Toscal Consultores SL
Vistos los artículos 21.1,ñ) de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx Xxxxx de 1.985 y 100 y los artículos 177 en relación con el 173 y 178 así como el 133 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público L 3/2011 de 14 de noviembre,
R E S U E L V O
1.- Adjudicar a la empresa “Metrópolis Comunicación S.L.”, con código de identificación fiscal B 00000000, el contrato de servicios en materia de Gabinete de Prensa Municipal, conforme a los pliegos de cláusulas y prescripciones obrantes en el expediente, por un importe global de cincuenta y dos mil euros (52.000€), de los que 3.401,87 corresponden a Igic y el resto, 48.598,13 euros a importe neto a abonar al contratista, un plazo de ejecución de UN AÑO, y demás aspectos técnicos incluidos en su oferta y en los pliegos que ha declarado conocer en su integridad.
2.- Previamente a la firma del contrato la empresa adjudicataria habría de depositar en la Tesorería Municipal en el plazo de quince días, contados desde que se le notifique la adjudicación, fianza por importe de dos mil cuatrocientos veintinueve con noventa céntimos (2.429,90€ €), en alguna de las formas previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Sin embargo y al proponer que se tenga por presentada la fianza correspondiente por compensación o mantenimiento de la que, hasta ahora, tiene depositada en la Tesorería Municipal, es por lo que, de entenderse ello legalmente posible por aquel servicio, se tendrá por efectuada.
3.- Comuníquese a los interesados y a los Servicios Económicos a los efectos pertinentes.
EL ALCALDE ANTE MI,
LA SECRETARIA ACCTAL.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE S/C DE LA PALMA.
Contrato de servicios de Gabinete de Prensa.
En Santa Xxxx de La Palma a dos de enero de 2015.
De una parte, Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma, en virtud de las facultades que le son atribuidas por en materia de contratación.
Y de otra la empresa Metrópolis Comunicación S.L. con código de identificación fiscal X00000000, domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx 00. 0x x) x Xx Xxxxxx Xxxxxxxx, y en su nombre y representación Xxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx con N.I.F. 42.168.392-P.
Ostenta dicha representación al ser su administrador según consta en la escritura pública que obra en el expediente.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
I.- Con fecha veintiséis de diciembre pasado fue acordada por el órgano de contratación la adjudicación definitiva, en expediente de dicho carácter del servicio de prensa o comunicación del Ayuntamiento para el ejercicio 2015.
II.- En segundo compareciente dispone de profesionales con la titulación y experiencia precisas para el desempeño de los cometidos que se explicitan en la memoria que obra en el expediente de contratación y que ambas partes declaran expresamente conocer.
IV.- La adjudicación del presente contrato se realiza por un importe de 52.000 euros incluido Igic, mediante resolución de aquella fecha
CLAUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA.-El presente contrato tiene por objeto, de conformidad con las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas formulados por la Administración, la prestación de la actividad explicitada en aquellos documentos y aceptada plenamente por el adjudicatario.
SEGUNDA .-El precio de la prestación objeto de este contrato es de 52.000 euros, de los que 3.401,87 corresponden a Igic y el resto, 48.598,13 euros a importe neto a abonar al contratista,
TERCERA.- El pago del precio se realizará en facturas parciales con carácter mensual conforme a los pliegos, previa conformidad de La Alcaldía.
CUARTA.- El plazo de prestación del servicio se extiende desde el uno de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre del mismo año.
QUINTA.- Con carácter previo a la firma del presente contrato habría de prestarse, por la adjudicataria, fianza o garantía definitiva del 5 % conforme a las bases, sin embargo, tiene efectuado un depósito o garantía por anterior contrato ya cumplido a satisfacción y, al haber instado que la misma sirva como garantía para el que hoy se pacta, se entiende presentada oportunamente.
SEXTA.- En este contrato no se revisarán los precios.
SEPTIMA.-El contratista declara conocer los pliegos que obran en el expediente y que se adjuntan al presente contrato, obligándose a su observancia y se obliga a la prestación del servicio por medio de un profesional que, a jornada completa y ubicado en las dependencias municipales para una mayor proximidad a los asuntos a publicitar, tenga la condición de periodista y con experiencia en este sector de la información. En ningún caso se entenderá existente relación profesional por cuenta ajena para con el Ayuntamiento a dicha persona, quien es, en todo caso, personal de la empresa contratante.
OCTAVA.- El contratista hace sumisión expresa al TR de la LCSP, así como a cuantas disposiciones reglamentarias estén plenamente vigentes durante el transcurso del contrato.
NOVENA.-Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados
en el TR de la LCSP, la Administración ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes, adoptados previa audiencia del contratista, pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción
En prueba de conformidad las partes firman, en duplicado ejemplar, el presente contrato en el lugar y fecha «ut retro».
POR LA ADMINISTRACION
Fdo.: El Alcalde Presidente
POR EL CONTRATISTA
Fdo.:
LA SECRETARIA ACCTAL.
ANEXO IV
EXCMO. XXXXXXXXXXXX XX X/X XX XX XXXXX.
XXXXXXX.- Xx Xxxxx Xxxx xx Xx Xxxxx a 14 de noviembre de 2014.
Visto el acta de la sesión de la Mesa de Contratación de esta misma fecha, que ratificó el informe presentado por el Comité de Expertos nombrado ad hoc para la valoración de las ofertas presentadas por los licitadores al procedimiento de contratación de Gerente para la Bajada de la Virgen de 2015.
Visto que conforme a la señalada propuesta, el resultado de la valoración ha sido el siguiente:
Soluciones Integrales de Compras y Logísticas S.L. obtiene: 44,39 puntos. Eventos Siete Producciones obtiene: 47,308 puntos.
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx obtiene: 54,50 puntos. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx obtiene: 54,12 puntos. Xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx obtiene: 48,734 puntos.
Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx obtiene: 64,748 puntos.
Visto que, por tanto, la mayor puntuación le ha sido asignada al licitador Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, con D.N.I. 42.175.472-G, ha de ser nombrado por este órgano de contratación como adjudicatario del contrato por el precio de 34.200 euros IGIC incluido y demás condiciones concretadas en su oferta.
Visto lo dispuesto por los artículos Vistos los artículos 21.1,ñ) de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx Xxxxx de 1.985 y los artículos 138 a 140 en relación con el 151 todos ellos del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público L 3/2011 de 14 de noviembre,
RESUELVO
1.- Adjudicar a Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, con D.N.I. 42.175.472-G el contrato denominado “Gerencia de la Bajada de La Virgen de 2015”. El precio del contrato será de treinta y cuatro mil doscientos euros incluido el IGIC, y su duración desde la firma del contrato y hasta el 30 de septiembre de 2015. Regirán en todo caso como parte del contrato el contenido de su oferta.
2.- El adjudicatario habrá de presentar en el improrrogable plazo xx xxxx días hábiles documento acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y constituya garantía del 5 % del importe de licitación excluido el Igic (2.226 €), en la Tesorería Municipal en alguna de las formas admitidas en Derecho.
3.- De la presente resolución, que ha de notificarse a los licitadores, se dará cuenta a los Servicios Económicos a los efectos pertinentes así como a la Junta Rectora del Patronato.
El Presidente del Patronato. Ante mí, La Secretaria
CONTRATO DE SERVICIOS PARA GERENCIA DE LAS FIESTAS LUSTRALES DE LA BAJADA DE LA VIRGEN DE LAS XXXXXX DE 2015 EN SANTA XXXX DE LA PALMA.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, provisto de DNI 00.000.000-Y, actuando en nombre y representación del Patronato de La Bajada de la Virgen, con CIF 38048880, organismo autónomo dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma (en adelante, Patronato), con CIF X-0000000X, en calidad de Presidente.
En adelante, “el Patronato”
Y de otra parte, Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, mayor de edad, vecino de Santa Xxxx de La Palma, con domicilio en Xxxxxxx Xx Xxxxxx 00, 0x, 00 –B y con D.N.I. número 42.175.472-G.
En adelante, “la Empresa”
En adelante, conjuntamente, las “Partes”
Reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para obligarse por medio del presente contrato
EXPONEN
I. Que el Patronato de La Bajada de La Virgen tiene encomendada la puesta en marcha de las Fiestas Lustrales de la Bajada de La Virgen de Las Xxxxxx, que se celebran cada 5 años entre los meses xx xxxxx y agosto (En adelante, el Evento) en la ciudad de Santa Xxxx de La Palma.
II. Que para atender a las múltiples tareas de coordinación, organización, control y buen fin de toda la serie de actos que conlleva la preparación y desarrollo de las señaladas fiestas lustrales, se ha hecho precisa la contratación de la figura de un Gerente que pueda desempeñar las tareas que, incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, conocen ambas partes.
III. Que el Patronato está interesado en contar, con el segundo compareciente, para el óptimo desarrollo del programa de fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx.
EN CONSECUENCIA,
Las Partes suscriben este Contrato de Servicios que se regulará por las siguientes:
1. NATURALEZA JURÍDICA
CLÁUSULAS
El presente Contrato se regirá por lo dispuesto en su clausulado y, en lo no previsto en el mismo, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente Contrato regular los términos y condiciones, en virtud de los cuales el Patronato encarga a la Empresa la organización, coordinación, gestión general de los actos de la Xxxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx 0000 en los términos y condiciones que se concretan en el pliego de prescripciones técnicas que se adjuntan al presente contrato y que el contratista declara expresamente conocer y aceptar, siempre con el previo conocimiento y aprobación del Patronato y de su Consejo de Gerencia.
3. OBLIGACIONES DEL PATRONATO
(i) El Patronato se obliga por este contrato al pago de su precio, que queda establecido en el señalado por la oferta del adjudicatario contratista en TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS EUROS (34.200 €) incluido el IGIC según el decreto de adjudicación.
(ii) El Patronato se obliga a colaborar con la Empresa facilitándole la información que ésta pueda necesitar para el correcto desarrollo del trabajo encomendado.
(iii) El Patronato se obliga a poner en conocimiento con la antelación máxima posible los eventos a desarrollar así como todos aquellos que la empresa contratadora de patrocinios para la Bajada pueda obtener de forma que permita una coordinación óptima y adecuado desarrollo de aquellos.
4. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.
1) La Empresa se obliga expresamente al cumplimiento de todos y cada una de las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas que se adjuntan al presente.
5. CONTRAPRESTACIÓN
Como contraprestación económica por las obligaciones encomendadas por el Patronato a la Empresa, este se obliga a pagar a aquella la cantidad de treinta y cuatro mil doscientos euros (34.200 €) desglosados en pagos mensuales previa presentación de factura por parte de la Empresa desde el momento de la firma del presente documento y hasta el día 30 de septiembre de 2015.
Sobre las citadas cantidades deberá repercutirse el correspondiente Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en aplicación de la legislación vigente en cada momento.
6. PLAZO
Este Contrato surtirá sus efectos desde el día de la firma del presente documento hasta el 30 de septiembre de 2015, salvo que se resuelva de acuerdo con lo establecido en la cláusula siguiente.
7 .TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN
Serán causas de resolución de este Contrato:
• El acuerdo mutuo de las Partes formalizado por escrito.
• El transcurso del plazo de vigencia del Contrato estipulado en la Cláusula 6 sin necesidad de preaviso de ninguna de las Partes.
• Las Partes podrán, asimismo, resolver unilateralmente el Contrato en caso de que la otra Parte:
o Incumpla gravemente de cualquiera de las obligaciones contenidas en sus cláusulas.
o No observe la buena fe en sus actuaciones respecto de la otra Parte.
o Actúe de forma que sus actos u omisiones incidan públicamente de forma negativa contra la otra Parte o el Evento, o puedan afectar negativamente a la imagen y prestigio de la otra Parte o del Evento.
El Contrato podrá ser resuelto mediante carta enviada a la otra Parte con 5 días de antelación (o menos incluso, por causa justificada) a la efectiva terminación o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el Contrato, salvo que dicho incumplimiento sea subsanable en cuyo caso, se verificará en el plazo máximo de 48 horas desde la fecha en la que se notificó dicho incumplimiento a la Parte incumplidora y se la requirió al efecto. Una vez que el mencionado periodo haya expirado sin que el incumplimiento se haya subsanado, la Parte que haya requerido la subsanación podrá resolver el Contrato, mediante notificación por escrito a la Parte incumplidora con reclamación a ésta daños y perjuicios.
No obstante lo anterior, las Partes podrán optar por la exigibilidad del cumplimiento del Contrato, quedando en suspenso las contraprestaciones y obligaciones del mismo en tanto no se resuelva la discrepancia.
8. CESIÓN
Ninguna de las Partes podrá ceder los derechos y obligaciones resultantes de este Contrato sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte.
9. GASTOS Y TRIBUTOS
Cada Parte deberá correr con sus propios gastos derivados de este Contrato.
Los tributos que resulten de la formalización y ejecución de este Contrato correrán a cargo de la Parte que determine en cada caso la ley.
10. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Este Contrato se rige por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y por su Reglamento desarrollador en cuanto sea de aplicación; supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAPYPAC y por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, en lo relativo a la preparación y adjudicación del contrato; siendo de aplicación a los efectos, modificación, interpretación y resolución del mismo el Derecho Común.
Ambas Partes intervienen con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles y se someten a los Jueces y Tribunales de Santa Xxxx de La Palma para las cuestiones que pudieran suscitarse sobre la interpretación, ejecución y cumplimiento de este Contrato, que se firma a fecha tres de diciembre de 2014.
PRESIDENTE
PATRONATO BAJADA DE LA VIRGEN Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxxx.
SECRETARIA. DEL PATRONATO
FDO.: XXXXXX XXXXXXXX DE XXX XXXXXXXX
ANEXO V
N.º Expediente:
Asunto: Contratación Sserrviicciio Referencia: Contratación -MPC
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE
DECRETO.- En Santa Xxxx de La Palma, a 20 de enero de 2015.
Visto que se hace precisa la contratación de empresa que se ocupe de la prestación del servicio de gestión de venta de entradas por Internet y taquillas de los eventos a realizar durante la Bajada de la Virgen de 2015 en los diferentes recintos.
Visto que para la contratación de dichos servicios ha de seguirse un procedimiento determinado, entre otros, por su cuantía y que, conforme a las estimaciones obtenidas de la celebración de anteriores iguales eventos, supone un monto económico total no inferior a
sesenta y cinco mil euros; procede seguir la contratación por el procedimiento ordinario abierto, con plena y total participación de cuantas empresas del Sector así lo deseen.
Visto el artículo 26 y el contenido del título I, capítulo I, sección 1ª y artículos 109, 110, 114 y 116 referidos todos ellos al expediente administrativo y su conformación, así como a la elaboración de pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, así como lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx respecto a la competencia correspondiente,
RESUELVO
1.- Decretar el inicio del expediente de contratación oportuno del servicio de venta de entradas para la Bajada de la Virgen de 2015.
2.- A dicho efecto, se ha procedido a la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas por los departamentos correspondientes en este Ayuntamiento.
3.- Una vez confeccionados, que han sido, se procede a conformar definitivamente el expediente administrativo que hoy se inicia, con publicación en su caso de anuncio de licitación y se siga el mismo por todos sus trámites hasta la contratación efectiva del servicio, aprobando por tanto los mismos y el gasto correspondiente.
4.- Notifíquese el presente decreto a los servicios de contratación, y a los Servicios Económicos, a los efectos oportunos.
El Alcalde. Ante mí,
La Secretaria Acctal.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE S/C DE LA PALMA
ANUNCIO DE LICITACIÓN
PROCEDIMIENTO ABIERTO DE CONTRATACIÓN DE “VENTA DE ENTRADAS POR INTERNET Y TAQUILLAS PARA EVENTOS Y ACTOS DE LA BAJADA DE LA VIRGEN DE LAS XXXXXX 2015.”
Entidad Adjudicataria: Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma Dependencia en que se tramita: Departamento de Contratación.
Objeto del contrato: Servicio operativo de gestión de venta de entradas por Internet y taquillas de los eventos a realizar durante las fiestas lustrales de Xxxxxx xx Xxxxxx 2015 en cualquiera de sus recintos.
Lugar de ejecución: Municipio de Santa Xxxx de La Palma.
Plazo de ejecución: Desde la firma del contrato y hasta el 31 xx xxxxxx de 2015. Procedimiento: Abierto. Procedimiento ordinario.
Presupuesto máximo o tipo base de licitación: sesenta y cinco mil euros incluido igic (65.000 €). Precio estimado toda vez que la retribución del contrato lo será por percepción de porcentaje sobre entradas vendidas conforme a la oferta de quien resulte adjudicatario. Máximo para la licitación: 10 % sobre el precio de entradas.
Garantía Provisional: Exento.
Garantía definitiva: 5 % del importe de la oferta de quien resulte adjudicatario.
Plazo de presentación de ofertas: 26 días naturales a partir del día de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de La Provincia.
Requisitos de Clasificación del contratista: Requisitos de solvencia técnica y económica según pliegos.
Documentación: En el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma.
Información: Departamento de contratación (000.00.00.00) y en sus aspectos técnicos Concejalía de Fiestas o Gerencia del Patronato de la Bajada de La Virgen.
Documentación necesaria: Según Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas.
Criterios de Valoración de las ofertas: Según Pliego de Cláusulas Administrativas y de prescripciones técnicas en que se detallan.
Admisión de otras variantes: Sin variantes.
Plazo de garantía: Tres meses a partir de la finalización del contrato.
Límite máximo gastos anuncios: Por cuenta adjudicatario, cuatrocientos euros.
Lugar de celebración de la licitación: Salón de Plenos del Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma, previa citación a los proponentes por indicación en el Perfil del Contratante o por remisión convocatoria vía fax o email a los licitadores.
En Santa Xxxx de La Palma, a 20 de enero de 2015.
Xx Xxxxxxx
XXXXX XX
XXXXXXX.- Xx Xxxxx Xxxx xx Xx Xxxxx a 1 de septiembre de 2014.
Vista la proximidad de las Fiestas Lustrales y la necesidad de obtener la mayor colaboración económica posible para su desarrollo mediante, no sólo la aportación económica directa o donación en efectivo metálico sino en forma de colaboración o patrocinio de actos o eventos en su seno.
Visto el informe favorable de la Concejalía de Fiestas que asume el máximo papel dinamizador en el Patronato para el desarrollo de las Fiestas.
Visto que el importe total de la contratación asciende, según estimación por eventos anteriores, a una cantidad aproximada o estimada inicialmente como máximo en
18.000 euros tratándose, según los términos del contrato, xxx xxxx por ciento de las cantidades que se obtengan por patrocinio y que serán abonadas por detracción de dicho importe respecto a la cantidad total que se obtenga de cada uno de ellos.
Visto lo dispuesto por los artículos 111, 138.3 y 303 siguientes y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por RDL 3/2011 de 00 xx xxxxxxxxx x xx xxxxxxxx 00 xxxxxxx x de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx Reguladora de Bases del Régimen Local.
RESUELVO:
1.- Aprobar el gasto por importe de dieciocho mil euros (18.000 €), incluido el Igic, destinado a sufragar lo que ha quedado explicitado en los antecedentes.
2.- Adjudicar la ejecución del servicio, conforme a las reglas para la contratación menor a la entidad mercantil “Mundosenti2 Eventos” con CIF número X-00000000, domiciliada en Valencia, calle Maestro Xxxx Xxxxxxx 7 Bajo izq.”, por el espacio de tiempo que transcurra desde la firma del contrato y hasta el 31 xx xxxxxx de 2015.
3.- Se incorpore la factura o facturas por pagos parciales al expediente una vez hayan sido verificados los trabajos y recibidos los correspondientes importes por parte de los patrocinadores en cada caso, todo lo cual será supervisado por el Patronato.
4.- Se de cuenta de todo ello al adjudicatario y a los Servicios Económicos del Patronato.
El Presidente del Patronato. Ante mí, La Secretaria
CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA CAPTACIÓN Y GESTIÓN DE PATROCINIOS PARA LAS FIESTAS LUSTRALES DE LA BAJADA DE LA VIRGEN DE LAS XXXXXX DE 2015 EN SANTA XXXX DE LA PALMA.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, provisto de DNI 00.000.000-Y, actuando en nombre y representación del Patronato de La Bajada de la Virgen, con CIF 38048880, organismo autónomo dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de La Palma (en adelante, Ayuntamiento), con CIF X-0000000X, en calidad xx Xxxxxxx-Presidente.
En adelante, “el Patronato”
Y de otra parte, Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, en su condición de Administrador Único, actuando en representación de Mundosenti2 Eventos con CIF número X-00000000, domiciliada en Valencia, calle Maestro Xxxx Xxxxxxx 7 Bajo izq. y apoderado en virtud de escritura de elevación a público de acuerdos sociales de cese y nombramiento de administradores de la entidad “Mundosenti2 Eventos S.L.” otorgada el día 13 de noviembre de 2003 ante el notario Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio Oficial de Notarios de Valencia con el número 1867 de su protocolo.
En adelante, “la Empresa”
En adelante, conjuntamente, las “Partes”
Reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para obligarse por medio del presente contrato
EXPONEN
IV. Que el Patronato de La Bajada de La Virgen tiene encomendada la puesta en marcha de las Fiestas Lustrales de la Bajada de La Virgen de Las Xxxxxx, que se celebran cada 5 años entre los meses xx xxxxx y agosto (En adelante, el Evento) en la ciudad de Santa Xxxx de La Palma.
V. Que la Empresa es una sociedad mercantil que tiene por objeto la contratación artística, creación y producción de actuaciones musicales y todo tipo de eventos. Asimismo, Mundosenti2 tiene experiencia contrastada en la búsqueda, gestión y contratación de patrocinios para los eventos que la Empresa gestiona.
VI. Que el Patronato está interesado en contar con la empresa para la captación y gestión de los patrocinios necesarios para el óptimo desarrollo del programa de fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx.
EN CONSECUENCIA,
Las Partes suscriben este Contrato de Servicios para la captación y gestión de los patrocinios (en adelante, el “Contrato”), que se regulará por las siguientes:
CLÁUSULAS
5. NATURALEZA JURÍDICA
El presente Contrato se regirá por lo dispuesto en su clausulado y, en lo no previsto en el mismo, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente Contrato regular los términos y condiciones, en virtud de los cuales el Patronato encarga a la Empresa la captación, contratación y gestión de los patrocinios privados para asegurar el desarrollo de las fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx.
Para llevar a cabo esta captación, la Empresa deberá configurar un programa de contraprestaciones aplicables a los patrocinadores según su nivel de aportación, que habrá de ser aprobado previamente por el Patronato de la Bajada de la Virgen.
Asimismo, por el presente contrato, la Empresa se obliga a proporcionar eventos y contenidos musicales en el marco de las fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx, que formarán parte del mencionado paquete de contraprestaciones a los patrocinadores, siempre previo conocimiento y acuerdo del órgano de contratación de la Administración contratante.
7. OBLIGACIONES DEL PATRONATO
(iv) El Patronato se obliga por el presente contrato a conceder a la Empresa la exclusividad en la comercialización de los derechos de patrocinio sobre las Fiestas Lustrales de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx del año 2015. Esta exclusividad no significará que el Patronato no pueda concertar otros patrocinios en especie sin que entren a formar parte del presente contrato.
(v) El Patronato se obliga a colaborar con la Empresa facilitándole la información que esta pueda necesitar para el correcto desarrollo del trabajo encomendado.
(vi) El Patronato se compromete a facilitar a la Empresa la puesta en marcha de las acciones contenidas en el programa de contraprestaciones a los patrocinadores en aquellos aspectos en los que su actuación o aprobación resulte necesaria. Asimismo prestará la colaboración oportuna para la puesta en marcha del señalado paquete de patrocinios, poniendo a disposición de la empresa para tal fin los espacios o soportes publicitarios de los que la entidad pueda disponer, siempre que lo programado ya por el Patronato lo permita y de acuerdo con el mismo.
(vii) El Patronato se compromete a comunicar y publicitar en los medios de los que disponga las actuaciones musicales a poner en marcha por parte de la Empresa, como parte del programa de patrocinios y
parte del programa de festejos de las Fiestas de la Bajada de la Virgen de la Xxxxxx.
(viii) El Patronato proporcionará a la Empresa información puntual sobre los acontecimientos que se produzcan en relación con el Evento.
(ix) El Patronato organizará y desarrollará los actos incluidos en el programa de festejos con sus propios medios, siendo exclusivamente responsable del mismo, a excepción de aquellos encomendados expresamente a la Empresa.
(x) El Patronato permitirá que los patrocinadores puedan utilizar la marca, el nombre y los signos distintivos del Evento, así como del Patronato y Ayuntamiento en los casos en los que resulte oportuno. Asimismo el Patronato permitirá que los patrocinadores se identifiquen como tal en relación al Evento. El Patronato dará la publicidad y difusión de los patrocinadores del Evento que en cada caso se acuerde, en todas las comunicaciones que se hagan con respecto a las fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx de 2015
(xi) Los Patrocinadores se comprometen a utilizar la marca de las fiestas únicamente hasta final del 2015.
8. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.
1) La Empresa contactará, contratará y gestionará los patrocinios privados de las fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx de 2015 que sean conseguidos por la misma. Quedan expresamente excluidos los patrocinios o ayudas que pudieran provenir de otras administraciones o entidades u organismos públicos y las de entidades financieras o de crédito.
2) La Empresa diseñará un paquete de contraprestaciones al patrocinador que comunicará al Patronato, con el fin de obtener su aprobación y colaboración en aquellos puntos en los que lo requieran.
3) La Empresa proporcionará eventos y contenidos musicales, que serán parte del programa de fiestas del Evento, como parte de las contraprestaciones ofrecidas a los patrocinadores para ofrecerles visibilidad de su marca durante el Evento, siempre con el previo acuerdo del órgano de contratación administrativo.
4) Los citados contenidos serán gestionados por la Empresa con sus propios medios y obtendrá fondos de los patrocinadores para esas actuaciones en concreto, siempre previo acuerdo del órgano competente municipal.
5) La Empresa destinará a la labor encomendada en el presente contrato todos los recursos humanos y/o materiales que resulten idóneos para el adecuado cumplimiento de los objetivos del mismo. Del mismo modo, se establece expresamente el compromiso por parte de la
empresa de la obtención de un mínimo de importes por patrocinio equivalente al obtenido en la pasada edición de la Bajada de La Virgen y que se cifra en noventa y siete mil euros; dicha cantidad habrá de ser obtenida con la antelación precisa que se establece en el
15 de enero de 2015. Su no obtención será causa de posible resolución contractual.
6) La Empresa vigilará el adecuado cumplimiento por las distintas partes, incluido el Patronato, de los acuerdos suscritos como contraprestaciones al patrocinio con las empresas patrocinadoras en cuanto a presencia y vinculación al evento.
9. ÁMBITO TERRITORIAL
Los derechos y obligaciones del presente contrato se entienden referidos exclusivamente al ámbito territorial de España.
10. CONTRAPRESTACIÓN
Como contraprestación económica por las obligaciones encomendadas por el Patronato a la Empresa, este se obliga a pagar a la Empresa el 10% de todas las cantidades satisfechas por los patrocinadores en concepto de patrocinio de las Fiestas de la Bajada de la Virgen de las Xxxxxx de 2015, previa presentación de factura por parte de la Empresa, estimándose la cantidad en 18.000€.
Estas obligaciones económicas serán devengadas en el momento en que la Empresa firme el/los contrato/s de patrocinio correspondientes con la/s empresa/s patrocinadora/s.
El pago por parte del Patronato a la Empresa se hará efectivo en los 10 días siguientes a que el patrocinador pague a su vez al Patronato la cantidad acordada en concepto de patrocinio. De tratarse de cantidad no abonada en metálico al Patronato por el patrocinador, y que lo sea por pago directo de actuación o evento, no se entenderá efectuado el mismo por el patrocinador hasta el momento en que haya tenido lugar el acto patrocinado.
En los casos en los que el pago en concepto de patrocinio se haga de forma fraccionada, los pagos del Patronato a la Empresa serán fraccionados de la misma forma, satisfaciendo en cada caso el 10% de la cantidad abonada por el patrocinador.
Sobre las citadas cantidades deberá repercutirse el correspondiente Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en aplicación de la legislación vigente en cada momento.
11. PLAZO
Este Contrato surtirá sus efectos desde el día de la firma del presente documento hasta el 31 xx xxxxxx de 2015, salvo que se resuelva de acuerdo con lo establecido en la cláusula 8.
12. TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN
Serán causas de terminación de este Contrato:
• El acuerdo mutuo de las Partes formalizado por escrito.
• El transcurso del plazo de vigencia del Contrato estipulado en la Cláusula 7 sin necesidad de preaviso de ninguna de las Partes.
• Las Partes podrán, asimismo, resolver unilateralmente el Contrato en caso de que la otra Parte:
o Incumpla gravemente de cualquiera de las obligaciones contenidas en sus cláusulas, especialmente la obtención del mínimo de patrocinios según consta en las obligaciones del contratista.
o Sea insolvente.
o No observe la buena fe en sus actuaciones respecto de la otra Parte.
o Actúe de forma que sus actos u omisiones incidan públicamente de forma negativa contra la otra Parte o el Evento, o puedan afectar negativamente a la imagen y prestigio de la otra Parte o del Evento.
El Contrato podrá ser resuelto mediante carta enviada a la otra Parte con 5 días de antelación (o menos incluso, por causa justificada) a la efectiva terminación o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el Contrato, salvo que dicho incumplimiento sea subsanable en cuyo caso, se verificará en el plazo máximo de 48 horas desde la fecha en la que se notificó dicho incumplimiento a la Parte incumplidora y se la requirió al efecto. Una vez que el mencionado periodo haya expirado sin que el incumplimiento se haya subsanado, la Parte que haya requerido la subsanación podrá resolver el Contrato, mediante notificación por escrito a la Parte incumplidora con reclamación a ésta daños y perjuicios.
No obstante lo anterior, las Partes podrán optar por la exigibilidad del cumplimiento del Contrato, quedando en suspenso las contraprestaciones y obligaciones del mismo en tanto no se resuelva la discrepancia.
13. CESIÓN
Ninguna de las Partes podrá ceder los derechos y obligaciones resultantes de este Contrato sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte.
14. GASTOS Y TRIBUTOS
Cada Parte deberá correr con sus propios gastos derivados de este Contrato.
Los tributos que resulten de la formalización y ejecución de este Contrato correrán a cargo de la Parte que determine en cada caso la ley.
15. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Este Contrato se rige por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y por su Reglamento desarrollador en cuanto sea de aplicación; supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAPYPAC y por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, en lo relativo a la preparación y adjudicación del contrato; siendo de aplicación a los efectos, modificación, interpretación y resolución del mismo el Derecho Común.
Ambas Partes intervienen con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles y se someten a los Jueces y Tribunales de Santa Xxxx de La Palma para las cuestiones que pudieran suscitarse sobre la interpretación, ejecución y cumplimiento de este Contrato.
PRESIDENTE REPRESENTANTE
PATRONATO BAJADA DE LA VIRGEN MUNDOSENTI2 EVENTOS.
FDO.: XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
SECRETARIA. DEL PATRONATO