MOTOGARANTÍA
00360 CARATULA CERTIFICADO MOTOCICLETAS CARSA.pdf 1 08/08/2018 12:51:36 p.m.
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MOTOGARANTÍA
CERTIFICADO DE GARANTÍA EXTENDIDA PARA MOTOCICLETAS
CERTIFICADO
GARANTÍA EXTENDIDA
CONDICIONES GENERALES COMUNES
Artículo 1 - DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Las partes contratantes se someten a las disposiciones del Código Civil Peruano y a las del presente Certificado de Garantía Exten- dida. En caso de discrepancia entre las Condiciones Generales y las Particulares, predominarán éstas últimas.
Este Certificado de Garantía Extendida tiene una vigencia de dos años contado desde las doce (12) horas del día fijado como comienzo de su vigencia y se renovará automáticamente en cada aniversario por períodos anuales previo pago del precio corres- pondiente.
Artículo 2 - DEFINICIONES
A los efectos de este contrato, se entiende por:
Prestador del Servicio de Garantía Extendida: TWGP THE WARRANTY GROUP PERU SAC
Titular del Certificado de Garantía: Es la persona física o jurídica que suscribe este Certificado de Garantía Extendida con el Pres- tador del Servicio de Garantía Extendida y es además propietario de la Motocicleta cuya garantía ha sido extendida en virtud a este contrato.
Motocicleta Incluida: Aquella al que se le extiende la garantía en virtud al presente contrato. Es la Motocicleta que se identifica en el Certificado de Garantía Extendida.
Pieza: Es toda pieza, parte o sistema mecánico, eléctrico o electrónico de la Motocicleta Incluida, cuando se halle incluida en las Condiciones Generales Específicas del Plan de Garantía Extendida elegido por el Titular del Certificado de Garantía.
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GARANTÍA EXTENDIDA
Rotura Mecánica: Es la falla o rotura repentina e imprevista de una pieza cubierta, que impida el funcionamiento normal para el que ha sido diseñada, cuya reparación mecánica esté expresamente cubierta por la Garantía Extendida.
Reparación Mecánica: Es la reparación o reemplazo de las piezas de la motocicleta cubiertas por este seguro, que han dejado de funcionar como resultado de una rotura mecánica.
Artículo 3 - COBERTURA
Mediante este contrato el Prestador del Servicio de Garantía Extendida se obliga a asumir el costo de la reparación o reemplazo de las piezas cubiertas de la Motocicleta Incluida, cuando dejen de funcionar como resultado de una rotura mecánica producida durante el período de cobertura estipulado, conforme a los términos, condiciones, límites y exclusiones establecidos en la presente Certificado de Garantía Extendida.
Artículo 4 - MOTOCICLETAS ELEGIBLES
Gozarán de Garantía Extendida mediante este Certificado de Garantía Extendida las motocicletas nuevas de fabricación nacional o importadas, adquiridas por el Titular del Certificado de Garantía, destinadas exclusivamente para uso particular, siempre que cum- plan las condiciones de admisión estipuladas en las Condiciones Particulares de este Certificado de Garantía Extendida, en relación a la antigüedad y kilometraje de la motocicleta y a la fecha de su incorporación a uno de los Planes de Garantía Extendida ofrecidos. A tal efecto, la fecha para computar la antigüedad será la indicada en la factura de compra como Fecha de Facturación.
Artículo 5 - PLANES DE COBERTURA
El Titular del Certificado de Garantía estará cubierto por el Plan de Garantía Extendida durante el plazo que se estipulan en el Cer- tificado de Garantía Extendida, elegidos a su opción entre los distintos planes ofrecidos por el Prestador del Servicio de Garantía Extendida.
En las Condiciones Generales Específicas del Plan de Garantía Extendida elegido, cuyo texto se incluirá en el Certificado xx Xxxxx- tía Extendida se detallan en forma taxativa todas las piezas cubiertas de la Motocicleta Incluida en dicho Plan.
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GARANTÍA EXTENDIDA
Artículo 6 - VIGENCIA DE LA COBERTURA
Cuando se trate de motocicletas nuevas o adquiridas durante el período de garantía del fabricante, la cobertura se iniciará el día siguiente al del vencimiento de la garantía del fabricante, y finalizará una vez transcurridos los meses que se indican en el Certifica- do de Garantía Extendida - contados desde la Fecha de Facturación indicada en la factura de compra - o al alcanzar el kilometraje estipulado en el Certificado de Garantía Extendida, lo que ocurra primero.
Artículo 7 - PAGO DEL PRECIO DEL SERVICIO
El precio del servicio estipulado en el Certificado de Garantía Extendida será el correspondiente a toda la vigencia de la Garantía Extendida y deberá ser abonada totalmente como condición imprescindible y excluyente para que dé comienzo la cobertura, la que operará a partir del momento de la recepción del pago, circunstancia que quedará acreditada mediante la extensión del comprobante de pago correspondiente.
Artículo 8 - OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA GARANTIA
Es condición expresa de este programa de servicio que la Motocicleta Incluida sea mantenida en buenas condiciones mecánicas, de acuerdo a las instrucciones y recomendaciones del fabricante, debiendo el Titular del Certificado de Garantía cumplir con los servicios de mantenimiento estipulados en el manual respectivo, correspondiente al modelo del vehículo, siendo a cargo del Titular del Certificado de Garantía el costo de tales servicios de mantenimiento.
Asimismo, el Titular del Certificado de Garantía será responsable del buen funcionamiento de las partes asociadas al nivel de aceite y temperatura del motor.
Si la Motocicleta que se le extiende la Garantía Extendida presenta signos de una rotura mecánica, el Titular del Certificado de Ga- rantía deberá actuar con razonable precaución a fin de evitar el agravamiento de las pérdidas o daños de la Motocicleta.
El incumplimiento de estas obligaciones implicará la pérdida automática del derecho a cualquier derecho previsto en este Certificado de Garantía Extendida en caso de producirse un evento cubierto por la Garantía Extendida.
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GARANTÍA EXTENDIDA
Artículo 9 - PROCEDIMIENTO EN CASO DE UN EVENTO CUBIERTO POR LA GARANTÍA
El Titular del Certificado de Garantía deberá informar inmediatamente al Prestador del Servicio de Garantía o a quien éste indique en el Certificado de Garantía Extendida, la rotura mecánica de las piezas de la Motocicleta Incluida cubiertas por esta Garantía Extendida.
El Titular del Certificado de Garantía deberá efectuar dicha comunicación telefónicamente o por escrito dentro de los tres (3) días de haber tomado conocimiento de la rotura mecánica, perdiendo el derecho a hacer efectiva la garantía de no cumplir con este plazo, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.
La reparación mecánica de la Motocicleta Incluida que se le extiende la Garantía será efectuada por el Distribuidor donde se adquirió la Garantía Extendida o por el taller de reparaciones mecánicas que indique al efecto el Prestador del Servicio de Garantía Extendida (en adelante “taller de reparaciones mecánicas”).
El Titular del Certificado de Garantía deberá brindar a dicho taller toda la información que se le solicite sobre la rotura mecánica de la pieza asegurada, adjuntando copia del Certificado de Garantía Extendida.
El taller de reparaciones mecánicas designado procederá a verificar la rotura mecánica, efectuando un diagnóstico del origen y causa que la produjo, debiendo informar tales circunstancias al Prestador del Servicio de Garantía Extendida, junto con un presu- puesto por el costo de repuestos y mano de obra necesarios para efectuar la reparación mecánica. De acuerdo a ese informe, el Prestador del Servicio de Garantía Extendida determinará si la reparación mecánica está alcanzada por la Garantía Extendida. De estar comprendida dentro del plazo y Plan de Garantía Extendida estipulados, el taller de reparaciones mecánicas deberá efectuar la reparación de la Motocicleta Incluida en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir de su aprobación. Cuando fuera imposible conseguir en plaza los repuestos necesarios, el Prestador del Servicio de Garantía Extendida pagará por adelantado al Taller de Reparaciones Mecánicas el costo de la reparación mecánica, aún sin efectuarse ésta.
La reparación mecánica de la Motocicleta Incluida que se le ha extendido la Garantía Extendida se ajustará a las normas de calidad
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del fabricante, debiendo en todos los casos utilizar piezas de iguales características técnicas a las reemplazadas.
Una vez realizada la reparación mecánica, el Titular del Certificado de Garantía deberá abonar al Prestador del Servicio cualquier importe a su cargo conforme a los términos del Certificado de Garantía Extendida, según se establece en el Artículo 12 de estas Condiciones Generales Comunes.
El Prestador del Servicio de Garantía Extendida se reserva el derecho de inspeccionar la Motocicleta Incluida que haya sido repara- da en el momento que considere oportuno.
Artículo 10 - AMBITO GEOGRAFICO DE LA GARANTÍA EXTENDIDA
El presente Certificado de Garantía Extendida otorga garantía extendida con relación a las reparaciones mecánicas que se efectúen en el territorio de la República Peruana.
Artículo 11 - EXCLUSIONES A LA GARANTÍA EXTENDIDA
Se excluye expresamente de la Garantía Extendida:
a) Las reparaciones mecánicas realizadas sin previa autorización del Prestador del Servicio de Garantía Extendida.
b) Las reparaciones mecánicas cubiertas por la garantía del fabricante de la Motocicleta Incluida.
c) Las roturas mecánicas ocurridas dentro del período de garantía del fabricante.
d) Los costos de diagnósticos, reparaciones mecánicas, ajuste o alineación de piezas que no se hallen incluidas taxativamente en las Condiciones Generales Específicas del Plan de Garantía Extendida contratado.
e) El reemplazo o reparación de: afinación del motor (incluyendo bujías, cables de ignición, rotor y tapa del distribuidor), carburador, válvula EGR, baterías, filtros, bolsas de aire, lubricantes o fluídos, refrigerante del motor, mangueras y correas (no específica- mente cubiertas), escobillas limpiaparabrisas y luneta, neumáticos, alineación y balanceo de neumáticos, tambores y cintas de frenos, discos y campanas de frenos, pastillas, rotores, alineación de la suspensión, amortiguadores, sistema de escape, placa de embrague, disco de embrague, ruleman de empuje, cristales, colizas, cristales adhesivos, burletes de puertas y cristales, lámparas unidades selladas, lamparitas, accesorios, faros, lentes, tapicería y alfombras, molduras, cromados, pintura, paneles,
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paragolpes, partes y/o paneles xx xxxxx de carrocería, bastidor y soldaduras estructurales. El líquido refrigerante o gas freón para el aire acondicionado sólo será reemplazado cuando sea requerido en combinación con la reparación de una pieza cubierta por .este programa
f) Las reparaciones para mejorar el funcionamiento de una pieza con desperfectos debido al uso normal y desgaste natural, tal como reparación de válvulas y aros para mejorar la compresión del motor o reducir el consumo de aceite.
g) Las roturas mecánicas causadas por, o relacionadas con equipamientos, mecanismos o sistemas no provistos por el fabricante, o con modificaciones al vehículo no efectuadas por el fabricante, por ejemplo: sistemas de alarmas antirrobo, parlantes/sistemas de audio, telefonía, control de crucero y techo corredizo.
h) Las roturas mecánicas causadas por el remolque de un trailer u otro vehículo, a menos que el Vehículo Incluido esté equipado para ello de acuerdo a las recomendaciones del fabricante.
i) Las roturas mecánicas causadas por colisión con otros vehículos, personas, animales u otros elementos externos al vehículo; robo y/o hurto; vandalismo; tumulto popular; fuego; explosión; relámpago; terremoto; vendaval; granizo; agua; heladas; inunda- ción; oxidación y/o corrosión.
j) Las roturas mecánicas causadas por mal uso; abuso; negligencia; no utilizar o no mantener los niveles apropiados de fluidos, lubricantes y refrigerantes especificados por el fabricante; por falta de mantenimiento del Vehículo Incluido de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones del fabricante, en relación al cumplimiento de los servicios de mantenimiento estipulados en el manual del vehículo.
k) Las roturas mecánicas resultantes de la utilización de la Motocicleta Incluida en carreras u otras competencias.
l) Las roturas mecánicas preexistentes o causadas por condiciones conocidas previas a la vigencia de la presente cobertura.
m) La responsabilidad civil por daños a personas o cosas a consecuencia del uso de la Motocicleta Incluida.
n) El lucro cesante, hospedaje, alimentos, almacenaje del vehículo u otros gastos como consecuencia de una rotura mecánica cubierta por este Certificado de Garantía Extendida.
ñ) Gastos de traslado de la Motocicleta Incluida al domicilio del técnico designado para efectuar la reparación mecánica.
o) Cuando el odómetro ha dejado de funcionar y no ha sido reparado inmediatamente, o si ha sido alterado y no presenta el real kilometraje de la Motocicleta Incluida.
p) Cuando la Motocicleta Incluida sea utilizado con fines comerciales, como ser: alquiler; taxi o remise; carga y transporte de per- sonas o mercaderías; construcción de cualquier tipo; remolque; auto de policía; ambulancia; reparto; etc.
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q) Cuando la Motocicleta Incluida haya sido modificada para remover nieve, aún cuando la pala removedora no se encuentre ins- talada en el vehículo .
r) Cuando el reclamo del Titular del Certificado de Garantía resulte fraudulento, o cuando emplee pruebas falsas para acreditar los daños.
Artículo 12 - LIMITE DE RESPONSABILIDAD
El límite de responsabilidad del Prestados del Servicio de Garantía Extendida por las reparaciones mecánicas que se efectúen durante toda la vigencia de la Garantía Extendida, será el estipulado en el Certificado de Garantía Extendida. Cuando se trate de Motocicletas Incluidas nuevas o adquiridas durante el período de garantía del fabricante, el límite de responsabilidad estará dado por el valor de venta al público al contado en plaza de la Motocicleta Incluida, valor que se determinará en base a las cotizaciones efectuadas por concesionarios oficiales o empresas revendedoras habituales.
Una vez realizada cada reparación, el propietario de la Motocicleta Incluida deberá abonar al Taller de Reparaciones Mecánicas el importe que le corresponda conforme se indica en las Condiciones Particulares del Certificado de Garantía Extendida. A efectos del cómputo de este importe, se entiende por reparación la totalidad de reemplazos o reparaciones de piezas que resulten como consecuencia de un mismo hecho generador.
Artículo 13 - TRANSFERENCIA DE DERECHOS
Los derechos del Titular del Certificado de Garantía derivados de la presente póliza sólo se aplican a la Motocicleta Incluida y no pueden ser transferidos a otro vehículo o motocicleta.
El cambio del Titular del Certificado de Garantía como resultado de la transferencia de la titularidad de la Motocicleta Incluida de- berá ser notificado en forma fehaciente al Prestador del Servicio de Garantía Extendida dentro de los siete (7) días de ocurrido. El Prestador del Servicio tendrá derecho a resolver el contrato de garantía extendida en el plazo de veinte (20) días y con preaviso de quince (15) días. El nuevo propietario deberá abonar al Prestador del Servicio de Garantía Extendida el cargo por transferencia de titularidad estipulado en el Certificado de Garantía Extendida, y presentar copia de la factura de compra de la Motocicleta y copia del Certificado de Garantía Extendida. En caso de fallecimiento del Titular del Certificado de Garantía, la transferencia de los beneficios
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de este programa sus herederos legales es automática, no correspondiendo el consentimiento del Prestador del Servicio de garantía Extendida.
Artículo 14 - TERMINACION DE LA COBERTURA INDIVIDUAL
Sin perjuicio de las demás causales de rescisión del Certificado de Garantía Extendida previstas en el presente certificado, dicho Certificado también caducará o quedará rescindido en los siguientes casos:
a) Al finalizar el plazo de cobertura estipulado;
b) Por destrucción, desaparición, inutilización, robo o hurto de la Motocicleta Incluida; o
c) Por rescisión o caducidad de este Certificado de Garantía Extendida.
Artículo 15 - RESOLUCION DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL
El Titular del Certificado de Garantía Extendida y el Prestador del Servicio de Garantía Extendida tienen derecho a resolver el Cer- tificado de Garantía Extendida sin expresar causa. Cuando el Prestador del Servicio de Garantía Extendida ejerza este derecho, deberá dar un preaviso no menor de quince (15) días y reembolsar el precio proporcional por el riesgo no corrido. Cuando lo ejerza el Titular del Certificado de Garantía, la rescisión se producirá desde la fecha en que notifique fehacientemente esa decisión, y el Prestador del Servicio de Garantía Extendida tendrá derecho a retener el precio devengado por el tiempo transcurrido, según las tarifas que para el efecto tiene el Prestador del Xxxxxxxx.xx Garantía Extendida
Cuando el servicio de Garantía Extendida rija de doce a doce horas, la resolución se computará desde la hora doce inmediata si- guiente, y en caso contrario, desde la hora veinticuatro.
Artículo 16 - RETICENCIA
Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el Titular del Certificado de Garantía, aún hechas de buena fe, que a juicio de los peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones, si el Prestador del Servicio de garantía Extendida hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo, produce la perdida de los derechos emanados del presente
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Certificado de Garantía Extendidal.
Artículo 17 - AGRAVACION DEL RIESGO
Toda agravación del riesgo asumido, es causa especial de resolución del servicio de garantía extendida objeto de este contrato, y cuando se deba a un hecho del Titular del Certificado de Garantía, produce la perdida de los derechos emanados del presente Certi- ficado de Garantía Extendida. Se entiende por agravación del riesgo asumido, la que si hubiese existido al tiempo de la celebración, a juicio de peritos hubiera impedido este contrato o modificado sus condiciones.
Artículo 18 - OBLIGACION DE SALVAMENTO
El Titular del Certificado de Garantía está obligado a tomar medidas razonables y/o necesarias de precaución conducentes para evi- tar o disminuir el daño en la Motocicleta Incluida y a observar las instrucciones del Prestador del Servicio de Garantía Extendida, en el caso que éste las diera. Si dichas instrucciones demandan gastos, los mismos serán reembolsados por el Prestador del Servicio de Garantía Extendida.
Artículo 19 - CAMBIO EN LAS COSAS DAÑADAS
El Titular del Certificado de Garantía no puede, sin el consentimiento del Prestador del Servicio de Garantía Extendida, introducir cambio en las cosas dañadas que haga más difícil establecer la causa del daño o el daño mismo, salvo que se cumpla para disminuir el daño o en el interés público. El Prestador del Servicio de garantía Extendida sólo puede invocar esta disposición cuando proceda sin demoras a la determinación de las causas del daño y a su valuación.
Artículo 20 - VERIFICACION DEL DAÑO
El Prestador del Servicio de Garantía Extendida podrá designar uno o más expertos para verificar el daño y la extensión de la prestación a su cargo, examinar la prueba experimental y realizar las indagaciones necesarias a tales fines. El informe del o de los expertos no compromete al Prestador del Servicio de Garantía Extendida es únicamente un elemento de juicio para que éste pueda pronunciarse acerca del derecho del Titular del Certificado de Garantía.
Artículo 21 - GASTOS NECESARIOS PARA VERIFICAR Y LIQUIDAR
Los gastos necesarios para verificar el daño en la Motocicleta Incluida y efectuar la reparación correspondiente son a cargo del Pres-
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tador del Servicio de Garantía Extendida en cuanto no hayan sido causados por indicaciones inexactas del Titular del Certificado de Garantía. Se excluye el reembolso de la remuneración del personal dependiente del Titular del Certificado de Garantía Extendida.
Artículo 22 - REPRESENTACION DEL TITULAR DEL CERTIFICADO DE GARANTIA EXTENDIDA
El Titular del Certificado de Garantía Extendida podrá hacerse representar en las diligencias para verificar el daño en la Motocicleta Incluida y efectuar su reparación y serán por su cuenta los gastos de esa representación.
Artículo 23 - SUBROGACION
Los derechos que correspondan al Titular del Certificado de Garantía Extendida contra un tercero, en razón de un daño en la Mo- tocicleta Incluida, se transfieren al Prestador del Servicio de Garantía Extendida hasta el costo de la reparación o el monto de la indemnización abonada. El Titular del Certificado de Garantía Extendida es responsable de todo acto que perjudique este derecho del Prestador del Servicio de Garantía Extendida. El Prestador del Servicio no puede valerse de la subrogación en perjuicio del Titular del Certificado de Garantía Extendida.
Artículo 24 - IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Los impuestos, tasas y contribuciones de cualquier índole y jurisdicción que se crearen en lo sucesivo o los aumentos eventuales de los existentes, estarán a cargo del Titular del Certificado de Garantía, según el caso, salvo cuando la ley los declare expresamente a cargo exclusivo del Prestador del Servicio de Garantía Extendida.
Artículo 25 - PRESCRIPCION
Las acciones fundadas en el presente contrato prescriben en el plazo previsto en la Ley para esta clase de contratos.
Artículo 26 - DOMICILIO
El domicilio de las partes es el que se indica en el presente documento.
Artículo 27 - COMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos de días, indicados en la presente Certificado se computarán en días calendarios, salvo disposición expresa en
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contrario. Los plazos estipulados en meses se computarán en meses calendarios.
Artículo 28 - JURISDICCION
Toda controversia judicial que se plantee con relación al presente contrato, será dirimida ante la Jurisdicción de los jueces del Distrito Judicial de Lima, Perú.
Artículo 29 - MONEDA DEL CONTRATO
La moneda del contrato será aquella prevista en las Condiciones Particulares.
Cuando la moneda del contrato fuera distinta a la de curso legal en la República de Perú y como consecuencia de cualquier dispo- sición de la autoridad monetaria se restringiera la obtención de las divisas en el mercado, o de otro modo se impidiera a las partes cumplir con sus obligaciones en esta moneda esta se cumplirá en moneda nacional a la tasa de cambio de venta más alta aplicada por las entidades del sistema financiero nacional o en su defecto la tasa de cambio más alta permitida por el ordenamiento legal Peruano.
CONDICIONES GENERALES ESPECÍFICAS
PLAN DE COBERTURA: MOTOCICLETAS
X. Xxxxxxxxx
Mediante este Plan de Cobertura, estarán cubiertas las reparaciones mecánicas de las siguientes piezas de Motocicleta Asegurada:
1. Motor
Todas las partes internas lubricadas, incluyendo, válvulas de lámina internas, válvulas y sus resortes, retenedores, trabas xx xxxxx- tes, guías, retenes, varillas de empuje, botadores y seguidores, balancines, sus ejes y bujes. Árbol de levas y sus retenes. Cigüeñal y sus cojinetes, pistones y sus aros, pernos de pistón, bielas y sus cojinetes. Engranajes de distribución, cadena x xxxxxx de distri- bución, bomba de aceite, bomba de agua, unidad de control de sobre presión de aceite, montantes de motor, paleta ventilador. La
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tapa de cilindros y el block se encuentran cubiertos como resultado de la falla de una pieza cubierta.
2. Transmisión
Todas las partes internas lubricadas, incluyendo, cojinetes, levas, engranajes y cadenas, ejes, mecanismo selector, arandelas, resortes y bujes. El embrague se encuentra excluido. La carcaza de la caja se encuentra cubierta como resultado de la falla de una pieza cubierta.
3. Sistema de lubricación
Sistema completo de inyección de aceite, bomba de aceite, engranaje de bomba, tanque de aceite, sensor de nivel de aceite y cañería metálica.
4. Caja primaria
Todas las partes internas lubricadas. La carcaza de la caja se encuentra cubierta como resultado de la falla de una pieza cubierta.
5. Diferencial
Cobertura solo para modelos cardánicos. Todas las partes internas lubricadas. El eje como la carcaza del diferencial se encuentran cubiertos como resultado de la falla de una pieza cubierta.
6. Suspensión
Xxxxxxxx delanteros y todas sus partes internas lubricadas, cojinetes xx xxxxxx delantero y trasero, cojinetes o bujes de horquilla trasera, brazos de oscilación xx xxxxxxxx delanteros. Ejes como las carcazas se encuentran cubiertos como resultado de la falla de una pieza cubierta.
7. Dirección
Conjunto de vástago de dirección, incluyendo, cojinetes, bujes, eje y tuercas de ajuste.
8. Frenos
Cálipers, bomba de freno, plato fijo xx xxxxxx, cubos y mecanismos internos.
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9. Sistema eléctrico
Arranque, bobina, rectificadores, estator, magneto, solenoides, alternador, regulador de voltaje. Cableado, modulo de ignición elec- trónico, sistema de inyección electrónica (incluyendo todos los sensores internos y externos relacionados con el sistema de inyec- ción)
10. Instrumental
Velocímetro, tacómetro, nivel de combustible, nivel de temperatura, amperímetro y nivel de presión de aceite.
11. Combustible / Refrigeración
Tanque de combustible y flotante, radiador e inyectores de combustible. La cobertura ampara la reparación o reemplazo de estas piezas no incluyendo ajustes.
12. Juntas y retenes
Junta de tapa de cilindros, junta de múltiple de admisión, junta de tapa de válvulas, juntas de tapa de caja primaria y tapa de diferen- cial, juntas de caja, retenes de cigüeñal y retenes de bomba de agua.
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FECHA DE VENTA: FECHA DE VENTA:
CERTIFICADO DE MOTOGARANTÍA CERTIFICADO DE MOTOGARANTÍA
Tienda:
Nombre de vendedor:
Tipo de Pago:
Nombre:
Provincia:
Departamento:
Teléfono: Teléfono: DNI: E-mail:
**Fecha de inicio Xxxxxxxxx:
**Kilometraje Xxxxxx Xxxxxxxxx:
Moto Garantía 24m ó 20,000km hasta 100CC
Moto Garantía 24m ó 20,000km 101CC hasta 150CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 151CC hasta 200CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 201CC hasta 500CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 501CC hasta 749CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 750CC hasta 1200CC
**Lo que ocurra primero
Una vez leido integramente el texto del presente certificado , incluidos términos y condiciones que se anexan al certificado y enterado de los alcances , límites y exclusiones para la prestación de los servicios de reparación conforme al mismo , lo firmo de conformidad en lugar y fecha señalados en el presente certificado , el cual se imprime y se firma en duplicado.
Deducible: Pago de S/. 30.00 soles, por concepto de reparación bajo los términos y condiciones de MotoGarantía, por el diagnostico de cada falla cubierta.
Tienda:
Nombre de vendedor:
Tipo de Pago:
Nombre:
Provincia:
Departamento:
Teléfono: Teléfono: DNI: E-mail:
**Fecha de inicio Xxxxxxxxx:
**Kilometraje Xxxxxx Xxxxxxxxx:
Moto Garantía 24m ó 20,000km hasta 100CC
Moto Garantía 24m ó 20,000km 101CC hasta 150CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 151CC hasta 200CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 201CC hasta 500CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 501CC hasta 749CC Moto Garantía 24m ó 20,000km 750CC hasta 1200CC
**Lo que ocurra primero
Una vez leido integramente el texto del presente certificado , incluidos términos y condiciones que se anexan al certificado y enterado de los alcances , límites y exclusiones para la prestación de los servicios de reparación conforme al mismo , lo firmo de conformidad en lugar y fecha señalados en el presente certificado , el cual se imprime y se firma en duplicado.
Deducible: Pago de S/. 30.00 soles, por concepto de reparación bajo los términos y condiciones de MotoGarantía, por el diagnostico de cada falla cubierta.
Xxxxx xx xxxxxx Firma del vendedor
Firma del Cliente
Xxxxx xx xxxxxx Firma del vendedor
Firma del Cliente
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