INFORME TRIMESTRAL
INFORME TRIMESTRAL
AL
30-09-2007
30-09-2006
CONTRATO DE AGENTE
FINANCIERO
Unidad Operativa de Control del Agente Financiero
RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
I - Cálculo
El Contrato de Agente Financiero suscripto en fecha 16 de Septiembre de 2005, establece que el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., en contraprestación por los servicios que debe brindar a la Provincia de Entre Xxxx, percibirá una comisión que surgirá de aplicar a cada una de las prestaciones el porcentaje que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Anexo “C” del mencionado contrato.-
El cálculo de la comisión resulta de aplicar los siguientes parámetros:
1. Cero coma quince porciento (0.15%) de los Recursos de Coparticipación Nacional de Impuestos, por las prestaciones de los siguientes servicios:
Servicio de Caja Obligada.
Percepción de Recursos de Coparticipación de Impuestos Nacionales.
Transferencia de los Recursos de Coparticipación Provincial a los Municipios.
Transferencias entre las diferentes xxxxxxx xxx Xxxxxx Provincial y Organismos Provinciales.
Administración del Fondo Unificado.
Pago de Cheques Intersucursales.
Pago a Proveedores, Contratistas y demás beneficiarios.
Apertura y Mantenimiento de Cuentas Bancarias.
2. Cero coma cinco porciento (0.5%) del Pago de Haberes activos y pasivos del Sector Público Provincial, por el servicio de apertura y mantenimiento de cuentas y pago de los haberes respectivos.-
3. Uno porciento (1%) de la Recaudación de Impuestos Provinciales (incluye: servicios, tasas y contribuciones provinciales) administrados por la Dirección General xx Xxxxxx, por la prestación del servicio de recaudación mencionado.-
II – Liquidación
Durante el período Enero-Diciembre de 2006 los parámetros y comisiones liquidadas por el Agente Financiero y controladas por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero (U.O.C.A.F.) fueron las siguientes:
CUADRO Nº 1.-
COMISIONES - IMPORTE | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | TOTAL | PROMEDIO |
1. Coparticipación Nacional de Impuestos | 250.672 | 242.865 | 235.052 | 211.849 | 378.623 | 376.723 | 289.780 | 315.002 | 296.789 | 2.597.355 | 285.424 |
2. Pago de Haberes | 804.421 | 184.580 | 769.393 | 505.092 | 715.998 | 693.143 | 720.364 | 857.698 | 608.994 | 5.859.683 | 643.921 |
3. Recaudación de Impuestos Provinciales | 286.935 | 377.870 | 325.304 | 544.416 | 301.031 | 300.926 | 370.856 | 308.766 | 327.511 | 3.143.614 | 345.452 |
TOTAL COMISIÓN | 1.342.028 | 805.315 | 1.329.749 | 1.261.357 | 1.395.651 | 1.370.792 | 1.381.001 | 1.481.466 | 1.233.294 | 11.600.653 | 1.274.797 |
PARÁMETROS - IMPORTE | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | TOTAL | PROMEDIO |
1. Coparticipación Nacional de Impuestos | 138.111.195 | 133.809.838 | 129.505.280 | 116.721.139 | 208.607.565 | 207.560.643 | 159.658.505 | 173.554.973 | 163.520.312 | 1.431.049.449 | 157.258.181 |
2. Pago de Haberes | 147.014.743 | 35.505.870 | 141.251.397 | 93.375.526 | 132.208.012 | 128.608.268 | 133.528.508 | 156.255.232 | 115.147.204 | 1.082.894.760 | 118.999.424 |
3. Recaudación de Impuestos Provinciales | 23.713.615 | 31.228.950 | 26.884.594 | 44.993.080 | 24.878.577 | 24.869.902 | 30.649.293 | 25.517.821 | 27.067.018 | 259.802.851 | 28.549.764 |
TOTAL COMISIÓN | 308.839.554 | 200.544.658 | 297.641.271 | 255.089.745 | 365.694.154 | 361.038.812 | 323.836.307 | 355.328.025 | 305.734.534 | 2.773.747.060 | 304.807.369 |
Aclaración: Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros en Pesos ($) liquidadas por NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
III – Análisis
GRÁFICO Nº 1 - COMISIÓN CONSOLIDADA: Enero-Septiembre 2006
$1.600.000
$1.400.000
$1.200.000
$1.000.000
$800.000
$600.000
$400.000
$200.000
$-
ENERO FEBRERO MARZO XXXXX XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX SEPTIEMBRE
Comisión Total Promedio
Para el análisis de las retribuciones liquidadas por el Agente Financiero durante el período informado (trimestre Julio-Septiembre) se debe considerar que el parámetro “Pago de Haberes” presenta un comportamiento irregular en función del cronograma de pagos dispuesto por la Provincia. Durante el mes xx xxxxxx se acreditaron los sueldos correspondientes a los meses de Julio y Agosto en los siguientes organismos:
Secretaría de Salud.-
Administración Central.-
Vialidad.-
Consejo del Menor.-
Docentes y Administrativos del Consejo General de Educación con documento hasta 14.600.000.-
Como consecuencia de lo anteriormente mencionado, el parámetro “Pago de Haberes” presenta en el mes de Septiembre una disminución relevante respecto al mes anterior. La comisión por este concepto en Septiembre de 2006, resultó ser inferior al valor promedio anual.-
GRÁFICO Nº 3 - PROMEDIOS - PARÁMETROS
$250.000.000
$200.000.000
$150.000.000
$100.000.000
$50.000.000
$-
ENERO FEBRERO MARZO XXXXX XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX SEPTIEMBRE
Coparticipación Nacional
Promedio Coparticipación
Pago de Haberes
Promedio Haberes
Impuestos Provinciales
Promedio Impuestos
CUADRO Nº 2: PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE COMISIONES Y PARÁMETROS.-
% PARTICIPACIÓN- COMISIONES | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | TOTAL | PROMEDIO |
1. Coparticipación Nacional de Impuestos | 19% | 30% | 18% | 17% | 27% | 27% | 21% | 21% | 24% | 22% | 22% |
2. Pago de Haberes | 60% | 23% | 58% | 40% | 51% | 51% | 52% | 58% | 49% | 51% | 51% |
3. Recaudación de Impuestos Provinciales | 21% | 47% | 24% | 43% | 22% | 22% | 27% | 21% | 27% | 27% | 27% |
TOTAL COMISIÓN | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% |
% PARTICIPACIÓN - PARÁMETROS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | TOTAL | PROMEDIO |
1. Coparticipación Nacional de Impuestos | 45% | 67% | 44% | 46% | 57% | 57% | 49% | 49% | 53% | 52% | 52% |
2. Pago de Haberes | 48% | 18% | 47% | 37% | 36% | 36% | 41% | 44% | 38% | 39% | 39% |
3. Recaudación de Impuestos Provinciales | 8% | 16% | 9% | 18% | 7% | 7% | 9% | 7% | 9% | 9% | 9% |
TOTAL COMISIÓN | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% | 100% |
La comisión mensual promedio (IVA incluido) del período Enero-Septiembre 2006 resultó un monto de $1.274.797 conformada de la siguiente manera:
1. Coparticipación Nacional de Impuestos: $285.424, con una participación relativa del 22% del total.-
2. Pago de Haberes: $643.921, con una participación relativa del 51% del total.-
3. Recaudación de Impuestos Provinciales: $345.452, con una participación relativa del 27% del total.-
IV - Control
El Contrato de Agente Financiero dispone en la cláusula Décima Sexta que el cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios a cargo del AGENTE FINANCIERO será fiscalizado en forma permanente por la PROVINCIA, a través de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”. Entre otras funciones se encargará de “recepcionar y controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta liquidación y efectuar los reclamos que considere pertinentes...”.-
Asimismo, el Reglamento Orgánico de la Unidad Operativa, aprobado por Decreto N° 9.187/05 M.E.H.F., establece entre sus funciones “controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta aplicación y efectuar los reclamos que considere pertinentes”.-
En las liquidaciones presentadas por el Agente Financiero durante el período en análisis se observaron diferencias en las rendiciones, y habiéndose efectuado el reclamo correspondiente, las mismas fueron ajustadas por el Agente Financiero en los meses siguientes. A continuación se detallan los ajustes efectuados en los parámetros utilizados para el cálculo de la comisión:
Junio 2006:
A nexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
Consejo General de Educación: $4.620.547.47 correspondiente a acreditación de haberes de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada.
Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima: “El presente Contrato no podrá ser modificado, enmendado o complementado, en todo o en parte, a menos que dichas
modificaciones, enmiendas o complementos fueren acordadas entre LAS PARTES y sometidas a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero”.-
Julio 2006:
A nexo “C1”: Recursos de Origen Nacional transferidos a la Provincia.-
El reclamo realizado en el mes xx Xxxx por el concepto “Otros” del Anexo C1 correspondiente a transferencias del programa de Compensación Salarial
Docente, art 9 de la Ley de Financiamiento Educativo por el monto de
$3.372.116,20, continúa pendiente de ajuste, reiterándose el reclamo por Expte. Nº 707226 en fecha 00 xx xxxxx xxx xxxxxxxxx año, por no corresponder su inclusión, en razón de no estar considerado en el régimen de transferencias de recursos fiscales entre la Nación y las Provincias (Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos) establecido en la Ley Nº 23.548 y regímenes complementarios dispuestos por Leyes Especiales.-
A nexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
XX.XX.XX.XXX.: $5.505,32 correspondiente a Xxxxxx Xxxxx Complementario computado erróneamente por parte del Agente Financiero. Se ha efectuado el reclamo correspondiente, estando pendiente su reintegro y/o ajuste de comisiones.-
Consejo General de Educación: $4.639.506.66 correspondiente a acreditación de haberes de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada.
Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Agente Financiero.-
Agosto 2006:
A nexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
Consejo General de Educación: $5.232.131 correspondiente a acreditación de haberes Julio 06 de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada y $4.075.693,22 del mes de Enero 06.
Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Agente Financiero.-
Septiembre 2006: Se encuentra en etapa de validación de datos y aprobación definitiva.-
A nexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
Consejo General de Educación: $5.028.812.46 correspondiente a acreditación de haberes Agosto 06 de docentes pertenecientes a establecimientos educativos de gestión privada y $4.706.778,44 del mes xx Xxxxx 06.
Pendiente de confirmación por parte de la U.O.C.A.F. hasta tanto sea suscripto un Convenio Complementario entre el Agente Financiero y la Provincia, según lo dispuesto en la Cláusula Décima Séptima del Contrato de Agente Financiero.-
CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO
“La PROVINCIA contrata a NBERSA, y este acepta prestar los servicios de Caja Obligada y Agente Financiero de la PROVINCIA, con carácter exclusivo, debiendo a ese fin brindar los siguientes servicios “
Se cumple normalmente con los servicios de caja obligada y agente financiero.-
PUNTO 0.0.0.:
“Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D”, se continuarán prestando en las mismas condiciones por el término de un año, contado a partir de la firma del presente Contrato, debiendo los Entes y/o Municipios Recaudadores depositar en el AGENTE FINANCIERO los importes recaudados dentro de las veinticuatro (24) horas de percibido culminado el plazo de vigencia previsto, estos Convenios podrán ser prorrogados por acuerdo entre las entidades y/o municipios recaudadores con el AGENTE FINANCIERO”.-
En nota de fecha 13 de Septiembre de 2006 el Agente Financiero comunicó a al Dirección General xx Xxxxxx con copia a la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero los Entes y/o Municipios Recaudadores que prestarán el mencionado servicio hasta el día 15 de Septiembre del corriente año: Caseros, Xxxxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx del Tala, Villaguay, Crespo, Basavilbaso, Seguí, Oro Verde y Caja Forense.-
La recaudación de impuestos, servicios, tasas y contribuciones provinciales en las localidades mencionadas se realizará en las sucursales que posee el Agente Financiero en las mismas.-
CLÁUSULA SEGUNDA – SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS
PUNTO 2.2.:
“Los Organismos y Personas Jurídicas integrantes del Grupo “C”
podrán suscribir con el Agente Financiero convenios específicos que regulen la prestación de los servicios que requiera su operatoria...”
“Respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Xxxx (IAPSER), podrán acordarse alianzas estratégicas que contemplen la comercialización por parte del Agente Financiero de seguros de venta en plataforma comercial y la contratación de seguros y por parte del IAPSER, canalizar su operatoria bancaria (pago de haberes a sus empleados, pago a proveedores, liquidación de pólizas, etc.) en el Agente Financiero”.-
“Respecto del Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. XX.XX.XXX.XX. S.A., se podrán acordar alianzas estratégicas...”
“ Respecto de la Empresa de Energía de Entre Xxxx S.A. – ENERSA -, se ratificarán los siguientes Convenios suscriptos con fecha 02-06-05...”
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero:
En el mes xx xxxxx se contrató con el I.A.P.S.E.R. el seguro de vida en “préstamos personales referidos” correspondiente a clientes que no acreditan sueldos en el banco.-
No se han acordado alianzas estratégicas con el Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. – XX.XX.XXX.XX. S.A.
Se está tramitando la implementación de la ratificación de todos los convenios suscriptos en fecha 2 xx xxxxx de 2005 con la Empresa de Energía de Entre Xxxx S.A. – ENERSA.-
CLÁUSULA TERCERA – OBLIGACIONES DEL AGENTE FINANCIERO
PUNTO 3.1.:
“Mantener al día, en las Sucursales de la Provincia, el pago de las
obligaciones previsionales que le correspondieren en relación con sus empleados y cumplir en tiempo y forma con todas las leyes aplicables en materia laboral y previsional. En caso de apertura de nuevas Sucursales o Agencias en la Provincia, al menos el 65 % del personal que contrate o destaque para desempeñarse en dichas nuevas casas deberá ser residente en la Provincia”.-
De acuerdo a lo informado por el NBERSA, se cumple normalmente en tiempo y forma con las leyes aplicables en materia laboral y previsional.-
No se han efectuado apertura de nuevas sucursales o agencias en la Provincia.-
PUNTO 3.2.:
“No cerrar unilateralmente Sucursales con servicios bancarios completos (recaudaciones, cuentas corrientes, cajas de ahorro, valores al cobro, plazo fijo, préstamos, pagos de sueldos y jubilaciones y tarjetas de crédito); Agencias (recaudaciones y pagos a jubilados al menos dos días a la semana) y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales; las cuales se detallan en el Anexo “A” del presente Convenio, salvo disposiciones del B.C.R.A. ( Banco Central de la República Argentina) que no sean consecuencia de políticas implementadas por el Agente Financiero”.-
“Además mantener como mínimo la cantidad de cajeros automáticos que integran la red que se detalla en el Anexo “A” del presente Convenio”.-
No se constatan cierres de sucursales, agencias y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pagos a empleados, jubilados, y pensionados provinciales.-
En cuanto a las agencias de recaudaciones y pagos a jubilados al menos dos días a la semana, continúa pendiente la normalización del servicio en las siguiente localidades:
Xxxxx Xxxxxxx
x Xxxxxxxxx
x Xxxxx Xxxxxxxxx
Tabossi
San Xxxxx de la Frontera
Santa Xxxxx
Villa Xxxxxxx
Ubajay
En lo que respecta a la red de cajeros automáticos del Agente Financiero, desde la fecha de suscripción del Contrato de Agente Financiero hasta la fecha del presente informe, se han integrado a la misma las siguientes unidades:
CUADRO Nº 3.-
LOCALIDAD | PROVINCIA | UNIDADES |
Mercedes | Xxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 1 |
San Xxxxx de la Frontera | Entre Xxxx | 1 |
Paraná (Suc. Centro) | Entre Xxxx | 2 |
Paraná (Suc. Corrales) | Xxxxx Xxxx | 0 |
Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 0 |
Xxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 1 |
Xxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxx | 0 |
Xxxxx Xxxxx | Xxxxx Xxxx | 1 |
Victoria | Entre Xxxx | 1 |
Concepción del Uruguay | Xxxxx Xxxx | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx Xxxx | 1 |
CGE- Paraná | Entre Xxxx | 1 |
Villa Libertador San Xxxxxx | Entre Xxxx | 1 |
Villa Xxxxxxx | Entre Xxxx | 1 |
Paraná – La Rioja Nº 160 | Entre Xxxx | 5 |
Total unidades incorporadas : | 22 |
Por lo tanto la red de cajeros automáticos del Agente Financiero cuenta a la fecha del presente informe con 124 unidades.-
PUNTO 3.3
El Agente Financiero se obliga “en el término de dos (2) años, contados
a partir de la firma del presente convenio:
Habilitar un Centro de Pago en la Ciudad de Concordia, un Xxxxxx xx Xxxx x Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx”;
Instalar Cajeros Automáticos en las localidades de San Xxxxxx, San Xxxxx de la Frontera y Hernandarias;
Brindar facilidades adicionales para mejorar la atención de servicios de recaudación y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales en las ciudades de La Xxx, Xxxxxxxx, Chajarí y Villaguay.”
En referencia a la habilitación del Centro de Pago en Concordia y el Centro de Pago y Cobro en Concepción del Uruguay, el Agente Financiero informa que se presentó a la
Gerencia de Recursos Materiales el presupuesto con los montos a invertir en cada local elegido para el funcionamiento de ambos centros.-
En cuanto a las instalaciones de Cajeros Automáticos cabe destacar:
-San Xxxxxx: fue habilitado el 30 xx Xxxxx del corriente.-
-San Xxxxx de la Frontera: la instalación del dispositivo fue realizada el día 26 xx xxxxx del corriente año.-
-Hernandarias: puesto en funcionamiento el 19 de Octubre de 2006.-
En lo que respecta al último inciso del punto 3.3., se han instalado cajeros automáticos en la ciudad de Villaguay, Chajarí y Victoria, el 30 xx Xxxx, 00 xx Xxxxx x xx 00 xx Xxxxx xxx xxxxxxxxx año, respectivamente.-
PUNTO 3.4.
El Agente Financiero se obliga a “prestar los servicios objeto del presente Convenio en condiciones de eficiencia y transparencia y de acuerdo con los estándares xxx xxxxxxx para las instituciones de primera línea. En particular:
En la prestación del servicio de recaudación de impuestos, tasas y contribuciones: implementar sistemas alternativos de cobro, mantener actualizada la tecnología utilizada para la prestación del servicio y prever en las fechas de vencimientos un incremento de las cajas recaudadoras y/o extensión de horarios de atención al público.-
En relación al servicio de pago de haberes a través de la red de cajeros automáticos: implementar los mecanismos necesarios a efectos de lograr una mejora permanente en el nivel”.-
Según lo informado por el Agente Financiero: Tecnología:
Se iniciaron los contactos y actividades conducentes para que el banco procese las
rendiciones de las recaudaciones efectuadas por los entes recaudadores externos. Se continúa con el proceso de recambio tecnológico, así como con las mejoras de infraestructura en las sucursales.-
Sistemas alternativos de cobro:
Se ha presentado a la Dirección General xx Xxxxxx la opción de pago de impuestos a través de la red de cajeros automáticos y de homebanking (Pagos Link), estando el proyecto de implementación en análisis. Adicionalmente se han puesto en conocimiento de la DGR las opciones de débito automático en cuentas y en tarjetas de crédito, alternativas que también se encuentran en etapa de análisis para su definición e implementación final por ambas partes. –
Refuerzo de personal en líneas xx xxxxx en épocas de concentración de vencimientos:
Se ha contratado una dotación de recursos humanos que previa tarea de capacitación y entrenamiento en la función de caja, integraran un grupo de cajeros que se asignan en dichas fechas a las distintas sucursales del Banco en la Provincia. Durante el trimestre informado el dispositivo fue aplicado en las sucursales: Paraná Centro, Corrales, Cinco Esquinas, Tribunales, Paracao, Parque, Xxx Xxxxx, Paraná Peatonal, Cirme, Uruguay Peatonal, Concordia Peatonal, Gualeguaychú y Santa Fe (Xxxxxxxxxx).-
Extensión horaria:
No se observa en el trimestre extensión horaria en la atención al público.-
Red de Cajeros Automáticos:
En cuanto al pago de haberes a través de la red de cajeros automáticos, se ha llevado adelante la instalación de 13 cajeros automáticos desde la fecha de suscripción del Contrato de Agente Financiero hasta la emisión del presente informe, tal como se expone en el punto 3.2.
PUNTO 3.5.
“Informar a la Provincia, “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero” y Tesorería General de la Provincia en forma inmediata, las trabas de embargos contra alguna de sus cuentas habilitadas en el Agente Financiero”.-
En normal cumplimiento.-
PUNTO 3.6.
“Mantener indemne y libre de responsabilidad, daños, perjuicios, pérdidas, costos o gastos legales razonables en que pueda incurrir la PROVINCIA, en razón o con motivo del reclamo que pudieran efectuarle terceras partes basado en su actuación como Agente Financiero y Caja Obligada, en la medida que dichos reclamos prosperen. Las obligaciones emergentes de esta Cláusula permanecerán vigentes aún concluida la vigencia del resto de las Cláusulas de este contrato hasta el plazo de prescripción.
La PROVINCIA se compromete a dar intervención, en el término de dos (2) días hábiles de recibido cualquier reclamo administrativo y/o acción judicial, al AGENTE FINANCIERO, a los efectos que este ejercite las defensas que estime corresponder, conforme lo estipulado en el párrafo precedente.”
A raíz de la presentación efectuada por la Municipalidad de Villaguay por la cual se expone la situación de irregularidad en que incurriría el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., Agente Financiero de la Provincia, al proceder a trabar embargos sobre las cuentas de titularidad de municipios, en las que se depositan fondos de coparticipación provincial de impuestos, incumpliendo las limitaciones impuestas por el artículo 153 de la Ley Provincial Nº 3.001 y las Leyes Nacionales Nº 24.624 y 25.973; la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero en el marco de lo establecido en la cláusula trascripta
precedentemente procedió a dar intervención al Agente Financiero a fin de informar sobre la cuestión planteada.-
PUNTO 3.7.
“Efectuar el cambio de domicilio legal y mantenerlo durante la vigencia del presente Convenio, como así también la sede central o casa matriz del Agente Financiero en la Provincia”. -
En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha 23 de Noviembre de 2005, se procedió a cambiar el domicilio, estando pendiente su inscripción ante la Inspección General de Personas Jurídicas.-
PUNTO 3.8.
“Designar como Director Titular del NBERSA, a la persona que designe la Provincia, mediante el dictado del correspondiente Decreto, cuya designación deberá recaer en una persona que reúna los requisitos exigidos por normas legales, societarias y del B.C.R.A., quien deberá a su vez para asumir sus funciones contar con la aprobación previa del Banco Central de la República...”. -
Por Decreto N° 1.571 M.E.H.F. de fecha 6 xx Xxxxx de 2006 se designa para el cargo de Director Titular del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., para el ejercicio económico 2006 al Señor D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.-
En Asamblea General Ordinaria de Accionistas del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., celebrada el 19 xx Xxxxx de 2006, se designa Director Titular del Banco a la persona propuesta por la Provincia de Entre Xxxx en el Decreto antes mencionado.-
Xx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, mediante Resolución Nº 159 del Directorio, de fecha 20 de Julio de 2006, aprobó la designación del Señor Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx como director del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A.-
CLÁUSULA CUARTA – COMPROMISOS DE LA PROVINCIA Y DEL AGENTE FINANCIERO
“El Agente Financiero compromete sus mejores esfuerzos para destinar las financiaciones que otorgue al Sector Privado en el ámbito de la Provincia de Entre Xxxx, a aquellas actividades productivas que permitan el desarrollo de la economía provincial, elaborando a tales efectos las líneas de crediticias que estimulen la actividad económica personal, de pequeñas y medianas empresas, la construcción y la adquisición de vivienda, la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos de la Provincia”.-
El Agente Financiero informa las siguientes líneas de créditos:
Que estimulen la actividad económica personal:
o Préstamos Personales con débito en Cuenta Ingreso.-
o Préstamos Personales con Código de Descuento.-
o Préstamos Referidos.-
o Firma del convenio de Fideicomiso para Instalación y/o conexión de gas entre el Banco, CFI y ENERSA.-
Para pequeñas y medianas empresas:
o Tarjeta de Créditos Visa Entre Xxxx Agro.-
o Para micro, PyMEs agropecuarias – con garantía Warrant.-
o Pago íntegro retención de granos.-
o Para siembra de granos finos y gruesos.-
o Para siembra de pasturas.-
o Para aumento del rodeo y calidad genética del sector ganadero.-
o Para productores tamberos.-
o Para productores apícolas.-
o Adelantos en cuenta corriente.-
o Valores Negociables.-
o Firma del convenio de Fideicomiso para instalación y/o conexión de gas entre el Banco, CFI y ENERSA.-
Para la construcción y adquisición de viviendas:
o En análisis.-
Para la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos:
o Adquisición de bienes de capital para actividades agropecuarias y avícolas.-
o Leasing para bienes de capital.-
o Línea con tasa bonificada con el Estado Provincial y la C.A.S.F.E.S.G. destinadas al sector citrícola para financiación de equipos xx xxxxx.-
o Línea con tasa bonificada con el Estado Provincial y Nacional para financiar inversiones en el sector avícola y porcino.-
En cuanto al compromiso del Agente Financiero respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Xxxx:
“Asimismo el Agente Financiero se obliga, respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro a:
I) Contratar, en el caso de que su oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguros sobre todos sus bienes inmuebles, seguro de vida obligatorio y seguros de riesgo de trabajo de sus empleados.-
II) Contratar, en el caso en que su oferta se encuentre en igualdad de
condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguro de todas las operaciones de crédito que se otorguen con fondos de la Provincia (en donde la misma asume el carácter de acreedor) como así también, todas aquellas operaciones de crédito, en que cualquiera de los Organismos que integran los Grupos “A”, “B” y “C”, tal como lo define el Punto 1.1.1 del presente Contrato, revista el carácter de deudor y deban contratarse seguros sobre bienes ofrecidos en garantía”.-
Con motivo del vencimiento de la póliza de incendio sobre inmuebles, el Agente Financiero solicitó en forma conjunta al I.A.P.S.E.R. y a Sancor Cooperativa de Seguros presupuesto del riesgo de referencia. Analizadas las propuestas el Agente Xxxxxxxxxx contrató la póliza con Sancor Cooperativa de Seguros, en razón que la cotización efectuada resultó ser la más económica.-
El Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. ha contratado con el I.A.P.S.E.R. los seguros de vida obligatorio y seguros de riesgo de trabajo de sus empleados.-
CLÁUSULA QUINTA – FINANCIACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS PROVINCIALES
En la Cláusula Quinta – Financiación a Empleados Públicos, Jubilados y Pensionados Provinciales – del Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. se compromete a implementar líneas de crédito y financiación destinadas a préstamos personales para empleados públicos, jubilados, pensionados, amas de casa; a través del uso de la modalidad “Código de Descuento” para percibir los importes correspondientes a cuotas de los préstamos que éste otorgue.-
El 9 xx Xxxxx de 2006, se firmó el Convenio “Código de Descuento sobre Haberes para Préstamos Personales”, entre el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx. Este convenio tiene como finalidad acordar entre las partes, el cobro de las cuotas de préstamos personales que otorgue el Agente Financiero a los agentes activos y pasivos provinciales cuya liquidación efectúe la Dirección de Ajustes y Liquidaciones.-
Para poder llevar adelante el cumplimiento de la Cláusula Quinta anteriormente mencionada, es necesario también la firma de Convenios Operativos entre el Agente Financiero y aquellos organismos integrantes del Sector Público, cuya liquidación de haberes es descentralizada.-
La Cláusula Segunda, punto 2.1. del Contrato de Agente Financiero establece que los Convenios Operativos “deberán contar previamente con dictamen favorable de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”.-
En cumplimiento con lo anteriormente mencionado se ha emitido los siguientes dictámenes en el transcurso del trimestre:
CUADRO Nº 4.-
Convenios a suscribir entre: | Fecha del Dictamen |
I.A.F.A.S. – NBERSA | 13 de Julio de 2006 |
Caja de Jubilaciones y Pensiones E.R.- NBERSA | 20 de Julio de 2006 |
Observando la conveniencia de celebrar los “Convenios de Código de Descuento sobre Haberes para Préstamos Personales” que permitan la correcta prestación de ésta modalidad, se ha considerado que no habría impedimento para llevar adelante la suscripción de los mismos.-
XXXXXXXX XXXXXX – RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
Aplicación de Topes
“...La retribución acumulada durante el año calendario, no podrá tener una tasa de incremento respecto de la retribución acumulada durante el año calendario inmediato anterior, superior a la tasa de aumento nominal del PBI (Producto Bruto Interno)...”
“...Para el cálculo del Año 2006, atento a la fecha del presente Contrato, para la determinación de la retribución acumulada del Año 2005, según el presente contrato, se determinará la retribución promedio mensual correspondiente a los meses íntegros efectivamente abonados durante el Año 2005 y se procederá a su anualización...”
Control de Tasa de Incremento.-
COMISIONES - 2005
Octubre | $ 1.058.489,55 |
Noviembre | $ 1.098.778,83 |
Diciembre | $ 1.334.678,34 |
Total | $ 3.491.946,72 |
En función del total de comisiones anteriormente expuesto, se procede a determinar la retribución promedio mensual del 2005, la cual es de $1.163.982,24.-
A partir de ella se procede a su anualización:
Comisiones - Anualizado 2005 | $ 13.967.786,88 | ||
COMISIONES 2006
Enero | $ 1.362.070,55 |
Febrero | $ 817.222,66 |
Marzo | $ 1.347.412,04 |
Abril | $ 1.160.612,60 |
Mayo | $ 1.388.356,50 |
Junio | $ 1.388.096,29 |
Xxxxx | $ 1.400.359,26 |
Agosto | $ 1.498.083,00 |
Septiembre | $ 1.261.770,44 |
$ 11.623.983,33 |
Efectuando una proyección lineal de las retribuciones para el último trimestre del 2006, resulta:
$15.498.644,44
Comisión – Proyectado 2006
Tasa de Incremento Proyectada: 10.96 % (Comisiones 2006 vs Comisiones 2005)
La tasa de incremento proyectada del 10,96% para el año 2006 es inferior a la tasa de aumento nominal del P.B.I. del 13.10% estimada en el Presupuesto Nacional.-
El tope de comisiones a abonar al Agente Financiero estimado para el año 2006, considerando la tasa de aumento nominal del P.B.I. (Producto Bruto Interno) es de
$15.797.566,96
$15.797.566,96, es decir un promedio mensual de $1.316.463,91.- Tope - Comisiones 2006
Los datos anteriormente obtenidos pueden observarse en el siguiente gráfico:
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una de las funciones de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero según definición de la cláusula Décimo Sexta del Contrato de Agente Financiero es “calificar y verificar la suficiencia de los títulos públicos prendados para mantener el valor de la garantía de cumplimiento”.-
La cláusula Décimo Segunda del mencionado contrato establece una garantía de cumplimiento del mismo por un importe equivalente a $6.000.000 (pesos seis millones). A estos efectos el Agente Financiero constituyó en la Caja de Valores S.A. Prenda Nº 15918 de títulos públicos emitidos por el Gobierno Nacional: Bonos Discount denominados en Pesos y Unidades únicas de títulos vinculados al P.B.I. -
Se informa la valuación (en pesos) de los títulos prendados a favor de la Provincia de Entre Xxxx:
CUADRO Nº 5.-
Xxxxx | Xxxxx Nominal (V$N) | Cotización ($) | Valuación Total ($) |
31 de Julio de 2006 | 5.586.812 | 1,2450 | 6.955.581 |
31 xx Xxxxxx de 2006 | 5.586.812 | 1,2660 | 7.072.904 |
30 de Septiembre de 2006 | 5.586.812 | 1,2615 | 7.047.763 |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA – SISTEMA DEL FONDO UNIFICADO
“...Así mismo la Provincia se compromete en relación a los saldos utilizados a la fecha pesos: Ochenta Millones ($80.000.000), a la regularización del uso transitorio de los mismos, en reintegro anuales contados a partir del primero de enero del 2.007, y durante los ocho (8) años subsiguientes”.-
La Unidad Operativa de Control del Agente Financiero bajo Expediente Nº 633.673 elaboró proyecto de Convenio de Regularización del Fondo Unificado. A la fecha del presente informe se encuentra en análisis por parte del Agente Financiero.-
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA – OPCIÓN DE COMPRA
“EL AGENTE FINANCIERO se obliga a otorgar a la PROVINCIA, previa resolución de la Asamblea de Accionistas del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y durante Cinco (5) años contados a partir de haber fenecido el año desde la Toma de Posesión del NBERSA, previsto en el Pliego de Bases y Condiciones, en la oferta efectuada por el adjudicatario del NBERSA y en el Contrato de Compra-Venta de Acciones que el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. suscribiera, la opción de compra del Dieciocho por Ciento (18%) de las Acciones Ordinarias de su titularidad en el NBERSA, sujeta a la previa y expresa autorización del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”.-
El Dieciocho por Ciento (18%) de las Acciones Ordinarias de titularidad en el NBERSA, corresponde a 30.690.000 acciones ordinarias (TREINTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL), por un valor contable total al 30 xx Xxxxx de 2006 de $33.914.700 (PESOS TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS).-
OTROS TEMAS DE INTERÉS
1) Recepción y tramitación de solicitudes al Agente Financiero.
Durante el Tercer Trimestre del 2006, la Unidad Operativa de Control ha recepcionado y gestionado ante las autoridades del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. lo siguiente:
En respuesta a solicitudes de instalación xx xxxxxx automáticos en diversas localidades de la Provincia y de acuerdo a lo informado por el Agente Financiero, se encuentra proyectada la habilitación de un cajero automático en la ciudad de Nogoyá para el mes de Enero de 2007 y en la ciudad de Concordia en lo que respecta al año 2007.-
Se ha tramitado pedido de la Caja Forense de Entre Xxxx de suscribir prórroga o nuevo Convenio de Recaudación de Impuestos con el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A.-
Se ha tramitado reclamo realizado por un contribuyente de la ciudad de Concordia en lo que respecta al servicio de recaudación de Impuestos, Tasas y Contribuciones.-
Se ha concluido con la tramitación de la instalación de un Cajero Automático en el frente del edificio del Consejo General de Educación y se ha llevado adelante su instalación.-
Se ha puesto a consideración del Agente Financiero proyectos de Convenio Operativo de Ajuste de Retribuciones y Convenio Complementario del Contrato de Agente Financiero confeccionado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero, estando en análisis por parte del NBERSA.-
2) Incidencia económica y financiera del Contrato
En la comparación económica del Contrato de Agente Financiero vigente con el anterior Contrato aprobado por Ley Nº 9376, resulta necesario considerar en dicho análisis la incidencia de las exenciones en el Impuesto a los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 dispuestas por la ley mencionada anteriormente en su artículo 3º - CAPITULO III – De las exenciones tributarias.-
De haberse mantenido la exención impositiva en el Contrato vigente, la Provincia hubiera dejado de percibir los siguientes montos por el semestre analizado:
CUADRO Nº 6.- IMPUESTOS PROVINCIALES
Mes | Ley 4035 | Ingresos Brutos | Total |
Ene-06 | $ 122.915,80 | $ 337.789,93 | $ 460.705,73 |
Feb-06 | $ 101.528,71 | $ 302.546,25 | $ 404.074,96 |
Mar-06 | $ 92.115,72 | $ 398.287,00 | $ 490.402,72 |
Abr-06 | $ 92.901,79 | $ 373.738,07 | $ 466.639,86 |
May-06 | $ 93.096,06 | $ 447.752,23 | $ 540.848,29 |
Jun-06 | $ 143.248,94 | $ 435.837,71 | $ 579.086,65 |
Jul-06 | $ 93.969,32 | $ 379.759,81 | $ 473.729,13 |
Ago-06 | $ 94.005,29 | $ 477.196,54 | $ 571.201,83 |
Sep-06 | $ 94.918,58 | $ 422.842,40 | $ 517.760,98 |
Total | $ 928.700,21 | $ 3.575.749,94 | $ 4.504.450,15 |
Por lo tanto, para analizar la incidencia económica y financiera del Contrato de Agente Financiero vigente, se considera la retribución abonada al Agente Financiero menos el Impuesto a los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 que este último tributa a la Provincia. Para completar la información se detallan los conceptos señalados:
CUADRO Nº 6.- INCIDENCIA ECONÓMICA:
Mes | Retribución | Ingresos Brutos Ley 4035 | Incidencia Económica |
Ene-06 | $ 1.362.070,55 | $ 460.705,73 | $ 901.364,82 |
Feb-06 | $ 817.222,66 | $ 404.074,96 | $ 413.147,70 |
Mar-06 | $ 1.347.412,04 | $ 490.402,72 | $ 857.009,32 |
Abr-06 | $ 1.160.612,60 | $ 466.639,86 | $ 693.972,74 |
May-06 | $ 1.388.356,50 | $ 540.848,29 | $ 847.508,21 |
Jun-06 | $ 1.388.096,29 | $ 579.086,65 | $ 809.009,64 |
Jul-06 | $ 1.400.359,26 | $ 473.729,13 | $ 926.630,13 |
Ago-06 | $ 1.498.083,00 | $ 571.201,83 | $ 926.881,17 |
Sep-06 | $ 1.261.770,44 | $ 517.760,98 | $ 744.009,46 |
Total | $ 11.623.983,34 | $ 4.504.450,15 | $ 7.119.533,19 |
Promedio Mensual $ 782.366,28
En consecuencia, la incidencia económica y financiera neta del contrato de agente financiero del período Enero-Septiembre de 2006 es de $782.366 promedio mensual.-
3) Ranking de Entidades Financieras
Sobre un total de noventa (90) entidades financieras, al mes de julio de 2006, el NBERSA ocupa las siguientes posiciones:
a) Teniendo en cuenta el activo: ubicación Nº 24.-
b) Teniendo en cuenta el monto de los préstamos otorgados: ubicación Nº 25.-
c) Considerando el monto de los depósitos captados: ubicación Nº 20.-
d) Considerando el patrimonio neto: ubicación Nº 24.-
Se adjunta cuadro correspondiente al ranking de las treinta primeras posiciones.-
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX S.A. EN EL SISTEMA FINANCIERO ARGENTINO
PATRIMONIO NETO
ACTIVOS
PRESTAMOS
DEPOSITOS
1 NACION ARGENTIN 62.085,30 1 NACION ARGENTIN 11.673,10 1 NACION ARGENTIN 43.191,60 1 NACION ARGENTIN 5.991,40
2 GALICIA Y BS AS 22.891,70 2 XXXXXXX X XX XX 0.000,00 0 XX XXXXXX XXXXX 14.141,00 2 HIPOTECARIO 2.385,50
3 XX XXXXXX XXXXX 00.000,00 0 XXX XX XX XXXXX 7.769,70 3 FRANCES SA 11.641,70 3 MACRO BANSUD SA 2.094,60
4 FRANCES SA 15.487,90 4 FRANCES SA 7.466,60 4 RIO DE LA PLATA 10.950,10 4 FRANCES SA 1.878,60
5 XXX XX XX XXXXX 00.000,00 0 XX XXXXXX XXXXX 6.016,00 5 GALICIA Y BS AS 9.563,90 5 CIUDAD DE BS AS 1.465,20
6 CIUDAD DE BS AS 9.752,00 6 CIUDAD DE BS AS 5.001,30 6 XXXXXX XX XX XX 0.000,00 0 XX XXXXXX XXXXX 1.407,40
7 HIPOTECARIO 8.954,70 7 BANKBOSTON 3.626,30 7 BANKBOSTON 5.031,40 7 GALICIA Y BS AS 1.366,00
8 MACRO BANSUD SA 8.090,80 8 CITIBANK N.A. 3.385,30 8 XXXXXXXX X.X. 0.000,00 0 XXX XX XX XXXXX 1.195,30
9 BANKBOSTON 7.470,90 9 MACRO BANSUD SA 3.085,00 9 CREDICOOP COOP 4.662,90 9 BANKBOSTON 1.097,30
10 CITIBANK N.A. 7.120,10 10 CREDICOOP COOP 2.838,30 10 MACRO BANSUD SA 4.542,10 10 BICE SA 994,70
11 HSBC BANK 6.458,10 11 HIPOTECARIO 2.541,60 11 HSBC BANK 4.144,70 11 PATAGONIA SA 931,00
12 CREDICOOP COOP 5.609,30 12 HSBC BANK 2.518,50 00 XXX XXXXX XX SA 3.942,30 12 HSBC BANK 727,70
13 PATAGONIA SA 4.698,30 13 PATAGONIA SA 2.141,70 13 PROV XX XXXXXXX 3.163,40 13 CREDICOOP COOP 650,40
14 NVO SANTA FE SA 4.621,90 14 NVO SANTA FE SA 1.886,00 14 PATAGONIA SA 3.095,40 14 XXXXXXXX X.X. 000,00
00 XXXX XX XXXXXXX 3.706,00 00 XXXXXXX XXXX 1.715,30 00 XXXXXXX XXXX 2.576,00 15 NVO SUQUIA SA 594,60
16 NVO SUQUIA SA 3.423,20 16 NVO SUQUIA SA 1.660,40 16 NVO SUQUIA SA 2.342,10 16 NVO SANTA FE SA 505,40
00 XXXXXXX XXXX 3.365,60 17 ITAU BUEN AYRE 1.381,70 17 SUPERVIELLE SA 1.481,90 00 XXXXXXX XXXX 448,50
18 ITAU BUEN AYRE 2.083,30 18 SUPERVIELLE SA 956,20 18 NVO BISEL SA 1.378,40 00 XXX XXXX SA 384,40
19 ITAU BUEN AYRE 1.957,30 19 BICE SA 901,50 19 ITAU BUEN AYRE 1.362,00 19 ITAU BUEN AYRE 371,00
20 SUPERVIELLE SA 1.791,00 20 COMAFI SA 851,00
21 COMAFI SA 1.752,40 21 NVO BISEL SA 846,00
22 DEUTSCHE S.A. 1.636,80 22 XXXX XX XXXXXXX 000,00
00 XX XXXXX S.E.M. 1.615,30 23 LA PAMPA S.E.M. 646,10
24 NVO ENTRE XXXX 1.571,70
24 NVO.B.INDU.AZUL 526,60
25 NVO ENTRE XXXX 523,70
25 NVO.B.INDU.AZUL 1.315,80
00 XXX XXXX SA 1.302,80 00 XXX XXXX XXXXXX 523,50
27 SGO.ESTERO SA 1.276,30 27 ARGENTINA CFSA 456,80
28 BICE SA 1.226,70 28 PR DEL NEUQUEN 455,00
00 XXX XXXX XXXXXX 1.202,80 29 BANCO XXX 000,00
00 XXXX XXX XXXXXX 960,80 30 BNP PARIBAS 347,20
20 NVO ENTRE XXXX 1.286,30
21 LA PAMPA S.E.M. 1.251,20
22 COMAFI SA 1.178,00
23 SGO.ESTERO SA 1.046,90
24 XXX XXXX XX 000,00
00 XXXX XXX XXXXXX 802,90
26 PR DEL NEUQUEN 781,50
27 NVO BCO CHACO 731,80
28 NVO.B.INDU.AZUL 722,50
29 HIPOTECARIO 687,20
30 DEL TUCUMAN S.A 634,80
20 DEUTSCHE S.A. 296,70
21 XXXX XX XXXXXXX 000,00
00 XX XXXXX S.E.M. 219,60
23 JP XXXXXX XXXXX 215,70
24 NVO ENTRE XXXX 191,40
25 BANCO CMF 185,60
26 COMAFI SA 181,00
27 ARGENTINA CFSA 170,20
28 FIAT CRED CFSA 168,90
29 BANEX S.A 162,90
30 SGO.ESTERO SA 153,60
Fuente: página web del Banco Central de la República Argentina.-
ACLARACIÓN:
Ranking correspondiente a las 30 primeras posiciones de un total de 90 entidades financieras a julio del corriente año.-
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