ANEXO - DISPOSICIÓN N° 11/DGTALINF/18
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 11/DGTALINF/18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto de la presente contratación es la provisión de un servicio de mantenimiento y gestión de la plataforma virtual "BA Tours", con destino a la Dirección General Comunicación y Competitividad de la Oferta del Xxxx xx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx conforme al detalle que contiene el presente Pliego y Anexo I de Condiciones Técnicas.
Artículo 2°.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
La presente contratación se realiza bajo la modalidad de Contratación Directa, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 inciso 6 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto Reglamentario N° 326/17.
Para la admisibilidad de las Ofertas, se efectuará la Evaluación de Ofertas tomando en forma objetiva los requisitos exigidos por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/17, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. La simple presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa que lo conoce y acepta en todas sus partes.
Artículo 3°.- PLAZO
El servicio mantenimiento y gestión objeto de la presente contratación deberá ser prestado durante doce (12) meses, contados a partir del perfeccionamiento contractual.
Artículo 4°.- CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALOR XXX XXXXXX
El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del sistema electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC), ingresando al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. En las contrataciones tramitadas mediante la plataforma “Buenos Aires Compras” (BAC), solo el proveedor que haya ingresado al portal y se haya acreditado para la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de oferente dentro del procedimiento de selección.
Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN
Los interesados en participar deberán estar inscriptos en “Buenos Aires Compras” (BAC), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP).
Artículo 6°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación debe realizarse a través del sistema de “Buenos Aires Compras” (BAC) antes del horario indicado para el acto de apertura de ofertas. En todos los casos se debe indicar el precio unitario y el total resultante. En caso de discrepancia, se tendrá como válido el precio que resulte de multiplicar el precio por unidad por la cantidad de unidades requeridas. Conjuntamente con la oferta deberá presentarse la declaración jurada de aptitud para contratar xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Artículo 7°.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no resulta necesario la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta.
Artículo 8°.- PRERROGATIVA DEL GCBA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos tanto en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), como en la Ley N° 70 de Administración Financiera, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.
Artículo 9.- FORMA DE COTIZAR
Deberán cotizar obligatoriamente el precio unitario y el importe total de la oferta. Los precios cotizados deberán ser finales, con todos los impuestos y gravámenes incluidos, teniendo en cuenta que el GCBA es IVA Exento. El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es 34-99903208-9.
Artículo 10.- GARANTÍAS SOLICITADAS
Los oferentes deberán cumplimentar con la presentación de las siguientes garantías:
10.1.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El monto de garantía de mantenimiento será del 5% del monto total ofertado. La forma de constitución de la misma se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo
17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
10.2.- GARANTÍA DE EJECUCIÓN DE CONTRATO
El monto de garantía de ejecución de contrato será del 10% del monto total adjudicado. La forma de constitución de la misma se realizará de conformidad con lo establecido en el Artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Artículo 11.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante “Buenos Aires Compras” (BAC), el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.
Artículo 12.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El Órgano Contratante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 13.- PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
Una vez cumplimentada la prestación que constituye el objeto de esta contratación, se procederá a entregar al proveedor el Parte de Recepción Definitiva (PRD).
Artículo 14.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCBA.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCBA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
El GCBA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la presente contratación.
Artículo 15.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
Las comunicaciones que se refieran a medidas de seguridad, deberán ser cumplidas inexcusablemente de acuerdo con las indicaciones impartidas por el GCBA y dentro del plazo que éste indique.
Artículo 16.- PENALIDADES
La falta de cumplimiento en término de las obligaciones emergentes del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las penalidades establecidas en el artículo 125 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto N° 326/17.
Asimismo se deja constancia que las penalidades podrán aplicarse aún en caso que el contrato fuera rescindido, siempre que el hecho motivador de la penalidad y/o sanción hubiere ocurrido durante la vigencia de aquel.
Artículo 17.- SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades antes mencionadas el adjudicatario podrá ser pasible de la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto N° 326/17.
Artículo 18.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
El Órgano Contratante podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando se produjera, entre otras, alguna de las siguientes causales:
a.- Cuando no hubiere constituido la Garantía de Adjudicación en el plazo establecido en el Artículo 115 del Decreto Nº 326/17.
b.- Cuando alcanzados cinco (5) días hábiles de la fecha de inicio pactado y el adjudicatario no hubiera iniciado el servicio.
c.- En caso de dos (2) incumplimientos continuos y no justificados en la prestación del servicio.
d- Por incumplimiento del adjudicatario según lo establecido la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/17.
La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía de ejecución contractual en proporción a la parte no cumplida.
En caso de que el importe resultante supere el monto de la garantía que se hallare vigente, se procederá a su cancelación por cualquiera de los otros procedimientos establecidos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y en caso que resultaren diferencias a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.
Artículo 19.- OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a- Expiración del término del contrato.
b- Mutuo acuerdo.
c- La Autoridad de Aplicación también podrá revocar el contrato por razones de oportunidad, mérito y conveniencia.
Artículo 20.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto de la presente contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.
La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.
Artículo 21.- FORMA DE PAGO
De conformidad con el Artículo 29 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274-DGCYC/17, el Adjudicatario deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente ó Caja de Ahorro en la Casa Central ó en Cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan.
Artículo 22.- CONSULTAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o aclaraciones, a través del mentado sistema, sobre el contenido de los pliegos del presente llamado, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para el acto de apertura de las ofertas.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires elabora las Circulares referidas a las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCBA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación serán comunicadas mediante BAC, de conformidad con el Artículo 85 de la Ley N° 2.095 y el Decreto N° 326/17.
Artículo 23.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO DURANTE EJERCICIOS PRESUPUESTARIOS FUTUROS.
Conforme lo dispuesto por el inciso “c” del Artículo 27 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General 2018 aprobadas por Decreto N° 496/17, La autorización y el compromiso de la ejecución del contrato durante los ejercicios futuros, quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, así como el cumplimiento del contrato, respecto de estos ejercicios, queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiarlo.
ANEXO I
CONDICIONES TÉCNICAS
1.-OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto de la presente contratación es la provisión de un servicio de mantenimiento y gestión de la plataforma virtual BA Tours, dependiente de la Dirección General Comunicación y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A través de dicho servicio se busca aumentar la exposición de tours y actividades que se realizan en la ciudad con una tecnología que conecte todos los prestadores turísticos con la demanda de uno de los principales destinos de Latinoamérica.
2.- FUNCIONALIDADES ACTUALES DE PLATAFORMA:
Frontend:
-Marketplace desktop:
- Homepage
- Listado: Permite visualizar los tours y actividades disponibles
- Detalle: El usuario puede ver el detalle descriptivo de la actividad y chequear la disponibilidad para reservar.
- Check-out: es el momento en el que el usuario confirma la reserva y realiza el pago (total o parcial) de dicha actividad utilizando una tarjeta de crédito o débito. El pago es procesado en tiempo real el cual los resultados le son comunicados al usuario.
Backend:
El backend está formado por aplicaciones web y servicios que brindan funcionalidades específicas para que dichas aplicaciones puedan realizar las operaciones de negocios.
-Panel web:
- Dashboard: Le muestra al prestador un resumen de diferentes temas
- Actividades: Es el CRUD de actividades que cada prestador tiene para generar la publicación de cada una de sus actividades y tours.
- Ocupación y precio: este es un calendario donde el prestador puede visualizar la disponibilidad día por día de sus actividades, con sus precios respectivos y su
ocupación. Permitiéndole además, hacer modificaciones específicas por día de la disponibilidad o precio según su necesidad.
- Reservas: Le permite al prestador ver las reservas que la han realizado y llevar un
control diario de las mismas.
Motor de búsqueda:
-Por categorías: se pueden filtrar tours y actividades por categorías.
-Por textos: permite que el usuario ingrese que es lo que desea buscar.
Reservas:
-Email de confirmación: El usuario recibe un mail con el voucher y la confirmación de la misma, como ser el mail y/o teléfono del prestador como así también la dirección del lugar.
-Notificación de una nueva reserva: El prestador recibe un email con los datos de la persona que ha realizado la reserva, para que día, cantidad de cupos que ha reservado y el importe del pago.
-Getway de pago.
Mercado pago: La plataforma está integrada con mercado pago para el procesamiento de los pagos de manera online.
3.- ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
El mantenimiento de la plataforma virtual BA Tours tendrá el siguiente alcance:
-15 Hs. mensuales de mantenimiento y actualización de software:
-20 Hs. Gestión de integración de oferta y generación de contenidos: En la medida que cada prestador turístico sume sus actividades a la plataforma utilizando técnicas de neuromarketing.
-30 Hs. por mes de atención para los usuarios de la plataforma, derivación de consultas y seguimiento de tickets de reclamo. Para asegurar la calidad de la plataforma, se brindará un sistema de soporte online tanto a prestadores como a usuarios de manera constante incluso los fines de semana, acorde a las necesidades del sector turístico.
-Contratación de Hosting: Dicho servicio incluirá el aumento de la cantidad de tráfico que la plataforma tenga mensualmente durante el período de contratación.
-55 Hs. mensuales destinado a nuevos desarrollos y mejoras en la plataforma a saber:
-Sistema promocodes: Esto implica el desarrollo de un servicio que permitirá la generación de promociones y descuentos de actividades de las distintas actividades de los prestadores.
-Cancelación por cupo individual: Buscando optimizar el servicio de la plataforma frente a los usuarios y minimizando los reclamos, se desarrollará este sistema de cancelación por pasajero y no por reserva total.
-Notificaciones de actividades nuevas: Le permitirá a Turismo GCBA tener un mayor control de las actividades que los prestadores digitalizan en la plataforma. El mismo implicara que se envíe un email automático con el link a la actividad cuando un prestador activa una nueva actividad.
-Asignación de punto de encuentro: Al efecto de permitirle al prestador poder acceder a la posibilidad de tener opciones para cargar en relación al punto de encuentro. Este desarrollo permitirá al prestador configurar opciones como: Pick up por el hotel y agregar un apartado para descripción sobre la forma de encontrarse.
-Desarrollo de estadísticas: Para que el prestador pueda ver cantidad de vistos y checks de cada actividad. Se agregara un modal en el detalle de la actividad que dice “ ver estadísticas” que despliega Visitas, Checks, Bookings, Conversion Rate mostrándose el acumulado a 30 días, 7 días y hoy.
-Organización de las reservas alfabéticamente: Ordenar por fecha más próxima y agrupar por actividad. Ordenar el listado por xxxxxxx y alfabéticamente por apellido del usuario que reserva.
-Buscador en el apartado reservas: Poder buscar por nombre, apellido, mail y número de reserva.
-Aplicación desde el backend de distintos precios para:
1)- Menores de 10 años
2)- Jubilados
3) Discapacitados
-Discriminar adultos/menores en el export: Este desarrollo le permitirá al prestador organizar sus ingresos y sus ventas.
-Cambiar el color en que se muestra cuando una actividad está activa.
-Implementar cambio de marca: Aplicación del nuevo manual de marca de Turismo GCBA en toda la plataforma (Front, back-end y notificaciones) Mejoras en el diseño y estética de la plataforma (tanto front como back-end).
Nuevo perfil intermedio: Un prestador podrá generar agentes que gestionen su usuario con distintos niveles de accesibilidad dentro del mismo según el nivel de responsabilidad que cada uno tenga dentro de la empresa.
Sistema de notificaciones: A los prestadores por falta de disponibilidad y cuenta xx Xxxxxxx Pago: Este desarrollo tiene como objetivo mejorar la experiencia del usuario en la plataforma, asegurando que todas las actividades activas cuenten con disponibilidad. El mismo implica:
-Envío autmático de email: A los prestadores 15 días antes que su actividad se quede sin disponibilidad con el objetivo que actualice la misma.
-Envío de email al prestador 15 días antes del vencimiento del plazo de MP para que re- autorice la venta.
-Envío de email al prestador con un recordatorio 5 días antes que se quede sin disponibilidad si no lo actualizó anteriormente.
-Envío de email al PSTS con un recordatorio 5 días antes del vencimiento del plazo de MP si no lo re-autorizó.
Mega deploy:
Sección Usuario:
- Proceso de Sign-up / Login / Forgot Password
- Integración con redes sociales para login
- Sección de Mi Cuenta:
- Perfil de usuario con edición
- Mis Reservas (acceso a información del prestador turístico, consultas al prestador, cancelación de reservas)
- Calificación al prestador por la actividad
- Display de calificaciones recibidas en la actividad Sección prestadores:
- Mis Preguntas y respuesta recibidas
- Responder la pregunta al turista
- Visualización de calificaciones recibidas. Interno:
- Mejora en la arquitectura y seguridad para la integración con aplicaciones externas (tanto inbound/outbound)
-
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 11/DGTALET/18 (continuación)
-Mejoras en el buscador. Implementación de tecnología: Elastic search es un cambio core de la plataforma de manera de lograr mejoras en la búsqueda y ordenamiento dentro del listado.
4.- CAPACITACIÓN DE AGENTES
Durante la vigencia de la contratación, el adjudicatario deberá capacitar y entrenar a dos
(2) agentes de la Subgerencia Operativa de Administración de Recursos Informáticos dependiente de la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de que, dicho personal pueda garantizar el funcionamiento y mantenimiento de los contenidos de la aplicación.
FIN DEL ANEXO