CONDICIONES DE COMPRA (rev. Abril 2013)
CONDICIONES DE COMPRA (rev. Abril 2013)
1. Definiciones
Reclamación significa una Reclamación de Responsabilidad por Producto o una Reclamación IPR.
Contrato significa el contrato para la compra de Bienes que se perfecciona cuando el Proveedor acepta un Pedido conforme a estas condiciones, al Pedido y a cualquier Acuerdo de Compra en vigor entre las partes.
Fuerza Mayor significa guerra, invasiones, disturbios civiles, relámpago, terremoto, tormentas extraordinarias, incendio, inundación y/o contaminación nuclear, química o biológica.
Bienes significa los Bienes recogidos en el Pedido junto con todos los certificados correspondientes, instrucciones y hojas de datos de seguridad.
Sociedad del Grupo significa miembro, en este momento, del Grupo Electrocomponents plc.
Contrato de compra significa cualquier acuerdo de Compra firmado por ambas partes.
Reclamación IPR significa una reclamación que surja de cualquier infracción o infracción alegada por cualquier entidad del Grupo, de cualquier patente, derecho de diseño industrial, marca o cualquier otro derecho de propiedad intelectual con respecto a cualquiera de los Bienes.
Pedido significa el pedido de compra de RS o la modificación de la orden de compra. Reclamación por Responsabilidad de Producto significa una reclamación referente a que los Bienes no son seguros cuando se exponen a cualquier uso razonablemente previsible.
Apéndice significa un apéndice incorporado a cualquier acuerdo celebrado entre las partes antes de la fecha del Pedido correspondiente.
Servicio significa servicios prestados por el Proveedor al cliente de RS.
2. Precios
El Proveedor venderá los Bienes a RS al precio establecido en el Pedido o en cualquier apéndice, o según lo acordado por escrito entre las partes cada cierto tiempo. Salvo que se acuerde lo contrario por ambas partes por escrito, todos los precios incluyen embalaje, transporte y costes de seguro, cargos de entrega y dietas de costumbre, pero excluye IVA o cualquier otro impuesto de venta.
3. Pago
RS pagará al Proveedor dentro de los sesenta (60) días desde la terminación del mes de la factura del Proveedor, o según acuerden las partes por escrito. Los pagos por RS no equivalen a la aceptación de los Bienes en conformidad con el Pedido.
4. Entrega, riesgo & titularidad
4.1 El Proveedor entregará los Bienes en el lugar y en la fecha de entrega concretada en el Pedido salvo que se acuerde lo contrario por RS, y debe obtener todas las licencias requeridas para la entrega. Los Bienes deben ser entregados debidamente empaquetados y seguros y de acuerdo con cualquier especificación de entrega y embalaje acordada.
4.2 El Proveedor asume los riesgos y gastos de la entrega. Si los Bienes se pierden o se dañan durante la entrega, RS puede notificar al Proveedor, y si lo hace, el Proveedor debe reemplazar o reparar a su xxxxx la pérdida o el daño de los Bienes.
4.3 La titularidad de los Bienes se transfiere a RS por el pago del precio o por la entrega a RS, lo que se dé primero.
5. Descripción de los Bienes
5.1 Los Bienes deben estar conforme al Pedido y cualquier especificación del producto en cuanto a su calidad, cantidad y descripción. Salvo que se acuerde lo contrario en cualquier Apéndice, los Bienes deben cumplir con la documentación proporcionada, ser conformes a cualquier estándar aplicable, nacional o internacional y llevar todos los certificados correspondientes de inspección y de pruebas, y todas las instrucciones correspondientes, así como las hojas de datos de seguridad.
5.2 El Proveedor identificará cualquier limitación en la capacidad de RS para vender los Bienes globalmente o para exportar los mismos, notificará a RS de cualquier limitación de la que el Proveedor tenga constancia y proporcionará a RS previa solicitud del número de clasificación de control de exportación (si es aplicable), cualquier aprobación preceptiva, certificaciones y calificación de todas las jurisdicciones correspondientes.
5.3 Además de sus otros recursos legales, RS está capacitado para rechazar cualquier entrega conforme a la cláusula 5.1, arriba expuesta.
6. Calidad de los Bienes
Los Bienes deben estar adaptados a su finalidad. Si hay cualquier finalidad especial acordada por escrito entre las partes, los Bienes serán adaptados a esa finalidad especial. Adicionalmente a cualquier cualidad que se imponga por ley, el Proveedor garantiza que si esos Bienes están en estado nuevo de fábrica, son de calidad satisfactoria, sin defectos en los materiales, diseñados y manufacturados, que cualquier hoja de seguridad de datos proporcionada es conforme a la mejor práctica, y que son seguros cuando se exponen a un uso razonable y cumplen con la información de marketing, las hojas de datos y otra información proporcionada por el Proveedor.
7. Periodo de Garantía
7.1 Si cualquier incumplimiento de cualquier garantía establecida en la cláusula 6 se descubre dentro de los doce meses desde la fecha de la entrega al cliente de RS (o en otro periodo que pueda ser especificado en el apéndice), RS puede informar por escrito al Proveedor y devolver los Bienes defectuosos al Proveedor bajo riesgo y coste del Proveedor. El Proveedor debe acreditar el precio de compra y todos los costes de entrega a RS dentro del mes siguiente a su noticia.
7.2 Esta cláusula 7 no limita ningún otro derecho o recurso que RS pueda tener de acuerdo con la ley respecto a Bienes defectuosos.
8. Reclamación por Responsabilidad de Productos
8.1 El Proveedor se asegurará de que los Bienes son diseñados y manufacturados de modo que sean seguros cuando se expongan a un uso razonable y previsible, y proporcionará a RS hojas adecuadas de datos de seguridad.
8.2 El Proveedor mantendrá a cada miembro del Grupo completa y efectivamente indemnizado contra cualquier responsabilidad, costes de procedimiento (incluso sin límite de costes legales), daños, pérdidas o gastos causados de cualquier modo,
conectados con cualquier Reclamación de Responsabilidad por Producto con respecto a los Bienes y Servicios sin limitación de costes legales asociados con la reparación o sustitución de Bienes y será reembolsado a RS el precio pagado por tales Bienes objeto de la cláusula 11.
8.3 Si una Reclamación de Responsabilidad por Producto se formula frente a cualquier miembro del Grupo con respecto a cualquiera de los Bienes, el Proveedor acuerda notificar a RS el nombre y dirección de su propio proveedor.
9 Retiradas del Producto
9.1 Si RS es conocedor o razonablemente sospecha de un defecto en los Bienes o de cualquier fallo de los Bienes que conforman el Pedido, estas condiciones o cualquier especificación acordada del producto, RS o cualquier miembro del Grupo puede retirar los Bienes que tengan la misma descripción que la defectuosa, o elemento no conforme, y las mercancías relacionadas. RS informará al Proveedor si él o un miembro del Grupo pretenden proceder a cualquier retirada. RS consultará al Proveedor acerca de la actuación más apropiada, pero RS no está obligado a retrasar la retirada del producto para cumplir con los requerimientos del Proveedor.
9.2 El Proveedor reembolsará a RS, previa demanda, de todos los costes incurridos por cualquier miembro del Grupo por la retirada del producto, incluyendo costes y daños reembolsados o pagados a clientes, y el coste incurrido en anunciar la retirada y contactar con los clientes y será reembolsado el precio pagado por tales Bienes a RS o al miembro correspondiente del Grupo.
10. Derechos de Propiedad Intelectual
10.1 Cada miembro del Grupo (y cualquier tercero fabricante) puede utilizar las marcas, get-ups, logotipo, imágenes de los Bienes, datos del Proveedor y todos los materiales proporcionados por el Proveedor a RS en conexión con los Bienes del catálogo de cualquier miembro del Grupo u otro material promocionado en cualquier forma impresa o electrónica, en cualquier lugar del mundo, en cualquier medio conocido en el presente o inventado después de la fecha de este contrato, y sin pago adicional, dado que cumple con las instrucciones razonables del Proveedor (y de cualquier fabricante) en relación al uso de las marcas, get-ups y logotipo. Esta licencia tendrá vigencia durante el periodo de duración del catálogo y de los materiales promocionales del miembro del Grupo arriba referidos (copia impresa, electrónica, online o de cualquier formato) a pesar de la terminación del Contrato.
10.2 RS por la presente garantiza al Proveedor una licencia de uso de marca propiedad de RS especificada en el Apéndice de Bienes si la solicita a RS por escrito.
10.3 Si los Bienes llevan cualquier marca, logotipo o get-up de cualquier miembro del Grupo, el Proveedor puede no proporcionar aquellos Bienes a cualquier tercera parte sin primero haber obtenido el consentimiento escrito de RS.
10.4 El Proveedor garantiza y se compromete a que tiene el derecho a proporcionar Bienes y garantizar los derechos descritos en la cláusula 10.1, y mantendrá a cada miembro del Grupo completa y efectivamente indemnizado de y contra cualquier responsabilidad, coste de procedimiento, (sin limitación de costes legales) daños, pérdidas y costes causados o que de cierto modo estén conectados con cualquier reclamación IPR, objeto de la cláusula 11.
11. Condiciones Relativas a Indemnizaciones
Ninguna indemnización pretende limitar ningún otro derecho o recurso que cualquier miembro del Grupo pueda tener en la ley con respecto a los Bienes afectados por la Reclamación.
12. Lucha Contra el Cohecho
12.1 El Proveedor cumplirá (y procurará que las personas asociadas con él u otras personas que están proporcionando bienes o servicios en relación con este contrato) con todas las leyes aplicables, estatutos, regulaciones relativas a la lucha contra el cohecho y la corrupción, incluyendo, pero no únicamente, la Ley del Cohecho de 2010 (los Requisitos relevantes) y:
(i) no (directa o indirectamente) induzca a cualquier empleado, agente o subcontratante de RS a hacer ninguna concesión o conferir ningún beneficio al Proveedor, absteniéndose o renunciando de hacer cualquier acto como compensación por cualquier regalo, dinero o cualquier inducción.
(ii) no hacer u omitir ningún acto que cause o lleve a RS a infringir cualquiera de los Requisitos relevantes.
(iii) informar inmediatamente a RS de cualquier solicitud o demanda de cualquier pago indebido u otra ventaja de cualquier tipo recibida por el Proveedor en relación a la actuación de este acuerdo.
(iv) tener y mantener, durante el periodo de este acuerdo, su propia política y procedimiento, incluyendo, pero no únicamente, procedimientos adecuados para asegurar el cumplimiento con los Requisitos relevantes e inmediatamente proporcionará copias de acceso a tales políticas previa solicitud a RS.
12.2 El Proveedor está informado de que los trabajadores de RS no tienen permitido:
(i) Aceptar regalos de más valor que el simple valor simbólico, préstamos, entretenimiento excesivo u otros favores sustanciales de cualquier empresa o individuo que haga negocios con RS o pretenda hacerlo.
(ii) Solicitar regalos u otros favores de cualquier empresa o individuo que haga negocios con RS o pretenda hacerlo.