Convocatoria de la Submodalidad 1.1. Incentivo a Grupos de Investigación del Plan Propio de Investigación 2022 de la Universidad de Córdoba
Convocatoria de la Submodalidad 1.1. Incentivo a Grupos de Investigación del Plan Propio de Investigación 2022 de la Universidad xx Xxxxxxx
Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 25 de febrero de 2022, por el que se aprueba la Convocatoria para 2022 de la Modalidad 1. Ayudas a Grupos de Investigación. Submodalidad
1.1. Incentivo a Grupos de Investigación, establecida en el Reglamento 1/2021 sobre Bases Reguladoras de las Ayudas del Plan Propio de Investigación de la Universidad xx Xxxxxxx.
Artículo 1. Objeto.
Modalidad 1. Ayudas a Grupos de Investigación Convocatoria de la Submodalidad 1.1. Incentivo a grupos
Es objeto de esta submodalidad la concesión de ayudas que sirvan como incentivo a las actividades investigadoras de los Grupos del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (en adelante PAIDI) de la Universidad xx Xxxxxxx.
Artículo 2. Normativa aplicable.
Esta submodalidad se regirá por la presente convocatoria, por el Reglamento 1/2021 sobre Bases Reguladoras de las Ayudas del Plan Propio de Investigación de la Universidad xx Xxxxxxx, así como por la normativa universitaria y el resto del ordenamiento jurídico-administrativo que resulten de aplicación.
Artículo 3. Grupos beneficiarios.
Tendrán la consideración de grupos beneficiarios en esta submodalidad todos los grupos xxx XXXXX de la UCO que hayan sido evaluados conforme a la futura convocatoria de la Universidad xx Xxxxxxx. Asimismo, podrán solicitar este incentivo aquellos/as investigadores/as de la UCO que pertenezcan a grupos interuniversitarios xxx XXXXX y que hubieren solicitado dicha evaluación.
Artículo 4. Cuantía de los incentivos o ayudas.
La cuantía para percibir será proporcional al correspondiente coeficiente obtenido en la convocatoria de evaluación de los grupos PAIDI elaborada por la UCO y aprobada por Consejo de Gobierno.
Artículo 5. Presentación de solicitudes.
5.1. Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica mediante una solicitud genérica dirigida al Servicio de Gestión de la Investigación, indicando que se solicita la financiación que les corresponde en base a la evaluación definitiva obtenida en la convocatoria de evaluación de los Grupos PAIDI de la UCO.
5.2. La no presentación de la solicitud en los plazos y medios establecidos supondrá la imposibilidad de optar a la concesión a este incentivo.
Artículo 6. Plazo de solicitud.
El plazo de solicitud de las ayudas será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la elevación a definitiva de los resultados de la evaluación de los grupos PAIDI elaborada por la UCO.
Artículo 7. Obligaciones de los grupos beneficiarios.
Serán obligaciones de los grupos beneficiarios, entre otras establecidas en la normativa aplicable, las siguientes:
- Respetar las directrices sobre filiación aprobadas por la UCO en cada momento.
- Destinar los fondos obtenidos a las actividades de investigación propias del grupo.
Artículo 8. Abono y gastos elegibles.
La ayuda concedida se ingresará en la Unidad Orgánica del Grupo xxx XXXXX correspondiente, podrá destinarse a gastos necesarios para el funcionamiento del Grupo y no estará sujeta a revisión previa de control de elegibilidad por parte del Servicio de Gestión de Investigación.
Artículo 9. Dotación presupuestaria.
La cantidad total asignada a esta submodalidad será de 1.600.000 €. El importe podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, en el caso de que exista financiación adicional disponible, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.