CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATCIÓN DE UN INVESTIGADOR PREDCTORAL EN FORMACIÓN ASOCIADO AL PROYECTO DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO “APLICACIÓN SOCIAL DEL MODELO MIXED ABILITY CONSTRUYENDO UNA COMUNIDAD MÁS INCLUSIVA A TRAVÉS DEL DEPORTE (PROYECTO MASPORT)” (REF: PID2022-140533OA-I00) EN EL MARCO DEL PLAN ESTATAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y DE INNOVACIÓN 2021-2023.
PRIMERO: OBJETO Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS
La Universidad Pontificia xx Xxxxxxxxx convoca proceso de selección para la cobertura de una ayuda para un contrato predoctoral para la formación de un doctor, enmarcada dentro la Orden por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2022 del procedimiento de concesión de ayudas a “Proyectos de Generación de Conocimiento” y a actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral asociadas a dichos proyectos, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021- 2023.
La ayuda tiene como finalidad la formación de un doctor mediante la financiación de un contrato laboral, bajo la modalidad de contrato predoctoral, a fin de que el personal investigador predoctoral en formación realice la tesis doctoral asociada al proyecto de investigación “Aplicación social del modelo Mixed Ability: construyendo una comunidad más inclusiva a través del deporte” (REF: PID2022-140533OA-I00), incluyendo la financiación de estancias en centros de I+D y de los gastos de matrícula derivados de las enseñanzas de doctorado.
Asimismo, se financiará un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP) una vez obtenido el título de doctor/a, por un período máximo de doce meses, destinado al perfeccionamiento y especialización profesional del personal investigador, siempre que la obtención del título se produzca durante el periodo de ejecución de la ayuda.
SEGUNDO. REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que estando en posesión de un título oficial de grado o equivalente y de Máster universitario o equivalente, siempre que se superen por lo menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de ambas enseñanzas, se encuentren matriculadas o admitidas en un programa de doctorado de la Universidad Pontificia xx Xxxxxxxxx para el curso 2023/24. También podrán ser solicitantes las personas que, en el momento de presentación de
la solicitud, no estando matriculadas o admitidas en un programa de doctorado, estén en disposición de estarlo en la fecha en la que se formalice el contrato.
No podrán ser solicitantes, ni acceder a la contratación que se convoca quienes cumplan las siguientes circunstancias:
• Haber iniciado su formación predoctoral con financiación de otras ayudas destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral que se hayan otorgado en el marco del Plan Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica o de alguno de los anteriores Planes Nacionales.
• Estar en posesión del título de Doctor por cualquier universidad española o extranjera.
• Xxxxx disfrutado previamente a la presentación de la solicitud de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.
TERCERO: CARACTERÍSTICAS DE LAS ACTUACIONES
1.- El contrato tendrá una duración máxima de 4 años y el periodo de ejecución se iniciará en la fecha de incorporación del personal investigador contratado a su puesto de trabajo en la Universidad Pontificia xx Xxxxxxxxx, sin perjuicio de lo dispuesto legamente en materia de interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución de la ayuda. La incorporación deberá producirse en el plazo máximo establecido en el artículo 12.1 de la Orden por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2022 del procedimiento de concesión de ayudas a “Proyectos de Generación de Conocimiento” y a actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral asociados a dicho proyectos, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
2.- Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos: una ayuda para la financiación de los contratos, una ayuda para cubrir el coste de la indemnización a la finalización del contrato y una ayuda adicional para cubrir gastos derivados de la realización de estancias en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado, en las cuantías que en el cuadro siguiente se especifican:
3.- La retribución del contrato no podrá ser inferior al 56% xxx xxxxxxx fijado para las categorías equivalente en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante la primera anualidad, al 60% durante la segunda anualidad y al 75% durante la tercera y cuarta anualidad. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo 1 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado.
Anualidad 1 | Anualidad 2 | Anualidad 3 | Anualidad 4 | TOTAL (€) | |
Contrato | 21.923 | 23.137 | 28.575 | 28.575 | 102.210 |
Indemnización por fin de contrato | 566 | 606 | 758 | 758 | 2.688 |
Estancias en centro de I+D y matrícula de enseñanzas de doctorado. | 6.860 | 6.860 | |||
TOTAL | 29349 | 23.743 | 29.333 | 29.333 | 111.758 |
3.- En relación con la ayuda para cubrir gastos derivados de la realización de estancias en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado, se autorizará una única ayuda de 6.860 euros por cada persona contratada, que se podrá destinar a:
a) La financiación de estancias que realicen dichas personas durante todo el periodo de ejecución de la ayuda para la contratación, tanto en la etapa predoctoral como en la fase POP, en centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que puedan realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación e impulsar el desarrollo de su tesis, así como completar y afianzar la formación investigadora adquirida. Las estancias deberán asegurar un grado de movilidad y/o internacionalización a la que no se hubiera accedido por formación académica anterior o por otros factores tales como residencia o nacionalidad, y en ningún caso ocasionar un retraso en la finalización de los estudios de doctorado. En la fase POP estas estancias podrán utilizarse para complementar la formación predoctoral y orientar las futuras líneas de trabajo de la etapa posdoctoral. Las estancias se podrán realizar en otros centros de I+D, públicos o privados, incluyendo empresas, extranjeros o españoles, siempre que los centros estén ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la actividad. Las estancias deberán tener una duración mínima de 30 días naturales de forma ininterrumpida, contada a partir de la fecha de incorporación al centro receptor y comprendida dicha duración mínima dentro del periodo de ejecución de la ayuda. La elección del centro de I+D para la estancia, las actividades a desarrollar en la misma y la autorización para la ejecución de la estancia serán responsabilidad de la entidad beneficiaria.
b) La financiación de los gastos de matrícula derivados de las enseñanzas de doctorado, tutela académica y créditos formativos en la UPSA, correspondientes a los cursos en los que esté matriculado durante la vigencia de la ayuda para la contratación en la etapa predoctoral. A los efectos de la concurrencia de la vigencia de la ayuda y los cursos académicos, cada curso se extenderá desde el 1 de septiembre del año correspondiente al 30 xx xxxxx del año posterior, ambos días inclusive. No obstante lo anterior, el gasto de matrícula correspondiente al curso académico 2022/2023 se considera elegible independientemente del periodo de vigencia de la ayuda para la contratación, dentro de los límites respecto de la cuantía establecidos en esta convocatoria.
El personal contratado podrá colaborar, con fines formativos y hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total de la ayuda, y sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales, en las tareas docentes de un departamento universitario, previa autorización de la
propia universidad. En ningún caso las tareas docentes podrán desvirtuar la dedicación a la finalidad investigadora y formativa del contrato.
CUARTO: CONCEPTOS FINANCIABLES
Se consideran conceptos financiables los costes de personal derivados de la contratación (retribución salarial y cuota empresarial de la Seguridad Social), generados por el personal investigador predoctoral en formación contratado durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
No serán subvencionables como costes de personal los siguientes conceptos:
• La percepción salarial correspondiente a la participación en beneficios.
• Las prestaciones en especie y las dietas por viajes, alojamiento y manutención.
• Las percepciones extrasalariales pactadas con la entidad contratante o establecidas en convenio colectivo para los conceptos de plus de distancia y transporte, abonadas por la entidad contratante al personal contratado a los efectos de minorar o sufragar su desplazamiento hasta el centro de trabajo habitual.
• Los gastos de formación del personal contratado.
• Cualquier otro concepto distinto de los mencionados anteriormente como gastos financiables
QUINTO: SOLICITUDES
5.1 Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación complementaria, será desde el día 26 de octubre al 9 de Noviembre de 2023 a las 24,00 horas. La convocatoria se publicará en la página xxx.xxxx.xx.
Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo habilitado a tal efecto y que se publicará junto a esta convocatoria.
La solicitud y documentación complementaria deberán enviarse por correo electrónico a la dirección xxx@xxxx.xx
5.2 Contenido y documentación de la solicitud
1. Con la solicitud se adjuntará por parte de cada persona participante, lo siguiente
a) Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de las personas extranjeras no residentes en territorio español.
b) Currículum Vítae, en idioma español o inglés. Se recomienda su cumplimentación en el modelo disponible en nuestra página web, en el apartado correspondiente a esta convocatoria.
c) Certificado académico, correspondiente a las titulaciones que se posean o a las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud, expedido o facilitado por la entidad académica. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan.
En la solicitud, se incluirán las siguientes declaraciones responsables:
• Que, las titulaciones o enseñanzas referidas en el certificado académico son aquellas superadas en el momento de la solicitud.
• Que, no se ha iniciado, en la fecha de la presentación de la solicitud, la formación predoctoral con financiación de otras ayudas destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral que se hayan otorgado en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación o de alguno de los anteriores Planes Nacionales.
• Que, no se está en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera.
• Que, no se ha disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.
La persona solicitante deberá comunicar a la Unidad de Gestión de la Investigación las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en dicha declaración. La modificación de las circunstancias recogidas en la declaración dará lugar al incumplimiento de los requisitos de participación por parte del solicitante.
SEXTO: EVALUACION Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes serán objeto de examen y evaluación por parte de una Comisión de Selección creada a tal efecto, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el anexo de esta convocatoria.
Dicha Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros:
• Presidente/a.: La Vicerrectora de Investigación y Transferencia
• Vocal 1: El Investigador Principal del Proyecto de Investigación al que va ligada esta convocatoria.
• Vocal 2: La Directora del Servicio de Gestión de Investigación y Transferencia.
Esta Comisión realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, incluida la acreditación documental de cualquiera de los méritos alegados en la solicitud. Si del examen de las solicitudes y la documentación presentadas se desprendiese que se ha omitido información esencial para el proceso de selección o que contienen información o datos inexactos, contradictorios, incongruentes o falsos, la Comisión
podrá excluir la solicitud del procedimiento, mediante resolución en la que se hará constar tal circunstancia, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiera lugar.
SÉPTIMO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Y PLAZO DE RECLAMACIÓN Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
Posteriormente al cierre del plazo de presentación de solicitudes, se reunirá la Comisión de Selección y en el plazo máximo de 5 días hábiles desde el día de cierre de solicitudes, se publicará en la página web el resultado de la selección llevada a cabo.
Los solicitantes que así lo deseen dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para que puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. Tras el estudio de las mismas, la Comisión de Selección publicará a través de la página web la resolución definitiva de la convocatoria.
ANEXO. Criterios de evaluación
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterios de evaluación
Criterios de evaluación | Puntuación |
1_ Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato | 0-50 |
1.1. Aportaciones científico-técnicas | 0-45 |
1.2. Movilidad e internacionalización | 0-5 |
2_ Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar | 0-50 |
Descripción de los criterios de evaluación:
1.Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
1.1. Aportaciones científico-técnicas.
Se valorará el expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de la formación y experiencia profesional.
1.2. Movilidad e internacionalización.
Se valorará la relevancia y el impacto en su trayectoria investigadora de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia y a la actividad desarrollada en la misma.
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar
Se valorará la adecuación del candidato/a al programa, proyecto o actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para ello, se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización del proyecto representará para su carrera investigadora, así como el valor aportado al centro y al equipo receptor.
Desempate
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 2. Por tanto, el orden a aplicar para dirimir el desempate será el siguiente: primero la mayor puntuación en el criterio 2; en caso de igualdad, la mayor puntuación en el criterio 1; y así ordenadamente y del mismo modo con los siguientes criterios: criterio 1.1 y criterio 1.2.
Si continuará persistiendo, el empate se resolverá mediante sorteo por parte de la comisión de selección.