CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 005 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA Y JENNY JOHANA HUERFANO CARDENAS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N° 005 DE 2024 CELEBRADO ENTRE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS- UNIDAD SOLIDARIA Y XXXXX XXXXXX HUERFANO XXXXXXXX
NUMERO | 005 |
FECHA | 05 DE ENERO DE 2024 |
C.D.P | No. 524 |
CONTRATANTE | UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS EN ADELANTE, UNIDAD SOLIDARIA |
IMPUTACION PRESUPUESTAL | Rubro Presupuestal A-02-02-02-008-002 Servicios jurídicos y contables Uso Presupuestal A-02-02-02-008-002-01 Servicios jurídicos |
CONTRATISTA | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX |
C.C. No. 0000000000 | |
Identificación: Persona Natural. | |
Dirección: Xxxxxxx 00 # 00- 00 | |
Teléfono: 0000000 | |
CONSIDERACIONES | Que en el marco del Sistema Integral de Gestión de Organizaciones Solidarias-SIGOS, el proceso de Gestión Financiera tiene como contable de la entidad por medio del registro y seguimiento a los
elaborado nueve (9) procedimientos que involucran todas las actividades de la gestión financiera que la entidad debe ejecutar con miras a obtener las resultados proyectados para cada vigencia. Que los procedimientos involucrados en el proceso de gestión financiera que se encuentran asociados a la actividad contable y presupuestal, elaboración de estados financieros, modificaciones presupuestales, plan anual mensualizado de caja, pagos con traslado a pagaduría, revisión pago de nómina y aportes de seguridad social y parafiscales, aplicación de recaudos y reintegros y habilitación capacidad financiera gestionan no sólo operaciones en el Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF, sino actividades relacionadas con otros procesos del SIGOS, como parte de la funcionalidad institucional. Que Todas las actividades que se ejecutan en los procedimientos contables y financieros exigen cumplir con la normatividad expedida por la Contaduría General de la Nación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, lo cual exige tener un conocimiento específico sobre la materia y experiencia relacionada con esta, para evitar reprocesos y desgaste administrativo en asuntos de especial cuidado, y tener conocimiento de cuáles son las operaciones ante las entidades públicas con quienes se tiene relación directa para cumplir los propósitos de la gestión financiera de la entidad. Que todas las acciones enmarcadas en el proceso financiero y |
contable de la entidad se concentran en el grupo interno de trabajo de Gestión Financiera que los ejecuta de manera coordinada con la Subdirección Nacional, en quien se encuentra delegada la ordenación del gasto; con la Dirección Nacional en calidad de representante legal y con todos los demás procesos de apoyo de la entidad para atender las necesidades en temas inherentes a la gestión financiera; grupo de trabajo que en la actualidad es insuficiente para el desarrollo de toda esta actividad, por lo que se ha identificado la necesidad de contar con los servicios profesionales de un contador público especialista con experiencia profesional en manejo de contabilidad del sector público, que realice actividades del proceso contable, entre otras: Verificación y depuración de los hechos económicos para la preparación de informes financieros y contables en los tiempos solicitados por la Contaduría General de la Nación y estados financieros anuales. Registro y análisis de la información contable del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, teniendo en cuenta los lineamientos expedidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Manejo del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Análisis y verificación de la información contenida en los reportes y consultas disponibles en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, para realizar las depuraciones y ajustes necesarios. Participar en mesas de trabajo con grupos que suministran información contable, para aclarar dudas con respecto a la presentación de la información, así como de las inquietudes que surgen de las operaciones diarias. Conocimiento de impuestos a nivel nacional y elaboración de medios magnéticos. Manejo del consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) tanto local como en la Web en lo referente al registro, validación y reporte de información requerida por la Contaduría General de la Nación según normatividad vigente. Experiencia y conocimiento en el régimen de contabilidad pública en convergencia con estándares internacionales de información financiera y todo el marco normativo para entidades de gobierno. Manejo de usos presupuestales establecidos según el nuevo Catálogo de Clasificación Presupuestal para la vigencia 2024. Que teniendo en cuenta lo expuesto, en el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto prestación de servicios. Los contratos de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, sólo se podrán celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad para realizar las actividades que se contratarán. Se entiende que no existe personal de planta en el respectivo organismo, entidad, ente público o persona jurídica, es imposible atender la actividad con personal de planta, porque de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda |
desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente, la inexistencia de personal suficiente deberá acreditarse por el jefe del respectivo | |
OBJETO | Contratar los servicios profesionales de un contador especializado para desarrollar actividades contables, que incluyan la presentación y publicación de Estados e informes financieros y contables de la entidad, dando cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Contaduría General de la Nación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. |
PLAZO | El tiempo de ejecución del contrato será de Once Meses y Quince días, contados a partir de la del acta de inicio, previa expedición del registro presupuestal y aprobación de la garantía única. |
VALOR | El valor de la presente contratación corresponde a la suma de Sesenta y seis millones de pesos M/te ($ 66.000.000) M/CTE. |
FORMA DE PAGO | LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS pagará al CONTRATISTA el valor total del contrato, de la siguiente forma: ORGANIZACIONES SOLIDARIAS pagará al CONTRATISTA el valor total del presente contrato, el cual corresponde a la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/TE ($ 66.000.000) M/CTE. de la siguiente forma: 1.Un primer pago proporcional a los días ejecutados al vencimiento del respectivo mes, a partir de la fecha de inicio, lo anterior previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás documentos jurídicos y financieros debidamente necesarios para la realización del mismo. 2. Pagos mensuales ejecutados vencidos a razón de CINCO MILLONES SETESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($5.739.000); lo anterior previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás documentos jurídicos y financieros debidamente necesarios para la realización de los mismos. 3. Un último pago por el saldo del contrato, al desarrollo y cumplimiento en el 100% del objeto y obligaciones contractuales y terminación del contrato, lo anterior previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás documentos jurídicos y financieros debidamente necesarios para la realización del mismo. Nota 1: Cada uno de los pagos está sujeto a previo visto bueno y cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de informes de supervisión y de ejecución, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda y demás soportes jurídicos y financieros necesarios para la realización del mismo y entrega de los productos esperados. Nota 2: El desembolso del presente contrato se encuentra sujeto a PAC del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Nota 3: En caso de que exista alguna situación relacionada con la determinación de la base de retención en la fuente, el contratista deberá reportar oportunamente la novedad para que se tenga en cuenta en el pago. |
SUPERVISOR | La supervisión del presente contrato estará a cargo del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica |
VIABILIDAD JURIDICA | La modalidad de contratación invocada será la consagrada en el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa, Contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión. |
DOMICILIO | El domicilio contractual es la ciudad de Bogotá. D.C. |
LUGAR DE EJECUCIÓN | El lugar de ejecución es la ciudad de Bogotá. D.C. |
DISPOSICIONES APLICABLES | Al presente contrato le son aplicables las disposiciones contractuales vigentes, el literal H numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo enunciado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Del decreto 1082 de 2015. Contratación Directa. Contrato de apoyo a la gestión. Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan |
PROHIBICIONES DE CESION | EL CONTRATISTA no podrá ceder a ningún título el presente contrato a persona natural o jurídica alguna, sin consentimiento previo de la Unidad Solidaria, el cual deberá constar por escrito. |
MULTAS | En caso de que el contratista se constituya en xxxx o incumpla injustificada y parcialmente alguna de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, la Unidad Solidaria podrá imponerle, mediante resolución motivada, multas sucesivas por el 0.5% del valor total del contrato sin exceder el 10% del valor de este y sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal, o de la declaratoria de caducidad del contrato. |
CLAUSULA PENAL | En caso de incumplimiento injustificado definitivo o parcial del objeto del contrato o definitivo de cualquiera de las obligaciones contraídas en el contrato o declaratoria de caducidad, el contratista conviene en pagar a la Unidad Solidaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, suma que la Unidad hará efectiva mediante el cobro de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizada con la suscripción del presente contrato; si esto no fuere posible se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios causados y no cubiertos en su totalidad por el monto establecido como tasación anticipada de los mismos. Igualmente, la aplicación de la cláusula penal no exime a la contratista del cumplimiento de la obligación principal. |
INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL | El presente contrato no genera relación laboral alguna con el CONTRATISTA, y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales, ningún tipo de emolumentos diferentes al valor acordado en el presente documento. Las partes declaran que el presente contrato corresponde a los de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y que por lo tanto la Unidad Solidaria no adquiere relación laboral alguna, por lo que el contratista no podrá exigir a la Unidad, el pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones laborales por razón de la ejecución del mismo, puesto que el contratista realiza las actividades contractuales de manera autónoma e independiente sin subordinación laboral con la Unidad Solidaria. |
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES | El contratista afirma bajo la gravedad del Juramento que no se halla incurso en las inhabilidades e incompatibilidades consagradas por la ley para contratar, y especialmente en las previstas en el artículo 8°de la Ley 80 de 1993, en la ley 1150 de 2007 y demás disposiciones vigentes. El contratista se compromete a informar a la Unidad Solidaria, las causales de incompatibilidad o inhabilidad que le sobrevengan durante el término de ejecución del contrato. |
VEEDURIA CIUDADANA | El presente contrato está dispuesto a la vigilancia y control ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. |
DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO | Forman parte del presente contrato como documentos, los estudios previos, constancia emitida por el ordenador del gasto de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias sobre la idoneidad |
y experiencia para ejecutar el objeto del presente contrato, en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del decreto 1082 de 2015; certificación expedida por el Director Nacional de la Unidad Solidaria en la cual se enuncia que el personal de planta, no es suficiente para el desarrollo de las actividades a contratar, amparado en lo que establece el artículo 3 del decreto 1737 de 1998 modificado por el artículo 1 del decreto 2209 del mismo año; y los documentos anexos del contratista. constancia de registro de inscripción en el SECOP II y pantallazo del plan anual de adquisiciones. | |
INDENMIDAD | El CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIDAD SOLIDARIA, contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por él o su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. |
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA | EL CONTRATISTA responderá civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio a La UNIDAD SOLIDARIA. |
NOTIFICACIÓN | Con la suscripción del presente documento, el contratista autoriza expresamente que se le envíen las notificaciones que surjan por cualquier motivo en la ejecución del mismo, al igual que para los requerimientos extrajudicial y judicial. Según lo ordenado por el numeral 1 del artículo 67 de la ley 1437 de 2011. |
OBLIGACIONES GENERALES DE LA CONTRATISTA: OBLIGACIONES GENERALES DE LA CONTRATISTA. El contratista se obliga a ejecutar el objeto del contrato y en consecuencia deberá cumplir con las obligaciones que se describen a continuación: 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto de contrato. 2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales y evitando las dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse. 3. Atender los requerimientos hechos por el supervisor y en caso de no ser posible, emitir por escrito una explicación que fundamente este hecho. 4. Cumplir a cabalidad el objeto contratado desde las especificaciones trazadas y definidas. 5. Anexar las certificaciones de cumplimiento del servicio de pago de los aportes realizados al sistema de seguridad social integral, en calidad de cotizante independiente, entendiendo que la base de cotización no podrá ser inferior al 40% del valor total del contrato. 6. Confidencialidad. El contratista en virtud de la suscripción del presente contrato se compromete a: 6.1. Manejar de manera confidencial la información que como tal sea presentada, entregada y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto de la presentación de sus servicios. 6.2. Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial. 6.3. Informar inmediatamente, al supervisor del contrato sobre cualquier circunstancia presentada en el desarrollo de su trabajo. 6.4. Colaborar con la mayor diligencia en la documentación y declaración de lo hallado y mantener sobre todo ello los compromisos de confidencialidad requeridos y necesarios. Parágrafo. El desconocimiento de los compromisos descritos por el contratista, pueden conllevar demandas civiles y penales según lo señalan las leyes colombianas. Parágrafo. Los gastos de desplazamiento dentro de la ciudad de Bogotá estarán a cargo del contratista. En ciertos casos la Unidad Solidaria, durante la ejecución del contrato y previa autorización del Director Nacional u ordenador del gasto (d) con visto bueno del Director Nacional, podrá reconocer estos gastos fuera de la ciudad de Bogotá, de conformidad con la regulación interna. 7. El contratista deberá ejecutar todas y cada una de las obligaciones con autonomía administrativa, técnica y financiera, de manera responsable con la entidad y el Estado. 8. Contar con la disponibilidad necesaria para realizar las actividades que desarrollan el objeto del contrato. 9. Certificar por medio escrito bajo la gravedad del juramento ante la Unidad al inicio del contrato si está obligado a presentar declaración xx xxxxx por el año inmediatamente anterior y la categoría según la clasificación cedular de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 que modifica el artículo 330 del Estatuto Tributario y sus decretos reglamentarios vigentes, con los documentos para el primer pago. 10. Mantener activa la cuenta bancaria que reporta para que la Unidad Administrativa realice los pagos. 11. Remitir a la Unidad Administrativa el RUT cuando la información consignada en el documento inicial se modifique. 12. Mantener actualizada la información del Registro Único Tributario. 13. Certificar por medio escrito bajo la gravedad de juramento ante la Unidad para cada pago que los documentos soporte del pago de seguridad social (salud, pensión y ARL) corresponden a los ingresos provenientes del contrato. 14. Presentar el examen médico ocupacional vigente. 15. Cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales: 15.1 Procurar el cuidado integral de su salud. 15.2 Informar al contratante la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 15.3 Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales. 15.4. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 15.5. Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato. 16. Dar cumplimiento a la propuesta, la cual forma parte integral de contrato y realizar todas las actividades tendientes al cumplimiento del objeto contractual. 17. Radicar la cuenta de cobro a más tardar dentro de los 05 días calendarios siguientes al vencimiento del periodo correspondiente. 18. Velar por la protección del medio ambiente dando |
cumplimiento a los lineamientos internos, normas generales y reglamentos ambientales aplicables. 19. Las demás que se deriven del objeto contractual. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA: 1. Revisión e identificación de usos presupuestales según el Catálogo de Clasificación Presupuestal para la vigencia 2024. 2. Revisión de la información contable suministrada por los diferentes grupos internos de trabajo. 3. Proyección de los estados financieros conforme al marco normativo vigente para el cierre de la vigencia 2023 4. Revisión de los anexos de apoyo para la preparación de notas a los estados financieros aplicables a la entidad para el cierre de la vigencia 2023. 5. Proyección de informes financieros y contables según los requerimientos de la Contaduría General de la Nación para la vigencia 2024 6. Diligenciamiento de la información contable que sirve como soporte de los comprobantes contables registrados en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. 7. Revisión detallada de las cuentas contables que maneja la entidad según sus operaciones diarias y según los lineamientos establecidos por la Contaduría General de la Nación para su correcto registró.
8. Análisis de la información contable, según las tablas de parametrización contable (TCON) suministradas en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación y ajustes adecuados. 9. Verificación de la información contenida en los reportes y consultas disponibles en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, para realizar las depuraciones y ajustes necesarios. 10 Generación de registros contables manuales para la depuración contable. 11. Elaboración de archivos planos mensuales y cargue de los mismos a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. 12. Verificar y consolidar el archivo de la información contable. 13 Análisis de las variaciones trimestrales de un año a otro, con sus respectivas observaciones. 14. Registro en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación de los procesos especiales de la entidad contable publica, en cuanto a la distribución de saldos y movimientos de cada trimestre. 15 Registro en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación de los procesos especiales de la entidad contable publica, en cuanto a las operaciones reciprocas de cada trimestre. 16 generación de archivos planos y transmitir la información contable a través del aplicativo CHIP, según los requerimientos de la Contaduría General de la Nación. 17 Revisión de obligaciones presupuestales y los registros contables en el Sistema Integrado de Información Financiera- SIIF
18. Nación. Manejo conforme a los requerimientos y lineamientos establecidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito público, el Token asignado por la Unidad, lo descrito desde la ejecución de las actividades que se deriven del objeto a contratar. 19. Secretaría técnica del comité técnico de sostenibilidad contable y hacer seguimiento de los compromisos acordados en el mismo y registrados en las actas. 20. Apoyo en la conciliación de información contable para la presentación de medios magnéticos de la vigencia 2023. 21. Programación y realización de mesas de trabajo internas, para la depuración de la información contable. 22. Asistencia y acompañamiento en otras actividades que se requieran, relacionadas con el objeto contractual. GARANTÍA: En virtud del análisis de riesgos, el contratista deberá constituir una garantía única que ampare las obligaciones que se deriven del contrato, con una entidad Bancaria o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la Unidad Solidaria identificada con NIT. 899999050-8, consistente en una póliza que ampare: - Cumplimiento del contrato por el 10% del valor total de este y con una vigencia igual al término de duración del mismo y cuatro (04) meses más. PARAGRAFO: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento no estar incurso inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de intereses para contratar con el Estado, de que tratan el artículo 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones aplicables vigentes. OBLIGACIONES DE LA UNIDAD SOLIDARIA: 1. Tramitar para que se efectúen los pagos acordados al contratista producto del contrato. 2. Ejercer supervisión sobre el desarrollo del objeto del contrato, de cuya actividad será responsable en adscripción de funciones el supervisor quien tendrán responsabilidad disciplinaria, penal y fiscal por sus acciones u omisiones en el desarrollo de sus funciones de acuerdo con lo consagrado en resolución interna y la Ley 1474 de 2011. 3. Impartir las instrucciones necesarias, sugerencias y requerimientos para la adecuada, normal y total ejecución del contrato, lo cual hará el supervisor. 4. Entregar la información requerida para el desarrollo del contrato. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. Lo anterior al desarrollo y ejecución de las actividades asignadas para cada periodo previo visto bueno y/o cumplido a satisfacción por parte del supervisor, presentación de factura o cuenta de cobro según corresponda adjuntando certificación que acredite pago de aportes relativos al Sistema de seguridad Social integral (pensión, salud y ARL) de acuerdo en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y al Sistema de Riesgos Laborales en virtud de lo consagrado en el numeral 1 literal a) del artículo 13 de la Ley 1562 de 2012. Para el efecto, el supervisor del contrato tramitará el cumplido a satisfacción de acuerdo con la forma de pago. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: De conformidad con el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, este contrato se entiende perfeccionado cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y este se eleve a escrito. Por lo tanto, este contrato se entiende perfeccionado con las firmas de las partes a través de la Plataforma SECOP II, así mismo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y en el artículo 6 del Decreto 723 de 2013 para su ejecución se requiere: Por parte del contratista: Constituir la garantía única. Por parte de la entidad: La existencia de la disponibilidad presupuestal, expedición de registro presupuestal, aprobación de la garantía única y afiliación a la ARL. Por ambas partes la suscripción del acta de inicio.
De conformidad con el artículo 223 del Decreto Nacional 019 de 2012, el presente contrato se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.