CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA POR LICITACIÓN PÚBLICA O INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS QUE CONTIENE LAS BASES DE CONTRATACIÓN A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO POR EL MECANISMO DE EVALUACIÓN BINARIO CON...
CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA POR LICITACIÓN PÚBLICA O INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS QUE CONTIENE LAS BASES DE CONTRATACIÓN A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO POR EL MECANISMO DE EVALUACIÓN BINARIO CON RECURSOS FEDERALES.
APLICANDO LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PÚBLICADA EL DÍA 04 DE ENERO DE 2000 EN EL D.O.F., Y SUS ÚLTIMAS REFORMAS PUBLICADAS EL 09 XX XXXXX DE 2012 EN EL D.O.F.
Y EL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PUBLICADO EL 00 XX XXXXX XX 0000 XX XX X.X.X.
XXXXXXXXXXXX PÚBLICA FEDERAL 002
ESTA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN APLICA PARA LA SIGUIENTE LICITACIÓN:
UAA-LOPF-002-14 CONSTRUCCION DE LA 2A. ETAPA DE POLIFORUM DEPORTIVO Y CULTURAL DEL CENTRO DE ENSEÑANZA MEDIA, PLANTEL CENTRAL DE LA U.A.A., AGUASCALIENTES, AGS.
Í X X X X X
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX 0000.
GENERALIDADES.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
PODERES Y DOCUMENTOS QUE XXXXXXX ACREDITARSE.
ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN
ESPECIALIDAD, EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA QUE SE REQUIERE.
PORCENTAJE DE ANTICIPOS
ACTIVIDADES ANTERIORES A LA RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
VISITA DE OBRA
JUNTA DE ACLARACIÓN DE DUDAS
DOCUMENTOS QUE DEBEN CONTENER LAS PROPUESTAS.
ANTECEDENTES.
REVISIÓN PRELIMINAR
DOCUMENTOS DISTINTA A LA PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE LA PROPUESTA
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DE LA PROPUESTA
PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS.
FALLO Y ADJUDICACIÓN DE LA OBRA.
DEL CONTRATO.
INICIO DE LOS TRABAJOS.
FORMA DE PAGO.
PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS.
REQUISITOS ADICIONALES.
MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS.
PENAS CONVENCIONALES.
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS.
INCONFORMIDADES.
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN
MODELO DE CONTRATO FEDERAL.
HOJAS ÍNDICE
FORMATOS LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
CONVOCATORIA PARA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 2014
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES.
Habiendo convocado la Universidad Autónoma de Aguascalientes a través de la Dirección General de Infraestructura Universitaria (Art. 31 inciso I de “LA L.O.P.S.R.M.”), con domicilio en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx., convoca a las personas físicas y xxxxxxx con nacionalidad mexicana que se interesen en la ejecución por contrato (Art. 26 fracción I de “LA L.O.P.S.R.M.”), de la obra(s) pública(s) citada(s) en la CONVOCATORIA u oficio de invitación a cuando menos tres personas, para que se registraran y proporcionaran los datos relativos a sus antecedentes, experiencia, equipo disponible y capacidad económica y habiendo convocado o invitado a inscribirse en la licitación a aquellas empresas que, como resultado del estudio detallado de los documentos presentados resultaron aptas para participar, se hace entrega de esta CONVOCATORIA a título gratuito (Art. 32 de “LA L.O.P.S.R.M.”) en atención de dicha publicación o invitación para su inscripción, junto a los anexos y especificaciones de licitación que regirán para la celebración y dictamen de la misma.
Se da por hecho que “EL LICITANTE” que participa en la presente licitación conoce el marco jurídico de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento, el Código Municipal de Aguascalientes y el Código Urbano para el Estado de Aguascalientes y acepta cumplir todo lo indicado en ellos sin perjuicio de lo estipulado en esta CONVOCATORIA y en la minuta de la junta de aclaraciones.
En esta licitación solo se aceptará la participación de personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana. (Art. 31 inciso II de “LA L.O.P.S.R.M.”)
La información necesaria para que “EL LICITANTE” integre su propuesta técnica y económica, que no está en el Sistema CompraNet, estará a disposición de los interesados en las oficinas del Departamento de Construcciones ubicado en el Edificio 3 Puerta “C” de “LA U.A.A.” en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. (Art. 31 inciso XXVIII de “LA L.O.P.S.R.M.”) a partir de la publicación de esta CONVOCATORIA en el Sistema CompraNet, y hasta el sexto día previo al de la apertura de proposiciones, y es la siguiente: Toda la información estará disponible para consulta y adquisición en la página de CompraNet 5.0, dicha información estará disponible sólo para consulta en las oficinas de “LA U.A.A.”.
1.- GENERALIDADES.
Descripción general de las Obras y ubicación (Art. 31 inciso III de “LA L.O.P.S.R.M.”):
UAA-LOPF-002-14 CONSTRUCCION DE LA 2A. ETAPA DE POLIFORUM DEPORTIVO Y CULTURAL DEL CENTRO DE ENSEÑANZA MEDIA, PLANTEL CENTRAL DE LA U.A.A., AGUASCALIENTES, AGS.
Origen de los recursos (Art. 24 segundo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”):
Origen del Recurso: PROEXEMS 2013 Y FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF 2013/14)
Fecha aprobación: EJERCICIO FISCAL 2014
Idioma y moneda:
El idioma en que se presentarán las proposiciones será el español y la moneda en que se cotizarán será el peso mexicano. (Art. 31 inciso VI de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Dos ejercicios presupuestales:
En caso de que los trabajos rebasen un ejercicio presupuestal, el importe que se entregará a los contratistas se estimará para el primer ejercicio por el 50% (cincuenta por ciento) del monto asignado. Para las asignaciones presupuestales de ejercicios subsecuentes, se estará a lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. (Art. 23 de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Fechas para de la licitación:
-
Visita obra para todas las licitaciones. (Art. 31 inciso IX de “LA L.O.P.S.R.M.”):
17 de Septiembre de 2014 a las 09:00 Hrs. el punto de reunión será en el Sala Isoptica “B” ubicada en el Edificio 5 de “La U.A.A.”
Junta Aclaratoria (Art. 31 inciso X de “LA L.O.P.S.R.M.”):
17 de Septiembre de 2014 a las 10:00 Hrs. será en el Sala Isoptica “B” ubicada en el Edificio 5 de “La U.A.A.”
Fecha y hora límite para envió de propuestas a través del Sistema Compranet 5.0 y presentación de propuestas para la licitación (Art. 31 inciso XI de “LA L.O.P.S.R.M.”):
25 de Septiembre de 2014, a las 10:00 horas, por medios electrónicos, debiendo integrar su proposición en la plataforma de CompraNet 5.0.
Apertura de propuestas para todas las licitaciones (Art. 31 inciso XI de “LA L.O.P.S.R.M.”):
25 de Septiembre de 2014 a las 10:01 Hrs. será en el Sala Isoptica “C” ubicada en el Edificio 5 de “La U.A.A.”
Fallo y adjudicación de obra para todas las licitaciones (Art. 31 inciso XI de “LA L.O.P.S.R.M.”):
02 de Octubre de 2014 a las 14:00 Hrs. será en el Sala Isoptica “B” ubicada en el Edificio 5 de “La U.A.A.”
Firma del contrato para todas las licitaciones (Art. 31 inciso XI de “LA L.O.P.S.R.M.”):
06 de Octubre de 2014 a partir de las 10:00 Hrs.
Fecha estimada de inicio de los trabajos (Art. 31 inciso V de “LA L.O.P.S.R.M.”):
26 de Septiembre de 2014
Tiempo de ejecución de todas las obras (Art. 31 inciso V de “LA L.O.P.S.R.M.”):
120 (ciento veinte) días naturales.
2.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
En esta CONVOCATORIA y sus anexos se entenderá por:
-
“LA U.A.A.”: A la Universidad Autónoma de Aguascalientes, siendo la Convocante.
“EL CONTRATISTA”: La persona que celebre contratos de obras públicas o de servicios relacionados con las mismas.
“EL LICITANTE”: La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de invitación restringida a cuando menos tres personas.
“LA L.O.P.S.R.M.”: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
“EL R.L.O.P.S.R.M.”: Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
CONVOCATORIA: Documento en el que se establecen las bases en que se desarrollará el procedimiento de contratación y que describe los requisitos de participación.
LICITACIÓN: Procedimiento de contratación para la adjudicación de las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas.
CompraNet.- Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a cargo de la Secretaría de la Función Pública, en adelante “SFP”. Dicho Sistema es de consulta gratuita y constituye un medio por el cual se desarrolla el procedimiento de contratación.
MIPYMES.- Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
SOBRE CERRADO: Cualquier medio que contenga la proposición de “EL LICITANTE”, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de “LA L.O.P.S.R.M.”
BITÁCORA: El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos, ya sea a través de medios remotos de comunicación electrónica, caso en el cual se denominará Bitácora electrónica, u otros medios autorizados en los términos de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, en cuyo caso se denominará Bitácora convencional;
L.A.B.: Libre a bordo.
L.F.T.: Ley Federal del Trabajo.
C.M.I.C.: Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción.
Xxxxx Xxxxxxxx: “LA L.O.P.S.R.M.” y todos los reglamentos, lineamientos y oficios circulares que de ella emanen.
D.O.F.: Diario Oficial de la Federación.
C.N.S.M.: Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
I.S.N.: Impuesto Sobre Nómina.
I.M.S.S.: Instituto Mexicano del Seguro Social
CAPITULO: Grupo integrado por una ó más partidas
PARTIDA: Grupo integrado por uno ó más conceptos de Obra ó servicio
CONCEPTO DE OBRA Ó SERVICIO: Descripción pormenorizada del alcance de una actividad de obra ó servicio.
ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN: Convenio privado entre dos o más personas físicas x xxxxxxx con el objeto de sumar sus capacidades financieras, técnicas o de equipo, para presentar conjuntamente una propuesta, sin que esto obligue a constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de “LA U.A.A.” las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas autógrafamente.
ASOCIANTE: Persona física ó moral que aporta el mayor porcentaje de capacidades financieras, técnicas o de equipo de la Asociación en Participación, la cual deberá de fungir como representante legal con los poderes necesarios para comprometer dicha asociación.
ASOCIADO: Persona física ó moral que aporta el porcentaje complementario de capacidades financieras, técnicas o de equipo de la Asociación en Participación, el cual se quedará como obligado solidario del asociante ante compromisos adquiridos por dicha asociación.
SIMILARES: Obras en las cuales integre las partidas más importantes de la obra en proceso de licitación.
COMPLEJIDAD: Obras en las cuales, por su proceso constructivo, período de ejecución, frentes de trabajo, etc. sean similares a las de la obra en proceso de licitación.
MAGNITUD: Obras de las cuales por sus volúmenes sean similares a las de la obra en proceso de licitación.
MONTO: Se considerará para efecto de experiencia, aquellos montos iguales o mayores del de su propuesta. “LA U.A.A.” podrá considerar aquellas obras de montos igual o mayor al de las principales partidas de su propuesta.
BEOP: Bitácora electrónica de obra pública que, por medios remotos de comunicación electrónica, constituye el medio de comunicación entre las partes de un contrato de obra pública o de servicios relacionados con la misma, en la que se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los trabajos.
“EL SUPERINTENDENTE”: El representante del contratista ante la dependencia o la entidad para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos.
3.- PODERES Y DOCUMENTOS QUE DEBERÁN ACREDITARSE.
“EL LICITANTE” podrá designar la persona que suscriba las propuestas en la licitación, la cual deberá contar con los documentos notariales que lo acrediten como apoderado o administrador de la empresa con las facultades legales expresas para comprometerse y contratar en nombre y representación de la misma; la persona antes citada para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. (Arts. 31 incisos XII y XIII de “LA L.O.P.S.R.M.”
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que únicamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador. (Artículo 59 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
4.- ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en las licitaciones siempre y cuando cumplan con lo establecido en el segundo, tercero, cuarto y quinto párrafo del Artículo 36 de “LA L.O.P.S.R.M.”, y con el Artículo 47 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”. En caso de presentar conjuntamente una proposición, se deberá de manifestar en su propuesta la intención o no de certificar ante notario público el convenio de asociación en participación, en caso de ser positiva la intención de certificar dicho convenio se deberá de anexar además copia simple del formato R1 donde se inicia el tramite del alta de la asociación en participación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o en su defecto un manifiesto donde indique la situación del trámite.
4.1 Para los casos en que dos o más interesados se agrupen para presentar una sola proposición, las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes (Artículo 47 fracción II de “EL R.L.O.P.S.R.M.”):
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de contratación;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes en forma solidaria, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia esta fracción se incluirá en los documentos de la proposición técnica. (Art. 47 fracción III de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En este supuesto, de participación en conjunta, la proposición deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas. (Art. 36 segundo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
4.2En caso de ser la asociación “EL LICITANTE” adjudicado procederá lo siguiente:
Si en su propuesta se manifestó la intención de certificar ante notario público el convenio de asociación en participación que se presentó para la licitación, antes de la firma del contrato, deberá de entregar a “LA U.A.A.” la escritura pública certificada en donde conste el convenio antes citado así como las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo. (Art. 47 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En caso de que en su propuesta se manifieste que no se llevará a cabo la certificación ante notario público del convenio referido, todas las personas que integran la agrupación que formulan la proposición conjunta o por sus representantes legales, deberán de firmar el contrato, en el entendido que antes de la formalización del mismo deberán en lo individual acreditar su respectiva personalidad. (Art. 47 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Si una vez manifestado en su propuesta la no intención de certificar ante notario el convenio de asociación en participación, la certificación se podrá llevar a cabo siempre y cuando así lo haga de conocimiento a “LA U.A.A.” a más tardar las veinticuatro horas siguientes en el que se tenga conocimiento del fallo, debiendo cumplir en este caso, antes de la firma del contrato, con lo estipulado en la fracción a) de este apartado.
5.- ESPECIALIDAD, EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA QUE SE REQUIERE (Art. 31 inciso XVI de “LA L.O.P.S.R.M.”):
EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA
1.- Relación de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, identificados con los cargos que ocuparán. (Art. 44 fracciones III y IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
De los profesionales técnicos propuestos sólo se evaluará la preparación académica y la experiencia demostrada en trabajos de características técnicas, complejidad, magnitud y monto similares a los que se licitan. (Art. 64 fracción II de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), debiendo presentar:
Relación de cada uno de los profesionales técnicos y administrativos, distintos a “EL SUPERINTENDENTE”, del personal con el cual se demuestra la experiencia y capacidad técnica deberá de coincidir con el personal propuesto y cobrado dentro de los indirectos de oficina central y obra;
El técnico que será su representante permanente de la obra, “EL SUPERINTENDENTE”, demostrará suficiente experiencia en obras de la índole de la que se llevará a cabo, debiendo de demostrar como mínimo la participación como tal en UNA obra(s) similar(es) en complejidad, magnitud y monto a los que se licitan, comprobación que deberá ser mediante:
b) Listado de las obras de la misma naturaleza en las que dicho personal participó, como “EL SUPERINTENDENTE”, indicando el número de contrato, monto, nombre del cliente con domicilio, teléfono y su representante, nombre de la empresa con la que participó en la construcción de la obra, fecha, descripción de los trabajos y volúmenes, cargo ó función desempeñada;
c) Manifiesto bajo protesta de decir verdad que lo señalado en el sub-inciso anterior es cierto y que fue corroborado por “EL LICITANTE”, apercibido que en caso de que “LA U.A.A.” compruebe fehacientemente que alguna parte de la información señalada es falsa, procederá a desechar la propuesta;
En caso de presentar obras que no sean similares en complejidad, magnitud y monto no se tomarán en cuenta para dar cumplimiento a lo aquí establecido, por lo que “LA U.A.A.” procederá desechar la propuesta.
Así mismo el personal técnico que fungirá como “EL SUPERINTENDENTE” deberá de tener como mínimo el nivel de Licenciatura en Arquitectura, Ingeniería-Arquitectura, Ingeniería Civil o una carrera afín a las aquí señaladas, anexando:
d) Copia de la cédula profesional; currículum y constancia de estudios avanzados y/o especializados;
e) “EL SUPERINTENDENTE” propuesto por el licitante, deberá acreditar que cuenta con firma electrónica avanzada, mediante copia simple de la constancia expedida por autoridad certificadora vigente, que habrá de integrar como parte del Documento 3T, con la finalidad de que “EL SUPERINTENDENTE” designado efectúe su alta en la bitácora correspondiente. (Art. 46 último párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.” y al Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para regular el uso del programa informático para la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra pública por medios remotos de comunicación electrónica, cláusula décima tercera, establecidos por la Secretaría de la Función Pública y publicado el 09 de septiembre de 2009), y
f) Carta compromiso donde se indique que en el supuesto de adjudicársele la obra a “EL LICITANTE” se compromete a fungir como “EL SUPERINTENDENTE” de tiempo completo para llevar a bien los trabajos asignados. En caso de estar fungiendo como tal en otra obra deberá así manifestarlo en la carta aquí señalada, enunciando que se compromete antes de la firma del contrato entregar documentación comprobatoria que dio por concluida dicha función.
2.- Relación de los contratos de los últimos diez años, realizados por “EL LICITANTE”, de trabajos similares en complejidad, magnitud y monto a las obras que se licita(n) en esta CONVOCATORIA en los que sea comprobable su participación, que haya celebrado tanto con la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, como con particulares, en la que acredite su experiencia y capacidad técnica en este tipo de obras. Asimismo contendrá el nombre o denominación de la contratante; domicilio y teléfono de los responsables de los trabajos; descripción de los servicios, importes ejercidos, fechas de ejecución de los trabajos. Se tomará que “EL LICITANTE” tiene experiencia en el tipo de obra(s) que se licita(n) si en el los últimos diez años celebró cuando menos UN contrato(s) de obra(s) similares en complejidad, magnitud y monto, debiendo anexar para su comprobación copia de los contratos realizados ó un manifiesto bajo protesta de decir verdad que la relación proporcionada es cierta, apercibido que en caso de que “LA U.A.A.” compruebe fehacientemente que alguna parte de la información señalada es falsa, procederá a desechar la propuesta. (Art. 44 fracción IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
En caso de presentar obras que no sean similares en complejidad, magnitud y monto no se tomarán en cuenta para dar cumplimiento a lo aquí establecido, por lo que “LA U.A.A.” procederá desechar la propuesta.
Las obras similares en complejidad, magnitud y monto con las que se demuestre la experiencia técnica de “EL SUPERINTENDENTE” y “EL LICITANTE” deberán de cumplir con los siguientes parámetros:
Tipo de trabajos con los que se puede demostrar la experiencia: |
Cada contrato deberá ser como mínimo de: |
TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA, ACABADOS, INSTALACIONES GENERALES Y ESPECIALES |
EL 80% DEL MONTO TOTAL DE LA OBRA LICITADA |
2.1.-En caso de que en esta CONVOCATORIA se prevea la subcontratación de cualquier persona o de empresas “EL LICITANTE” deberá acreditar la experiencia técnica y económica de dichos subcontratista en trabajos similares a los que se hará cargo de la siguiente manera (Artículo 44 fracción V de “EL R.L.O.P.S.R.M.”):
2.1.1.- De la experiencia, capacidad técnica y económica:
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, por parte de “EL LICITANTE”, que los subcontratistas relacionados son los que llevarán a cabo los trabajos; que verificó que cada uno de los mismos, cumplen con los siguientes requisitos:
Cuentan con la capacidad técnica (personal, equipo e instalaciones), económica y financiera suficiente para realizar la correcta ejecución de los trabajos;
Son empresas legalmente constituidas para poder desempeñar los trabajos que se le encomienden ya que tienen su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes emitido por el Servicio de Administración Tributaria y el registro de alta como patrón ante el Seguro Social, y Que en caso de que se le adjudique la obra a “EL LICITANTE”, los Subcontratistas se comprometen a realizar los trabajos.
En caso de que “LA U.A.A.” compruebe fehacientemente que alguna parte de la información señalada es falsa, procederá a desechar la propuesta. (Art. 44 fracción IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
3.-Relación de maquinaria y equipo de construcción disponible y necesario para el desarrollo de los trabajos, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad del mismo.
CAPACIDAD FINANCIERA
La información que deberá de presentar “EL LICITANTE” para demostrar su capacidad financiera, la cual deberá de corresponder a los dos últimos ejercicios fiscales anteriores a está CONVOCATORIA (2012 y 2013) será la siguiente (Artículo 44 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”):
I. Los estados financieros dictaminados o no, los cuáles se mencionan a continuación:
Balance General;
Estado de Resultados;
Los estados financieros deberán estar firmados por contador público anexando copia simple de su cédula profesional.
Copia legible de la Declaración Anual presentada ante el Sistema de Administración Tributaria “SAT” (2012 y 2013);
III. Comparativo de razones financieras del último ejercicio fiscal conforme al formato que se entrega con la CONVOCATORIA.
El comparativo de razones financieras deberá de ser firmado por el contador público que realizó los estados financieros aludidos en la fracción I de este apartado.
En el caso de empresas de nueva creación, se deberán presentar la documentación referida más actualizada a la fecha de la presentación y apertura de proposiciones, debiendo entregar de manera obligatoria lo solicitado en las fracciones I y III.
Se entiende que son empresas de nueva creación aquellas que se registraron ante el Sistema de Administración Tributaria “SAT” en el presente ejercicio fiscal.
En el caso de participación conjunta, los licitantes (persona física y moral), deberán presentar todos los documentos mencionados en la fracción I, II, y III de este apartado, salvo en el caso de empresas de nueva creación, deberán atender a lo indicado en los dos párrafos anteriores.
La documentación que los licitantes integrarán para cumplir con los requerimientos establecidos en el numeral que nos ocupa, deberá ser presentada invariablemente en idioma español, y las cifras expresadas en pesos mexicanos.
Los parámetros financieros que “EL LICITANTE” deberá de cumplir, y que se solicitan en la fracción III de este apartado, para demostrar su capacidad de recursos económicos, son los siguientes:
RAZONES FINANCIERAS |
RANGOS |
DE LIQUIDEZ
CTN = AC - PC
PL= AC PC
PA= AC - I PC |
Que el Capital de Trabajo Neto del licitante cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado. El Capital de Trabajo Neto que el licitante acredite de acuerdo a sus estados financieros, más en su caso, la línea de crédito a la fecha autorizada por una Institución Financiera, deberá ser suficiente para cubrir el financiamiento de los demás periodos, tercer mes en adelante, contenidos en el análisis de Financiamiento.
De 1 en adelante Aceptable
De 1 en adelante Aceptable
|
DE SOLVENCIA
1) Deuda a activos totales (DaAT)
DaAT= PT AT
|
De 0 hasta 1 Aceptable
|
Términos
|
AC= activo circulante I= inventarios PC= pasivo circulante PT= pasivos totales AT= activos totales CC= capital contable CTN= capital de trabajo neto |
En el caso de proposiciones presentadas en forma conjuntas o en grupo, se sumarán cada uno de los rubros para cumplir con los parámetros señalados en los incisos anteriores, tomando en cuenta que la obligación que asumirán es solidaria.
Para licitantes en ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, deberá el ASOCIANTE comprobar el mayor porcentaje del Capital de Xxxxxxx Xxxx. En caso de no cumplir esta condición será motivo para desechar su propuesta.
6.- PORCENTAJE DE ANTICIPOS (Art. 31 inciso IV de “LA L.O.P.S.R.M.):
Para que EL CONTRATISTA realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio los trabajos; así como para la compra y la producción de materiales de construcción, adquisición de equipos de instalación permanente y demás insumos, le será otorgado un anticipo en términos de lo dispuesto por el artículo 50 fracciones II de “LA L.O.P.S.R.M.” del 50% (Cincuenta por ciento) de la asignación presupuestaria aprobada al contrato en el ejercicio de que se trate. El importe del anticipo deberá ser considerado obligatoriamente por LOS LICITANTES para la determinación del costo financiero de su proposición, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 fracción III de “LA L.O.P.S.R.M.”. El importe de los anticipos que se otorguen con base en los contratos de obras o de servicios, será el que resulte de aplicar el porcentaje señalado en la presente CONVOCATORIA al monto total de la proposición. (Artículo 138 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
“LA U.A.A.” podrá otorgar anticipo para los convenios que se celebren en términos del artículo 59 de “LA L.O.P.S.R.M.”, sin que pueda exceder el porcentaje que originalmente fue autorizado en el contrato. (Artículo 50 fracción VI de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Previamente a la entrega del anticipo, antes de la firma del contrato, “EL LICITANTE” ganador deberá presentar a “LA U.A.A.” un programa en el que se establezca la forma en el que aplicará dicho anticipo. “LA U.A.A.” requerirá a “EL CONTRATISTA” la información conforme a la cual acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato. (Artículo 138 tercer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En el caso de que “EL CONTRATISTA” no cumpla el programa a que se refiere el párrafo anterior por causas debidamente justificadas y acreditadas ante “LA U.A.A.”, dicho programa deberá ser modificado conforme a las nuevas condiciones que se hubieren presentado (Artículo 138 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”). El programa modificado de la aplicación del anticipo deberá ser entregado a más tardar tres días hábiles contados a partir de la solicitud de “LA U.A.A.”.
La amortización de los anticipo se deberá de considerar de manera obligatoria en el cálculo del financiamiento.
La amortización del anticipo se llevará a cabo al momento de ejecutar los trabajos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 143 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
7.- ACTIVIDADES ANTERIORES A LA RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
7.1 VISITA AL SITIO DE OBRA (Art. 31 inciso IX de la L.O.P.S.R.M.)
Las empresas interesadas en la presente licitación, deberán presentarse en la Sala de Juntas del Dpto. de Construcciones ubicada en el Edificio 3 Puerta “D” de “La U.A.A.”, ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx el día y a la hora señalada en la CONVOCATORIA u oficio de invitación respectiva, para concurrir al sitio en donde los representantes de “LA U.A.A.” mostrarán la ubicación y los datos generales, así mismo serán los receptores de las dudas por parte de los contratistas.
La visita al sitio donde se realizarán los trabajos será optativa para los interesados y tendrá como objeto que “EL LICITANTE” conozca las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico. Los licitantes, deberá incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten que conocen las condiciones y características antes citadas, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo (Art. 38 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”). Una vez realizada la visita al sitio de las obras, “EL LICITANTE” que haya acudido deberá recabar la firma del representante de “LA U.A.A.” precisamente en el espacio considerado para ello en el formato que se anexa en estas bases, FORMATO DE VISITA DE OBRA, o en alguno que “EL LICITANTE” elabore, siempre y cuando coincida con el que se les presenta, anexando dicha constancia en el Documento 1T.
Al sitio de realización de los trabajos podrán asistir los interesados y sus auxiliares, así como aquéllos que autorice “LA U.A.A.”. Con posterioridad a la realización de la visita podrá permitírseles el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos a quienes lo soliciten por escrito, con anticipación de por lo menos setenta y dos horas a la recepción y apertura de proposiciones, no siendo obligatorio para “LA U.A.A.” designar a un técnico que guíe la visita. (Art. 38 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Si es el caso que “EL LICITANTE” interesados en este evento decide no realizar la visita al sitio en donde se llevarán a cabo las obras motivo de esta licitación, quedará bajo su estricta responsabilidad, debiendo manifestar por escrito lo solicitado en el segundo párrafo de este apartado.
En ningún caso “LA U.A.A.” asumirá responsabilidad por las conclusiones a que lleguen los licitantes derivado de la visita al sitio de los trabajos, atendiendo a las circunstancias señaladas, por lo que el hecho de que un licitante no se familiarice con las condiciones imperantes o no asista a la visita, en caso de que se le adjudique el contrato, no lo eximirá de su obligación para ejecutar hasta su conclusión los trabajos en la forma y términos pactados en el contrato.
7.2 JUNTA DE ACLARACIÓN DE DUDAS. (Art. 31 inciso X de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Si existieran dudas en la visita al sitio de los trabajos o durante el proceso de integración de la propuesta, estas serán resueltas en su momento, en la o las juntas de aclaraciones, a desarrollarse en la fecha, lugar y hora asentados en la CONVOCATORIA u oficio de invitación. La asistencia a estas juntas será optativa, esto es, se podrá asistir x xx. (Xxx. 00 xxxxxxx xxxxxxx de “LA L.O.P.S.R.M.” y Art. 39 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Cualquier modificación a la CONVOCATORIA, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la misma CONVOCATORIA y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. (Art. 34 tercer párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la CONVOCATORIA, deberán presentar un escrito, (FORMATO JA), en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, dicho escrito deberá de cumplir con lo estipulado en el Artículo 61 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”. Las personas que manifiesten su interés en participar en la licitación pública mediante el escrito antes referido, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas o cuestionamientos en relación con la CONVOCATORIA a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. Dichas solicitudes de aclaración de dudas deberán remitirse a “LA U.A.A.”, acompañadas del escrito antes señalado. (Art. 35 tercer párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.” y Art. 39 tercer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Si no se presentará este escrito, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de “LA L.O.P.S.R.M.” (Art. 39 quinto párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.)
En el caso de que dos o más personas se agrupen para presentar una proposición, cualquiera de los integrantes podrá presentar el escrito mencionado en el párrafo tres de este apartado, mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. (Artículo 47 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
El escrito a que se alude en el párrafo tres y en el inmediato anterior, contendrá los datos siguientes (Artículo 61 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”):
a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y
b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.
Las solicitudes de aclaración que, en su caso, desee formular “EL LICITANTE” deberá ser por escrito, en el formato que para tal efecto entrega “LA U.A.A.”, “FORMATO PREGUNTAS A LA LICITACIÓN”, (Artículo 40 Párrafo Octavo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), debiéndose plantear de manera concisa y estar directamente relacionadas con los puntos contenidos en la CONVOCATORIA a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. (Art. 39 párrafo sexto de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta o aspecto que se solicita aclarar; aquellas solicitudes de aclaración que no se presenten en la forma señalada en este párrafo y en el anterior podrán ser desechadas por “LA U.A.A.”. (Artículo 39 párrafo séptimo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Las solicitudes de aclaración, podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de CompraNet, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta. “LA U.A.A.” tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante que se formulen a través de CompraNet, la hora que registre el sistema al momento de su envío. (Artículo 39 párrafos octavo y noveno de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Al concluir cada junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas, considerando que entre la última de éstas y el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales. De resultar necesario, la fecha señalada en la CONVOCATORIA para realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones podrá ser diferida por “LA U.A.A.”. (Artículo 40 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
De cada junta de aclaraciones se levantará acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por “EL LICITANTE” y las respuestas de “LA U.A.A.” y, en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos. En el acta correspondiente a la última junta de aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia. (Artículo 35 último párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Las actas de juntas de aclaraciones serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma, de cual se entregará copia a dichos asistentes. (Artículo 39 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
De existir modificaciones a las condiciones de la CONVOCATORIA a la licitación pública éstas se difundirán a través de CompraNet. (Artículo 34 primer párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad a la primera junta de aclaraciones, o bien, después del plazo previsto para su envío a través de CompraNet, no serán contestadas por “LA U.A.A.”. (Artículo 40 séptimo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Las actas de las juntas de aclaraciones serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se entregará una copia a dichos asistentes (Artículo 39 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”) y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el Xxxxxxxx 0 xxxxxx “X” xx xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx con domicilio Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, por un término no menor de cinco días hábiles. (Artículo 39 Bis primer párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.).
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. (Artículo 39 Bis segundo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.)
8.- DOCUMENTOS QUE DEBEN CONTENER LA PROPUESTA. (Art. 31 fracc. XXIX de “LA L.O.P.S.R.M.”)
8.1.-ANTECEDENTES
“EL LICITANTE” deberá enviar una sola proposición a través del Sistema Compranet 5.0 (Art. 38 fracción VIII de “LA L.O.P.S.R.M.” y 41 penúltimo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
El envió de la documentación que integre la proposición a través del Sistema CompraNet 5.0 por parte de LOS LICITANTES debe ser completa, uniforme y ordenada, debiendo utilizar los formatos e instructivos elaborados y proporcionados por “LA U.A.A.”. En caso de que “EL LICITANTE” presente otros formatos, éstos deberán cumplir con cada uno de los elementos requeridos por “LA U.A.A.”. (Art. 34 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Los documentos entregados por “EL LICITANTE” deberán ser particularizados para la obra que se está licitando. (Art. 34 fracción V de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Los licitantes prepararán sus proposiciones conforme a lo establecido en la CONVOCATORIA, así como en las aclaraciones y modificaciones que, en su caso, afecten a aquellas. (Art. 34 último párrafo de “LA L.O.P.S.R.M. y Art. 41 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
La proposición deberá ser firmada por “EL LICITANTE” empleando los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública, este medio de identificación electrónica producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. Será causal de descalificación si no se firma electrónicamente la Propuesta (Art. 41 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Para la presentación y firma de proposiciones a través de CompraNet, “EL LICITANTE” deberá utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales. (Punto 16 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 28 XX XXXXX DE 2011)
La documentación que integre la propuesta deberá ser firmada electrónicamente por “EL LICITANTE” (Art. 28 segundo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.” y 41 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En virtud a la presentación de propuestas es a través del CompraNet, toda la propuesta, en forma general, al momento de su envió deberá ser firmada electrónicamente por “EL LICITANTE”. “EL LICITANTE” adjudicado deberá de firmar autógrafamente, antes de la firma del contrato, un ejemplar de su propuesta, la cuál será impresa por “LA U.A.A.”. (Art. 41 quinto párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Ya que la presentación de propuestas es a través de CompraNet, no es necesaria que la proposición sea foliada por “EL LICITANTE”.
Las proposiciones deberán presentarse y enviarse por el sistema CompraNet por los licitantes con los datos que les sean solicitados ya sea a máquina, impresos o manuscrito con letra de molde clara, con tinta, sin correcciones ni enmendaduras o tachaduras, y los mismos deberán ser legibles.
8.2 REVISIÓN PRELIMINAR
A fin de facilitar el presente procedimiento de contratación “LA U.A.A.”, a solicitud de “EL LICITANTE”, efectuará una revisión preliminar respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados, así como de la documentación distinta a la propuesta técnica y económica de acuerdo con lo establecido al respecto en “EL R.L.O.P.S.R.M.”. Si así lo decide “EL LICITANTE” podrá presentar sus proposiciones directamente en el acto de presentación y apertura de las mismas sin tener la revisión preliminar mencionada. (Art. 36 penúltimo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Para efectos de lo anterior, los interesados deberán presentarse en la oficina de “LA U.A.A.”, en la oficina de la Sección de Presupuestos del Departamento de Construcciones, ubicada Edificio 3 puerta “C” con domicilio en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx a partir de la fecha de la publicación de la presente CONVOCATORIA a la licitación y hasta dos días hábiles previos al acto de presentación y apertura de proposiciones, en un horario de 09:00 a 15:00 hrs., con la solicitud de la revisión preliminar que requieran. (Art. 60 tercer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”) Dicha revisión no constituye una preselección de las proposiciones o una precalificación de los licitantes y tendrá el carácter opcional.
8.3 DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
“EL LICITANTE” deberá de incluir de manera obligatoria la siguiente documentación distinta a la proposición técnica y económica, la cual deberá de ser firmada electrónicamente y enviada a través del sistema CompraNet:
ESCRITO I.- ESCRITO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN
Carta de presentación de la proposición por la que hace entrega en sobre cerrado debidamente identificado su propuesta que contiene el aspecto técnico y el aspecto económico para la presente CONVOCATORIA a la licitación. ESCRITO I.
En caso de no poder asistir al acto de presentación y apertura de propuestas la persona facultada para comprometer a su representada, la persona antes citada deberá otorgar carta poder simple a otra, para que en su nombre y representación asista a los diferentes actos de la CONVOCATORIA a la licitación, anexando copia de identificación oficial vigente de está última persona.
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que únicamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.
ESCRITO II.- NACIONALIDAD MEXICANA, ARTÍCULO 51 Y 78 Y DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
El presente escrito deberá de contener lo siguiente:
a) Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana (Arts. 36 primer párrafo y 61 inciso IX fracción d) de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), ESCRITO II;
b) Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de “LA L.O.P.S.R.M.” (Art. 61 inciso IX fracción a) de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), ESCRITO II, y
c) Declaración de integridad mediante la cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA U.A.A.”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. (Art. 31 fracción XXXI “LA L.O.P.S.R.M.” y Artículo 61 inciso IX fracción c) de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), ESCRITO II.
ESCRITO III.- MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO Y CORREO ELECTRÓNICO
Escrito en el que manifieste el domicilio, donde éste recibirá toda clase de notificaciones que resulten, en su caso, de los contratos y convenios que celebren de conformidad con “LA L.O.P.S.R.M.” y “EL R.L.O.P.S.R.M.”. Mientras no se señale un domicilio distinto en la forma establecida por “LA U.A.A.”, el manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones. (Art. 42 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Las notificaciones a “EL LICITANTE” respecto de los actos del procedimiento de contratación se realizarán a través de CompraNET. (Art. 42 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Así mismo en el caso de contar con correo electrónico, deberá proporcionar a “LA U.A.A.” dicha dirección. (Art. 31 fracción XIII de “LA L.O.P.S.R.M.”). ESCRITO III
ESCRITO IV FACULTADES PARA COMPROMETER A SU REPRESENTADA
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá lo siguiente: ESCRITO IV (Art. 31 fracción XIII de “LA L.O.P.S.R.M. y Artículo 61 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.)
a).- De EL LICITANTE:
Registró Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
b).- Del representante legal de EL LICITANTE:
Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación, para personas xxxxxxx, y original y copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados anteriormente (ESCRITO II Y ESCRITO IV). La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común.
ESCRITO V MANIFIESTO DE NO PRESENTADA LA PROPOSICION
Escrito en el que acepte de que se tendrán como no presentada su proposición y, en su caso, la documentación requerida por “LA U.A.A.”, cuando el archivo electrónico en que se contengan la proposición y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a “LA U.A.A.”, de acuerdo a lo indicado en el numeral 29 de los nuevos lineamientos que establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información publica gubernamental denominado CompraNet publicado el día 28 xx xxxxx del 2011 en el Diario Oficial de la Federación.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE LA PROPUESTA (ART. 31 FRACC. XXVIII DE “LA L.O.P.S.R.M.”)
Para efectos de dejar constancia del cumplimiento de los requisitos solicitados en la presente CONVOCATORIA, “LA U.A.A.” anotará en el formato “DOCTEC-ECO 001” los documentos entregados por “EL LICITANTE”, relacionándolos con los puntos específicos de la CONVOCATORIA en los que se solicitan, dicho formato será impreso por “LA U.A.A.”. (Art. 61 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.)
El formato a que se refiere la fracción anterior servirá a cada licitante como constancia de recepción de la documentación que entregue en este acto, asentándose dicha recepción en el acta respectiva o anexándose copia de la constancia entregada a cada licitante. (Art. 61 fracción II de “EL R.L.O.P.S.R.M.)
DOCUMENTO 1T CONOCER EL SITIO DE LOS TRABAJOS Y ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN. (Art. 44 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; de estar conforme de ajustarse a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de la CONVOCATORIA que contiene las bases de participación en la presente licitación, sus anexos y las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado; a la presente CONVOCATORIA, al modelo de contrato y al proyecto ejecutivo; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que “LA U.A.A.” les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará “LA U.A.A.” y el programa de suministro correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a esta CONVOCATORIA. ESCRITO DOCUMENTO 1T
Así mismo, “EL LICITANTE” deberá de devolver dentro de este apartado los siguientes documentos proporcionados por “LA U.A.A.” (ANEXO 1T-1):
a) Esta CONVOCATORIA y copia(s) de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones;
b) El modelo de Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado, y
c) Formato firmado por “LA U.A.A.” en la cual se valida la asistencia de la visita de obra, (FORMATO DE VISITA DE OBRA).
Así mismo dentro de este mismo apartado se deberá de incluir un escrito mediante el cual “EL LICITANTE” señale expresamente la documentación de naturaleza confidencial que entrega en su proposición, para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. (Art. 41 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”) En caso de que la información entregada en su oferta no la considere confidencial, deberá señalarlo en este escrito, cabe aclarar que su omisión no será motivo de desechamiento de la propuesta, (ANEXO 1T-2).
DOCUMENTO 2T PLANEACIÓN INTEGRAL Y PROCESO CONSTRUCTIVO (Art. 44 fracción II de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Descripción de la planeación integral de “EL LICITANTE” para realizar los trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución de los trabajos, indicando, en forma clara y de manera detallada los pasos que pretende seguir para llevar a buen término los trabajos, considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos entregados por “LA U.A.A.”.
De la planeación. (ANEXO 2T-1)
Considerando las características, complejidad y magnitud de los trabajos objeto del presente procedimiento; “EL LICITANTE” deberá describir en este apartado, la o las estrategias que propone aplicar para hacer factible la ejecución total de los trabajos conteniendo, sin ser limitativo y por separado, los dos aspectos siguientes:
Aspecto técnico:
Deberá describir la metodología y estrategias que utilizará y aplicará en la ejecución de los trabajos, incluyendo los elementos de administración del proyecto, tales como: la organización, la supervisión, el control y la dirección de la obra, determinando la cantidad y distribución de frentes de trabajo, clasificados por área, identificando la especialidad y con una descripción secuencial de construcción, tomando como base las diferentes áreas que corresponden a la obra, de manera congruente con el programa de ejecución general de los trabajos.
El licitante deberá describir ampliamente el plan para realizar cuando menos las actividades que adelante se enuncian, de manera no limitativa, considerando que su desarrollo esté directamente vinculado, es decir que sea congruente con las características, complejidad y magnitud de la obra objeto de la licitación.
• Actividades preliminares en campo.
• Levantamiento físico del estado actual del terreno.
• Organización de personal técnico-administrativo en campo y soporte de sus oficinas centrales.
• Implementación del sistema para seguimiento y control efectivo de la obra, es decir con cuanto personal y equipo se van a llevar a cabo los trabajos.
• Implementación del plan de calidad para el aseguramiento y control de materiales y procesos constructivos.
• Procuración de los servicios para la ejecución de los trabajos (agua, luz, teléfono y en general cualquier servicio que requiera la obra).
• Implementación del plan de seguridad e higiene.
• Plan de abastecimientos de equipos de instalación permanente, para en caso de existir juegos, gimnasios, etc.
II. Aspecto financiero:
Deberá describir la estrategia y mecanismos que aplicará para hacer frente a los compromisos, en términos de contar con los recursos económicos suficientes y oportunos para la ejecución de los trabajos, la que deberán ser congruentes con el programa de ejecución general de los trabajos propuesto.
b) Del procedimiento constructivo para la ejecución de los trabajos. (ANEXO 2T-2)
Con base en la planeación que determine el licitante en su propuesta, éste deberá elaborar y detallar el procedimiento constructivo que el licitante proponga para cumplir con la ejecución de los trabajos para la terminación de la obra, identificando y considerando las diferentes áreas y especialidades de la obra, grupos o capítulos, partidas, subpartidas y conceptos más importantes.
Con el objeto de que “EL LICITANTE” demuestre el grado de conocimiento de la obra a ejecutar, de su capacidad técnica y la experiencia en la ejecución de obras similares en magnitud y complejidad a la objeto de esta licitación, y que “LA U.A.A.” pueda evaluar estos aspectos, “EL LICITANTE” deberá describir de manera detallada, las técnicas y procedimientos que empleará en la ejecución de los trabajos para la terminación de la obra, considerando lo establecido en la planeación, todos los conceptos mas importantes de la obra (debiendo incluir, como mínimo, los conceptos más preponderantes en importe y que sumados representen el 80% del monto de la obra sin considerar el I.V.A.) incluidos en el catálogo y de forma lógica las actividades precedentes, subsecuentes y en su caso, simultáneas.
El procedimiento constructivo deberá ser congruente y acorde con el programa de ejecución general de los trabajos (Documento 19E), considerando en su caso las restricciones técnicas que procedan conforme al proyecto.
DOCUMENTO 3T EXPERIENCIA DEL PERSONAL RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS (Art. 44 fracciones III y IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Relación de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de los trabajos.
La información que se deberá de integrar en la propuesta deberá de cumplir con lo establecido en la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-incisos a), b), c), d), e) y f) de esta CONVOCATORIA, siendo esta:
Anexo 3T-1 Relación de cada uno de los profesionales técnicos y administrativos:
En referencia a lo que establece la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-inciso a). La relación de los profesionales técnicos deberá de coincidir con lo señalado por parte de “EL LICITANTE” en sus costos indirectos;
Anexo 3T-2 Listado de obras con la que se demuestra la experiencia técnica de “EL SUPERINTENDENTE” y manifiesto bajo protesta de decir verdad que “EL LICITANTE” corroboró de la participación de “EL SUPERINTENDENTE” en obras similares en características técnicas, complejidad, magnitud y monto a la que se licita.
En referencia a lo que establece la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-incisos b) y c);
Anexo 3T-3 De “EL SUPERINTENDENTE”: copia de cédula profesional; currículum; constancia de estudios avanzados y/o especializados y copia simple de la constancia expedida por autoridad certificadora en la que avale que cuenta con firma electrónica avanzada:
En referencia a lo que establece la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-incisos d) y e).
Anexo 3T-4 Carta compromiso de “EL SUPERINTENDENTE”:
En referencia a lo que establece la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-inciso f).
DOCUMENTO 4T EXPERIENCIA DE “EL LICITANTE” (Art. 44 fracción IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Relación de los contratos de trabajos similares a los de esta licitación debiendo incluir únicamente copia de la(s) carátula y las cláusulas donde se identifica el objeto y monto del (los) contrato(s). En los términos señalados en la Base Quinta, inciso a) numeral 2 de esta CONVOCATORIA, siendo esta:
Anexo 4T-1 Relación y comprobación de contratos con la que se demuestra la experiencia técnica de “EL LICITANTE”:
En referencia a lo que establece la Base Quinta, inciso a) numeral 2.
DOCUMENTO 5T SUBCONTRATOS Y EXPERIENCIA DEL SUBCONTRATISTA (Art. 44 fracción V de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
La información que se deberá de integrar en la propuesta deberá de cumplir con lo establecido en la Base Quinta, inciso a) numeral 2.1 de esta CONVOCATORIA, siendo esta:
ANEXO 5T-1 Manifiesto bajo protesta de decir verdad, por parte de “EL LICITANTE”, que los subcontratistas relacionados son los que llevarán a cabo los trabajos; que verificó que cada uno de los mismos, cumplen con los siguientes requisitos:
Cuentan con la capacidad técnica (personal, equipo e instalaciones), económica y financiera suficiente para realizar la correcta ejecución de los trabajos;
Son empresas legalmente constituidas para poder desempeñar los trabajos que se le encomienden ya que tienen su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes emitido por el Servicio de Administración Tributaria y el registro de alta como patrón ante el Seguro Social, y
Que en caso de que se le adjudique la obra a “EL LICITANTE”, los Subcontratistas se comprometen a realizar los trabajos.
En referencia a lo que establece la Base Quinta inciso a) numeral 2.1: sección 2.1.1 sub-inciso a).
Para la licitación que nos ocupa:
SOLO SE PODRÁ SUBCONTRATAR TRABAJOS DE LA SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE DUELA Y LA PARTIDA DE EQUIPAMIENTO (TABLEROS DE BÁSQUETBOL, GRADERÍA RETRÁCTIL, ETC.).
En todo caso “EL LICITANTE” seguirá siendo el único responsable de la ejecución de la obra ante “LA U.A.A.”.
Para fines de una mejor evaluación de la propuesta y con el fin de tener la certeza de que se esta considerando todo lo estipulado en el catálogo de conceptos y que los insumos cumplen con lo establecido en la normatividad aplicable y la presente CONVOCATORIA se deberán de presentar los precios unitarios de los subcontratos, desglosados en el costo directo, indirectos, financiamiento y utilidad del subcontratista. El no hacerlo será motivo de desechamiento de la propuesta.
Si el caso fuera, y se permitiera la subcontratación, en caso de que no existieran subcontratos y/o equipo de instalación permanente, de igual forma se deberá asentar el hecho en hoja con membrete de “EL LICITANTE”.
DOCUMENTO 6T CAPACIDAD ECONÓMICA-FINANCIERA DE “EL LICITANTE” (Art. 44 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
La información que se deberá de integrar en la propuesta deberá de cumplir con lo establecido en la Base Quinta, inciso b), siendo esta:
ANEXO 6T-1 En este apartado, se integrarán los estados financieros dictaminados o no; copia legible de las declaraciones anuales, con base a los requisitos y condiciones establecidos en la CONVOCATORIA:
En referencia a lo que establece la Base Quinta inciso b), primer párrafo, fracción I sub-incisos a) y b) y fracción II. Los estados financieros dictaminados o no deberán de coincidir con las declaraciones anuales presentadas ante el Sistema de Administración Tributaria “SAT”. En caso de no coincidir; para los rubros establecidos en las razones financieras se tomarán los indicados en la declaración anual.
ANEXO 6T-2 Comparativo de razones financieras del último ejercicio fiscal conforme al formato que se entrega con la CONVOCATORIA, con base a los requisitos y condiciones establecidos en la misma.
En referencia a lo que establece la Base Quinta inciso b) fracción III.
DOCUMENTO 7T RELACIÓN DE MAQUINARIA Y/O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN (Art. 44 fracción VII de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
La información que se deberá de integrar en la propuesta deberá de cumplir con lo establecido en la Base Quinta, inciso a) numeral 3, siendo esta:
ANEXO 7T-1 Relación de maquinaria y/o equipo de construcción:
En referencia a lo que establece la Base Quinta inciso a) numeral 3.
ANEXO 7T-2 Cartas compromiso de arrendamiento de maquinaria y/o equipo.
En referencia a lo que establece la Base Quinta inciso a) numeral 3. En este anexo se deberá de anexar carta de compromiso de la(s) empresa(s) que arrendará(n) la(s) maquinaria(s) y/o equipo(s) de construcción, en hoja con membrete del arrendatario y con firma autógrafa del representante legal de dicho arrendatario. La carta compromiso deberá de indicar como mínimo: nombre de de la maquinaria y/o equipo; marca y modelo; ubicación física; uso actual; disposición de la maquinaria, y no. de serie.
DOCUMENTO 8T HISTORIAL DE CUMPLIMIENTO (Art. 44 fracción IX de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Documentos que acrediten el historial de cumplimiento:
a) De los últimos diez años, escrito en donde manifieste el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con dependencias y/o entidades, en el caso de haberlos celebrado; en el supuesto de que “EL LICITANTE” no haya formalizado contratos con las dependencias o entidades, éste lo manifestará por escrito a “LA U.A.A.”, bajo protesta de decir verdad, por lo que no será materia de evaluación el historial de cumplimiento a que se refiere el último párrafo del artículo 36 de “LA L.O.P.S.R.M.”. En caso de que “EL LICITANTE” no presente el escrito señalado, se atenderá lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del artículo 66 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”.
El escrito citado en el párrafo anterior deberá de contener un manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información escrita es cierta, el número de contratos finiquitados; las dependencias, entidades de la federación, entidades federales y municipios con los que realizó los contratos; número de contratos finiquitados sin penalizar ni con rescisión administrativa; número de contratos finiquitados con penalizaciones, y número de contratos finiquitados con rescisión administrativa, ANEXO 8T-1.
b) Listado de contratos formalizados a la fecha de la presentación de la propuesta que nos ocupa, celebrados con la administración pública de cualquier nivel o con la iniciativa privada, aunque aún no se reciba anticipo; o manifiesto bajo protesta de decir verdad que lo indicado es cierto. Se deberá de incluir dentro de su propuesta el ANEXO 8T-2.
c) Listado de los fallos adjudicados que a la fecha de la presentación de la propuesta que nos ocupa, celebrados con la administración pública de cualquier nivel o con la iniciativa privada. ANEXO 8T-2.
DOCUMENTO 9T CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA (Art. 47 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Para los licitantes que presentan una proposición en manera conjunta deberán de incluir es su postura los documentos que acrediten dicha condición, de acuerdo a lo estipulado en la Base Cuarta de esta CONVOCATORIA, debiendo ser:
ANEXO 9T-1 Convenio de proposición conjunta:
Deberá de incluir el Convenio de proposición conjunta, con firma autógrafa de los involucrados, debiendo cumplir el mismo con los requisitos mínimos establecidos en la Base Cuarta, numeral 4.1 de esta CONVOCATORIA.
Así mismo se deberá de indicar la intención de certificar ante notario el convenio de asociación en participación, y el trámite que se tiene a la fecha ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del alta de la asociación en participación.
Para todos los licitantes deberán de entregar el escrito, Documento 9T, donde se manifiesta si la propuesta se entrega de manera individual o de manera conjunta.
8.5 DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DE LA PROPUESTA
DOCUMENTO 10E CARTA COMPROMISO
Carta compromiso de la proposición en papel con membrete de la empresa. (ESCRITO DOCUMENTO 10E)
El monto total de la propuesta deberá asentarse con número y letra, incluyendo el impuesto al valor agregado, que en atención a la reforma al Artículo 1º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 7 de diciembre del 2009, será calculado con la tasa del 16% a partir del 1º de enero del 2010 de conformidad con el Artículo Único Transitorio de la mencionada reforma. En caso de no coincidir con el importe del presupuesto se tomará como válido el presentado en este último, quedando así asentado en el acta de presentación y apertura de proposiciones.
DOCUMENTO 11E PRESUPUESTO (Art. 45 inciso A fracción IX de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Catálogo de conceptos conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y monto total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente, en su caso. (ANEXO 11E-1)
El catálogo de conceptos, unidades de medición, las cantidades de trabajo, los precios unitarios propuestos y los importes parciales, así como la hoja resumen del presupuesto donde se indique el monto total incluyendo el Impuesto al Valor Agregado; deberán ser presentados precisamente en el formato que para tal efecto proporciona “LA U.A.A.”, debiendo integrar en este documento el presupuesto de obra. (ANEXO 11E-1).
En el sistema de cómputo, “EL LICITANTE” deberá expresar el precio unitario con número en la columna que corresponde; el monto con letra aparecerá automáticamente. Al trasladar al catálogo de conceptos los precios unitarios resultantes de los respectivos análisis, se recomienda verificar más de una vez todos los datos, de tal suerte que se tenga la seguridad que los datos correspondientes que se están trasladando sean los analizados, ya que si es el caso que no coincidieran se desechará la propuesta. Los productos para obtener los importes y las sumas correspondientes serán realizados por el sistema.
El presupuesto así como la hoja resumen deberá de estar indicado el nombre de “EL LICITANTE”. En caso de que no esté indicado o de que venga el nombre de otra empresa se desechará la propuesta. (ANEXO 11E-1)
En caso de decidir “EL LICITANTE” en presentar este documento con otro software distinto a “La U.A.A.”, se deberá incluir él catalogo proporcionado por “LA U.A.A.”, así mismo deberá llenarse el formato anexo, donde el contratista acepta que en caso de existir diferencias mínimas entre él catalogo proporcionado por “LA U.A.A.” Y el emitido por los paquetes de precios unitarios, será desechada automáticamente su propuesta. En cualquier discrepancia prevalecerá él catalogo de “LA U.A.A.” (ANEXO 11E-2)
DOCUMENTO 12E PRECIOS UNITARIOS Y PRECIOS BÁSICOS Y/O AUXILIARES (Art. 45 inciso A fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Análisis detallado del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajo, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos; describiendo el concepto a desarrollar, su unidad de medida y cantidad, determinados y estructurados de acuerdo con lo previsto en “LA L.O.P.S.R.M.”, “EL R.L.O.P.S.R.M.” y en esta CONVOCATORIA. (ANEXO 12 E-1)
Los costos directos incluirán los cargos por concepto de materiales, mano de obra, maquinaria, equipo de construcción, herramienta, mando intermedio y equipo de seguridad. Los porcentajes de herramienta, mandos intermedios y equipo de seguridad, (el cual se estará exigiendo en la obra como mínimo botiquín de primeros auxilios, cascos, gogles, botas, guantes, chalecos y en fin todo aquel equipo que derivado de los trabajos a realizar sea necesario para la protección de los trabajadores en la obra y que será definido por la supervisión de la misma) deberán ser como mínimo de 3%, 10% y 1% respectivamente.
En el caso de los importes de mano de obra, deberá tenerse cuidado especial en considerar no solo la cantidad que se les pagará a los trabajadores, sino reflejar además lo que corresponda a sus prestaciones (IMSS, LFT, INFONAVIT E I.S.N.). “LA U.A.A.” tomará como criterio de solvencia los siguientes casos:
1.- PERSONAL EN NÓMINA.
a) POR JORNADA: Será necesario considerar el rendimiento REAL de los trabajadores; en este caso, automáticamente, al multiplicar el inverso del rendimiento por el costo directo de mano de obra, obtendremos el importe de mano de obra con prestaciones. Para esta opción, la insolvencia se presenta por indicar rendimientos muy altos para el tipo y complejidad del concepto.
b) POR DESTAJO: Si una pareja de peón y albañil cobran, por ejemplo, $30.00/m2 xx xxxx de tabique, en el importe de mano de obra de la tarjeta de análisis del precio xxx xxxx de tabique deberá aparecer ($30.00) * (Factor xx Xxxxxxx Real), esto es, ($30.00) * (1.8156) = $54.47. En la tarjeta deberá aparecer $54.47 como importe de mano de obra, no $30.00. Aquí se deberán basar en lo que los trabajadores cobran por unidad de obra, debiendo ajustar el rendimiento.
2.- PERSONAL SUBCONTRATADO (Entrega factura). En este caso, el importe de mano de obra de la tarjeta deberá ser igual al importe que el subcontratista factura antes de IVA; este importe ya incluye las prestaciones, por lo que, en el ejemplo anterior, el importe a indicar en la tarjeta deberá ser igual o muy parecido a $54.47/m2.
En cualquiera de estos casos o de cualquier otro, es responsabilidad de “EL LICITANTE” informar a “LA U.A.A.” el porqué de la opción que tomó dentro de la planeación integral.
En todo concepto que solicite trabajos de “acarreos locales”, se deberá incluir, dentro del análisis, además de la mano de obra necesaria para la elaboración correcta del mismo, personal adicional que se encargará única y exclusivamente para la carga y el acarreo correspondiente.
Si en los análisis de precios unitarios, se detectase el hecho de que se presenten errores mínimos de operación, esto es, que las operaciones matemáticas sean erróneas, ello será motivo de desechamiento, ya que dicho precio no esta debidamente integrado, lo cual se traduce en que la propuesta resulte insolvente, salvo lo establecido en el Artículo 66 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
En caso de que las matrices de los precios unitarios estén integradas con BÁSICOS O AUXILIARES, obligatoriamente deberán presentarse éstos. (ANEXO 12E-2)
Se anexará análisis de costos básicos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos; estos deberán coincidir al ser utilizados en los análisis de precios unitarios.
Si en la formulación del análisis de los precios básicos, se detectase el hecho de que se presenten “errores mínimos de operación”, ello será motivo de desechamiento, ya que dicho precio no esta debidamente integrado, lo cual se traduce en que la propuesta resulte insolvente, salvo lo establecido en el Artículo 66 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
Tanto en las tarjetas de análisis de precios unitarios y análisis de precios básicos o auxiliares deberán tomarse en cuenta los desperdicios necesarios para los materiales. Así mismo el costo directo de todos los insumos deberá ser cotizado en el lugar del sitio de los trabajos, por lo que no se pagarán acarreos de insumos al momento de ejecutar los trabajos.
En caso de no coincidir los porcentajes, aquí señalados, de indirecto de oficina central, indirecto de obra, financiamiento, utilidad y cargos adicionales con los calculados será motivo para desechar la propuesta.
DOCUMENTO 13E EXPLOSIÓN DE INSUMOS (Art. 45 inciso A fracción II de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, explosión de insumos, agrupado por materiales más significativos y equipo de instalación permanente en su caso, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes. (ANEXO 13E-1)
En la formulación de esta, deberá coincidir con el programa de ejecución de obra, el programa de utilización de equipo y las cantidades mostradas para cada insumo, al sumarlas, deberán coincidir con el costo total de la obra. Se recomienda que sea presentada en orden alfabético, aunque el hecho de no hacerlo así no es motivo para desechar una propuesta.
Dentro de este documento se deberán anexar las cotizaciones de los costos unitarios básicos de los materiales, maquinaria, equipo de construcción y/o subcontratos más importantes en monto. Las cotizaciones deberán cumplir con las siguientes características: Ser originales (se considera original si es de fax), que indiquen el número de la cotización, que indique el nombre de la obra, que estipule claramente las condiciones de pago, así mismo, deberán ser firmadas por la persona con atribuciones por parte del proveedor para comprometer un precio o descuentos. No se deberán firmar por ausencia (ANEXO 13E-2). En caso de no incluir alguna cotización o “LA U.A.A.” para realizar la evaluación económica necesite la comprobación de un costo propuesto por “EL LICITANTE”, lo podrá solicitar de acuerdo a lo establecido en los Arts. 61 último párrafo y 66 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”. En caso de encontrar que la información proporcionada en las cotizaciones resulte falsa o se haya actuado con dolo o mala fe, se desechará la propuesta ya que estaría afectando la solvencia económica de la misma.
DOCUMENTO 14E FACTOR XX XXXXXXX REAL Y TABULADOR DE SALARIOS BASE DE MANO DE OBRA (Art. 45 inciso A fracción III de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real conforme a lo previsto en los artículos 191 y 192 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”,ANEXO 14E-1, anexando el tabulador de salarios base de mano de obra del personal a utilizar por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios, ANEXO 14E-2.
El Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real, contendrá el desglose del factor por Ley Federal del Trabajo, y por el Instituto Mexicano del Seguro Social, este último será calculado a partir de la ley vigente del IMSS y sus modificaciones, por lo que deberá incluirse un factor xx xxxxxxx real por cada categoría considerada, así mismo, los factores de prestación en especie fija y prestación en especie adicional del rubro de Enfermedad y Maternidad serán del de 20.40% y 1.10% respectivamente. Se deberá de incluir en sus análisis de factor xx xxxxxxx real los rubros o prestaciones que contienen los factores por Ley Federal del Trabajo y por el Instituto Mexicano del Seguro Social. El análisis de factor xx xxxxxxx real deberá ser anualizado.
Se incluirá dentro del Factor xx Xxxxxxx Real el Impuesto Sobre Nomina (I.S.N.) Se deberá de considerar el 2.00 % de la mano de obra correspondiente al Impuesto Sobre Nómina, de acuerdo a las modificaciones de la LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES (Titulo Segundo; Capítulo VII; Articulo 63, Fracción VII) publicadas el pasado día 31 de Diciembre de 2012 y entrando en vigor a partir del día 01 de Enero del Año 2013, según el Artículo Único de los Transitorios.
NOTA: Este porcentaje deberá aplicarse al Salario Base por categoría.
Se recomienda no se utilicen cuadrillas.
La prima de riesgo de trabajo deberá ser el correspondiente a la clase V, División económica 4, grupo 41, fracción 412 (construcción de obras de infraestructura y edificaciones en obra pública) (Art. 18 del Reglamento para la clasificación de empresas y determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo, publicado el pasado 15 de julio de 2005); todas las empresas o personas deberán anexar a este documento, copia del último recibo de pago patronal ante el IMSS “XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX”, XXXXX 00X-0, donde se demuestre el valor de la prima de riesgo de trabajo que se está utilizando. En caso de que se indique, en el análisis de factor xx xxxxxxx real, una prima menor a la estipulada en la copia antes referida, “CÉDULA DE DETERMINACIÓN DE CUOTAS”, o no se presente el documento que lo soporte o que la vigencia haya expirado, será motivo expreso de desechamiento pues afecta la solvencia económica de la propuesta. Se entiende que la “CÉDULA DE DETERMINACIÓN DE CUOTAS” es vigente cuando:
-
Fecha de presentación y apertura de propuestas
Período de la “CÉDULA DE DETERMINACIÓN DE CUOTAS”
Observación.
01 de Enero de 2014 al 15 xx Xxxxx de 2015
Xx Xxxxx de 2013 a Marzo de 2014
Se da por válida la comprobación
15 xx Xxxxx de 2014 al 31 de Diciembre de 2014
Xx Xxxxx de 2014 a Diciembre de 2014
Se da por válida la comprobación
Las empresas que durante el proceso de la presente CONVOCATORIA este en trámite su alta como patrones ante el IMSS y no cuenten con la comprobación antes referida, deberán indicar una prima riesgo de trabajo de 7.58875, debiendo incluir la documentación comprobatoria de su alta ante el IMSS, ANEXO 14E-3.
La incongruencia en los datos vertidos en los análisis será motivo de insolvencia y por lo tanto será descalificada la propuesta.
El tabulador de salarios base de mano de obra del personal a utilizar por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios deberán de incluir: Descripción, unidad, salario mínimo, factor de demanda, salario base, factor xx xxxxxxx real y costo directo, ANEXO 14E-2.
Los salarios mínimos deberán ser los autorizados por la C.N.S.M. para la zona “B”, correspondiente al Estado de Aguascalientes.
El factor de demanda, el cual en ningún caso podrá ser menor a: 2.5 para el peón y ayudantes; de 3.5 para operadores de maquinaria pesada y equipo pesado, excepto el operador de motoconformadora que será de 4.00; de 2.6 para oficial albañil, oficiales especialistas y chofer de camión y de 2.6 para las categorías restantes. Este dato aplica para todo el Municipio de Aguascalientes. En caso de no cumplir con este parámetro mínimo, será motivo expreso para desechar una propuesta ya que influyen directamente en la solvencia de la misma.
DOCUMENTO 15E COSTOS HORARIOS (Art. 45 inciso A fracción IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Análisis, cálculo e integración de todos los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, que se empleará en la ejecución de los trabajos; debiendo considerar estos, para efectos de evaluación, costos y rendimientos de maquinas y equipos nuevos, ANEXO 15E-1.
Los análisis de costos horarios de la maquinaria deberán contener costos de máquinas nuevas, se deberá tener cuidado al aplicar los rendimientos, pues estos serán igualmente de máquinas nuevas, y tendrán que respetarse y aplicarse en la obra. Los factores de operación, mantenimiento, las tasas de interés, seguros y todos los datos que intervienen para la obtención del costo horario final, deberán ser congruentes con las especificaciones proporcionadas por los fabricantes y con la realidad económica nacional. Este análisis deberá incluir todo lo indicado en los Artículos 194 al 210 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”.
La tasa de interés para la elaboración de estos análisis, será propuesta por “EL LICITANTE” de un indicador económico vigente a la fecha de celebración de la última junta de aclaración de dudas, a dicha tasa se le deberán agregar los puntos que la banca comercial maneje en la fecha indicada, debiendo coincidir la tasa aquí aplicada con la tasa activa del financiamiento, ANEXO 15E-2.
La incongruencia en los datos vertidos en los análisis será motivo de insolvencia y por lo tanto será descalificada la propuesta.
De acuerdo al Artículo 199 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, se deberá de considerar dentro del costo horario de la maquinaria, el costo por mantenimiento mayor o menor para conservar la maquinaria y equipo en buenas condiciones durante su vida económica, para lo cual el límite mínimo del coeficiente de mantenimiento que “LA U.A.A.” solicita se aplique el 20%.
DOCUMENTO 16E COSTOS INDIRECTOS (Art. 45 inciso A fracción V de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
La documentación que deberá de contener el siguiente apartado es:
a) Indirecto de obra (Anexo 16 E-1);
b) Copia de cotización del laboratorio de control de calidad (Anexo 16 E-2);
c) Indirecto de Oficina Central (Anexo 16 E-3), y
d) Justificación de los datos vertidos en el indirecto de oficina central (Anexo 16E-4)
La documentación referida en los incisos anteriores deberá de cumplir con lo siguiente:
Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de xxxxxxxx xx xxxxx XXXXX 00X-0 y los de oficinas centrales ANEXO 16E-3.
El costo indirecto corresponde a los gastos generales necesarios para la ejecución de los trabajos no incluidos en los costos directos que realiza el contratista, tanto en sus oficinas centrales como en la obra, y comprende entre otros: los gastos de administración, organización, dirección técnica, vigilancia, supervisión, construcción de instalaciones generales necesarias para realizar conceptos de trabajo, el transporte de maquinaria o equipo de construcción, imprevistos y, en su caso, prestaciones laborales y sociales correspondientes al personal directivo y administrativo.
Para su determinación, se deberá considerar que el costo correspondiente a las oficinas centrales del contratista, comprenderá únicamente los gastos necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista, encargada directamente de los trabajos. En el caso de los costos indirectos de oficinas de campo se deberán considerar todos los conceptos que de él se deriven: debiendo ser: personal, vehículos, oficinas, impuestos, laboratorio, señalización, bodegas, renta de letrinas (1 por cada 25 trabajadores) y su mantenimiento, honorarios de los peritos necesarios según lo establece el Libro Sexto, Título Tercero del Código Municipal de Aguascalientes, fianzas, etc. Si “EL LICITANTE” considera necesario incluir algún otro lo podrá hacer con toda libertad.
Para el INDIRECTO DE OFICINA CENTRAL de acuerdo al Art. 38 de “LA L.O.P.S.R.M.” párrafo primero “.....la convocante deberá establecer los procedimientos y los criterios claros y detallados para determinar la solvencia de las proposiciones....”, “EL LICITANTE” deberá justificar los datos vertidos en esté análisis, ANEXO 16E-3. En caso de utilizar el INDIRECTO DE OFICINA CENTRAL avalado por la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones de Gobierno del Estado al momento de la inscripción al PADRÓN ESTATAL DE CONTRATISTAS no será necesario justificar dicho análisis, ya que para “LA U.A.A.” están justificados.
Para el INDIRECTO DE OFICINA DE CAMPO se deberá de considerar además de lo señalado en el segundo párrafo de este apartado la compra de un seguro de cobertura amplia de la obra contra daños a terceros que cubra a personas, bienes muebles, bienes inmuebles, instalaciones, etc., se exigirá la copia de la póliza del mismo a la firma del contrato. En la junta de aclaración de dudas se indicará el monto mínimo a asegurar.
En la junta de aclaración de dudas se indicará el MÍNIMO de peritos que se deberán considerar, esto sin demeritar que “EL LICITANTE” deberá estudiar cuidadosamente el proyecto y aplicará en su propuesta el número y tipo de peritos adicionales a utilizarse, de acuerdo al Código Municipal de Aguascalientes y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, si el caso es que al momento de ejecutar los trabajos se le requiere algún perito especializado y este, según “EL LICITANTE”, no fue considerado en su propuesta, “LA U.A.A.” NO reconocerá el cargo adicional, pues queda claro que “EL LICITANTE” deberá hacer el estudio correspondiente para analizar qué y cuántos peritos adicionales necesitará y deberá cobrar en su propuesta.
Para los rubros de sueldos y honorarios, los contratistas se basarán en el siguiente criterio de solvencia:
Jefe de frente: Arancel “A”, Sueldo mínimo no integrado: (90 SMVZ)($63.77)=$5,739.30/mes + FSR.
Jefe de Obra: Arancel “C”, Sueldo mínimo no integrado: (160 SMVZ)($63.77)=$10,203.20/mes + FSR.
Superintendentes: Arancel “E”, Sueldo mínimo no integrado:(210 SMVZ)($63.77)= $13,391.70/mes+FSR.
El letrero de la obra, en caso de no incluirse en el catálogo de conceptos, se deberá incluir en los indirectos de obra, si así se indica en la junta de aclaración de dudas y deberá realizarse con las medidas y características que se indiquen en la misma. Se deberá tomar en cuenta que pasará a ser propiedad del “LA U.A.A.”. El espectacular deberá estar instalado antes de ingresar la primera estimación, en caso contrario esta NO se pagará hasta que sea colocado el letrero.
Para el rubro de protección y señalización de la obra se considerarán los mínimos que se indiquen en la junta de aclaración de dudas
El monto derivado del laboratorio de control de calidad contratado por “EL LICITANTE” se obtendrá del número mínimo de pruebas que se indiquen en la junta de aclaración de dudas. Los laboratorios con los que se deberá cotizar y en su caso trabajar serán solamente aquellos que se encuentren debidamente certificados por la Dirección Calidad de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del Estado. Deberá incluirse cotización de las pruebas de control de calidad en este apartado, ANEXO16E-2. Se comenta que anexo a cada estimación deberán incluirse los reportes del laboratorio de “EL CONTRATISTA” con los resultados de las resistencias a los 7, 14 y 28 días para concreto normal o de 3, 7 y 14 días para concreto de resistencia rápida a los 14 días ó según a lo que se establezca en la junta de aclaración de dudas.
Se considerará insolvente una propuesta cuando a juicio de la dependencia los precios no fueran aceptables; de acuerdo a esto, serán desechadas aquellas propuestas que presenten costos indirectos bajos que pongan en riesgo el correcto desarrollo y buen término, en forma y tiempo, de los trabajos.
DOCUMENTO 17E CÁLCULO DEL FINANCIAMIENTO (Art. 45 inciso A fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, tomando en cuenta los gastos que realizará “EL CONTRATISTA” en la ejecución de los trabajos, los anticipos que se otorguen, la amortización de los mismos, que las estimaciones por trabajos ejecutados se cubrirán en un término no mayor de veinte (20) días naturales a partir de la fecha en que se hubieren autorizado por el RESIDENTE DE OBRA y el indicador económico que se aplicará, ANEXO 17E-1.
El costo de financiamiento de los trabajos estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos (se aplicará en cascada). Para la determinación de este costo deberán considerarse los gastos que realizara “EL LICITANTE” en la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá y la tasa de interés que aplicará. El resultado del análisis deberá coincidir con el porcentaje aplicado en las tarjetas. NOTA: Se hace notar que la mala aplicación de los datos considerados será motivo de insolvencia y por lo tanto de desechamiento.
La tasa de interés pasiva aplicable deberá obtenerse por “EL LICITANTE” con base en un indicador económico especifico, vigente a la fecha de celebración de la última junta de aclaración de dudas, como por ejemplo, la Tasa de Interés Interbancario y de Equilibrio (TIIE), Tasa Interbancaria Promedio (TIP) o Costo Porcentual Promedio (CPP), ANEXO 17E-2.
La tasa de interés activa deberá calcularse por “EL LICITANTE” con base en un indicador económico especifico, vigente a la fecha de celebración de la última junta de aclaración de dudas, como por ejemplo, la Tasa de Interés Interbancario y de Equilibrio (TIIE), Tasa Interbancaria Promedio (TIP) o Costo Porcentual Promedio (CPP) más los puntos que como sobrecosto se cobra por el crédito que se necesita para dar liquidez a la obra durante cualquier xxxxxxx xx xx xxxxx, XXXXX 00X-0.
Los puntos adicionales serán como mínimo:
Si con el Capital de Trabajo Neto de “EL LICITANTE” cubre en cualquier período el financiamiento de los trabajos, podrá adicionar los puntos que considere necesario, en virtud a que no necesita una línea de crédito para dar continuidad a la obra, ANEXO 17E-2.
Si con el Capital de Trabajo Neto de “EL LICITANTE” no cubre en cualquier período el financiamiento de los trabajos, a partir del tercer mes, requerirá por lo consiguiente, recursos contratados a través de una línea de crédito, por lo que deberá de presentar un escrito expedido por una Institución Financiera que indique que “EL LICITANTE” tiene autorizada una línea de crédito, indicando el número de licitación, el monto vigente y la tasa de interés a aplicar, la cual será la tasa activa que se utilice en el cálculo de financiamiento, ANEXO 17E-2.
La tasa activa nunca podrá ser menor que la tasa pasiva, el hecho de no indicarlas de esta manera será motivo suficiente para no aceptar una propuesta. Se solicita incluir copia fotostática de donde se obtuvo el indicador seleccionado y la fecha; el porcentaje de financiamiento permanecerá constante durante la ejecución de los trabajos y se ajustará solo en los casos estipulados en el Artículo 215 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”. Se deberá de utilizar el método de flujo de caja solamente.
Para fines del cálculo del financiamiento se tomarán los siguientes tiempos para el pago de las estimaciones: Las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con una periodicidad de quince días. El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra de “LA U.A.A.” dentro de los tres días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx; la residencia de obra de “LA U.A.A.” para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo de quince días naturales siguientes a su presentación; las estimaciones por trabajos ejecutados se pagarán por parte de “LA U.A.A.”, a través de la DIRECCIÓN DE FINANZAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES, en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de la obra de “LA U.A.A.” y que el Contratista haya presentado la factura correspondiente. (Art. 54 de “LA L.O.P.S.R.M.)
La incongruencia en los datos vertidos en los análisis será motivo de insolvencia y por lo tanto será descalificada la propuesta.
DOCUMENTO 18E UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES (Art. 45 inciso A fracción VII de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Utilidad propuesta por “EL LICITANTE.”
La utilidad será fijada por “EL LICITANTE” mediante un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento, esto es, se aplicará en cascada. Se recomienda considerar un porcentaje adecuado para que pueda hacer frente a sus obligaciones ante Hacienda (Impuesto Sobre la Renta) y las prestaciones de sus trabajadores (Participación a los Trabajadores de las Utilidades.). Se deberá de anexar carta en donde se manifiesta le utilidad a considerar en la propuesta, ESCRITO DOCUMENTO 18E.
Finalmente:
Después de haber determinado la utilidad, deberán incluirse los cargos adicionales que son las erogaciones que realiza “EL LICITANTE” como obligaciones adicionales, que no estén comprendidos dentro de los cargos directos, ni en los indirectos, ni en el costo financiero, ni en la utilidad, estos serán, como mínimo, los estipulados en el Art. 220 del R.L.O.P.S.R.M. Estos cargos deberán estar referidos al precio de venta. En este cargo se cobrará únicamente el servicio de inspección, vigilancia y control de las obras, equivalente al cinco al millar, ESCRITO DOCUMENTO 18E.
DOCUMENTO 19E PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (Art. 45 inciso A fracción X de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Programa quincenal de ejecución convenido conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme al periodo indicado, dividido en CAPÍTULO y PARTIDA y expresado en cantidades de obra y pesos, del total de los conceptos de trabajo, utilizando diagramas xx xxxxxx, ANEXO19E-1.
Se deberá considerar dentro del programa de ejecución de los trabajos, las acciones previas a su iniciación y las condiciones climáticas, geográficas y demás características ambientales esperadas en la zona o región donde deban llevarse a cabo las obras, y deberán de expresarse con cantidades y montos. ANEXO19E-1.
Deberá de incluirse dentro de este programa la descripción de los trabajos, la fecha de inicio, duración, fecha de término, unidad, cantidad, importe total, y los montos en cada uno de los periodos de que dure la obra. En la junta de aclaraciones se indicará si el programa se analizará por partidas o por conceptos.
En caso de que en la licitación que nos ocupa se considere la ejecución de dos o más obras con diferente ubicación, deberá presentarse igual número de programas calendarizados que correspondan a cada una de ellas, no importa que se trate de un mismo tipo de obra, es decir, que sea repetitiva.
En caso de programar actividades fuera del plazo y/o período establecido será motivo de desechar la propuesta.
DOCUMENTO 20E PROGRAMA DE INSUMOS (Art. 45 inciso A fracción XI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Programas quincenales de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados, considerando la fecha de iniciación y el plazo para la conclusión de los trabajos, indicados en la presente CONVOCATORIA, para los siguientes rubros:
a).- De la mano de obra, expresado en jornadas identificando categorías e importe en pesos, así mismo se deberá de incluir dentro de este apartado el mando intermedio, equipo de seguridad y herramienta, rubros que se cobra dentro de los precios unitarios y precios básicos y/o auxiliares, debiéndose expresar como un porcentaje de la mano de obra y en pesos. ANEXO 20E-1
b).- De la maquinaria y equipo para construcción, identificando su tipo y características, en horas efectivas de utilización y su correspondiente importe expresado en pesos. ANEXO 20E-2
c).- De los materiales expresados en unidades convencionales, volúmenes requeridos y pesos. ANEXO 20E-3
d).- De los subcontratos y equipos de instalación permanente expresados en unidades convencionales, volúmenes requeridos y pesos. ANEXO 20E-4
e).- De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, indicando la especialidad, número requerido, jornadas hombre para la ejecución de los trabajos y su importe en pesos. ANEXO 20E-5
En este programa de utilización de personal profesional se agregarán el que se dedica al aspecto técnico, administrativo y obrero de obra, así como el técnico y administrativo de oficina, FORMATO DOC. 15E.
En caso de programar actividades fuera del plazo y/o período establecido será motivo de desechar la propuesta.
9.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos del procedimiento de la licitación en calidad de observador, siendo requisito registrar previamente su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. (Art. 27 penúltimo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
“EL LICITANTE” deberá enviar su proposición a través del Sistema CompraNet 5.0. (Art. 28 primer párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
“EL LICITANTE” es el único responsable de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que únicamente asista a los eventos, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador. (Artículos 59 segundo párrafo y 61 fracción VIII del R.L.O.P.S.R.M.)
Una vez que “LA U.A.A.” haya recibido las proposiciones, por parte de “EL LICITANTE”, en la fecha, hora y lugar establecidos en CONVOCATORIA, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión. (Art. 27 antepenúltimo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.” y al Art. 34 fracción VI de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
9.1.-PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
La proposición de “EL LICITANTE” deberá ser enviada a través del Sistema CompraNet. La presentación de las propuestas enviadas por el Sistema CompraNet a los asistentes y licitantes se llevará a cabo el día y la hora establecida en la presente Convocatoria. Así mismo la apertura de proposiciones será el día y la hora establecida en la presente Convocatoria, en la Sala Isoptica “B” ubicada en el Edificio 5 de “La U.A.A.”, ubicada en Av. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx., en presencia de los interesados que asistan al acto y, en su caso, del representante del Órgano de Control Interno. “EL LICITANTE” deberá enviar la proposición a través del sistema CompraNet en la forma y medio(s) que prevé esta Convocatoria. Se procederá a la apertura de las proposiciones haciendo constar la documentación presentada por “EL LICITANTE”, sin entrar a su análisis técnico, legal o administrativo; la documentación se recibirá para su posterior evaluación, por lo que no se desechará ninguna de las propuestas recibidas en este acto. (Artículos 36 y 37 fracción I de “LA L.O.P.S.R.M.”. y Artículos 59, 60 y 61 fracciones III y IV de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Para la presente Licitación no se podrá entregar la propuesta a través de mensajería ni por escrito de manera presencial.
A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al acto. Una vez iniciado el acto, se procederá a registrar a los asistentes, salvo aquéllos que ya se hubieren registrado en la presentación de propuestas, en cuyo caso se pasará lista a los mismos. (Artículo 60 párrafo cuarto de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Se levantará el acta conforme a lo previsto en los artículos 37 fracción III de “LA L.O.P.S.R.M.”, así como 62 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, en la que se hará constar el importe total de cada proposición; el acta se firmara por los asistentes, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos (Art. 39 Bis primer párrafo de “LA L.OP.S.R.M.”). Se señalará en el acta el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación y se proporcionará copia de la misma a los asistentes.
Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas del Departamento de Construcciones (Sección de Presupuestos) de “LA U.A.A.” ubicadas en el Edificio 3 puerta “C” de Av. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx. (Art. 39 Bis primer párrafo de “LA L.OP.S.R.M.”)
Asimismo, LA CONVOCANTE difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNET para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. (Art. 39 Bis primer párrafo de “LA L.OP.S.R.M.”)
Los actos de aperturas de propuestas, así como el fallo y adjudicación, serán presididos por el Jefe del Departamento de Construcciones de la Dirección General de Infraestructura Universitaria de “LA U.A.A.” o quien este designe. (Art. 60 segundo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Cuando los licitantes omitan presentar documentos que no afecten su solvencia técnica o económica, o bien, documentos requeridos por “LA U.A.A.”, distintos a los escritos señalados en la fracción VIII del Artículo 34 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, deberán de presentar la documentación faltante tres días hábiles posteriores al acto de presentación y apertura de propuestas. (Art. 61 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
10.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. (Art. 31 fracción XXII de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Conforme a lo establecido en el artículo 38 de “LA L.O.P.S.R.M.”, “LA U.A.A.”, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en esta CONVOCATORIA.
Para la evaluación de la solvencia de las proposiciones “LA U.A.A.” aplicará el mecanismo Binario el cuál consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas en la presente CONVOCATORIA. (Artículo 63 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre los licitantes, a aquel cuya proposición resulta solvente porque reúne conforme a los criterios de evaluación establecidos en esta CONVOCATORIA, las condiciones mencionadas en el párrafo anterior, y garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas. (Artículo 38 de “LA L.O.P.S.R.M.” xxxxxx xxxxxxx).
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por “LA U.A.A.”, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. (Artículo 38 de “LA L.O.P.S.R.M.” penúltimo párrafo)
Para dar cumplimiento al párrafo anterior, en caso de tener dos o más proposiciones solventes, “LA U.A.A.” adjudicará el contrato a “EL LICITANTE” que haya ofertado el precio más bajo, en virtud a que la evaluación de propuestas se realizará utilizando el mecanismo de evaluación binario. (Artículo 67 fracción I de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, en virtud a que presentan el mismo precio, “LA U.A.A.” adjudicará el contrato a “EL LICITANTE” que haya realizado más contratos sin penalizaciones ni rescisiones administrativas, de acuerdo a lo estipulado en numeral 8.4 DOCUMENTO 8T.
Si no fuere factible resolver el empate en los términos párrafo anterior, la adjudicación del contrato se efectuará en favor del “EL LICITANTE” que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice “LA U.A.A.” en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. (Artículo 67 párrafo segundo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Las condiciones contenidas en esta CONVOCATORIA y en las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES no podrán ser negociadas (Artículo 27 cuarto párrafo de la “LA L.O.P.S.R.M.”), sin perjuicio de que “LA U.A.A.” pueda solicitar a LOS LICITANTES aclaraciones o información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones (Artículo 38 cuarto párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.” y Artículo 66 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”), siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de la proposición, en su caso, la comunicación se realizará de la forma siguiente:
a).- Escrito dirigido a “EL LICITANTE”, el cual se notificará en el domicilio que este haya señalado o bien, a través de CompraNET, caso en el que “LA U.A.A.” enviará un aviso a “EL LICITANTE” en la dirección de correo electrónico que haya proporcionado en su proposición, informándole que existe un requerimiento en dicho Sistema. Lo cual se hará constar en el acta de fallo.
b).- A partir de la recepción del escrito, “EL LICITANTE” contará con un plazo de 3 días hábiles para hacer las aclaraciones o entregar los documentos o información solicitada por “LA U.A.A.” y deberá ser entregada, en su caso, en horas y días hábiles. En caso de que “EL LICITANTE” no atienda, en el tiempo establecido, el requerimiento efectuado, o bien, la información que proporcione no aclare la duda o motivo de la solicitud, “LA U.A.A.” realizará la evaluación con la documentación originalmente entregada en su proposición.
c).- “LA U.A.A.” difundirá en CompraNET las respuestas de “EL LICITANTE”, el mismo día en que sean recibidas.
10.1.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA DETERMINAR LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES
Para la evaluación de las proposiciones se verificará:
10.1.1-EVALUACIÓN TÉCNICA (Artículo 64 del R.L.O.P.S.R.M.)
Aspectos generales:
Que cada documento contenga toda la información solicitada;
Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los mismos.
En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deben cumplir los licitantes se considerarán, entre otros, el grado académico de preparación profesional, la experiencia laboral específica en obras o servicios similares y la capacidad técnica de las personas físicas que estarán relacionados con la ejecución de los trabajos; así como que los curriculums del personal tengan firmas autógrafas. Que la designación del representante técnico de la contratista en el sitio de los trabajos (EL SUPERINTENDENTE) cuente con el perfil, cédula profesional, firma electrónica avanzada expedida por autoridad certificadora y la experiencia en el tipo de obra que se va a ejecutar.;
c) Que “EL LICITANTE” acredite su experiencia y capacidad técnica en trabajos realizados de características, complejidad y magnitud similares a los que se licitan;
d) Que “EL LICITANTE” cuente con la maquinaria y equipo de construcción adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar los trabajos que se convocan;
e) Que la planeación integral propuesta por “EL LICITANTE” para el desarrollo y organización de los trabajos, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los mismos, y
f) Que el procedimiento constructivo descrito por “EL LICITANTE” demuestre que éste conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe ser acorde con el programa de ejecución considerado en su proposición, incluyendo el caso en que “LA U.A.A.” proporcione el procedimiento.
Aspectos Financieros:
Que el Capital de Trabajo Neto de “EL LICITANTE” cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado.
En el caso de que “EL LICITANTE” requiera recursos contratados a través de una línea de crédito, se verificará que lo acredite mediante escrito expedido por una Institución Financiera que indique que “EL LICITANTE” tiene autorizada una línea de crédito, indicando el número de la licitación, el monto vigente y la tasa de interés a aplicar.
Con base en el cálculo de “EL FINANCIMIENTO” y “Programa de Ejecución de los Trabajos” con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme al catálogo de conceptos de obra, el Capital de Xxxxxxx Xxxx, las razones financieras establecidas y en su caso el monto de la línea de crédito autorizada, “LA U.A.A.” elaborará el flujo de efectivo para todos y cada uno de los meses que abarque el programa propuesto con el fin de constatar que en ninguno de ellos, el período de ejecución de los trabajos, presenten problemas de liquidez;
b) Que “EL LICITANTE” tenga capacidad para pagar sus obligaciones, evaluando la liquidez del licitante;
c) El grado en que “EL LICITANTE” depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa sea aceptable, y
d) En su caso, el grado de cumplimiento de los contratos celebrados por “EL LICITANTE”, conforme a los parámetros establecidos en la CONVOCATORIA a la licitación pública, para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 36 de “LA L.O.P.S.R.M.”
Aspectos Programáticos:
a) Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por la “LA U.A.A.”;
b) Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos;
c) Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por “EL LICITANTE” y en el procedimiento constructivo a realizar;
d) Que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general, en caso de que se requiera de equipo de instalación permanente, y
e) Que los insumos propuestos por “EL LICITANTE” correspondan a los periodos presentados en los programas;
De la maquinaria y equipo:
a) Que la maquinaria y el equipo de construcción sean los adecuados, necesarios y suficientes para ejecutar los trabajos objeto de la licitación pública, y que los datos coincidan con el listado de maquinaria y equipo presentado por “EL LICITANTE”;
b) Que las características y capacidad de la maquinaria y equipo de construcción consideradas por “EL LICITANTE” sean las adecuadas para desarrollar el trabajo en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de construcción propuesto por “EL LICITANTE” o con las restricciones técnicas, cuando “LA U.A.A.” fije un procedimiento, y
c) Que en la maquinaria y equipo de construcción, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberán apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos;
De los materiales:
a) Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por “EL LICITANTE” para el concepto de trabajo en que intervienen, se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso, los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate, y
b) Que las características, especificaciones y calidad de los materiales y equipos de instalación permanente sean las requeridas en las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción, establecidas en la CONVOCATORIA.
De la mano de obra:
a) Que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos;
b) Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por “EL LICITANTE”, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos, y
c) Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos de esta licitación.
10.1.2 EVALUACIÓN ECONÓMICA (Artículo 65 del R.L.O.P.S.R.M.)
Que cada documento contenga toda la información solicitada;
Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por “EL LICITANTE” sean aceptables, es decir, que sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por “LA U.A.A.” como parte del proyecto ejecutivo. Dicho presupuesto deberá considerar las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos o, en su caso, en el mercado internacional, considerando los precios de manera individual o cómo inciden en su totalidad en la propuesta económica;
Del presupuesto de obra (Documento 11E):
a) Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario;
b) Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis;
c) Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte “LA U.A.A.”. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones;
Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido en “LA L.O.P.S.R.M.”, en “EL R.L.O.P.S.R.M.” y en esta CONVOCATORIA, debiendo revisar:
Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales;
Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción requerido;
Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado;
Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en “EL R.L.O.P.S.R.M.” y la presente CONVOCATORIA;
Que los cargos por el uso de herramienta menor, equipo de seguridad y mando intermedio se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate, debiéndose de respectar como mínimo los porcentajes establecidos en la presente CONVOCATORIA;
Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados.
Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en “La L.O.P.S.R.M.”, “EL R.L.O.P.S.R.M.” y la presente CONVOCATORIA, debiendo además considerar:
Que los costos de los materiales considerados por “EL LICITANTE” sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la presente CONVOCATORIA a la licitación;
Que los costos de la mano de obra considerados por “EL LICITANTE” sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos, y
Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.
Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en la L.O.P.S.R.M., el R.L.O.P.S.R.M. y la presente CONVOCATORIA, debiendo además considerar:
Que el cargo por indirectos, esté representado por un porcentaje del costo directos;
Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo;
Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales de “EL LICITANTE”, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra, de acuerdo con los artículos 211 al 213 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, y
Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a CONVOCATORIA a esta licitación, deba pagarse aplicando un precio unitario específico.
Que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya determinado considerando lo siguiente:
Que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos
Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos;
La tasa de interés pasiva aplicable deberá obtenerse por “EL LICITANTE” con base en un indicador económico especifico, vigente a la fecha de celebración de la junta de aclaración de dudas, como por ejemplo, la Tasa de Interés Interbancario y de Equilibrio (TIIE), Tasa Interbancaria Promedio (TIP) o Costo Porcentual Promedio (CPP);
La tasa de interés activa deberá calcularse por “EL LICITANTE” con base en un indicador económico especifico, vigente a la fecha de celebración de la junta de aclaración de dudas, como por ejemplo, la Tasa de Interés Interbancario y de Equilibrio (TIIE), Tasa Interbancaria Promedio (TIP) o Costo Porcentual Promedio (CPP) más los puntos que como sobrecosto se cobra por el crédito que se necesita para dar continuidad a la obra durante cualquier periodo de la obra.
En caso de que “EL LICITANTE” requiera recursos contratados a través de una línea de crédito; el escrito solicitado en el Documento Número 17E se haya integrado y la tasa activa sea la manifestada en dicho escrito;
Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales, y
Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea mediante el método de flujo de caja, debiendo calcularse de acuerdo a lo establecido en la presente CONVOCATORIA.
Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se encuentre de acuerdo a lo previsto en el artículo 219 de “EL R.L.O.P.S.R.M.” y a la presente CONVOCATORIA;
Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran, y
Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción y de instalación permanente, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.
11.- DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. (Art. 31 fracción XXIII de “LA L.O.P.S.R.M.”)
CAUSALES GENERALES DE DESECHAMIENTO (Art. 69 de “EL R.L.O.P.S.R.M.)
La falta de información o documentos requeridos en esta CONVOCATORIA que imposibilite determinar la solvencia de la proposición;
El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se haya establecido expresamente en esta CONVOCATORIA que afectan la solvencia de la proposición;
Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por “EL LICITANTE” es falsa;
La ubicación de “EL LICITANTE” en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de “LA L.O.P.S.R.M.”;
Se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.;
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la “L.O.P.S.R.M.”, “EL R.L.O.P.S.R.M.”, modificaciones a CONVOCATORIA junta de aclaraciones y lo estipulado en esta CONVOCATORIA;
Propongan alternativas que modifiquen lo establecido en esta CONVOCATORIA;
La falta de presentación de los escritos o manifiestos siguientes:
Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. ESCRITO II;
Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de “LA L.O.P.S.R.M.” ESCRITO II;
c).- Declaración de integridad mediante la cual “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA U.A.A.”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. ESCRITO II;
d).- Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá lo señalado en el ESCRITO IV;
Cuando la proposición no sea firmada electrónicamente por la persona facultada para ello, en forma general, al momento de enviar su proposición por el sistema CompraNet; conforme a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 41 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”;
Las propuestas de aquellos licitantes que presenten datos iguales o similares en elaboración, integración, descripciones de insumos, orden y/o análisis de los documentos que integran las propuestas;
Los documentos que presenten tachaduras o enmendaduras en alguna de las páginas que la componen, o algún documento no sea legible.
No será objeto de evaluación las condiciones establecidas por “LA U.A.A.” que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito, cuyo incumplimiento por si mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
CAUSALES DE DESECHAMIENTO TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
Si no se presenta la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; de estar conforme de ajustarme a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de la CONVOCATORIA que contiene las bases de participación en la presente licitación, sus anexos y las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado; a la presente CONVOCATORIA, al modelo de contrato y al proyecto ejecutivo; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que “LA U.A.A.” les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará “LA U.A.A.” y el programa de suministro correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a esta CONVOCATORIA. ESCRITO DOCUMENTO 1T;
Si no se envía en su propuesta la presente CONVOCATORIA y copia(s) de la(s) acta(s) de la junta(S) de aclaraciones, El modelo de Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo determinado, ANEXO 1T-1.
Que se omita o que la planeación integral y procedimiento constructivo propuestos por “EL LICITANTE” para el desarrollo, organización y procedimiento constructivo de los trabajos, no sean congruentes con las características, complejidad y magnitud de los mismos y no cumpla cuando mínimo con lo solicitado en Documento 2T;
Que los profesionales técnicos propuestos por “EL LICITANTE” para llevar la adecuada administración, dirección y ejecución de los trabajos, no cuenten con la experiencia y capacidad requerida en la Base Quinta, inciso a) numeral 1 sub-incisos a), b), c) y d) y e) de esta CONVOCATORIA, o que la información entregada resulte falsa o incompleta de acuerdo a lo solicitado en el DOCUMENTO 3T Anexos 3T-1, 3T-2 y 3T-4;
Que “EL LICITANTE” no acredite su experiencia y capacidad técnica requerida en los términos señalados en la Base Quinta, inciso a) numeral 2 de esta CONVOCATORIA, o que la información entregada resulte falsa o incompleta de acuerdo a lo solicitado en el DOCUMENTO 4T;
Que “EL LICITANTE” no presente manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que se señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en esta licitación, el desglose de los precios unitarios de los mismos, así como la información solicitada en la Base Quinta, inciso a) numeral 2.1 de esta CONVOCATORIA, o que la información entregada resulte falsa o incompleta de acuerdo a lo solicitado en el DOCUMENTO 5T;
Que “EL LICITANTE” no presente la información solicitada en la Base Quinta inciso b) “Capacidad Financiera” de la presente CONVOCATORIA y en el DOCUMENTO 6T;
El Capital de Xxxxxxx Xxxx que acredita “EL LICITANTE”, resulta insuficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado;
El Capital de Trabajo Neto que “EL LICITANTE” acredite de acuerdo a sus estados financieros, más en su caso, la línea de crédito a la fecha autorizada por una Institución Financiera, no cubra el financiamiento de los demás periodos, tercer mes en adelante, contenidos en el análisis financiero. Que el flujo de efectivo que elabore “LA U.A.A.”, con la información y documentación proporcionada por el licitante, muestre problemas de liquidez;
“EL LICITANTE” no acredite fehacientemente la línea de crédito que indico en su proposición;
Que alguna de las razones financieras de liquidez y/o solvencia, presentadas por “EL LICITANTE”, no estén dentro de los rangos establecidos en la presente CONVOCATORIA, en el último ejercicio fiscal;
“EL LICITANTE” no presente la relación de maquinaria y equipo de construcción necesario para la ejecución de los trabajos de acuerdo a lo establecido en el DOCUMENTO 7T, así mismo, si alguna maquinara y/o equipo de construcción es arrendada no presente carta compromiso del arrendador de acuerdo a lo estipulado en el DOCUMENTO 7T.
Si manifiesta “EL LICITANTE” que la propuesta es presentada en conjunto y no anexa el convenio respectivo o incumpla con lo solicitado en la Base 4 de la presente CONVOCATORIA y DOCUMENTO 9T, así como si no se presenta por cada empresa que conforma la asociación en participación los escritos señalados en punto 8 fracción a) de este apartado.
“EL LICITANTE” no presenta o presenta impreso la hoja resumen del presupuesto de obra y el presupuesto de obra sin nombre o con el nombre de otra persona o razón social (Documento 11E).
“EL LICITANTE” presenta precios unitarios diferentes a los analizados en el presupuesto de obra (Documento 11E).
“EL LICITANTE” no presente en su totalidad los análisis de precios unitarios solicitados en el presupuesto y que los análisis, cálculo e integración de dichos precios unitarios no se hayan realizado de acuerdo a lo establecido en el Xxxxx Xxxxxxxx y en la presente CONVOCATORIA considerando:
Que los análisis de precios unitarios no estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales.
Que los costos directos no se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción.
Que los precios básicos de la adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, no se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. Para esta CONVOCOTARIA se entiende por adquisición de los precios básicos de los materiales el precio de adquisición en el mercado, (bodega, tienda comercial, etc.) o costo de producción en el sitio de los trabajos sumando, en su caso, el costo de los de acarreos (fletes y/o transportación), maniobras, almacenajes y mermas aceptables durante su manejo y pago de derechos o patentes.
Que los costos básicos de la mano de obra no se haya obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores de acuerdo a lo previsto en la normatividad aplicable en la materia y a esta CONVOCATORIA.
Que en el cálculo de factor xx xxxxxxx real no se incluyan las prestaciones derivadas de la Ley del Seguro Social, Ley Federal del Trabajo, Ley del Infonavit, el Impuesto Sobre la Nómina, que omita alguno de los rubros que señalen las leyes antes mencionadas y/ó que no estén actualizados los salarios mínimos vigentes del Distrito Federal, de la zona o algún rubro en específico que se deba de considerar de acuerdo a las leyes antes mencionadas.
Que el cargo por el uso de herramienta menor y equipo de seguridad no se encuentre incluido y/o no se haya determinado aplicando el porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución de concepto de trabajo de que se trate de acuerdo a lo establecido en esta CONVOCATORIA.
Que el cargo por mando intermedio no se encuentre incluido y/o no se hay determinado aplicando el porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución de concepto de trabajo de que se trate de acuerdo a lo establecido en esta CONVOCATORIA.
Que los costos horarios por la utilización de la maquinaría y equipo de construcción no se hayan determinado por hora efectiva de trabajo.
Cuando los análisis de costos directos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en la normatividad aplicable en la materia y en esta CONVOCATORIA considerando:
Que los costos de los materiales considerados por el licitante no sean congruentes con la relación de costos básicos y con las normas de calidad expresadas en la presente CONVOCATORIA.
Cuando las características, especificaciones y calidad de los materiales y los equipos de instalación permanente, no sean las requeridas en las normas de calidad y/o especificaciones generales y particulares de construcción.
Cuando el consumo de material por unidad de medida determinado por “EL LICITANTANTE” no cumpla con la cantidad necesaria solicitada en el concepto.
Cuando en el consumo de material por unidad de medida determinado por “EL LICITANTE” para el concepto de trabajo en que intervienen, no sean considerados los desperdicios, mermas y en su caso los usos de acuerdo con la vida útil del material.
Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante no sean congruentes con el tabulador de salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos de acuerdo a lo establecido en la CONVOCATORIA.
Cuando no se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos de acuerdo a la naturaleza de los trabajos convocados por “LA U.A.A.”.
Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción no se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos; que los rendimientos de éstos sean superiores a los que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.
Cuando la maquinaría y el equipo de construcción no sean los adecuados, los necesarios y/o suficientes para ejecutar los trabajos objeto de la CONVOCATORIA, asimismo cuando los datos no coincidan con el listado de maquinaria y equipo presentado por el licitante.
Cuando las características y capacidad de la maquinaría y equipo de construcción considerados por “EL LICITANTE”, no sean las adecuadas para desarrollar los trabajos en las condiciones particulares de la ejecución, o bien que no sean congruentes con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante.
Cuando los rendimientos considerados, mano de obra, maquinaria y/o equipo, no se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante.
Para dicho desechamiento “LA U.A.A.” considerará los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y de las características particulares bajo las cuales deban realizarse los trabajos.
Cuando los precios a costo directo de los insumos propuestos por “EL LICITANTE” no sean aceptables y/o no sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la proposición total.
Que los precios unitarios propuestos por “EL LICITANTE”, no sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la propuesta total; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.
En caso de que las matrices de los precios unitarios estén integradas con BÁSICOS O AUXILIARES, no presente “EL LICITANTE” el análisis detallado de dichos BÁSICOS O AUXILIARES, DOCUMENTO 12E.
Si no presenta la explosión de insumos solicitada en el Documento 13E.
Cuando en la estructuración de los precios por unidad de trabajo terminado exista omisión de cargos o procedimientos constructivos que se reflejen en precios no remunerativos.
La información proporcionada en las cotizaciones resulte falsa o se haya actuado con dolo o mala fe, Documento 13E.
Que el análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real, y el tabulador de salarios de base de mano de obra del personal a utilizar no se realice de acuerdo al Documento 14E.
Qué el análisis, cálculo e integración de todos los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción no se realice de acuerdo al Documento 15E.
Que los análisis de costos indirectos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en “EL R.L.O.P.S.R.M.” y en el Documento 16E considerando:
Que el análisis no se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente y/o no se haya anotado el importe total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo.
Que para el análisis de los costos indirectos no se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a oficinas centrales del licitante, comprendiendo únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del licitante encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra.
Que se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la presente CONVOCATORIA a la licitación, el pago debiere efectuarse aplicando un precio unitario específico.
Cuando el personal administrativo, técnico y de obra no sea el adecuado y/o resulte insuficiente para la realización de los trabajos.
Que el porcentaje de indirectos calculado sea diferente al que se utilice en los precios unitarios.
Que el análisis y cálculo del costo financiero no se haya estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en “EL R.L.O.P.S.R.M.” y en el Documento 17E, considerando:
Que los ingresos por concepto del o los anticipos que les será otorgado al contratista durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones no se considere la periodicidad y su plazo de trámite de pago; deduciendo en el monto de las mismas la amortización de los anticipos, de acuerdo al Documento 17E.
Que el costo de financiamiento no esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
Que la tasas de interés aplicadas no estén definida con base en un indicador económico específico, de acuerdo a los establecido en el Documento 17E.
-Que el costo de financiamiento no sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales.
Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante no sea congruente con lo que establece la presente CONVOCATORIA.
Que el porcentaje de financiamiento calculado sea diferente al que se utilice en los precios unitarios.
Cuando no se incluya la carta de manifestación de la utilidad de acuerdo a lo solicitado en el DOCUMENTO 18E, que los cargos adicionales no estén referidos al precio de unitario o de venta o se utilice un porcentaje distinto a lo establecido en el DOCUMENTO 18E.
Que no se incluya o no se cumpla con lo solicitado en el programa de ejecución de los trabajos requerido en el DOCUMENTO 19E Del programa de ejecución de los trabajos, si no corresponde al plazo establecido en la CONVOCATORIA, o que no sean congruentes con lo estipulado por “EL LICITANTE” en la planeación y proceso constructivo y/ o que no sea factible o congruente de realizar.
Que no se incluya o no cumpla con lo solicitado en los programas de insumos requeridos en el DOCUMENTO 20E. De los programas de insumos, si los mismos no están comprendidos dentro del período de ejecución de los trabajos, si no son congruentes con los consumos y rendimientos considerados por “EL LICITANTE” y en el procedimiento constructivo a realizar, que los insumos propuestos por el licitante no correspondan a los periodos presentados en los programas, cuando los insumos propuestos por “EL LICITANTE” no correspondan a los precios presentados en los programas anexos a su proposición.
Cuando los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción y de instalación permanente no sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.
Que el importe total de la proposición no sea congruente con todos los documentos que la integran; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.
Cuando existan incongruencias en la información contenida en los diferentes documentos solicitados que conforman el anexo legal único, el aspecto técnico y el aspecto económico de la proposición.
Cualquier falta de documento o soporte solicitado en la presente CONVOCATORIA, excepto aquellos que se establecen en la Base Onceava inciso c).
Las demás causas establecidas por “LA L.O.P.S.R.M.” y “EL R.L.O.P.S.R.M.” vigente.
DOCUMENTOS QUE NO AFECTAN LA SOLVENCIA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Cuando los licitantes omitan presentar en el acto de presentación y apertura de proposiciones los siguientes documentos, estos deberán de ser entregados, si así lo solicita “LA U.A.A.”, dentro los tres días hábiles siguientes en que le sean requeridos (Art. 61 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”):
Escrito en el que manifieste el domicilio y correo electrónico, ESCRITO III;
Formato firmado por “LA U.A.A.” en la cual se valida la asistencia de la visita de obra (FORMATO DE VISITA DE OBRA)
Escrito mediante el cual “EL LICITANTE” señale expresamente la documentación de naturaleza confidencial que entrega en su proposición, para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ANEXO 1T-1;
Constancia de estudios avanzados y/o especializados, en caso de tenerlos y la copia simple de la constancia expedida por autoridad certificadora en la que avale que cuenta con firma electrónica avanzada Anexo 3T-3.
El escrito Documento 9T para los licitantes que no presentan su propuesta de manera conjunta;
Las cotizaciones solicitadas en los Documentos 00 x 00, XXXXX 00X-0 y en lo referente a la cotización de las pruebas de laboratorio ANEXO 16E-2.
El Anexo 16E-3 para aquellos Licitantes que utilicen el cálculo de Indirecto de Oficina Central avalado por la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones de Gobierno del Estado.
LICITACIÓN DESIERTA
“LA U.A.A.”, conforme a lo establecido en el artículo 40 de “LA L.O.P.S.R.M.” y 71 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, procederá a declarar desierta la licitación, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en esta CONVOCATORIA o sus precios de insumos no fueren aceptables para “LA U.A.A.”, se considerará que los precios de los insumos contenidos en las proposiciones no son aceptables cuando se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se desprendan de la investigación xx xxxxxxx que se realice para la presupuestación de los trabajos, o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado de manera previa por parte de “LA U.A.A.” y no sea factible pagarlos.
Además “LA U.A.A.” declarará desierta la licitación cuando no se reciba proposición alguna en el acto de presentación y apertura de proposiciones, situación que quedará asentada en el acta que se formule para dar constancia del acto correspondiente.
En los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas se declarará desierta el proceso cuando no se cuente con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de análisis. (Art. 44 fracción III de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Las proposiciones a que se refiere el párrafo anterior serán aquéllas que reciba “LA U.A.A.” en el acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser como mínimo tres, independientemente de que al efectuar la evaluación de las mismas sólo una o dos de ellas cumplan con lo requerido en la invitación a cuando menos tres personas. Asimismo, se emitirá el fallo conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de “LA L.O.P.S.R.M.” y en la presente CONVOCATORIA. (Art. 77 párrafo quinto de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
En caso de que en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas no se presenten tres proposiciones en términos de lo dispuesto en el párrafo anterior, o las presentadas sean desechadas en el fallo, “LA U.A.A.” procederá a declararlo desierto. (Art. 78 párrafo primero de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN
“LA U.A.A.”, conforme a lo establecido en el artículo 40 de “LA L.O.P.S.R.M.” y 70 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, podrá cancelar la licitación por caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar estos trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia “LA U.A.A.”. La determinación de dar por cancelada la licitación precisará el acontecimiento que motiva la decisión, lo cual se notificará por escrito a LOS LICITANTES y al ÓRGANO DE CONTROL INTERNO, dentro de los diez días hábiles siguientes a la cancelación, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo los licitantes podrán interponer su inconformidad en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero de “LA L.O.P.S.R.M.”
“LA U.A.A.”, a solicitud de “EL LICITANTE” cubrirá los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto en el artículo 70 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”; la solicitud de pago de dichos gastos podrá hacerla “EL LICITANTE” en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la notificación de la cancelación de esta CONVOCATORIA. Los mencionados gastos serán pagados por “LA U.A.A.” dentro de un término que no excederá de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del licitante.
Cuando la cancelación se de por caso fortuito y fuerza mayor “LA U.A.A.” se abstendrá de realizar pago alguno, independientemente de que “EL LICITANTE” solicite el pago de los gastos nos recuperables, “LA U.A.A.” lo dará por rechazado, no siendo necesario notificar por escrito a “EL LICITANTE” dicha resolución.
12.- FALLO Y ADJUDICACIÓN DE OBRA
En el lugar, día y hora señalados en el acta de presentación y apertura de proposiciones, se dará a conocer el fallo, en presencia de LOS LICITANTES que hubieren presentado proposiciones y que libremente asistan al acto, entregándose copia del mismo, y se levantará el acta respectiva, en los términos de los artículos 39 de “LA L.O.P.S.R.M.” y 68 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, el acta se firmará por los asistentes, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos (Art. 39 Bis primer párrafo de “LA L.OP.S.R.M.”), en la que se hará constar en su caso, el nombre de “EL LICITANTE” ganador como adjudicatario del contrato y monto total de su proposición o la declaración de que la licitación ha quedado desierta, señalando en el fallo las razones que lo motivaron. Se proporcionará copia del acta a los asistentes, dicha acta surte los efectos de notificación en forma para el adjudicatario.
Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas del Departamento de Construcciones (Sección de Presupuestos) de “LA U.A.A.” ubicadas en el Edificio 3 puerta “C” de Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx. Art. 39 Bis primer párrafo de “LA L.OP.S.R.M.”)
Asimismo, “EL LICITANTE”, difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNET para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal (Art. 42 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”). Adicionalmente a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNET. En caso de que “EL LICITANTE” no haya proporcionado una dirección de correo electrónico, “LA U.A.A.” quedará eximida de la obligación de realizar el aviso anteriormente referido. (Art. 39 párrafo cuarto y noveno de “LA L.O.P.S.R.M.”, y Art. 68 párrafo tres de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo procederá la inconformidad en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero de “LA L.O.P.S.R.M.”.
12.1- DOCUMENTACIÓN QUE ENTREGARÁ EL GANADOR DE LA LICITACIÓN PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA PARA ACREDITAR SU EXISTENCIA LEGAL Y LAS FACULTADES DE SU REPRESENTANTE PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO. (Arts. 36 segundo párrafo y 61 fracción VII de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Previo a la firma del contrato, “EL LICITANTE” a quien se le haya adjudicado el mismo deberá presentar, para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos:
l. Tratándose de persona moral:
Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional;
Acta constitutiva de la empresa, sus reformas y modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente;
Cédula de identificación fiscal;
Poderes notariales de los representantes legales para actos de administración (debidamente inscritos en el Registro Público correspondiente), y
Identificación oficial de los representantes legales.
Tratándose de persona física:
Copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
Cédula de identificación fiscal.
Estos documentos servirán para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios.
En el caso de que “EL LICITANTE” se encuentre inscrito en el registro único de contratistas no será necesario presentar la información a que se refiere este apartado, bastando únicamente exhibir la constancia o citar el número de su inscripción y manifestar bajo protesta de decir verdad que en el citado registro la información se encuentra completa y actualizada.
CONVENIO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN CERTIFICADO.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio de asociación presentado en su propuesta y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo deberán constar en escritura pública, la cual deberá de presentar original y copia para su cotejo, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a “LA U.A.A.” por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes. (Art. 47 penúltimo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M”).
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
“EL LICITANTE” a quien se adjudique el contrato deberá de entregar el programa definitivo de ejecución de los trabajos, detallado por concepto, y anexando la ruta crítica correspondiente, consignando por periodos las cantidades por ejecutar e importes correspondientes. Los programas deberán convenirse con EL RESIDENTE de “LA U.A.A.” y se entregarán a la firma del contrato.
CARTA DE Vo. Bo. DE PROYECTO POR PARTE DE LOS PERITOS.
“EL LICITANTE” que resulte ganador de la licitación, deberá prever en sus costos indirectos lo correspondiente al pago de un perito responsable de la obra y de los peritos especializados necesarios de acuerdo a lo estipulado en el Libro sexto Título tercero del Código Municipal de Aguascalientes, estos peritos podrán ser cualquiera de los que tengan inscripción vigente en La Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes.
En el periodo comprendido entre la fecha en que “EL LICITANTE” firme su contrato y la fecha de pago del anticipo, EL CONTRATISTA deberá entregar, en el área de supervisión que corresponda, una carta, firmada por los peritos que este haya escogido, donde indique, bajo protesta de decir verdad que conocen y revisaron el proyecto entregado en la licitación y que lo aprueba o en su caso los motivos por los que no puede aprobarlo, así mismo, indicará en la carta que conoce el Código Municipal de Aguascalientes, el Código Urbano, “LA L.O.P.S.R.M.” y sus reglamentos.
Se hace el comentario que el perito responsable de la obra deberá de llevar la bitácora propia de su función y en caso de que esta no se lleve o no se lleve adecuadamente, será descontado el costo xxx xxxxxx correspondiente cobrado en su propuesta de licitación dentro de los indirectos.
El costo xxx xxxxxx deberá ser calculado, invariablemente, de acuerdo a los indicados por el Consejo Consultivo de la Construcción.
Lo estipulado en este subcapítulo aplicará siempre y cuando en la licitación se estipule que la contratación xxx xxxxxx responsable de la obra y de los peritos especializados necesarios corran a cuenta de “EL LICITANTE” ganador.
ESCRITO DONDE DESIGNA AL SUPERINTENDENTE.
Finalmente, aquella empresa que resulte ganadora de la licitación deberá de entregar a al Departamento de Construcciones Dirección General de Infraestructura Universitaria, con copia a la Sección de Control de Obra, una carta en la cual se designa a la persona que fungirá como “EL SUPERINTENDENTE” de construcción, debiendo ser este invariablemente el que se manifestó dentro de la licitación.
En caso de estar fungiendo la persona designada como “SUPERINTENDENTE” en otra obra deberá de entregar documentación comprobatoria que dio por concluida dicha función, en virtud a que dentro de su propuesta se esta considerando el 100% de tiempo completo para la correcta atención de la obra.
GARANTIAS (Arts. 48 de “LA L.O.P.S.R.M.” y 91 de “EL R.L.O.P.S.RM.”) Y POLIZA DEL SEGURO
Antes de la firma del contrato, “EL LICITANTE” deberá presentar garantía de cumplimiento por el 10% del monto total del contrato, mediante fianza, garantía de anticipo por el monto total de este, de acuerdo a los formatos anexos a esta CONVOCATORIA, y póliza del seguro de cobertura amplia de la obra contra daños a terceros que cubra a personas, bienes muebles, bienes inmuebles, instalaciones, etc., dentro de un plazo que no podrá exceder de 15(quince) días naturales siguientes a la notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, ambas garantías deberán constituirse a favor de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
Las garantías mencionadas en el párrafo anterior serán a través de fianzas emitidas por una institución de fianzas legalmente constituida, para expedir fianzas administrativas de obra, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
En esta CONVOCATORIA conforme a lo establecido en el primer párrafo del artículo 90 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, no tiene prevista la reducción del porcentaje de la garantía de cumplimiento a que se refiere el párrafo anterior.
En caso de que no presente la garantía del anticipo dentro de los plazos establecidos en este apartado, junto con la factura del anticipo, no procederá el diferimiento del programa de ejecución pactado, en caso de atraso en la entrega del anticipo, por lo que “EL CONTRATISTA” deberá de iniciar los trabajos en la fecha establecida originalmente. (Art. 50 fracción I de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Al finalizar los trabajos deberá presentar garantía de calidad por el 10% (diez por ciento) del monto total realmente ejercido, de acuerdo al formato anexo a esta CONVOCATORIA.
Las garantías antes mencionadas deberán de cumplir con lo establecido en los machotes que se entregan anexo a esta CONVOCATORIA.
PROGRAMA DE APLICACIÓN DE ANTICIPO
Previamente a la entrega del anticipo, antes de la firma del contrato, “EL LICITANTE” ganador deberá presentar a “LA U.A.A.” un programa en el que se establezca la forma en el que aplicará dicho anticipo. “LA U.A.A.” requerirá a “EL CONTRATISTA” la información conforme a la cual acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato. (Artículo 138 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
FIRMA DE UN EJEMPLAR DE LA PROPUESTA ENVIADA POR COMPRANET.
“EL LICITANTE” a quien se le haya adjudicado el contrato, previo a su formalización, deberá firmar un ejemplar de su proposición enviada por CompraNet así como la documentación originada por “LA U.A.A.” para poder elaborar dicha proposición, para lo cual deberá de pasar a las oficinas de la Dirección de Costos y Licitación de Obra de “LA U.A.A.”.
CARTA PARA REALIZAR LOS ACTOS PREVIOS AL INICIO DE LOS TRABAJOS.
“EL LICITANTE” ganador podrá, bajo su responsabilidad y riesgo y con la autorización de la dependencia o entidad, iniciar los actos previos al inicio de los trabajos, tales como el movimiento de maquinaria, personal y demás insumos que considere pertinentes a efecto de agilizar el inicio de los trabajos, siempre y cuando existan las condiciones para tales efectos. Lo anterior independientemente de la fecha de firma del contrato. (Art. 68 último párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M”)
Para tal efecto deberá de presentar carta donde manifieste su intención de iniciar con los actos previos al inicio de los trabajos, en inteligencia que si “LA U.A.A.” no da su consentimiento por oficio en los tres días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, se dará por negada dicha petición.
ACUSE DE RECEPCIÓN DE “OPINIÓN POSITIVA” SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES.
Que de resultar adjudicatario del contrato, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), según lo establece la regla I.2.1.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2011, y en atención al Oficio Circular No. UNAOPSFP/309/0743/2008 de la SFP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, previo a su firma, deberá presentar el documento de la “OPINIÓN POSITIVA” expedida por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con el que compruebe que se encuentra al corriente sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Base 17 inciso K) de la presente CONVOCATORIA.
“EL LICITANTE” adjudicado realizará la consulta de opinión ante el SAT, a través de internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal” preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.
La “OPINIÓN POSITIVA” que entregue la persona física o moral con quien se vaya a celebrar el contrato, deberá requerirse previo a la formalización de cada contrato, aún cuando éstos provengan de un mismo procedimiento de contratación.
Tratándose de las proposiciones conjuntas previstas en el artículo 36 de la Ley, las personas con quien se vaya a celebrar el contrato, deberán presentar la “OPINIÓN POSITIVA” a que se hace referencia en el párrafo anterior, por cada uno de los obligados en dicha proposición.
La formalización del contrato deberá llevarse a cabo en los plazos previstos en la CONVOCATORIA, considerando lo dispuesto en el artículo 47 de “LA L.O.P.S.R.M.”, y en ningún caso quedará supeditada a la emisión de la opinión del SAT.
En el supuesto de que el SAT emita respuesta en sentido negativo o desfavorable para el contratista con quien ya se formalizó un contrato, “LA U.A.A.” lo cumplirá hasta su terminación, por lo tanto la presunta omisión no será motivo para retener pagos debidamente devengados por “EL CONTRATISTA” ni para terminar anticipadamente o rescindir administrativamente el contrato.
Si “LA U.A.A.” previo a la formalización del contrato, recibe del SAT documento en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, se abstendrá de formalizar y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.
RELACIÓN LABORAL ENTRE CONTRATISTA Y EXTRANJEROS. (LEY GENERAL DE POBLACIÓN)
“EL LICITANTE” adjudicado, presentará escrito, manifestando bajo protesta de decir verdad, ante “LA U.A.A.”, que tomará las medidas necesarias para asegurarse de que cualquier extranjero que sea contratado por éste o por los subcontratistas o proveedores involucrados en el proyecto de que se trate, para efectos del desarrollo, implementación y puesta en marcha del mismo, contará con la autorización de la autoridad migratoria para internarse en el país con la calidad y características migratorias que le permita trabajar en las actividades para las que haya sido contratado, de conformidad con la Ley General de Población y su Reglamento.
“EL CONTRATISTA” deberá indicar además, que tanto él como sus correspondientes subcontratistas o proveedores, se comprometen, a dar aviso a la Secretaría de Gobernación en un término de 15 días contados a partir de la fecha en que tengan conocimiento de cualquier circunstancia que altere o pueda modificar las condiciones migratorias a las que se encuentra sujeto cualquier empleado de nacionalidad extranjera a su servicio, obligándose a sufragar los gastos que origina la expulsión del extranjero de que se trate, cuando la Secretaría de Gobernación así lo ordene, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley General de Población.
CLAVE BANCARIA ESTANDARIZADA PARA PAGO.
Asimismo, conforme al procedimiento administrativo de pago de anticipos, estimaciones, ajustes de costos, etc., vía transferencia electrónica, deberá presentar fotocopia de: Registro Federal de Contribuyentes; constancia del domicilio fiscal; constancia de la institución financiera sobre la existencia de cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones.
13.- DEL CONTRATO
13.1 Modelo.
Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de “LA L.O.P.S.R.M”, se adjunta el modelo de contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado, al que se sujetarán “LA U.A.A.” y “EL LICITANTE” ganador.
13.2 Firma del contrato.
El adjudicatario quedará obligado a firmar el contrato en las oficinas del Departamento de Construcciones ubicado en el Edificio 3 Puerta “C” de “LA U.A.A.” en Xx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. en la fecha y hora indicada en el la presente CONVOCATORIA, previa entrega a la documentación referida en la Base Doceava de la Presente CONVOCATORIA.
13.3 No formalización del contrato.
En caso de que el adjudicatario no firmare el contrato por causas imputables al mismo, en la fecha, hora y lugar previsto en el fallo o en defecto de tal previsión, dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, se informará a La Secretaría de la Función Pública para que ésta dentro del ámbito de su competencia determine lo conducente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 77 y 78 de “LA L.O.P.S.R.M.”, y “LA U.A.A.” podrá adjudicar el contrato a “EL LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente haya resultado ganadora, no sea superior xx xxxx por ciento (10%), en términos de los artículos 47 de “LA L.O.PS.R.M.” y 74 fracción V de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
En el caso de que “LA U.A.A.” no firmare el contrato respectivo en la fecha, hora y lugar previstos en el fallo y en defecto de tal previsión dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la notificación del fallo o cambiare las condiciones de esta CONVOCATORIA que motivaron el fallo correspondiente, “EL LICITANTE” ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado ejecutar los trabajos. En este supuesto, “LA U.A.A.”, a solicitud escrita de “EL LICITANTE”, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiese incurrido, “EL LICITANTE”, para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación, lo que se sujetará, cuando proceda, a lo previsto en los artículos 70 Y 82 de EL R.L.O.P.S.R.M.
14.- INICIO DE LOS TRABAJOS
Los trabajos preparatorios para la ejecución de las obras objeto de esta licitación, quedarán bajo responsabilidad de “EL LICITANTE” que se le adjudique el contrato.
Si “EL LICITANTE” ganador entregó en tiempo y forma la garantía del anticipo la fecha formal de inicio de los trabajos será a partir del siguiente día en que “EL CONTRATISTA” reciba el monto correspondiente por anticipo, dicha fecha se inscribirá en la bitácora de obra. Si “EL CONTRATISTA” decide, si así lo desea, iniciar los trabajos antes de esa fecha lo podrá hacer, previa autorización de “LA U.A.A.”, en el entendido de que por ningún motivo podrá solicitar a “LA U.A.A.” pagos por gastos de financiamiento de este hecho. El atraso en la entrega del anticipo, será motivo para diferir, sin modificar el plazo del programa de ejecución pactado.
Si “EL LICITANTE” ganador no entregó en tiempo y forma la garantía del anticipo la fecha formal de inicio será aquella que se tenía establecida originalmente en la presente CONVOCATORIA, no importando la fecha en que se le proporcione el anticipo.
Así mismo, “EL CONTRATISTA” queda en el conocimiento de que antes del inicio de los trabajos, deberá colocar casetas sanitarias para sus trabajadores en el lugar que le sea designado. Incluso cuando se presente el caso de que existan instalaciones permanentes en el área de trabajo.
El Laboratorio de control de calidad que “EL CONTRATISTA” contrate, deberá contar con la correspondiente certificación por parte de la Dirección de Calidad de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones del Estado de Aguascalientes.
15.- FORMA DE PAGO (Art. 31 fracción VII de “LA L.O.P.S.R.M.”)
Las condiciones de pago serán sobre la base de precios unitarios, en cuyo caso el importe o remuneración o pago total que deba cubrirse a “EL CONTRATISTA” se hará por unidad de concepto de trabajo terminado.
Para efectos de pago se formularán estimaciones quincenales mismas que se acompañarán de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artículo 132 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, las que serán presentadas por “EL CONTRATISTA” al residente de la obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte y serán pagadas por “LA U.A.A.” por trabajos ejecutados, a través de la DIRECCIÓN DE FINANZAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES, dentro de un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de que hayan sido autorizadas por el residente de la obra y que “EL CONTRATISTA” haya presentado la factura correspondiente debidamente requisitada. “EL CONTRATISTA” será el único responsable de que la factura que presente para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que la falta de pago por la omisión de alguno de estos o por su presentación incorrecta no será motivo para solicitar pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la L.O.P.S.R.M.
En caso de que la factura entregada por “EL CONTRATISTA” para su pago presente errores o deficiencias, “LA U.A.A.”, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “EL CONTRATISTA” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra entre la entrega del citado escrito y la presentación de las correcciones por parte de “EL CONTRATISTA” no se computará para efectos del segundo párrafo del artículo 54 de “LA L.O.P.S.R.M.”
En el caso de que “EL CONTRATISTA” no presente las estimaciones dentro de los tres días naturales siguientes a la fecha de su corte, la estimación correspondiente se presentará en la siguiente fecha xx xxxxx, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de “EL CONTRATISTA”.
Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 130 de “EL R.L.O.P.S.R.M”, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del contrato correspondiente, serán por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, de gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de “LA L.O.P.S.R.M.” y de los ajustes de costos.
El residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de cinco días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de “LA U.A.A.”, ésta a solicitud de “EL CONTRATISTA” y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 55 de “LA L.O.P.S.R.M.”, pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL CONTRATISTA”. De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 127 de “EL R.L.O.P.S.R.M.” el atraso en el pago de estimaciones en que incurra “LA U.A.A.” diferirá en igual plazo la fecha de terminación de los trabajos, circunstancia que deberá formalizarse, previa solicitud de “EL CONTRATISTA”, a través del convenio respectivo; no procederá dicho diferimiento cuando el atraso derive de causas imputables a “EL CONTRATISTA”.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL CONTRATISTA”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA U.A.A.”.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de “EL CONTRATISTA” sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que “LA U.A.A.” tendrá el derecho de reclamar, por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado. (Art. 131 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Para fines de la forma de pago “LA U.A.A.” como “EL CONTRATISTA” deberán de apegarse a lo establecido en el Capítulo Cuarto Sección “De la forma de pago” de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
16.- PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS. (Arts. 31 fracciones XXVII 56, 57 Y 58 de “LA L.O.P.S.R.M.)
Cuando a partir del acto de la presentación y apertura de proposiciones ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato que determinen un aumento o reducción de los costos directos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa convenido, dichos costos, cuando procedan, deberán ser ajustados. El aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito mediante oficio de resolución por lo que no se requerirá la formalización de convenio alguno. (Artículo 56 de “LA L.O.P.S.R.M.” y 173 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será “EL CONTRATISTA” quien lo promueva, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, mediante la presentación por escrito de la solicitud, estudios y documentación que la soporten. Si el referido porcentaje es a la baja, “LA U.A.A.” lo determinará en el mismo plazo, con base en la documentación comprobatoria que lo justifique.
Una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, se perderá la posibilidad de solicitar el ajuste de costos por parte de “EL CONTRATISTA” y de realizarlo a la baja por parte de “LA U.A.A.”.
“LA U.A.A.”, dentro de los sesenta días naturales siguientes a que “EL CONTRATISTA” promueva debidamente el ajuste de costos, emitirá por oficio la resolución que proceda; en caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.
Cuando la documentación mediante la cual promueva “EL CONTRATISTA” el ajuste de costos sea deficiente o incompleta, “LA U.A.A.” apercibirá por escrito al contratista para que, en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada. Transcurrido dicho plazo, sin que “EL CONTRATISTA” diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos.
El reconocimiento por ajuste de costos en aumento o reducción se incluirá en el pago de las estimaciones, considerando el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado.
No darán lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia, pudiera estar sujeta la importación de bienes contemplados en la realización de los trabajos.
El procedimiento que se utilizará para el ajuste de costos directos, y que no podrá ser modificado durante la vigencia del contrato, será mediante la revisión de un grupo de precios unitarios, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de trabajo por ejecutar, representen aproximadamente el ochenta por ciento del importe total del contrato.
La aplicación del procedimiento de ajuste de costos directos a que se refiere el párrafo anterior se sujetará a lo siguiente:
I. Los ajustes se calcularán a partir del mes en que se haya producido el incremento o decremento en el costo de los insumos, respecto de los trabajos pendientes de ejecutar, conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o, en caso de existir atraso no imputable al contratista, conforme al programa convenido.
Para efectos de cada una de las revisiones y ajustes de los costos, que se presenten durante la ejecución de los trabajos, el mes de origen de estos será el correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones, aplicándose el último factor que se haya autorizado;
Los índices que servirán de base para el cálculo de los ajustes de costos en el contrato serán los que correspondan a la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. (Art. 174 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Los precios originales de los insumos considerados por el licitante deberán ser los que prevalezcan al momento de la presentación y apertura de las proposiciones y no podrán modificarse o sustituirse por alguna variación que ocurra entre la fecha de su presentación y el último día del mes en el que se presentó. (Art. 174 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Con el objeto de actualizar los precios de la proposición a la fecha de inicio de los trabajos cuando ésta sea posterior a los treinta días naturales contados a partir de la fecha de presentación de las proposiciones, “EL CONTRATISTA” podrá solicitar, por una sola ocasión, la determinación de un factor de actualización, el cual deberá calcularse conforme al procedimiento establecido en la presente CONVOCATORIA y en el contrato correspondiente, considerando que el mes de origen para su cálculo será el correspondiente al del acto de presentación y apertura de proposiciones. Este factor de actualización no se afectará por la entrega de anticipos. (Art. 175 primer párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
“LA U.A.A.”, previa justificación, autorizará el factor referido en el párrafo anterior, mismo que será aplicado a cada estimación y repercutirá durante todo el ejercicio del contrato, independientemente de los ajustes de costos que le sucedan. (Art. 175 segundo párrafo de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
II. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos serán calculados con base en los índices de precios al productor y comercio exterior/actualización de costos de obras públicas que determine el Banco de México. Cuando los índices que requieran tanto el contratista como la dependencia o entidad, no se encuentren dentro de los publicados por el Banco de México, las dependencias y entidades procederán a calcularlos en conjunto con el contratista conforme a los precios que investiguen, por mercadeo directo o en publicaciones especializadas nacionales o internacionales considerando al menos tres fuentes distintas ó utilizando los lineamientos y metodología que expida el Banco de México;
III. Los precios unitarios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de los costos indirectos, el costo por financiamiento y el cargo de utilidad originales durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará sujeto a ajuste de acuerdo a las variaciones de la tasa de interés que el contratista haya considerado en su proposición, y
IV. A los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de la Función Pública.
Una vez aplicado el procedimiento respectivo y determinados los factores de ajuste, éstos se aplicarán al importe de las estimaciones generadas, sin que resulte necesario modificar la garantía de cumplimiento del contrato inicialmente otorgada.
Cuando existan trabajos ejecutados fuera del periodo programado, por causa imputable a “EL CONTRATISTA”, el ajuste se realizará considerando el periodo en que debieron ser ejecutados, conforme al programa convenido, salvo en el caso de que el factor de ajuste correspondiente al mes en el que efectivamente se ejecutaron, sea inferior a aquel en que debieron ejecutarse, en cuyo supuesto se aplicará este último.
Si al inicio de los trabajos contratados o durante el periodo de ejecución de los mismos se otorga algún anticipo, el o los importes de ajustes de costos deberán afectarse en un porcentaje igual al del anticipo concedido. (Art. 177 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
Para fines de presentación, evaluación y autorización de los ajustes de costos tanto “LA U.A.A.” como “EL CONTRATISTA” deberán de apegarse a lo establecido en el Capítulo Quinto “Del Ajuste de Costos” del R.L.O.P.S.R.M.
17.- REQUISITOS ADICIONALES
Al formular la proposición “EL LICITANTE” tomará en cuenta:
a) Que la obra se llevará a cabo con sujeción a: “LA L.O.P.S.R.M.” y a “EL R.L.O.P.S.R.M.”; el proyecto y sus especificaciones generales y particulares, así como a las especificaciones que “LA U.A.A.” tiene en vigor, el programa de ejecución general de los trabajos; el programa de utilización de la maquinaria y equipo de construcción; los precios unitarios señalados en la relación de conceptos de trabajo y cantidades de obra para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición, y conforme a las cláusulas del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado y en general de conformidad con lo señalado en esta CONVOCATORIA;
b) Que deberá tener en la obra permanentemente un Superintendente de Construcción, que deberá ser el mismo que señala en su propuesta de personal técnico, cuyo título deberá estar registrado en la Dirección general de Profesiones de la SEP, anotando para tal efecto el nombre y número de la cédula profesional que lo acredite como tal. Deberá entregar curriculum donde demuestre su experiencia de haber efectuado trabajos a los que se contratan, quien deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de Construcción, catálogo de conceptos o actividades de la obra, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos (Art. 117 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
Asimismo, el Superintendente de Construcción deberá estar facultado por “EL CONTRATISTA”, para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aun las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato.
“LA U.A.A.” en el contrato, se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del Superintendente de Construcción, y “EL CONTRATISTA” tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato. (Art. 117 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
“LA U.A.A.” en cualquier momento podrá verificar que el personal propuesto por “EL LICITANTE”: para ejecutar los trabajos, sea el que esté desarrollándolos, de no ser así, deberá exigir que se utilice el personal propuesto en la licitación o uno de características similares;
c) Que tomó en consideración las condiciones climáticas, ambientales, topográficas y geotécnicas de la región, compenetrándose de las condiciones generales y especiales del lugar de la obra, el grado de dificultad de los trabajos objeto de esta licitación, y que el desconocimiento de tales condiciones, en ningún caso servirá posteriormente para aducir justificación por incumplimiento del contrato o para solicitar bonificación a los precios consignados en la proposición. En caso de presentarse situaciones de eventos imprevistos provocados por fenómenos perturbadores naturales, movimientos telúricos, cargas extraordinarias o accidentes, que destruyan y no dejen evidencia física de los trabajos ejecutados, el documento valedero para la comprobación serán las notas editadas en la bitácora electrónica, la cual deberá complementarse del álbum fotográfico y/o video correspondiente por cada estimación de trabajos ejecutados;
d) Que debe cumplir con el señalamiento de protección en obra, el cual deberá estar considerado dentro de los indirectos de obra. Este señalamiento tendrá que ser supervisado, verificado y en su caso sustituido por “EL CONTRATISTA”, con lo que se considera devengado su costo. Dicho importe será sólo por la utilización temporal del señalamiento y una vez terminada la obra, “EL CONTRATISTA” podrá disponer del mismo. Por consiguiente se deberá de cobrar dentro de los indirectos conforme a estas condiciones, así como su especificación particular;
Asimismo, la maquinaria, equipo y personal de “EL CONTRATISTA” deberá ser perfectamente identificable, mediante logotipos de la empresa y vestuario de trabajo (chaleco, casco, overol, etc.);
e) Que ninguna de las diferencias que pudieran resultar en las cantidades de trabajos anotadas por “LA U.A.A.” justificará reclamación alguna de “EL CONTRATISTA” en relación con los precios respectivos;
f) Que propone precios unitarios únicamente para los conceptos anotados en el PRESUPUESTO y que por lo tanto, no presenta alternativas que modifiquen lo estipulado en esta CONVOCATORIA;
g).-Que se considerará como precio unitario, el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse a “EL CONTRATISTA” por unidad de concepto terminado y ejecutado conforme al proyecto, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad;
h).-Que el precio unitario se integrará con los costos directos correspondientes al concepto de trabajo, costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad de “EL CONTRATISTA” y los cargos adicionales;
i).-Que presentará, análisis expresados en pesos, de cada uno de los precios unitarios en la misma moneda, relativos a los conceptos señalados en el PRESUPUESTO, estableciendo separadamente los costos directos, los costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad y los cargos adicionales; de acuerdo con lo indicado en “LA L.O.P.S.R.M.”, “EL R.L.O.P.S.R.M.” y esta CONVOCATORIA.
Que al determinar sus costos directos tomó en consideración los salarios vigentes y los precios de materiales, maquinaria y equipo que rigen en el lugar de la obra en la fecha de su proposición, estableciendo los cargos por maquinaria y equipo con base en los precios y rendimientos de éstos considerados como nuevos y acorde con las condiciones de ejecución del concepto de trabajo correspondiente. Ninguna de las diferencias que pudieran resultar entre el precio real y el considerado en los análisis justificará reclamación de “EL CONTRATISTA” en relación con los precios respectivos.
Los costos indirectos deberán expresarse como un porcentaje del costo directo. En anexo por separado deberá presentarse el análisis detallado de los cargos que determinen este factor, desglosando los correspondientes a la administración de oficinas centrales y de campo, considerando lo establecido en los artículos del 211 al 213 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
El costo por financiamiento de los trabajos, estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; considerando para la determinación de este costo, los gastos que realice en la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá deduciendo la amortización de los anticipos concedidos, y la tasa de interés que aplicará, considerando, en su caso, los puntos que como sobrecosto por el crédito le requiera una institución crediticia, señalando el indicador económico en que se basó, el que deberá de tomarse como referencia el publicado el día de la celebración de la junta de aclaración de dudas, debiendo acompañar el análisis correspondiente a este concepto, lo cual se hará en base al análisis de flujo de caja. Y en general, cualquier otro gasto requerido en términos de lo previsto en el artículo 215 de “EL R.L.O.P.S.R.M.” y esta CONVOCATORIA.
El cargo por utilidad, será fijado por el propio proponente y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento; este cargo deberá considerar las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa a cargo de “EL CONTRATISTA”.
Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar “EL CONTRATISTA”, por estar convenidas como obligaciones adicionales que se aplican después de la utilidad del precio unitario porque derivan de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos e indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad.
Los cargos adicionales deberán incluirse al precio unitario después de la utilidad y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos;
j).-Que los ajustes a los programas de ejecución general de los trabajos y al programa de utilización de maquinaria y equipo de construcción, motivados por las asignaciones anuales, no implicarán cambio en los costos e importes señalados en el PRESUPUESTO;
k).- Que de resultar adjudicatario del contrato, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), según lo establece la regla I.2.1.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2011, y en atención al Oficio Circular No. UNAOPSFP/309/0743/2008 de la SFP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, previo a su firma, deberá presentar el documento de la “OPINIÓN POSITIVA” expedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con el que compruebe que se encuentra al corriente sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar preferentemente el día de la junta de aclaración de dudas, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo en su solicitud el correo electrónico de esta “U.A.A.” xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, a fin de que el SAT envíe también a ésta la “OPINIÓN POSITIVA” en atención a la solicitud de opinión, conforme a lo siguiente:
1.- Presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal”
2.- Contar con clave de Cédula de Identificación Electrónica Certificada (CIEC)
3.- En la solicitud deberán incluir los siguientes requisitos:
a).- Nombre y dirección de LA DEPENDENCIA en la cual se licita.
b).- Monto total del contrato.
c).- Señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública.
d).- Número de licitación o concurso.
4.- El contribuyente solicitante con el acto de registrar su solicitud en la página de internet del SAT para efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, manifestación bajo protesta de decir verdad que:
a).-Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a que se refieren el CFF y su Reglamento, que el RFC está activo y el domicilio fiscal localizado.
b).-Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que solicita la opinión.
c).- No tiene créditos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios. Así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.
d).- Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.
e).-En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
5.-En caso que existan créditos fiscales firmes manifestará que se comprometen a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 11.2.1.11 de la citada resolución.
l).- Si durante la vigencia del contrato, por causas imputables a “EL CONTRATISTA” el Programa de Obra pactado, presenta un atraso mayor o igual al veinte por ciento (20%), de los trabajos por ejecutar, “LA U.A.A.” considerará esta situación como causal suficiente de rescisión y por lo tanto la rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento que se establece en los lineamientos de “LA L.O.P.S.R.M.” y “EL R.L.O.P.S.R.M.”
m).-No podrán participar en esta licitación las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos de “LA L.O.P.S.R.M.” o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
n).- Especificaciones ambientales:
Todos y cada uno de los puntos que se indican enseguida deberán ser realizados por “EL LICITANTE” que resulte ganador, por lo mismo, deberán de ser tomados en cuenta en su propuesta. Se hace la aclaración que en caso de que el participante ganador indique que no los consideró, “LA U.A.A.” NO contemplará ningún cargo extra y el ganador DEBERÁ tener en la obra lo necesario para darles cumplimiento SIN CARGO extra para “LA U.A.A.”:
Los residuos domésticos se depositarán en contenedores que cuente con tapa y que estarán al alcance, dentro de la obra.
Los residuos no domésticos considerados como no peligrosos (pedacería metálica, madera, cartón), y que no se encuentren impregnados con sustancias peligrosas, deberán separarse por tipo y ponerse a disposición de empresas que se dediquen al reciclaje.
La tierra y cubierta vegetal obtenidos en las áreas del proyecto, deberán ser canalizados y dispuestos para su aprovechamiento como material de relleno para áreas verdes, jardines o terrenos de uso agrícola.
Los escombros deben ser dispuestos en tiraderos oficiales, previa autorización municipal.
Se debe de considerar el uso de materiales de construcción previamente humedecidos.
Se deberá evitar al máximo las emisiones de ruido, vibraciones y olores.
Los materiales de construcción deberán ser obtenidos de bancos previamente autorizados por la SEDESO.
No realizar la disposición, a cielo abierto de aguas residuales.
NO realizar cacería de fauna nativa.
Capacitar y adiestrar al personal encargado del almacenamiento, distribución, uso y manejo de combustibles, grasas y lubricantes.
Instalar señalamientos informativos y preventivos en relación con las actividades a realizar y en su caso, implementar procedimientos de agilización del tráfico vehicular.
Contar con un programa permanente de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo y vehículos a utilizar.
Rehabilitar las áreas que hayan sido afectadas durante el desarrollo de los trabajos con cargo a la empresa.
18.- MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS
Si durante la vigencia del contrato surge la necesidad de ejecutar trabajos por conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, el contratista deberá presentar los análisis de precios correspondientes con la documentación que los soporte y apoyos necesarios para su revisión; su conciliación y autorización (Art. 59 penúltimo párrafo de “LA L.O.PS.R.M”) en un plazo no mayor a lo previsto en el artículo 107 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
“LA U.A.A.” se abstendrá a recibir estimaciones cuando “EL CONTRATISTA” no cumpla con el párrafo anterior.
En caso de no existir precios unitarios extraordinarios para el periodo que cubre la estimación, “EL CONTRATISTA” deberá hacerlo saber así mediante un escrito, en el cual indicará este hecho y se abstendrá de presentar, posteriormente, cualquier precio extraordinario a revisión del periodo que comprenda la estimación a la que se refiera.
Para las modificaciones a los contratos tanto “LA U.A.A.” y “EL CONTRATISTA” deberán de acatar lo estipulado en “LA L.O.P.S.R.M” y en “EL R.L.O.P.S.R.M”, en especial al Artículo 59 del primer ordenamiento antes citado y del Capítulo Tercero Sección III del segundo ordenamiento citado.
19.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO
Para el caso xx xxxxx convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, estas serán determinadas únicamente en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada en el contrato para la conclusión total de las obras, se procederá conforme a lo señalado en la cláusula denominada “Penas convencionales por incumplimiento del programa” del modelo de contrato a que se alude en la Base Décima Tercera.
20.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Para el caso de rescisión administrativa y terminación anticipada del contrato se procederá conforme a lo establecido en el modelo de contrato a que se alude en la Base Décima Tercera y la normatividad aplicable.
21.- TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS Y RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA
“EL CONTRATISTA” comunicará a través de la Bitácora electrónica o excepcionalmente por escrito en términos del primer párrafo del artículo 164 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”, a “LA U.A.A.” la conclusión de los trabajos encomendados, para que ésta, dentro del plazo pactado en el contrato, verifique su debida terminación, conforme a las condiciones establecidas en el mismo. Al finalizar la verificación de los trabajos, “LA U.A.A.” en un plazo no mayor de quince días naturales procederá a su recepción física, levantándose el acta correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 166 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”
Si la “LA U.A.A.” encuentra deficiencias en la terminación de los trabajos durante la verificación que para tal efecto se realice, deberá solicitar al contratista la reparación que corresponda conforme a las condiciones requeridas en el contrato.
En el supuesto previsto en el párrafo que antecede, el plazo de verificación de los trabajos pactado en el contrato se podrá prorrogar por el periodo que acuerden las partes para la reparación de las deficiencias; en este periodo, no se aplicarán penas convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que “LA U.A.A.” o entidad opte por la rescisión del contrato.
Las reparaciones de las deficiencias a que alude este artículo no podrán consistir en la ejecución total de conceptos de trabajo pendiente de realizar. En este caso, no se procederá a la recepción y se considerará que los trabajos no fueron concluidos en el plazo convenido. (Art. 165 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”).
“EL CONTRATISTA”, al término de los trabajos deberá presentar una garantía para responder por los defectos o vicios ocultos que resulten de la ejecución de los trabajos o de cualquier otra índole, en que hubiese incurrido en la realización de los trabajos; se presentará dicha garantía previamente a la recepción formal de los mismos, conforme a lo establecido en el artículo 66 de “LA L.O.P.S.R.M.”
22.- INCONFORMIDADES
Las personas que participen en esta licitación podrán inconformarse ante la Dirección General de Inconformidades de LA SFP, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxx Xxxx, Xxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, en México, D. F. o a través de los medios de comunicación electrónica, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de LA L.O.P.S.R.M.
23.- DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN
En términos del artículo 75 de “LA L.O.P.SR.M.”, La Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en “LA L.O.P.S.R.M.” o en otras disposiciones aplicables.
Asimismo, La Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control podrán realizar las visitas e inspecciones que estimen pertinentes a la obra, y podrán solicitar a “LA U.A.A.” y a “EL CONTRATISTA”, todos los datos e informes relacionados con actos relativos a las obras y contratos de que se trate. Por lo que “EL CONTRATISTA” deberá de proporcionar la información que en su momento se le requiera. (Art. 265 de “EL R.L.O.P.S.R.M.”)
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