MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA
Gobierno Autónomo Municipal de Yotala
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS
LICITACIÓN PÚBLICA
OBJETO DE LA CONTRATACION:
REHABILITACION Y CONSTRUCCION DE ATAJADOS CON RIEGO TECNIFICADO TIPAKA, ACHUMA Y CALERA
PRIMERA CONVOCATORIA PRIMERA PUBLICACION
GAMY-LP: 1/2019
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Aprobado Mediante Resolución Ministerial N ° 751 de 27 xx xxxxx de 2018 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
Documento Base de Contratación para Contratación de Obras
i
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS
EN LA MODALIDAD DE LICITACIÓN PÚBLICA
Estas instrucciones deberán ser suprimidas de manera previa a la publicación del DBC.
INSTRUCCIONES GENERALES
i) El Documento Base de Contratación (DBC) para la Contratación de Obras en la modalidad de Licitación Pública por Convocatoria Pública Nacional o Internacional, debe ser elaborado según el presente Modelo de DBC.
ii) Excepcionalmente se podrán introducir modificaciones al Modelo de DBC, para incorporar características particulares de la contratación, previa a la publicación de la convocatoria, a cuyo efecto deberá requerirse la aprobación expresa del Órgano Rector, según lo regula el Artículo 46 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB- SABS) y sus modificaciones.
Para la aprobación de estas modificaciones la entidad convocante deberá presentar su solicitud adjuntando la siguiente documentación:
a) Cuadro Comparativo conteniendo texto del modelo vigente, texto propuesto y su respectiva justificación.
b) Informes técnico y legal.
iii) El DBC contiene:
Parte I: Información General a los Proponentes. Parte II: Información Técnica de la Contratación. Parte III: Anexos.
La Parte I, Información General a los Proponentes, establece las condiciones generales del proceso de contratación.
La Parte II, Información Técnica de la Contratación, establece las particularidades del proceso de contratación que deben ser elaboradas y proporcionadas por la entidad convocante, contemplando los datos particulares de la entidad, el objeto de la contratación, el cronograma de plazos del proceso de contratación, el plazo de entrega de la obra, las especificaciones técnicas para la ejecución de la obra, el requerimiento de equipos, los volúmenes de obra, el personal clave requerido para la ejecución de la obra y toda otra información que se considere necesaria, referida al proceso de contratación para la contratación de obras.
La Parte III, contiene los siguientes Anexos:
Anexo 1: Modelo de Convocatoria para la Publicación en Medios de Prensa.
Anexo 2: Tabla de Valoración de Experiencia para obras, que debe ser utilizada para la evaluación de la experiencia del proponente y del personal clave.
Anexo 3: Obras Similares.
Anexo 4: Formularios para la Presentación de Propuestas, que deben ser utilizados por los proponentes.
Anexo 5: Formularios de Verificación, Evaluación y Calificación de Propuestas, que deben ser utilizados por la entidad convocante para la evaluación y calificación de propuestas.
Anexo 6: Modelo de Contrato.
NOTA: Los textos escritos entre paréntesis, negrilla y cursivas, sirven de guía y apoyo para la elaboración del documento, por lo que deberán ser suprimidos del DBC que será publicado en el SICOES.
CONTENIDO
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 1
2. PROPONENTES ELEGIBLES 1
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 1
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) 1
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 2
6. GARANTÍAS 2
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 3
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 3
9. DECLARATORIA DESIERTA 4
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 4
11. RESOLUCIONES RECURRIBLES 4
12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS 4
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
15. IDIOMA 5
16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA 5
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 5
18. INFORMACIÓN ADICIONAL PARA LA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, LA RELACIÓN DE EQUIPOS COMPROMETIDOS, EL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN Y EL CRONOGRAMA DE MOVILIZACIÓN DE EQUIPO 6
19. PROPUESTA ECONÓMICA 8
20. PROPUESTA TÉCNICA 8
21. PROPUESTA PARA ADJUDICACIONES POR TRAMOS O PAQUETES 9
22. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 9
23. APERTURA DE PROPUESTAS 10
24. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 11
25. EVALUACIÓN PRELIMINAR 11
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO 11
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD 14
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRECIO EVALUADO MÁS BAJO 14
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 14
30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 14
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS 14
32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO 15
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO 16
34. SUBCONTRATACIÓN 17
35. ENTREGA DE OBRA 17
36. CIERRE DEL CONTRATO 17
37. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 21
38. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 22
39. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS PARA LA OBRA 23
40. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA 33
41. VOLÚMENES DE OBRA 34
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
SECCIÓN I GENERALIDADES
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de obras se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
2. PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
a) Empresas constructoras nacionales o extranjeras legalmente constituidas;
b) Asociación Accidental de Empresas constructoras legalmente constituidas;
c) Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro legalmente constituidas (cuando su documento de constitución establezca su capacidad de ejecutar obras);
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:
3.1 Inspección Previa
El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar, establecidos en el presente DBC; en caso de que el proponente no realice dicha inspección se da por entendido que el mismo acepta todas las condiciones del proceso de contratación y las condiciones del contrato.
3.2 Consultas escritas sobre el DBC (SI CORRESPONDE)
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
3.3 Reunión de Aclaración (SI CORRESPONDE)
Se realizará una Reunión de Aclaración en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración.
Al final de la reunión, la entidad convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los representantes de la Unidad Administrativa, Unidad Solicitante y los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de estos últimos.
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC, con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la Resolución de Aprobación del DBC.
Estas enmiendas deberán estar orientadas a modificar únicamente las Especificaciones Técnicas y condiciones técnicas relacionadas con éstas.
4.2 El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, misma que será notificada a los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS.
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
a) Enmiendas al DBC;
b) Causas de Fuerza mayor;
c) Caso fortuito.
La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas.
5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante.
5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
6. GARANTÍAS
6.1 Tipos de Garantía
De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
6.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando:
a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas;
b) Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
c) Para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la Entidad;
e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la Entidad;
6.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de la:
a) Notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
b) Notificación de la Resolución que resuelve el Recurso Administrativo de Impugnación.
c) Comunicación del proponente rehusando aceptar la solicitud de la entidad convocante sobre la extensión del periodo de validez de propuestas.
d) Notificación de la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
e) Notificación de la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
f) Suscripción del contrato con el proponente adjudicado.
6.4 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantía de: Cumplimiento de Contrato, Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
7.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento a la declaración jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
b) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
c) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial;
d) Cuando exista variación entre el precio de los elementos presentados en el Formulario B-3, con respecto al Análisis de Precios Unitarios del Formulario B-2;
e) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica establecida en el Formulario B-1 (Presupuesto por Ítems y General de la Obra), existiera una diferencia absoluta superior al dos por ciento (2%), entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por la Comisión de Calificación;
f) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo establecido en el subnumeral 16.1 del presente DBC.
g) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta;
h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC;
i) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta;
j) Cuando el proponente presente dos o más propuestas;
k) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras;
l) Cuando la propuesta presente errores no subsanables;
m) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
n) Si para la suscripción del contrato, la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitado por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 32.1 del presente DBC;
o) Si para la suscripción del contrato, el proponente adjudicado no presente la Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras, cuando corresponda;
p) Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
8.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC;
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada;
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC;
d) Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en las Especificaciones Técnicas, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
8.2 Se deberán considerar errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) Ausencia de cualquier Formulario, solicitado en el presente DBC, salvo: el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2), cuando el Método de Selección y Adjudicación sea el Precio Evaluado Más Bajo y/o el Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10), cuando el proponente no solicite el margen de preferencia por generación de empleo;
b) Falta de firma del proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A- 1);
c) Falta de firma del personal propuesto en el Formulario A-5 y/o en el Formulario A-6.
d) Falta de la propuesta técnica o parte de ella;
e) Falta de la propuesta económica o parte de ella,
f) Falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta;
g) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea;
h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%);
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario;
j) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta Formulario A-1 y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta;
k) Ausencia del Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10) cuando el proponente solicite el margen de preferencia por generación de empleo.
9. DECLARATORIA DESIERTA
El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
11. RESOLUCIONES RECURRIBLES
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme a los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos.
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en bolivianos.
Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial de compra de la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia en la fecha de emisión de la factura.
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son asumidos exclusivamente por cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo.
15. IDIOMA
La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre proponente y convocante, deberán presentarse en idioma castellano.
16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA
16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a:
a) Sesenta (60) días calendario, para convocatorias nacionales;
b) Noventa (90) días calendario, para convocatorias internacionales.
En ambos casos la validez de la propuesta deberá computarse a partir de la fecha fijada para la apertura de propuestas.
16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente:
a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud, será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta;
b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta y para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá presentar necesariamente una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Todos los Formularios de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
17.1 Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación son:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a);
c) Formulario de Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3);
d) Formulario de Experiencia Específica de la Empresa en construcción de obras similares (Formulario A-4);
e) Formulario Hoja de Vida del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de Obra (Formulario A-5);
f) Formulario Hoja de Vida del de l(os) Especialista(s) Xxxxxxxx(s) (Formulario A-6);
g) Formulario de Equipo mínimo comprometido para la obra (Formulario A-7);
h) Formulario de Cronograma de Ejecución de Obra (Formulario A-8);
i) Formulario de Cronograma de Movilización de Equipo (Formulario A-9);
j) Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10), cuando el proponente haya solicitado la aplicación del margen de preferencia por generación de empleo.
Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de noventa (90) días calendario para convocatorias nacionales y ciento veinte (120) días calendario para convocatorias internacionales; y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
17.2 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado.
17.2.1 La documentación conjunta a presentar, es la siguiente:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1);
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b);
c) Formulario Hoja de Vida del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de Obra (Formulario A-5);
d) Formulario Hoja de Vida del de l(os) Especialista(s) Asignado(s) (Formulario A-6);
e) Formulario de Equipo Mínimo Comprometido Para la Obra (Formulario A-7);
f) Formulario de Cronograma de Ejecución de Obra (Formulario A-8);
g) Formulario de Cronograma de Movilización de Equipo (Formulario A-9);
h) Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10), cuando el proponente haya solicitado la aplicación del margen de preferencia por generación de empleo.
i) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de noventa (90) días calendario para convocatorias nacionales y ciento veinte (120) días calendario para convocatorias internacionales; y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. Esta Garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación Accidental.
17.2.2 Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación, de cada empresa que conformará la Asociación Accidental:
a) Formulario de Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A- 2c);
b) Formulario de Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3);
c) Formulario de Experiencia Específica de la Empresa en Construcción de Obras Similares (Formulario A-4).
18. INFORMACIÓN ADICIONAL PARA LA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, LA RELACIÓN DE EQUIPOS COMPROMETIDOS, EL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN Y EL CRONOGRAMA DE MOVILIZACIÓN DE EQUIPO
18.1 Experiencia Mínima General y Específica de la Empresa o Asociación Accidental
18.1.1 La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de obra ejecutados durante los últimos diez (10) años.
La experiencia general es el conjunto de obras civiles realizadas y la experiencia específica es el conjunto de obras civiles similares a la obra objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente la construcción de obras similares puede ser incluida en el requerimiento de experiencia general; sin embargo, la construcción de obras civiles en general no debe ser incluida como experiencia específica.
18.1.2 En los casos de Asociación Accidental y según su propósito, la experiencia general y específica, será la suma de los montos de las experiencias individualmente demostradas por las empresas que integran la Asociación.
18.1.3 La Experiencia General y Específica de la empresa o Asociación Accidental, deberá ser acreditada por separado.
18.1.4 La valoración de la Experiencia General y la Experiencia Específica mínima requeridas está establecida en la Tabla de Valoración de Experiencia para Obras presentada en el Anexo 2 del presente DBC.
18.2 Experiencia General y Específica del Gerente, Superintendente, Director de Obra u otro
18.2.1 La experiencia será computada considerando el conjunto de contratos de obra en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares o superiores al cargo de la propuesta, que podrán ser acreditados con certificado suscrito por el contratante de cada obra, con el acta de recepción definitiva de la obra u otro documento oficial que acredite el desempeño de cargos similares, especificando el monto estimado de la obra.
Los cargos similares podrán corresponder a Superintendente, Director de Obra, Supervisor, Fiscal, Técnico de Seguimiento de Obra, desarrollados en empresas constructoras, subcontratistas, supervisoras de obra o fiscalizadoras.
La Experiencia General es el conjunto de obras civiles en las cuales el personal clave ha desarrollado estos cargos; la experiencia específica es el conjunto de obras civiles similares al objeto de la contratación.
La Experiencia Específica es parte de la Experiencia General, pero no viceversa. Esto quiere decir que los cargos en obras similares pueden ser incluidos en el requerimiento de Experiencia General; sin embargo, los cargos en obras civiles en general no pueden ser incluidas como Experiencia Específica.
18.2.2 La valoración de Experiencia General y la Experiencia Específica mínima requerida está establecida en la Tabla de Valoración de Experiencia para obras presentada en el Anexo 2 del presente DBC.
18.3 Experiencia General y Específica del Especialista o Especialistas, cuando corresponda
Contempla el grado de formación del especialista propuesto, su experiencia y el compromiso de trabajo en la obra.
La experiencia será calificada por los años de actividad, conforme la Tabla de Valoración de Experiencia para obras presentada en el Anexo 2 del presente DBC.
El número de años de experiencia del especialista corresponderá a la suma de los plazos en uno o varios proyectos de construcción, siempre que los mismos no hubieran sido realizados simultáneamente. En el caso de trabajos efectuados simultáneamente, deberá computarse solo el correspondiente a uno de los mismos.
Este Formulario deberá ser presentado por cada uno de los especialistas comprometidos por el proponente para movilizar la obra.
En caso de adjudicación, la entidad convocante podrá requerir toda la información que considere pertinente para verificar lo señalado en las declaraciones juradas.
18.4 Equipo mínimo comprometido para la obra
18.4.1 El Formulario A-7 (Equipo Mínimo Comprometido para la Obra) constituye una declaración jurada del proponente, que garantiza el pleno funcionamiento del equipo y maquinaria comprometido para la obra y su disponibilidad durante el cronograma comprometido.
18.4.2 En el caso de Asociación Accidental, la disponibilidad de equipo individual de cada uno de los asociados podrá ser agregada para cumplir con este requisito.
18.4.3 El equipo que sea requerido de forma permanente en la obra, deberá estar disponible hasta la recepción provisional de la obra por el contratante. El equipo requerido para labores no permanentes o a requerimiento deberá ser puesto a disposición, de acuerdo al cronograma de ejecución de obra.
18.4.4 En caso de adjudicación, el proponente adjudicado deberá presentar certificados de garantía de funcionamiento óptimo y adecuado rendimiento del equipo y maquinaria ofertada, firmado por el Representante Legal y un profesional del área.
18.5 Cronograma de Ejecución de Xxxx
Deberá presentarse el Cronograma de Ejecución de la Obra (Formulario A-8) en un diagrama xx xxxxxx Xxxxx, que permita apreciar la ruta crítica de la obra y el tiempo requerido para la ejecución de cada una de las actividades del proyecto.
En caso de adjudicación, el Contrato podrá prever cumplimientos de metas parciales.
18.6 Cronograma de Movilización de Equipo
El cronograma de movilización de equipo (Formulario A-9) deberá ser presentado detallando el equipo comprometido a movilizar para la obra y el plazo de permanencia en la misma, a través de un diagrama xx xxxxxx Xxxxx.
19. PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar los siguientes documentos que corresponden a la propuesta económica:
19.1 Presupuesto por Ítems y General de la Obra (Formulario B-1), para todas las actividades a ejecutar, describiendo unidades y cantidades conforme a los Volúmenes de Obra requeridos.
19.2 Análisis de Precios Unitarios (Formulario B-2), conteniendo todos los ítems de manera coherente con las especificaciones técnicas requeridas por la entidad convocante, y cumpliendo las leyes sociales y tributarias vigentes.
19.3 Precios Unitarios Elementales (Formulario B-3),
El Proponente deberá presentar la cotización de precios elementales, sin recargos, de todos los materiales, personal y maquinaria y/o equipo, presentado en el Formulario B-2.
La cotización y ratificación de precios elementales es obligatoria y deberá ser idéntica para todos los elementos registrados en los Análisis de Precios Unitarios de la propuesta económica contenida en los Formularios B-2.
19.4 Costo de trabajo de los Equipos (Formulario B-4)
El costo total debe reflejar el costo total por hora de cada equipo. Todas las incidencias deben ser calculadas con relación a una hora de trabajo. (Cuando el objeto y la naturaleza de la contratación así lo requiera la entidad convocante podrá requerir este documento)
19.5 Cronograma de Xxxxxxxxxxx, programado conforme al Cronograma de Ejecución de Obra (Formulario B-5)
20. PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica debe incluir:
a) Formulario C-1 Metodología de Trabajo que incluye:
i. Organigrama para la ejecución de la obra, el cual no solamente incluirá el detalle del personal clave;
ii. Métodos constructivos, detallando las técnicas constructivas a utilizar para la ejecución de la obra, según el tipo de obra;
iii. Número de frentes de trabajo a utilizar, describiendo la forma de encarar la ejecución de la obra y el personal a utilizar por frente de trabajo;
iv. Otros aspectos que considere la Entidad;
b) Detalle de la Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3) y de la Experiencia Específica de la Empresa (Formulario A-4);
c) Hoja de Vida, del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de la Obra (Formulario A- 5);
d) Hoja de Vida del(los) Especialista(s) Xxxxxxxx(s), cuando corresponda (Formulario A-6); e) Equipo Mínimo Comprometido para la Obra (Formulario A-7);
f) Cronograma de Ejecución de la Obra (Formulario A-8); g) Cronograma de Movilización de Equipo (Formulario A-9);
h) Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10), cuando el proponente haya solicitado la aplicación del margen de preferencia por generación de empleo;
i) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2), cuando corresponda.
21. PROPUESTA PARA ADJUDICACIONES POR TRAMOS O PAQUETES
Cuando un proponente presente su propuesta para más de un tramo o paquete deberá presentar una sola vez la información legal y administrativa y una propuesta técnica y económica para cada tramo o paquete.
La Garantía de Seriedad de Propuesta podrá ser presentada por el total de tramos o paquetes al que se presente el proponente; o por cada tramo o paquete.
SECCIÓN III
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
22. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
22.1 Forma de presentación
22.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el número de Licitación, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
22.1.2 La propuesta debe ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original.
22.1.3 El original de la propuesta deberá tener sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
22.1.4 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los Formularios y documentos presentados.
22.2 Plazo y lugar de presentación
22.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas hasta la fecha y hora límite establecida para el efecto.
22.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
22.3 Modificaciones y Retiro de Propuestas
22.3.1 Las propuestas presentadas sólo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
Para este propósito el proponente, deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
22.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
22.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
23. APERTURA DE PROPUESTAS
23.1 Inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, la Comisión de Calificación procederá a la apertura de las propuestas en acto público, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC, que la convocatoria sea declarada desierta.
23.2 El Acto de Apertura comprenderá:
a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas, según el Acta de Recepción.
Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC.
b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas.
En el caso de adjudicaciones por tramos o paquetes, se dará a conocer el precio de las propuestas económicas de cada tramo o paquete.
c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente. En caso de adjudicaciones por tramos o paquetes se deberá registrar un Formulario V-1 por cada tramo o paquete.
La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Cuando no se ubique algún formulario o documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura.
d) Registro en el Formulario V–2 del nombre del proponente y del monto total de su propuesta económica.
En caso de Adjudicaciones por tramos o paquetes se deberá registrar un Formulario V-2 por cada tramo o paquete.
Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta económica, prevalecerá el literal sobre el numeral.
e) Elaboración del Acta de Apertura, que deberá ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes que deseen hacerlo, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta.
Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta.
23.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación.
Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
23.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida por la Comisión de Calificación al RPC en forma inmediata, para efectos de eventual excusa.
SECCIÓN IV EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
24. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo;
b) Calidad o;
c) Precio Evaluado Más Bajo.
25. EVALUACIÓN PRELIMINAR
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Propuesta y la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente.
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO (SI SE APLICA ESTE METODO)
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: SEGUNDA ETAPA:
Propuesta Económica ( ): 20 puntos Propuesta Técnica ( ) : 80 puntos
26.1 Evaluación de la Propuesta Económica
26.1.1 Errores Aritméticos
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la información del Formulario de Presupuesto por Ítems y General de la Obra (Formulario B-1) de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal;
b) Cuando exista diferencia entre el precio unitario señalado en el Formulario de Presupuesto por Ítems y General de la Obra y el total de un ítem que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado para obtener el monto correcto;
c) Si la diferencia entre el monto leído de la propuesta del Formulario B-1 (Presupuesto por Ítems y General de la Obra) y el monto ajustado de la revisión aritmética, es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada;
d) Si el monto ajustado por revisión aritmética superara el Precio Referencial, la propuesta será descalificada.
El monto resultante producto de la revisión aritmética, denominado Monto Ajustado por Revisión Aritmética ( ) deberá ser registrado en la cuarta columna del Formulario V-3.
En caso de que producto de la revisión, no se encuentre errores aritméticos el precio de la propuesta o valor leído de la propuesta ( ) deberá ser trasladado a la cuarta columna ( ) del Formulario V-3.
26.1.2 Margen de Preferencia.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos y a solicitud del proponente se aplicará el margen de preferencia a las propuestas que no fuesen descalificadas; en caso de tratarse del margen de preferencia por generación de empleo, previo a la aplicación del mismo la Comisión de Calificación revisará el resultado de la aplicación de la fórmula para el cálculo del margen de preferencia establecido en el Formulario A-10 y de corresponder ajustará el margen solicitado.
26.1.2.1 De los dos (2) márgenes de preferencia, por Empresa Nacional o por Generación de Empleo detallados en el parágrafo II, del Artículo 30 de las NB-SABS, se aplicará solamente uno (1).
Se aplicará el Margen de Preferencia al Monto Ajustado por Revisión Aritmética
d
u
( ) de acuerdo con lo siguiente:
# | Margen de Preferencia por | CONDICIÓN | Porcentaje del Margen de Preferencia | Factor e Aj ste ( ) |
1 | Empresa Nacional | A las propuestas de: Empresas constructoras unipersonales bolivianas; Empresas constructoras, donde los socios bolivianos tengan una participación de acciones igual o mayor al cincuenta y uno por ciento (51%); Asociaciones Accidentales de empresas constructoras, donde los asociados bolivianos tengan una participación en la asociación igual o mayor al cincuenta y uno por ciento (51%). | 5% | 0.95 |
2 | Generación de Empleo | A las propuestas que generen empleos adicionales a los establecidos en el numeral 38 (TRABAJADORES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA) | ∗ ∗ 100 | = 1 − |
3 | En otros casos | Cuando el proponente no solicite ningún margen de preferencia | 0% | 1.00 |
=
100
26.1.3 Precio Ajustado
t
e
El Precio Ajustado, se determinará con la siguien fórmula:
= ∗
Dónde:
Documento Base de Contratación para Contratación de Obras – Licitación Pública
Precio ajustado a efectos de calificación Monto Ajustado por Revisión aritmética Factor de ajuste
El resultado del de cada propuesta será registrado en la última columna del Formulario V-3.
26.1.4 Determinación del Puntaje de la Propuesta Económica
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos; y aplicado el margen de preferencia cuando corresponda, de la última columna del Formulario V-3 Precio Ajustado, se seleccionará la propuesta con el menor valor.
A la propuesta de menor valor se le asignará veinte (20) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, aplicando la siguiente fórmula:
Dónde:
= ∗
Puntaje de la Propuesta Económica Evaluada Precio Ajustado de la Propuesta con el Menor Valor Precio Ajustado de la Propuesta a ser evaluada
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
26.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
Los documentos de la propuesta técnica serán evaluados aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-4.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta (30) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta cincuenta (50) puntos, utilizando el Formulario V-4.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica ( ), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de la Propuesta Técnica y el Formulario C-2, utilizando el Formulario V-4.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica ( ) no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos serán descalificadas.
26.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas y puntuadas las propuestas Económica y Técnica de cada propuesta, se determinará el puntaje total ( ) de cada una de ellas, sumando sus puntajes + utilizando el Formulario V-5, de acuerdo con la siguiente fórmula:
= +
Dónde:
: Puntaje Total de la Propuesta Evaluada
: Puntaje de la Propuesta Económica
: Puntaje de la Propuesta Técnica
La Comisión de Calificación recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor Puntaje Total ( ), cuyo monto adjudicado corresponderá al valor real de la propuesta (MAPRA).
En caso de existir empate entre dos o más propuestas, la Comisión de Calificación será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD (NO APLICA ESTE METODO)
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRECIO EVALUADO MÁS BAJO (NO APLICA ESTE METODO)
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes;
b) Cuadros de evaluación;
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda;
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda;
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta;
f) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes.
30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
30.1 El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
30.2 En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
30.3 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá: mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados.
b) Los resultados de la calificación.
c) Identificación del (de los) proponente (s) adjudicado (s), cuando corresponda.
d) Causales de descalificación, cuando corresponda.
e) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
f) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
30.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS
Una vez adjudicada la contratación, la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita, aspecto que deberá ser señalado en el Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas.
La concertación de mejores condiciones técnicas, no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado.
En caso de que el proponente adjudicado no aceptara las condiciones técnicas demandadas por la entidad, se continuará con las condiciones técnicas adjudicadas.
SECCIÓN V
SUSCRIPCIÓN, MODIFICACIONES AL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
32.1 La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a diez (10) días hábiles computables a partir del vencimiento del plazo para la interposición de Recurso Administrativo de Impugnación.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen o cuando éstos participen en una Asociación Accidental, el plazo no deberá ser menor a quince (15) días hábiles, considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o más documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
32.2 El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX.
En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el contrato. Y cuando su propuesta económica esté por debajo del ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial, deberá presentar la Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato, equivalente a la diferencia entre el ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial y el valor de la propuesta económica adjudicada, para la suscripción del contrato.
Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen, los documentos deben ser similares o equivalentes a los requeridos localmente.
32.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas ajenas a su voluntad debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso
c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la suscripción del contrato, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.
Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la
propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido, ni la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Si producto de la revisión efectuada para la suscripción del contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
32.4 En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPC deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de Adjudicación.
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO
La entidad contratante podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias en la obra, que estarán sujetas a la aceptación expresa del Contratista. En todos los casos son responsables por los resultados de la aplicación de los instrumentos de modificación descritos, el FISCAL DE OBRA, SUPERVISOR y CONTRATISTA.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse utilizando cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Orden de Trabajo
La Orden de Trabajo se aplica cuando se realiza un ajuste o redistribución de cantidades de obra, siempre que no existan modificaciones del precio de contrato, ni plazos en el mismo, ni se introduzcan ítems nuevos (no considerados en el proceso de contratación), ni se afecte el objeto del contrato.
Estas órdenes serán emitidas por el Supervisor, mediante carta expresa, o en un Libro de Órdenes aperturado a este efecto.
Una Orden de Trabajo no debe modificar las características sustanciales del diseño de la obra.
b) Orden de Cambio
La Orden de Cambio se aplica cuando la modificación a ser introducida implica una modificación del precio del contrato y/o plazos del mismo, donde se pueden introducir modificaciones de volúmenes de obra (no considerados en el proceso de contratación), sin dar lugar al incremento de los precios unitarios.
Una Orden de Cambio no debe modificar las características sustanciales del diseño.
El incremento o disminución del monto del contrato, mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas), tiene como límite el máximo del cinco por ciento (5%) del monto del contrato principal.
El documento denominado Orden de Cambio deberá tener número correlativo y fecha, debiendo ser elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento. La Orden de Cambio será firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato principal.
Esta Orden de Cambio no deberá ejecutarse en tanto no sea suscrita por las partes contratantes.
c) Contrato Modificatorio
El Contrato Modificatorio se aplica cuando la modificación a ser introducida implica una modificación en las características sustanciales del diseño, el cual puede dar lugar a una modificación del precio del contrato y/o plazos del mismo, donde se pueden introducir ítems nuevos (no considerados en la Licitación).
El incremento o disminución del monto del contrato, mediante Contrato Modificatorio (una o varias sumadas) tiene como límite el xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del monto total original de Contrato, porcentaje que es independiente de las modificaciones que la obra pudiera haber sufrido por aplicación de Órdenes de Xxxxxx.
Los precios unitarios de los nuevos ítems creados, deberán ser consensuados entre las partes, no se podrán incrementar los porcentajes en lo referido a Costos Indirectos, ni actualizar precios considerados en otros ítems de la propuesta.
El Contrato Modificatorio deberá tener número correlativo y fecha, debiendo ser elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento. El Contrato Modificatorio deberá ser firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato principal.
El Contrato Modificatorio no deberá ejecutarse en tanto no sea suscrito por las partes contratantes
34. SUBCONTRATACIÓN
34.1. Cuando la entidad haya definido la posibilidad de la subcontratación y el proponente nacional lo haya previsto en su propuesta, el Contratista podrá realizar las subcontrataciones necesarias hasta el veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, que le permitan dar cumplimiento a la ejecución del mismo, conforme lo establece el Artículo 87 Bis del Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009.
34.2. En el caso de proponentes extranjeros, el Contratista deberá subcontratar a empresas nacionales, hasta un máximo de cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, siempre y cuando éstas se encuentren disponibles en el mercado nacional, conforme lo establece el Artículo 87 Bis del Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009. La entidad realizará el control de las subcontrataciones propuestas, en la ejecución del contrato y aplicará, si corresponde, las multas respectivas en caso de incumplimiento de la subcontratación.
35. ENTREGA DE OBRA
SECCIÓN VI
ENTREGA DE OBRA Y CIERRE DEL CONTRATO
La entrega de obra deberá efectuarse cumpliendo con las condiciones establecidas en el Contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad por la Comisión de Recepción de la entidad contratante.
36. CIERRE DEL CONTRATO
Una vez efectuada la recepción definitiva de la obra por la Comisión de Recepción y emitida el Acta de Recepción definitiva, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito y emitirá el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS
Acta de Recepción Definitiva de la Obra: Es el documento suscrito por la Comisión de Recepción, en el que se establece que la obra ha sido concluida cumpliendo con las condiciones técnicas a entera satisfacción de la Entidad.
Certificado de Cumplimiento de Contrato: Es el documento extendido por la entidad contratante a favor del Contratista, que oficializa el cumplimiento del contrato. Deberá contener como mínimo los siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega, subcontratos autorizados si hubieran.
Convocante: Es la entidad pública que convoca la realización de obras.
Contratante: Es la entidad pública que contrata la realización de obras.
Contratista: Es la persona individual o colectiva que, en virtud del contrato, contrae la obligación de ejecutar una obra civil específica, de acuerdo con las especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un documento, relacionándolo contractualmente con la entidad contratante.
Contrato: Es el acuerdo de naturaleza administrativa suscrito entre el contratante y el contratista, para construir, completar, reparar o mantener una obra. Es un acto por el cual el Contratante le entrega a un contratista la ejecución de una obra pública, la cual debe ejecutarse conforme a lo que determina el Documento Base de Contratación.
Defecto: Es cualquier parte de la Obra que no ha sido completada conforme al Contrato.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita del proponente adjudicado para suscribir el contrato.
Especificaciones Técnicas: Son las que definen las características y condiciones técnicas de la obra que el contratante requiere ejecutar por intermedio del Contratista, en términos de calidad y cantidad.
Fecha de conclusión de la obra: Es la fecha efectiva de conclusión de la obra, certificada por el Supervisor de Obra, en la que se emite el Acta de Recepción Definitiva de la Obra firmada por la Comisión de Recepción.
Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de planta de la entidad contratante, o persona natural o jurídica contratada específicamente para representarla en la ejecución de una obra. Legalmente es la persona que en representación del Contratante toma las definiciones que fuesen necesarias en la ejecución de la obra y ejerce control sobre la Supervisión Técnica.
Gerente: Es el profesional responsable de la coordinación y ejecución de los aspectos administrativos y financieros del proyecto.
Hito Verificable: Es un momento definido en la ejecución de la Obra, en el cual se verifica la ejecución de actividades o ítems que forman parte de la ruta crítica de la ejecución física, respecto a lo programado en el Cronograma de Ejecución de Obra, a fin de comprobar que los volúmenes o parámetros comprometidos por el CONTRATISTA se cumplan durante el plazo de ejecución del Contrato.
Materiales: Son todos los suministros e insumos, incluyendo elementos consumibles que utilizará el Contratista para ser incorporados a la obra.
Metodología: Es la descripción del método constructivo que empleará el proponente para ejecutar la obra, incluyendo una descripción amplia y detallada de cada tarea o actividad a realizar.
Modificación de Obras: Es el reemplazo o cambio parcial de las tareas o actividades programadas en la ejecución de una obra, por tareas o actividades nuevas o extraordinarias. Son actividades incorporadas o
agregadas a la obra para llegar a un mejor término de la obra contratada, pero cuyas características son diferentes a las especificaciones técnicas contenidas en el Documento Base de Contratación original.
Obra Similar: Es aquélla que la entidad ha definido especificando las características que distinguen a esta obra de otras. Se pueden considerar como obras similares, aquéllas que tengan particularidades semejantes y que cuenten con un número determinado de ítems significativos similares.
Obras: Es todo aquello que el Contratista debe construir y entregar al Contratante según el contrato y las Especificaciones Técnicas.
Obra Pública: Es la infraestructura construida por el Estado, directamente o en virtud de un contrato, cuya finalidad es el bien público.
Omisión: Significa la falta de presentación de documentos, o la ausencia de validez de cualquier documento que no cumpla con las condiciones requeridas por el Convocante.
Plazo de ejecución de obra: Es el tiempo computado desde el inicio de la obra hasta la recepción provisional.
Período de Corrección de Defectos: Es el período en el cual el Contratista deberá corregir los defectos notificados por el Supervisor de Obra. La duración del período la establece el Supervisor de Obra.
Personal Técnico Clave: Es el equipo de profesionales comprometidos por el Contratista, responsables de la correcta ejecución de la obra.
Personal Adicional Requerido: Corresponde al personal adicional ofertado por el proponente con respecto al personal mínimo establecido por la Entidad para la ejecución de obra, a efectos de que el proponente solicite el margen de preferencia por generación de empleo.
Planos Generales: Son el resultado de los diseños, que a una escala adecuada definen la ubicación, formas y medidas de la obra a realizar. Deben ser aprobados como parte del Diseño Final de la Obra por la instancia correspondiente.
Planos de Detalle: Son el resultado de los diseños a escala adecuada que definen la construcción de las piezas o las partes del proyecto, contenido en los planos generales.
Monto del Contrato: Es el precio establecido en la Resolución de Adjudicación, plasmado en el contrato que puede ser modificado con posterioridad de conformidad con las disposiciones del Contrato.
Precio Unitario: Es el conjunto de costos directos e indirectos, que reflejan el precio de una actividad o ítem de obra.
Propuesta: Son los documentos requeridos en una Licitación completados y entregados por el Proponente a la Entidad Convocante, que contienen la oferta económica y forma de ejecución de la obra a construir.
Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta dentro de la licitación pública.
Proponente Nacional: Persona jurídica constituida en Bolivia y cuya mayoría de capital sea de titularidad de personas naturales bolivianas, reflejándose en la dirección y control de la persona jurídica.
Proponente Extranjero: Persona jurídica que no cumple con las condiciones para considerarse proponente nacional.
Residente de la Obra: Es el profesional que representa al contratista en la obra, a quién deben dirigirse, tanto el fiscal, como el supervisor a través del libro de órdenes; así como en cualquier otra correspondencia oficial. Es el responsable de la conducción técnica de la construcción de la obra.
Superintendente de la Obra: Es el profesional que representa al contratista en la obra, a quién deben dirigirse, tanto el fiscal, como el supervisor a través del libro de órdenes; así como en cualquier otra correspondencia oficial. Es el responsable de la conducción técnica de la construcción de la obra.
Sitio de la Obra: Es el área de emplazamiento de la obra a ejecutar.
Supervisión Técnica: Es el servicio de supervisión del trabajo que realiza un empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra sea realizada de acuerdo con las condiciones del Contrato y las Especificaciones Técnicas.
Supervisor: Es el profesional independiente o empresa consultora, que realiza un servicio de consultoría de supervisión técnica de una obra a ser ejecutada. El Supervisor de Obra es corresponsable, con el Contratista, por la ejecución de la obra.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
1 | 1 | 0 | 2 |
9 | 2 | 8 | 8 | 5 | 2 |
37. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1. DATOS DEL PROCESOS DE CONTRATACIÓN | ||||||||
CUCE 1 9 - - 0 0 - - 1 - 1 Gestión 2019 Objeto de la REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ATAJADOS CON RIEGO TECNIFICADO TIPAKA, ACHUMA Y contratación CALERA Modalidad Licitación Pública Código de la entidad para identificar al proceso GAMY-LP: 1/2019 Precio Referencial Bs. 2.988.603,66 (Dos Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos Tres con 66/100 Bolivianos) Localización de la Departamento de Chuquisaca, Municipio de Yotala, Comunidades Tipaka, Achuma y Calera. Obra Plazo de Entrega de la Obra (en días Ciento sesenta y cinco (165) días calendario calendario) Método de Precio Evaluado más Bajo X Calidad Propuesta Técnica y Costo Selección y Calidad Adjudicación Tipo de X Convocatoria Pública Nacional Convocatoria Pública Internacional Convocatoria Forma de X Por el Total Por Tramos Por Paquetes Adjudicación Señalar con que X Presupuesto de la gestión en curso presupuesto se Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciara una vez promulgada la Ley del Presupuesto General del inicia el proceso de Estado la siguiente gestión) contratación # Nombre del Organismo Financiador % de Financiamiento Organismos (de acuerdo al clasificador vigente) Financiadores 1 41-119 IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS 100 2 | ||||||||
2. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD CONVOCANTE | ||||||||
Nombre de la GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE YOTALA Entidad Domicilio Ciudad Zona Dirección (fijado para el proceso YOTALA SANTA XXX PLAZA 25 XX XXXX S/N de contratación) Teléfono 00-00000 Fax 00-00000 Correo Electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx | ||||||||
3. PERSONAL DE LA ENTIDAD | ||||||||
Paterno Materno Nombre(s) Cargo Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Municipal Responsable del Proceso xx Xxxxxxx Materno Nombre(s) Cargo Contratación (RPC) Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Municipal Paterno Materno Nombre(s) Cargo | ||||||||
Encargado de atender consultas | Xxxxxxx | Xxxxx | Xxxxx | Secretario de Infraestructura y Obras Publicas | ||||
4. SERVIDORES PÚBLICOS QUE OCUPAN CARGOS EJECUTIVOS HASTA EL TERCER NIVEL JERÁRQUICO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA | ||||||||
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Municipal Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Administrativo y Financiero Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Secretario de Infraestructura. y Obras Publicas |
38. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
(De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio:
1. Presentación de propuestas (plazo mínimo quince (15) días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria);
2. Presentación de documentos para la suscripción del contrato (plazo de entrega de documentos, no menor a diez (10) días hábiles para proponentes nacionales y no menor a quince (15) días hábiles para proponentes extranjeros);
3. Plazo para la presentación del Recurso Administrativo de Impugnación (en el cronograma deberá considerar tres (3) días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de la notificación de la Resolución Impugnable).
El incumplimiento a los plazos señalados serán considerados como inobservancia a la normativa)
El proceso de contratación de la Obra se sujetará al siguiente Cronograma:
CRONOGRAMA DE PLAZOS | ||||
ACTIVIDAD | FECHA | HORA | LUGAR | |
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 | Publicación del DBC en el SICOES Inspección previa Consultas Escritas (fecha límite) Reunión de aclaración Aprobación del DBC con las enmiendas si hubieran (fecha límite) Notificación de aprobación del DBC (fecha límite) Presentación y Apertura de Propuestas (fecha límite) Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) Notificación de la adjudicación o declaratoria desierta (fecha límite) Presentación de documentos para suscripción de contrato (fecha límite) Suscripción de contrato (fecha límite) | Día Mes Año 08 03 2019 Día Mes Año 12 03 2019 Día Mes Año 15 03 2019 Día Mes Año 18 03 2019 Día Mes Año 19 03 2019 Día Mes Año 20 03 2019 Día Mes Año 29 03 2019 29 03 2019 Día Mes Año 01 04 2019 Día Mes Año 03 04 2019 Día Mes Año 03 04 2019 Día Mes Año 17 04 2019 Día Mes Año 10 05 2019 | Hora Min. 09 30 18 00 Hora Min. 09 00 Hora Min. 09 00 09 00 | Xxxxx xx xxxx (Xxxxxx, Xxxxxx x Xxxxxx) Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx ubicado en Plaza 25 xx Xxxx s/n - Yotala Secretaria de Infraestructura y Obras Públicas, Edificio Municipal ubicado en Plaza 00 xx Xxxx x/x - Xxxxxx Xxxxxxxxxx Despacho Alcalde y Salón de Actos, Edificio Municipal ubicado en Xxxxx 00 xx Xxxx x/x - Xxxxxx |
00. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS PARA LA OBRA:
Las especificaciones técnicas requeridas de la obra, son:
Las especificaciones técnicas se encuentran adjuntas al presente DBC.
TERMINOS DE REFERENCIA
PROYECTO
“REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ATAJADOS CON RIEGO TECNIFICADO TIPAKA, ACHUMA Y CALERA”
1. ANTECEDENTES
El déficit de agua en la zona del proyecto es bastante elevado, provocando que la producción actual sea insegura y con un alto grado de riesgo en los niveles de producción. Del mismo modo, el mal funcionamiento de la infraestructura xx xxxxx (Atajados) provoca que esta actividad sea realizada exclusivamente a temporal lo que a su vez provoca que este sustento económico se desarrolle de manera deficiente con rendimientos productivos bajos y poco competitivos en el mercado.
A fin de mejorar su producción agrícola, las familias campesinas han solicitado la implementación de un proyecto de aprovechamiento de aguas de lluvia y subterráneas para el riego intensivo de parcelas, que les permita mejorar sus condiciones de producción agrícola y elevar de esta manera sus ingresos económicos.
Dadas las características de la rehabilitación de atajados propias del área de proyecto, y realizado una evaluación del comportamiento de los mismos se pudo observar que es necesario pensar en la impermeabilización tanto del piso como de los taludes ya que no existe retención de agua en los mismos, por lo que se plantea tres alternativas técnicas de solución al problema para la rehabilitación de los atajados tanto para la comunidad de Tipaka, Achuma y Calera. 1) Rehabilitación de Atajados con Impermeabilización de Arcilla.
2) Rehabilitación de Atajados con Impermeabilización de Geomembrana. 3) Rehabilitación de Atajados con Impermeabilización de Enrocamiento. Se determina que la alternativa 2 es la más adecuada y garantizada para su implementación.
De la misma forma se analizan alternativas para el Riego Tecnificado, 1) Gravedad, 2) Aspersión y 3) Goteo. Se elige el sistema xx xxxxx por aspersión ya que se adapta de mejor manera a las condiciones topográficas, de uso de agua y necesidad de las plantas que serán cultivadas.
2. OBJETIVOS
a) Objetivo general
Mejorar las condiciones socioeconómicas de 49 familias de las comunidades de Tipaka, Achuma y Calera, a través de la rehabilitación de Atajados con riego Tecnificado, que vaya apoyar al sistema productivo de la zona.
b) Objetivo Especifico
Rehabilitar y poner en funcionamiento 20 atajados que garantice la dotación de agua para riego tecnificado.
Desarrollar capacidades en productores/as en el uso y gestión de agua xx xxxxx, a través de la implementación de huertos hortícolas, complementarias a los cultivos anuales tradicionales de la zona
Aumentar la cantidad de las cosechas y garantizar la alimentación suficiente de todos los miembros de la familia de los beneficiarios.
Fortalecer y diversificar la dieta alimentaría de las 49 familias beneficiarias mediante la incorporación de nuevos cultivos (hortalizas).
Implementar la mejor alternativa de impermeabilización de atajados para su rehabilitación y uso posterior uso en el abastecimiento de agua para riego.
Instalar la mejor opción xx xxxxx tecnificado que permita regar los cultivos de manera eficiente aprovechando el recurso agua.
3. UBICACIÓN
El proyecto se ejecutará en las comunidades de Tipaka, Achuma y Calera del Municipio de Yotala, del Departamento de Chuquisaca.
Ubicación de las Comunidades Tipaka, Achuma calera
Comunidades | Desde | Hasta | |||
Grad-min-seg | UTM | Grad-min-seg | UTM | ||
Tipaka | Latitud | 19° 14´ 19.49 “ | 2565502.82 | 65° 18´1.46 “ | 258216,63 |
Longitud | 65°18´58.85” | 7871132.88 | 19°15´52.43” | 7868296,63 | |
Altitud | 2750 | 2850 | |||
Achuma | Latitud | 19°13´10.41” | 257194,08 | 65°17´49.89” | 258509.73 |
Longitud | 65° 18´34.2” | 783266.95 | 19°14´1.89” | 7871701.01 | |
Altitud | 2805 | 2815 | |||
Calera | Latitud | 19°13´18.39” | 255430,82 | 19°14´19.65” | 256869,27 |
Longitud | 65° 19´34.66” | 7872998.24 | 65°18´46.29” | 7871132,88 | |
Altitud | 2660 | 2680 |
Ubicación de la comunidad dentro el municipio
4. DESCRIPCION DEL PROYECTO
El proyecto conformado por los siguientes componentes:
Se rehabilita 18 atajados y construye 2 atajados nuevos con capacidad útil que consta de las siguientes características:
Mejoramiento de las obras de arte para 18 atajados consistente en revestimiento del canal de ingreso al atajado, desarenador y sistema de desfogue.
Impermeabilización con geomembrana HDPE 0.75mm de los 20 atajados.
Implementación xxx xxxxx tecnificado con Bombas de agua, casetas de bombeo, tuberías primarias, cámaras de distribución, tuberias secundarias y aspersores móviles.
Construcción y/o refacción de alambre de púas y postes de bolillos xx xxxxxx.
1. TIEMPO DE EJECUCION DE LA OBRA
El tiempo de ejecución del proyecto REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ATAJADOS CON RIEGO TECNIFICADO TIPAKA, ACHUMA Y CALERA es de 165 días calendario, que corresponde al tiempo de ejecución de la obra.
El cronograma de ejecución deberá ser elaborado de la manera más clara que muestre la ruta crítica.
2. PROPUESTA TECNICA
Deberá contener mínimamente:
a) Organización o detalle del personal clave para la ejecución de la obra.
b) Métodos constructivos, detallando las técnicas constructivas a emplearse durante la ejecución de la obra, según el tipo de obra.
c) Numero de frentes de trabajo a utilizar, describiendo la forma de encarar la ejecución de la obra y el personal a utilizar por frente de trabajo.
d) Plan de trabajo y cronograma.
e) Organigrama del personal técnico y frente de trabajo propuesto.
Otros que la entidad convocante considere necesario.
3. PRECIO REFERENCIAL DE LA OBRA
El costo referencial para la ejecución de la obra es de 2.988.603,66 (Dos Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos Tres con 66/100 Bs).
4. ALCANCE DEL COMPONENTE DE OBRAS
Equipo a movilizar.
Con carácter previo al inicio del componente de obras, el Contratista deberá notificar al Contratante la disponibilidad del equipo propuesto para su movilización a la obra de acuerdo al cronograma propuesto, debiendo el Supervisor efectuar la verificación física del mismo y realizar el registro donde corresponda.
Supervisión de la obra.
4. Autoridad del Supervisor. El Supervisor, conjuntamente el Fiscal y a través del director de Obra del Contratista, tendrán facultad para resolver todas las cuestiones referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados, trabajo ejecutado y su pago, progreso del mismo, interpretación de planos y especificaciones, la aceptabilidad y certificación de cumplimiento del Contrato.
5. Instrucciones del Supervisor. Las instrucciones dadas por el Supervisor deberán ser por escrito (Libro de órdenes) a menos que, por alguna razón justificada y con carácter excepcional, el Supervisor considere necesario emitir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista deberá cumplirlas. Toda instrucción que fuera impartida por el Supervisor al Contratista y que no fuera cumplida, será motivo de suspensión de los desembolsos hasta su cumplimiento.
Entrega de documentos.
El Contratante proporcionará al Contratista, al momento de suscribir el Contrato, un ejemplar del Proyecto incluido los planos, deberán permanecer en el sitio de la Obra y estar disponibles para inspección uso del Fiscal y Supervisor.
Dirección de la Obra.
6. El director de Obra, calificado en la propuesta del Contratista, deberá estar en Obra cumpliendo sus funciones durante todo el tiempo de duración de los trabajos y con autoridad para actuar en representación del Contratista. No se aceptará durante la ejecución del proyecto la sustitución del director y/o residentes de Obra propuestos, excepto por causas de accidente o muerte. De producirse las causales anteriores, el Contratista pondrá a consideración al nuevo personal que deberá tener una experiencia similar o mejor, la que deberá ser evaluada de acuerdo a lo establecido en la metodología de calificación y aprobada por escrito por el Supervisor y el Fiscal.
7. El director de Obra, está obligado a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, costos, pliego de especificaciones generales y especiales. Si existieran dudas, hará la consulta al Supervisor, quien le responderá dentro de los cinco días calendario siguientes. Esta consulta se formulará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo.
EJECUCIÓN DE LA OBRA
Inicio de la Obra
1. Orden de proceder. El Supervisor dará al Contratista la orden de proceder, la que se inscribirá en el libro de órdenes. En dicha orden se establecerá como fecha oficial desde la cual se computará el plazo contractual de ejecución de la Obra.
2. Libro de órdenes. Bajo su responsabilidad, el Contratista llevará un Libro de Órdenes de Trabajo de la Obra, notariado, con páginas numeradas y dos copias. En este libro, el Supervisor anotará las instrucciones y observaciones referentes a los trabajos que se realizan. Cada orden llevará fecha, firma del Supervisor y la constancia de recepción de la misma, del Contratista o su representante.
El original del Libro de Órdenes será entregado al Contratante, a tiempo de la Recepción Definitiva de la Obra, quedando una copia en poder del Supervisor y otra en poder del Contratista.
3. Cronograma de trabajo. Es el cronograma que presenta la empresa para la ejecución de los trabajos en función a los módulos e ítems presentados en la propuesta del oferente, en el que se muestre el orden en que se procederá en la ejecución de los diferentes trabajos.
4. En el Libro de Órdenes, el Contratista deberá registrar los días de retraso de la obra, resultado de eventos fuera de su control, como lluvias, derrumbes. Estos días de retraso deberán ser refrendados con la firma del representante de la comunidad como el Agente Municipal y el Corregidor de la comunidad.
.
5. El Contratista presentará la reprogramación de sus trabajos en caso que sea aprobada una prórroga justificada del plazo de construcción o cuando el Supervisor lo requiera como consecuencia del atraso en el cumplimiento del cronograma vigente. El nuevo programa de trabajo será aprobado por el Supervisor.
6. Instalación de letreros informativos y señalización. El Contratista instalará y mantendrá un letrero informativo por cada Obra, en el punto donde lo disponga el Supervisor. Estos letreros tendrán las dimensiones y leyenda indicadas por el Supervisor.
7. El Contratista garantizará una señalización adecuada en los diferentes trabajos a realizar, con el objeto de precautelar la seguridad de los trabajadores, prevenir peligros de cualquier naturaleza, particularmente de niños y niñas.
Replanteo de la Obra
1. El Contratista será responsable por el apropiado replanteo de la Obra, con relación a puntos originales, líneas y niveles de referencia proporcionados por el Supervisor en forma escrita. También será responsable por las correcciones de la posición, niveles, dimensiones y lineamientos de todas las partes de la Obra.
2. Si en cualquier momento durante la ejecución de la Obra, apareciera un error en la posición, niveles, dimensiones o lineamientos de cualquier parte de la Obra, el Contratista, de acuerdo a requerimiento del Supervisor, deberá, a su propio costo, rectificar tal error a satisfacción del Supervisor, a menos que tal error esté basado en datos incorrectos provistos por escrito por el Supervisor, en cuyo caso, la rectificación del mismo deberá ser pagada por el Contratante.
Avance de Obra
El Supervisor realizará periódicamente visitas de evaluación del progreso de la Obra, con relación al programa de trabajo vigente. Si el Supervisor observara que el ritmo de avance es demasiado lento y no garantiza su conclusión en el plazo previsto, notificará por escrito esta situación al Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la Obra dentro del plazo vigente.
Planos de obra concluida
Al momento de la Recepción Definitiva, el Contratista deberá entregar al Contratante un juego original de los planos de obra concluida, debidamente aprobados por el Supervisor, en los que estarán incorporadas las modificaciones introducidas durante la ejecución de las Obras. El costo de preparación y entrega de estos planos deberá estar comprendido en el presupuesto del Contratista.
Inspección y control de calidad de la Obra
1. El Supervisor controlará los trabajos del Contratista, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, y notificará a éste acerca de los defectos que encontrare. Dicho control no modificará en forma alguna las obligaciones del Contratista.
2. Es responsabilidad del Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato, por lo que la presencia o ausencia del Supervisor no exonerará al Contratista de sus responsabilidades para la ejecución de la Obra de acuerdo con el Contrato.
Remoción de trabajos defectuosos
1. Toda parte de la Obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos del Contrato, será considerado trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado antes de la recepción definitiva, que sea resultado de mala ejecución, empleo de materiales inadecuados, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido y reemplazado por el Contratista, en forma satisfactoria para el Supervisor
2. Si el Contratista no ejecutara la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción dentro de un plazo establecido por el Supervisor, el Contratante tendrá el derecho de realizar dichos trabajos mediante contrato con terceros o por administración directa. Todos los gastos que demande esta acción del Contratante, serán por cuenta del Contratista y en consecuencia se descontarán de su pago.
3. En cualquier momento, antes de la recepción definitiva de la Obra, el Supervisor podrá instruir al Contratista la búsqueda de las causas xx xxxxxx o defectos no detectados durante la ejecución de la Obra. Una vez determinada la causa, el Contratista procederá a eliminarla y a reconstruir la parte defectuosa.
Recepción provisional
1. Una vez concluida la obra se procederá a la recepción provisional, suscribiéndose un acta, que deberá estar rubricada por el Contratista, el Supervisor, el Fiscal y la organización responsable de las comunidades, en la que se indicará claramente el estado final de la construcción, haciéndose constar todos los trabajos de corrección, reparación o complementación que el contratista debe ejecutar durante el período de prueba.
2. Hasta tanto no se suscriba el acta de recepción definitiva, el Contratista tendrá a su cargo el cuidado de la obras, debiendo tomar las precauciones contra daños y perjuicios que se puedan producir en ella.
3. El período de prueba, tendrá una duración de noventa días calendario.
Recepción definitiva
1. La recepción definitiva de la obra, tendrá lugar a partir de cumplidos los noventa días calendario de la recepción provisional, y estará a cargo de una comisión integrada por el Supervisor, Contratista y representante de la comunidad. Esta comisión realizará una inspección total de la obra y al no existir observaciones, procederá a la redacción del acta de recepción definitiva.
5. LOS POTENCIALES PROPONENTES DEBEN PRESENTAR COMO MÍNIMO:
Para encarar el proyecto mínimamente se debe contar con CUATRO frentes.
N° | DESCRIPCIÓN |
Frente de trabajo 1-2 | LA EMPRESA DEBERA PRESENTAR DOS FRENTES DE TRABAJO EN LA COMUNIDAD DE TIPAKA. |
Frente de trabajo 3 | LA EMPRESA DEBERA PRESENTAR UN FRENTE DE TRABAJO EN LA COMUNIDAD DE ACHUMA. |
Frente de trabajo 4 | LA EMPRESA DEBERA PRESENTAR UN XXXXXX XX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX. |
0. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (POR EMPRESA) Experiencia general: En cualquier tipo de obra ejecutada
Experiencia específica: el conjunto de obras ejecutadas en sistemas xx xxxxx y/o similares y cumplimiento del ANEXO 3
ACLARACIONES ADICIONALES
Se hacer notar a todos los potenciales proponentes que además de presentar los formularios del numeral 17 deben presentar para la apertura de propuestas los siguientes documentos.
1. Experiencia General de la Empresa (Debidamente documentado con fotocopias simples de actas de entrega definitiva y/o provisional) (Formulario A-3).
2. Experiencia Específica de la Empresa, en construcción de obras similares, en cumplimiento del ANEXO 3 (Debidamente documentado con fotocopias simples de actas de entrega definitiva y/o provisional) (Formulario A-4).
3. Curricular vitae y experiencia del Director de Obra y Residente de Obra, en cumplimiento del ANEXO 3 (Debidamente documentado con fotocopias simples, fotocopia simple del título en provisión nacional) (Formulario A-5).
4. Curricular vitae y experiencia del Especialista en obras Hidráulicas, en cumplimiento del ANEXO 3 (Debidamente documentado con fotocopias simples, Fotocopia simple del Título en Provisión Nacional) (Formulario A-6).
5. Curricular vitae y experiencia del Topógrafo (Debidamente documentado con fotocopias simples, Fotocopia simple del Título en Provisión Nacional y/o Título Académico) (Formulario A-6)
Nota: (presentar fotocopia de respaldo si no presenta no suma en la experiencia)
7. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal clave mínimo requerido para la ejecución de obra, es:
La experiencia general y específica de los profesionales será valorada a partir de la emisión del título en provisión nacional (director de obra, residente de obra, topógrafo), debiendo adjuntar fotocopia simple del título en provisión nacional.
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO | ||||
N° | FORMACIÓN | CARGO A DESEMPEÑAR | CARGO SIMILAR (*) | |
N° | CARGO | |||
1 | Ingeniero Civil (Título en provisión Nacional) (RNI) | Director de Obra Con 4 años de experiencia especifica (además de acuerdo al anexo 2 del presente DBC) | 1 | Gerente de Obra en Construcción de Obras Hidráulicas (Cuencas, Sistemas xx Xxxxxx) |
2 | Superintendente en Construcción de Proyectos Hidráulicos | |||
3 | Director de Obra en proyectos Sistemas xx Xxxxxx Director de Obra en proyectos Sistemas xx Xxxxxx | |||
2 | Ingeniero Civil | Residente de Obra | 1 |
(Título en provisión Nacional) (RNI) | permanencia en obra 8 hrs. Diarias durante el periodo de ejecución de Xxxx (Con 4 años de experiencia especifica (además de acuerdo al anexo 2 del presente DBC) | 2 | Fiscal de Obra y/o Supervisión en proyectos Sistemas xx Xxxxxx | |
3 | Residente de Obra en proyectos Sistemas xx Xxxxxx | |||
3 | Técnico Superior | Topógrafo (3 años Especifico) | 1 | Levantamientos Topográficos |
2 | Planimetría | |||
(*) El convocante debe definir como Cargo Similar, actividades y responsabilidades para desarrollar en la obra que se licita. Se debe considerar similar la experiencia en; Fiscalización, Supervisión y Construcción, con relación a la responsabilidad de los cargos que se requieren para la ejecución de la obra. Estos cargos similares permiten acreditar la experiencia específica |
Deberá presentarse de manera obligatoria registro profesional correspondiente de su colegiatura, fotocopia de la cédula de identidad vigente de cada profesional propuesto, con su respectiva pie de firma en la declaración jurada y currículum vitae con respaldos caso contrario la propuesta será sujeta de descalificación.
TRABAJADORES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA (Información que debe ser incluida por la Entidad convocante) | |
Personal Requerido | NÚMERO DE TRABAJADORES |
Personal clave | (Cantidad de profesionales de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior): |
Mano de obra calificada(*) | |
Mano de obra no calificada(*) | |
Otros(*) | |
….. | |
….. | |
….. | |
TOTAL | (Se debe establecer la cantidad total de trabajadores para la ejecución de obra) = = + + + + + ⋯ |
El presente cuadro deberá ser elaborado por la Entidad convocante, en base al personal necesario para la ejecución de obra, a fin de aplicarse el margen de preferencia por generación de empleo. Nota.- (*) Las denominaciones del personal requerido son referenciales pudiendo la Entidad Convocante establecer denominaciones distintas de acuerdo a las características de la obra. |
8. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA
Para la ejecución de la obra, el proponente debe garantizar la disponibilidad de los siguientes equipos, las cuales deberán estar en perfecto estado de funcionamiento:
El equipo mínimo con la que debe conformar la empresa para la ejecución del proyecto son:
PERMANENTE | |||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD |
1 | MEZCLADORA | PZA. | 4 | 250 lts mínimo | |
2 | VIBRADORA 25 MM. | PZA. | 4 | 3 HP | |
3 | COMPACTADORAS MECANICOS SALTARIN | Pza. | 4 | 2 HP | |
4 | TRACTOR ORUGA D7G O SU EQUIVALENTE | Pza. | 1 | ||
5 | VOLQUETA DE 4-6 M3 | PZA | 1 | ||
6 | EQUIPO TOPOGRAFICO | XXX | 0 |
0 | XXXXX XX XXXXXXXXX | PZA | 1 | |||
8 | CAMIONETA 4X4 | PZA. | 1 | |||
DE ACUERDO A REQUERIMIENTO | ||||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD | |
1 | HERRAMIENTAS MENORES de albañilería y plomería. | GLB | 3 | |||
2 | Equipo para estudio de suelo | GLB | 1 | |||
El equipo a requerimiento es aquel necesario para la ejecución de alguna actividad específica; por lo que no se requiere su permanencia y disponibilidad permanente en la obra. | ||||||
Para la firma del contrato el proponente adjudicado, presentará un Certificado de Garantía de operatividad y adecuado rendimiento del | ||||||
equipo y maquinaria ofertado por todo el plazo de construcción de la obra. |
9. VOLÚMENES DE OBRA
Se establecen los siguientes volúmenes de obra, a los cuales los proponentes deberán incluir los precios correspondientes, para la determinación del Presupuesto por Ítem y Presupuesto General:
Nº | Descripción | Und. | Cantidad |
> | M01 - OBRAS XXXXXXXXX | ||
0 | XXXXXXXXXXX XX XXXXXX | glb | 1,00 |
2 | LETRERO DE OBRAS | pza | 1,00 |
3 | PLACA ENTREGA DE OBRAS | pza | 1,00 |
4 | MOVILIZACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO | glb | 1,00 |
5 | SEÑALIZACION VERTICAL PREVENT. INFORM. Y AMBIENTAL | pza | 29,00 |
6 | PROVISION Y COLOCADO DE CONTENEDORES PLASTICOS | pza | 9,00 |
> | M02 - ATAJADOS CON SISTEMA XX XXXXX | ||
7 | REPLANTEO Y CONTROL TOPOGRAFICO | ataj | 20,00 |
8 | EXCAVACION COMUN CON MAQUINARIA | m³ | 2.340,73 |
9 | CONFORMACION DE TERRAPLEN COMPACTADO C/MAQUINARIA | m³ | 2.574,81 |
10 | LIMPIEZA PERFILADO Y COMPACTADO C/MAQUINARIA | m² | 34.130,71 |
11 | EXCAVACION TERRENO COMUN 0-2 M. | m³ | 2.023,68 |
12 | RELLENO Y COMPACTADO MANUAL C/TIERRA COMUN | m³ | 1.159,20 |
13 | CERCO PERIMETRAL ALAMBRE DE PUAS | m | 2.935,00 |
14 | PICADO Y REVOQUE C/MORTERO DE CEMENTO (1:4) | m² | 250,74 |
15 | HORMIGON CICLOPEO 1:2:4 y 50% P.D. | m³ | 15,07 |
16 | IMPERMEABILIZACION CON GEOMEMBRANA HDPE 0.75mm | m² | 37.340,11 |
17 | PROVISION Y COLOCACION FILTRO DE PVC D=3" CRIBADO | pza | 20,00 |
18 | PROVISION Y TENDIDO TUBERIA HDPE 2" | m | 4.830,00 |
19 | CAMARA DE DISTRIBUCION SIMPLE HºCº 40x40cm INC/ACC | pza | 94,00 |
20 | CAMARA DE DISTRIBUCION DOBLE HºCº 60x60cm INC/ACC | pza | 77,00 |
21 | PROV Y COLOCADO ASPERSOR INC/PEDESTAL | pza | 86,00 |
22 | PROV Y COLOCADO BOMBA DE AGUA 2" INC/ACC | pza | 17,00 |
23 | CASETA DE BOMBEO | pza | 17,00 |
24 | PRUEBA HIDRAULICA (HASTA D=4") | m | 6.808,00 |
El presupuesto de la infraestructura deberá realizarse en cualquier paquete computacional correspondiente tomando en cuenta las incidencias correspondientes (formulario B1).
10. ACTA DE VISITA AL LUGAR DE LA OBRA
El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar, establecidos en el presente DBC; en caso de que el proponente no realice dicha inspección se da por entendido que el mismo acepta todas las condiciones del proceso de contratación y las condiciones del contrato.
11. FORMAS DE PAGO
Se cancelara en función cronograma de actividades y avance físico de la obra en los ítems correspondientes.
Los documentos a ser presentados para la cancelación de planillas de avance son los siguientes serán según CHECK LIST de la institución.
El informe se presentará al supervisor de la obra el cual posteriormente remitirá a un técnico del área correspondiente del municipio para que realice el seguimiento, verificación y aprobación para su posterior cancelación.
12. GARANTÍA DE ANTICIPO
Una vez adjudicada la obra, la empresa constructora adjudicada deberá solicitar el 20% de anticipo obligatoriamente y presentar su GARANTIA DE CORRECTA INVERCION DE ANTICIPO.
13. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Una vez adjudicada la obra, la empresa constructora deberá presentar GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO equivalente al 7 %.
14. ROTULO
Código Único de Contratación Estatal | ||
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE YOTALA LUGAR DE ENTREGA DE LA PROPUESTA: SECRETARIA DEL GAM YOTALA RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PROPONENTE:…………………………………………………………………………. (indicar si es una empresa comercial o asociación accidental u otro tipo de empresa) LICITACION PUBLICA LP CÓDIGO INTERNO: PROYECTO: SEGUNDA CONVOCATORIA No abrir antes de horas …………………del día ……………… de de 2019 |
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA:
(Información que debe ser incluida por la entidad convocante)
HITOS VERIFICABLES (Información que debe ser incluida por la entidad convocante) | |||||||||
HITOS | PLAZO | DE | EJECUCIÓN HITOS | DE | LOS | MONTO | DEL | HITO | DESCRIPCIÓN |
HITO 1 | : | ó | 1 | : | 1 | ||||
HITO 2 | : | ó | 2 | : | 2 | ||||
HITO 3 | : | ó | 3 | : | 3 | ||||
El presente cuadro deberá ser elaborado por la Entidad convocante, en base a la definición de Hito Verificable del Glosario de Términos (Sección VII) del presente DBC, a fin de aplicarse la Cláusula Trigésima Segunda (Morosidad y Penalidades) del modelo de contrato.
Los plazos y montos de los Hitos establecidos en el presente cuadro son solo una referencia establecida por la Entidad Convocante, aspecto que tomará en cuenta el proponente al momento de elaborar su propuesta.
Para el control del plazo de la ejecución de los hitos y para el cálculo de multas, deberá tomarse la información establecida en la propuesta adjudicada.
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal clave mínimo requerido para la ejecución de obra, es:
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO | ||||
N° | FORMACIÓN | CARGO A DESEMPEÑAR | CARGO SIMILAR (*) | |
N° | CARGO | |||
1 | 1 | |||
2 | ||||
… | ||||
n | ||||
2 | 1 | |||
2 | ||||
… | ||||
n | ||||
… | ||||
N | 1 | |||
2 | ||||
… | ||||
n | ||||
(*) El convocante debe definir como Cargo Similar, actividades y responsabilidades para desarrollar en la obra que se licita. Se debe considerar similar la experiencia en; Fiscalización, Supervisión y Construcción, con relación a la responsabilidad de los cargos que se requieren para la ejecución de la obra. Estos cargos similares permiten acreditar la experiencia específica. |
TRABAJADORES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA (Información que debe ser incluida por la Entidad convocante) | |
Personal Requerido | NÚMERO DE TRABAJADORES |
Personal clave | (Cantidad de profesionales de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior): |
Mano de obra calificada(*) | |
Mano de obra no calificada(*) | |
Otros(*) | |
….. | |
….. | |
….. | |
TOTAL | (Se debe establecer la cantidad total de trabajadores para la ejecución de obra) = = + + + + + ⋯ |
El presente cuadro deberá ser elaborado por la Entidad convocante, en base al personal necesario para la ejecución de obra, a fin de aplicarse el margen de preferencia por generación de empleo. Nota.- (*) Las denominaciones del personal requerido son referenciales pudiendo la Entidad Convocante establecer denominaciones distintas de acuerdo a las características de la obra. |
40. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA
Para la ejecución de la obra, el proponente debe garantizar la disponibilidad de los siguientes equipos:
PERMANENTE | |||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD |
1 | |||||
… | |||||
N | |||||
DE ACUERDO A REQUERIMIENTO | |||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD |
1 | |||||
… | |||||
N | |||||
El equipo a requerimiento es aquel necesario para la ejecución de alguna actividad específica; por lo que no se requiere su permanencia y disponibilidad permanente en la obra. Para la firma del contrato el proponente adjudicado, presentará un Certificado de Garantía de operatividad y adecuado rendimiento del equipo y maquinaria ofertado por todo el plazo de construcción de la obra. |
41. VOLÚMENES DE OBRA
Se establecen los siguientes volúmenes de obra, a los cuales los proponentes deberán incluir los precios correspondientes, para la determinación del Presupuesto por Ítem y Presupuesto General:
Ítem Descripción Unidad Cantidad | |||
1 | |||
2 | |||
.. | |||
4 | |||
5 | |||
… | |||
N |
PARTE III ANEXO 1
MODELO DE CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN EN MEDIOS DE PRENSA
Instrucciones:
1. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo V del Artículo N° 49 del D.S. N° 0181, la publicación en medios de prensa es opcional.
2. Este anexo deberá ser eliminado del DBC antes de su publicación en el SICOES.
{NOMBRE DE LA ENTIDAD CONVOCANTE} (LICITACIÓN PÚBLICA N° ) (CONVOCATORIA NACIONAL/INTERNACIONAL – INDICAR EL NÚMERO DE LA CONVOCATORIA) | Espacio destinado a la Identificación de la Entidad | ||
Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES, de acuerdo a la siguiente información: | |||
Objeto de la contratación | : | ||
CUCE | : | ||
Tipo de convocatoria | : | (Indicar si es Convocatoria Nacional o Internacional) | |
Forma de adjudicación | : | (Indicar si es por el Total, Tramos o Paquetes] | |
Método de Selección y Adjudicación | : | (Indicar si es de Calidad, Propuesta Técnica y Costo; Calidad o Precio Evaluado más Bajo) | |
Precio Referencial | : | (Indicar el precio referencia por el total y cuando corresponda por tramos o paquetes) | |
Encargado de atender consultas | : | ||
Teléfono | : | ||
Fax | : | ||
Correo Electrónico para consultas | : | ||
Presentación de Propuestas | : | (Indicar fecha, hora y dirección) | |
Acto de Apertura de Propuestas (Fecha, Hora y Dirección) | : | (Indicar fecha, hora y dirección) |
ANEXO 2
TABLA DE VALORACIÓN DE EXPERIENCIA PARA OBRAS CON PLAZO DE EJECUCIÓN MENOR A TRES AÑOS
EXPERIENCIA REQUERIDA | LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL | LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL |
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (Monto respecto al Valor de la Propuesta) | ||
Formulario A-3 Experiencia General | Una Vez | Dos veces |
Formulario A-4 Experiencia Específica | 0.5 veces | Una vez |
EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | ||
Formulario Hoja de Vida, del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de Obra (Formulario A-5) (Monto respecto al Valor de la Propuesta) | ||
Experiencia General | Una vez | Dos veces |
Experiencia Especifica | 0.5 veces | Una vez |
Formulario Hoja de Vida del (os) Especialista(s) Asignado(s), (Formulario A-6). | ||
Experiencia General | Tres años | Cinco años |
Experiencia Específica | Dos años | Tres años |
Nota: El personal clave deberá tener formación académica acreditada en el ramo que requiera la entidad convocante.
TABLA DE VALORACIÓN DE EXPERIENCIA PARA OBRAS CON PLAZO DE EJECUCIÓN MAYOR O IGUAL A TRES AÑOS
EXPERIENCIA REQUERIDA | LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL | LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL |
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (Monto respecto al Valor de la Propuesta) | ||
Formulario A-3 Experiencia General | Una Vez | Dos veces |
Formulario A-4 Experiencia Específica | 0.5 veces | Una vez |
EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | ||
Formulario Hoja de Vida del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de Obra (Formulario A-5) (Monto respecto al Valor de la Propuesta) | ||
Experiencia General | Una vez | Dos veces |
Experiencia Especifica | 0.5 veces | Una vez |
Formulario Hoja de Vida de l(os) Especialista(s) Asignado(s), (Formulario A-6). | ||
Experiencia General | Cinco años | Siete años |
Experiencia Específica | Tres años | Cinco años |
Nota: El personal clave deberá tener formación académica acreditada en el ramo que requiera la entidad convocante.
ANEXO 3 OBRAS SIMILARES
a. Obras Viales. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura.
• Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
• Túneles, puentes y viaductos comprendidos en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
• Construcciones aeroportuarias, portuarias y ferroviarias.
• Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo.
• Muros de contención, obras de drenaje y de arte, comprendidas en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
b. Obras Viales Urbanas. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Enlosetados
• Empedrados
• Adoquinados
• Cunetas, aceras y cordones
• Pavimentos rígidos y flexibles en vías urbanas.
c. Obras de Saneamiento Básico y Riego. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Redes de agua potable
• Redes de alcantarillado sanitario y pluvial
• Obras civiles para redes en general
• Plantas de tratamiento
• Obras xx xxxxx, y micro riego
• Drenaje fluvial cerrado o abierto
• Rellenos sanitarios
d. Obras Hidráulicas. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Diques, presas y represas
• Túneles de trasbase
• Canales
• Embovedados
• Regulación xx xxxx
• Puertos fluviales
• Mantenimiento y reparación de obras hidráulicas
• Defensivos
e. Edificaciones. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Edificios
• Hospitales
• Centros de salud
• Centros educativos
• Centros sociales y comerciales
• Instalaciones deportivas y recreativas
• Terminales
• Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares
• Galpones y hangares
• Remodelaciones y restauraciones
f. Instalación de redes de gas.
g. Obras especiales. Se consideran similares a todas las siguientes obras:
• Montaje de Sub-estaciones
• Tendido de líneas eléctricas
• Tendido de ductos y poliductos
• Tendido de líneas telefónicas
• Puentes y Viaductos.
• Túneles.- Independiente del tipo de revestimiento
• Perforación xx xxxxx.
Nota: Cada entidad pública podrá complementar o mejorar el presente Anexo de acuerdo a su criterio técnico.
ANEXO 4
FORMULARIOS DE DECLARACIONES JURADAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Documentos Legales y Administrativos
Formulario A-1 Presentación de Propuesta.
Formulario A-2a Identificación del Proponente para Empresas.
Formulario A-2b Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales. Formulario A-2c Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental.
Documentos de la Propuesta Económica
Formulario B-1 Presupuesto por Ítems y General de la Obra Formulario B-2 Análisis de Precios Unitarios
Formulario B-3 Precios Unitarios Elementales Formulario B-4 Costo de Trabajo de los Equipos Formulario B-5 Cronograma de Desembolsos
Documento de la Propuesta Técnica
Formulario A-3 Formulario de Experiencia General de la Empresa. Formulario A-4 Formulario de Experiencia Específica de la Empresa.
Formulario A-5 Formulario Hoja de Vida del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de la Obra.
Formulario A-6 Formulario Hoja de Vida del (os) Especialista(s) Asignado(s), (Formulario A-6). Formulario A-7 Formulario de Equipo Mínimo Comprometido para la Obra.
Formulario A-8 Formulario de Cronograma de Ejecución de Obra. Formulario A-9 Formulario de Cronograma de Movilización de Equipo. Formulario A-10 Formulario de Empleos Adicionales Generados.
Formulario C-1 Metodología de Trabajo. Formulario C-2 Condiciones Adicionales.
FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Empresas o Asociaciones Accidentales)
1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN |
CUCE: - - - - - SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: |
2. MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA |
(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la provisión de obra y el plazo de validez de su propuesta) (Para procesos por tramos o paquetes, se debe detallar los precios de cada tramo o paquete al que se presente el proponente y el plazo de validez de su propuesta) |
DESCRIPCIÓN |
MONTO NUMERAL (Bs.) |
MONTO LITERAL |
PLAZO DE VALIDEZ (en días calendario) |
A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento conforme con los siguientes puntos:
I. De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Xxxxxxx, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación
d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
h) Me comprometo a denunciar, posibles actos de corrupción en el presente proceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia.
i) Acepto a sola firma de este documento que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto el Formulario A-5 y Formulario A-6, los cuales deben estar firmados por los profesionales propuestos.
j) Declaro que el personal clave propuesto en el Formulario A-5 y Formulario A-6 se encuentra inscrito en los Registros que prevé la normativa vigente (cuando corresponda) y que éste no está considerado como personal clave en propuestas de otras empresas dentro de este proceso de contratación.
II. De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, me comprometo a presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los incisos a), d), i), j), l), m) y o).
a) Certificado XXXX que respalde la información declarada en la propuesta.
b) Documento de constitución de la empresa.
c) Matrícula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
d) Poder General amplio y suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, ésta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas Empresas Unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
e) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) válido y activo.
f) Declaración Jurada del Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, excepto las empresas de reciente creación.
g) Certificado de Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado (CGE).
h) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
i) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; emitida a nombre de la entidad convocante.
j) Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras, conforme lo establecido en el inciso c), del Artículo 21 de las NB-SABS.
k) Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica de la Empresa.
l) Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica del Personal Clave.
m) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
n) Certificado de Inscripción, en el Registro de Empresas Constructoras, emitido por la entidad competente (excepto para contrataciones de obras hasta Bs8.000.000.- (Ocho millones 00/100 Bolivianos).
o) (La entidad contratante deberá especificar la documentación requerida en las especificaciones técnicas y/o condiciones técnicas, o caso contrario suprimir el inciso).
(Firma del propietario o representante legal del proponente) (Nombre completo)
FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE |
Nombre del proponente o Razón Social Proponente (Debe Señalar: Empresa Nacional, Empresa Extranjera o Asociación Civil Sin Fines De Lucro) País Ciudad Dirección Domicilio Principal Teléfono Número de Identificación Tributaria Fecha de Registro Número de Matricula Día Mes Año Matrícula de Comercio |
2. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL (Cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal no será necesario el llenado de la información del numeral 2 del presente formulario). |
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Nombre del Representante Legal Número de Cédula de Identidad del Representante Legal Número de Testimonio Lugar de Emisión Fecha de Registro Día Mes Año Poder del Representante Legal Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. Declaro que el poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio. (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia y cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). |
3. MARGEN DE PREFERENCIA |
Solicito la aplicación del siguiente margen de preferencia para Por empresa nacional el proceso de contratación, conforme lo previsto en el parágrafo II del Artículo 30 de las NB-SABS (El proponente solo deberá marcar una de las opciones, el no marcado de Por Generación de Empleo. (En el caso de adjudicación por tramos la casilla se entenderá como la no solicitud de ningún margen de o paquetes deberá establecer en el Formulario A-10 para que tramos o preferencia) paquetes se solicita el margen de preferencia) |
4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES |
Solicito que las notificaciones me sean Fax remitidas vía: Correo Electrónico |
En caso de Asociaciones Civiles sin Fines de Xxxxx deberá llenar los datos que corresponda según su naturaleza institucional.
FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL |
Denominación de la Asociación Accidental % de Nombre del Asociado Participación
Asociados
Fecha de Inscripción Número de Testimonio Lugar Día Mes Año Testimonio de contrato Nombre de la Empresa Líder |
2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LÍDER |
País Ciudad Dirección Principal Teléfonos Fax Correo Electrónico |
3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL |
Nombre del Apellido Paterno Apellido Materno Nombres Representante Legal Cédula de Identidad Teléfono Fax Poder del Número de Testimonio Lugar Fecha de Inscripción Representante Legal Día Mes Año Dirección del Representante Legal Correo Electrónico Declaro en calidad de Representante Legal de la Asociación Accidental contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. |
4. MARGEN DE PREFERENCIA |
Solicito la aplicación del siguiente margen de preferencia para el Por empresa nacional proceso de contratación, conforme lo previsto en el parágrafo II del Artículo 30 de las NB-SABS Por Generación de Empleo. (En el caso de adjudicación por tramos (El proponente solo deberá marcar una de las opciones, el no marcado de la o paquetes deberá establecer en el Formulario A-10 para que tramos o casilla se entenderá como la no solicitud de ningún margen de preferencia) paquetes se solicita el margen de preferencia) |
5. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES |
Solicito que las notificaciones me sean Fax remitidas vía Correo Electrónico |
FORMULARIO A-2c
IDENTIFICACIÓN DE INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE |
Nombre del proponente o Razón Social Número de Identificación Fecha de Registro Tributaria –NIT Número de Matrícula de Comercio Día Mes Año |
2. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL (cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal no será necesario el llenado de la información del numeral 2 del presente formulario). |
Nombre del Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Representante Legal Cédula de Identidad del Número Representante Legal Fecha de Inscripción Poder del Número de Testimonio Lugar de emisión Día Mes Año Representante Legal |
En caso de Asociaciones Civiles sin Fines de Xxxxx deberá llenar los datos que corresponda según su naturaleza institucional.
FORMULARIO A-3 EXPERIENCIA GENERAL DE LA EMPRESA
[NOMBRE DELA EMPRESA] | |||||||||
N° | Nombre del Contratante / Persona y Dirección de Contacto | Objeto del Contrato (Obras en General) | Ubicación de la Obra | Monto final del contrato en Bs. | Período de ejecución (Fecha de inicio y finalización) | Monto en $u$ (Llenado de uso alternativo) | % participación en Asociación (*) | Nombre del Socio(s) (**) | Profesional Responsable (***) |
1 | |||||||||
2 | |||||||||
3 | |||||||||
4 | |||||||||
5 | |||||||||
… | |||||||||
N | |||||||||
TOTAL FACTURADO EN DÓLARES AMERICANOS (Llenado de uso alternativo) | |||||||||
TOTAL FACTURADO EN BOLIVIANOS (****) | |||||||||
* Cuando la empresa cuente con experiencia asociada, solo se debe consignar el monto correspondiente a su participación. ** Si el contrato lo ejecutó asociado, indicar en esta casilla el nombre del o los socios. *** Indicar el nombre del Profesional Responsable, que desempeñó el cargo de Superintendente/ Residente o Director de Obras o su equivalente. Se puede nombrar a más de un profesional, si así correspondiese. **** El monto en bolivianos no necesariamente debe coincidir con el monto en Dólares Americanos. NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar el certificado, Acta de Recepción Definitiva u otro documento que acredite su experiencia en cada una de las obras detalladas, en original o fotocopia legalizada emitida por el contratante. |
FORMULARIO A-4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE LA EMPRESA
[NOMBRE DE LA EMPRESA] | |||||||||
N° | Nombre del Contratante / Persona y Dirección de Contacto | Objeto del Contrato (Obra similar) | Ubicación | Monto final del contrato en Bs. (*) | Período de ejecución (Fecha de inicio y finalización) | Monto en $u$ (Llenado de uso alternativo) | % participación en Asociación (**) | Nombre del Socio(s) (***) | Profesional Responsable (****) |
1 | |||||||||
2 | |||||||||
3 | |||||||||
4 | |||||||||
5 | |||||||||
… | |||||||||
N | |||||||||
TOTAL FACTURADO EN DÓLARES AMERICANOS (Llenado de uso alternativo) | |||||||||
TOTAL FACTURADO EN BOLIVIANOS (*****) | |||||||||
* Monto a la fecha de Recepción Final de la Obra. ** Cuando la empresa cuente con experiencia asociada, solo se debe consignar el monto correspondiente a su participación. *** Si el contrato lo ejecutó asociado, indicar en esta casilla el nombre del o los socios. **** Indicar el nombre del Profesional Responsable, que desempeñó el cargo de Superintendente/ Residente o Director de Obras o su equivalente. Se puede nombrar a más de un profesional, si así correspondiese. ***** El monto en bolivianos no necesariamente debe coincidir con el monto en Dólares Americanos. NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar el certificado, Acta de Recepción Definitiva u otro documento que acredite su experiencia en cada una de las obras detalladas, en original o fotocopia legalizada emitida por el contratante. |
FORMULARIO A-5
HOJA DE VIDA DEL GERENTE, SUPERINTENDENTE, DIRECTOR DE OBRA O RESIDENTE DE
OBRA (lo que corresponda)
DATOS GENERALES | |||||||
Paterno Materno Nombre(s) Nombre Completo: Número Lugar de Expedición Cédula de Identidad: Edad: Nacionalidad: Profesión: Número de Registro Profesional: | |||||||
EXPERIENCIA GENERAL | |||||||
N° | EMPRESA / ENTIDAD | OBJETO DE LA OBRA | MONTO DE LA OBRA (Bs.) | CARGO | FECHA (Día/Mes/Año) | ||
DESDE | HASTA | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | |||||||
N° | EMPRESA / ENTIDAD | OBJETO DE LA OBRA (Criterio de Obra Similar) | MONTO DE LA OBRA (Bs.) | CARGO | FECHA (Día/Mes/Año) | ||
DESDE | HASTA | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
DECLARACIÓN JURADA | |||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo en la Obra], únicamente con la empresa [Nombre de la empresa], en caso que dicha empresa suscriba el contrato para la construcción de [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma español. El Representante Legal de la empresa proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación y rechazo de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | |||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de trabajo de cada una de las obras detalladas, en original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante. |
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-6
HOJA DE VIDA DEL (LOS) ESPECIALISTA(S) ASIGNADO(S)
(Llenar un formulario por cada especialista propuesto, cuando corresponda)
DATOS GENERALES | |||||||
Paterno Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de Expedición Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional : | |||||||
FORMACIÓN ACADÉMICA | |||||||
UNIVERSIDAD / INSTITUCIÓN | GRADO ACADÉMICO | ||||||
EXPERIENCIA GENERAL | |||||||
N° | EMPRESA / ENTIDAD | OBJETO DE LA OBRA | MONTO DE LA OBRA (Bs.) | CARGO | FECHA (Día/Mes/Año) | ||
DESDE | HASTA | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | |||||||
N° | EMPRESA / ENTIDAD | OBJETO DE LA OBRA (Obra Similar) | MONTO DE LA OBRA (Bs.) | CARGO | FECHA (Día/Mes/Año) | ||
DESDE | HASTA | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
DECLARACIÓN JURADA | |||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo en la Obra], únicamente con la empresa [Nombre de la empresa], en caso que dicha empresa suscriba el contrato para la construcción de [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma español. El Representante Legal de la empresa proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación y rechazo de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | |||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de trabajo de cada una de las obras detalladas, en original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante. |
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-7
EQUIPO MÍNIMO COMPROMETIDO PARA LA OBRA
PERMANENTE | |||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
… | |||||
N | |||||
DE ACUERDO A REQUERIMIENTO | |||||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | POTENCIA | CAPACIDAD |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
… | |||||
N | |||||
(La entidad podrá adicionar una o más columnas, si se requieren otro tipo de características técnicas.) En caso de adjudicación el proponente adjudicado presentará certificados de garantía de operatividad y adecuado rendimiento del equipo y maquinaria ofertado, firmado por el Representante Legal y un profesional del área. |
FORMULARIO A-8 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El proponente deberá presentar un cronograma xx xxxxxx Xxxxx o similar.
N° | NOMBRE DE LA ACTIVIDAD | DURACIÓN (DÍAS) | DIAGRAMA XX XXXXXX (DÍAS, SEMANAS O MESES) (*) |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
.. | |||
k | |||
PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN: | |||
El cronograma debe ser elaborado utilizando MS Project o similar y debe señalar de manera clara la Ruta Crítica de la obra (**) La entidad convocante podrá establecer la escala temporal o en su defecto el proponente adoptará la más conveniente. |
FORMULARIO A-9 CRONOGRAMA DE MOVILIZACIÓN DE EQUIPO
El proponente deberá presentar un cronograma xx xxxxxx Xxxxx o similar, el cual debe ser coherente con el cronograma de ejecución de la obra
N° | NOMBRE DE LA ACTIVIDAD Y EQUIPO A REQUERIMIENTO | DURACIÓN (DÍAS) | DIAGRAMA XX XXXXXX (DÍAS, SEMANAS O MESES) (*) |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
.. | |||
N | |||
El cronograma debe ser elaborado utilizando MS Project o similar. (*) La entidad convocante podrá establecer la escala temporal o en su defecto el proponente adoptará la más conveniente. |
FORMULARIO A-10
FORMULARIO DE EMPLEOS ADICIONALES GENERADOS
El proponente que solicite el margen de preferencia por generación de empleo deberá presentar el presente formulario, estableciendo los empleos adicionales generados (adicionales a los establecidos por la entidad convocante en el cuadro (Trabajadores Necesarios para la Ejecución de Obra) del numeral
38 DEL PRESENTE DBC), los salarios y/o sueldos a pagar, el tiempo de trabajo; asimismo, deberá establecer en el Cronograma de Ejecución de Obra, en qué actividades se incluirá al personal adicional propuesto.
CUADRO DE GENERACIÓN DE EMPLEOS ADICIONALES | ||||
∗ | Actividad en la que se incluye al personal adicional | |||
1 | ∗ | |||
2 | ∗ | |||
3 | ∗ | |||
. | ||||
∗ | ||||
Monto total por generación = ∗ adicional de empleo |
=
(
− é
Donde:
= − é )
ℎ
= 1,2, … , ( ú
=
∗ =
( )
ó
)
∗ + ∗ + ∗ + ⋯ + ∗
Si el monto de la propuesta económica es el margen de preferencia solicitado por generación de empleo será:
∗
= ∗ 100=
Si el resultado superará el 5%, entonces: = 5%
(En este recuadro el proponente deberá establecer numéricamente el margen solicitado)
En el siguiente cuadro el proponente deberá establecer el margen de preferencia, redondeando el mismo con dos decimales. (Así por ejemplo si el = 2,7584% deberá redondear a 2,76)
Xxxxxx de preferencia solicitado por creación de empleos
El contratista que incumpla con la generación de empleo establecido en el presente formulario, será pasible a las multas de acuerdo con lo establecido en la cláusula trigésima segunda del modelo de contrato.
FORMULARIO X-0
XXXXXXXXXXX XXX XXXXX X XXXXXXX XX XX XXXX
(Xx Xxxxxxxxxx)
Ítem | Descripción | Unidad | Cantidad | Precio Unitario (Numeral) | Precio Unitario (Literal) | Precio Total (Numeral) |
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
PRECIO TOTAL (Numeral) | ||||||
PRECIO TOTAL (Literal) | ||||||
(La entidad podrá adicionar una columna, si se requieren otro tipo de características técnicas.) NOTA.- La empresa proponente declara de forma expresa que el presente Formulario contiene los mismos precios unitarios que los señalados en el Formulario B-2. |
FORMULARIO B-2 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
DATOS GENERALES | ||||||
Proyecto : Actividad : Cantidad : Unidad : Moneda : | ||||||
1. MATERIALES | ||||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | ||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
TOTAL MATERIALES | ||||||
2. MANO DE OBRA | ||||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | ||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
SUBTOTAL MANO DE OBRA | ||||||
CARGAS SOCIALES = (% DEL SUBTOTAL DE MANO DE OBRA) | ||||||
IMPUESTOS IVA MANO DE OBRA = (% DE SUMA DE SUBTOTAL DE MANO DE OBRA + CARGAS SOCIALES) | ||||||
TOTAL MANO DE OBRA | ||||||
3. EQUIPO, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS | ||||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | ||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
* | HERRAMIENTAS = (% DEL TOTAL DE MANO DE OBRA) | |||||
TOTAL EQUIPO, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS | ||||||
4. GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS | ||||||
COSTO TOTAL | ||||||
* | GASTOS GENERALES = % DE 1 + 2 + 3 | |||||
TOTAL GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS | ||||||
5. UTILIDAD | ||||||
COSTO TOTAL | ||||||
* | UTILIDAD = % DE 1 + 2 + 3 + 4 | |||||
TOTAL UTILIDAD | ||||||
6. IMPUESTOS | ||||||
COSTO TOTAL | ||||||
* | IMPUESTOS IT = % DE 1 + 2 + 3 + 4 + 5 | |||||
TOTAL IMPUESTOS | ||||||
TOTAL PRECIO UNITARIO (1 + 2 + 3 + 4 + 5 + 6) | ||||||
TOTAL PRECIO UNITARIO ADOPTADO (Con dos (2) decimales) | ||||||
(*) El proponente deberán señalar los porcentajes pertinentes a cada rubro NOTA.- El Proponente declara que el presente Formulario ha sido llenado de acuerdo con las especificaciones técnicas, aplicando las leyes sociales y tributarias vigentes, y es consistente con el Formulario B-3. |
FORMULARIO B-3 PRECIOS UNITARIOS ELEMENTALES
1. MATERIALES | |||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | PRECIO UNITARIO |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
… | |||
N | |||
2. | MANO DE OBRA | ||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | PRECIO UNITARIO |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
… | |||
N | |||
3. | MAQUINARIA Y EQUIPO (*) | ||
N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | PRECIO UNITARIO |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
… | |||
N | |||
(*) Solo del equipo y maquinaria consignado en los análisis de precios unitarios, de acuerdo con el valor indicado en el Formulario B-4. El presente Formulario es una declaración jurada que asegura que lo señalado en cada rubro como Costo Directo (Sin que este afectado por alguna incidencia), corresponde a los Análisis de Precios Unitarios desarrollados en los Formularios B-2. (Cuando el objeto de la contratación así lo requiera se podrá solicitar a los proponentes la presentación del Formulario B- 4) |
FORMULARIO B-4
COSTO DE TRABAJO DE LOS EQUIPOS
(Cuando corresponda)
(En caso de no requerirse esta información, la Entidad convocante deberá suprimir este formulario antes de la publicación del DBC)
N° | Descripción | Potencia | Básico $/Unidad | Reparación Repuestos $/Unidad | Combustible Lubricantes $/Unidad | Otros $/Unidad | TOTAL (*) |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
(*) El valor total debe ser el mismo que el señalado en el Formulario B-2, referido a cada maquinaria o equipo. El costo total refleja el costo total por hora de cada equipo. Todas las incidencias deben ser calculadas con relación a una hora de trabajo. |
FORMULARIO B-5 CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS
N° | Descripción | Mes / Semana | Parcial | Total |
1 | Anticipo | |||
2 | Primer Desembolso | |||
3 | Segundo Desembolso | |||
… | ||||
N | Último Desembolso |
FORMULARIO C-1 METODOLOGÍA DE TRABAJO
Deberá contener:
a) Organigrama o detalle del personal clave para la ejecución de la obra, el cual no solamente incluirá al personal clave.
b) Métodos constructivos, detallando las técnicas constructivas a utilizar para la ejecución de la obra, según el tipo de obra.
c) Número de frentes de trabajo a utilizar, describiendo la forma de encarar la ejecución de la obra y el personal a utilizar por frente de trabajo.
d) Otros que la Entidad convocante considere necesario.
FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) | Para ser llenado por el proponente al momento de presentar la propuesta | ||
# | Condiciones Adicionales Solicitadas (*) | Puntaje asignado (definir puntaje) | Condiciones Adicionales Propuestas (***) |
1 | EXPERIENCIA GENERAL DE LA EMPRESA CUYO MONTO RESPECTO AL VALOR DE LA PROPUESTA FUE (presentar fotocopia de respaldo si no presenta no suma en la experiencia) : Mayor o Igual a 3 veces ……10 puntos Igual o mayor a 1 ves 7 puntos | 10 | |
2 | EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE LA EMPRESA CUYO MONTO RESPECTO AL VALOR DE LA PROPUESTA FUE (presentar fotocopia de respaldo si no presenta no suma en la experiencia): Igual o mayor a 1 ves 10 puntos Igual o mayor a 0.5 veces … 7 puntos | 10 | |
3 | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL DIRECTOR DE OBRA EN AÑOS DE EXPERIENCIA Y ADICIONALMENTE DEBE CUMPLIR LA TABLA DEL ANEXO II: (presentar fotocopia de respaldo si no presenta no suma en la experiencia) Igual o mayor a 4 años ……8 puntos Igual o mayor a 3 años ……5 puntos | 8 | |
4 | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESIDENTE DE OBRA EN AÑOS DE EXPERIENCIA Y ADICIONALMENTE DEBE CUMPLIR LA TABLA DEL ANEXO II:) (presentar fotocopia de xxxxxxxx si no presenta no suma en la experiencia) Igual o mayor a 4 años …….7 puntos Igual o mayor a 3 años 5 puntos | 7 | |
5 | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL TOPOGRAFO: (presentar fotocopia de respaldo si no presenta no suma en la experiencia) Igual o mayor a 3 Años …….5 puntos Igual o mayor a 2 Años 3 puntos | 5 | |
7 | Propuesta Técnica Muy Bien 10 puntos Bien 6 puntos Regular… 1 puntos | 10 | |
TOTAL PUNTAJE | 50 PUNTOS (**) |
Nota: En caso que la contratación se efectué por tramos o paquetes, se deberá repetir el cuadro para cada tramo o paquete.
(*) Se deberá describir los criterios, rangos o parámetros que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia de la empresa, condiciones adicionales o mejoras a las especificaciones técnicas para la ejecución de obra, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
(**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 50 puntos.
(***) El proponente debe identificar únicamente las condiciones adicionales incorporadas en su propuesta técnica; asimismo, podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad de la ejecución de obra, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido la obra.
ANEXO 5
FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR (EMPRESAS)
FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR (ASOCIACIONES ACCIDENTALES) FORMULARIO V-2 VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA FORMULARIO V-4 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA FORMULARIO V-5 RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Empresas)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||
CUCE: - - - - - Objeto de la contratación: Nombre del Proponente: Propuesta Económica: Número de Páginas de la Propuesta: | |||||
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||
PRESENTÓ | Página N° | ||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS | |||||
1. Formulario A-1 Presentación de Propuesta. | |||||
2. Formulario A-2a Identificación del proponente 3. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||
4. Formulario C-1 (Metodología de Trabajo) Debe incluir: Organigrama Métodos constructivos Número de frentes a utilizar Otros (señalar) | |||||
5. Formulario A-3 Experiencia General de la Empresa | |||||
6. Formulario A-4 Experiencia Específica de la Empresa | |||||
7. Formulario A-5 Hoja de Vida, del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de la Obra. | |||||
8. Formulario A-6 Hoja de Vida del(los) Especialista(s) Xxxxxxxx(s), cuando corresponda. | |||||
9. Formulario A-7 Equipo Mínimo Comprometido para la Obra | |||||
10. Formulario A-8 Cronograma de Ejecución de la Obra | |||||
11. Formulario A-9 Cronograma de Movilización de Equipo | |||||
12. Formulario A-10 Formulario de Empleos Adicionales Generados (Cuando el proponente solicite el margen de preferencia por generación de empleo) | |||||
13. Formulario C-2. Condiciones Adicionales (Cuando corresponda) | |||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||
14. Formulario B-1. Presupuesto por Ítems y General de la Obra, debe incluir el detalle de los Volúmenes de Obra (ítem) solicitados | |||||
15. Formulario B-2. Análisis de Precios Unitarios, llenado de acuerdo con las especificaciones técnicas, y cumpliendo las leyes sociales y tributarias | |||||
16. Formulario B-3. Precios unitarios elementales | |||||
17. Formulario B-4. Costo de los Equipos, cuando corresponda | |||||
18. Formulario B-5. Cronograma de Desembolsos |
FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Asociaciones Accidentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||
CUCE: - - - - - Objeto de la contratación: Nombre del Proponente: Propuesta Económica: Número de Páginas de la Propuesta: | |||||
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||
PRESENTÓ | Página N° | ||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS | |||||
1. Formulario A-1 Presentación de Propuesta. | |||||
2. Formulario A-2b Identificación del proponente | |||||
3. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||
4. Formulario C-1 Metodología de Trabajo: Debe incluir: Organigrama Métodos constructivos Número de frentes a utilizar Otros (señalar) | |||||
5. Formulario A-5 Hoja de Vida, del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de la Obra. | |||||
6. Formulario A-6 Hoja de Vida del(los) Especialista(s) Xxxxxxxx(s), cuando corresponda. | |||||
7. Formulario A-7 Equipo Mínimo Comprometido para la Obra | |||||
8. Formulario A-8 Cronograma de Ejecución de la Obra | |||||
9. Formulario A-9 Cronograma de Movilización de Equipo | |||||
10. Formulario A-10 Formulario de Empleos Adicionales Generados (Cuando el proponente solicite el margen de preferencia por generación de empleo) | |||||
11. Formulario C-2. Condiciones Adicionales (Cuando corresponda) | |||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||
12. Formulario B-1. Presupuesto por Ítems y General de la Obra, debe incluir el detalle de los Volúmenes de Obra (ítem) solicitados | |||||
13. Formulario B-2. Análisis de Precios Unitarios, llenado de acuerdo con las especificaciones técnicas, y cumpliendo las leyes sociales y tributarias | |||||
14. Formulario B-3. Precios unitarios elementales | |||||
15. Formulario B-4. Costo de los equipos, cuando corresponda | |||||
16. Formulario B-5. Cronograma de Desembolsos | |||||
Además cada socio en forma independiente presentará: | |||||
17. Formulario A-2c Formulario de Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental | |||||
18. Formulario A-3 Experiencia General de la Empresa (Forma parte de la Propuesta Técnica) | |||||
19. Formulario A-4 Experiencia Específica de la Empresa (Forma parte de la Propuesta Técnica) |
FORMULARIO V-2
VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
DATOS DEL PROCESO | |||
CUCE - - - - - Objeto de la Contratación Fecha y lugar del Acto de Día Mes Año Dirección Apertura | |||
N° | NOMBRE DEL PROPONENTE | VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA (Numeral y Literal) | OBSERVACIONES |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
… | |||
N | |||
El presente Formulario será suscrito por los presentes que así lo deseen en el Acto de Apertura de Propuestas. |
Documento Base de Contratación para Contratación de Obras – Licitación Pública
FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
DATOS DEL PROCESO | |||||
CUCE - - - - - Objeto de la Contratación Fecha y lugar del Acto de Día Mes Año Dirección Apertura | |||||
N° | NOMBRE DEL PROPONENTE | VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA | MONTO AJUSTADO POR REVISIÓN ARITMÉTICA | FACTOR DE AJUSTE POR MARGEN DE PREFERENCIA | PRECIO AJUSTADO |
(*) | = ∗ | ||||
(a) | (b) | (c) | (b)x(c) | ||
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
5 | |||||
… | |||||
N |
(*) En caso de no evidenciarse errores aritméticos el monto leído de la propuesta ( ) debe trasladarse a la casilla Monto Ajustado por Revisión Aritmética ( )
64
FORMULARIO V-4 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
PROPUESTA TÉCNICA EN BASE A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | PROPONENTES | ||||||||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | ||||||
CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | ||
Formulario C-1 | Organigrama | ||||||||
Métodos constructivos | |||||||||
Número de frentes a utilizar | |||||||||
(Otros señalar) | |||||||||
Experiencia General de la Empresa (Formulario A-3) | |||||||||
Experiencia Específica de la Empresa (Formulario A-4) | |||||||||
Hoja de Vida del Gerente, Superintendente, Director de Obra o Residente de la Obra. (Formulario A-5) | |||||||||
Hoja de Vida del (los) Especialista(s) Asignado(s), (Formulario A-6) | |||||||||
Xxxxxx Xxxxxx comprometido para la Obra (Formulario A-7) | |||||||||
Cronograma de Ejecución de la Obra (Formulario A-8) | |||||||||
Cronograma de Movilización de Equipo (Formulario A-9) | |||||||||
Formulario de Empleos Adicionales Generados (Formulario A-10) (Cuando corresponda) | |||||||||
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) |
(El siguiente cuadro será aplicado cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación de: Calidad, Propuesta Técnica y Costo; y Calidad. Cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación de Precio Evaluado Más Bajo este cuadro deberá ser suprimido).
CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) | Puntaje Asignado | PROPONENTES | |||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | ||
Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | ||
Criterio 1 | |||||
Criterio 2 | |||||
Criterio 3 | |||||
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES | 50 | (sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) | (sumar los puntajes obtenidos de cada criterio) |
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA | PUNTAJE ASIGNADO | PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n |
Puntaje de la evaluación CUMPLE/NO CUMPLE | 30 | ||||
Puntaje de las Condiciones Adicionales | 50 | ||||
PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA( ) | 80 |
FORMULARIO V-5
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Este Formulario es aplicable solo cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo. Caso contrario suprimir este Formulario)
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
ABREVIACIÓN | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE ASIGNADO |
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica | 20 puntos | |
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica | 80 puntos | |
PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA | 100 puntos |
RESUMEN DE EVALUACIÓN | PROPONENTES | |||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | …… | PROPONENTE n | |
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el sub numeral 26.1.4.) | ||||
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica, del Formulario V-4. | ||||
PUNTAJE TOTAL |
ANEXO 6 MODELO DE CONTRATO
ÍNDICE DEL CONTRATO DE OBRA
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Primera.- Partes Contratantes
Segunda.- Antecedentes Legales del Contrato
Tercera.- Objeto y Causa del Contrato
Cuarta.- Plazo de Ejecución de la Obra
Quinta.- Monto del Contrato
Sexta.- Anticipo
Séptima.- Garantías
Octava.- Domicilio a Efectos de Notificación
Novena.- Vigencia del Contrato
Décima.- Documentos del Contrato
Décima Primera.- Idioma
Décima Segunda.- Legislación Aplicable al Contrato
Décima Tercera.- Derechos del Contratista y Eventos Compensables Décima Cuarta.- Estipulaciones sobre Impuestos
Décima Quinta.- Cumplimiento xx Xxxxx Laborales Décima Sexta.- Reajuste de Precios
Décima Séptima.- Protocolización del Contrato Décima Octava.- Subcontratos
Décima Novena.- Intransferibilidad del Contrato
Vigésima.- Casos de Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito Vigésima Primera.- Terminación del Contrato
Vigésima Segunda.- Solución de Controversias Vigésima Tercera.- Modificaciones al Contrato
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
Vigésima Cuarta.- Representante del Contratista Vigésima Quinta.- Libro de Órdenes de Trabajo Vigésima Sexta.- Fiscalización y Supervisión de la Obra Vigésima Séptima.- Medición de Cantidades de Obra Vigésima Octava - Forma de Pago
Vigésima Novena.- Facturación
Trigésima.- Modificación de las obras Trigésima Primera.- Pago de Trabajos Adicionales Trigésima Segunda.- Morosidad y sus Penalidades
Trigésima Tercera.- Responsabilidad y Obligaciones del Contratista Trigésima Cuarta.- Seguro
Trigésima Quinta.- Inspecciones
Trigésima Sexta.- Suspensión de los Trabajos Trigésima Séptima- Comisión de Recepción Trigésima Octava.- Recepción de obra Trigésima Novena.- Cierre de contrato
Cuadragésima.- Procedimiento de pago de la planilla o certificado de
liquidación final Cuadragésima Primera.- Conformidad
MODELO DE CONTRATO
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE
(Registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas que corren a su cargo, sírvase usted insertar el presente Contrato de Obras, para (Registrar el tipo de obra a ser ejecutada y el lugar), sujeto a los siguientes términos y condiciones:
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES)
Dirá usted que las partes CONTRATANTES son: (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), representado por (registrar el nombre completo y el cargo de los servidores públicos competentes y responsables de la suscripción del
Contrato de Obra) designado(s) por (Registrar la Resolución de
designación por autoridad competente), que en adelante se denominará la ENTIDAD y la
(registrar la Razón Social del proponente adjudicado que ejecutará la obra), legalmente representada por (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del Contrato en representación de la empresa contratista), en virtud del Testimonio de Poder Nº (Registrar el número) otorgado ante (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder), el (Registrar la fecha, día, mes, año) en la (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el CONTRATISTA, quienes suscriben el presente Contrato de Obra.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO)
Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública No. (registrar el número de la Licitación), convocó a proponentes interesados a que presenten documentos y propuestas técnicas y económicas, de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación, aprobado mediante Resolución Administrativa N° _de (Registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación), proceso realizado bajo el Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Calificación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC), de la obra objeto del presente Contrato, el mismo que fue aprobado y en base al cual se pronunció la Resolución Administrativa de Adjudicación Nº (Registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la ejecución de la obra a
(Registrar la razón social del proponente adjudicado de la provisión de obra), al cumplir su propuesta con todos los requisitos de la Convocatoria y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD. (Si el RPC, en caso excepcional decide adjudicar la obra a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse este hecho en la redacción de la presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO)
El CONTRATISTA se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para la (Describir de forma detallada la obra que será ejecutada e identificar de forma clara el lugar de su emplazamiento) que se constituye en el objeto del contrato hasta su acabado completo, con estricta y absoluta sujeción a las condiciones, precio, dimensiones, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de ejecución estipulado y características técnicas establecidas en el presente contrato y en los documentos que forman parte del presente instrumento legal, que en adelante se denominará la OBRA, para (señalar la causa de la contratación).
A fin de garantizar la correcta ejecución y conclusión de la OBRA hasta la conclusión del contrato, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar el trabajo, a suministrar equipo, mano de obra y materiales, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos emergentes del proceso de contratación y propuesta adjudicada.
CUARTA.- (PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA)
El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de
(Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) días calendario, que serán computados a partir de la fecha establecida en la Orden de Proceder, expedida por el SUPERVISOR por orden de la ENTIDAD, misma que constará en el Libro de Órdenes
El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de _ (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra.
El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos:
a) Cuando la ENTIDAD así lo determine;
b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra o;
c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.
En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato.
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO)
El monto total para la ejecución de la OBRA, objeto del presente Contrato es de (Registrar en forma literal y numeral el monto del Contrato, en bolivianos establecido en la Resolución de Adjudicación) (En licitaciones internacionales, el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera, en caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de compra establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de pago).
El precio o valor final de la OBRA será el resultante de aplicar los precios unitarios de la propuesta adjudicada, en base a las cantidades de obra que se han establecido en el Formulario de Propuesta Económica.
Queda establecido que los precios unitarios consignados en la propuesta adjudicada incluyen la provisión de materiales de calidad, equipos, instalaciones auxiliares, herramientas, andamiajes y todos los demás elementos, sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la ejecución de la obra, mismos que deben estar de acuerdo con lo señalado en las especificaciones técnicas. Este precio también comprende todos los costos referidos a salarios, leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, reparaciones por trabajos defectuosos, gastos de seguro de equipo, maquinaria y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos y todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total de la obra, hasta su acabado satisfactorio y posterior entrega definitiva.
Es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, efectuar los trabajos contratados dentro del precio establecido de la obra ya que no se reconocerán ni procederán pagos por trabajos que hiciesen exceder dicho importe, a excepción de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá reemplazar el texto de la cláusula sexta indicando lo siguiente: “En el presente contrato no se otorgará anticipo.”. Dicha definición debe realizarse antes de la publicación de la convocatoria)
SEXTA.- (ANTICIPO)
Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del CONTRATISTA, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado. El importe del anticipo será descontado en (indicar el número de planillas o certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) planillas, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONTRATISTA no haya iniciado la obra dentro de los (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto en el Documento Base de Contratación) días calendario o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización de la obra estipulada en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto ejecutado, dicha sustitución procederá con las planillas de avance de obra aprobadas por el SUPERVISOR y FISCAL que establezcan el uso del anticipo, sin necesidad de que las planillas hayan sido pagadas. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo.
El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia y validez de esta garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
El CONTRATISTA deberá solicitar el Anticipo adjuntando en su solicitud la correspondiente Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el 100% del monto solicitado en el plazo de
(la entidad deberá establecer el plazo) días calendario computables a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, caso contrario se dará por Anticipo no solicitado.
En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS)
El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía presentada) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el
de de 20 , con vigencia hasta el de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía), por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato.
(Cuando la propuesta económica este por debajo del ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial, deberá adicionarse además un texto que haga referencia a la Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato de Obras, equivalente a la diferencia entre el ochenta y cinco por ciento (85%) del Precio Referencial y el valor de su propuesta económica).
A sólo requerimiento de la ENTIDAD, el importe de la (s) garantía (s) citada (s) anteriormente será (n) ejecutada (s) en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dicha (s) garantía (s) será (n) devuelta (s).
EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada (s) la (s) Garantía (s) prevista (s) en la presente Xxxxxxxx, cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la (s) garantía (s) en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
El CONTRATISTA podrá solicitar al SUPERVISOR la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, misma que será equivalente al 7% del monto de ejecución restante de la OBRA al momento de la solicitud, siempre y cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones a la fecha de la solicitud:
a) Se alcance un avance físico de la OBRA de al menos setenta por ciento (70%); y
b) Las especificaciones de la OBRA y las condiciones del contrato, hayan sido ejecutadas sin retraso atribuible al CONTRATISTA de acuerdo al Cronograma de Ejecución de Obra.
(Por ejemplo, de establecerse un avance físico del 80% de acuerdo a las condiciones señaladas, el Contratista podrá solicitar el cambio de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por un 7% del 20% del monto que falta por ejecutar que corresponde al 1,4% del monto total del contrato)
El SUPERVISOR en base a la solicitud del CONTRATISTA deberá emitir informe sobre la solicitud de sustitución de la garantía un plazo no mayor a tres (3) días hábiles dirigiendo el mismo al FISCAL quien, en un plazo no mayor a (2) días hábiles, aceptará o rechazará la solicitud realizada por el CONTRATISTA. En caso de aceptar la solicitud de sustitución de la garantía, el FISCAL remitirá a la Unidad Administrativa de la ENTIDAD la solicitud de sustitución y antecedentes a efectos de que se realice la sustitución por única vez de la garantía contra entrega de una nueva garantía.
Las garantías establecidas en el presente contrato, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN)
Cualquier aviso o notificación que tengan que darse las partes bajo este Contrato y que no estén referidas a trabajos en la obra misma, será enviada por escrito:
Al CONTRATISTA:
(registrar el domicilio que señale el CONTRATISTA especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas)
(registrar la ciudad)
A la ENTIDAD:
(registrar el domicilio de la ENTIDAD, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas)
(registrar la ciudad)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO)
El presente contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción por ambas partes, hasta la terminación del contrato establecida en la Cláusula Vigésima Primera.
DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DEL CONTRATO)
Forman parte del presente contrato los siguientes documentos:
10.1. Documento Base de Contratación, sus aclaraciones y/o sus enmiendas si estas existiesen.
10.2. Especificaciones Técnicas.
10.3. Propuesta adjudicada.
10.4. Resolución de Adjudicación.
10.5. Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, cuando corresponda.
10.6. Proyecto a Diseño Final.
10.7. Otros documentos necesarios para la ejecución de la obra, como (señalar los que correspondan).
10.8. Documentos completos de propuesta del CONTRATISTA, incluyendo el Formulario de Propuesta Económica, detalle de personal y equipo asignado a la ejecución de la obra, Cronograma y Método de Ejecución.
10.9. Fotocopias legalizadas de:
10.9.1 Certificado de Inscripción, en el Registro de Empresas Constructoras, emitido por la entidad competente, cuando corresponda (excepto para contrataciones de obras hasta Bs8.000.000.- Ocho MILLONES 00/100 Bolivianos).
10.9.2 Poder General del Representante Legal del CONTRATISTA, cuando corresponda.
10.10. Originales de:
10.10.1 Certificado xxx XXXX.
10.10.2 Certificado de Información sobre Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado.
10.10.3 Contrato de Asociación Accidental, cuando corresponda.
10.10.4 Garantía de Cumplimiento de Contrato.
10.10.5 Garantía de Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuando corresponda.
10.10.6 Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuando corresponda.
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA)
El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la ejecución de la obra, debe ser elaborado en idioma castellano.
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO)
El presente Contrato al ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
a) Ley Nº 1178, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx.
b) Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS y sus modificaciones.
c) Ley del Presupuesto General del Estado.
d) Otras disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas.
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONTRATISTA Y EVENTOS COMPENSABLES)
13.1 Derechos del Contratista
El CONTRATISTA, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la obra ejecutada o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al SUPERVISOR de OBRA, con copia al FISCAL, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso que motivó el reclamo, transcurrido este plazo el CONTRATISTA no podrá presentar reclamo alguno. El SUPERVISOR no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido.
El SUPERVISOR, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles, de recibido el reclamo, analizará y emitirá su informe de recomendación al FISCAL, para que éste en el plazo xx xxxx
(10) días hábiles, pueda aceptar o rechazar la recomendación, que será comunicada de manera escrita al CONTRATISTA. Dentro de este plazo, el FISCAL podrá solicitar las aclaraciones respectivas.
En caso que el reclamo sea complejo el FISCAL podrá, en el plazo adicional de cinco (5) días hábiles, solicitar el análisis del reclamo y del informe de recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de dar respuesta.
En caso de que el SUPERVISOR no emita el informe de recomendación dentro del plazo correspondiente, el FISCAL deberá analizar el reclamo y comunicar su decisión de forma escrita al CONTRATISTA. El FISCAL, en razón al incumplimiento de las funciones del SUPERVISOR
procederá a realizar la llamada de atención respectiva por negligencia, conforme lo previsto en el contrato de SUPERVISIÓN.
Todo proceso de respuesta a reclamo, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo por el SUPERVISOR. En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del CONTRATISTA considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo.
(Si el plazo de ejecución de la obra es corto, los plazos previstos pueden ser reducidos en relación al plazo del contrato).
13.2 Eventos compensables de plazo
Los siguientes eventos, serán eventos compensables de plazo en días calendario cuando:
a) La ENTIDAD no permita el acceso a alguna parte de la zona donde se ejecutará la obra, una vez emitida la Orden de Proceder.
b) El SUPERVISOR de OBRA no entregue los planos, especificaciones o instrucciones requeridas para la ejecución de la Obra.
c) El SUPERVISOR de OBRA ordene al CONTRATISTA poner al descubierto o realizar pruebas adicionales respecto a trabajos que se comprueba no tienen defecto alguno.
d) El SUPERVISOR de OBRA niegue sin razón la aprobación para efectuar una subcontratación, prevista en la propuesta.
e) Las condiciones del terreno sean mucho peores de lo que razonablemente se habría supuesto antes de la emisión de la Carta de Aceptación, tomando como base la información proporcionada a los licitantes (incluidos los Informes de Investigaciones de la Zona de Obras), información que es de dominio público y la que se obtenga de una inspección ocular de la Zona de Obras.
f) El SUPERVISOR de Obra imparta instrucciones para resolver una situación imprevista causada por la ENTIDAD o por otros trabajos adicionales necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
g) Autoridades públicas, empresas de servicios públicos o la ENTIDAD no trabajen entre las fechas y otras restricciones estipuladas en el Contrato y ocasionen demoras o costos adicionales al CONTRATISTA.
h) El segundo o los siguientes desembolsos de un anticipo sean desembolsados con retraso.
i) El pago del certificado o planilla mensual de avance de obra no se realizara dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario, computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia de la ENTIDAD que efectuará el pago.
j) Otros eventos compensables de plazo que constan en el Contrato o que el
SUPERVISOR de Obra determina que son aplicables.
Si un evento compensable impide que los trabajos se concluyan en la fecha prevista, se prolongará dicha fecha, según la evaluación y determinación del SUPERVISOR.
Tan pronto como el CONTRATISTA proporcione información sobre los efectos de cada Evento Compensable en el plazo previsto de la presente clausula, el SUPERVISOR evaluará el requerimiento y, si corresponde, solicitará la ampliación de plazo de ejecución de obra correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS)
Correrá por cuenta del CONTRATISTA el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de suscripción del contrato.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara, mediante disposición legal expresa, la ENTIDAD y el CONTRATISTA, estarán obligados al cumplimiento de las mismas a partir de su vigencia.
DÉCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES Y SOCIALES).
El CONTRATISTA deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia.
El CONTRATISTA será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
DÉCIMA SEXTA.- (REAJUSTE DE PRECIOS).
No procederá ningún reajuste de precios.
(Esta Cláusula deberá aplicarse conforme lo previsto en el Artículo 88 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.)
DÉCIMA SÉPTIMA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO). El presente contrato, así como sus modificaciones, será protocolizado con todas las formalidades xx Xxx por la ENTIDAD. El importe que por concepto de protocolización debe ser pagado por el CONTRATISTA. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
- Contrato (Original).
- Instrumento legal de designación de la MAE o del funcionario delegado para la firma en representación de la ENTIDAD y Poder del Representante Legal del CONTRATISTA (fotocopias legalizadas).
- Garantía (s) (fotocopia simple).
En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos xx Xxx y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes.
(En caso de que la entidad no haya definido la subcontratación, deberá reemplazar el texto de la cláusula decima octava indicando lo siguiente: “El presente contrato no prevé la subcontratación.”)
DÉCIMA OCTAVA.- (SUBCONTRATOS).
Las subcontrataciones deberán permitir dar cumplimiento a la ejecución del contrato, bajo la absoluta responsabilidad del CONTRATISTA y riesgo, siendo directa y exclusivamente responsable por los subcontratos suscritos, así como también por los actos y/u omisiones de los subcontratistas.
Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al CONTRATISTA del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades contraídas en el presente Contrato. Las subcontrataciones que realice el CONTRATISTA de ninguna manera incidirán en el precio ofertado y aceptado por ambas partes en el presente contrato. El SUPERVISOR realizará el control de ejecución de obra efectuada por los subcontratistas.
(Utilizar la presente párrafo en caso de que el proponente adjudicado sea nacional)
El CONTRATISTA según lo ofertado en su propuesta, podrá realizar las subcontrataciones del
(establecer el porcentaje ofertado en su propuesta que no deberá exceder el 25% del monto total del contrato) del monto total del contrato, previa autorización del SUPERVISOR.
(Utilizar la redacción de los siguientes tres párrafos en caso de que el proponente adjudicado sea extranjero)
El CONTRATISTA según lo ofertado en su propuesta, deberá realizar la subcontratación de empresas nacionales del (establecer el porcentaje ofertado en su propuesta que no deberá exceder el 40% del monto total del contrato) del monto total del contrato, siempre y cuando éstas estén disponibles en el mercado nacional y previa autorización del SUPERVISOR.
En caso de incumplimiento de las subcontrataciones propuestas, el SUPERVISOR, aplicará una multa equivalente del cinco por ciento (5%) del monto de subcontratación no efectuada. La multa
señalada precedentemente no deberá ser considerada como parte de los porcentajes establecidos para la resolución de contrato, previstas en la cláusula TRIGÉSIMA SEGUNDA.
El CONTRATISTA, en caso de incumplimiento de la subcontratación, podrá justificar dicho incumplimiento presentando los respaldos necesarios al SUPERVISOR quien podrá aceptar o rechazar dichas justificaciones.
DÉCIMA NOVENA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO)
El CONTRATISTA bajo ningún título podrá: ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de fuerza mayor, caso fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente previa la aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
VIGÉSIMA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO)
Con el fin de exceptuar al CONTRATISTA de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el SUPERVISOR tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del CONTRATO.
Se entenderá por hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes. Los hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones.
En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se considerará como causa de Fuerza Mayor el mal tiempo que no sea notablemente fuera de lo común en el área de ejecución de la Obra, por cuanto el CONTRATISTA ha tenido que prever este hecho al proponer su cronograma ajustado, en el período de movilización.
Asimismo, tampoco se considerarán como fuerza mayor o caso fortuito, las demoras en la entrega en la obra de los materiales, equipos e implementos necesarios, por ser obligación del CONTRATISTA tomar y adoptar todas las previsiones necesarias para evitar demoras por dichas contingencias.
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento o demora en el cumplimiento de lo previsto en el Cronograma de trabajos en obra, de manera obligatoria y justificada el CONTRATISTA deberá solicitar al FISCAL la emisión de un certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, dentro de los tres (3) días hábiles de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar todos los respaldos necesarios que acrediten su solicitud y la petición concreta en relación al impedimento de la ejecución de la obra.
El FISCAL en el plazo de dos (2) días hábiles deberá emitir el certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas o rechazar la solicitud de su emisión de manera fundamentada. Si el FISCAL no da respuesta dentro del plazo referido precedentemente, se entenderá la aceptación tácita de la existencia del impedimento, considerando para el efecto el silencio administrativo positivo. En caso de aceptación expresa o tácita se procederá a modificar la fecha prevista para la conclusión de trabajos o realizar la ampliación de plazo o la exención del pago de penalidades, según corresponda.
En caso de que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante una Orden de Cambio procesada conforme se ha estipulado en la Cláusula Trigésima.
VIGÉSIMA PRIMERA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO).
El presente contrató concluirá bajo una de las siguientes causas:
21.1 Por Cumplimiento de Contrato: De forma ordinaria, tanto la ENTIDAD, como el CONTRATISTA, darán por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito.
21.2 Por Resolución del Contrato: Es la forma extraordinaria de terminación del contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:
21.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al CONTRATISTA. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento en la iniciación de la obra, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos (en caso de obra de corta duración, este plazo puede ser reducido)
b) Disolución del CONTRATISTA.
c) Por quiebra declarada del CONTRATISTA.
d) Por suspensión de los trabajos sin justificación, por (registrar los días en función del plazo total de la obra que se ejecuta) días calendario, sin autorización escrita del SUPERVISOR.
e) Por incumplimiento en la movilización en OBRA, de acuerdo al Cronograma, del equipo y personal ofertados.
f) Por incumplimiento injustificado del Cronograma de Ejecución de Obra sin que el CONTRATISTA adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la OBRA dentro del plazo vigente.
g) Por negligencia reiterada en tres (3) oportunidades en el cumplimiento de las especificaciones, planos, o de instrucciones escritas del SUPERVISOR.
h) Por subcontratación de una parte de la obra sin que esta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita del SUPERVISOR.
i) De manera optativa cuando el monto de la multa acumulada alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato.
j) De manera obligatoria cuando el monto de la multa acumulada alcance el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
21.2.2 Resolución a requerimiento del CONTRATISTA por causales atribuibles a la ENTIDAD. El CONTRATISTA, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas del SUPERVISOR con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la ejecución de obras por más de treinta (30) días calendario.
b) Si apartándose de los términos del contrato, la ENTIDAD a través del SUPERVISOR, pretenda efectuar aumento o disminución en las cantidades de OBRA sin emisión de la Orden de Cambio o Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago.
c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de avance de obra aprobado por el SUPERVISOR, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado o planilla de avance de obra por el FISCAL a la Entidad.
21.2.3 Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el CONTRATISTA darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el CONTRATO, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de los trabajos y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la Resolución, expresa por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intención de resolución será retirado.
En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el CONTRATISTA, según quién haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta dará lugar a que: cuando la resolución sea por causales imputables al CONTRATISTA se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato y la Garantía Adicional a la de Cumplimiento de Contrato, si ésta hubiese sido solicitada, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de correcta Inversión del Anticipo si se hubiese otorgado anticipo hasta que se efectué la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite, caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación.
El SUPERVISOR a solicitud de la ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al CONTRATISTA por concepto de trabajos satisfactoriamente ejecutados y de los materiales, equipamiento e instalaciones temporales aptos para su utilización en la prosecución de los trabajos si corresponde.
En este caso no se reconocerá al CONTRATISTA gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en la planilla o certificado de cómputo final de volúmenes de obra, materiales, equipamiento, e instalaciones temporales, emitida por el SUPERVISOR, el CONTRATISTA preparará la planilla o Certificado Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes.
Solo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del CONTRATISTA éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande el levantamiento de la instalación de faenas para la ejecución de la obra y los compromisos adquiridos por el CONTRATISTA para su equipamiento contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
21.3 Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD. Si en cualquier momento antes de la culminación de la obra objeto del CONTRATO, la ENTIDAD se encontrase con situaciones fuera de control de las partes que imposibiliten la ejecución o conclusión de la obra, o vayan contra los intereses del Estado, la ENTIDAD en cualquier momento, mediante carta notariada dirigida al CONTRATISTA, suspenderá los trabajos y resolverá el CONTRATO total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el CONTRATISTA suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita en el Libro de Órdenes el SUPERVISOR.
El CONTRATISTA conjuntamente con el SUPERVISOR, procederán con la medición del trabajo ejecutado hasta la fecha de suspensión, el avalúo de los materiales en obra que
pudieran ser empleados posteriormente, la evaluación de los compromisos que el
CONTRATISTA tuviera pendiente por compra y otros debidamente documentados.
Asimismo el SUPERVISOR liquidará los costos proporcionales que demandase el levantamiento de las instalaciones, desmovilización de maquinaria / equipo y algunos otros gastos que a juicio del SUPERVISOR fueran considerados sujetos a reembolso.
Con estos datos el SUPERVISOR elaborará la planilla de medición final para el correspondiente pago, en caso que corresponda.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS)
En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos.
VIGÉSIMA TERCERA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO)
Los términos y condiciones contenidas en este Contrato podrán ser modificados, únicamente mediante los instrumentos previstos de forma expresa en el presente Contrato.
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO VIGÉSIMA CUARTA.- (REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA)
EL CONTRATISTA designa como su representante legal en obra, al SUPERINTENDENTE,
profesional calificado en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución de la obra, el mismo que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida a la FISCALIZACIÓN, para que ésta comunique y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN.
EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obra, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para:
a) Dirigir la realización de la obra.
b) Representar al CONTRATISTA en la ejecución de la obra durante toda su vigencia.
c) Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados con la obra.
d) Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del
CONTRATISTA.
e) Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la obra.
f) Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario.
En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA.
Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado.
Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función.
VIGÉSIMA QUINTA.- (LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO)
Bajo su responsabilidad y en la obra, el CONTRATISTA llevará un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación xx Xxxxxxx de Fe Pública en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder.
En este libro el SUPERVISOR anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos, cada orden llevará fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido.
El Superintendente de Obra también podrá utilizar el Libro de Órdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obra, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de Órdenes, deberá hacerla conocer a la ENTIDAD por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de Órdenes, dentro de dos (2) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tácitamente la orden sin derecho a reclamación posterior.
Asimismo, el CONTRATISTA está facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma de ejecución de la obra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva.
El original del Libro de Órdenes, será entregado a la ENTIDAD a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales.
El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obra, salvo instrucción escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.
VIGÉSIMA SEXTA.- (FISCALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA OBRA)
26.1 FISCALIZACIÓN: Los trabajos en materia del presente CONTRATO estarán sujetos a la FISCALIZACIÓN permanente de la ENTIDAD, quien nombrará como FISCAL DE OBRA a un (registrar la especialidad del profesional a cargo) quien tendrá a su cargo:
a) Exigir a través del SUPERVISOR el cumplimiento del Contrato de Xxxx.
b) Exigir directamente el cumplimiento del Contrato de SUPERVISIÓN TÉCNICA, realizando seguimiento y control de los actos del SUPERVISOR en la SUPERVISIÓN Técnica de la Obra.
c) Exigir el buen uso de los recursos asignados a la Obra.
d) Xxxxx conocimiento y en su caso pedir aclaraciones pertinentes sobre los Certificados de Obra aprobados por el SUPERVISOR.
e) Coordinar todos los asuntos relacionados con los Contratos de Construcción y
SUPERVISIÓN.
(Xxxxxxxx el siguiente inciso cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo establecido en el inciso b) del parágrafo II del Artículo 30 de las NB-SABS).
f) Aprobar el informe de seguimiento y control emitido por el SUPERVISOR o en su caso solicitará la complementación del mismo.
El FISCAL tiene funciones diferentes a las del SUPERVISOR, por lo que no está facultado para suplantar en el ejercicio de sus funciones específicas y responsabilidades al SUPERVISOR.
26.2 Reemplazo del FISCAL DE OBRAS y SUPERVISOR: En caso de renuncia o muerte del
FISCAL DE OBRAS, o en caso de que la ENTIDAD y el CONTRATISTA coincidieran en que
el FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR será nombrado por la ENTIDAD.
26.3 SUPERVISIÓN TÉCNICA: La SUPERVISIÓN de la Obra será realizada por
(Registrar si se trata de un Consultor individual, una Firma Consultora o Asociación de Firmas Consultoras) contratada para el efecto, denominada en este Contrato el SUPERVISOR, con todas las facultades inherentes al buen desempeño de las funciones de SUPERVISIÓN e inspección técnica, teniendo entre ellas las siguientes a título indicativo y no limitativo:
a) Organizar y dirigir la oficina regional del SUPERVISOR en el mismo lugar de la Obra.
b) Estudiar e interpretar técnicamente los planos y especificaciones para su correcta aplicación por el CONTRATISTA.
c) Exigir al CONTRATISTA la disponibilidad permanente del Libro de Órdenes de Trabajo, por el cual le comunicará la iniciación de obra y el proceso de ejecución.
d) Exigir al CONTRATISTA los respaldos técnicos necesarios, para procesar planillas o certificados de pago.
e) En caso necesario, podrá proponer y sustentar la introducción de modificaciones en las características técnicas, diseño o detalles de la Obra, que puedan originar modificaciones en los volúmenes o montos de los presupuestos, formulando las debidas justificaciones técnicas y económicas, en Orden de Cambio o en Contrato Modificatorio, para conocimiento y consideración de la ENTIDAD a efectos de su aprobación.
f) Realizar mediciones conjuntas con el CONTRATISTA de la obra ejecutada y aprobar los Certificados o Planillas de avance de obra.
g) Llevar el control directo de la vigencia y validez de las garantías, a los efectos de requerir oportunamente al CONTRATISTA su ampliación (en monto y plazo), o para solicitar a la ENTIDAD a través del FISCAL, la ejecución de estas cuando corresponda.
h) Emitir el informe sobre la solicitud de sustitución de la garantía para su remisión al
FISCAL.
(Xxxxxxxx el siguiente inciso cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo establecido en el inciso b) del parágrafo II del Artículo 30 de las NB-SABS).
i) Controlar el cumplimiento del Formulario A-10 (Formulario de empleos adicionales generados), verificando la generación de empleos conforme al Cronograma de Ejecución de Obra y a través de los contratos de trabajo suscritos entre el CONTRATISTA y sus trabajadores, visados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitiendo un informe de seguimiento y control dirigido al FISCAL. En caso de incumplimiento, además, deberá realizar el cálculo de la multa por incumplimiento a la generación adicional de empleo, según lo establecido en la Cláusula TRIGÉSIMA SEGUNDA.
Las atribuciones Técnicas de la SUPERVISIÓN también están establecidas en sus Términos de Referencia, por lo que deben ser ejercidas por el SUPERVISOR.
Para el eficiente cumplimiento de las tareas del SUPERVISOR, el CONTRATISTA deberá prestarle todas las facilidades sin restricción ni excepción alguna y pondrá a su disposición, todo lo que se indica en los Servicios de Campo del SUPERVISOR, en los documentos de Licitación.
La SUPERVISIÓN controlará técnicamente el trabajo del CONTRATISTA y le notificará los defectos que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del CONTRATISTA. La SUPERVISIÓN, podrá ordenar al CONTRATISTA que localice un defecto y que exponga y verifique cualquier trabajo que considerare que puede tener algún defecto. En el caso de localizar un defecto la SUPERVISIÓN ordenará la corrección del citado defecto.
Será responsabilidad directa de la SUPERVISIÓN, el control de calidad y el cumplimiento de las especificaciones del contrato.
26.4 Conformidad de la obra con los planos: Todos los trabajos ejecutados, deberán en todos los casos, estar de acuerdo con los detalles indicados en los planos, excepto en los casos dispuestos de otro modo por escrito por la SUPERVISIÓN.
26.5 Trabajos topográficos
Consiste en la ejecución de todos los trabajos topográficas destinados a la ejecución, medición y verificación de los trabajos de construcción de la obra, así como en la preservación, conservación y reposición de los mojones, estacas u otros elementos que sirven de referencia planimétrica o altimétrica del diseño de la obra.
La SUPERVISIÓN procederá a la ejecución y control de los trabajos topográficos iniciales consistentes en el replanteo de ejes, nivelación y levantamientos, que servirán de base para la elaboración de órdenes de trabajo.
Los trabajos topográficos serán considerados como una obligación subsidiaria a la ejecución del contrato por parte del CONTRATISTA, por lo tanto, su costo está considerado en los precios unitarios contractuales de los ítems de obra que lo utilizan, por lo que, el CONTRATISTA está obligado a realizar los trabajos topográficos necesarios para la ejecución de las actividades que así lo ameriten, en caso de divergencia con el SUPERVISOR, el FISCAL DE OBRA definirá la alternativa correcta.
26.6 Inspección de la calidad de los materiales. Todos los materiales a ser utilizados en la Obra deberán cumplir estrictamente con las Especificaciones Técnicas pertinentes y estarán sujetos a inspección, examen y ensayos dispuestos por la SUPERVISIÓN en cualquier momento y en los lugares de producción y/o utilización en la obra, antes de su incorporación a la misma. Los costos para la realización de ensayos están a cargo del CONTRATISTA.
26.7 Suministro de materiales, fuentes de origen. El CONTRATISTA deberá proveer todos los materiales requeridos para la realización del Contrato, xx xxxxxxx de su elección. Todos los materiales deberán llenar las exigencias de las Especificaciones Técnicas y el CONTRATISTA deberá cerciorarse personalmente en forma satisfactoria con respecto a la clase y volumen de trabajo que pueda ser necesario para el aprovisionamiento y transporte de dicho material. Este costo deberá estar considerado en el cálculo del precio unitario del ítem correspondiente.
26.8 Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. Es responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con las especificaciones técnicas del Contrato en cualquier fase de los trabajos, garantizando la correcta ejecución de la OBRA.
26.9 Almacenamiento y acopio de materiales. Los materiales de construcción deberán acopiarse en zonas limpias y aprobadas por la SUPERVISIÓN, de tal forma que se asegure la preservación, calidad y aceptabilidad para la OBRA. Los materiales almacenados, serán inspeccionados y aprobados por la SUPERVISIÓN antes de su uso en la Obra, para verificar si cumplen los requisitos especificados en el momento de ser utilizados.
Cuando se haya completado la utilización del material acumulado, el sitio de almacenamiento de materiales o superficie del terreno natural deberá ser reacondicionada en la mejor forma posible para que ésta pueda recuperar su condición original, corriendo los gastos por cuenta del CONTRATISTA.
26.10 Inspección de la calidad de los trabajos
a) La SUPERVISIÓN ejercerá la inspección y control permanente en campo, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones técnicas, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra.
b) El CONTRATISTA deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos que serán efectuados, de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo.
c) La SUPERVISIÓN estará autorizada para llamar la atención del CONTRATISTA sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones, para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar material defectuoso. Las instrucciones u observaciones verbales de la SUPERVISIÓN deberán ser ratificadas por escrito, en el Libro de Órdenes que para el efecto deberá tener disponible el CONTRATISTA.
d) Xxxxxx trabajo será cubierto o puesto fuera de vista sin la previa aprobación de la SUPERVISIÓN. El CONTRATISTA estará obligado a solicitar dicha aprobación dando aviso a la SUPERVISIÓN con la debida anticipación cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al CONTRATISTA a realizar por su parte todos los trabajos que la SUPERVISIÓN considere necesarios para verificar la calidad de la Obra cubierta sin previa autorización.
e) Es responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia extraordinaria de la SUPERVISIÓN en cualquier fase de los trabajos, no podrá de modo alguno, exonerar al CONTRATISTA de sus responsabilidades para la ejecución de la Obra de acuerdo con el contrato.
26.11 Pruebas: Si la SUPERVISIÓN ordena al CONTRATISTA realizar alguna prueba que no esté contemplada en las especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el costo de la prueba y las muestras serán de cargo del CONTRATISTA. Si no encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un evento compensable. Una vez determinados los trabajos con defecto, el CONTRATISTA deberá proceder a corregirlos a satisfacción de la SUPERVISIÓN.
26.12 Corrección de defectos: Dentro del plazo de ejecución de obra, cada vez que se notifique un defecto, el CONTRATISTA lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación de la SUPERVISIÓN. Toda parte de la Obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos del Contrato, será considerada trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado antes de la recepción definitiva, que sea resultado de mala ejecución, del empleo de materiales inadecuados, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido y reemplazado en forma satisfactoria para la SUPERVISIÓN. La SUPERVISIÓN notificará al CONTRATISTA todos los defectos que tenga conocimiento antes de la recepción provisional de la obra para que estos sean reparados. Si los defectos no fuesen de importancia y se procediese a la recepción provisional, estas observaciones constarán en el acta respectiva para que sean enmendadas o subsanadas dentro de un plazo de hasta noventa (90) días, previos a la recepción definitiva.
26.13 Defectos no corregidos: Si el CONTRATISTA no ha corregido el defecto dentro del plazo especificado en la notificación de la SUPERVISIÓN durante la ejecución de la Obra, antes de la recepción provisional o antes de la recepción definitiva, la SUPERVISIÓN podrá estimar el precio de la corrección del defecto para ser pagado por el CONTRATISTA, o rechazará la recepción provisional o la recepción definitiva, según corresponda.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (MEDICIÓN DE CANTIDADES DE OBRA)
Para la medición de las cantidades de Obra ejecutada mensualmente por el CONTRATISTA, éste notificará al SUPERVISOR con dos (2) días hábiles de anticipación y preparará todo lo necesario para que se realice dicha labor, sin obstáculos y con la exactitud requerida.
Los resultados de las mediciones efectuadas conjuntamente y los cálculos respectivos se consignarán en una planilla especial que será elaborada por el CONTRATISTA en dos ejemplares, uno de los cuales será entregado con fecha, en versión definitiva al SUPERVISOR para su control y aprobación.
El CONTRATISTA preparará el certificado de pago o planilla mensual correspondiente en función de las mediciones realizadas conjuntamente con el SUPERVISOR. Las obras deberán medirse netas, excepto cuando los documentos de Contrato prescriban un procedimiento diferente.
No se medirán volúmenes excedentes cuya ejecución no haya sido aprobada por escrito por el
SUPERVISOR.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (FORMA DE PAGO)
El pago será paralelo al progreso de la obra, a este fin mensualmente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido, el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR, para su revisión en versión definitiva, una planilla o certificado de pago debidamente firmado, con los respaldos técnicos que el SUPERVISOR requiera, con fecha y firmado por el Superintendente de obra, documento que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos, de acuerdo a la medición efectuada en forma conjunta por el SUPERVISOR y el CONTRATISTA.
De no presentar el CONTRATISTA la respectiva planilla dentro del plazo previsto, los días de demora serán contabilizados por el SUPERVISOR y/o el FISCAL, a efectos de deducir los mismos del lapso que la ENTIDAD en su caso pueda demorar en ejecutar el pago de la citada planilla.
El SUPERVISOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, después de recibir en versión definitiva el certificado o planilla de pago indicará por escrito su aprobación o devolverá el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en este último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el certificado, con la nueva fecha.
El certificado aprobado por el SUPERVISOR, con la fecha de aprobación, será remitido al FISCAL DE OBRA, quien luego de tomar conocimiento del mismo, dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción lo devolverá al SUPERVISOR si requiere aclaraciones o lo enviara a la dependencia pertinente de la ENTIDAD para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción.
En caso que el certificado de pago fuese devuelto al SUPERVISOR, para correcciones o aclaraciones, el CONTRATISTA dispondrá de hasta (5) días hábiles para efectuarlas y con la nueva fecha remitir los documentos nuevamente al SUPERVISOR y este al FISCAL DE OBRA.
El pago de cada certificado o planilla mensual de avance de obra se realizará dentro de los treinta
(30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen.
Si el pago del certificado o planilla mensual de avance de obra no se realizara dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago; el CONTRATISTA tendrá derecho a reclamar por el lapso transcurrido desde el día cuarenta y seis (46) hasta el día en que se haga efectivo el pago, la ampliación de plazo por día de atraso.
Si en ese lapso, el pago que se realiza es parcial, el CONTRATISTA podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje a la falta de pago.
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) calendario, computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, el CONTRATISTA tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre
365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD, como compensación económica, independiente del plazo.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente la planilla o certificado de avance de obra, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
A este fin el CONTRATISTA deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago, mediante nota dirigida al SUPERVISOR dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a la fecha de
haberse hecho efectivo el pago parcial o total de la planilla, quien pondrá de inmediato a conocimiento de la ENTIDAD, para que disponga el pago del monto resultante de esta demora y establezca las causas para que asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.
En cada caso, el Informe del SUPERVISOR consignará también la deducción de los días de demora en la presentación de la planilla en que en su caso hubiese incurrido el CONTRATISTA.
En caso de que el CONTRATISTA, no presente al SUPERVISOR la respectiva planilla de avance de obra hasta treinta (30) días posteriores al plazo previsto en la presente cláusula, el SUPERVISOR deberá elaborar la planilla en base a los datos de la medición que tuvo que efectuar en forma conjunta con el CONTRATISTA y la enviará a este para la firma del Superintendente, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicaciones posteriores de esta omisión. El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente.
VIGÉSIMA NOVENA.- (FACTURACIÓN)
El CONTRATISTA emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD una vez que cada planilla de avance de obra haya sido aprobada por el SUPERVISOR. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago de la planilla.
TRIGÉSIMA.- (MODIFICACIÓN DE LAS OBRAS).
30.1 La modificación de obras objeto del presente Contrato podrá efectuarse siempre que se sujete a la aplicación del Artículo 89 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y cuando no afecten la esencia del presente Contrato.
30.2 En el marco legal citado precedentemente, queda establecido que de forma excepcional, por causas plenamente justificadas (técnica, legal y financiera), el SUPERVISOR, con la autorización expresa de la ENTIDAD, durante el período de ejecución de la obra, podrá efectuar modificaciones y/o ajustes necesarios al diseño de la obra, (que modifiquen el plazo o el monto de la obra), a efectos que la misma cumpla con el fin previsto.
30.3 El SUPERVISOR, previo el trámite respectivo de aprobación podrá introducir modificaciones que consideren estrictamente necesarias y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al CONTRATISTA y éste deberá cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:
a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano de la obra.
b) Incrementar o disminuir cualquier parte de la obra prevista en el Contrato.
c) Ejecutar trabajos adicionales inherentes a la misma obra, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios unitarios establecidos en el Contrato.
30.4. El SUPERVISOR con conocimiento de la ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones a través de los siguientes instrumentos:
a) Mediante una Orden de Trabajo: Cuando la modificación esté referida a un ajuste o redistribución de cantidades de obra, sin que ello signifique cambio sustancial en el diseño de la obra, en las condiciones o en el monto del Contrato. Estas órdenes serán emitidas por el SUPERVISOR, mediante carta expresa, o en el Libro de Órdenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecución de la obra. La emisión de Órdenes de Trabajo, no deberán dar lugar a la emisión posterior de Orden de Cambio para el mismo objeto.
b) Mediante Orden de Cambio: La orden de cambio se aplicará cuando la modificación a ser introducida implique una modificación del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir modificación de volúmenes o cantidades de obra (no considerados en la licitación), sin dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni crear nuevos ítems. Una orden de cambio no puede modificar las características
sustanciales del diseño. El incremento o disminución mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas) solo admite el máximo del cinco por ciento (5%) del monto total de Contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendrá número correlativo y fecha del día de emisión, será elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el SUPERVISOR y será puesto a conocimiento y consideración del FISCAL, quien con su recomendación enviará a la (registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la Obra en la Entidad), para el procesamiento de su emisión. La Orden de Cambio será firmada por la misma autoridad que firmó el contrato original. Una vez formulada la Orden de Cambio por el SUPERVISOR, el proceso de aprobación y suscripción de la misma debe durar como máximo quince (15) días calendario.
En el caso de suspensión de los trabajos, el SUPERVISOR elaborará una Orden de Cambio de acuerdo con el procedimiento establecido en la cláusula TRIGÉSIMA SEXTA del presente contrato, en este caso, no se considerará el monto por suspensión como parte del cinco por ciento (5%) establecido en el presente inciso.
c) Mediante Contrato Modificatorio: Sólo en caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras circunstancias de Fuerza Mayor o Caso Fortuito que determinen una modificación significativa en el diseño de la obra y que signifique un decremento o incremento independiente a la emisión de Ordenes de Cambio, el SUPERVISOR podrá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta modalidad de modificación de la obra sólo es admisible hasta el diez por ciento (10%) del monto original del contrato e independiente de la emisión de Orden (es) de Cambio. Los precios unitarios producto de creación de nuevos ítems deberán ser consensuados entre la ENTIDAD y el CONTRATISTA, no se podrán incrementar los porcentajes en lo referido a Costos Indirectos. En el caso que signifique una disminución en la obra, deberá concertarse previamente con el CONTRATISTA, a efectos de evitar reclamos posteriores. El SUPERVISOR, será responsable por la elaboración de las Especificaciones Técnicas de los nuevos ítems creados.
El informe de recomendación y antecedentes deberán ser cursados por el SUPERVISOR al FISCAL, quien luego de su análisis y con su recomendación enviará dicha documentación a la (registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la obra en la Entidad), para el procesamiento de su informe técnico y posterior remisión para la emisión del informe legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción, considerando lo establecido en el Artículo 89 de las NB-SABS. Recibida la recomendación e informe la MAE podrá instruir la conformación de una comisión técnica que analizará el informe y emitirá recomendación, considerando aspectos técnicos, financieros y de aprobación del Sistema Nacional de Inversión Pública. Aprobado el mismo, la MAE instruirá el procesamiento de su emisión. El Contrato Modificatorio será firmado por la misma autoridad que firmó el contrato original.
30.5 La Orden de Trabajo, Orden de Cambio o Contrato Modificatorio, deben ser emitidos y suscritos de forma previa a la ejecución de los trabajos por parte del CONTRATISTA, en ninguno de los casos constituye un documento regularizador de procedimiento de ejecución de obra, excepto en casos de emergencia declarada para el lugar de emplazamiento de la obra.
30.6 Una vez formulado el Contrato Modificatorio, el proceso de aprobación y suscripción del mismo debe durar como máximo veinte (20) días calendario.
30.7 En todos los casos son responsables por los resultados de la aplicación de los instrumentos de modificación descritos, el FISCAL DE OBRA, SUPERVISOR y CONTRATISTA.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- (PAGO DE TRABAJOS ADICIONALES)
Los trabajos adicionales ordenados conforme a una de las modalidades descritas en la CLÁUSULA TRIGÉSIMA, serán pagados según los precios unitarios de la propuesta aceptada y adjudicada, o de acuerdo con lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio, cuando se traten de ítems de nueva creación.
Mensualmente el CONTRATISTA consignará los volúmenes ejecutados en el certificado o planilla de pago por avance de obra.
(Considerar esta cláusula en el caso de que se trate de una Obra distinta a Proyectos Viales).
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES). Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de ejecución de obra propuesto será ajustado en función a la fecha establecida de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado, el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario actualizará el Cronograma de Ejecución de Obra en base al de la propuesta adjudicada.
Una vez actualizado y aprobado el Cronograma de Ejecución de Obra por el SUPERVISOR y aceptada por la ENTIDAD, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA, así como de control del plazo total y cuando corresponda la aplicación de multas.
A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de Ejecución de la Obra para cada actividad, por cuanto si el plazo previsto para la ejecución de algún hito verificable fenece sin que se haya concluido el mismo en su integridad y en forma satisfactoria, el CONTRATISTA se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento de la ENTIDAD obligándose a ésta última, aplicar una multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde:
=
= #
= # í
=
= ∗ ∗
= 1,2,3 … , ( )
o bl
El SUPERVISOR para efectos de c ntrol contabilizará la multa acumulada sumando las multas establecidas por cada Hito verifica e incumplido, de acuerdo a la siguiente fórmula:
= + + + ⋯ +
De establecer el SUPERVISOR que la multa acumulada por xxxx es xxx xxxx por ciento (10%) o del veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en los incisos i) y j) del sub numeral 21.2.1 de la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.
En todos los casos de resolución de contrato por causas atribuibles al CONTRATISTA, la ENTIDAD no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, en la Liquidación Final del Contrato, sin perjuicio de que la
ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y/o proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Art. 47 de la Ley 1178.
(Xxxxxxxx el siguiente texto cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo).
Sin perjuicio de las multas señaladas precedentemente, en caso de advertirse incumplimiento a lo establecido en el Formulario A-10, se aplicará una multa ( ) de acuerdo a lo siguiente:
a) Cuando el contrato termine por cumplimiento del mismo: Al doble de la diferencia
=1
entre el monto total por generación adicional de empleo (MTGE = ∑ = ∗ ) y el monto
efectivamente ejecutado ( ) establecido en el informe del SUPERVISOR, previsto en el inciso i) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMA SEXTA, de acuerdo a la siguiente
formula:
Donde:
= ( − ) ∗ 2
= ó
= ó
=
b) Cuando el contrato termine por resolución del mismo: Al doble de la diferencia entre el monto correspondiente a la generación adicional de empleo al momento de la resolución
=1
(MTGE = ∑ = ∗ ) y el monto efectivamente ejecutado ( ) establecido en el informe
del SUPERVISOR, previsto en el inciso i) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMA SEXTA, de acuerdo a la siguiente formula:
= MTGEp − ∗ 2
Donde:
= x
XXXX = ó ó
=
Las multas señaladas en los incisos a) y b) descritos anteriormente no deben ser consideradas como parte de los porcentajes establecidos para la resolución de contrato reguladas en los incisos
i) y j) del Sub numeral 21.2.1 de la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA del presente contrato. El cobro de la multa se efectivizará a la terminación del contrato (Por cumplimiento de contrato o por resolución del mismo) como parte de la liquidación.
(Considerar esta cláusula en el caso de que se trate de una Obra de Proyectos Viales).
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES)
Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de Obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario.
Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra por el SUPERVISOR, según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondiente, así como de control del plazo total.
A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, se
constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el sólo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una retención parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:
a) El 10% del porcentaje de avance no ejecutado.
El monto de cada retención se aplica a la planilla de cada periodo de atraso y será acumulativa en caso de persistir el atraso en función a los plazos establecidos en el Cronograma de ejecución de obra. Esta retención podrá ser recuperada por el CONTRATISTA, cuando este recupere el porcentaje de atraso acumulado.
De establecer el SUPERVISOR un atraso acumulado en el avance de obras mayor al 10% antes de concluir el plazo de ejecución de obras, el SUPERVISOR tendrá la obligación de definir la acciones a seguir con el Contrato, a efectos del procesamiento estas podrán ser la Paralización de las obras en caso de que el atraso en las obras no sean causadas por el SUPERVISOR o el CONTRATISTA, la ampliación del porcentaje de subcontratación hasta un máximo de veinte por ciento (20%) del monto del contrato adicionales a lo estipulado en la cláusula DECIMA OCTAVA o la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento.
El objetivo de la ampliación del porcentaje de subcontratación solo se aplicará cuando el SUPERVISOR considere que esta decisión servirá para recuperar el porcentaje de atraso y concluir la ejecución de obras en el plazo establecido contractualmente.
Para la ampliación del porcentaje de subcontratación, queda establecido entre partes, que a cargo del contrato el CONTRATISTA autoriza expresamente sin necesidad de ningún previo requerimiento al CONTRATANTE la subcontratación de una o varias Empresas para recuperar el retraso, para esto el SUPERVISOR en un plazo no mayor a 10 días calendario propondrá una terna de Empresas Constructoras al CONTRATANTE para su evaluación, aprobación y autorización, en caso de incumplimiento en el plazo determinado el CONTRATANTE definirá la o las Empresas Constructoras para la subcontratación, el SUPERVISOR es el directo responsable del cumplimiento del objetivo de la subcontratación.
En caso de Resolución del Contrato cuando el porcentaje de atraso es mayor o igual al 10% el SUPERVISOR comunicará oficialmente esta situación al CONTRATANTE y las retenciones parciales se convierten en multa irreversible.
Si el plazo total fenece sin que se haya concluido la Obra en su integridad y en forma satisfactoria con un porcentaje de atraso menor o igual al 10% el SUPERVISOR comunicara oficialmente esta situación al CONTRATANTE y la retención parcial se convertirá en multa irreversible y adicionalmente se aplicaran multas por incumplimiento al contrato hasta la Entrega Provisional, para lo cual se aplicará una multa equivalente a:
a) Equivalente al cero punto siete por mil del monto total del Contrato por cada día (calendario) de atraso hasta la Entrega Provisional.
Las retenciones parciales y/o multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados o Planillas de pago mensuales o del Certificado de liquidación final, sin perjuicio de que el CONTRATANTE ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Art. 47 de la Ley Nº 1178.
(Adicionalmente si la Entidad Convocante ve por conveniente puede adicionar el siguiente texto a fin de aplicación de multas)
De establecer el SUPERVISOR incumplimiento por parte del CONTRATISTA también se aplicaran las siguientes multas:
a) Multa por cambio de personal.
El CONTRATISTA se hará pasible a la multa de (Señalar el monto en numeral y literal, considerando que el mismo no puede superar el 0,04% del monto total del contrato), toda vez que solicite al CONTRATANTE, a través de la SUPERVISIÓN, autorización para sustituir a cualquier personal técnico clave, que habiendo sido evaluado en la calificación técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que prestando servicios, sea sustituido por cualquier causa, excepto incapacidad física del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por causas de salud. En cualquiera de los casos el CONTRATISTA deberá acreditar oportunamente con los certificados respectivos la causa aducida.
b) Multa por llamada de atención
El CONTRATISTA se hará pasible a la multa de (Señalar el monto en numeral y literal, considerando que el mismo sea equivalente a 0,01% del monto total del contrato), toda vez que el CONTRATANTE, haga conocer su tercera llamada de Atención mediante la SUPERVISIÓN o la unidad que administra el Contrato.
El SUPERVISOR podrá emitir llamada de atención al CONTRATISTA por incumplimiento en:
Incorporación de personal propuesto, en el plazo previsto.
Incumplimiento en la cantidad y plazo de movilización del equipo comprometido en su propuesta.
Incumplimiento a las instrucciones impartidas por la SUPERVISIÓN.
(Xxxxxxxx el siguiente texto cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo).
Sin perjuicio de las multas señaladas precedentemente, en caso de advertirse incumplimiento a lo establecido en el Formulario A-10, se aplicará una multa ( ) de acuerdo a lo siguiente:
a) Cuando el contrato termine por cumplimiento del mismo: Al doble de la diferencia
=1
entre el monto total por generación adicional de empleo (MTGE = ∑ = ∗ ) y el monto
efectivamente ejecutado ( ) establecido en el informe del SUPERVISOR, previsto en el inciso i) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMO SEXTA, de acuerdo a la siguiente
formula:
Donde:
= ( − ) ∗ 2
= ó
= ó
=
b) Cuando el contrato termine por resolución del mismo: Al doble de la diferencia entre el monto correspondiente a la generación adicional de empleo al momento de la resolución
=1
(MTGE = ∑ = ∗ ) y el monto efectivamente ejecutado ( ) establecido en el informe
del SUPERVISOR, previsto en el inciso i) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMO SEXTA, de acuerdo a la siguiente formula:
= MTGEp − ∗ 2
Donde:
= x
XXXX = ó ó
=
Las multas señaladas en los incisos a) y b) descritos anteriormente no deben ser consideradas como parte de los porcentajes establecidos para la resolución de contrato reguladas en los incisos
i) y j) del Sub numeral 21.2.1 del presente contrato. El cobro de la multa se efectivizará a la terminación del contrato (Por cumplimiento de contrato o por resolución del mismo) como parte de la liquidación.
TRIGÉSIMA TERCERA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA)
33.1 El CONTRATISTA y su representante en la obra están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la Obra que le fueron proporcionados.
En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo.
En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados.
33.2 EL CONTRATISTA no podrá entregar obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta.
33.3 Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los certificados de avance de obra o la liquidación final, según corresponda.
33.4 Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las planillas por avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la obra y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos.
Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses.
33.5 Durante el tiempo que demanda la ejecución de la Obra el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR.
33.6 El SUPERINTENDENTE de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la obra.
Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO.
33.7 Personal.- El CONTRATISTA deberá emplear el personal técnico clave mencionado en su propuesta, para llevar a cabo las funciones especificadas. El FISCAL DE OBRA aprobará el reemplazo del personal clave sólo cuando la calificación, capacidad y experiencia de ellos sean iguales o superiores a las del personal propuesto en la oferta del CONTRATISTA. Si el SUPERVISOR solicita la remoción de un miembro del personal o integrante de la fuerza laboral del CONTRATISTA, indicando las causas que motivan el pedido, el CONTRATISTA se ocupará de que dicha persona se retire de la Zona de
Obras dentro de siete (7) días calendario y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el contrato.
33.8 Otros CONTRATISTAS.- El CONTRATISTA deberá cooperar y compartir la zona de obras con otros CONTRATISTAS, autoridades públicas, empresas de servicios y con la ENTIDAD en los periodos especificados en la lista de otros CONTRATISTAS. La ENTIDAD podrá modificar la lista de Otros CONTRATISTAS, y notificará al CONTRATISTA.
33.9 EL CONTRATISTA deberá instalar uno o dos letreros en la obra (según corresponda). En el letrero se registrará que la obra es realizada por la ENTIDAD (registrar el nombre de la Entidad y el origen de los recursos que financia la obra), tendrá las dimensiones y características de acuerdo al modelo proporcionado por la ENTIDAD a través del SUPERVISOR.
33.10 El CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la obra, por la ENTIDAD.
33.11 El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la Obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la Obra.
33.12 (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral) El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la Obra. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo indemnizar por daños causados por las obras del CONTRATISTA a los propietarios vecinos de la Obra y de toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos.
33.13 (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral) El CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo.
33.14 El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la obra removerá todos los obstáculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y de la ENTIDAD.
33.15 El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del pago de las cargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, en el marco de las leyes vigentes, y presentar a requerimiento de la entidad, el respaldo correspondiente.
(Incluir esta redacción en caso de que el contratista se haya beneficiado con xxxxxxxx de preferencia)
33.16 Cumplir el formulario A-10, asumiendo que su incumplimiento es causal de aplicación de multas por generación de empleo establecido en la Cláusula Trigésima Segunda.
TRIGÉSIMA CUARTA.- (SEGUROS)
Serán riesgos del CONTRATISTA los riesgos por lesiones personales, muerte y pérdida o daño a la propiedad (incluyendo sin limitación alguna, las obras, Planta, materiales y Equipo) desde la fecha de inicio hasta la emisión del certificado de corrección de defectos
El CONTRATISTA deberá contratar seguros a nombre conjunto del CONTRATISTA y de la ENTIDAD para cubrir eventualidades durante el periodo comprendido entre la fecha de iniciación y el vencimiento del periodo de responsabilidad por defectos, por los montos totales y sumas deducibles, para los siguientes eventos que son de riesgo del CONTRATISTA:
34.1 Seguro de la obra: Durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA deberá mantener por su cuenta y cargo una Póliza de Seguro adecuada, para asegurar contra todo riesgo, las obras en ejecución, materiales, instalaciones del SUPERVISOR, equipos que estime convenientes, vehículos, etc.
34.2 Seguro contra accidentes personales: Los empleados y trabajadores del CONTRATISTA, que trabajan en la Obra, deberán estar asegurados contra accidentes personales, incluyendo los riesgos de muerte, invalidez parcial y total o permanente, por montos que sean por lo menos equivalentes al mínimo de las compensaciones exigidas en la legislación vigente por accidentes de trabajo.
34.3 Seguro de responsabilidad civil: El CONTRATISTA, antes de iniciar la ejecución de la Obra, deberá sin que esto limite sus obligaciones y responsabilidad obtener a su propio costo, coberturas de seguro sobre daños a terceros.
Dicho seguro deberá ser obtenido bajo los términos establecidos en este Contrato para ser aprobados por el SUPERVISOR, por un valor no inferior al uno por ciento (1%) del monto total del Contrato.
El CONTRATISTA deberá entregar al SUPERVISOR o al FISCAL DE OBRA, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la fecha de iniciación especificada. Dichos seguros deberán proporcionar compensación pagadera en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o perjuicio ocasionado.
Si el CONTRATISTA no proporciona las pólizas y los certificados exigidos, la ENTIDAD podrá contratar los seguros referidos y recuperar las primas pagadas de los pagos que se adeuden al CONTRATISTA, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del CONTRATISTA.
a) Las pólizas de seguro no podrán modificarse sin la aprobación del SUPERVISOR
o el FISCAL DE OBRA.
b) Ambas partes deberán cumplir con las condiciones de las pólizas de seguro.
TRIGÉSIMA QUINTA.- (INSPECCIONES)
El CONTRATISTA deberá permitir al SUPERVISOR, al FISCAL DE OBRA y al personal técnico de la ENTIDAD o financiador, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso a la zona de obras y a todo lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.
La ENTIDAD entregará al CONTRATISTA la posesión de la totalidad de la zona de obras. Si no se entregara la posesión de alguna parte en la fecha del desembolso del anticipo, se considerará que la ENTIDAD ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable.
TRIGÉSIMA SEXTA.- (SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS)
La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los trabajos en la obra en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o convenientes a los intereses del Estado, para lo cual notificará al CONTRATISTA por escrito, por intermedio del SUPERVISOR, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser parcial o total.
En este caso la ENTIDAD reconocerá en favor del CONTRATISTA los gastos en que éste incurriera por conservación y mantenimiento de la obra, cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los veinte (20) días calendario. A efectos del pago de estos gastos el SUPERVISOR llevará el control respectivo de personal y equipo paralizado, del que realice labores administrativas y elaborará la respectiva Orden de Cambio conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliación del plazo.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá ordenar la suspensión temporal de la obra por condiciones meteorológicas excepcionalmente desfavorables, por la inseguridad total de las obras o de una parte de las mismas o si se presentan situaciones de Fuerza Mayor. Esta suspensión puede ser parcial o total. En este caso, cuando el trabajo fuera totalmente suspendido por más de quince
(15) días calendario y la(s) actividad(es) suspendida(s) se encontrará en la ruta crítica del
cronograma vigente, el número de días en que los trabajos se encuentren suspendidos se añadirá al plazo del CONTRATO, a cuyo efecto el SUPERVISOR preparará la respectiva Orden de Cambio.
Para efectos de la elaboración de la Orden de Cambio, se computarán los costos a partir de transcurridos los quince (15) días calendario establecidos para el efecto.
También el CONTRATISTA puede comunicar al SUPERVISOR o a la ENTIDAD, la suspensión o paralización temporal de los trabajos en la obra, por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al CONTRATISTA en la ejecución de la obra.
Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del CONTRATISTA en observar y cumplir correctamente condiciones de seguridad para el personal o para terceros o por incumplimiento de las órdenes impartidas por el SUPERVISOR o por inobservancia de las prescripciones del Contrato, el tiempo que los trabajos permanezcan suspendidos, no merecerá ninguna ampliación de plazo para la entrega de la Obra, ni corresponderá pago alguno por el mantenimiento de la misma.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (COMISIÓN DE RECEPCIÓN)
Una Comisión de Recepción, tendrá actuación obligatoria en todos los procesos de recepción de obras, designada en razón de la naturaleza de la contratación y la especialidad técnica requerida por los miembros que la constituyan.
La Comisión de Recepción designada por la MAE (o la autoridad delegada para el efecto), estará conformada por personal de línea de la entidad y según su propósito estará integrada por:
a) El fiscal asignado a la obra.
b) Un representante del Unidad Administrativa
c) Un representante técnico de la Unidad Solicitante.
d) Uno o más servidores públicos que la MAE considere necesarios.
La Comisión de Recepción tiene la responsabilidad de efectuar la recepción, provisional y/o definitiva de las obras contratadas, en concordancia con lo establecido en el Documento Base de Contratación, debiendo dar su conformidad luego de verificar también el cumplimiento de las especificaciones, términos y condiciones del contrato.
TRIGÉSIMA OCTAVA.- (RECEPCIÓN DE OBRA)
A la conclusión de la obra, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega.
El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la obra, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional de la Obra.
Si la obra, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles.
La Recepción de la Obra será realizada en dos etapas que se detallan a continuación:
38.1 Recepción Provisional. Esta etapa contempla:
La Limpieza final de la Obra. Para la entrega provisional de la obra, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en
el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales.
La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional.
El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la obra. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha obra sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la obra sea entregada en forma satisfactoria.
Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del Superintendente de Obra (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra).
Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD.
Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA.
Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías.
Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.
38.2 Recepción Definitiva. Se realiza de acuerdo al siguiente procedimiento:
Cinco (5) días hábiles antes de que concluya el plazo previsto para la recepción definitiva, posterior a la entrega provisional, el CONTRATISTA mediante carta expresa o en el Libro de Órdenes, solicitará al SUPERVISOR el señalamiento de día y hora para la Recepción Definitiva de la obra, haciendo conocer que han sido corregidas las fallas y subsanadas las
deficiencias y observaciones señaladas en el Acta de Recepción Provisional (si estas existieron).
El SUPERVISOR señalará la fecha y hora para el acto de Recepción Definitiva y pondrá en conocimiento de la ENTIDAD, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde la solicitud del CONTRATISTA. Vencido dicho plazo el CONTRATISTA podrá dirigir su solicitud directamente al FISCAL a efectos de que la Comisión de Recepción realice la Recepción Definitiva de la obra.
La Comisión de Recepción realizará un recorrido e inspección técnica total de la OBRA y si no surgen observaciones, procederá a la redacción y suscripción del Acta de Recepción Definitiva. Ningún otro documento que no sea el Acta de Recepción Definitiva de la Obra podrá considerarse como una admisión de que el contrato, o alguna parte del mismo, ha sido debidamente ejecutado, por tanto, no se podrá considerar que el contrato ha sido completamente ejecutado, mientras no sea suscrita el Acta de Recepción Definitiva de la OBRA, en la que conste que la OBRA ha sido concluida a entera satisfacción de la ENTIDAD, y entregada a esta institución.
Si en la inspección se establece que no se subsanaron o corrigieron las deficiencias observadas, no se procederá a la Recepción Definitiva hasta que la OBRA esté concluida a satisfacción y en el lapso que medie desde el día en que debió hacerse efectiva la entrega hasta la fecha en que se realice efectivamente, correrá la multa pertinente, aplicándose lo previsto en la Cláusula TRIGÉSIMA SEGUNDA del presente Contrato. Dicha multa deberá ser cobrada de la última planilla de pago adeudada.
En el caso que la Comisión de Recepción no realizará el acto de Recepción de la Obra en los treinta (30) días calendario, posteriores a la notificación del CONTRATISTA, se aplicará el silencio administrativo positivo y se entenderá que dicha recepción ha sido realizada sin ninguna observación, debiendo la ENTIDAD emitir el Acta de Recepción Definitiva a requerimiento del CONTRATISTA. Si la ENTIDAD no elaborase el mencionado documento, la notificación presentada por el CONTRATISTA será el instrumento legal que dará por concluida la relación contractual.
38.3 Devolución de la garantía: Una vez que se haya emitido el Acta de Recepción Definitiva, la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario, procederá a la devolución de la(s) garantía(s) si es que el resultado de la Liquidación de Saldos fue a favor del CONTRATISTA
TRIGÉSIMA NOVENA.- (CIERRE DE CONTRATO)
El cierre de Contrato deberá ser acreditado con un CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, otorgado por la ENTIDAD, luego de la recepción definitiva y de concluido el trámite precedentemente especificado.
CUADRAGÉSIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LA PLANILLA O CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
Se debe tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado Final los siguientes conceptos:
a) Sumas anteriores ya pagadas en los certificados o planillas de avance de obra.
b) Reposición de daños, si hubieren.
c) El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
d) Las multas y penalidades, si hubieren.
Preparado así el certificado final y debidamente aprobado por el SUPERVISOR en el plazo máximo de treinta (30) días calendario, éste lo remitirá al FISCAL DE OBRA, para su aprobación y conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; caso contrario lo remitirá a la dependencia establecida por la ENTIDAD, para el procesamiento del pago correspondiente.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- (CONFORMIDAD)