PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Congreso de los Diputados
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
I. RÉGIMEN JURÍDICO
CLÁUSULA 1ª.
El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.
El presente procedimiento se regirá por lo previsto en el artículo 72 de la Constitución, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y las Normas y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación, así como por las Normas de la Ley General Presupuestaria, directa o supletoriamente aplicables, y por los Acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de desarrollo adoptados por la Cámara, en lo que se refiere a los requisitos del gasto autorizado y régimen presupuestario general.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.
CLÁUSULA 2ª.
Las menciones que la Ley de Contratos del Sector Público efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Congreso de los Diputados.
Las referencias que dicha Ley efectúa a la Caja General de Depósitos, en relación con la prestación de garantías, se entenderán hechas al Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
II. OBJETO
CLÁUSULA 3ª.
El presente procedimiento tiene por objeto la contratación del suministro de material de imprenta para el Congreso de los Diputados.
La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) es 30199700-7 Artículos de papelería impresos.
III. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN
CLÁUSULA 4ª.
La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario.
El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 15 de la Ley de Contratos del Sector Público.
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
CLÁUSULA 5ª.
1. El presupuesto máximo de licitación asciende a 320.000 euros, IVA no incluido, importe que corresponde a los cuatro años de duración inicial del contrato. A este contrato le corresponde un tipo del 18% de IVA, esto es 57.600 euros. Por consiguiente, el Presupuesto total es de 377.600 euros, IVA incluido.
El presupuesto máximo por lote del suministro objeto del presente concurso es el siguiente:
LOTE A (Sobres): 15.000 euros anuales (IVA no incluido). LOTE B (Offset): 35.000 euros anuales (IVA no incluido).
LOTE C (Impresos especiales): 30.000 euros anuales (IVA no incluido).
2. No se admitirán las ofertas que excedan de dicho presupuesto. Todas las ofertas deberán indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA.
Para la comparación de las ofertas económicas se tendrá en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una.
3. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de los suministros contratados, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y encargo, tasas, licencias y toda clase de impuestos, excepción hecha del IVA.
3. El valor estimado del contrato es de 480.000 euros, IVA no incluido, importe correspondiente a las cuatro anualidades de duración inicial del contrato y dos eventuales prórrogas.
4. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente en el presupuesto del Congreso de los Diputados, en cada ejercicio presupuestario.
5. La distribución en las anualidades que comprende el contrato será la siguiente:
Lote A
Año | Anualidad | IVA | Total |
2010 (diciembre) | 1.250 | 225 | 1.475 |
2011 | 15.000 | 2.700 | 17.7000 |
2012 | 15.000 | 2.700 | 17.7000 |
2013 | 15.000 | 2.700 | 17.7000 |
2014 (enero-noviembre) | 13.750 | 2.475 | 16.225 |
Lote B
Año | Anualidad | IVA | Total |
2010 (diciembre) | 2.916´67 | 525 | 3.441´67 |
2011 | 35.000 | 6.300 | 41.300 |
2012 | 35.000 | 6.300 | 41.300 |
2013 | 35.000 | 6.300 | 41.300 |
2014 (enero-noviembre) | 32.083´33 | 5.775 | 37.858´33 |
Lote C
Año | Anualidad | IVA | Total |
2010 (diciembre) | 2.500 | 450 | 2.950 |
2011 | 30.000 | 5.400 | 35.400 |
2012 | 30.000 | 5.400 | 35.400 |
2013 | 30.000 | 5.400 | 35.400 |
2014 (enero-noviembre) | 27.500 | 4.950 | 32.450 |
6. El adjudicatario se obliga a realizar el suministro al precio unitario ofertado, de forma sucesiva cuando el Congreso de los Diputados lo solicite, sin que la cuantía total del contrato se defina con exactitud por estar subordinado el suministro a las necesidades de la Cámara.
V. REQUISITOS PARA CONTRATAR
CLÁUSULA 6ª.
1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten que su actividad tenga relación directa con el objeto del procedimiento, así como la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, y no estar afectadas por ninguna de las circunstancias prohibitivas para contratar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios establecidos en el artículo 64 de la Ley de Contratos del Sector Público.
3. La solvencia técnica se acreditará de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley de Contratos del Sector Público.
VI. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN
CLÁUSULA 7ª.
Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargase desde la página Web del Congreso de los Diputados (xxx.xxxxxxxx.xx).
Asimismo, su retirada podrá realizarse en el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones del Congreso de los Diputados (Floridablanca s/n, Madrid), de 10 a 14 horas, en días hábiles, de lunes a viernes.
Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del contrato podrán ponerse en contacto con dicho Departamento, bien por teléfono (000000000) o mediante correo electrónico (xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxxxxxxx.xx).
CLÁUSULA 8ª.
La información, el seguimiento y control general del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones de la Dirección de Presupuestos y Contratación de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
CLÁUSULA 9ª.
1. Cada licitador podrá presentar oferta a uno, a dos, o a los tres lotes de que se compone el presente procedimiento, si bien no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de las mejoras a que se refiere la cláusula 14ª en relación con la propuesta técnica. Tampoco podrán suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
2. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
3. No serán aceptadas aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
CLÁUSULA 10ª.
Las proposiciones para tomar parte en el presente procedimiento constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o su representante, en cada uno de los cuales figurará, junto con el nombre de la empresa, la indicación siguiente:
“PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS”
Se incluirá en ellos la documentación que a continuación se indica, y por este orden:
1. Sobre “A”, “Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica del licitador”:
a) Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad o del pasaporte del licitador o, en su caso, de la persona que lo represente, debidamente legalizada. Si se trata de sociedades mercantiles, escritura de constitución, así como de las modificaciones de la misma, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que ha de obligarse, poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, que para las sociedades mercantiles podrá ser sustituido por certificación del citado Registro, mediante la que se acredite la constancia de la inscripción del poder que ostenta.
Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
b) Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán la capacidad de obrar por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Todos y cada uno de los documentos incluidos en el sobre deberán presentarse traducidos al castellano.
d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debe presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
e) Documentación acreditativa de la capacidad económica, financiera y técnica en los términos especificados en la cláusula 6ª.
f) Resguardo justificativo del depósito en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados de la garantía provisional.
g) Los empresarios extranjeros, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del
contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
h) Declaración del número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total.
i) Asimismo, las empresas pertenecientes a un mismo grupo que concurran a una licitación deberán hacer constar dicha circunstancia, aplicándose en tal caso el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la valoración de las proposiciones formuladas.
j) Compromiso de ejecución de aquellos suministros adicionales que se les soliciten, no descritos en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas que en todo caso serán de similar naturaleza a los sí incluidos.
En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
2. Sobre “B”, “Proposición económica”, firmada por el licitador o por la persona o personas que lo representasen.
Contendrá una sola proposición económica por Xxxx, formulada de conformidad con el modelo que se adjunta como “MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA”.
Debe indicarse como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Los licitantes deberán presentar oferta a todos los artículos incluidos en cada Lote.
3. Sobre «C», «Documentación técnica», debiendo los licitadores aportar los documentos que acrediten los siguientes extremos:
a) Descripción de los medios técnicos materiales y humanos con que cuenta el licitador, las condiciones de realización del suministro y otras que los licitadores consideren de interés, con la máxima especificación posible.
b) Calidad, diseño y marca de los artículos. Garantías.
c) Plazo de entrega de los suministros desde la recepción de la solicitud del Congreso de los Diputados. Forma de atención al cliente.
d) Características del envase o embalaje.
e) Cantidad mínima a suministrar en cada entrega, que será valorado en función de su idoneidad para las necesidades de consumo del Congreso de los Diputados.
f) Cualquier otro elemento que resulte de interés para valorar la oferta, como una relación pormenorizada de los suministros similares realizados en empresas privadas y en entes u organismos de la Administración Pública española, así como en países extranjeros, y cualquier otra documentación técnica que demuestre su disposición para realizar el suministro en las condiciones exigidas en los presentes pliegos.
En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
4. Los sobres «A», «B» y «C» se presentarán en el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones de la Dirección de Presupuestos y Contratación de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, de lunes a viernes, xx xxxx a catorce horas, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.
5. Los sobres podrán entregarse en mano o remitirse por correo. Cuando se envíen por correo, deberán dirigirse al Congreso de los Diputados (Carrera de San Xxxxxxxx, sin número, 28014 Madrid), justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la proposición, mediante fax o telegrama, en que se consignará la identidad del contrato y nombre del licitador.
El fax o telegrama deberá haberse impuesto, igualmente, dentro del plazo señalado para licitar. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora límites señaladas para la admisión de proposiciones, se exigirá, como medio de prueba, que en el texto del fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío realizado por correo.
6. La oferta contendrá una declaración expresa de aceptación incondicional y acatamiento del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas sin salvedad alguna.
CLÁUSULA 11ª.
Para poder tomar parte en el procedimiento será preciso haber constituido previamente una garantía provisional por valor del 1% del presupuesto de licitación, y reunirá los requisitos establecidos en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S-2804002-J) y se presentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
VIII. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
CLÁUSULA 12.ª
1. El órgano de contratación estará asistido para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros del Congreso de los Diputados, constituida en Mesa de Contratación.
2. La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, estudiará las mismas de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La Mesa procederá a la apertura del sobre «A», y si observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
El Presidente de la Mesa notificará el resultado de la admisión definitiva en la sesión destinada a la apertura de los sobres conteniendo la proposición económica.
b) La apertura de los sobres «B» y «C» se hará en sesión pública. Se procederá a la apertura de las ofertas económicas de los concursantes admitidos, dándose lectura de ellas, destruyéndose o devolviendo al concursante el correspondiente sobre, si no hubiese sido admitido al concurso, y rechazándose aquellas que careciesen de concordancia con la documentación examinada o variasen sustancialmente el modelo establecido.
En el mismo acto se procederá a la apertura del sobre «C», referido a la documentación técnica.
La Mesa de Contratación examinará el contenido del sobre “C” de los licitadores admitidos con anterioridad al estudio de la oferta económica. En el examen de las propuestas técnicas, se cuantificarán los distintos apartados y se deducirá la puntuación final de cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 15ª, dejando constancia documental de todo ello.
La Mesa de Contratación podrá requerir a los licitadores para que realicen las aclaraciones necesarias o las adecuaciones oportunas para la comprensión de algún aspecto de las ofertas, así como solicitar antes de la valoración, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato.
c) A continuación, la Mesa de Contratación procederá a la valoración de las ofertas económicas y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas técnicas. Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Congreso con la correspondiente propuesta.
IX. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA 13.ª
1. Para la adjudicación del contrato, la Administración valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el concurso.
2. Los criterios objetivos que han de servir de base para la determinación de la oferta más ventajosa son:
Criterios objetivos | Ponderación máxima |
Oferta económica | 50 % |
Oferta técnica | 50 % |
3. Las ofertas económicas se valorarán de 0 a 100 puntos.
Para esta valoración en primer lugar se ponderarán los precios ofertados de acuerdo con el peso de cada artículo (según su precio y unidades estimadas) en el precio total,. Se obtendrá así la valoración económica total de cada oferta, que se tomará como elemento comparable para distribuir la puntuación según el criterio siguiente:
Se valorarán con 0 puntos:
- las ofertas cuyo precio ofertado supere en un 35 % o más el valor medio; y
- las ofertas cuyo precio ofertado sea inferior en más de un 35% al valor medio.
Dentro de este margen la puntuación que corresponda a cada oferta será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:
1,35Pm − Po
P = 100 ×
0,7Pm
P = Puntuación
Po = Precio ofertado Pm = Precio medio
4. En la oferta técnica se valorará tanto la calidad técnica, las características y presentación de los productos, el control medioambiental, el plazo de entrega, valorándose la reducción de este plazo respecto al máximo establecido en el pliego. Asimismo, los medios económicos, materiales y humanos asociados para la ejecución de este contrato.
La calidad se determinará según los medios técnicos y materiales que se acrediten, así como los medios de control de calidad que el licitador tenga establecidos, habida cuenta de que se respetará como calidad mínima las características establecidas en el presente pliego para cada uno de los modelos.
El control medioambiental se acreditará con la justificación de que el papel utilizado se gestiona con criterios de sostenibilidad medioambiental, tanto en origen como desde el punto de vista de la cadena de custodia.
En el caso de que los licitadores establezcan una cantidad mínima para proceder al envío de la mercancía, se valorará su cuantía en función de la facilidad que suponga para el aprovisionamiento.
Asimismo se valorará la acreditación de stock suficiente para asegurar la reposición de productos con carácter inmediato, como cualquier otro elemento que resulte de interés en relación con el objeto del contrato.
5. En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, y si esta circunstancia se acredita en varias empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo a la Disposición Adicional sexta, apartado 1º de la Ley de Contratos del Sector Público.
Si se produjese un empate entre dos o más licitadores, el adjudicatario sería aquel cuya oferta económica fuera más baja. Si persistiera el empate, se dirimirá mediante sorteo.
X. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
CLÁUSULA 14.ª
1. La Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación provisional a la Mesa de la Cámara, u órgano delegado a estos efectos, quien tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, mediante resolución motivada, de conformidad con los criterios señalados en la cláusula 13ª, procederá a la adjudicación provisional del contrato en el plazo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas, notificándose a los licitadores y publicándose en el perfil del contratante.
2. En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que se le notifique la adjudicación provisional, el adjudicatario deberá aportar los documentos acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula 15ª.
3. Si el adjudicatario no cumpliese con las obligaciones señaladas en el plazo indicado en el párrafo anterior, la Mesa del Contratación podrá efectuar una nueva propuesta de adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de cinco días hábiles para cumplimentar lo señalado en el párrafo anterior.
4. Transcurridos dos meses desde la apertura de las proposiciones económicas sin que se haya resuelto la adjudicación, el licitador que lo desee
podrá requerir por escrito en cualquier momento, la retirada de su proposición, y la devolución o cancelación de la garantía provisional prestada.
XI. GARANTÍA DEFINITIVA
CLÁUSULA 15 ª
1. Notificada la adjudicación provisional, el adjudicatario está obligado a constituir, en el plazo de quince días hábiles, una garantía definitiva, por valor del 5 % del importe de adjudicación de cada lote, excluido el IVA.
2. Esta garantía se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 88 del la Ley de Contratos del Sector Público.
4. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 84 a 91 de la Ley de Contratos del Sector Público.
XII. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
CLÁUSULA 16.ª
1. La adjudicación definitiva corresponderá a la Mesa del Congreso de los Diputados u órgano delegado a estos efectos, a propuesta de la Mesa de Contratación en el plazo xx xxxx días hábiles siguientes a aquel en que expire el plazo señalado en la cláusula 16.ª, siempre que el adjudicatario haya cumplido con las obligaciones establecidas en la misma, y a salvo de lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 37 de la Ley de Contratos del Sector Público, si la adjudicación provisional fuera objeto de recurso especial regulado en dicho artículo.
2. La adjudicación definitiva se notificará al licitador y se publicará en la forma establecida en el artículo 138 de la Ley de Contratos del Sector Público.
3. Notificada la adjudicación definitiva del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 17.ª
2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la garantía provisional.
3. Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá reembolsar en la Dirección de Presupuestos y Contratación del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstos señalen.
CLÁUSULA 18.ª
Asimismo tendrá carácter contractual la oferta presentada por el contratista en todo lo referente a las mejoras propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos en el presente Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares hayan determinado la adjudicación del mismo.
XIV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 19 ª.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de
prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera el Congreso de los Diputados al adjudicatario.
XV. PLAZO DE EJECUCIÓN
CLÁUSULA 20ª.
El contrato entrará en vigor el día 1 de diciembre de 2010 y tendrá una duración inicial de cuatro años.
El contrato podrá ser objeto de prórroga por acuerdo de ambas partes, por períodos anuales, sin que la prórroga pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
La duración del contrato, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de seis años.
CLÁUSULA 21ª
El adjudicatario vendrá obligado a seguir realizando el suministro cuando el contrato se hubiese denunciado por cualquier causa, o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración inicial o de sus prórrogas y hasta que vaya a iniciarse el suministro por la empresa que resulte adjudicataria.
XVI. REVISIÓN DE PRECIOS
CLÁUSULA 22º
Durante el primer año de vigencia del contrato no será aplicable la revisión de precios tal como establece el artículo 77 de LCSP. A partir del segundo año de vigencia del contrato y de las sucesivas prórrogas que en su caso de acordasen, la revisión de precios se realizará mediante la aplicación como máximo del 85% a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo en el período correspondiente a los 12 meses anteriores al inicio de cada período anual de ejecución, ya corresponda al período de duración inicial del contrato o bien al período de prórroga, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 78.3 de la LCSP.
XVII. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
CLÁUSULA 23ª.
1. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera el Congreso de los Diputados al contratista.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
2. El adjudicatario se obligará a realizar el suministro objeto del contrato al precio ofertado, aplicándose los artículos 273 y 274 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a los gastos de entrega y recepción y vicios o defectos durante el plazo de garantía.
3. Las características y diseño de cada uno de los artículos son los descritos para cada uno de los modelos en los Anejos del presente documento. Cualquier otro modelo no incluido en el presente expediente y cuya adquisición así se requiera dentro del plazo de vigor del contrato que se formalice con motivo de la presente licitación, será suministrado por el adjudicatario. El precio de los mismos se mantendrá durante la vigencia del contrato de referencia y se determinará en función tanto de las unidades de consumo como de la similitud con cualquier otro modelo incluido en este expediente, pasando a formar parte del catálogo y aplicándosele desde ese momento todas las condiciones del contrato.
Todos los trabajos de fotocomposición y fotomecánica correrán a cargo del adjudicatario.
Los envases y embalajes de los artículos deberán ser los adecuados para su correcta manipulación, transporte, conservación y almacenaje y deberá figurar claramente en el exterior de los mismos el modelo y la cantidad que contienen.
4. La entrega del material se realizará en los lugares que se le indiquen en los plazos máximos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas o en la oferta de la empresa adjudicataria se éstos fueran inferiores.
5. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el Congreso de los Diputados podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades que se establecen en el art. 196 de la Ley.
CLÁUSULA 24.ª
1. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones.
2. El Congreso será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquél para la ejecución de este contrato.
3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.
4. El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y el proyecto de suministro que se derive de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.
5. En la entrega de los suministros, es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc.
6. El adjudicatario para cubrir sus responsabilidades contractuales y civiles derivadas de la ejecución de los trabajos contratados dispondrá de una póliza de seguros con una cobertura de 300.000 €.
CLÁUSULA 25.ª
CLÁUSULA 26.ª
El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara.
CLÁUSULA 27ª.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados a los bienes antes de su entrega al Congreso de los Diputados, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
XVIII. RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD
1. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación.
2. El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
XIX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 29.ª
2. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar al Congreso de los Diputados los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan el importe de la garantía incautada.
XX. PRERROGATIVAS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, RECURSOS Y FUERO
CLÁUSULA 30ª
1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
3. En los supuestos previstos en el artículo 37 de la LCSP, procederá la interposición del recurso contencioso-administrativo especial en materia de
contratación, que en todo caso deberá interponerse con anterioridad al correspondiente recurso contencioso-administrativo, sin que proceda la interposición de recurso potestativo de reposición.
El plazo para presentar el recurso especial en materia de contratación será xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se notifique o publique el acto impugnado. En el caso de que el acto recurrido sea el de adjudicación provisional del contrato, el plazo se contará desde el día siguiente a aquel en que se publique el mismo en un diario oficial o en el perfil del contratante.
En el recurso especial en materia de contratación podrá solicitarse la adopción de medidas provisionales de acuerdo con lo establecido en el art. 38 de la Ley.
Contra la resolución del recurso administrativo especial en materia de contratación, sólo procederá la interposición del recurso contencioso- administrativo.
4. En aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procederá la interposición del recurso ante la propia Mesa con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña. con D.N.I.
núm. , vecino de provincia de
, con domicilio en , núm. , código postal , (en nombre propio) o (de la empresa que representa)
, con C.I.F. núm. y domicilio en
, núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contratante, BOE, BOCG) del día …………………. y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del LOTE A DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS, se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio de Euros,
al que corresponde por IVA la cuantía de ……………….………… Euros, totalizándose la oferta en Euros, todo ello de acuerdo con lo establecido en
los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el siguiente detalle:
Cantidad aproximada | Denominación del producto | Precio unitario | Precio total | Importe IVA |
10.000 | Bolsa 250x353 - ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona, sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
5.000 | Sobre 120x176 registro blanco 110 gramos solapa de pico humectable forrado en papel seda gris 1 cara negro |
5.000 | Sobre 120x176 - ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona, sistema abrefácil fondo dibujo gris 2 caras negro y rojo | |||
2.000 | Sobre 120x176 conqueror o similar blanco brillante verjurado 120 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro | |||
7.000 | Sobre 120x176 - ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona, sistema abrefácil fondo dibujo gris 2 caras negro y rojo | |||
5.000 | Sobre 120x176 – conquerir o similar blanco brillante verjurado 120 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro | |||
2.000 | Sobre 120x176 - ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona, sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 120x176 - ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona, sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 110x220 registro blanco 110 gramos solapa de pico humectable 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 162x229 ofset blanco 80 gramos solapa trapezoidal humectable para ensobradota fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
2.000 | Sobre 176x231 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
10.000 | Sobre 176x231 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro |
15.000 | Sobre 176x231 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
10.000 | Sobre 229x324 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
20.000 | Sobre 229x324 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
10.000 | Sobre 229x324 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
5.000 | Sobre 260x360 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
7.500 | Sobre 110x220 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 2 caras negro y rojo | |||
2.000 | Sobre 110x220 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 110x220 ofset blanco 90 gramos solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 115x225 ofset blanco 90 gramos ventana derecha (45x100) solapa recta con tira de silicona sistema abrefácil fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo | |||
5.000 | Sobre 115x225 ofset blanco 80 gramos ventana derecha (45x100) solapa trapezoidal humectable para ensobradora fondo dibujo gris 1 cara negro y rojo |
5.000 | Bolsa 250x353 xxxxx natural verjurado 80 gramos solapa recta con adhesivo reutilizable para inspección postal 1 cara negro | |||
2.000 | Bolsa 250x353 celulosa xxxx xxxxxxxxx 000 gramos solapa recta cierre PVC troquelado 1 cara negro | |||
2.000 | Bolsa 229x324 ofset blanco 100 gramos solapa recta con tira de silicona dorso de cartón 1 cara negro y rojo | |||
1.000 | Bolsa 260x360 con fuelle a tres lados de 60 mm. offset blanco 140 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro | |||
2.925 | Bolsa 260x360 con fuelle a tres lados de 60 mm. offset blanco 140 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro | |||
1.000 | Bolsa 260x360 xxxxx armado marrón 120 gramos solapa recta con tira de silicona fondo dibujo marrón 1 cara negro y rojo | |||
2.000 | Sobre 110x220 conqueror o similar blanco brillante verjurado 120 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro | |||
5.000 | Sobre 110x220 conqueror o similar blanco brillante verjurado 120 gramos solapa recta con tira de silicona 1 cara negro |
En Madrid, a de de 2010
Firma del proponente,
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña. con D.N.I.
núm. , vecino de provincia de
, con domicilio en , núm. , código postal , (en nombre propio) o (de la empresa que representa)
, con C.I.F. núm. y domicilio en
, núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contratante, BOE, BOCG) del día …………………. y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del LOTE B DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS, se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio de Euros,
al que corresponde por IVA la cuantía de ……………….………… Euros, totalizándose la oferta en Euros, todo ello de acuerdo con lo establecido en
los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el siguiente detalle:
Cantidad aproximada | Denominación del producto | Precio unitario | Precio total | Importe IVA |
16.000 | Carta DIN A-4 con escudo y leyenda, offset 1 tinta 90 gramos | |||
360.000 | Carta DIN A-4 con escudo y leyenda, offset 1 tinta 90 gramos | |||
16.000 | Carta DIN A-4 con escudo y leyenda, offset 1 tinta 90 gramos |
2.000 | Subcarpeta 216x320 blanca con escudo y leyenda, ofset plegada 1 tinta 100 gramos | |||
12.000 | Subcarpeta 255x325 blanca con escudo y leyenda, ofset plegada 1 tinta 180 gramos | |||
42.000 | Subcarpeta 216x320 blanca con escudo y leyenda, ofset plegada 1 tinta 100 gramos | |||
1.000 | Subcarpeta 223x320 crema con escudo y leyenda, ofset plegada 1 tinta 240 gramos | |||
24.000 | Subcarpeta 223x320 crema con escudo y leyenda, ofset plegada 1 tinta 240 gramos | |||
16.000 | Octavillas 90x150 con escudo y leyenda, ofset 1 tinta 90 gramos | |||
1.600 | Block de notas 123x203 de 100 hojas con soporte y tapa, ofset 1 tinta 90 gramos (talonario pegado sobre soporte de cartoncillo) | |||
400 | Block de notas 123x203 de 100 hojas con soporte y tapas cartoncillo, ofset 1 tinta 90 gramos (encuadernado con espiral) | |||
240 | Lote de 300 tarjetas de visita 100x60 blanco con escudo y leyenda, ofset 1 tinta 240 gramos | |||
65 | Lote de 300 tarjetas de visita 100x60 blanco con escudo en seco y leyenda en termorrelieve, 1 tinta + seco 240 gramos | |||
16.000 | Tarjetón 112x167, tipo Bristol blanco, con escudo y leyenda, ofset 1 tinta 240 gramos | |||
48.000 | Tarjetón 112x167, tipo Bristol blanco, con escudo y leyenda, ofset 1 tinta 240 gramos |
En Madrid, a de de 2010
Firma del proponente,
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña. con D.N.I.
núm. , vecino de provincia de
, con domicilio en , núm. , código postal , (en nombre propio) o (de la empresa que representa)
, con C.I.F. núm. y domicilio en
, núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contratante, BOE, BOCG) del día …………………. y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del LOTE C DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA EL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS, se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio de Euros,
al que corresponde por IVA la cuantía de ……………….………… Euros, totalizándose la oferta en Euros, todo ello de acuerdo con lo establecido en
los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el siguiente detalle:
Cantidad aproximada | Denominación del producto | Precio unitario | Precio total | Importe IVA |
20.000 | Carta DIN A-4, papel registro 120 gramos, escudo en seco con dos leyendas en relieve negro | |||
4.000 | Carta DIN A-4, papel registro 120 gramos, escudo en seco con leyenda en relieve negro | |||
2.000 | Octavillas 90x150, papel registro 120 gramos, escudo seco con leyenda en relieve negro |
3.000 | Sobre 110x220, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
8.000 | Sobre 110x220, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
2.000 | Sobre 110x220, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, forrado en papel seda gris, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
5.000 | Sobre 120x176, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, forrado en papel seda gris, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
2.000 | Sobre 120x176, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, forrado en papel seda gris, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
1.500 | Sobre 176x231, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
1.500 | Sobre 229x324, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
1.000 | Sobre 250x353, registro blanco 120 gramos, solapa de pico humectable, escudo seco y leyenda en relieve negro | |||
10.000 | Tarjeta de visita 100x60 mm., cartulina Xxxxxxx xxxxxx 40 KG, escudo en seco y leyenda en relieve negro |
22.000 | Tarjeta de visita 100x60 mm., cartulina Xxxxxxx xxxxxx 40 KG, escudo en seco y leyenda en relieve negro | |||
18.000 | Tarjetón 112x167, cartulina Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, escudo en seco y dos leyendas en relieve negro | |||
1.000 | Tarjetón 112x167, cartulina Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, escudo en seco y leyenda en relieve negro | |||
3.000 | Invitación 112x167, cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, escudo o medalla en relieve y oro | |||
5.000 | Invitación 112x167, cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, escudo en relieve y colores | |||
1.000 | Menú 104x163, cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, cantos redondeados, escudo o medalla en relieve y oro | |||
1.000 | Menú 104x163, cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 40 Kg, cantos redondeados, medalla en relieve y colores | |||
1.500 | Tarjeta sobremesa 116x95 mm., cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 50 Kg, un hendido, escudo o medalla en relieve y oro, leyenda en relieve negro | |||
3.000 | Tarjeta sobremesa 116x95 mm., cartulina tipo Xxxxxxx xxxxxx 50 Kg, un hendido, medalla en relieve y colores, leyenda en relieve negro |
En Madrid, a de de 2010
Firma del proponente,