PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MANTENIMIENTO FULL SERVICE DE IMPRESORAS.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MANTENIMIENTO FULL SERVICE DE IMPRESORAS.
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN SECRETARIA GENERAL ADQUISICIONES Y PROVEEDURÍA
Paysandú 1283
Tel.: 0.000.00.00 al 68 int. 243-209
INCISO: 33
Unidad Ejecutora: 001 Licitación Abreviada Nº 04/2020
ARTICULO 1.OBJETO DEL LLAMADO
La Fiscalía General de la Nación convoca a la presentación de ofertas para la contratación de un servicio de mantenimiento Full Service de las impresoras que a continuación se detallan:
Las características técnicas del servicio solicitado se encuentran detalladas en el Anexo II del presente Pliego de Condiciones Particulares.
Se solicita mantenimiento con insumos y repuestos ORIGINALES.
ARTÍCULO 2. ACLARACIONES.
Los proponentes interesados podrán solicitar aclaraciones y consultas así como solicitar prórroga del acto de apertura. Las mismas deberán solicitarse por escrito, en Adquisiciones y Proveeduría de la Fiscalía General de la Nación ubicada en la xxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx en el horario de 12 a 17 hrs., en un plazo de hasta dos días hábiles con antelación a la fecha de apertura, a la siguiente dirección: adquisiciones@fiscalia.gub.uy.-
La Administración se reserva el derecho de atender la solicitud de prórroga que se solicitara dentro del plazo señalado, desestimarla o conceder un plazo distinto al solicitado.
Vencido dicho plazo la Administración desestimará cualquier solicitud de prórroga y no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
Las evacuaciones y comunicaciones, sin perjuicio de la noticia personal, se publicitarán a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx dentro del procedimiento correspondiente.
ARTÍCULO 3. PRECIO XXX XXXXXX.
El presente pliego puede obtenerse en el sitio web de Compras Estatales (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx). El mismo no tiene costo.
ARTÍCULO 4. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Los oferentes podrán presentar personalmente sus propuestas en Adquisiciones y Proveeduría de la Fiscalía General de la Nación ubicada en la xxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx o realizar la carga de las mismas on-line a través del sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en ambos casos hasta la hora fijada para la celebración del Acto de Apertura.
En caso de presentarse en soporte papel, deberá hacerse en papel simple firmado por el oferente, en original, y dos copias, en sobre cerrado.
En caso de presentarse on-line, la propuesta deberá estar firmada por el oferente y deberá subirse obligatoriamente como archivo adjunto, conteniendo la propuesta técnica correspondiente.
En caso de que se presente la oferta económica sin su correspondiente oferta técnica, la Administración podrá desestimar toda la oferta sin mas trámite.
En caso de discrepancias entre la cotización ingresada manualmente por el oferente en la Tabla de
Cotización del sitio web de Compras y Contrataciones Estatales y la oferta ingresada como archivo adjunto en dicho sitio, se le dará valor a esta última.
Los oferentes podrán presentar ofertas alternativas, modificaciones o variantes además de la oferta básica.
Todos los documentos de la propuesta deberán ser cuidadosamente redactados sin borrones, raspaduras, o enmiendas, anuladas en el reverso si la misma es en hoja simple y numeradas correlativamente por el proponente al pie de éstas.
No se tendrán en cuenta las ofertas que no cumplan con los requisitos que anteceden.
NOTA: REQUISITO DE ADMISIBILIDAD: A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), conforme a lo dispuesto por el art. 76 del T.O.C.A.F. y el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 xx xxxx de 2013.
Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO, EN INGRESO (SIIF) y ACTIVO.
ARTICULO 5. INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA
La oferta deberá contener información completa según el siguiente detalle:
I) La oferta económica: de acuerdo a lo establecido en el artículo 7.
II) Características del servicio: se establecerá las especificaciones del servicio ofrecido de acuerdo a lo solicitado en el presente Xxxxxx.
III) Antecedentes: los oferentes deberán contar con experiencia mínima de dos años de antigüedad en servicios de este tipo y de similar magnitud, para lo cual presentarán detalle de los mismos, especificando nombre de la Institución, nombre y teléfono del contacto a quien realizar las consultas. Deberá especificarse claramente cuáles son las referencias que corresponden a los dos últimos años.
IV) El oferente deberá presentar una Declaración en la cual indique que se encuentra en condiciones de contratar con el Estado.-
ARTICULO 6. CONFIDENCIALIDAD
En caso de que los oferentes presentaren información considerada confidencial, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 literal I) de la Ley N.º 18.381 de Acceso a la Información Pública de 17
de octubre de 2008 y del artículo 65 del TOCAF, la misma deberá ser presentada cumpliendo con la normativa. La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva responsabilidad del proveedor. En caso que se ingrese información en carácter confidencial que no se ajuste a los requisitos exigidos por la normativa referida la misma no tendrá el carácter antes mencionado.
El oferente deberá presentarse en la parte pública de su oferta un “resumen no confidencial”, breve y conciso, que especifique a qué refiere la información calificada como confidencial, siempre y cuando la tuviera (Decreto N° 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010).
ARTICULO 7. PRECIO
La cotización deberá ser en moneda nacional, por ítem, indicando el precio por copia impresa sin impuestos e individualizando expresamente los tributos que correspondan adicionar.
En el caso que no se individualicen los impuestos, se da por entendido que cada uno de los precios incorpora la totalidad de los impuestos, como todas las providencias necesarias para la entrega del objeto del llamado.
Los oferentes deberán cotizar obligatoriamente ajustándose a las condiciones y formas que se establecen en el presente Pliego, sin perjuicio de presentar soluciones alternativas, variantes o modificaciones por separado, las que serán evaluadas en forma discrecional por la Administración.
No se tendrán en cuenta las ofertas que contengan cláusulas con intereses por xxxx, ni aquéllas que no se ajusten a lo solicitado en el presente Xxxxxx.
El servicio ofertado no podrá estar sujeto a confirmación ni condiciones en forma alguna.
Se deberá explicitar al final de la propuesta económica el precio total de los servicios ofertados.
Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que gravan la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda. La Administración rechazará de plano las ofertas que establezcan traslados tributarios diferentes a los dispuestos por dicha norma.
Nota: Los precios deberán presentarse con redondeo no admitiéndose centésimos.
ARTÍCULO 8. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA.
El plazo de mantenimiento de las ofertas será de noventa (90) días a contar desde la fecha de la apertura de las ofertas. Vencido dicho plazo se entenderá que el mismo se prorroga automáticamente
por idéntico término y así sucesivamente, de no mediar comunicación escrita en contrario o retiro de la propuesta por el interesado con diez días hábiles de antelación al vencimiento respectivo.
ARTÍCULO 9. FECHA DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS.
La apertura de las ofertas se hará en Acto público en la fecha y hora que determine la oficina de Adquisiciones y Proveeduría, en la sede de la Fiscalía General de la Nación sita en la xxxxx Xxxxxxxx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en presencia de quién la Administración contratante designe a tales efectos, y de los oferentes o de sus representantes que asistan a dicho Acto.
Abierto el acto no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo no obstante los presentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen.
Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada que será firmada por los funcionarios actuantes y los oferentes que lo deseen hacer.
ARTICULO 10. DOCUMENTOS A PRESENTAR
El oferente deberá presentar un sobre conteniendo:
I. La oferta.
II. Formulario de Identificación del Oferente.
III. Antecedentes de comercialización en plaza de la empresa, y referencias del servicio, debidamente acreditados.
IV. Certificado de Centro de Servicio Autorizado por las marcas.
V. Comprobante de utilización de insumos ORIGINALES emitido por el fabricante.
VI. Se reserva sólo al Oferente que resultare adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar.
Los representantes de firmas extranjeras o sean aquellas personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país que en forma habitual y autónoma presten servicios consistentes en preparar, proveer, facilitar o perfeccionar la transferencia de bienes o servicios que ofrezcan las firmas extranjeras, percibiendo una comisión o porcentaje a cargo del comitente, deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras del Ministerio de Economía y Finanzas (Ley N.º 16.497).
Nota 1: La Administración podrá otorgar a los oferentes un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles para salvar defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia.
Nota 2: Aquellos Oferentes que deseen suscribir el Acta de Apertura o dejar constancias en la misma,
xxxxxxx acreditar la representación que invocan mediante la exhibición de: a) Poder General o Especial. b) Carta Poder con firmas certificada por Escribano Público.
ARTICULO 11. NEGOCIACIONES
Si se presentaren dos o más ofertas que reciban calificación similar o tengan precio similar según cual sea el criterio de evaluación aplicado, la Administración se reserva el derecho de convocar a Negociaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 del TOCAF.
Asimismo, la Administración se reserva el derecho de hacer uso de las facultades otorgadas por el artículo 74 del TOCAF.
ARTICULO 12. RÉGIMEN DE PREFERENCIAS
PREFERENCIA A LA INDUSTRIA NACIONAL: Será de aplicación lo establecido en el Art.58 del TOCAF, y demás normas que rijan la materia.
PREFERENCIA A LAS MIPYMES: Se deberá tener en cuenta lo establecido en el Art. 44 de la Ley N.º 18.362 de 6 de octubre de 2008 reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo N°. 371/010 de 14 de diciembre de 2010 y disposiciones concordantes y/o complementarias.
Para la aplicación del beneficio, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta el Certificado expedido por DINAPYME que acredite su condición de MIPYME y la Participación en el Subprograma de Contratación para el Desarrollo (Art. 4 y concordantes del Decreto N.º 371/2010).
La no acreditación de la condición de MIPYME y la correspondiente participación en el referido subprograma mediante el mencionado certificado, implicará el no otorgamiento de beneficio alguno hacia la empresa oferente, considerando a la misma como no MIPYME.
En caso que el oferente desee acogerse al mecanismo de reserva xx xxxxxxx previsto en el Art. 11 del Decreto N.º 371/2010 deberá indicarlo en forma explícita en su oferta.
ARTÍCULO 13. ADJUDICACIÓN
La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente el objeto de la presente licitación a la/s oferta/s que considere más conveniente/s para sus intereses, de acuerdo a los criterios de adjudicación que a continuación se señalan y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las mismas.
Para la comparación de ofertas y su posterior adjudicación, se tomará en cuenta cada ítem
individualmente considerado.
FACTORES A EVALUAR PONDERACIÓN ESCALA DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
I) PRECIO HASTA: 60 puntos
• 60 puntos a la más económica.
• restantes ofertas 60 puntos multiplicado por la oferta más económica dividida por la oferta que se califica.
II) ANTECEDENTES Y REFERENCIAS: HASTA 30 puntos
Deberán haber realizado trabajos similares debidamente acreditados. Dichos antecedentes serán va- lorados de la siguiente forma:
• Hasta 10 o más antecedentes tendrán 30 (treinta) puntos.
• Hasta 6 antecedentes tendrán 20 (veinte) puntos.
• Hasta 3 antecedentes tendrán 10 (diez) puntos.
Los antecedentes deberán acreditarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 III) de este pliego. La Fiscalía se reserva el derecho de realizar por su cuenta las averiguaciones pertinentes a fin de constatar la veracidad de la información presentada en la oferta, así como las consultas necesarias al oferente.
III) ANTECEDENTES XXXX: HASTA 10 puntos Si no presenta sanciones en XXXX: 10 puntos
Por cada advertencia en el XXXX se restará 1 punto, por cada multa se restará 1,5 puntos y por cada sus- pensión en otro Organismo del Estado se restará 2 puntos, por otra sanción se restará 0,5 puntos, del to- tal de 10 puntos, no pudiéndose alcanzar un puntaje negativo.
Una vez notificado el acto de adjudicación al oferente adjudicatario, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 73 del TOCAF, se tendrá por perfecto y eficaz el negocio, no siendo preceptiva la suscripción de contrato documental alguno, debiendo la Administración y el adjudicatario ceñirse para su ejecución: a) a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares, y b) a lo ofertado.
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso, y si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello de lugar a reclamación de clase alguna.
Nota 1: Xxxxx desestimadas las propuestas cuando contengan cláusulas abusivas, entendiéndose por éstas aquellas que por su contenido o su forma, contradiga las exigencias xxx Xxxxxx y determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe.
Nota 2: Se tendrá presente lo dispuesto en las Leyes N.º 17.957 de 4 xx xxxxx de 2006 y N.º 18.244 de 27 de diciembre de 2007.
Nota 3: Asimismo, y en cuanto corresponda los oferentes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en los Decretos N.º 260/007 y N.º 315/010, reglamentarios de la Ley N.º 17.849.
ARTICULO 14. PLAZO
El plazo contractual será por el término de hasta 3 (tres) meses, no obstante vencido el mismo, la Administración podrá solicitar a la empresa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del TOCAF, que el servicio se preste hasta la sustanciación del nuevo llamado. El servicio se prestará en las mismas condiciones de prestaciones y precios que durante el período contractual.
ARTICULO 15. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Siempre que el monto total de lo adjudicado supere el 40% xxx xxxx de la Licitación Abreviada, el adjudicatario podrá constituir una garantía equivalente al cinco por ciento (5%) del monto adjudicado, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la misma.
La empresa que resulte adjudicataria, si correspondiera, en un plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato, mediante el depósito del importe equivalente al 5% de la adjudicación (art. 64 del TOCAF).
Las garantía podrá constituirse mediante:
a)Depósito en efectivo o valores públicos, fianza, aval o garantía de un Banco establecido en la República Oriental del Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un Banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución.
b) Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora. No se admitirán garantías personales de especie alguna.
El documento justificativo de la constitución de la garantía deberá contener necesariamente el número de la licitación.
En caso de no hacer uso de la opción de constituir garantía y de verificarse incumplimiento, se aplicarán las consecuencias establecidas en el artículo 64 del TOCAF.
ARTICULO 16. FACTURACIÓN Y PAGO
La facturación de este servicio se realizará con carácter mensual; se abonará por las impresiones efectivamente realizadas.
El conteo de copias se llevará a cabo a través de un dispositivo contador instalado por el adjudicatario en cada impresora y/o de cualquier otro medio, que permita visualizar y verificar por el personal en cualquier momento el número de copias impresas.
El pago será a 90 días a contar de la fecha de conformación de la factura correspondiente, en Moneda Nacional (Pesos Uruguayos) a través del SIIF.
ARTICULO 17. XXXX
El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos pactados o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial de especie alguna.
ARTICULO 18. MULTA
La falta de cumplimiento por parte del adjudicatario en los plazos o condiciones estipuladas, generará una multa de 2 º/00 (dos por mil) por cada día de retraso, calculado sobre el monto de la adquisición no cumplida en tiempo y forma.
Excedido 30 días, la Administración podrá revocar la adjudicación, con la consiguiente pérdida de la garantía constituida.
ARTICULO 19. PENALIDADES
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, la falta de cumplimiento o la demora en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones, por causa imputable al oferente o adjudicatario, en su caso, podrá dar mérito a la aplicación de las siguientes medidas, no siendo las mismas excluyentes:
a) Advertencia.
b) Suspensión por un período a determinar en cada caso.
c) Aplicación de la multa señalada en el Art. 18.
d) Eliminación del infractor como proveedor del organismo.
Todo ello, sin perjuicio de las comunicaciones a efectuar al XXXX, y la publicidad que corresponda.
ARTICULO 20. NOTIFICACIONES
Se establecen como medios válidos de notificación todas las formas establecidas por el artículo 696 de la Ley N.º 16.736 de 5 de enero de 1996.
ARTICULO 21. RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La Administración podrá rescindir unilateralmente la relación contractual por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo previamente notificar al mismo. No obstante la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente.
La rescisión por incumplimiento del adjudicatario aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a la Administración, y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato sin perjuicio del pago de la multa correspondiente.
ARTICULO 22. OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
El adjudicatario no podrá delegar responsabilidades en subcontratistas, transferir o ceder las mismas, o cualquier otra forma directa o indirecta de lograr el mismo fin, salvo autorización expresa y previa de la Administración.
ARTICULO 23. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta de oficio por la Administración, una vez verificado el cumplimiento de toda las obligaciones contractuales.
ARTICULO 24. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD.
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, ó desestimar todas las ofertas, así como adjudicar total o parcialmente. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
ARTÍCULO 25. CONDICIONES GENERALES
La sola circunstancia de presentarse a la Licitación implica que el oferente conoce y acepta las condiciones y requerimientos establecidos en estos Pliegos de Condiciones Particulares, así como
de los Pliegos Generales de Condiciones para los contratos de Suministro y Servicios No Personales.
Salvo indicación expresa formulada en la oferta, se entiende que ésta se ajusta a las condiciones, y que el proponente queda comprometido a su total cumplimiento.
ARTICULO 26. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Por el solo hecho de presentarse a Licitación, se entenderá que el oferente hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay.
ARTICULO 27. NORMATIVA APLICABLE
Este procedimiento se enmarca en lo pertinente, en todas las normas que regulan las contrataciones del Estado, y aquéllas del Derecho común que le sean aplicables.
ANEXO I
FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE LICITACIÓN ABREVIADA N°04/2020
RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA
NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA
R.U.T.:
DOMICILIO Y DEMÁS DATOS A EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN:
CALLE:………………………………………… N°…………………………………...
LOCALIDAD:……..…………………………… CÓDIGO POSTAL:…………….…...
PAÍS:……………………………………………………………………………………...
TELÉFONOS:…………………………………………………………………………….
FAX:…………………………………………… E-mail:…………………………..…...
DECLARO ESTAR EN CONDICIONES DE CONTRATAR CON EL ESTADO:
FIRMAS:…………………………………………………………………….…………...
ACLARACIÓN DE FIRMAS:…………………………………………………………..
ANEXO II
1- SERVICIO TÉCNICO
El servicio técnico se deberá realizar ON SITE en las diferentes oficinas de la Fiscalía General de la Nación ubicadas en Montevideo, y los equipos que se encuentren en el interior del país se atenderán en el Dpto. Sistema de Información y Tecnología de la Sede central, sita en la calle Paysandú 1283.
2- La empresa adjudicataria deberá incluir cualquier reparación que se pudiera derivar en caso de un incorrecto funcionamiento, fallos intermitentes o cualquier otra incidencia. Los fusores, tambores, tóner, reveladores y todos los repuestos deben ser ORIGINALES para garantizar el buen funcionamiento de los equipos.
3- ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)
Los niveles de servicio que se deberán cumplir son los siguientes:
Atención a averías en un plazo máximo de 2 horas en días laborables, a partir del momento en el que se comunica el aviso.
Resolución de averías en el funcionamiento del equipo con un plazo máximo especificado en la sección “Asignación de Priorización”. Se entiende por tiempo de resolución el tiempo que tarda el servicio técnico en solucionar la avería desde que se comunica la incidencia hasta que queda completamente resuelta.
Cuando la reparación de un equipo no sea posible, en el plazo de 48 horas el dispositivo deberá ser sustituido por otro de características similares o superiores. En caso de un eventual traslado a taller el mismo correrá por parte del adjudicatario.
En la contratación, la empresa adjudicataria deberá proporcionar un software que permita centralizar y monitorear las copias realizadas desde los distintos equipos instalados, de forma tal que permita mediante una consulta identificar el equipo y la cantidad de copias impresas. Deberá indicar el tipo de software a instalar para que por parte del Departamento de Sistemas de Información y Tecnología se le brinde la infraestructura necesaria para su configuración y puesta en funcionamiento.
3.1- INCIDENCIAS
3.1.1 Priorización
La prioridad de las incidencias se determinará en base al impacto en la de la Fiscalía General de la Nación y la velocidad o espacio de tiempo en que la resolución debe llevarse a cabo según los requerimientos. La prioridad estará directamente influenciada por el riesgo, entendiendo como tal una combinación de la probabilidad de una interrupción del servicio de impresión y las posibles consecuencias que ésta pueda provocar.
Así pues, la prioridad asignada a un elemento para la resolución de una incidencia o para llevar a cabo un mantenimiento dependerá de:
El impacto en la Institución: tamaño, ámbito y complejidad de la incidencia o el mantenimiento. La urgencia del servicio: tiempo en el que se requiere su resolución.
3.1.2-Impacto/criticidad
El impacto es una medida de la criticidad para el servicio de un incidente, problema o solicitud de mantenimiento. Equivale al alcance de la degradación de un servicio en relación con lo acordado en los niveles de servicio. El alcance de sistemas de impresión y/o el número de usuarios afectados de- finen el ámbito del impacto.
El nivel de criticidad/impacto se determinará por el Departamento de Sistema de Información y Tecnología de la Fiscalía General de la Nación. Se adjunta a continuación una tabla guía que servirá como marco de referencia para la asignación del impacto por parte de la Fiscalía General de la Na- ción.
3.1.3-Valoración del Impacto
3.1.4- Valoración de la Avería
3.1.5- Urgencia
Urgencia Valoración de la Urgencia
La urgencia es el segundo indicador de la necesidad de celeridad para lograr la resolución o el tiem- po que la Institución puede esperar por la resolución de una incidencia, problema o cambio específi- co. La urgencia se determinará por el Departamento de Sistema de Información y Tecnología de la Fiscalía General de la Nación. Se adjunta a continuación una tabla guía que servirá como marco de referencia para la asignación de la urgencia
Crítica | La respuesta deberá ser inmediata y con un esfuerzo sostenido utilizando todos los recursos disponibles necesarios hasta que la incidencia quede resuelta. | |
Se invoca el escalado jerárquico, siguiendo los procedimientos de soporte para cada caso específico. | ||
Normalmente las incidencias de este tipo provocan que la institución no pueda trabajar y no haya solución provisional posible. | ||
Alta | El adjudicatario responde inmediatamente, evalúa la situación y puede interrum- pir otras incidencias de menor prioridad en relación con la avería. | |
Se requiere una restauración inmediata del servicio pero es posible soportar pe- queños tiempos de espera. | ||
Media | El adjudicatario responde utilizando los procedimientos estándar y opera según las estructuras de gestión normales. | |
Baja | El adjudicatario responde utilizando los procedimientos estándar y opera según las estructuras de gestión normales. | |
implica que existe una solución provisional disponible que permite seguir traba- jando a los usuarios de forma degradada pero dentro de unos parámetros acepta- bles rozando la normalidad |
3.1.6- Asignación de Priorización
La prioridad se calcula, basándose en la combinación del impacto, tipo de avería y la urgencia asig- nados, como se muestra en la siguiente tabla, siendo “Critica” el nivel de prioridad más alto y “Baja” el más bajo.
Incidencias de prioridad crítica: Se resolverán en un tiempo máximo de 4 hs.
Incidencias de prioridad alta: Se resolverán en un tiempo máximo de 8 hs. Incidencias de prioridad media: Se resolverán en un tiempo máximo de 24 hs. Incidencias de prioridad baja: Se resolverán en un tiempo máximo de 48 hs.
3.1.7- Penalizaciones
Superado el plazo de resolución de averías establecido para cada tipo dará lugar a la aplicación del artículo 19 - penalidades xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. No se facturarán en ningún caso las impresiones realizadas con una calidad netamente deficiente de impresión. En dichos casos la Fiscalía General de la Nación proporcionará a la empresa adjudicataria las páginas impresas de for - ma defectuosa.
3.2- Gestión del Nivel de Servicio.
Se deberán incluir procesos que permitan tener, en todo momento, una visión clara del desempeño del servicio y ejecutar las acciones necesarias para mantener el funcionamiento óptimo, bajo los SLA acordados. Estas acciones incluirán reuniones periódicas de seguimiento de la actividad del contrato.
Durante la fase de mantenimiento se realizará, al menos, una reunión de seguimiento trimestral.
3.2.1- Emisión de reportes e informes de gestión.
Recopilación y estudio de datos esenciales para generar informes de gestión con los que se pueda obtener una visión completa y verídica del desempeño y evolución del servicio, en contraposición a los niveles de servicio acordados o a indicadores de rendimiento clave de gestión de activos. Las ac- tividades principales a desarrollar son:
• Recopilación y captura de datos cualitativos y cuantitativos, de los sistemas de operación de la infraestructura.
• Procesamiento de los datos en los formatos definidos por la Fiscalía General de la Nación.
• Análisis de los datos para identificar tendencias y áreas de especial atención.
• Proporcionar información operativa para la gestión de la entrega de servicios (SLA y gestión de activos).
• Monitorizar y facilitar el seguimiento de los planes de mejora del servicio.
Se elaborarán y enviarán informes con periodicidad mensual, al menos, con los siguientes datos como mínimo (posteriormente se podrán variar las necesidades, previa notificación al adjudica- tario):
• Análisis de volúmenes y distribución por equipo.
• Distribución de incidencias por tipología y ubicación.
• Número de avisos y estado de cumplimiento de SLA.
• Análisis de impresiones y copias por equipo con comportamientos "normales" y detección de desviaciones.
• Planes de acción a seguir y consultoría.
• Cualquier otro informe que se decida posteriormente.
• El adjudicatario se compromete a asignar un gestor de los servicios, siendo único punto de contacto con la Fiscalía General de la Nación a lo largo de la ejecución de éste (salvo fuerza mayor y previa justificación y aprobación por parte de la Fiscalía General de la Nación), que asegurará la correcta operación y la optimización continua de los servicios, cumpliendo con los procesos establecidos dentro del conjunto de buenas prácticas, para la entrega de servi- cios.
4 - REPOSICIÓN DE INSUMOS
La Fiscalía solo proveerá el papel, el resto de los insumos, repuestos y mano de obra para reparación o mantenimiento de las impresoras deberá ser provisto por el Adjudicatario.
Con respecto al tóner el adjudicatario deberá brindar stock para cubrir como mínimo el consumo mensual de acuerdo a lo solicitado por la oficina de proveeduría, y deberá a su vez proveer del mismo cada vez que lo solicite dicha oficina, a efectos de asegurar el funcionamiento continuo de las diferentes Sedes.
ApiaDocumentum | EXPEDIENTE Nº |
2020-33-1-00506 | |
Oficina Actuante: | Secretaría General |
Fecha: | 08/09/2020 18:01:35 |
Tipo: | Resolución de Sec. Gral. |
Resolución Nº 109/2020
VISTO: Las tramitaciones iniciadas tendientes a la contratación de un servicio de mantenimiento Full Service de las impresoras de la Fiscalía General de la Nación.
RESULTANDO: 1) Que analizadas las necesidades del caso, se ha confeccionado el pertinente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, cuya aprobación se pone a consideración de la proveyente.
2) Que el Departamento Financiero Contable realizó la correspondiente afectación de crédito para atender la erogación.
CONSIDERANDO: 1) Que corresponde autorizar la realización de un llamado a Licitación Abreviada.
2) Que el pliego puesto a consideración contempla las necesidades planteadas y no merece objeciones desde el punto de vista formal por lo que resulta pertinente proceder a su aprobación.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 29 literal b) del TOCAF (Decreto N.º 150/012 del 11 xx xxxx de 2012);
LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN RESUELVE:
1º) AUTORIZAR la realización de un llamado a Licitación Abreviada para la contratación de un servicio de mantenimiento Full Service de las impresoras de la Fiscalía General de la Nación.
2°) APROBAR el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que se adjunta a la presente.
3º) ESTABLECER que la fecha de apertura de ofertas será determinada por la oficina de Adquisiciones y Proveeduría.
4º) PASAR a la oficina citada en el ordinal anterior a efectos de continuar el trámite.
AMM/yr
Archivos Adjuntos | ||
# | Nombre | Convertido a PDF |
1 | 2020-33-1-00506-Pliego_mantenimiento_impresoras_Full_Service_vf.doc | Sí |
Xxxxxxxxx Xxxxxx
Firmante: