Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EXTINTORES Y SISTEMAS Y MEDIOS DE DETECCIÓN, PROTECCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE LOS DISTINTOS LOCALES DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
1. OBJETO
El presente documento tiene por objeto definir las condiciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y DETECCIÓN CONTRA INCENDIOS DE LOS DISTINTOS LOCALES Y VEHÍCULOS DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS.
CPA: 842511 Servicios de extinción y prevención de incendios CPV:
50413200-5 Servicios de reparación y mantenimiento de instalaciones contra incendios 44480000-8 Equipos diversos contra incendios
35111000-5 Equipo de extinción de incendios 31625100-4 Sistemas de detección de incendios
2. INSTALACIONES INCLUIDAS EN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
Los equipos y elementos que están incluidos en la prestación del servicio de mantenimiento objeto de contratación son los que se relacionan en los Anexos I y II adjuntos a este documento.
Esta relación no tiene carácter excluyente, por lo que si existiera algún elemento o equipo no relacionado en algún local o dependencia, la empresa se deberá hacer cargo igualmente del mismo, quedando incluidas dichas actuaciones en el precio del contrato.
Además de los equipos y elementos que se relacionan en los anexos I y II, están incluidos dos sistemas de detección de gases, que si bien no son instalaciones de protección contra incendios, se incluyen por su similitud con los sistemas automáticos de detección. Estos son:
- sistema de detección de monóxido de carbono instalado en el garaje del edificio sede de la Consejería
- sistema de detección de combustible de gas instalado en el laboratorio de Mecánica del Suelo.
El mantenimiento a efectuar sobre estos sistemas será similar al que se debe efectuar a los sistemas automáticos de detección y alarma.
Las distintas empresas que pretendan presentar oferta para el mantenimiento de las instalaciones y equipos relacionados, podrán visitar, previa solicitud a los responsables de mantenimiento de la Consejería, las distintas dependencias y centros de la misma, al objeto de conocer la instalaciones que nos ocupan, así como para comprobar y verificar los datos antes reseñados, el estado de las instalaciones y equipos objeto de este contrato, todo ello de forma previa a la presentación de su oferta.
3. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO
El mantenimiento de todos los extintores, equipos, instalaciones, etc., objeto de esta contratación se realizará de conformidad a las prescripciones de este pliego y en lo no previsto en él se realizará de según se establece en el vigente Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, tanto en la TABLA I como en la TABLA II del apendice II y las modificaciones introducidas por la Orden de 16 xx xxxxx de de 1998, excepto:
A los extintores posicionados en los vehículos del Parque de Maquinaria y los de reserva, en su caso, relacionados en el documento ANEXO I que se acompaña, se les realizará el mantenimiento de
acuerdo solamente a lo indicado en la TABLA II del vigente Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
El adjudicatario elaborará un plan de ejecución del mantenimiento de todos los equipos, sistemas e instalaciones de la Consejería, de conformidad con lo establecido en este pliego y lo dispuesto en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, modificado por el Real Decreto 560/2010, de 7 xx xxxx, por el que se aprueba Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, en sus Tablas I y II, modificado por la Orden de 16 xx xxxxx de 1998, sobre Normas de Procedimiento y Desarrollo del Real Decreto 1942/1993. Este plan contendrá la programación temporal de las actuaciones que realizará el adjudicatario, detallando los plazos de las actuaciones a realizar que deberán corresponderse con lo previsto en el cuadro de mantenimiento que se muestra a continuación, siendo éste el contenido mínimo de las labores de mantenimiento a realizar por el adjudicatario.
El plan de actuaciones y la programación temporal confeccionadas por el adjudicatario deberán ser aprobadas por el director técnico del contrato, con carácter previo a su ejecución, en relación con las labores de mantenimiento establecidas en este pliego y en resto de normativa en la materia.
Equipo o sistema | CADA | |||
TRES MESES | SEIS MESES | AÑO | CINCO AÑOS | |
á ó | á á á | á ó ó á á á á é á á ó á ó | ||
ó ó ó | ó ó ó ó é | |||
ó ñ ó ó ó ó ó ó á á | ó ó í ó á í á ó á á | á ó á | ||
ó ñ ó ó ó desenrollar la manguera en toda su extensión ó ó ó | ensayo de ésta en lugar adecuado ó ó ó ó ó ó ó | ó | ||
ñ ó ó | á á | |||
ó ó ñ ó ó á á á |
Equipo o sistema | CADA | |||
TRES MESES | SEIS MESES | AÑO | CINCO AÑOS | |
ó | ó á á ó á ó ó ó í ó ó ñ ó | ó ó ó ó ó ó ó | ||
ó ó ó á ñ ó á ó ó ó é ó ó | á ó ó ó ó é í | ó ó í ó ó í |
4. CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO
La empresa adjudicataria adquirirá las siguientes obligaciones en relación con los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento o reparación les sea encomendado:
a) Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo con los plazos reglamentarios, y lo dispuesto en el programa de mantenimiento establecido en este pliego, utilizando recambios y piezas originales.
b) Facilitar personal competente y suficiente cuando sea requerido para corregir las deficiencias o averías que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado.
c) Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan garantía de funcionar correctamente, por presentar deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento o por incumplir las disposiciones vigentes que les sean de aplicación. Xxxxx informe será razonado técnicamente.
d) Conservar la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento que realicen, sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos sustituidos y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice. Una copia de dicha documentación se entregará al Director Técnico del Contrato.
e) Comunicar al titular de los aparatos, equipos o sistemas, las fechas en que corresponde efectuar las operaciones de mantenimiento periódicas.
El mantenimiento y revisión de los equipos y elementos objeto de la contratación se realizará como mínimo con la periodicidad prevista en el apartado 3 de este pliego y en los no previsto se estará a lo que establece el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, modificado por el Real Decreto 560/2010, de 7 xx xxxx, por el que se aprueba Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, en sus Tablas I y II, modificado por la Orden de 16 xx xxxxx de 1998, sobre Normas de Procedimiento y Desarrollo del Real Decreto 1942/1993.
El mantenimiento de los equipos e instalaciones tendrá la consideración de mantenimiento integral, esto es, en el precio ofertado estarán contempladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo, así como todas las intervenciones derivadas de las averías que se puedan producir, salvo las expresamente excluidas. Por tanto, al margen de las propias operaciones de mantenimiento, el contratista realizará todas aquellas actuaciones que le sean requeridas para solucionar las averías que puedan surgir en las instalaciones contempladas. El coste económico derivado de estas actuaciones correrá íntegramente a su cargo.
No están incluidos en el precio del contrato:
• Los costes que se puedan derivar en concepto de materiales (y nunca de mano de obra) surgidos como consecuencia de la descarga de algún medio de extinción, siempre y cuando la descarga se haya originado por el uso manual o el disparo de un sistema de extinción automático en la sofocación de un incendio o conato.
• Los costes, tanto en mano de obra como de materiales, en aquellos casos en los que el uso de los equipos y medios de extinción, así como las averías que se hayan producido tengan su origen en actos y acciones vandálicas.
• La adquisición de nuevos equipos por ampliación de instalaciones.
• La reposición de equipos y sistemas que por su antigüedad, obsolescencia u otras causas legales o técnicas, debidamente razonadas, deban ser sustituidos y no esté previsto de forma expresa su inclusión en el precio del contrato.
Si la descarga de algún equipo o sistema se ha originado como consecuencia de una falta de pulcritud en las tareas mantenimiento sobre el mismo, o de cualquier fallo en el correcto funcionamiento del elemento o sistema achacable a la empresa que realiza el mantenimiento, no procederá la facturación de materiales ni mano de obra. En estos casos tendrán la consideración de fallo con responsabilidad plena del contratista al no haber efectuado en tiempo y forma las acciones de mantenimiento programadas.
Respecto a los sistemas de extinción automática por agentes gaseosos existentes en el edificio sede de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, debe entenderse que el contratista será responsable de la descarga de algún equipo o sistema que ocurra durante la realización de las tareas de mantenimiento o debido al mal funcionamiento de los equipos de detección instalados consecuencia de no haber sido revisados adecuadamente.
Re-timbrados, recargas y reposición:
En las tareas de mantenimiento objeto del presente contrato se incluyen tanto la recargas del gas propelente, en su caso, como el re-timbrado de los equipos, si resultase necesario como consecuencia de la revisión efectuada. El adjudicatario podrá optar por la sustitución del extintor o los extintores afectados por otro u otros de idénticas características. En caso de optar por la recarga y/o el re- timbrado, deberán proporcionar durante el tiempo que fuera necesario, extintores de su propiedad hasta tanto no se repongan los originales.
Queda incluido en el precio del contrato la reposición de los extintores para los que haya transcurrido el periodo máximo de vida útil previsto para el mismo.
Queda excluido del precio el re-timbrado y reposición, por el transcurso del periodo máximo de vida útil previsto para los mismos, de los dispositivos de extinción automática.
La empresa podrá inspeccionar todos los extintores con el objeto de conocer cuáles, de existir alguno, necesitan ser re-timbrados durante el periodo de vigencia del contrato o aquellos para los que pudiera haber transcurrido su vida útil prevista, y así poder valorar convenientemente su oferta.
5. HORARIOS
Con independencia de la programación y del acuerdo a que se llegue en este sentido entre el contratista y el responsable de mantenimiento de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, necesariamente se deberá hacer el mantenimiento previsto en este pliego en jornadas de tarde, salvo la de los vehículos y maquinaria relacionados en el Anexo I.
6. PARTES DE MANTENIMIENTO
La empresa contratada para la prestación de los servicios objeto del presente documento, proporcionará todos los impresos y documentos, libros, etc. que sean necesarios y obliguen la legislación y/o normas que regulen dicho servicio al objeto de acreditar que se han efectuado las revisiones de conformidad con la normativa vigente.
Trimestralmente, en correspondencia con la programación elaborada, el adjudicatario emitirá certificaciones comprensivas de las tareas realizadas durante el período, así como de las posibles deficiencias detectadas y las correcciones realizadas, en su caso, y de aquellas otras necesarias y no incluidas en el precio del contrato según lo dispuesto en el apartado cuatro. Xxxx quedar acreditado en las mismas si la revisión efectuada durante el periodo comprende la anual, trimestral o semestral, en su caso. Junto a éstas se adjuntará listado exhaustivo de los equipos, elementos y sistemas que en cada momento se encuentran operativos.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego alcanzará desde el 1 de noviembre de 2016 hasta el 31 de octubre de 2019, o desde la formalización del contrato en el caso de que esta fuera posterior.
La duración del contrato será por tanto de tres años y podrá ser prorrogado una o varias veces hasta un máximo de tres años, siempre que exista acuerdo expreso entre las partes y no haya finalizado su vigencia inicial o la prórroga correspondiente, en su caso.
8. PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación es de 30.600 euros. Correspondiéndole 6.426,00 euros de IVA, siendo el presupuesto total, IVA incluido, de 37.026,00 euros, con la siguiente distribución por anualidades:
EJERCICIO | IMPORTE SIN IVA | IVA 21% | IMPORTE CON IVA |
2016 | 1.700,00 € | 357,00 € | 2.057,00 € |
2017 | 10.200,00 € | 2.142,00 € | 12.342,00 € |
2018 | 10.200,00 € | 2.142,00 € | 12.342,00 € |
2019 | 8.500,00 € | 1.785,00 € | 10.285,00 € |
TOTAL | 30.600,00 € | 6.426,00 € | 37.026,00 € |
El precio estimado del contrato, incluidas las posibles prórrogas y modificaciones, es de 65.790,00
euros.
9. PAGO DEL PRECIO
De conformidad con la programación elaborada por el contratista, prevista en el párrafo tercero del apartado tres xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, emitidas por éste las certificaciones e informes que exija la legislación, el Director Técnico del Contrato emitirá, de acuerdo con el seguimiento realizado, certificación de lo ejecutado para proceder al pago, que deberá corresponder con una revisión anual, trimestral o en su caso, semestral, de las mencionadas en el apartado seis xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y que a efectos de valoración y cuantificación se asigna a cada una de éstas los siguientes porcentajes en relación al precio total del contrato:
Tipo de revisión | Porcenta je del total |
Revisión anual (Una anual) | 35% |
Revisión semestral (Una anual) | 25% |
Revisiones trimestrales (Dos anuales) | 20% |
Murcia, 27 xx xxxxx de 2016
LA JEFE DE SERVICIO DE RÉGIMEN INTERIOR
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx