INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
2016 “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
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Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales |
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
I- PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (P.C.P.)
SERVICIO XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX XXX 0000
1. Generalidades.
El presente Pliego de Condiciones Particulares, tiene por objeto convocar a Licitación Pública por la contratación de servicios generales técnica y logística para la edición 2016 del "Ventana Sur” a llevarse a cabo entre el 29 de noviembre y el 3 de diciembre del año en curso.
2. Objeto de la contratación y calidad de los trabajos.
La presente contratación tiene por objeto la realización del servicio mencionado. En caso de ausencia de Especificaciones Técnicas, los trabajos serán ejecutados de acuerdo a las mejores estándares de calidad que hubiere en el mercado comercial, debiendo para ello comunicar previo a cualquier modificación a la Gerencia de Asuntos Internacionales para su debida aprobación.
3. Presupuesto oficial.
El presupuesto oficial del Servicio descripto asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 6.353.760-).
4. Plazo de ejecución y xxxx
Se establece como plazo de ejecución del servicio:
Se encuentran establecidos en los ítems xxx xxxxxx de especificaciones técnicas
5. Sistema de contratación.
A los efectos de una optimización del servicio a licitar, se adjudicará el servicio a un único proveedor que hubiere cumplido con los requisitos solicitados en el presente pliego.
6. Consultas y aclaraciones.
Durante el plazo para la preparación de las ofertas y hasta cinco (5) días antes del fijado para la apertura de aquellas, los interesados podrán formular por escrito consultas relativas a la documentación, las aclaraciones correspondientes serán remitidas por el I.N.C.A.A., por nota escrita, dentro de los tres (3) días de recibida la consulta, a todos los interesados que hayan efectuado la correspondiente visita al predio en tiempo y forma, y tengan el comprobante firmado de la misma.
7. Ofertas.
7.1. Requisitos de los oferentes.
Podrán presentarse todas aquellas empresas que acrediten ser especialistas en este tipo de servicios. Si los antecedentes no son considerados suficientes a exclusivo juicio del I.N.C.A.A. la oferta será desestimada.
Capacidad legal: El oferente deberá tener capacidad legal para obligarse. Ser una empresa especializada en la producción de eventos. Poseer una capacidad promedio de los últimos dos años respecto a su capacidad técnica financiera de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000.-).
Domicilio: El oferente deberá constituir domicilio legal en la República Argentina.
Profesional o matriculado responsable: Para todas las acciones descriptas en el pliego de carácter profesional, deberán llevarse con un profesional competente en la materia.Debiendo adjuntar copia certificada ante el consejo profesional de las matrículas habilitantes
8. Formulario de obtención de pliegos.
Para ser oferentes en la presente licitación el proponente deberá completar el formulario de obtención de pliegos, el que será incorporado al expediente por quien tramite el procedimiento. En dicho formulario se indicará nombre, razón social, domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono, firma y aclaración del que retira el formulario. El pliego solamente será entregado en los plazos fijados en el anuncio de la licitación. No podrá efectuarse la visita de obra sin el correspondiente pliego y no se otorgará ningún pliego después de finalizada la fecha prestablecida para su entrega.
9. Ejecución de servicios por empresas asociadas.
En el caso de que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la licitación, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.) por la Ley Nacional de Sociedades Comerciales, para su presentación a licitaciones. Una vez presentadas a la licitación, las Uniones Transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que la componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo. El representante legal de las sociedades y de la U.T.E., deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre. Las empresas asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Constituir domicilio legal en la República Argentina.
b) La U.T.E. deberá tener por estatuto una duración superior al tiempo que demande el servicio, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.
10. Ofertas y garantía de la oferta
Las ofertas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para el acto de apertura, pasado dicho plazo no se recibe ninguna oferta. Deberán presentarse en original y duplicado en un sobre, donde se especificará; el número de la licitación y la fecha y hora de apertura. Las ofertas deberán formularse en pesos, con IVA incluido. El peso será considerado como Moneda de Cotización a todos los efectos emergentes de esta licitación y del contrato que se celebre. Los oferentes entregarán su propio cómputo y presupuesto ajustándose a la Planilla de Cotización adjunta. El monto de la Garantía de Oferta, ascenderá al cinco porciento (5%) del Presupuesto Oficial, y será constituida de acuerdo a los requisitos establecidos en el Art. 61°, inciso b) apartado 1) de la Resolución N° 311/2012/INCAA.
11. Documentos que integran la oferta.
La oferta original se considerará integrada con la siguiente documentación:
Xxxx contener los elementos que se enumeran firmados por el representante de la empresa en original y copia, o copia certificada por escribano público.
Carta de presentación
Poder o instrumentos que acrediten la personería del firmante de la oferta;
Garantía de Oferta
Copia del formulario de obtención de pliegos, expedido por el I.N.C.A.A.;
Pliego de Bases y Condiciones, con todas las circulares emitidas firmadas en todos sus folios por el representante legal;
Constancia de Inscripción en A.F.I.P. y presentación de las últimas D.D.J.J. y pagos de I.V.A., Ganancias y Aportes Previsionales, vencidas a la fecha de apertura, certificadas por Escribano Público y/o Consejo Profesional.
Certificado Fiscal para Contratar (Resolución N° 1814/2005-AFIP)
Detalle de servicios similares realizadas en los últimos dos (2) años;
Constancia de visita al lugar donde se ejecutará la obra objeto de la presente contratación (LA NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE INMEDIATO DE LA MISMA);
Declaración Jurada de la nómina de clientes y/o contratos ejecutados en otros entes públicos o privados por servicios de similares características al del presente pliego;
Copia certificada del Contrato Social y estatutos.
Declaración de mantenimiento de la oferta por el plazo de noventa (90) días.
Diagrama de tareas que incluya los plazos pretendidos para llevar a cabo el evento en tiempo y forma.
Listado de empresa/s aseguradora/s a utilizar en el evento tanto para el personal como para bienes comprometidos.
p) Diagrama de tareas que incluya los plazos pretendidos para llevar a cabo el evento en tiempo y forma.
r) Planilla de cotización según listado de tareas.
s) Nómina del personal propuesto para llevar a cabo el servicio.
t) Análisis de precios de todos los ítems.
12. Visita al edificio sede del evento.
Es requisito indispensable para presentar oferta, realizar la visita previa al edificio o sitio en el horario y fecha establecida en el llamado a licitación, donde se ejecutará el evento a fin de que los interesados en ofertar logren un adecuado conocimiento de las particularidades del lugar. En oportunidad de la visita los interesados en ofertar podrán formular consultas y solicitar aclaraciones para la cabal interpretación de las características y alcances de la obra. La visita se acreditará con los Certificados de visita, que le serán entregados a su finalización. Todo oferente que no concurra a la visita del edificio en fecha y hora establecida en el pliego no tendrá derecho a reclamar otra visita y queda descalificado para esta licitación. Sólo podrán realizar la vista del edificio los interesados que hubieran adquirido los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen el llamado.
13. Estudio de las ofertas - Preadjudicación.
La Gerencia de Asuntos Internacionales será la encargada de la confección del Informe de Evaluación Técnica de las ofertas, el mismo deberá remitirse a la Comisión de evaluación de Ofertas para que proceda a la evaluación de los demás aspectos sustanciales de la oferta.
14. Rechazo de ofertas
El I.N.C.A.A. podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello de derecho a reclamo por parte de los oferentes. Será objeto de desestimación las ofertas:
a) Que no estén firmadas por el oferente;
b) Que estén escritas con lápiz;
c) Que carecieran de la garantía exigida;
d) Que tengan raspaduras o enmiendas en sus partes fundamentales: “precio”, “cantidades”, o alguna otra que haga a la esencia del Contrato y no hayan sido debidamente salvadas.
e) Que no hubieran presentado la documentación exigida en el Art. 2.2.3.
15. Defectos de forma.
No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma o imperfecciones que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas.
16. Anuncio de la preadjudicación.
La preadjudicación será notificada en forma fehaciente a todos lo oferentes y anunciada por el término correspondiente en la cartelera ubicada en el Área de Compras y Contrataciones del I.N.C.A.A, sita en Xxxx 000, 0x xxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
17. Impugnaciones.
Los oferentes podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación fehaciente. Las impugnaciones serán resueltas previa intervención de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, por la autoridad competente para aprobar la contratación, decisión que no será posterior a la de la adjudicación.
18. Adjudicación.
Generalidades.
La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente en los términos del Art.39° de la Resolución Nº 311/INCAA/2012.
19. Garantía de adjudicación
Dentro de los tres (3) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá integrar la Garantía de Adjudicación, la que deberá ser de un diez por ciento (10%) del valor de la adjudicación. Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Adjudicación, perderá la Garantía de Oferta, y el I.N.C.A.A. podrá proceder a la adjudicación de las obras al oferente que le sigue en el orden de conveniencia de las ofertas, o a realizar un nuevo llamado.
20. Forma de constitución de la garantía de oferta.
FORMAS DE GARANTIA. Las garantías a que se refiere el Inciso anterior podrán constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas:
1.
En
efectivo,
mediante
depósito
bancario
en
la
cuenta
del
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CINE
Y
ARTES
AUDIOVISUALES,
giro
postal
o
bancario.
2.
Con
cheque
certificado
contra
una
entidad
bancaria,
con
preferencia
del
lugar
donde
se
realice
la
contratación
o
del
domicilio
del
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CINE
Y
ARTES
AUDIOVISUALES,
que
depositará
el
cheque
dentro
de
los
plazos
que
rijan
para
estas
operaciones.
3.
Con
títulos
públicos
emitidos
por
la
ADMINISTRACION
PUBLICA
NACIONAL.
Los
mismos
deberán
ser
depositados
en
una
entidad
bancaria
a
la
orden
del
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CINE
Y
ARTES
AUDIOVISUALES,
identificándose
el
procedimiento
de
selección
de
que
se
trate.
El
monto
se
calculará
tomando
en
cuenta
la
cotización
de
los
títulos
al
cierre
del
penúltimo
día
hábil
anterior
a
la
constitución
de
la
garantía
en
la
Bolsa
o
Mercado
correspondiente,
lo
que
deberá
ser
certificado
por
las
autoridades
bancarias
al
recibir
dicho
depósito.
En
caso
de
liquidación
de
los
valores
a
que
se
refiere
este
inciso,
se
formulará
cargo
por
los
gastos
que
ello
ocasionare.
El
eventual
excedente
quedará
sujeto
a
las
disposiciones
que
rigen
la
devolución
de
garantías.
4.
Con
Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la
entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y
llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios
de división y excusión en los términos del artículo 1584 aprobado
por Ley 26994 (promulgado Dec. n° 1795/14, con vigencia a partir del
1° xx xxxxxx de 2015; otorgada por una entidad bancaria con
representación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5.
Con
seguro
de
caución,
mediante
pólizas
aprobadas
por
la
SUPERINTENDENCIA
DE
SEGUROS
DE
LA
NACION,
extendidas
a
favor
del
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CINE
Y
ARTES
AUDIOVISUALES,
cuyas
cláusulas
se
conformen
con
el
modelo
y
reglamentación
que
a
tal
efecto
establezca
el
Instituto.
6.
Mediante
la
afectación
de
créditos
que
el
proponente
o
adjudicatario
tenga
liquidados
y
al
cobro
en
el
INSTITUTO
NACIONAL
DE
CINE
Y
ARTES
AUDIOVISUALES,
a
cuyo
efecto
el
interesado
deberá
presentar,
en
la
fecha
de
la
constitución
de
la
garantía,
la
certificación
pertinente.
La
elección
de
la
forma
de
garantía,
queda
a
opción
del
oferente
o
adjudicatario,
salvo
que
se
exija
una
determinada
en
el
Pliego
de
Bases
y
Condiciones
Particulares
y
Especificaciones
Técnicas.
Las
garantías
respaldarán
el
total
cumplimiento
de
las
obligaciones
contraídas,
debiendo
constituirse
en
forma
independiente
para
cada
contratación.
21. Firma de Orden de Compra.
Dentro de los dos (2) días hábiles de integrada la Garantía de Adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la Orden de Compra y sus complementos. Si no lo hiciera, el I.N.C.A.A. podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el adjudicatario perderá la Garantía de Adjudicación.
22. Inspección.
La supervisión técnica de los trabajos corresponde al I.N.C.A.A (Comisión de recepción de Bienes y Servicios y Gerencia de Asuntos Internacionales), realizando la inspección y controles pertinentes, que se denominará Inspección de Servicio. A los efectos de atender las observaciones de la inspección deberá hallarse permanentemente en la sede del evento un Representante Técnico para evacuar todas las dudas que resultaren de la inspección al evento realizada. Dicha inspección dependerá exclusivamente del I.N.C.A.A. La Inspección del servicio fiscalizará además de la calidad del servicio, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales.
23. Personal.
El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la puesta en marcha del servicio y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente. El Contratista será el único responsable legal, el I.N.C.A.A. no tendrá ninguna tipo de relación legal con las obligaciones que emergen de dichas contrataciones. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de sus obligaciones ocasionase al I.N.C.A.A. El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establecen las Leyes Nº 24.557, N° 22.250, N° 19.587 y toda otra vigente durante el transcurso del servicio contratado.
24. Perjuicio por incendio.
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en durante el servicio. Será responsabilidad del Contratista y de su exclusiva cuenta, tanto los perjuicios ocasionados, como los que pudieran ocasionarse al I.N.C.A.A. y/o terceros en caso de incendio.
25. Seguros
El Contratista deberá asegurar contra accidentes de trabajo a todo el personal, administrativo y técnico que opere en la puesta en marcha del servicio. Asimismo, el Contratista deberá asegurar contra incendio durante la puesta en marcha del servicio, el total de las instalaciones como de los visitantes y personal afectado. Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del I.N.C.A.A. No se liquidará ningún certificado de servicio mientras no se hayan presentado las pólizas de seguros mencionadas en este artículo. El contratista entregará al I.N.C.A.A. los originales de las pólizas, o bien sus copias legalizadas y sus comprobantes de pago. Las pólizas no deberán tener cláusulas restrictivas que limiten la continuidad de su vigencia en caso de incumplimiento del pago de cuotas. Para ese caso el I.N.C.A.A. deducirá del primer certificado presentado por el Contratista el monto necesario para mantener la vigencia de la póliza.
Deberá incluirse en la póliza una cláusula de no repetición a favor del INCAA, debiendo presentar copia certificada de las mismas previo al inicio del servicio.
26. Indemnización por caso fortuito o de fuerza mayor.
El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la administración pública. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
Los que tengan causa directa en actos de la administración pública, no previstos en los pliegos de licitación.
Los acontecimientos de origen natural extraordinarios y de características tales que impidan al contratista la adopción de las medidas necesarias para prevenir sus efectos.
Para tener derecho a las indemnizaciones a que se refiere este artículo, el contratista deberá hacer la reclamación correspondiente dentro de los plazos y en las condiciones que determinen los pliegos especiales de cada servicio. En caso de que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato. Los reclamos que eventualmente interpusieren los contratistas relacionados con actos de la administración no previstos en la documentación contractual, se regirán por los plazos contemplados en la Ley de Procedimiento Administrativo Nacional. En el caso que el reclamo a interponer por el Contratista guardare relación con acontecimientos de origen natural extraordinario, y de características tales que no le resultare posible adoptar con antelación medidas suficientes para prevenir sus efectos, mediando debida acreditación por su parte del comienzo y del final del fenómeno que lo ha afectado en forma específica, la presentación se deberá efectuar antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la fecha de finalización del evento, rigiendo a partir de ello las mismas condiciones que en el caso antes considerado.
27. Registro fotográfico.
El Contratista deberá llevar un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos y al finalizar el servicio deberá remitirlo a la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios del INCAA.
28. Vigilancia.
Es obligación del Contratista reforzar el sistema de durante la prestación del servicio.
29. Sanciones
Serán pasibles de aplicación si se enmarcaran en alguna de las sanciones previstas en el Régimen Sancionatorio descripto en el Capítulo XIII de la Resolución 311/INCAA/2012.
30. Certificación y pagos.
Se abonará en concepto de preproducción el CINCUENTA POR CIENTO (50%) toda vez firmada la Orden de Compra, debiendo presentar la documentación exigida para tales fines, el TREINTA POR CIENTO (30%) al iniciar el servicio y el VEINTE POR CIENTO (20%) al iniciar finalizar el servicio.
31. Competencia judicial.
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federales de la Nación.
32. Medicina, higiene y seguridad en el trabajo.
El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes Laborales, Seguridad e Higiene y su reglamentación y a todas aquellas normas que sobre el particular estén vigentes o se dicten en el futuro.
33. Cláusula anticorrupción.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación o de rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la licitación o Contrato, hagan o dejen hacer algo relativo a sus funciones;
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones;
c) Xxxxxxxxx persona que haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas propuestas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
34. Anulación.
El I.N.C.A.A. se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los proponentes derechos a reclamo o indemnización.
35. Veracidad de la información.
De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por este Instituto para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario una penalidad equivalente al importe constituido en concepto de Garantía de Oferta o de adjudicación, según corresponda y sin perjuicio de proceder al descarte de la oferta.