Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES, EN LO SUCESIVO “LA UNIVERSIDAD”, REPRESENTADA POR SU RECTOR DR. EN C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y POR EL SECRETARIO GENERAL, M. EN DER. CONST. J. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Y POR LA OTRA PARTE, MAXI SERVICIOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, REPRESENTADA POR EL C. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DE “LA UNIVERSIDAD”:
A).- Que es un organismo público descentralizado del Estado, con personalidad jurídica propia, cuya función es impartir la enseñanza media y superior en el Estado de Aguascalientes, realizar la investigación científica y humanística y extender los beneficios de la cultura a los diversos sectores de la población, de acuerdo a su Ley Orgánica publicada en el periódico oficial del estado con fecha 24 de febrero de 1974. Así como el desarrollo de las actividades destinadas a dar cumplimiento a los fines y metas establecidas en sus ordenamientos legales y plan de desarrollo.
B).- Que el Dr. En C. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx en su carácter de Rector, asume la representación legal de la Institución, de conformidad con el nombramiento que le fue conferido por la H. Junta de Gobierno de la Universidad Autónoma de Aguascalientes el 2 de diciembre de 2016 y en términos de lo señalado por los artículos 12 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Aguascalientes y 59 de su Estatuto, teniendo conforme al artículo 14 fracción X, facultades para delegarla.
C).- Que el M. en Der. Const. J. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx en su carácter de Secretario General, tiene facultades para suscribir el presente documento de conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 de la Ley Orgánica y 64 de su Estatuto, así como el “Acuerdo que Delega y distribuye Facultades de Representación Legal de la Universidad Autónoma de Aguascalientes para la Suscripción de contratos de Adquisición de Bienes y Servicios y Contratos de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas”, de fecha 27 xx xxxxx de 2017, así como el Poder Notarial número 37,417, volumen DCXXXVIII, otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 11 del Estado de Aguascalientes.
D).- Que dentro de su estructura legal, académica y administrativa se encuentra la Dirección General de Finanzas, la cual, a través de su titular, quien suscribe el presente instrumento legal, asume en el ámbito de su competencia, los compromisos sustantivos que se derivan del presente documento, así como los aspectos sustantivos de carácter técnicos, operativo, presupuestal y fiscal, que son responsabilidad exclusiva del área operativa señalada.
E).- Que su domicilio se ubica en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, código postal 20131, en Aguascalientes, Ags., y su Registro Federal de Contribuyentes es UAA740 224 TQ2.
F).- Que cuenta con la autorización del presupuesto para cumplir con los compromisos derivados del contrato, específicamente, los recursos provienen: Recursos: Fondo Ordinario, Fuente de financiamiento: Federal.
II.- DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”:
A).- Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública de fecha 04 xx xxxxx
de 2007 con número de escritura pública 77, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público, Lic. Xxxxx X. Xxxxxxxx Xxxx, Número 52, de Torreón, Coahuila, con Registro Federal de Contribuyentes MSM 070511 7N6. Registro Patronal: A3663161109.
B).- Que el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su carácter de Representante Legal, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Contrato, como lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública de fecha 10 de diciembre de 2008 con número de escritura 908 Volumen 21, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público, Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx 00, xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna a la fecha de suscripción del presente instrumento.
C).- Que el personal que asignará para atender los servicios materia del mismo, es profesional y está debidamente capacitado para ello; asimismo cuenta con la organización, recursos materiales, experiencia, capacidad técnica y financiera para prestar de forma eficiente los servicios en los términos y condiciones establecidos en este instrumento y sus Anexos.
D).- Que para los efectos de este Contrato, señala como domicilio el ubicado en Xxxxx X. Xxxxxx Xxxx Xx. 000 Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxx, X.X. 00000, Teléfono y Fax 000 000 00 00, correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
III.- DE AMBAS PARTES:
A).- Se reconocen la personalidad que ostentan y celebran el presente contrato prestación de servicios, el cual se adjudicó de conformidad y como resultado del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 901045968-002-18, para la contratación de Servicio de limpieza, con fundamento en el artículo 36 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, obligándose al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Objeto: Es objeto de este Contrato la prestación de servicios por parte de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a favor de “LA UNIVERSIDAD”, consistentes en: los Servicios de limpieza, que se indican de manera pormenorizada en el Anexo “1”, que suscrito por ambas partes, forman parte integrante del presente instrumento. Además es parte integrante de este contrato, la Propuesta Técnica y Económica presentada por el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en la Licitación Pública Nacional No. 901045968-002-18, las bases y junta de aclaraciones.
SEGUNDA.- Vigencia: La vigencia del presente Contrato será del 01 xx xxxxx de 2018 al 31 de enero de 2019, teniendo “LA UNIVERSIDAD” la facultad de darlo por terminado anticipadamente, con la única obligación de notificar por escrito dicha terminación a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” con 10 (diez) días de anticipación previos a la fecha que se establezca la terminación anticipada, extinguiendo toda relación contractual desde el momento en que ello acontezca, pagando únicamente la cantidad que proporcionalmente corresponda. Es responsable de la recepción del servicio el Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del Real, Jefe del Departamento de Servicios Generales de la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Obligándose “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a prestar los servicios de limpieza en los lugares indicados en el Anexo “1” y en los horarios indicados en el Anexo “2” de este instrumento. El servicio será prestado por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, apegándose al programa de actividades y rutinas que se establece en el Anexo “3” del presente.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a proporcionar a sus trabajadores, la maquinaria y equipo de seguridad necesarios para la prestación de los servicios, tal como se indica en el Anexo “1” de este instrumento, durante la vigencia del mismo.
TERCERA.- Monto: “LA UNIVERSIDAD” se obliga a pagar a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” como contraprestación por los servicios objeto de este Contrato, la cantidad total de
$4,398,385.50 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 50/100 M.N.), más $703,741.68 (SETECIENTOS TRES MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 68/100 M.N.) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, dando un total de $5,102,127.18 (CINCO MILLONES CIENTO DOS MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS 18/100 M.N.).
Partida | Descripción | Cantidad | Precio Unitario antes de IVA | Monto total antes de IVA |
2 | Servicio Profesional de Limpieza Integral a los bienes muebles e inmuebles de la Universidad Autónoma de Aguascalientes (APARTADO II) | 10 | $439,838.55 | $4´398,385.50 |
Los precios de los servicios serán fijos durante la vigencia de este Contrato y de sus ampliaciones que en su caso convengan las partes.
CUARTA.- Forma de pago: “LA UNIVERSIDAD” pagara a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad referida en la cláusula TERCERA por la prestación de los servicios materia de este Contrato, por periodos mensuales vencidos, contra la prestación de los servicios a entera satisfacción del Departamento de Servicios Generales de “LA UNIVERSIDAD”.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” a través del Departamento de Servicios Generales, de Lunes a Viernes (días hábiles), en un horario de 8:00 a 15:00 horas, la factura correspondiente dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del mes en que sean prestados los servicios, misma que contendrá todos los datos y requisitos fiscales aplicables desglosando el Impuesto al Valor Agregado, (los cortes deberán ser por mes calendario del 1 al 30, deberá incluir desglose por conceptos).
En caso de errores en la factura y/o documentación anexa “LA UNIVERSIDAD”, a través del Departamento de Servicios Generales, en un término de 3 (tres) días hábiles, devolverá el documento a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” para que sea corregido y lo presente nuevamente e inicie el trámite de pago. Presentada la factura y validada técnicamente por Departamento de Servicios Generales de la “LA UNIVERSIDAD”, se procederá a su pago dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los servicios facturados.
QUINTA.-Garantía de cumplimiento del contrato.- “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a otorgar a “LA UNIVERSIDAD”, dentro de un plazo xx xxxx días naturales posteriores a la firma de este instrumento, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato y de las bases de la Licitación Pública Nacional No. 901045968-002-18 póliza de fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y a favor de la “Universidad Autónoma de Aguascalientes”, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe que se indica en la Cláusula TERCERA del presente contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” queda obligado a entregar a “LA UNIVERSIDAD” la póliza de fianza, apegándose al texto que se indicado en las bases de la Licitación Pública Nacional No. 901045968-002-18. Dicha
póliza de garantía de cumplimiento del contrato será devuelta a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” una vez que “LA UNIVERSIDAD” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato.
SEXTA.- Responsabilidad Laboral, Civil y Fiscal: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios y suficientes a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, siendo en consecuencia único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de los servicios pactados en este Contrato, liberando a “LA UNIVERSIDAD” de cualquier responsabilidad en materia laboral o de seguridad social que sobre el particular se llegara a presentar en su contra, también subsiste para “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, la responsabilidad civil y fiscal cuando derive de obligaciones que nacen de actos emanados del presente Contrato.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” tal como se comprometió en su propuesta técnica de la Licitación Pública Nacional No. 901045968-002-18 acepta recontratar a la plantilla laboral que se encuentra prestando sus servicios al momento de la adjudicación siempre y cuando cumplan con la capacitación y cualidades que se solicitan dentro de las bases mencionadas, y se comprometo a otorgar y garantizar como mínimo el sueldo y prestaciones laborales obligatorios en la Ley Federal del Trabajo
Así mismo, se compromete a que dentro de los quince días naturales posteriores a la firma del contrato presentará al Departamento de Servicios Generales de la Dirección General de Infraestructura Universitaria un sistema de control de asistencias de su personal, en el cual se definirá el mecanismo que se aplicará para el reemplazo de las inasistencias, vacaciones e incapacidades.
Se obliga a que el personal que tiene contratado para la prestación del servicio contará y portará uniforme y gafete propios que permita identificarlos como personal de éste, tanto al ingresar a las instalaciones en dónde habrá de prestarse el servicio como durante la prestación del mismo.
El licitante contará con un vehículo para cada uno de los apartados, de al menos 14 pasajeros, para que pueda ofrecer el servicio de Transporte para sus empleados.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se compromete a que el personal laboral a su cargo, gozará de todas las prestaciones que se establecen en la Ley Federal del Trabajo en forma enunciativa no limitativa que toda relación laboral conlleva y estará dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social e INFONAVIT, durante el tiempo de la vigencia de la prestación de este contrato, obligándome a entregar, a la Universidad, una copia del entero de la liquidación mensual al IMSS acorde con el listado del personal de cada una de las unidades validadas por el responsable de la recepción, junto con la presentación de la factura para el cobro del servicio; sin la presentación del entero de liquidación mensual ante el IMSS junto con las facturas el responsable de la recepción de las facturas no les dará trámite para su pago. Así mismo a la terminación del contrato, se finiquitará a sus trabajadores conforme a derecho, así mismo presentará al Departamento de Servicios Generales un comprobante de cumplimiento de las obligaciones laborales a la terminación de este contrato.
Por último, en el caso de que se dictara sentencia definitiva en contra de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a pagar las sumas a que sea
condenada la Universidad, o en su caso las cantidades que se deriven del arreglo que se tuviere con el tercero.
SÉPTIMA.- Modificaciones: De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, “LA UNIVERSIDAD” podrá celebrar por escrito convenio modificatorio al presente contrato dentro de la vigencia del mismo. Para tal efecto, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a presentar, en su caso, la modificación de la garantía, en términos del artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- Cesión de Derechos: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no ceder los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, en forma parcial o total, a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de “LA UNIVERSIDAD”.
NOVENA.- Penas Convencionales: Penas convencionales: Las partes convienen en que en caso de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” incumpla con las obligaciones derivadas del contrato por causas imputables a él o se atrase en la fecha de entrega de los bienes, se le aplicará las siguientes penas convencionales:
A) En caso de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no inicie los servicios en la fecha estipulada, se le aplicará una pena del 1% (uno por ciento) del monto total del contrato por cada día hábil xx xxxx, la que no excederá del monto de la garantía de cumplimiento de contrato y calidad de los bienes solicitados.
B) En caso de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no preste los servicios conforme a la “Descripción de los servicios”, se le aplicará una pena del 1/1000 (uno al millar), del monto mensual del contrato por cada incidencia, adicionalmente a las penalidades previstas en los incisos a), d) y e) de esta cláusula.
C) En caso de que se sorprenda al personal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en estado de embriaguez o de intoxicación por consumo de sustancias sicotrópicas o utilizándolas dentro de las instalaciones de “LA UNIVERSIDAD”, se le penalizará con treinta xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el estado de Aguascalientes y ésta tendrá la facultad de aceptar nuevamente al personal o no, dependiendo de la magnitud de la falta en que incurra.
D) Si el personal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” incurre en inasistencia se hará la deducción de la falta conforme al costo total cotizado por elemento y se le aplicará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” una sanción del 10% (diez por ciento) del monto total de las faltas en que su personal incurra durante el mes.
E) En caso de que el personal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” incurra en retardos de manera acumulada, por cada tres se tomara como una falta, por lo que se le aplicará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la sanción económica indicada en el inciso “d)”, considerándose como retardo el que el personal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se presente 15 (quince) minutos después de su horario de entrada.
Esta pena se deducirá administrativamente de los saldos pendientes de pago que tuviese
“LA UNIVERSIDAD” con el proveedor y no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del
contrato. Lo anterior con independencia de las acciones que le corresponda realizar a “LA UNIVERSIDAD”.
DÉCIMA.- Rescisión y Terminación anticipada: De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA UNIVERSIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente Contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA UNIVERSIDAD” o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos casos “LA UNIVERSIDAD” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico.
Rescisión administrativa del contrato: “LA UNIVERSIDAD” podrá rescindir administrativamente el presente contrato en cualquier momento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 54, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “LA UNIVERSIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiera iniciado un procedimiento de conciliación respecto del contrato materia de la rescisión. De manera enunciativa se señalan algunas de las causas de rescisión: Cuando no entregue la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo; Cuando incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato; Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el este instrumento jurídico y sus anexos; Cuando se compruebe que “EL PROVEEDOR” haya entregado bienes con descripciones y características distintas a las pactadas en el presente instrumento jurídico; En caso de que “EL PROVEEDOR” no reponga los bienes que le hayan sido devueltos, por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos, de acuerdo a lo estipulado en el presente contrato; Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones pactadas en el presente instrumento jurídico; Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.
Procedimiento de rescisión: Para el caso de rescisión administrativa las partes convienen en someterse procedimiento estipulado en el Artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA PRIMERA.- Defectos y Vicios Ocultos: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a responder ante “LA UNIVERSIDAD” durante un año por los defectos y vicios ocultos de los bienes que proporcione para la prestación de los servicios, así como de la calidad de los servicios objeto del presente Contrato, al igual que de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en este Contrato y sus Anexos.
DÉCIMA SEGUNDA.- Supervisión: “LA UNIVERSIDAD” convienen “EL PRESTADOR DE
SERVICIOS” en que el seguimiento, verificación, evaluación y recepción de los servicios de su parte, estará a cargo del Departamento de Servicios Generales de la Dirección General de Infraestructura Universitaria de “LA UNIVERSIDAD”. “LA UNIVERSIDAD” se reserva el derecho de verificar en cualquier tiempo y por los medios que estime pertinentes, la correcta ejecución de los servicios objeto
del presente Contrato, en consecuencia, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a proporcionar a “LA UNIVERSIDAD” todas las facilidades e información que le requiera para tales efectos.
Tal como se estableció en bases y en la propuesta de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” realizará la Capacitación de su personal en el Sistema de Gestión Ambiental que imparte el Departamento de Servicios Generales de la Dirección General de Infraestructura Universitaria, conforme a las disposiciones Universitarias. De igual manera “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a obtener el Registro de Generador de Residuos de Manejo Especial que otorga la Secretaria de Medio Ambiente del Estado de Aguascalientes. Así mismo “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”informará a la brevedad posible el destino que le daré a los residuos generados que se deriven del Servicio de Limpieza de la Universidad Autónoma de Aguascalientes (envases de plástico, embalajes de cartón, etc.)
DÉCIMA TERCERA.- Disciplina: El “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su personal se supeditarán a las normas disciplinarias que rigen en “LA UNIVERSIDAD” ”, aceptando “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” ser responsable solidario de su personal. Así mismo, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se compromete a que su personal reúna los requisitos de salud física y mental establecidos en las bases de la Licitación Pública Nacional No. 901045968-002- 18, a efecto de que puedan prestar los servicios correctamente.
DÉCIMA CUARTA.- Mantenimiento Preventivo y Correctivo: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el encargado del mantenimiento preventivo y correctivo de sus equipos, partes, y demás disposiciones que se utilicen para brindar el servicio requerido, durante la vigencia del contrato
DÉCIMA QUINTA.- Subordinación: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no estará sujeto a subordinación ni dependencia en cuanto a sus servicios, pero deberá reportar a “LA UNIVERSIDAD”, los resultados de su trabajo, gestiones y acciones sobre los servicios contratados, en la forma, tiempo y lugar que ésta le señale por conducto del Departamento de Servicios Generales de la Dirección General de Infraestructura Universitaria.
DÉCIMA SEXTA.- Difusión: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no difundir la información que por virtud de los servicios objeto de este Contrato tenga conocimiento, sin la autorización previa y por escrito de “LA UNIVERSIDAD”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Caso fortuito o de fuerza mayor: Las partes no serán responsables por cualquier atraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas, cuando ocurran circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, con fundamento en el artículo 55 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA OCTAVA.- Derechos de Propiedad Intelectual y Derechos de Autor: “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” asume la responsabilidad total en caso de que con motivo de la prestación de los servicios materia de este Contrato se infrinjan patentes, marcas, derechos de autor, propiedad industrial o cualquier otro derecho en materia intelectual, obligándose a responder legalmente en el presente o futuro ante cualquier reclamación de terceros, dejando a salvo a “LA UNIVERSIDAD” o a quienes sus derechos e intereses representen. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” manifiesta conocer el contenido y alcances de la Ley Federal del Derecho de Autor y en forma específica lo dispuesto por el artículo 83 de la misma, por lo que conviene con “LA UNIVERSIDAD” en que la titularidad de los derechos patrimoniales de autor que, en su caso, se
originen con motivo de los servicios objeto del presente Contrato corresponderá a “LA UNIVERSIDAD”, ajustándose a lo dispuesto por la ley en la materia.
DÉCIMA NOVENA.- Notificaciones: Todo aviso, solicitud, comunicado o notificación que deban darse las partes con motivo de este contrato y sus anexos, lo harán por escrito a sus respectivos domicilios, de forma personal o mensajería. Se podrán entregar por transmisión electrónica, siempre y cuando sean debidamente entregados los originales al día siguiente de su trasmisión, en horas de oficina a las personas y domicilios que se señalan en las declaraciones de ambas partes.
VIGÉSIMA.- Legislación y Jurisdicción: Ambas partes convienen en que, todo lo no previsto expresamente en el presente Contrato, se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones vigentes y aplicables. En caso de controversia para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Aguascalientes, renunciando al fuero que le pudiera corresponder por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por dos tantos, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a los 28 días del mes xx xxxxx del año 2018.
POR “LA UNIVERSIDAD” | POR “EL PROVEEDOR” |
M. En Der. Const. J. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx SECRETARIO GENERAL | C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx REPRESENTANTE LEGAL |
C.P. y M.F. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx DIRECTOR GENERAL DE FINANZAS ÁREA RESPONSABLE DE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS Y ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES | |
M. En A. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx JEFA DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS |
Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del Real Xxxxxx JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD ÁREA RESPONSABLE DE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS Y ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS. |
===============================Fin de exto=================================== |
Anexo “1”
“Descripción de los Servicios” Generalidades
Partida* | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
2 | Servicio Profesional de Limpieza Integral a los bienes muebles e inmuebles de la Universidad Autónoma de Aguascalientes (APARTADO II) | 10 | Servicio |
Vigencia: Los Servicios Objeto de esta Licitación se presentarán del 01 xx xxxxx de 2018 al 31 de enero de 2019.
Bajo protesta de decir verdad manifiesto que puedo cumplir con la prestación del servicio a partir de la fecha de inicio de la vigencia del Contrato ya que cuenta con los recursos, capacidad técnica, humana, legal y financiera y que en caso de resultar adjudicado, proporcionará por su cuenta y responsabilidad, sin costo adicional alguno para la Universidad los recursos legales, financieros, humanos, técnicos y materiales que garanticen el cumplimiento en la prestación del servicio en los términos ofertados y de acuerdo a lo especificado en esta Licitación
ANEXO “1”
DE LAS BASES PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 901045968-002-18
UBICACIÓN DE INMUEBLES
APARTADO II (Partida 2)
INCISO | INMUEBLES |
X | XXXXXX XXX XXXXXXXXXX, XXXX XXXXXX, X.X. 00000. INCLUYE: XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXX 00 XX XXXXX, XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXX, XXXXXX XXXXXXX No. 419---CASA DE MÚSICA, XXXX XX XXXXXXX No. 225---ARTES CINEMATOGRAFICAS, AV. HEROES DE NACOZARI ESQ. XXXXX XXXXXX --- DESPACHO JURIDICO Y C. 28 XX XXXXXX Y REVOLUCION DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES ARTISTICAS Y CULTURALES. |
X | XX. XX XX XXXXXXXXXX XXX XXX. XXXXXX X/X, XXXXX. XXXXX XXXXX. POLIFORUM UNIVERSITARIO XXXXXXX Y XXXXX XX XXXXXX |
X | XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Xx. 0000---XXXXXX XXX: AUDITORIO (1), SERVICIOS ESTUDIANTILES (2), BIBLIOTECA (3), AULAS INTELIGENTES, XXXX. 0, 0, 0, 0-X, 00 Y 13, 2 DECANATOS (7), INGENIERÍA BIOMÉDICA (8), DATACENTER (10), ROBÓTICA (16),TALLER DE AUTOMOTORES (17), UNIDAD DE INVESTIGACIÓN EN INGENIERÍA Y MATERIALES (15), POLIFORUM (18), SERVICIOS GENERALES (11), BAÑOS EN: CAFETERÍA (9) , XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX. |
X | XXXXXXXX Xx. 000, XXXXX. XXXXXX XXX XXXXXX---XXXXXXXXXXXX XXXXXXX: PLANTA ALTA Y PLANTA BAJA DE MODULOS 1, 2 Y 3, LABORATORIOS, EDIFICIO ADMINISTRATIVO, POLIFORUM Y BIBLIOTECA. |
E | XX. XX XX XXXXXXXXXX XXXXX XXX. XX. XXXXXXXXXXXXX ---XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXX. 0: XXXXX, XXXXXXXX X XXXXX X.X. X X.X., XXXX. 0: AULAS Y CUBÍCULOS X.X. X X.X. X XXXX. XXXXXXXXXXXXXX, XXXX. 0: AULAS, CUBÍCULOS Y BIBLIOTECA P.A. Y P.B., EDIF. 4: ISÓPTICA, LABORATORIOS Y AUDITORIO P.A. Y P.B., EDIF. 5: BAÑOS Y AULAS, EDIF. 6: CLÍNICAS Y EDIF. 7: POLIFORUM |
ANEXO “2”
PLANTILLA DE PERSONAL
APARTADO II
INCISO | TURNO | XXXXXXXX | PULIDOR | SUPERVISOR | HORARIO |
A | MATUTINO | 9 | 1 | 06:30 – 14:30 | |
VESPERTINO | 4 | 14:00 - 22:00 13:00 - 21:00 (MUSEO Y C. MUSICA) | |||
UNICAMENTE DOMINGOS | 1 | 09:00 - 16:00 | |||
X | XXXXXXXX | 0 | 07:00 - 15:00 | ||
VESPERTINO | 1 | 14:00 - 22:00 | |||
X | XXXXXXXX | 00 | 0 | 06:00 - 14:00 | |
D | MATUTINO | 7 | 1 | 06:30 - 14:30 | |
VESPERTINO | 7 | 1 | 13:30 - 21:30 | ||
X | XXXXXXXX | 0 | 0 | 06:00 - 14:00 | |
VESPERTINO | 5 | 1 | 14:00 – 22:00 | ||
APOYO A LOS INCISOS | PULIDOR DE PISOS | 1 | |||
TOTAL PERSONAL | 62 | 1 | 6 |
Los sábados se concentrarán todos los apartados en horario según necesidades de la Institución.
INCISO | TURNO | PERIODO |
A | TODOS | 01 ABRIL 2018 – 31 ENERO 2019 DIAS LABORADOS 301 |
B | UNICO | 01 ABRIL 2018 – 31 ENERO 2019 DIAS LABORADOS 301 |
C | UNICO | 01 ABRIL al 07 JULIO 2018 -- 16 JULIO al 22 DICIEMBRE 2018 Y 31 DICIEMBRE 2018 al 31 ENERO 2019 DIAS LABORADOS 288 |
D | UNICO | 01 ABRIL a 07 JULIO 2018 --- 16 JULIO a 22 DICIEMBRE 2018 Y 31 DICIEMBRE—31 ENERO 2019 DIAS LABORADOS 288 |
E | TODOS | 01 ABRIL a 07 JULIO 2018 --- 16 JULIO a 22 DICIEMBRE 2018 Y 31 DICIEMBRE—31 ENERO 2019 DIAS LABORADOS 288 |
ANEXO “3”
CALENDARIO DE ACTIVIDADES DE ASEO
APARTADO II
PERIODO | |||
CONCEPTO | DIARIO | SEMANAL | OTROS |
AULAS Y OFICINAS | |||
RETIRO DE BASURA | X | CUANDO SE REQUIERA | |
PUERTAS | X | ||
MESA DE MAESTRO | X | 2 VECES / DIA | |
SILLAS | X | 2 VECES / DIA | |
PUPITRES | X | 1 VEZ / SEMANA | |
PIZARRONES | X | CUANDO SE REQUIERA | |
VIDRIO Y ALUMINIO | X | ||
MUROS VESTIBULO MULTIDIC. | X | ||
APAGADORES ELECTRICOS | X | ||
BARRIDO PISOS Y ESCALERAS | X | 2 VECES / DIA | |
XXXXXXX XX XXXXX XXX. | X | ||
XXXXXXXX XX XXXXXX | X | 0 VECES / DIA | |
ESCRITORIOS | X | ||
SILLONES | X | ||
TELEFONOS | X | ||
COMPUTADORAS | X | ||
ARCHIVEROS | X | ||
VENTILADORES | X | ||
CAJAS DE CONEXIÓN TELEF. | X | ||
CANALETAS RED | X | ||
XXXXXXX XX XXXXXXX | 0 VECES / AÑO | ||
TRAPEADO | X | ||
ENFRIADORES Y GARRAF. | X | ||
ELEVADORES | X | ||
LIBREROS, ANAQUELES Y REP. | X | ||
ENCERADO DE MUEBLES | X | ||
LAMBRINES | X | ||
COCINETA | X | ||
BAÑOS | X | 2 VECES / DIA | |
LABORATORIOS | X | 2 VECES / DIA | |
ALMACENES | X | ||
CANCELES | X | ||
MOPEADO DE PASILLOS | X | CUANDO SE REQUIERA | |
XXXXXX XX XXXXXXX DE ACCESO | X | ||
MOBILIARIO EN GENERAL | X | ||
EN OFICINAS: | ||||||
CONCEPTO | DIARIO | SEMANAL | QUINCENAL | MENSUAL | TRIMESTRAL | OTROS |
LAVADO CESTOS PARA BASURA | X | |||||
PERSIANAS | X | |||||
PISO LOSETA EN GENERAL | X | |||||
LAVADO DE ALFOMBRAS | PROGRAMAR | |||||
XXXXXX XX XXXXXX | PROGRAMAR | |||||
CUADROS | X | PROGRAMAR | ||||
ASPIRADO DE ALFOMBRA | X | PROGRAMAR |
ANEXO “3” CALENDARIO DE ACTIVIDADES DE ASEO |
APARTADO II
PERIODO | ||||||
CONCEPTO | DIARIO | SEMANAL | QUINCENAL | MENSUAL | TRIMESTRAL | OTROS |
LABORATORIOS: | ||||||
MESAS DE TRABAJO Y TARJAS | X | |||||
CESTOS PARA BASURA | X | |||||
CANCELERIA Y PUERTAS | X | |||||
ANAQUELES | X | |||||
COMPUTADORAS | X | |||||
PISOS | X | |||||
EN BAÑOS: | ||||||
LAVADO DE TAZAS, MINGITORIOS Y LAVABOS | X | |||||
LAVADO DE MAMPARAS Y PUERTAS | X | |||||
LAVADO DE ESPEJOS | X | 2 VECES / DIA | ||||
LAVADO DE AZULEJO | X | |||||
XXXXXX XX XXXXXXX | X | |||||
LAVADO DE PISOS | X | |||||
TRAPEADO DE PISO | X | |||||
AREAS COMUNES: | ||||||
LAVADO DE: | ||||||
BARANDALES | X | |||||
ESCALERAS Y PASAMANOS | X | |||||
CRISTALES EXT. | X | |||||
LAVAR MINITAMBOS Y CAMBIAR BOLSA | X | CUANDO SE REQUIERA | ||||
PEPENADO DE BASURA EN PLAZAS, ANDADORES Y MEZQUITERA | X | 2 VECES AL DÍA | ||||
BARRIDO DE PLAZAS, ANDADORES Y BANQUETA EXTERIOR | X |
ANEXO “3” RUTINAS DE ASEO MENOR |
APARTADO II
PROGRAMA DE ACTIVIDADES DE ASEO MENOR |
OFICINAS: |
RETIRO DE BASURA: DEBERÁ RETIRARSE TODA LA BASURA QUE SE ENCUENTRE EN LOS CESTOS 3 (TRES) VECES AL DÍA O CUANDO SE REQUIERA, CAMBIAR LA BOLSA 1 VEZ P/SEMANA Y LLEVAR BASURA AL PUNTO DE RECOLECCIÓN ESTABLECIDO. |
PUERTAS: DEBEN LIMPIARSE CON FRANELA HÚMEDA SU SUPERFICIE, LA PERILLA, EL MARCO Y LA PARTE SUPERIOR DE LA MISMA. |
ESCRITORIOS: LA LIMPIEZA DEL ESCRITORIO CONSISTE EN LIMPIAR EN SU TOTALIDAD LA CUBIERTA (RETIRANDO TODO LO QUE OBSTRUYA SU LIMPIEZA Y VOLVIENDO A COLOCAR TODO EN SU SITIO ORIGINAL), ASÍ COMO LOS COSTADOS EN GENERAL, INCLUYENDO AGARRADERAS DE CAJONES Y LAS PATAS DEL ESCRITORIO. |
SILLAS Y SILLONES: DEBEN LIMPIARSE EL ASIENTO, RESPALDO Y ESTRUCTURAS METÁLICAS O XX XXXXXX, SEGÚN SEA EL CASO. |
TELÉFONOS: DEBEN LIMPIARSE CON FRANELA SEMI-HÚMEDA EN LA TOTALIDAD DE SU SUPERFICIE, QUITANDO MANCHAS DE GRASA Y OTROS. |
COMPUTADORAS: LIMPIAR EL EXTERIOR DE C.P.U., MONITOR Y TECLADO CON FRANELA SEMI-HÚMEDA TODA LA PARTE EXTERIOR CON EL FIN DE QUITAR GRASA Y POLVO. |
ARCHIVEROS: DEBEN LIMPIARSE CON FRANELA POR EL EXTERIOR EN SU TOTALIDAD. |
VENTILADORES: DEBEN LIMPIARSE EL BASTÓN, LA BASE, LA ZONA DE BOTONES Y LA CABEZA DEL MOTOR. |
CAJAS DE CONEXIÓN DE TELEFONOS: LIMPIARSE CON FRANELA HÚMEDA. |
APAGADORES ELÉCTRICOS: LIMPIARSE CON FRANELA SEMI-HÚMEDA. |
CUADROS: LOS XXXXXX DE LOS CUADROS DECORATIVOS LIMPIARSE 1 VEZ POR SEMANA Y DE ACUERDO A LOS MATERIALES DE FABRICACIÓN. |
VENTANAS: LOS XXXXXX DE TODAS LAS VENTANAS LIMPIARSE, TANTO EN EL INTERIOR DE LAS OFICINAS COMO EN LOS PASILLOS. |
BARRIDO: SE REALIZARÁ CON ESCOBA TODOS LOS DÍAS. |
TRAPEADO EN GENERAL: DEBEN TRAPEARSE Y/O MOPEARSE 2 VECES POR TURNO. |
ESCALERAS: SE BARRERAN DIARIO LIMPIANDO CON FRANELA HÚMEDA EL PASAMANOS. |
ENFRIADORES Y GARRAFONES: DEBERÁN LIMPIARSE EXTERIORMENTE LOS GARRAFONES DE AGUA Y LOS ENFRIADORES CON UNA FRANELA HÚMEDA (ESTA FRANELA SE DESTINARÁ EXCLUSIVAMENTE PARA LA LIMPIEZA DE ENFRIADORES Y GARRAFONES), ASÍ COMO EL ESCURRIDERO DEL MISMO. EL CAMBIO DE LOS GARRAFONES DE AGUA DEBERÁ REALIZARSE A DIARIO Y CUANTAS VECES SEA NECESARIO. |
ANEXO “3” RUTINAS DE ASEO MENOR |
APARTADO II
LIBREROS Y REPISAS: SE LIMPIARÁN POR EL INTERIOR Y EXTERIOR PROCURANDO MOVER EN LO POSIBLE LOS LIBROS Y CARPETAS PARA SU MEJOR REALIZACIÓN, REUBICANDO LOS LIBROS Y DOCUMENTOS EN SU LUGAR ORIGINAL. |
LAMBRINES XX XXXXXX: LOS LAMBRINES QUE EXISTEN EN ALGUNAS OFICINAS, DEBERÁN SER LIMPIADOS CON UNA FRANELA HÚMEDA Y A CONTINUACIÓN CON UNA SECA PARA SU ABRILLANTADO, ES MUY IMPORTANTE NO APLICAR NINGÚN LÍQUIDO DE CUALQUIER ESPECIE PARA SU MANTENIMIENTO. |
COCINETAS: SE LIMPIARÁ TODA LA SUPERFICIE Y LOS COSTADOS DE LA MISMA CUANDO SE REQUIERA. |
BAÑOS: SE LAVARÁN DIARIAMENTE LOS MUEBLES Y ACCESORIOS ASÍ COMO TRAPEAR EL PISO. |
CRISTALES INTERIORES: EL XXXXXX XX XXXXXXXXX DE OFICINAS Y ELEVADORES DEBERÁ REALIZARSE CADA QUE SEA NECESARIO UTILIZANDO UN JALADOR ESPECIAL PARA CRISTALES Y FRANELA SECA. |
MUEBLES XX XXXXXX: LIMPIAR CON FRANELA SEMI-HÚMEDA Y POSTERIORMENTE APLICAR ACEITE O CREMA PARA MADERA. |
AULAS: |
SE ENTREGARÁ HORARIO PARA ASEO DE AULAS. |
CONSISTE EN LIMPIAR MESA DE MAESTRO, SILLA Y PIZARRONES DIARIAMENTE, PUPITRES 1 VEZ/SEMANA, DEBEN MOVERSE DE SU LUGAR PARA BARRER, TRAPEAR O MOPEAR Y POSTERIORMENTE ACOMODAR EN SU LUGAR. ESTO DEBERÁ REALIZARSE UNA VEZ POR TURNO Y DE ACUERDO A HORARIO DE OCUPACIÓN DE AULAS, SACAR BASURA DE CESTO, LLEVARLA AL PUNTO DE RECOLECCIÓN, LAVAR EL CESTO Y CAMBIAR LA BOLSA 1 VEZ POR SEMANA Ó CUANDO SE REQUIERA. |
LIMPIEZA DE VENTANAS Y VIDRIOS: SE LIMPIARÁN COMO SE INDICÓ EN ANEXO 1, SE PROGRAMARÁ UNA VEZ POR SEMANA EN SÁBADO. |
LIMPIEZA DE PIZARRON: SE LIMPIARÁ CON FRANELA HÚMEDA TODA LA SUPERFICIE, MARCO Y PORTA GIS, POSTERIORMENTE SECAR CON FRANELA SECA (LAS FRANELAS SERÁN EXCLUSIVAS PARA LIMPIAR PIZARRONES). |
LA BASURA: DEBERÁ SACARSE CUANDO SE REQUIERA. |
RESTIRADORES: SE LIMPIARÁN CON FRANELA HÚMEDA DIARIAMENTE Y DESMANCHAR CON JABÓN Y FIBRA CUANDO SE REQUIERA. |
BANCOS: LIMPIAR CON FRANELA HÚMEDA EL ASIENTO Y PATAS DIARIAMENTE. |
TELEVISIONES Y VIDEOCASETERAS: LIMPIAR CON FRANELA SEMI-HÚMEDA DIARIAMENTE Y LAVAR FUNDA 1 VEZ/SEMANA. |
ANEXO “3” RUTINAS DE ASEO MENOR |
APARTADO II
LABORATORIOS DE COMPUTO: |
SE LIMPIARAN MESAS (SUPERFICIE Y PATAS) DIARIAMENTE, SILLAS, REGULADORES Y COMPUTADORAS COMO SE INDICA EN PUNTO 1 DE ANEXO. |
PISOS: SE TRAPEARÁ DIARIAMENTE CUANDO SE REQUIERA, PUEDE SER UNA O DOS VECES. |
BAÑOS: |
CONSISTE EN EL RETIRO DE BASURA DOS O TRES VECES POR TURNO O CUANDO SE REQUIERA Y LAVAR CESTO PAPELERO UNA VEZ POR SEMANA Y COLOCAR BOLSA, ASÍ COMO LAVADO DIARIO DE TAZAS, MINGITORIOS Y LA0VABOS, A ESTOS SE DEBERÁ HACER LIMPIEZA PROFUNDA CON SARRICIDA UNA VEZ POR SEMANA. |
MAMPARAS: RETIRAR LAS MANCHAS Y LETREROS DE TODO TIPO QUE PUEDA EXISTIR. |
ESPEJOS: SE REALIZARÁ CON JALADOR ESPECIAL PARA CRISTALES. |
SE REQUIERE CONSTANTES REVISIONES (3 COMO MÍNIMO) POR JORNADA, POR SUS SUPERVISORES EN CADA UNO DE LOS MÓDULOS EN EL TRANSCURSO DE LA JORNADA LABORAL, REPORTANDO INMEDIATAMENTE CUALQUIER ANOMALÍA. |
LABORATORIOS: |
SE LIMPIARÁN LAS MESAS DE TRABAJO EN SU TOTALIDAD DE SU SUPERFICIE Y COSTADOS, BANCOS, SILLAS, PUERTAS, VENTANAS, VIDRIOS, BARRIDO Y TRAPEADO DE PISOS Y RETIRO DE BASURA. SE LIMPIARAN ANAQUELES, MAQUINARIA Y EQUIPO CON FRANELA HÚMEDA DIARIAMENTE. |
AREAS EXTERIORES: |
CONSISTE EN BARRIDO, PEPENADO Y RECOLECCION DE BASURA, ASI COMO RETIRO DE BASURA DE MINITAMBOS Y LLEVARLA AL PUNTO DE RECOLECCIÓN ESTABLECIDO. |
LAS PLANTAS ARTIFICIALES SE LIMPIARAN CON FRANELA HÚMEDA CUANDO SE REQUIERA, Y LAS PLANTAS NATURALES SE REGARÁN 1 VEZ POR SEMANA SI ESTÁN EN INTERIOR, Y EN EXTERIOR 2 VECES POR SEMANA. |
ANEXO “3”
RUTINAS DE ASEO MAYOR
APARTADO II
PROGRAMA DE ACTIVIDADES DE ASEO MAYOR |
OFICINAS: |
ALFOMBRAS: ASPIRAR ALFOMBRAS UNA VEZ POR SEMANA O CUANDO SE REQUIERA. |
LAVAR ALFOMBRAS: 2 VECES POR SEMESTRE, PROGRAMAR CON ENCARGADA DE EDIFICIO. |
SILLAS DE PLIANA: SE REQUIERE LAVAR 1 VEZ POR AÑO O CUANDO SE REQUIERA. |
LAVADO DE CANCELERIA: DEBERÁ REALIZARSE CADA TRES MESES, UTILIZANDO LIMPIADOR MULTIUSOS, CEPILLO XX XXXXXX, UNA FIBRA MUY SUAVE (PARA QUITAR MANCHAS DIFÍCILES), UN JALADOR PARA CRISTALES. PARA UN MEJOR LAVADO DEBERÁN QUITARSE TODOS LOS OBJETOS QUE CUELGUEN DE LA CANCELERIA, EVITANDO EL RAYADO DE TODAS LAS SUPERFICIES. |
LAVADO DE REJILLAS DE AIRE ACONDICIONADO: SE LAVARÁN CON UNA FIBRA MUY SUAVE Y CON LÍQUIDO MULTIUSOS, POR LO MENOS CADA TRES MESES. |
LAVADO DE ARCHIVEROS: SE LAVARÁN CON LÍQUIDO MULTIUSOS Y UNA FIBRA MUY SUAVE POR LO MENOS CADA DOS MESES. |
LIMPIEZA DE TELÉFONOS: DEBERÁN SER LIMPIADOS CON LÍQUIDO APROPIADO Y ESPONJA MUY SUAVE, CON UNA FRECUENCIA MENSUAL. |
VENTILADORES: CONSISTE EN LIMPIAR LA BASE, LA CAJA Y LAS ASPAS, PARA LO CUAL SE TENDRÁ QUE RETIRAR LA PROTECCIÓN, TODO LO ANTERIOR SE REALIZARÁ CON UNA FIBRA SUAVE Y LÍQUIDO MULTIUSOS. |
PERSIANAS: SE LAVARÁN CADA MES UTILIZANDO UNA FRANELA HÚMEDA Y LIMPIANDO CADA TABLETA, EVITANDO NO DOBLARLAS, NI RAYARLAS. |
LAVADO DE MINITAMBOS: CON FIBRA, JABON Y SECADO CON FRANELA HÚMEDA, Y CAMBIAR BOLSA UNA VEZ POR SEMANA. |
LABORATORIOS: |
LAVADO DE MESAS DE TRABAJO: SE REALIZARÁ UTILIZANDO LÍQUIDO MULTIUSOS Y UNA FIBRA SUAVE. |
LAVADO DE CESTOS PARA BASURA: DEBERÁ REALIZARSE CADA QUINCE DÍAS SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES YA MENCIONADAS ANTERIORMENTE. |
LAVADO DE TARJAS: SE REALIZARÁ DIARIAMENTE UTILIZANDO LIQUIDO MULTIUSOS Y FIBRA VERDE. |
LAVADO DE CANCELERIA Y PUERTAS: SE REALIZARÁ CADA TRES MESES, COMO SE MENCIONA ANTERIORMENTE. |
ANEXO “3” RUTINAS DE ASEO MAYOR |
APARTADO II
BAÑOS: |
LAVADO DE TAZAS, MINGITORIOS Y LAVABOS: SE DEBE DESENGRASAR UNA VEZ POR QUINCENA Y APLICAR UN SARRICIDA EN LOS MUEBLES Y EMPLEAR UN LIQUIDO DESTAPACAÑOS PARA LAS CAÑERÍAS, UNA VEZ POR MES SE DEBE QUITAR EL SARRO QUE SE ACUMULE EN LOS SANITARIOS COLECTIVOS Y PRIVADOS. |
XXXXXX XX XXXXXXX Y MAMPARAS: SE UTILIZA LIMPIADOR MULTIUSOS, CEPILLO XX XXXXX Y JALADOR PARA CRISTALES SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES PARA EL LAVADO DE CANCELERIA. |
XXXXXX XX XXXXXXX: DEBERÁ REALIZARSE CON MULTIUSOS, CEPILLO XX XXXXXX Y CON UNA FRECUENCIA MENSUAL. |
LAVADO DE PISOS DE LOSETA: SE UTILIZARÁ MAQUINA PULIDORA Y CEPILLOS DE PLASTICO Y SARRICIDA PARA DESINFECTAR, EN LAS PARTES DONDE NO ENTRA LA MAQUINA, DEBERÁ LAVARSE A MANO CON CEPILLO DE PLÁSTICO Y SARRICIDA, ESTO DEBE REALIZARSE UNA VEZ AL MES. |
POR “LA UNIVERSIDAD” | POR “EL PROVEEDOR” |
M. En Der. Const. J. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx SECRETARIO GENERAL | C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx REPRESENTANTE LEGAL |
C.P. y M.F. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx DIRECTOR GENERAL DE FINANZAS ÁREA RESPONSABLE DE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS Y ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES | |
M. En A. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx JEFA DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del Real Xxxxxx JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DE LA UNIVERSIDAD ÁREA RESPONSABLE DE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS Y ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS. | |
===============================Fin de texto=================================== |