CONTRATO No. 049 – 2021 CLASE DE CONTRATO COMPRAVENTA CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: FREDY EDUARDO FONSECA SUÁREZGerente CONTRATISTA CDF FLAMEX SERVICIOS S.A.S. NIT: 900725879-3R/L: CIRO ALFONSO ORTIZ PIMIENTOC....
CONTRATO No. | 049 – 2021 |
CLASE DE CONTRATO | |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | CDF FLAMEX SERVICIOS S.A.S. NIT: 900725879-3 R/L: XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX C. C. No. 1.100.956.322 de San Xxx - Santander Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 Xxx Xxx – Xxxxxxxxx Celular: 3208323327-3212939282 |
OBJETO | “COMPRAVENTA, RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. Y DE OTROS ELEMENTOS REQUERIDOS EN CASO DE EMERGENCIA” |
PLAZO DE EJECUCION | DIEZ (10) DÍAS HABILES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
VALOR | SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($6.600.000,oo) M/CTE. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por la otra, XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.100.956.322 de San Xxx - Santander, actuando como representante legal de “CDF FLAMEX S.A.S”, con matrícula mercantil No. 00-000000-00 del 29 xx Xxxxx de 2014, Renovada el 31 xx Xxxxx de 2021, expedida por la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, y demás normas aplicables a la materia, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el presente contrato, previas las siguientes consideraciones: 1) Que el Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado es una Entidad Pública Descentralizada del Orden Nacional, de naturaleza especial, con Personería Jurídica, de patrimonio propio y Autonomía Administrativa, integrante del Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud, transformada en Empresa Social del Estado, mediante Decreto 1289 de 1994 y Adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Decreto 4107 de 2011, y que tiene por objetivo principal la prestación del servicio de salud a cargo del ESTADO, a los enfermos xx Xxxxxx y sus convivientes, con carácter de Servicio Público e igualmente prestar el servicio de Salud a toda la Comunidad. 2) Que el Sanatorio de Contratación E.S.E. en cumplimento de las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo especificadas en la
Resolución No. 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que en su artículo 220 dispone: “todo establecimiento de trabajo deberá contar con extintores de tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo. El equipo que se disponga para combatir incendios, deberá mantenerse en perfecto estado de conservación y funcionamiento y serán revisados como mínimo una vez al año”, por lo tanto el Sanatorio de Contratación E.S.E. se encuentra en la obligación de destinar anualmente recursos humanos, técnicos, financieros para garantizar la funcionalidad de los extintores, ante una emergencia que se presente en la institución, la ESE cuenta con 38 extintores que están ubicados en las diferentes áreas administrativas y asistenciales. Así mismo se tiene en cuenta el Decreto 2269 de 1993 sobre organización del sistema nacional de normatividad, certificación y metrología, incluidos los extintores para incendios, así mismo la Norma Técnica Colombiana NTC - 2885 DEL 16-12-2009, la cual hace mención sobre los extintores portátiles contraincendios. 3) Que 13 extintores con los que cuenta el Sanatorio de Contratación ESE son a base de agente limpio HCFC-123, el cual es nocivo para el medio ambiente, dado que es una sustancia agotadora de la capa de ozono listada en el Anexo C del Protocolo de Montreal. 4) Que por medio de la Resolución 2749 de 2017 entre otras disposiciones, se prohíbe la importación de las sustancias agotadoras de la capa de ozono listadas en los Grupos II y III del Anexo C del Protocolo de Montreal, se establecen medidas para controlar las importaciones de las sustancias agotadoras de la capa de ozono listadas en el Grupo I del Anexo C del Protocolo de Montreal. 5) Que, de acuerdo con las normas técnicas para la manipulación y uso de estos equipos, la carga con su respectivo agente debe ser renovado mínimo cada año. Para el caso que nos ocupa, los extintores de la entidad están próximos a cumplir su tiempo óptimo de funcionamiento, por lo tanto, se debe garantizar que se encuentren funcionando adecuadamente y cumplan con las condiciones técnicas para su manipulación y eventual uso en caso de llegarse a presentar alguna emergencia dentro de la institución. 6) Que el Decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.4.6.25. Establece “Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. El empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes.” y para ello, entre otras debe “Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios. 7) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 8) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de un servicio, cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACIÓN DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que venda este tipo de servicios y que cumpla con los requisitos exigidos en el presente estudio, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas 9) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 21-0314 de fecha 14 de julio de 2021, expedido por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. 10) Que por lo anterior, se invitó de manera directa a presentar oferta al señor XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.100.956.322 de San Xxx, Representante legal de “CDF FLAMEX S.A.S”, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada se consideró adecuada para la entidad toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y su oferta económica no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior las partes hemos acordado suscribir el
presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: “COMPRAVENTA, RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. Y DE OTROS ELEMENTOS REQUERIDOS EN CASO DE
EMERGENCIA”. de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y que contienen las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | DESCRIPCION | NECESIDAD | CANT |
1 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 5 LIBRAS -Amarillo | MANTENIMIENTO Y RECARGA | 7 |
2 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 10 LIBRAS -Amarillo | MANTENIMIENTO Y RECARGA | 3 |
3 | EXTINTOR TIPO A DE 20 LIBRAS (verde) | MANTENIMIENTO Y RECARGA | 5 |
4 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 20 LIBRAS -Amarillo | MANTENIMIENTO Y RECARGA | 8 |
5 | EXTINTOR TIPO CO2 - 10 LIBRAS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE)- Rojo | COMPRAR (NUEVO) | 10 |
6 | EXTINTOR TIPO K – 3700 GRAMOS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE) -plateado | COMPRAR (NUEVO) | 2 |
7 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 10 LIBRAS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE) -amarillo | COMPRAR (NUEVO) | 9 |
8 | CAMILLA DE EMERGENCIA EN POLITILENO DE 6.5 KG. CAPACIDAD DE CARGA 130 KL, MEDIDAS 183X45X5, ARNES 8 PUNTOS DE SUJECCION CON SECCIONES REFLECTIVAS, TRASLUCIDA PERMITE TOMA XX XXXXX X, 18 MANIJAS DE AGARRE E INMOVILIZADOR DE CABEZA | COMPRAR | 2 |
9 | COLLAR CERVICAL TIPO PHILADELPHIA GRADUABLE MULTITALLA | COMPRAR | 12 |
10 | KIT DE FERULAS INMOVILIZADORAS X 5 PIEZAS, CUELLO, BRAZO, ANTEBRAZO, PIERNA, TOBILLOS CARTON PLASTX 5 PIEZAS CON VELCRO Y BOTONES -ADULTO | COMPRAR | 4 |
11 | KIT DE FERULAS INMOVILIZADORAS X 5 PIEZA, CUELLO, BRAZO, ANTEBRAZO, PIERNA, TOBILLO, CARTON PLAST CON VELCRO Y BOTONES PASTICOS- PEDIATRICAS | COMPRAR | 4 |
12 | LINTERNA LUZ BLANCA CON POSTURA EN CABEZA | COMPRAR | 4 |
13 | MASCARA RCP PARA RESCATE | COMPRAR | 4 |
14 | MORRAL DE BOTIQUIN PRIMEROS AUXILIOS -VACIO | COMPRAR | 4 |
CLAUSULA SEGUNDA - DURACIÓN: El plazo de ejecución del contrato será xx XXXX
(10) DÍAS HABILES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. CLÁSULA TERCERA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: Se pacta como valor del presente contrato la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($6.600.000,oo) M/CTE. IVA Incluido, representado en los siguientes valores unitarios de acuerdo al estudio xxx xxxxxxx:
ITEM | DESCRIPCION | CANT | VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
1 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 5 LIBRAS -Amarillo | 7 | $ 20.000,00 | $ 140.000,00 |
2 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 10 | 3 | $ 25.000,00 | $ 75.000,00 |
LIBRAS –Amarillo | ||||
3 | EXTINTOR TIPO A DE 20 LIBRAS (verde) | 5 | $ 25.000,00 | $ 125.000,00 |
4 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 20 LIBRAS -Amarillo | 8 | $ 30.000,00 | $ 240.000,00 |
5 | EXTINTOR TIPO CO2 - 10 LIBRAS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE)- Rojo | 10 | $ 290.000,00 | $ 2.900.000,00 |
6 | EXTINTOR TIPO K – 3700 GRAMOS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE) -plateado | 2 | $ 270.000,00 | $ 540.000,00 |
7 | EXTINTOR MULTIPROPOSITO TIPO ABC - 10 LIBRAS (CON SEÑALIZACIÓN Y SOPORTE) - amarillo | 9 | $ 60.000,00 | $ 540.000,00 |
8 | CAMILLA DE EMERGENCIA EN POLITILENO DE 6.5 KG. CAPACIDAD DE CARGA 130 KL, MEDIDAS 183X45X5, ARNES 8 PUNTOS DE SUJECCION CON SECCIONES REFLECTIVAS, TRASLUCIDA PERMITE TOMA XX XXXXX X, 18 MANIJAS DE AGARRE E INMOVILIZADOR DE CABEZA | 2 | $ 220.000,00 | $ 440.000,00 |
9 | COLLAR CERVICAL TIPO PHILADELPHIA GRADUABLE MULTITALLA | 12 | $ 55.000,00 | $ 660.000,00 |
10 | KIT DE FERULAS INMOVILIZADORAS X 5 PIEZAS, CUELLO, BRAZO, ANTEBRAZO, PIERNA, TOBILLOS CARTON PLASTX 5 PIEZAS CON VELCRO Y BOTONES -ADULTO | 4 | $ 60.000,00 | $ 240.000,00 |
11 | KIT DE FERULAS INMOVILIZADORAS X 5 PIEZA, CUELLO, BRAZO, ANTEBRAZO, PIERNA, TOBILLO, CARTON PLAST CON VELCRO Y BOTONES PASTICOS- PEDIATRICAS | 4 | $ 60.000,00 | $ 240.000,00 |
12 | LINTERNA LUZ BLANCA CON POSTURA EN CABEZA (VARTA) | 4 | $ 45.000,00 | $ 180.000,00 |
13 | MASCARA RCP PARA RESCATE | 4 | $ 35.000,00 | $ 140.000,00 |
14 | MORRAL DE BOTIQUIN PRIMEROS AUXILIOS - VACIO | 4 | $ 35.000,00 | $ 140.000,00 |
VALOR TOTAL IVA INCLUIDO | $6.600.000 |
FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato será cancelado mediante UN ÚNICO PAGO una vez realizado el mantenimiento y recarga de todos los extintores propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E., que fueron relacionados con anterioridad, así como la entrega de los demás elementos contratados; previa presentación de la factura o cuenta de cobro, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA CUARTA - DECLARACION DEL CONTRATISTA: EL
CONTRATISTA manifiesta: Conocer perfectamente la naturaleza de las actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante el supervisor designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el
plazo convenido. b) Realizar el servicio de recargas de los extintores de la entidad, pegando los respectivos sellos en donde especifique todos los datos de la ficha técnica del producto y que incluya además la fecha de recarga y fecha de caducidad. c) Realizar el servicio de mantenimiento en válvulas, manómetros, cilindros de aquellos extintores que lo ameriten. d) Realizar entregar fichas técnicas de los elementos para emergencias que apliquen. e) Elaborar la señalización que haga falta a los extintores que lo requieran. f) Garantizar la calidad del servicio de conformidad con lo acordado en el contrato. g). Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. h). Dar curso a las directrices impartidas por la supervisión del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. i). Suministrar a la supervisión toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. j). Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados en estas labores. k). Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. l). Asumir los gastos que genere el futuro contrato y los desplazamientos a la entidad, las veces que se requieran para el cumplimiento del presente contrato. m). Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que, dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. n). Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del Presupuesto General de Gastos Vigencia 2021, Rubros A- 02-02-01-003-005-04 productos químicos N.C.P, de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No.21-00314 de fecha julio 14 de 2021, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. CLAUSULA OCTAVA – SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de compraventa será efectuada por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se
considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata de un proceso de CONTRATACION DIRECTA, por la cuantía la cual no supera los veintiocho (28) SMLMV y por la forma de pago pactado, no se considera la exigencia de garantías que avalen el cumplimiento del contrato.CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAÚSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO
DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E.
CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SEPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO: Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a. Estudios previos. b. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los veintidós (22) días del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX.
Gerente C.C. No.1.100.95.322 de San Xxx
Sanatorio de Contratación E.S.E. R.L. CDF FLAMEX S.A.S
Elaboró: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | COMPROMISO SOLIDARIO-M.E.R.G Asesoría Jurídica. |