Condiciones de uso del modelo de contrato para servicios de consultoría
Condiciones de uso del modelo de contrato para servicios de consultoría
I. Condiciones de uso
1. Formalización del contrato. Al utilizar el modelo de contrato (incluso partes de él), cada usuario del modelo de contrato (en lo sucesivo, el «usuario») acepta las condiciones de uso que se especifican a continuación y entre el usuario y el KfW se han pactado estas condiciones de uso sin que sea necesario que el KfW reciba la aceptación de las mismas declarada por el usuario mediante la utilización del modelo de contrato.
2. Responsabilidad civil del KfW. El KfW no responde de daños y perjuicios que se originen por la utilización del modelo de contrato o en relación con su uso, salvo en los casos de dolo o negligencia grave y de vulneración de la vida, la integridad física y la salud.
3. Limitación de las obligaciones del KfW. El modelo de contrato es un ejemplo de contrato de servicios de consultoría elaborado por el KfW, para el cual el KfW otorga en principio su aprobación. Al respecto, el KfW no asume, en particular, ninguna responsabilidad del estudio
• de la exactitud de los aspectos jurídicos y objetivos del modelo de contrato, que realice un asesor jurídico interno o externo,
• de la exactitud de los aspectos objetivos de las circunstancias en las que se basa el modelo de contrato,
• de la idoneidad del modelo de contrato para los fines del usuario,
• de la imparcialidad del modelo de contrato ante el trasfondo de los intereses individuales de cada usuario,
• de los borradores de contrato elaborados a partir del modelo de contrato, que se presentarán ante el KfW, por ejemplo, a los fines de su aprobación, y
• de la necesidad de actualizar el modelo de contrato en función de los cambios de la situación jurídica.
4. Obligaciones del usuario. Cada usuario está obligado:
• a utilizar el modelo de contrato solo tras haber efectuado un estudio individual y profundo y haber adaptado el modelo al caso en particular,
• a encargar a un asesor jurídico el estudio del borrador del contrato, antes de formalizar un contrato basado en el modelo, para que éste verifique la aplicabilidad y eficacia del contrato con arreglo al ordenamiento jurídico respectivo.
II. Indicaciones para el usuario
El KfW advierte expresamente de lo siguiente a cada usuario del modelo de contrato:
• El KfW ha elaborado el presente modelo de contrato basándose en los contratos de servicios de consultoría de FIDIC («Libro blanco») con el objetivo de ofrecer a los socios de KfW un recurso de redacción para sus relaciones contractuales con los consultores. A la vez, el uso de este modelo simplifica la aprobación por parte del KfW.
• No se ha elaborado este modelo de contrato con arreglo a un ordenamiento jurídico determinado, sino que deja la elección del ordenamiento a las partes contratantes. El KfW no ha verificado si, para poder aplicar el contrato, es necesario adaptarlo con arreglo a los respectivos ordenamientos jurídicos posibles.
• Será necesario adaptar el modelo de contrato a las necesidades individuales de cada usuario y se recomienda que dicho contrato se firme solo después de que el usuario haya estudiado la idoneidad de cada una de las cláusulas contractuales para sus fines individuales.
III. Estructura del modelo de contrato
Primera parte: Condiciones generales: éstas contienen las reglamentaciones sobre las que el contrato se basa en general. Regularmente, las modificaciones que se realicen en esta parte inciden considerablemente en el contrato y requieren la aprobación previa del KfW.
Segunda parte: Condiciones especiales: éstas comprenden detalles específicos de cada caso en particular. Esta sección podrá incluir posibles adaptaciones y divergencias basadas en las particularidades del proyecto o en virtud de negociaciones contractuales.
Tercera parte: Anexos: éstos son específicos de cada proyecto en particular en función del contenido (por ejemplo términos de referencia, calendario) o están establecidos en forma general (por ejemplo, declaración de compromiso voluntario).
04.10.2016
CONTRATO
de servicios de consultoría de fecha
[●]
celebrado entre
[●]
en adelante, el «Contratante»
[representado por el
KfW Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx 0 – 9 60325 Frankfurt am Main
en adelante, el «KfW»
y
[●]
en adelante, los «Consultores» para
[●]
en adelante, el «Proyecto»
número BMZ [●]
Este contrato abreviado está previsto para pedidos menores de hasta 200 000 euros:
(1) Para pedidos de la entidad ejecutora en el marco de proyectos con contratos de financiación o de préstamos ya suscritos o con fuente de financiación del fondo SBF sobre la base de un contrato de financiación con la entidad ejecutora, esta última con/sin gestión de negocios por parte del KfW y
(2) Para pedidos con fuente de financiación del fondo SBF sobre la base de una carta relacionada con el pedido enviada por la entidad ejecutora y representación para la ejecución; servicio directo)
ÍNDICE
Apartado Página
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES 1
§ 4 Comienzo, finalización y modificación de los servicios 5
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 9
El Contratante está interesado en la prestación de servicios de consultoría descrito en el Pliego de Condiciones Particulares. Los Consultores han presentado una oferta para estos servicios.
A la luz de lo anterior, el Contratante y los Consultores (en adelante, las «Partes») acuerdan lo siguiente:
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
§ 1 Disposiciones generales
1.1
DISPOSICIONES APLICABLES
1.2
PARTES
1.3
FORMALIZA CIÓN POR ESCRITO E IDIOMA
1.4
DERECHO
1.5
CESIONES Y SUBCON TRATOS
1.1.1 Las Partes consideran acordadas las siguientes disposiciones, salvo pacto en contrario en el Pliego de Condiciones Particulares.
Las disposiciones contractuales aplicables entre las Partes (en adelante, el «Contrato») constan de las condiciones del presente Contrato de consultoría (Pliego de Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares) junto con los siguientes anexos al Contrato1:
Anexo 1 [Declaración de compromiso] Anexo 2 [Remuneración y liquidación]
Anexo 3 [Términos de Referencia (Terms of Reference)] Anexo 4 [Disposiciones específicas del proyecto]
Además, las Directrices del KfW para la contratación de consultores en el marco de la Cooperación Financiera Oficial con países en desarrollo (disponibles en la sección
«Licitaciones» de la página web www.kfw- xxxxxxxxxxxxxxxx.xx) se consideran parte integrante vinculante del presente Contrato.
1.2.1 En el Pliego de Condiciones Particulares se detallan las direcciones y los respectivos interlocutores facultados para representar a las Partes, a los que habrán de dirigirse todas las comunicaciones. Si los Consultores no provienen del país de operación, designarán ante el Contratante y el KfW, además, un interlocutor al que podrá contactarse en todo momento en casos de urgencia y de crisis en el domicilio de su empresa y comunicarán inmediatamente todo cambio que al respecto se produzca.
1.3.1 Todo cambio o ampliación del presente Contrato, incluso esta cláusula de formalización por escrito, requieren la formalización por escrito y se harán, al igual que toda comunicación entre las Partes, en el idioma pactado en el Pliego de Condiciones Particulares del presente Contrato.
1.4.1 El Pliego de Condiciones Particulares contiene el Derecho aplicable a este Contrato.
1.5.1 Los Consultores no podrán ceder o transferir total o parcialmente derechos derivados del presente Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante que requiere, a su vez, la aprobación del KfW.
1.5.2 Si los Consultores tuvieran la intención de transferir una
1 Si uno o varios anexos no fueran necesarios en el contrato concreto: para mantener las correspondientes referencias deberá mantenerse la numeración de los anexos en sí e incluir en los anexos el texto «No aplicable».
1.6
TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD Y DE DERECHOS DE USO
1.7
CONFIDENCIA LIDAD Y PUBLICACIÓN
1.8
CORRUPCIÓN Y FRAUDE
parte de los servicios objeto del presente Contrato a terceros, deberán notificar al Contratante y al KfW dicha intención en un plazo de al menos 14 días antes de concluir el correspondiente subcontrato. Si el Contratante o el KfW denegaran la subcontratación, los Consultores deberán desistir de celebrar el subcontrato. La subcontratación de servicios no afectará las obligaciones de los Consultores de prestar los servicios. Los Consultores garantizarán que el subcontratista cumple todos los requisitos previstos en el presente Contrato, en particular también los relacionados con la lucha contra la corrupción y con la confidencialidad.
1.6.1 Los Consultores cederán al Contratante, en el momento de su nacimiento o, a lo sumo, en el momento de su adquisición:
a) todos los derechos transmisibles sobre los servicios prestados en virtud del presente Contrato,
b) la propiedad de todos los estudios, informes y los datos y documentos pertinentes, elaborados en el marco del presente Pedido o puestos a disposición del Contratante, así como el software creado o adaptado, y
c) tras concluir los servicios, la propiedad de todos los objetos del equipamiento adquiridos con fondos del presente Contrato.
Siempre que la transmisión de derechos no sea posible según lo establecido en el apartado (a), los Consultores concederán al Contratante de manera irrevocable los derechos de uso y de explotación ilimitados, no sujetos a limitación local o temporal, transmisibles, sublicenciables y exclusivos sobre los servicios prestados. La transmisión engloba el derecho de modificar y revisar los resultados. Los Consultores velarán por que los respectivos autores se abstengan de reclamar los derechos xxxxxxx en cuestión.
1.6.2 Los Consultores facilitarán toda la información solicitada por el Contratante y el KfW en relación con el presente Contrato y pondrán a disposición todos los documentos, datos e informaciones de forma gratuita. Esta obligación se aplicará incluso durante un período de 24 meses tras la terminación del Contrato.
1.7.1 Los Consultores se obligan a guardar secreto, sin perjuicio de posibles obligaciones de divulgación de información que se les imponga por ley, de todos los documentos facilitados por el Contratante o, dado el caso, por el KfW, de la información intercambiada y de los conocimientos adquiridos que conciernan al presente Contrato y a su ejecución, a menos que el Contratante o el KfW hayan autorizado por escrito la publicación o que sea información de público conocimiento ya en el momento de celebrarse el presente Contrato.
1.8.1 En el cumplimiento de las obligaciones en virtud del presente Contrato, los Consultores, sus representantes y sus empleados se atendrán a todas las leyes, reglamentos, normas y resoluciones de los ordenamientos jurídicos de que se trate, incluido el Convenio de la OCDE de Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales (OECD Convention on Combating Bribery of Foreign Public Officials in International Business Transactions).
1.9
REEMBOLSOS
1.10
INVALIDEZ PARCIAL
1.8.2 Los Consultores asegurarán mediante su firma que las declaraciones mencionadas en el Anexo 1 [Declaración de compromiso] son ciertas y garantizarán que cumplirán las obligaciones y las normas de conducta mencionadas allí en el marco de la ejecución del presente Contrato.
1.8.3 Los Consultores estarán obligados a comunicar al Contratante sin demora y por escrito cuando un funcionario público u otras personas les soliciten efectuar pagos ilícitos. Se considerará funcionario público:
a) cualquier funcionario o empleado de un organismo o administración estatal o de una empresa que sea propiedad de o esté controlada por un gobierno;
b) cualquier persona que ostente un cargo público;
c) cualquier funcionario o empleado de una organización pública internacional,
d) cualquier candidato a un cargo político; o
e) cualquier partido político o empleado de un partido político.
1.9.1 Cualquier pago exigible en calidad de reembolsos, seguros u otros conceptos similares deberá abonarse al KfW, Frankfurt am Main (BIC: XXXXXXXX, IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00), en financiaciones con fondos del proyecto, por cuenta del Contratante), indicando sea el número BMZ sea el número de contrato del KfW como referencia.
1.10.1 La invalidez de una disposición del presente Contrato no afectará las demás disposiciones. En lugar del eventual vacío que se produjera como consecuencia de ello se aplicará una disposición que se ajuste a la finalidad de este Contrato.
§ 2 El Contratante
2.1 OBLIGACIONES DE
COLABORA CIÓN
2.2
IMPUESTOS
2.1.1 El Contratante está obligado a realizar los actos de colaboración que le incumben a título gratuito y de forma inmediata. Durante el periodo de vigencia del presente Contrato, pondrá a disposición de los Consultores todos los datos, documentos e información relacionados con el servicio objeto contractual y apoyará a los Consultores en la medida de sus posibilidades y, dado el caso, también tras consultar con el KfW.
2.2.1 En la medida en que los Consultores y su personal extranjero estén obligados, en relación con la prestación de sus servicios a tenor de lo dispuesto en el presente Contrato, a pagar impuestos, aranceles, tasas y otros gravámenes exigibles en el país de operación, que atañan a:
a) pagos a los Consultores o a su personal extranjero,
b) servicios prestados por los Consultores o por su personal,
c) equipos, materiales, productos auxiliares necesarios para la prestación de los servicios,
y si estos costes no están ya contemplados en el valor contractual con arreglo al Pliego de Condiciones Particulares y el Anexo 2 [Remuneración y liquidación], el Contratante reembolsará a los Consultores con el pago final todos los importes desembolsados a este fin contra presentación de los justificantes de los pagos efectuados.
2.3
REMUNERA CIÓN
2.3.1 La obligación del Contratante de abonar las remuneraciones se rige por las disposiciones del apartado 5 [Remuneración]
§ 3 Los Consultores
3.1
ALCANCE DE LOS SERVICIOS
3.2
PRESENTA CIÓN DE INFORMES
3.3
PERSONAL
3.1.1 Los Consultores estarán obligados a prestar los servicios que hayan asumido como se detallan en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Anexo 2 [Términos de Referencia (Terms of Reference)] íntegramente, en el plazo establecido y con la diligencia necesaria de conformidad con las prácticas profesionales y de acuerdo con las normas de calidad reconocidas (avances científicos y principios de la técnica generalmente aceptados).
3.1.2 Solamente con la aprobación previa del KfW se podrán acordar modificaciones de los servicios descritos en el apartado
3.1.1. o de la remuneración definida en el apartado 5, así como modificaciones que afecten la posición jurídica del KfW.
3.2.1 Los Consultores informarán al Contratante según lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Particulares sobre el avance del estado de la prestación de los servicios y facilitará toda información que se le solicite. Los Consultores redactarán informes periódicamente en caso de tareas prolongadas. Una vez finalizados los servicios, redactarán un informe final sobre el plazo completo de finalización. Deberán documentar de manera comprensible su labor, el desarrollo del proyecto y las decisiones tomadas.
3.2.2 Los Consultores informarán al Contratante sin demora de cualquier circunstancia extraordinaria que surja en el transcurso de la prestación de los servicios, y de todos los asuntos que requieran la aprobación del KfW.
3.3.1 Si las Partes acuerdan el empleo de personal clave, se especificará dicho acuerdo en el Anexo 4 [Disposiciones específicas del proyecto]. En este caso, se aplicarán las disposiciones 3.3.2 y 3.3.3 siguientes.
3.3.2 En caso de que sea necesario sustituir el personal clave empleado por los Consultores, estos velarán por que, previa aprobación del Contratante, la que este no podrá denegar sin causa objetiva, se sustituya sin demora el miembro del personal de que se trate por una persona de al menos igual cualificación.
.
3.3.3 Los costes del retiro o sustitución de miembros de su personal durante el periodo de vigencia del Contrato correrán por cuenta de los Consultores, a menos que esta medida se haya tomado a pedido del Contratante. En dicho caso, el Contratante correrá con los costes de la sustitución del miembro del personal, salvo que el miembro del personal en cuestión incumpla los requerimientos necesarios para el cumplimiento del presente Contrato o que se haya inmiscuido en asuntos internos del país de operación.
3.4
DISPOSICI ONES ESPECÍFICAS DEL PROYECTO
3.4.1 El Anexo 4 (Disposiciones específicas del proyecto) contiene particularidades específicas del proyecto en cuestión que conciernen al proyecto y a los servicios de los Consultores, siempre que las Partes hayan convenido tales disposiciones.
§ 4 Comienzo, finalización y modificación de los servicios
4.1
COMIENZO Y FINALIZACIÓN
4.2
MULTAS POR XXXX
4.3
FUERZA MAYOR
4.1.1 El Pliego de Condiciones Particulares contiene el día de comienzo de la ejecución y el plazo de finalización convenido, que
–salvo posibles modificaciones introducidas por las Partes– tienen carácter vinculante para los Consultores. Se detalla, de ser necesario, un calendario en el Anexo 4 [Disposiciones específicas del proyecto].
4.1.2 Si el presente Contrato prevé servicios opcionales, los Consultores iniciarán la prestación de los servicios como muy pronto después de que el Contratante le haya encomendado expresamente por escrito la prestación de dichos servicios.
4.2.1 En caso de que los Consultores, por razones imputables a ellos, no presten oportunamente cualquiera de los servicios acordados en este Contrato, el Contratante tendrá derecho a imponerles una multa de un 0,5 % del valor contractual por cada semana de retraso y hasta un importe máximo del 8 % de dicho valor. Aparte de esta multa, el Contratante no podrá hacer valer otros derechos como consecuencia del retraso de los servicios. Lo anterior no afectará al derecho de resolución del Contrato.
4.3.1 En caso de fuerza mayor, las obligaciones contractuales afectadas por el respectivo acontecimiento quedarán suspendidas mientras persista la imposibilidad de su cumplimiento como consecuencia de esta situación. Existirá fuerza mayor cuando un acontecimiento ineludible e imprevisible, como catástrofes naturales, toma de rehenes, guerras, crisis, revoluciones, actos terroristas, sabotaje, que no se pueda evitar o cuyos efectos no se puedan neutralizar y que no se deba aceptar debido a su frecuencia, impida considerablemente a una de las Partes contractuales prestar los servicios acordados en virtud del Contrato. En estos acontecimientos están incluidos también los requerimientos del Ministerio de Exteriores de la República Federal de Alemania a los ciudadanos alemanes de abandonar el país de operación o la región del proyecto. Si un acontecimiento solo se proviene de la esfera de una de las partes contractuales, este acontecimiento no representa un caso de fuerza mayor.
4.3.2 En caso de fuerza mayor, los Consultores tendrán derecho a una ampliación del plazo previsto para la ejecución del Contrato que corresponda al retraso causado por la fuerza mayor.
4.3.3 Si la prestación de los servicios fuera definitivamente imposible o si el acontecimiento de fuerza mayor persistiera durante más de 180 días, el Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las Partes. En dicho caso, se deberán facturar, conforme a los precios contractuales, todos los servicios prestados hasta el comienzo de la fuerza mayor y todos los gastos necesarios y justificados en que incurran los Consultores hasta la conclusión de las actividades de desmantelamiento del proyecto/retiro del personal. Aparte de ello, los Consultores no podrán hacer valer ningún otro derecho.
4.3.4 Quedará excluida la responsabilidad de los Consultores por daños y perjuicios causados durante su ausencia debida a la fuerza mayor. No obstante, está obligado a tomar todas las medidas a su alcance tendientes a reducir los daños al mínimo. A la inversa, el Contratante no responderá de los mayores costes que se les originen a los Consultores durante la interrupción.
4.4
RESOLUCIÓN
4.5
CORRUPCIÓN Y FRAUDE
4.4.1 El Contratante podrá resolver el Contrato cuando los Consultores incumplan culposamente sus obligaciones dimanantes del presente Contrato, no las cumplan según lo estipulado en el Contrato o no las cumplan en el plazo establecido. En dicho caso, los Consultores podrán exigir solamente la remuneración acordada por los servicios prestados hasta el momento de la finalización, pero aún no abonados. El Contratante tendrá derecho a exigir una indemnización por los daños directos causados por esta culpa.
4.4.2 Los Consultores tendrán derecho a resolver el Contrato cuando el Contratante no hubiera abonado pagos vencidos y pagaderos a los Consultores en virtud de este Contrato o no los abone en el plazo establecido. En este caso, podrá exigir la remuneración acordada, aunque deberán deducirse de esta los gastos no realizados debido a la revocación del Contrato o los beneficios obtenidos gracias al empleo de su personal para otros fines o los beneficios que haya dejado de obtener con mala fe.
4.4.3 Antes de declarar la resolución a tenor de lo dispuesto en los apartados 4.4.1 y 4.4.2, la otra Parte deberá denunciar el incumplimiento de las obligaciones y otorgar un plazo mínimo de 30 días para su subsanación.
4.4.4 Con aprobación previa del KfW, el Contratante podrá suspender o resolver el Contrato, incluso sin indicar los motivos, con un plazo de preaviso de al menos 30 días. En el caso de suspensión, el Contratante abonará a los Consultores los costes inevitables que se hayan originado por ello. En el caso de resolución del Contrato, se aplican correspondientemente las consecuencias jurídicas del apartado 4.4.2.
4.4.5 En los casos de suspensión o resolución, los Consultores están obligados a tomar medidas inmediatamente tendientes a reducir los daños y perjuicios. En el caso de resolución se entregarán al Contratante todos los diseños, informes o documentos similares ya elaborados o que se elaboren hasta antes de la fecha de resolución.
4.5.1 Si se demuestra que los Consultores han infringido las disposiciones del apartado 1.8 [Corrupción y fraude] o que la Declaración de compromiso del Anexo 1 no es verdadera o dejará de ser verdadera, el Contratante podrá resolver el presente Contrato por escrito sin observar un plazo de preaviso y sin perjuicio de las penas o demás sanciones, a las que los Consultores están sometidos con arreglo a la Ley aplicable del país de que se trate o de cualquier otro ordenamiento jurídico.
§ 5 Remuneración
5.1
REMUNERA CIÓN DE LOS CONSULTORES
5.2
CONDICIONES DE PAGO
5.1.1 Por concepto de la prestación conforme a lo acordado contractualmente de los servicios debidos en virtud del presente Contrato, los Consultores percibirán la remuneración acordada en el Pliego de Condiciones Particulares de conformidad con las disposiciones establecidas en dicho Pliego y las disposiciones que se detallan a continuación. El Anexo 2 [Remuneración y liquidación] contiene una relación detallada.
5.2.1 El Contratante paga la remuneración de los Consultores en la cuenta indicada en el Anexo 2 [Remuneración y liquidación] según las siguientes disposiciones:
5.3
AUDITORÍA
a) El anticipo será pagadero en un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Contrato.
b) Los pagos intermedios se efectuarán, en tanto estén previstos, contra presentación de las facturas correspondientes y, como máximo, se realizará un pago trimestral. En cada fase del desembolso, el Contratante tendrá el derecho de suspender pagos intermedios si se produjeran retrasos sustanciales en el cumplimiento del calendario o en caso de una calidad insuficiente de los servicios prestados por los Consultores.
c) El pago final se efectuará contra presentación de la correspondiente factura una vez concluida la prestación íntegra y en regla de los servicios acordados en virtud del Contrato, tras su recepción –en el caso en que esta estuviera prevista– y aprobación del informe final por parte del Contratante y el KfW. En caso de prestaciones deficientes, el Contratante tendrá derecho con la aprobación previa del KfW a reducir adecuadamente el pago final.
5.2.2 Los pagos se efectúan, salvo pacto en contrario, en un plazo de 60 días naturales a partir de la recepción de la factura en las oficinas del Contratante.
5.2.3 Los servicios opcionales según lo establecido en el apartado 4.1.2 se liquidarán con la factura final.
5.3.1 Para los servicios o servicios parciales que no sean remunerados a tanto alzado, los Consultores deberán llevar registros actuales con el detalle habitual del sector de los que se desprendan de manera clara y sistemática los servicios prestados, así como el tiempo invertido y los costes. Conservarán todos los justificantes relevantes para la liquidación durante un periodo de cinco años y permitirán en todo momento que el Contratante y el KfW los inspeccione.
§ 6 Responsabilidad
6.1
RESPONSA BILIDAD DE LOS CONSULTORES
6.2
RESPONSA BILIDAD DEL CONTRATANTE
6.1.1 Los Consultores responderán frente al Contratante de cualquier infracción demostrable y culposa de sus obligaciones contractuales, en particular de las infracciones descritas en el artículo 3 [Los Consultores]. En la misma medida responderán igualmente por sus subcontratistas. No existe responsabilidad por daños indirectos. Además, la responsabilidad de los Consultores está limitada al importe del valor contractual. La limitación de responsabilidad mencionada en las dos frases anteriores no vale en caso de dolo y negligencia grave.
6.2.1 El Contratante responderá frente a los Consultores de cualquier infracción demostrable y culposa de sus obligaciones contractuales, en particular de las infracciones descritas en el apartado 2 [El Contratante]. Existe una responsabilidad por daños indirectos sólo en caso de dolo y negligencia grave. Esto no afecta a la responsabilidad por daños contra la vida, la integridad física o la salud.
§ 7 Seguros
7.1
SEGUROS
7.1.1 Los Consultores contratarán a sus expensas y por el periodo de vigencia del Contrato todos los seguros que sean necesarios y habituales para cubrir sus riesgos profesionales y personales, entre ellos, al menos un seguro de responsabilidad
profesional. A pedido del Contratante, los Consultores deberán presentarle los justificantes.
§ 8 Conflictos y Arbitrajes
8.1
ARBITRAJES
8.1.1 Los conflictos derivados del presente Contrato y relacionados con este Contrato se dirimirán definitivamente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, sita en París, por un árbitro nombrado conforme a dicho Reglamento de Conciliación y Arbitraje. El lugar de arbitraje y el idioma del procedimiento de arbitraje se especificarán en el Pliego de Condiciones Particulares.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
[Variante 1: Esta forma xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares está prevista para pedidos de la entidad ejecutora en el marco de proyectos con contratos de financiación o de préstamos ya suscritos o con fuente de financiación del fondo SBF sobre la base de un contrato de financiación con la entidad ejecutora, esta última con/sin gestión de negocios por parte del KfW. Véase la variante 2 para pedidos del fondo SBF con carta relacionada con el pedido]
(Las referencias remiten a los respectivos apartados xxx Xxxxxx de Condiciones Generales)
Respecto al Preámbulo Proyecto:2 [●].
Resp. a 1.1 Disposiciones aplicables
[Si se ha convenido una remuneración a tanto alzado: es inaplicable el Anexo 2 [Remuneración y liquidación].]
Resp. a 1.2 Partes e interlocutores
El Contratante es [●]
El interlocutor del Contratante será [●]
Dirección del Contratante:
Dirección postal [●]
Correo electrónico: [●]
Teléfono: [●]
Los Consultores son [●]
[Si se requiere mayor precisión:El interlocutor de los Consultores será [●]]
Dirección de los Consultores:
Dirección postal [●]
Correo electrónico: [●]
Teléfono: [●]
Dirección del KfW3:
Dirección postal: Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx 0 – 9
60325 Fráncfort / Alemania Correo electrónico: xxxx@xxx.xx
Teléfono: +49 (69) 7431 – 0
2 Ampliación del nombre del proyecto si este no fuera lo suficientemente claro.
3 Las direcciones generales del KfW que se indiquen aquí deberán completarse o modificarse específicamente en cada proyecto
Fax +49 (69) 7431 - 2944
Resp. a 1.3 Idioma
El idioma para este Contrato será el [●].
Resp. a 1.4 Derecho
El Derecho aplicable a este Contrato es el Derecho [●]4.
Resp. a 3.1 Objeto de los servicios
[Si no se requieren Términos de Referencia detallados y, por lo tanto, no debe cumplimentarse el Anexo 2: Los servicios acordados en virtud del Contrato que prestarán los Consultores comprenden [●]]
[En caso contrario:Los servicios acordados en virtud del Contrato que prestarán los Consultores se exponen con más detalle en el Anexo 3 [Términos de Referencia].]
Resp. a 3.2 Presentación de informes de los Consultores
[Si el Anexo 2 [Términos de Referencia] no contiene detalles sobre la presentación de informes: [●] Datos sobre el tipo, el volumen y la frecuencia de los informes, incluido un informe final sobre la totalidad del período de vigencia del Contrato.]
[Cuando sea necesario: Resp. a 3.3 Personal clave
Para la prestación de los servicios, los Consultores emplearán el personal designado en el Anexo 4 [Disposiciones específicas del proyecto].
Resp. a 4.1 Comienzo y finalización
Fecha de comienzo de ejecución: La fecha de comienzo de ejecución será el [●] / La fecha de comienzo de ejecución será [●] semanas después de la fecha de entrada en vigor del Contrato.
Plazo de finalización: La fecha de finalización será el [●] / El periodo de finalización será el periodo [●]
[Cuando sea necesario: El Anexo 4 contiene un calendario detallado.]
Resp. a 5.1 Remuneración
Para los servicios que deben prestar los Consultores en el marco de este Contrato, el Contratante pagará la cantidad de
[●] en [● moneda5]
(en adelante, el «valor del Contrato»).
El valor contractual se compone de la siguiente forma:
Honorario contractual: [●] en [● moneda]
Gastos accesorios a tanto alzado6 [●] en [● moneda]
4 Si es posible, habría de acordarse aquí el Derecho alemán. Para contratos celebrados en gestión de negocios deberá acordarse fundamentalmente el Derecho alemán.
5.Preferentemente se utilizará el euro como moneda.
6 En lo posible, los gastos accesorios deberán calcularse a tanto alzado (por ejemplo, un importe mensual por el funcionamiento de oficinas, mantenimiento de vehículos, informes, etc.).
[Gastos accesorios contra presentación de justificantes [●] en [● moneda]7
[Si se hace una liquidación por unidad de tiempo (tiempo invertido): El Anexo 2 [Remuneración y liquidación] contiene una relación detallada.]
[El valor contractual no incluye la(s) siguiente(s) opción/opciones no contratada(s):
Opción [●] en [● moneda]
Resp. a 5.2: Condiciones de pago
La remuneración de los Consultores se abonará como sigue:
[●] moneda Anticipo8
[●] moneda Pagos intermedios9.
[●] moneda como pago final.
El Contratante abonará la remuneración de los Consultores en la siguiente cuenta: Banco: [●] número de cuenta: [●]
[Cuando sea necesario: IBAN: [●] BIC: [●]]
Deberá remitirse el original de las facturas al Contratante. [Si se hace una liquidación por unidad de tiempo (tiempo invertido): Deberá adjuntarse la factura al Anexo 2 [Remuneración y liquidación] debidamente cumplimentado.]
[Cuando se trate de gestión de negocios por parte del KfW: Los Consultores deberán enviar las facturas al Contratante «a/c KfW». En este caso, el KfW recibe el original de la factura. Se remitirá una copia de la factura directamente al Contratante. Deberá enviarse el original de la factura final al Contratante y una copia de dicha factura al KfW.]
Resp. a 8.1: Procedimiento de arbitraje
El lugar de arbitraje es [●]
El idioma del procedimiento de arbitraje es el [●]
(Lugar, fecha)
(Por el Contratante) (Por el Contratante)
(Por los Consultores) (Por los Consultores)
7 Se permitirá una liquidación por unidad de tiempo solo en casos excepcionales. En dicho caso, deberá presentarse una lista de los justificantes.
8 Para sumas de contrato de menos de 100 000 EUR y periodo de vigencia de contrato de menos de 6 meses, se prevé abonar un anticipo del 50% y un pago final de hasta el 50% de la suma de contrato. Cálculo del anticipo: x% de las partidas presupuestarias 1 a 0 xxx Xxxxx 0 [Hoja de oferta] y el 100% de la partida presupuestaria 4 (fondo de disposición). No está previsto constituir una garantía de anticipo.
9 Han de preverse pagos intermedios según el avance del estado de prestación de los servicios, con por lo general un pago trimestral como máximo.
Anexo 1
Declaración de compromiso
Por la presente destacamos la importancia de un proceso de adjudicación libre, justo y basado en los principios de la libre competencia que excluya cualquier forma de abusos. Respetando ese principio no hemos ofrecido, concedido ni aceptado ventajas improcedentes a los empleados públicos o demás personas en el marco de nuestra oferta, en forma directa o indirecta, ni tampoco ofreceremos, concederemos o aceptaremos tales incentivos o condiciones en el transcurso del presente proceso de licitación o, en el caso de resultar adjudicatarios del contrato, en la posterior ejecución del contrato. Aseguramos asimismo que no existe ningún conflicto de intereses en la forma descrita en las Directrices del KfW relativas a la contratación de consultores en el marco de la Cooperación Financiera Oficial con países en desarrollo.
Declaramos, asimismo, la importancia de respetar el cumplimiento de estándares sociales y medioambientales en la ejecución del proyecto. Nos comprometemos a respectar las normas del derecho laboral aplicables y las normas fundamentales del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) así como los estándares nacionales e internacionales aplicables con respecto al medio ambiente y la salud y seguridad en al trabajo.
Informaremos a nuestros empleados y subcontratistas de las obligaciones que les atañen y de su obligación de cumplir esta Declaración de compromiso y de observar las leyes del país de operación.
Declaramos asimismo que no figuramos ni en la lista de sanciones de las Naciones Unidas, ni de la UE, ni del gobierno alemán, ni en ningún otra lista de sanciones, y aseguramos que informaremos de inmediato al Contratante y al KfW si, en fecha posterior, se presentara este caso.
Aceptamos que en caso de que fuéramos incluidos en una lista de sanciones jurídicamente vinculante para el Contratante y/o para el KfW, el Contratante tendrá derecho a excluirnos del proceso de adjudicación y/o, en el caso de una contratación, tendrá derecho a resolver el contrato de forma inmediata si la información facilitada en la Declaración de compromiso hubiera sido objetivamente falsa o si la causa de exclusión se produjera en una fecha posterior a la entrega de la Declaración de compromiso.
.............................. ................... .......................................................
(Lugar) (Fecha) (Nombre de la empresa)
.......................................................
(Firma/s)
Anexo 2
Remuneración y liquidación
[Diese Form der Anlage 1 gilt für Abrechnung nach Aufwand 10 bei Auftragsvariante 1 - Aufträge des Projektträgers im Rahmen von Vorhaben mit abgeschlossenem Finanzierungs-/ Darlehensvertrags oder mit Finanzierungsquelle SBF auf der Basis eines Finanzierungsvertrags mit dem Projektträger - vorgesehen, jeweils mit / ohne Geschäftsbesorgung durch die KfW. Für SBF-Aufträge mit Auftragsschreiben siehe Variante 2]
BMZ n.° [●]
Programa / proyecto [●] Factura n.° [●]
Acuerdos contractuales | Facturación | ||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
Partida1 | Descripción2 | Unidad3 | Cantidad4 | Tasas de costos5 Moneda | Valor del contrato6 Moneda | Ya facturado7 Moneda | Factura actual8 Moneda | Gastos acumulados corrientes9 Moneda | Recursos restantes del contrato Moneda |
1 2 3 4 5 | |||||||||
Total | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
(si procede) menos el anticipo recibido a cuenta de este total | 0,00 | ||||||||
Importe de la factura | 0,00 |
Abreviaturas y explicaciones:
1 Referencia según la hoja de especificaciones de gastos adjunta al contrato
2 Por ejemplo, gastos del sector, de personal y de viajes
3 Por ejemplo, horas, días, meses, vuelos, objetos
4 Unidad numérica
5 Gastos por unidad
6 Total del precio acordado por contrato (columna 4 x 5)
7 Importe ya facturado
8 Unidad de tiempo (tiempo invertido) calculada en esta factura
9 Importe ya facturado más esta factura (columna 7 + 8)
10 Valor del contrato menos gastos acumulados actuales (columnas 6 - 9) Moneda = moneda acordada por contrato, por lo general, el euro
10 Solo en casos excepcionales se podrá presentar una liquidación por unidad de tiempo (tiempo invertido)
- 00 -
Xxxxx 0
Términos de Referencia (Terms of Reference)
[Si no se requieren Términos de Referencia detallados y el anexo queda en blanco: - No aplicable -
Anexo 4
Disposiciones específicas del proyecto
[Si no se requieren disposiciones específicas del proyecto y el anexo queda en blanco: - No aplicable - ]
[De lo contrario, de ser necesario, deberá cumplimentarse como complemento del apartado 3.3:
Personal clave
y / o como complemento del apartado 4.1: Calendario]