CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios de vigilancia y seguridad, que celebran de una parte, la ZONA REGISTRAL N° V, SEDE TRUJILLO-SUNARP, con R.U.C. N° 201763660495, con domicilio legal en Xx. Xxxxx Xx 0000 – Xxx. Xxx Xxxxx, debidamente representada por su Jefe Zonal, el Xx. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, identificado con DNI. N° 00000000, según Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 278-2001-SUNARP/SN, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA ZONA REGISTRAL”, y de la otra parte “SERVICIOS GENERALES S.R.L.”, Empresa de Seguridad y Vigilancia con R.U.C. N° 20131952423, con domicilio legal en Xx. Xxxxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxx, debidamente representado por la Sra. FLOR DE XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, identificado con D.N.I. N° 08718741, quien actuará de acuerdo a los poderes conferidos por la Empresa, inscritos en la Partida Electrónica N°11008603, del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° V- Sede Trujillo, a quien para los efectos de este contrato se le denominará “EL LOCADOR”, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA I – ANTECEDENTES
Mediante Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2005-ZR-V-ST, con fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx xx Xxxxx Pro al postor “EL LOCADOR” para la prestación del servicio de vigilancia en las Oficinas xx Xxxxxxxx, Huamachuco, Otuzco, Chepén y San Xxxxx de “LA ZONA REGISTRAL”.
CLAUSULA II – OBJETO DEL CONTRATO
2.1. Es objeto del presente contrato formalizar la prestación del servicio de vigilancia, materia de la adjudicación y garantizar el cumplimiento de obligaciones de las partes.
CLAUSULA III – DEL LOCADOR Y LA NATURALEZA DEL SERVICIO
“EL LOCADOR” es una persona jurídica de Servicios Especiales Complementarios, debidamente constituida y autorizada de acuerdo x Xxx, con Registro Nacional de Empresas y entidades que brindan Servicios de Intermediación Laboral N° 006-2004-GR-LL-GRDS-DRTPELLTRU-DEFP , otorgado conforme a la Ley Nº 27626, Ley que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y Cooperativas de Trabajadores y del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR; que presta servicios de Vigilancia y Seguridad Privada a las entidades, mediante intermediación laboral; contando para ello con la respectiva autorización otorgada por la DICSCAMEC mediante Resolución Directoral N° 02289-2003-ZN-1704/1 de fecha 03 de setiembre de 2003, se compromete a prestar el servicio de vigilancia en forma óptima, durante el período de contratación, no pudiendo transferir parcial ni totalmente la prestación, teniendo la responsabilidad total sobre la ejecución del contrato.
CLAUSULA IV – OBLIGACIONES DEL LOCADOR
4.1 “EL LOCADOR”, se compromete a prestar el servicio de vigilancia en forma óptima, durante el período de contratación, no pudiendo transferir parcial ni totalmente la prestación, teniendo la responsabilidad total sobre la ejecución del contrato.
Las características de sus propuestas no pueden ser alteradas, modificadas, ni sustituidas al ejecutarse el contrato.
“EL LOCADOR”, subsanará las deficiencias observadas por “LA ZONA REGISTRAL”, en plazo perentorio de 03 días útiles, en caso contrario “LA ZONA REGISTRAL” se reserva el derecho a resolver el contrato, previo aviso mediante carta notarial.
“EL LOCADOR” declara bajo juramento que se compromete a cumplir con sus obligaciones derivadas el contrato y del proceso de selección, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA V – DETALLE DEL SERVICIO
5.1 CANTIDAD DE PUESTOS DE VIGILANCIA
5.1.1 OFICINA XX XXXXXXXX
02 puestos de 24 horas. Lunes x Xxxxxxx
01 puesto de 12 horas (durante el día) Lunes a viernes ( días laborables)
XXXXXXX XX XXXXXXXXXX
00 puesto de 12 horas ( durante la noche). Lunes x Xxxxxxx
01 puesto de 12 horas para 116 días no laborables para la ZR-V-ST, durante el periodo de contratación ( Xxxxxx, Xxxxxxxx y feriados xx xxx), los que serán facturados mensualmente, de acuerdo a la prestación del servicio.
XXXXXXX XX XXXXXX
00 puesto de 12 horas ( durante la noche). Lunes x Xxxxxxx.
01 puesto de 12 horas para 116 días no laborables para la ZR-V-ST, durante el periodo de contratación ( Xxxxxx, Xxxxxxxx y feriados xx xxx), los que serán facturados mensualmente, de acuerdo a la prestación del servicio.
5.1.4 OFICINA DE CHEPEN
01 puesto de 12 horas ( durante la noche). Lunes x Xxxxxxx
01 puesto de 12 horas para 116 días no laborables para la ZR-V-ST, durante el periodo de contratación ( Xxxxxx, Xxxxxxxx y feriados xx xxx), los que serán facturados mensualmente, de acuerdo a la prestación del servicio.
5.1.5 XXXXXXX XX XXX XXXXX XX XXXX
00 puesto de 12 horas ( durante la noche). Lunes x Xxxxxxx.
01 puesto de 12 horas para 116 días no laborables para la ZR-V-ST, durante el periodo de contratación ( Xxxxxx, Xxxxxxxx y feriados xx xxx), los que serán facturados mensualmente, de acuerdo a la prestación del servicio.
5.2. XXXXX XX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
Xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, sito en Xx. Xxxxx Xx 0000 Xxx. Xxx Xxxxx.
Xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx de Xxxxxxx Xxxxxxx – Huamachuco, sito en Xxxxx Xxx Xxxxxx Xx 000.
Xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx, sito en Xx. Xxxxxxxx Xx 000.
Xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx, sito en Xx. X. Xxxx 0. Xxx. Xxxxx Xxxxx.
Xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx, sito en Calle Centenario S/N.
5.3 ESPECIFICACIONES VARIAS
La prestación del servicio será de Lunes x Xxxxxxx, incluyendo los feriados, desde el 01 xx Xxxxx del 2004 hasta el 31 de Diciembre del 2005.
El postor beneficiado se responsabiliza por la integridad del personal que preste el servicio.
Los agentes cumplirán sus labores debidamente uniformados.
Los agentes que presten el servicio, deberán portar armas de fuego de propiedad del postor, contando con la debida autorización para su uso.
Queda terminantemente prohibido que los agentes del proveedor realicen maniobras y mantenimiento del arma de fuego a su cargo, dentro de las instalaciones de “LA ZONA REGISTRAL”, quien no se responsabiliza por accidentes o pérdida de vida, ocasionados por dicha negligencia.
Se deja constancia que el arma de fuego es de propiedad del proveedor, siendo su responsabilidad el mantenimiento y conservación.
“LA ZONA REGISTRAL” no mantiene ningún vínculo laboral con los agentes que presten el servicio, estando éstos a cargo únicamente de EL LOCADOR.
CLAUSULA VI – DE LOS TERMINOS DEL CONTRATO DEL PERSONAL DESTACADO
El personal destacado por “EL LOCADOR” es contratado por éste bajo el régimen laboral de la actividad privada comprendido dentro de los alcances del D.S. Nº 003-97-TR, el mismo que tiene como finalidad la de prestar servicio de vigilancia privada a las instalaciones y bienes de “LA ZONA REGISTRAL”.
De conformidad con el artículo 26.2 de la Ley Nº 27626 y artículo 13° del D.S. Nº 003-2002-TR, los términos del contrato del personal destacado: la identificación de los agentes destacados, el cargo, la remuneración y el plazo del destaque se han determinado de acuerdo a lo señalado en la propuesta técnica presentada por EL LOCADOR que corre de fojas ocho a fojas ciento treinta y ocho, y en el Anexo N° 01, que forman parte integrante del presente contrato.
CLAUSULA VII – COSTO Y FORMA DE PAGO
El costo total del servicio es de S/.163.643.94 (Ciento sesenta y tres mil seiscientos cuarenta y tres y 94/100 nuevo soles) incluyendo impuestos xx xxx, suma que cubre el valor del total del servicio de los materiales, implementos, uso de equipos, pago de sueldos o salarios, vacaciones, gratificaciones, compensación por tiempo de servicios, cargas sociales, dominical, seguros y otros conceptos de gasto que incurra “EL LOCADOR” para la prestación del servicio, según detalle siguiente y estructura de costos anexos.
Costo por Puesto ( por mes)
Puestos de 24 horas S/. 6,340.59
Puesto de 12 horas para Trujillo ( días laborables) 1,407.76
Puesto de 12 horas para Huamachuco 1,700.40
Puesto de 12 horas para Otuzco 1,700.40
Puesto de 12 horas para Chepén 1,700.40
Puesto de 12 horas para San Xxxxx de Lloc 1,700.40
Puesto de 12 horas para Huamachuco, días no laborables
Costo por día 46.93
Puesto de 12 horas para Otuzco, días no laborables
Costo por día 46.93
Puesto de 12 horas para Chepén, días no laborables
Costo por día. 46.93
Puesto de 12 horas para San Xxxxx de Lloc, días no laborables
Costo por día. 46.93
El pago se efectuará en forma mensual por el servicio prestado y contra presentación de factura correspondiente.
El costo de los servicios será reajustado solo cada vez que el gobierno central otorgue incremento de remuneraciones a los trabajadores de la actividad privada, o modifique el Ingreso Mínimo Legal, en cuyo caso el reajuste se realizará solamente sobre las remuneraciones y cargas sociales, de acuerdo con la estructura de costos presentada en su propuesta.
Cualquier impuesto creado o por crearse que afecte al presente contrato será por cuenta de la parte que la ley dispone específicamente le corresponda pagar.
CLAUSULA VIII –POLIZA DE SEGURO
“EL LOCADOR” tiene contratada con la compañía de seguros LA POSITIVA las siguientes pólizas de Seguros y Riesgos: responsabilidad civil frente a terceros por $30,000.00 (treinta mil dólares), deshonestidad por $ 30,000.00 (treinta mil dólares) y accidentes personales por $ 2,000.00 (dos mil dólares), con la finalidad de cubrir cualquier eventualidad en el servicio de muerte accidental o invalidez permanente y a favor de terceros, entre ellos “LA ZONA REGISTRAL”.
CLAUSULA IX – PLAZO DEL EJECUCION DEL SERVICIO
El presente Contrato tiene vigencia desde el día siguiente de su suscripción, hasta el término del servicio.
El plazo para la prestación del servicio es xx xxxx (10) meses, desde el 01 xx Xxxxx del 2005 al 31 de Diciembre del 2005
CLAUSULA X– CAUSALES DE RESOLUCION
Incumplimiento por parte de “EL LOCADOR” de sus obligaciones y en la subsanación de las observaciones formuladas por “LA ZONA REGISTRAL”; incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de “EL LOCADOR”.
Por vicio oculto comprobado.
Son de aplicación las normas contenidas en el inciso c) del Art. 41º y 45º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Art. 225°, 226° y 227° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA XI - PENALIDAD
Penalidad por Xxxx en la ejecución de la prestación: se aplicará una penalidad por cada día de atraso injustificado hasta por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. La penalidad diaria se calculará de acuerdo con la fórmula establecido en el Art. 222º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Una vez cumplido el monto máximo de la penalidad por xxxx, “LA ZONA REGISTRAL” podrá resolver el contrato por incumplimiento.
11.2 Penalidad por Incumplimiento: Si LA ZONA REGISTRAL se ve obligada a resolver el contrato por incumplimiento por parte de El LOCADOR, podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores involucrados.
CLAUSULA XII – SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las controversias que se puedan presentar respecto a la ejecución o interpretación del presente contrato , serán resueltas mediante el procedimiento de conciliación o arbitraje, de acuerdo a lo establecido en el Art. 53° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Arts. 272º y 273° del Reglamento del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
De no llegarse, mediante la conciliación, a un acuerdo entre las partes, la controversia será resuelta mediante arbitraje, conforme a las disposiciones del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
Cualquiera de las partes tiene el derecho de dar inicio al Arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto en el artículo 53° de la Ley , en armonía con lo previsto en los artículos 202°, 207°, 232°, 257°, 259°, 265°, 267°, 268° y 269° del Reglamento. Para iniciar el arbitraje, las partes deberán recurrir a una institución arbitral, en el caso de arbitraje Institucional, o remitir la solicitud de arbitraje a que se refiere el Reglamento, en el caso de arbitraje ad hoc.
El laudo arbitral es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLAUSULA XIII – CLAUSULAS FINALES
El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las bases integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato.
Las partes renuncian expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la jurisdicción xx Xxxxxxxx, señalando las direcciones precisadas en el encabezamiento de este contrato, como domicilio donde deben efectuarse todas las notificaciones, citaciones y avisos. De producirse cambio de domicilio de cualquiera de las partes, se hará de conocimiento a la otra parte mediante carta notarial.
EL LOCADOR declara que conoce las sanciones contenidas en el artículo 293° y siguientes que fueran aplicables del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 084-2004-PCM.
Cualquier impuesto por crearse y que afecte el presente contrato será por cuenta de la parte que la Ley dispone le corresponde pagar.
Las partes declaran estar conformes con los términos del presente contrato y sus anexos insertos, en fe de lo cual lo suscriben, en la ciudad xx Xxxxxxxx, a los veinte y ocho días del mes de febrero de 2005.
POR LA ZONA REGISTRAL POR EL LOCADOR
ANEXO Nº 01
ESTRUCTURA DE COSTOS
PUESTO DE 24 HORAS
REMUNERACIONES
Remuneración mensual 1,059.96
Horas extras ( o sobretiempo) 606.24
Volante 215.04
Vacaciones 76.64
Gratificaciones 153.36
Sub Total S/. 2,111.24
LEYES SOCIALES
ESSALUD (9%) 190.01
Sub total S/. 2,301.25
c) INDEMNIZACIONES 104.33
Sub Total S/. 2,405.58
d) GASTOS DE VESTUARIOS Y OTROS
(Uniformes, correajes, insignias, etc.) 30.00
Sub Total S/. 2,435.58
e) COSTOS OPERATIVOS
( Supervisión, mantenimiento, etc.) 108.25
Sub total S/. 2,543.83
f) GASTOS ADMINISTRATIVOS 72.17
Sub total 2,616.00
g) UTILIDAD 48.11
Sub Total S/. 2,664.11
h) I.G.V. 19% 506.18
Sub total S/. 3,170.29
TOTAL S/. 3,170.29
======
2. PUESTO DE 12 HORAS PARA TRUJILLO, HUAMACHUCO, OTUZCO, CHEPEN Y SAN XXXXX DE LLOC.
REMUNERACIONES
Remuneración mensual 599.53
Horas Extras (o sobretiempo) 303.12
Volante 119.11
Vacaciones 38.32
Gratificaciones 76.68
Sub Total S/. 1,136.77
LEYES SOCIALES
ESSALUD (9%) 102.31
Sub total S/. 1,239.08
c) INDEMNIZACIONES 52.17
Sub Total S/. 1,291.24
d) GASTOS DE VESTUARIOS Y OTROS
(Uniformes, correajes, insignias, etc.) 15.00
Sub Total S/. 1,306.24
e) COSTOS OPERATIVOS
( Supervisión, mantenimiento, etc.) 58.11
Sub total S/. 1,364.35
f) GASTOS ADMINISTRATIVOS 38.74
Sub total 1,403.08
g) UTILIDAD 25.28
Sub Total S/. 1,428.91
h) I.G.V. 19% 271.49
Sub total S/. 1,700.40
TOTAL S/. 1,700.40
======
3. PUESTO DE 12 HORAS EN DIAS NO LABORABLES PARA HUAMACHUCO, OTUZCO, CHEPEN Y SAN XXXXX DE LLOC.
COSTO DIARIO:
Valor puesto de 12 horas/30 días = costo por día.
1,407.76 / 30 = S/. 46.93
4. RESUMEN PROPUESTA ECONOMICA
ITEM DETALLE CANT. PRECIO COSTO UNITARIO TOTAL S/. |
01 Puestos de 24 horas 02 3,170.29 63,405.88 |
02 Puestos de 12 horas diurna 01 1,407.76 14,077.58 |
03 Puestos de 12 horas nocturna 04 1,700.40 68,016.04 |
04 Días Feriados y no laborales 464 1,814.44 18,144.44 |
TOTAL 163,643.94 |
9